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COMISIÓN DE ASUNTOS LABORALES Y SEGURIDAD SOCIAL

(Sesión celebrada el día 6 de diciembre de 2018).

 

SEÑOR PRESIDENTE.- Habiendo número, está abierta la sesión.

(Son las 15:04).

 

(Ingresan a sala una delegación de escribanos de la DGI).

                –La Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social tiene mucho gusto en recibir a una delegación de escribanos de la DGI compuesta por las escribanas Ana María Cestona y Teresa Baráibar, y el escribano Carlos María Pedrozo, quienes han venido a hacer su planteo con respecto al proyecto de ley de reforma de la Caja Notarial.

SEÑOR PEDROZO.- Ante todo quiero agradecer al señor presidente y a los demás integrantes de la comisión por habernos recibido. Es algo muy satisfactorio para nosotros porque, tal como lo habían anunciado, nos han tenido en cuenta.

                Intentaré ser conciso y preciso al plantear el tema que nos ocupa. Somos funcionarios de la DGI con muchos años en la institución; en mi caso, tengo 69 años y 40 de trabajo, es decir que estoy comprendido en esta injusticia que hemos venido a plantear y que esperamos que los señores senadores puedan subsanar. Sucede que la Caja Notarial de Seguridad Social es la única caja de profesionales que no otorga jubilación por edad avanzada. El artículo 56 de la Ley n.º 17437 que rige actualmente dice que «La jubilación por edad avanzada es incompatible con cualquier otra jubilación, retiro o subsidio transitorio por incapacidad parcial, salvo la prestación que provenga del régimen general de jubilación por ahorro individual».

                Ese mismo caso se planteó en el año 2004, cuando los funcionarios de la DGI  tuvimos que optar por el trabajo en exclusividad y en aquel momento se dijo que ese aspecto se iba a subsanar. Dos años después se subsanó el tema para la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios con la Ley n.º 17993, del 17 de julio de 2006, concretamente en el artículo 77. En realidad, el artículo 56 de la Ley n.º 17437 para la Caja Notarial y el artículo 77 de la Ley n.º 17738, referida a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios son textos en espejo. En ese momento, el Senado entendió que el texto del artículo 77 debía modificarse y así se hizo, pero en el texto solo se agregó que «La jubilación por edad avanzada será compatible con el goce de otra jubilación o retiro».

                En definitiva, queremos plantear que somos los únicos que no gozamos de este beneficio; la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias, la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios, y el BPS ya cuentan con él, pero nosotros no. Realmente nos sentimos discriminados, como profesionales y como personas, porque no puede ser que una misma situación jurídica tenga soluciones diferentes. ¡Es algo totalmente comprensible! No me sentaría acá ni tendría la cara como para venir a plantear algo que no fuera justo y legal. Además, es el momento adecuado porque ahora la caja se plantea una reforma.

                Aclaro que no voy a hablar sobre otros asuntos que no sean este punto específico, pero me parece que sería lo más correcto.

                Desde ya agradezco a los señores senadores y quiero manifestar un deleite personal porque lo que aprendí en la escuela y en la universidad es poder ejercer la democracia directamente entre los elegidos y los electores. ¡Agradezco a la universidad pública de la cual soy hijo! Reitero mi agradecimiento por todo aquello que puedan hacer por nosotros y quedo a las órdenes para responder las preguntas que deseen hacer.

SEÑORA CESTONA.- En realidad, el mayor problema que tenemos es que cuando optamos por el régimen de exclusividad la caja notarial no nos permitió seguir aportando, aunque es algo que hemos planteado durante mucho tiempo.

                Esto es un problema para todos los que hace mucho tiempo que estamos trabajando en el organismo; por ejemplo, en mi caso tengo veintidós años de trabajo, la escribana Baráibar tiene veinte, en fin. Sin embargo, no nos dejaron seguir aportando y quedamos con los aportes que habíamos realizado hasta el año 2005.

                También hemos planteado aportar un ficto porque normalmente la caja establece un mínimo, pero ellos entienden que se debe aportar por el libre ejercicio de la profesión. De todas maneras, en el Decreto 166, de 2005, que regula el régimen de exclusividad de la DGI, tenemos protocolos, un registro de protocolización y ejercemos la profesión de escribanos porque además tenemos ese cargo. Lo cierto es que ejercemos la profesión, pero la caja tiene un criterio diferente al resto de las cajas; entienden que si no ejercemos libremente no podemos aportar.

A su vez, si quisiera acumular esos quince años que tengo sin aportes con otros servicios, debería ser algo que hubiera hecho antes de recibirme. Por lo tanto, son años perdidos que no nos sirven para nada. En mi caso opté por una AFAP, aunque me podría haber quedado en el BPS y ahora estoy en esta disyuntiva. De todas formas, más que un tema personal es algo que nos atañe a todos los escribanos y somos muchos. Lo cierto es que no se trata solo de nosotros porque también están los actuarios que tienen un régimen full time; hemos venido nosotros a la comisión, pero en realidad somos muchos los que estamos en esta situación. De acuerdo con la información que nos dio la caja, en este momento,  no serían más de 700 personas las que nos encontramos en esta situación.

SEÑOR PEDROZO.- Les entregamos la consulta que realizamos y verán que la caja ya estaba en conocimiento del tema.

SEÑORA CESTONA.- Nos hubiera gustado algo que incluyera a más escribanos, principalmente, a los jóvenes que se han incorporado a la DGI y no van a poder aportar porque ingresaron con el régimen de exclusividad. Por tanto, es un problema mayor del que nos atañe a nosotros. Como entendemos que nos corresponde, lo planteamos ahora.

  Aunque se trate de un régimen por edad avanzada, pienso que es lo mínimo que podríamos obtener. Además, pienso que no sería una pérdida porque nosotros aportamos esos años y la caja tuvo un ingreso,  aunque sé que es un régimen solidario, que es para todos y no solo para nosotros. Como las demás cajas tienen ese régimen y nosotros somos los únicos que no lo tenemos, no hay equidad. Entendemos que no debe ser fácil resolver esto –teniendo en cuenta que se trata de un tema jubilatorio-, pero se los planteamos porque creemos que era justo e importante ponerlos al tanto de la situación de la caja, dado que se está considerando el tema de su reforma. Quedamos a las órdenes para contestar cualquier pregunta.

SEÑOR DRAPER.- En  primer lugar, debo decir que es un gusto recibirlos. Soy colega de ustedes.

                Los hemos escuchado con muchísimo interés y atención. En la sesión de hoy analizaremos el tema de la modificación de la Caja Notarial y recibiremos a distintas delegaciones.

                Una vez que hayamos escuchado a todos los que hoy nos visiten, estaremos a las órdenes y junto con los compañeros de la comisión analizaremos sus planteos. No sé si oportunamente ustedes lo plantearon en la caja.

SEÑORA CESTONA.- Sí, señor senador. También lo planteamos ante la Asociación de Escribanos del Uruguay. El director de la Dirección General Impositiva también está al tanto, y fuimos a hablar con los actuarios.

Les vamos a dejar una copia del informe que dio la caja. 

                El tema es que el régimen de exclusividad, que en su momento tuvimos, mostraba una diferencia salarial importante y como ya teníamos años de recibidos, optamos con gusto.

                Pero la caja tiene su postura desde siempre –el señor senador escribano también lo debe saber– y hace mucho hincapié en el libre ejercicio de la profesión. Incluso, uno de los artículos de la caja expresa que la actuación de la profesión de escribanos dentro de la Administración pública no se toma como libre ejercicio. Creo que esa es la base de la postura de la caja. Como decíamos, no nos pareció bien desperdiciar tantos años.

En su momento, cuando se planteó lo de la caja profesional, también se hizo el planteo de la caja notarial, pero no tuvo andamiento. Esa es la realidad.

SEÑOR DRAPER.- Reitero que escucharemos a todos los que hoy nos visiten y con mucho gusto estaremos a las órdenes.

SEÑOR PEDROZO.- Quisiera agregar que nosotros no solamente vinimos a plantear este tema. Como dijo la escribana Cestona, quisimos ampliar el abanico y aggiornar  a la caja a estos tiempos porque hay nuevas tareas y formas de recaudar.  Hay muchos escribanos jóvenes cuyos aportes se están perdiendo porque prefieren aportar en otra caja. Para citar un ejemplo, tenemos un compañero nuevo que dice que como en la Dirección General Impositiva no puede hacer nada con su título, va a aportar como procurador en la Caja de Profesionales Universitarios. 

SEÑORA CESTONA.-  Podemos citar el caso de funcionarios que son escribanos y que están aportando como procuradores en la Caja de Profesionales Universitarios.

SEÑOR PEDROZO.- Tenemos varios casos.

SEÑOR PARDIÑAS.- Tenemos mucho gusto en recibir a la delegación en el día de hoy.

                Quisiera hacerles una pregunta. Tengo entendido que el no registro de aporte o el hecho de que la caja solo considere la actividad profesional, está sustentado en que la actividad notarial para todas las oficinas públicas no tiene costo, es decir que están exoneradas de aportes.  Varios me han dicho y lo han expresado en su testimonio –me gustaría que me lo confirmen– que cuando el escribano hace una certificación o un acto notarial para una entidad pública se deja la constancia que se está libre de aportes.  Pregunto si este vínculo o esta norma es lo que provoca que no puedan tener aportes para jubilarse. 

SEÑOR PEDROZO.- El Senado aprobó la ley entre los años 2003 y 2004 y luego fue instrumentada en el 2005. No teníamos protocolo y el contador Zaidensztat pidió a toda costa que lo tuviéramos.  Es así que se estipuló el protocolo para la Dirección General Impositiva. A su vez, quería que nosotros hiciéramos las hipotecas de la DGI para que al contribuyente le saliera más barato y no pagara los aportes. Para no hacer competencia desleal a la caja y para que no perdiera los aportes, tenemos protocolos y registro de protocolizaciones.  Es así que controlamos las hipotecas que garantizan los contribuyentes y estamos a cargo de las hipotecas de los freeshop. Estos últimos tienen que depositar USD 100.000 en efectivo o presentar una garantía hipotecaria, y la Dirección General Impositiva está a cargo de ese control.

Nuestra profesión es de las que más ayuda al Estado, de las que hace los mayores controles al Estado. Además, tenemos una responsabilidad como agentes de retención en varios impuestos.

SEÑORA CESTONA.- Es verdad que estamos exonerados de aportes, pero antes del régimen de exclusividad hemos aportado más de 20 años siendo funcionarios de la DGI. O sea, teníamos dos cajas simultáneas, la civil y la otra.

Como dice el escribano Pedrozo, cuando surgió el tema de tener el registro de protocolos, la asociación de escribanos se opuso a que se hicieran actos que debían hacer terceros. Nos pareció lógico porque nosotros también podíamos estar del otro lado y no lo podíamos hacer porque somos funcionarios de la DGI. De todas maneras, la exoneración es para el Estado, así que eso no iba para los aportes, como creo que pasa en todas las profesiones.

Independientemente de eso, nosotros aportamos y esa es un poco la duda o la situación que planteamos. Pero ciertamente es el Estado el que tiene la exoneración de aportes. Creo que aquí hay que tener en cuenta una razón de equidad. Lo triste es que hay colegas más jóvenes que nosotros que en este momento están aportando como procuradores a la caja de profesionales para tener aunque sea una jubilación como procuradores.

 Entonces, creo que la Caja Notarial está perdiendo aportes. Cuando nos reunimos con el Ministro Murro la idea era ser más abarcativos para que los jóvenes pudieran aportar aunque sea por un ficto, ya que ejercemos. Yo, por ejemplo, tengo el cargo de escribana desde hace muchos años. Estamos pensando en otro grupo de gente, que en este momento no está acá, que se acostumbró a recibir ese ingreso que a veces es mucho menor que el que recibimos nosotros en su oportunidad con un régimen de exclusividad.

Evidentemente este tema es conflictivo y la caja podrá opinar. No creo que se vaya a desfinanciar por un otorgamiento de jubilación por edad avanzada porque hay que tener más de 15 años de labor y 70 de edad. Me parece que es un tema de justicia, porque se trata de aportes que hemos hecho.

SEÑOR PEDROZO.- Quiero saber si la comisión en este caso puede hacer  modificaciones y si tiene algún plazo para definir este tema.

SEÑOR PRESIDENTE.- Nosotros empezamos a debatir un proyecto de ley que envió el Poder Ejecutivo y por eso estamos recibiendo a las distintas delegaciones, incluido el propio ministro, que vendrá más tarde. Luego la comisión comenzará a trabajar sobre los contenidos y ahí efectivamente se podrán incluir agregados, reformas, aceptar el proyecto tal cual viene o armar uno nuevo.  Es decir que este proceso recién se está iniciando. Por lo tanto, es oportuno que si ustedes tienen algún aporte para hacer o para fundamentar su posición  lo hagan llegar a la comisión y la secretaría luego lo distribuirá entre todos los senadores.

 (Se retiran de sala los escribanos de la Dirección General Impositiva).

 

(Ingresa a sala el Directorio de la Caja Notarial).

 

– La Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social le da la bienvenida al Directorio de la Caja Notarial integrado por los escribanos Pablo Arretche Coelho, José Osvaldo Rocca, Orosmán Gianero, Marcelo Pérez y las escribanas Adriana Colli y Laura Guasch; y los contadores, Héctor Bastón y Luis A. Camacho. Los recibimos para tratar la propuesta de reforma de la Caja Notarial, que está en discusión.

SEÑOR ARRETCHE.- Agradecemos el tiempo que la comisión nos dispensa. Está presente casi todo el directorio de la caja notarial y nos acompaña el gerente general, la gerenta previsional y el asesor externo contratado para el tratamiento de la reforma de la Caja, el contador Camacho.

                Realmente nosotros venimos haciendo un seguimiento de este tema desde hace muchos años. Desde 2014 a la fecha se han profundizado los estudios y desde el 19 de julio pasado forman parte del proyecto de ley para reformar la caja notarial. De hecho, desde antes de 2014 la caja realiza frecuentes estudios actuariales y ya se venía advirtiendo que alrededor del 2020 iba a tener alguna dificultad.

Es así que hasta el año 2013 la caja mantiene determinadas ecuaciones que la hacen sustentable, pero a partir del año 2014 empieza a tener serias dificultades y desequilibrios que hacen que esos estudios actuariales comiencen a profundizarse. Esos estudios, año a año, nos venían demostrando que a partir del 2030 la caja correría serios riesgos de subsistencias. Concretamente, los primeros estudios –iniciados en el 2014– decían que si la caja notarial no realizaba ningún tipo de adecuación, en el año 2042 quebraría; y estudios siguientes,  llevados a cabo a comienzos de este año, nos dicen que si la caja notarial no efectúa ninguna adaptación al actual régimen, quebraría en el 2033. Es así que nosotros actuamos de común acuerdo con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, pues el ministro Murro designó a asesores de esa cartera, de la misma manera que la caja notarial designó a quienes nos representarían –y lo hacen–, a efectos de la redacción de este proyecto de ley.  De  esa forma se llegó a la elaboración de este texto –que los señores senadores tienen en la mesa para el tratamiento en vuestra comisión– que, posteriormente, fue elevado al Ministerio de Economía y Finanzas. Ambas carteras –la de Trabajo y Seguridad Social y la de Economía y Finanzas– lo estudian y, obviamente, nos convocan. Concurrimos a dichas convocatorias y ellos lo aprueban tal como está hoy presentado en vuestra mesa de trabajo.

                El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social no hizo ningún tipo de salvedad; el de Economía y Finanzas sí hizo una y lo que la motivó fue retirado del proyecto original. Se trataba de un artículo por el que se creaba un adicional a la tasa registral, lo que el ministerio pidió que fuera retirado del  proyecto de ley, cosa que fue hecha.

                Es deseable destacar, también, que la caja notarial no percibe ningún tipo de subsidio por parte del Estado desde el año 1975 hasta el día de la fecha. Desde el año 1941 hasta 1975 sí tuvo un aporte del Estado, pero desde 1975 a la fecha la caja notarial ya no recibe ningún tipo de aporte por parte del Estado. Se nutre exclusivamente del aporte de sus afiliados y de lo que obtiene por la renta de sus inversiones; ese es el único ingreso que tiene la caja notarial. Estos ingresos no son suficientes, desde el año 2014 a la fecha, para cubrir los egresos que tiene la caja. Es así que, para ejemplificar, podemos decir que está previsto que para este año, 2018, tengamos una pérdida del entorno de los USD 8:000.000 y cada año que transcurra sin que logremos una adaptación y una modificación al actual régimen previsional, ese importe se irá incrementando.

Como decía, la caja notarial ha venido elaborando esta iniciativa y en ello no solamente fueron partícipes el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el Ministerio de Economía y Finanzas, sino que concomitantemente con el estudio junto a ambas carteras, iniciamos una gira por todo el país trasladar y comunicar esto a todo el gremio notarial. Recorrimos todos los departamentos del país para interiorizar a los afiliados escribanos acerca del contenido de este proyecto de ley y la necesidad que tiene la caja de que se apruebe. Nos sentíamos en la obligación de que todo el gremio estuviera enterado de cada una de las instancias que estaba dispuesta a recorrer la caja notarial.

Ahora pasamos a señalar las causas que nos producen el desequilibrio financiero. La primera de ellas es la notoria baja en la actividad notarial. Desde hace varios años la actividad notarial del escribano a nivel nacional ha venido decayendo y hoy sufre un estancamiento muy severo, fundamentalmente, en lo que tiene que ver con los ingresos por aportes notariales, que son el principal pilar de sostén de la caja. Al escasear y al estar estancada la actividad notarial, esa es una causal de esta situación que está atravesando la caja.

A la baja actividad notarial le sigue algo que los señores senadores ya conocen, por ser causa de todos los sistemas previsionales del país, de la región y del mundo entero, que es la expectativa de vida. Realmente, este es un factor que no solo la caja lo siente en sí mismo, aunque nosotros lo podemos ejemplificar con números. Con lo que nosotros años atrás pagábamos jubilaciones del entorno de los diez u once años hoy estamos  pagando  jubilaciones por encima de los dieciocho y veinte años porque todos –gracias a Dios– vivimos más y mejor. La calidad de vida realmente se siente. Este es un factor común a todos los sistemas previsionales y debemos atenderlo con mucha seriedad porque, evidentemente, esa expectativa de vida va en aumento, es algo que va a seguir dándose por lo que obviamente, es una erogación a ser atendida por todos los sistemas.

                Otro de los factores fundamentales es la reevaluación que han tenido las pasividades en los últimos trece o catorce años, lo que también ha incidido manifiestamente en los números de la caja notarial. En las pasividades en este último periodo –doce o trece años para atrás– ha sido un factor de incidencia muy importante.

                Otro factor, nada menor para la caja, es un hecho sucedido en la década del 80,  que lo llamamos «la explosión notarial», en cuanto a que existió un ingreso a la matrícula notarial muy por encima de lo normal. Esto no es algo propio de la profesión de escribanos sino que ha sucedido en todas las profesiones. En lo que nos atañe, en la década del 80 hubo un ingreso extremadamente superior al habitual y, obviamente, si contabilizamos treinta años a partir de esa década, ya están configuradas las causales jubilatorias de todos esos colegas que se recibieron en ese momento. Por tanto, muchos ya son sujetos de pasividad; quienes no hayan optado aún, ya tienen la causal configurada y lo harán en un breve lapso. Evidentemente, debemos atender ese factor porque la caja debe pagar las jubilaciones en el momento en que ellos las soliciten. Entonces, ese va a ser un factor importante a atender.

                Esos cuatro factores son fundamentales para la adaptación que realmente debe tener la caja. Entonces, previendo ya una vida hasta la década del 30, o sea hasta el 2033, y atendiendo la situación fundamental del escribano –por lo que dijimos acerca de la baja actividad notarial como principal factor de riesgo para la vida financiera de la institución– es que planteamos el mayor período de transición posible, de manera de atender este aspecto, para que el escribano tenga una adaptación más prolongada y que ese choque sea lo más leve posible.

                Con esa idea, en el proyecto de ley prevemos un período de transición de 20 años, para que entre en su totalidad la reforma. A ese período de transición, le agregamos, obviamente, que lo que hoy está establecido como causal jubilatoria en los 60 años de edad y 30 de actividad, dentro Pergamino horizontal: 2de 20 años, pasará a ser 65 años de edad y 35 de actividad. Reitero: dentro de 20 años, en el período de transición ello se hará de forma gradual. En ese momento, la tasa de remplazo, que hoy es del 50 % para aquellos escribanos que tengan 60 años de edad y 30 de actividad, será la misma para quienes tengan 65 años de edad y 35 de actividad, con algunas características destacables. Por ejemplo, se premiará a quien permanezca trabajando, por encima de los 65 años de edad o con más de 35 años de actividad, se le bonificará su jubilación, con una salvedad que para nosotros es importantísima, y así lo hemos analizado con todos los escribanos que hemos hablado. La salvedad es: que aun dentro de 20 años, aquellos escribanos que quieran jubilarse con 60 años de edad o 30 de actividad se van a poder jubilar con menos edad y menos actividad, obviamente, con una tasa de remplazo menor.

 Con esto se busca bonificar y favorecer a aquellos que trabajan más y que tienen más edad y, si se quiere, penalizar a quienes se quieren retirar antes. De todos modos, la elección queda a cargo del escribano. El afiliado tendrá la potestad de retirarse antes con una tasa mínima de remplazo del 40 %.

¿Cómo pensamos esta reforma en cuanto a qué contribuciones vamos a tener que realizar, no solamente los escribanos activos, sino también los afiliados y los pasivos? Hoy, los escribanos activos aportan a la caja notarial por cada actuación el 15.5 % de la actividad que realicen. A partir de la entrada en vigencia de la reforma, ese 15.5 % se elevará en tres puntos, por lo que será el 18.5 %. Ese 18.5 % tiene también una característica para nosotros bastante notoria y destacable –por decirlo de esta manera–, que es que será movible. Lo explico: ni bien comienza a regir la reforma la tasa será del 18.5 %, pero podrá aumentar o disminuir en función de que la caja tenga superávit o déficit. Si tomamos períodos de cinco años y la caja da superávit, ese porcentaje disminuirá en un 0,5 %. Pasados 5 años más y arroje nuevamente superávit, va a disminuir en un 0,5 %, estableciéndose un piso de 17.5 %. De la misma forma, si en periodos de cinco años la caja arroja un déficit, el 18.5 % va a aumentar en un 0,5 %, con lo que se lleva a 19 %. Si hubiera un período siguiente también de déficit, aumentaría otro 0,5 %, con lo que llegaría al 19.5 %.

En síntesis, vamos a establecer una tasa inicial del 18.5 %, con un techo de 19.5 % y un piso de 17.5 %, lo que se manejará en función de que la caja arroje déficit o superávit. Esa determinación en cuanto al aumento o rebaja no va a ser de resorte del directorio que en ese momento esté al frente de la caja porque en la ley ya va a quedar determinado el mecanismo por el cual,  automáticamente, de arrojar superávit la caja, el porcentaje va a descender y, en caso de arrojar un déficit, va a incrementarse. Básicamente esa será la contribución de los activos.

                Por su parte, la contribución de los pasivos está establecida en un 2 %. Cabe resaltar que todos van a contribuir, y no solamente los escribanos. Es así que los empleados van a ver incrementado su aporte en un 3 %; hoy aportan un 15 %, que se va a elevar a un 18 %, siguiendo el mismo mecanismo que para los escribanos activos, es decir, si la caja tiene superávit, ese porcentaje va a descender, pero si tuviera déficit, se va a incrementar. Reitero que este mecanismo aplica para los escribanos activos y para los empleados. Como dije, los pasivos van a contribuir con un 2 %.

                Además, proponemos que el papel notarial se incremente en $ 3 la hoja a los efectos de financiar el subsidio por maternidad. Hoy por hoy la caja notarial tiene un subsidio por maternidad, pero no está operativo porque carece de financiamiento. Entonces, con este incremento de $ 3 pensamos dotar de financiamiento a ese subsidio.

                Lo que pretendemos hacer notar a los señores senadores –y reitero el beneplácito que tenemos todos los directores de la caja por estar hoy frente a ustedes– es la necesidad que tiene nuestro órgano previsional de esta reforma porque, de no adaptarse, como decía, en la década de 2030 la caja notarial quebraría. Al no tener ningún otro subsidio, más allá de nuestros propios aportes y recursos, todos los estudios realizados  –obviamente, con el asesoramiento que la propia caja contrató, además de lo que nos aconsejan nuestro gerente general, nuestra gerenta previsional y otros asesores– nos indican la necesidad de adaptar la caja ni más ni menos que a la realidad que está atravesando hoy; la realidad que enfrenta la caja notarial no es la misma de hace 20 o 30 años. De igual modo, los demás regímenes previsionales seguramente tendrán que transitar por caminos similares pero, concretamente, en lo que a nosotros nos atañe,  la caja tiene que adaptarse a esta nueva realidad: hoy vivimos más, vivimos mejor y, consecuentemente, debemos pagar pasividades durante mucho más tiempo que antes. A esto se suma que ahora cada vez hay más escribanos que ejercen la profesión, y hay que recordar que el aporte es por acto; no es como en otros regímenes. En nuestro caso, la cantidad de trabajo es una y no ha sufrido aumento alguno. Al haber más escribanos, dividimos el trabajo, o sea, cada vez trabajamos menos. En consecuencia, vamos a tener una pasividad menor. De todas maneras, si no nos adaptamos a la realidad que hoy atraviesan el país, y nuestra profesión en particular, la caja notarial –que hoy tiene 77 años de una rica historia y es orgullo de todo el notariado– tendrá un destino que, sinceramente, ningún colega del país quiere. Por eso nosotros nos sentimos con la responsabilidad de adelantarnos a lo que pueda suceder el día de mañana. Es así que hoy estamos, con una antelación prudencial, queriendo adaptarnos, no solamente porque sabemos lo que va a suceder con la caja si no hacemos nada, sino también para que los escribanos, que somos los directamente involucrados en el sistema notarial, tengamos un período de transición más prolongado para adaptarnos a la nueva realidad.

                De no aprobarse este proyecto de ley –como estaba previsto– el 1.º de enero de 2019, no solamente se va a ir aumentando el déficit, sino que tendríamos que volver a estudiar el período de transición para ver si sería de veinte años o hay que achicarlo. Realmente, es una necesidad para la caja notarial que esto se apruebe y pronto. Por esa misma razón es que nosotros, concomitantemente con que lo íbamos estudiando, trasladábamos al ministerio de trabajo todos los pasos que íbamos haciendo para ir teniendo un feedback de su parte. Es notorio –y estatutariamente así se indica– que el directorio honorario de la caja notarial está integrado por siete miembros, dos de los cuales pertenecen al Poder Ejecutivo, que hoy está en la persona de la escribana Adriana Colli, y al  Poder Judicial, representado en la persona del escribano Orosmán Gianero, que está aquí con nosotros.  Como dije, dábamos noticia de todo lo que realizábamos porque queríamos saber si íbamos transitando o no por el camino correcto. Creemos que sí, porque tanto el ministerio de trabajo como el de economía nos han dado el visto bueno.

                Creo haber realizado un breve resumen de las características del proyecto presentado de la caja notarial. Igualmente, hemos venido acompañados por nuestros asesores que manejan cifras más concretas por si alguno de los señores senadores quiere hacer preguntas; somos escribanos y manejamos medianamente bien la letra, pero para los números necesitamos recurrir a los contadores y economistas.

SEÑOR OTHEGUY.-  Ante todo, saludo a la delegación. La exposición fue muy clara y simplemente quiero realizar algunas preguntas concretas.

                La primera es cuántos aportantes tiene la caja y cuántas pasividades se estarían abonando al día de la fecha.

SEÑOR ARRETCHE.-  Hay 7.000 activos y 2.000 pasivos.

SEÑOR OTHEGUY.- La segunda consulta es simplemente para que quede asentada en la versión taquigráfica la posición de la directiva de la caja notarial sobre el planteo concreto que recién hicieron los escribanos de la DGI, que es el de poder acceder a la jubilación por edad avanzada. Me imagino que eso tiene un impacto en la situación que ustedes describían, por lo que me interesa que quede presentada la posición de la directiva de la caja notarial con respecto a esa reivindicación. Me gustaría saber si la han estudiado y qué impacto puede tener sobre los números y las proyecciones que recién expusieron.

SEÑOR DRAPER.-  Por mi parte, quiero saludarlos y me da mucho gusto que hoy estemos en esta instancia. Como le decía a quienes los precedieron –los colegas de la DGI– nosotros también somos escribanos y en diciembre cumplimos un año de habernos jubilado. También tenemos tradición notarial, ya que somos la tercera generación y estamos esperando una cuarta, y nos sentimos muy orgullosos Pergamino horizontal: 2de la profesión que hemos ejercido y se ha ejercido en nuestra familia.

                Hago mías las preguntas del señor senador que me precedió, porque hubo un planteo muy concreto por parte de los colegas de la DGI que sería bueno ir adelantando en esta instancia en la que escuchamos a todas las partes.

Cuando tengamos toda la información, podremos comenzar con el estudio del proyecto de ley y luego habrá otras instancias en las que podremos trasladarles preguntas, más allá de que los tiempos son los que mandan. De todos modos, reitero que estamos a las órdenes como colegas que fuimos en su momento y esperamos que se cumplan todas las instancias para seguir avanzando.

SEÑOR PARDIÑAS.- Es un gusto conversar con la delegación de la caja notarial.

                Quisiera complementar las preguntas ya realizadas con los siguientes planteos. Me interesaría saber si pueden aportar datos que nos ayuden a ver si hay incidencias coyunturales en algunos aspectos, porque en la información que nos han hecho llegar se indica la caída de algo más de dos puntos de la rentabilidad de las inversiones. En este sentido, me gustaría saber si por hacer frente a ese déficit se han descapitalizado y la caja ha perdido patrimonio, lo que se refleja en un menor rendimiento de las inversiones, o si los asesores económicos indican que esto responde –quizás– a aspectos coyunturales del funcionamiento de la economía y hay alguna previsibilidad a futuro en el sentido de que la situación se pueda recomponer.

                Otra inquietud refiere a una de las causas a las que hacía referencia el señor presidente de la caja en cuanto a la baja de la actividad notarial. Nosotros tenemos algunos indicadores que nos llevarían a presumir que una cosa no se ata con la otra pero, como no afirmo una cosa ni la otra, se me genera la duda. Digo esto porque una de las actuaciones notariales más fuertes en la actualidad es la vinculada a los automotores. Todos los años la plantilla de autos en el país crece y cada vez se venden más autos nuevos por año y por eso pregunto cómo se relaciona esto con la caída en la actividad.

                Por otro lado, en algunos casos se ha dado un debate interesante que no quiero plantear aquí pero sí me gustaría saber si tiene que ver o no con la actividad notarial. Algunos amigos escribanos me han dicho que cada vez que hacemos leyes no pensamos que los estamos cargando con más cosas para hacer. Ahora bien; la ley no dice que lo hagan gratis y por eso me pregunto si estas nuevas actividades no generan aportes.

En definitiva, me gustaría entender las razones de la baja en la actividad notarial.

SEÑOR ARRETCHE.- Voy a ceder el uso de la palabra a nuestro gerente general para que responda las preguntas relativas a los números y luego, con gusto, tanto quien habla como mis compañeros responderemos a las demás interrogantes del señor senador.

SEÑOR BASTÓN.- Respecto a la información física sobre cuántos son los afiliados y jubilados, debo decir que el campo afiliatorio de la caja notarial comprende a los escribanos en el ejercicio libre de la profesión, 7.085 al 31 de diciembre del año cerrado en 2017, y también a un subsector amparado que es el de los empleados de las escribanías, de la caja notarial y de la Asociación de Escribanos del Uruguay que, a esa misma fecha, eran 539.  Los cotizantes que de alguna manera financian el sistema son 7.624. Esta cifra será levemente mayor al cierre de este año. En cuanto a las prestaciones de pasividades, estaríamos hablando de 2.098 jubilaciones y unas 750 pensiones. De esas jubilaciones, 1.600 corresponden a escribanos y 469 a empleados.

                La segunda consulta era si el directorio tenía posición sobre la petición de los escribanos que ejercen en la Dirección General Impositiva en régimen de full time. En el régimen de la caja notarial –vale decir que el que se  propone en esta reforma no se modifica– la jubilación por edad avanzada es la que se otorga cuando una persona, a lo largo de su carrera laboral o profesional, no logró registrar un número de años suficiente –entre 30 y 35 años– para conseguir una jubilación común. Entonces, con un  mínimo de 15 años, en función de la característica edad, se otorga esa jubilación, que es subsidiaria e incompatible con otra jubilación o retiro. El directorio de la caja en varias ocasiones se ha pronunciado por no cambiar esta característica subsidiaria e incompatible de la jubilación por edad avanzada. Por otra parte, es la que existe en el régimen general, a excepción de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios.

                Otra de las consultas refería al dinamismo de la actividad notarial que podría verse en uno de los sectores como, por ejemplo, el automotor. La actividad notarial depende, casi el 70 % de sus ingresos y aportes –que son una función de sus ingresos–, de la actividad inmobiliaria o toda la actividad que tiene relación con inmuebles como hipotecas, fideicomiso y demás. La actividad de bienes muebles, como de los automotores, incide en forma muy relativa  por los valores que se mueven dentro del conjunto de la recaudación de la caja. Para decirlo de alguna manera, desde el punto de vista del trabajo profesional genera una cantidad de trabajo que no es equivalente al total de los ingresos.

SEÑOR ARRETCHE.- A modo de aclaración, vale decir que es notoria la cantidad de vehículos cero kilómetro que se venden y están exentos de realizar el título ante el escribano. Solo con el empadronamiento están habilitados a circular y posteriormente ingresan en el mercado automotor. Por lo tanto, esos vehículos, que son de mayor valor, como no hacen el título, no hay honorarios ni generan aportes.

SEÑOR BASTÓN.- Por último, me voy a referir al resultado de las inversiones de la caja que provienen de las acumulaciones que se realizaron en períodos excedentarios, por ejemplo, cuando se estaba madurando el régimen de jubilaciones y pensiones creado en el año 1941 por la Ley n.º 10062.

Evidentemente, todos esos excedentes se fueron acumulando y se colocaron en un conjunto diversificado de inversiones, desde las financieras y más tradicionales como son los depósitos en bancos, títulos públicos, a otras con formatos un poquito más novedosos como las que permite hoy el mercado de capitales; inversiones inmobiliarias, de renta, urbanas, rurales; además, sobre algunas inversiones rurales, el desarrollo de actividades de la producción nacional como, por ejemplo, la agropecuaria y la forestación. En cuanto a la forestación, hace más de cuarenta años que se está invirtiendo, y en ganadería, aproximadamente treinta años. Algunas de esas inversiones tienen resultados previsibles y lineales, año a año, y otras, que tienen  algún factor de riesgo, experimentan vaivenes que provocan años de mayor volumen de negocios y otros en el que su volumen es menor.

De cualquier manera, la tasa de rentabilidad más o menos natural del conjunto de inversiones de la caja notarial oscila en un 3 % real, más allá del vaivén  de los valores de los activos. Estamos hablando en términos de liquidez que es con lo que pagamos, mes a mes y año a año, las obligaciones previsionales. Eso se viene manteniendo con alguna oscilación menor, pero es notorio que entre los números que posee la comisión, una de las causas –que fue la que comentó el senador Pardiñas– tiene que ver con que estamos con un volumen menor de capital impuesto a intereses; lo natural es que las inversiones financieras sean las que financien los déficit operacionales que van ocurriendo año a año y, como comentaba el presidente, este año estaría llegando a una cifra cercana a los USD 10:000.000.

Todas estas consultas tienen relación con el presente de la caja. El proyecto tiene una dinámica que está más enfocada hacia el futuro; igualmente  tiene solución de presente, pero su funcionamiento y sostenibilidad son a futuro. De todas formas, sugeriría  escuchar al contador Camacho, que es experto en este tema.

SEÑOR ARRETCHE.- Una última acotación que quería hacer es que si bien la caja notarial –como comentamos al principio– no recibe ningún tipo de subsidio por parte del Estado, es deseable destacar que los pasivos contribuyen al IASS que va con destino al Banco de Previsión Social. Queremos reiterar que la reforma prevista, que fue enviada a consideración de la comisión, no reporta ningún tipo de incremento ni erogación del Estado para con la caja notarial. De ninguna manera estamos aumentando el gasto ni solicitando un subsidio para nuestra caja.

SEÑOR DRAPER.- Como me comprenden las generales de la ley, quiero dejar constancia de un sentimiento personal con respecto a lo que hoy se señaló y, en cuanto a la cifra que se manejó, creo que se trata de más de USD 9:000.000 al año.

                Quiero decir aquí –porque sé que se va a interpretar de la manera que lo queremos trasmitir– que nuestra situación profesional como escribanos hoy es muy difícil; es muy difícil por lo que se ha desvirtuado nuestra profesión. Siempre decimos un poco en broma que, más allá de lo notarial, somos unos empleados gratuitos del Estado.

                Recuerdo que, en una oportunidad, con algunos colegas nos pusimos a sacar cuentas de las cosas que controlábamos y no eran notariales y puedo decir que no son pocas, que el número se ubicaba en más de quince, dependiendo de la actividad que estemos desempeñando. Y, por si fuera poco, debemos tener en cuenta el tema de la inclusión financiera y la carga que tiene el escribano de ser solidariamente responsable. Quiero decirlo hoy aquí: yo me jubilé porque dije: «Ya basta». Y como mi caso puedo nombrar el de más de un colega, independientemente de la franja etaria en la que estábamos. Digo esto porque creo que en la vida hay períodos en los que uno puede seguir más de cerca su estudio, etcétera, pero al final se hacía insoportable. Y lo veo en quienes vienen atrás.

                Quizá deberíamos meditar un poco más sobre el tema, pero a veces, cuando familiares directos piensan seguir nuestra profesión por tradición, me pongo a pensar si debo decirles que sigan adelante con ella. Esto mismo lo escucho decir a mis colegas, y nos duele mucho. 

                Esto era algo que debía decir porque lo siento así; además, creo que es bueno que ello quede plasmado en este ámbito.

SEÑOR PARDIÑAS.- Quiero dejar las siguientes constancias.

 Nosotros tenemos algún impedimento normativo legal, constitucional, de aprobar en años electorales reformas en materia de seguridad social, pero ello no será óbice para avanzar todo lo que podamos para que, una vez levantada la restricción, se pueda votar el proyecto de ley. Digo esto, en función de la expectativa que planteó el señor presidente.

Por otra parte, quiero dejar una constancia que, por mi experiencia, habla bien de la caja. He trabajado en la facultad de agronomía y la caja notarial fue una colaboradora en proyectos de investigación que hicimos en materia de emprendimientos ganaderos. Creo que estas cosas muestran también la interinstitucionalidad, que sirve no solo para atender las jubilaciones, sino para brindar apoyo al desarrollo, conocimiento e investigación en el Uruguay.

De la información que nos han proporcionado surge que la relación activo pasivo es de tres con seis y me alegro que aun con esa relación estemos estudiando la previsión a 2030. Hace poco tiempo estuvimos abocados en el estudio de un proyecto de reforma de uno de los sistemas previsionales en el Uruguay, que es fuertemente subsidiado por el Estado, donde la relación era al revés: tres pasivos por un activo.

Es de esperar que tengamos la posibilidad de resolver este tema a tiempo con la previsión que nuestros invitados están planteando.

SEÑOR PRESIDENTE.- La presidencia debe ser un poco tirana con el tiempo porque hay varias delegaciones que están esperando.

SEÑOR PÉREZ.- Quiero hacer referencia a un comentario que acaba de hacer el señor senador Pardiñas.

                Como bien señaló el colega –sigue siéndolo aunque esté jubilado–, es cierto que nosotros realizamos muchas tareas anexas a la contratación, que a veces se nos hace difícil trasladar al cliente debido al costo de la contratación en el Uruguay, que no necesariamente está vinculado al honorario que percibe el escribano, sino al impuesto que se debe pagar por la contratación, sea compraventa, hipoteca, o negocios que más reportan ingresos al profesional.

                En el tema de los automotores, como bien dijo el señor presidente, muchas veces no se hace el título porque no es necesario hacerlo cuando el vehículo es cero kilómetro. Este sería un caso que reportaría más ingresos para con la caja.

                Por último, la relación activo pasivo en la caja no influye como sí sucede en otras profesiones, porque acá paga el acto y no el contribuyente; paga el escribano por intervenir en una compraventa, en una hipoteca, en el título de un automotor, etcétera.

Por otra parte, entendemos que no estamos alcanzados ni comprendidos por el artículo 229 de la Constitución de la república porque no generamos nuevas pasividades ni incrementos.

                Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.-  En nombre de la comisión agradecemos su comparecencia.

(Se retiran de sala integrantes del directorio de la caja notarial).

 

                –Antes de recibir a la siguiente delegación, quisiera referirme a las siguientes iniciativas.

                El próximo jueves está citado el Senado a las 12 horas –en sesión extraordinaria–  a efectos de considerar la censura al señor ministro del Interior. Como es factible que el debate se extienda y sobrepase la hora de convocatoria de la comisión, hablamos telefónicamente con los integrantes de la misma a fin de reunirnos el día miércoles a las 14 horas. Somos flexibles con el horario por lo que si alguien no puede a esa hora podríamos comenzar a las 14 y 30.

SEÑOR PARDIÑAS.-  A las 14 horas está bien porque a las 16 está citada la Comisión de Industria, Energía, Comercio, Turismo y Servicios.

SEÑOR PRESIDENTE.-  Entonces, podríamos sesionar en forma extraordinaria el próximo miércoles a las 14 horas y continuar con el orden del día.

                Entre otros temas está pendiente la consideración de una iniciativa presentada por el señor senador Draper.

SEÑOR DRAPER.-  En la próxima sesión quisiéramos considerar el proyecto de ley que deroga el artículo 116 de la Ley n.º 19535 propuesto por los señores senadores Delgado y Camy. 

SEÑOR PRESIDENTE.-  Entonces, lo incluimos en el orden del día.

                Por otra parte, también recibiríamos a dos delegaciones que solicitaron concurrir para referirse al mismo tema. Por lo tanto, estaríamos haciendo las gestiones para convocar al directorio del Cennave  y al Supra –el sindicato portuario y la patronal empresarial– para referirse a dicho artículo.

                El segundo punto del orden del día sería continuar con el tratamiento de la reforma electoral de los directores de Seguridad Social que había comenzado hace algunas sesiones. El Partido Nacional había solicitado desglosar algunos artículos, por lo tanto, si la agenda lo permite, terminaríamos con la discusión en esa jornada. Si no fuera posible convocaríamos a una nueva sesión.

                También se comenzó a discutir en la sesión anterior el proyecto sobre el día del trabajador del comercio, pero el Partido Nacional pidió más tiempo. Nosotros tenemos opinión favorable al respecto, por lo que convendría ponerlo a votación en esta sesión.

SEÑOR DRAPER.- Tenemos entendido que Cambadu había solicitado ser recibido y creemos oportuno que así se haga porque, además, los antecedentes muestran que así se ha hecho.

Por tanto, formalmente solicitamos que se reciba a Cambadu para luego continuar con el tratamiento del tema.

SEÑOR PRESIDENTE.- Es correcto. Se convocará a Cambadu para una próxima reunión porque es cierto que había solicitado ser recibido.

 

(Ingresa a sala una delegación de la Asociación de Escribanos del Uruguay).

 

La Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social da la bienvenida a la delegación de la Asociación de Escribanos del Uruguay integrada por su presidenta, escribana Ana María Ramírez,  la escribana Anita Mergel y el escribano Heber Panunzio, a efectos de escuchar su opinión respecto de la iniciativa de reforma de la Caja Notarial de la Seguridad Social.

SEÑORA RAMÍREZ.- Buenas tardes y muchas gracias por recibirnos.              

                En primer lugar, la Asociación de Escribanos del Uruguay quiere manifestar que está fuera de discusión que la adopción de medidas sobre seguridad social siempre debe ser racional, equilibrada y tomada con la debida antelación para evitar situaciones irreversibles. Si bien el proyecto de ley no contiene cambios estructurales, decimos que sus cambios paramétricos modifican sustantivamente las tasas de aportación y las tasas de reemplazo. 

                La mayoría de los escribanos  no percibe un ingreso digno para vivir; esa es la realidad actual de nuestra profesión. Somos fundamentales para la construcción de la paz social y siempre decimos que somos tan importantes como la democracia y la república.

Nuestra caja no recibe aportes del Estado –lo queremos subrayar enfáticamente– y, sin embargo, toda la estructura de la familia notarial aporta al BPS y también contribuye con la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios.  Por ejemplo, hay timbres que se adhieren a las declaraciones que se presentan ante los distintos organismos públicos, y esos fondos no van a la caja notarial sino que se destinan a otra caja de profesionales universitarios; asimismo remarco que también aportamos al BPS. 

Los pasivos de la caja notarial transfieren anualmente al BPS por concepto de IASS aproximadamente USD 9:500.000, lo que representa el 14,5 % de las prestaciones. Si dicha cantidad fuera volcada al instituto de seguridad social del notariado, sería más que suficiente para la sustentabilidad del organismo. La magnitud de esos aportes al BPS es tan significativa como los montos que el proyecto pretende alcanzar, pero nosotros no pretendemos que la caja notarial se quede con un 100 % del IASS, porque el espíritu solidario es lo que ha caracterizado al notariado nacional. Entendemos que estamos en un tiempo en el que nuestra caja, que no ha recibido aportes en absoluto por parte del Estado, está necesitando una ayuda de parte de ese IASS que se vierte al BPS. No lo estamos pidiendo por un período in eternum ni en forma perpetua, sino que solicitamos que por un plazo de diez años se nos permita volcar parte del IASS, con una disminución gradual de ese porcentaje, hasta que ese aporte sea volcado nuevamente al BPS.

En todos los actos que realiza el notariado nacional, de una u otra forma colabora con el Estado.  Tan así es que los actos cuyos beneficiarios son el Estado, los municipios, los entes autónomos y servicios descentralizados, no devengan honorarios cuando son autorizados por escribanos que desempeñan cargos o destinos en los mencionados organismos. Por esas actuaciones notariales que no están gravadas la caja notarial no percibe un solo aporte, o sea, un 0,0  %.  Por otro lado, lo que perciben los escribanos que ejercen en los organismos públicos es vertido al BPS.

Tampoco devengan honorarios las actuaciones notariales en las clínicas y consultorio de la Facultad de Derecho, tanto en consultas como en expedición de certificados y en testimonios por exhibición.  Nuevamente ahí el notariado nacional se pone al hombro a la Universidad de la República, y hacemos nuestro aporte. Somos solidarios con todo el país: con aranceles diferenciados para la adquisición de viviendas que enajenan los gobiernos departamentales o cuando se realizan con préstamos o subsidios con el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

Los escribanos han tenido especial consideración con las viviendas pertenecientes al Programa de Mejoramiento de Barrios así como con la situación de barrios como Malvinas, Nuevo Colman y la Boyada, con aranceles diferenciados para poder regularizar la titulación de la población más necesitada; y ustedes conocen de esas necesidades. Los escribanos no recibimos retribución alguna del Estado e incluso cargamos con responsabilidades solidarias.  Sabemos la importancia que tiene la regulación de toda la titulación. Venimos proyectando un convenio con la Intendencia de Montevideo, así como celebramos hace muy poco uno con la de Río Negro. 

La relevancia del escribano en todas las actuaciones es tan importante como la seguridad del país.  En los barrios que tienen tanta problemática de seguridad, no es lo mismo que las personas tengan un título de propiedad a que no lo tengan; es más fácil ser despojado a punta de pistola de esos lugares cuando no se tiene el título. A veces no nos damos cuenta de la magnitud, de la gran importancia del trabajo del escribano. En el caso de todas esas actuaciones, podríamos estar cobrando el honorario que corresponde a todos los organismos del Estado, como se paga a cualquier ciudadano en este país; sin embargo, la asociación de escribanos y el notariado en general se han puesto al hombro esas situaciones.

En esta oportunidad, y porque entendemos que este es un tiempo difícil, un tiempo de necesidad, venimos a pedir que se contemplen estas situaciones y este planteo que hace el notariado nacional. Hoy se suman cargas como la inclusión financiera, la prevención del lavado de activos, el saneamiento, el tema de la contribución inmobiliaria, las pólizas de seguro, el catastro, la dirección nacional de registro, y lo menos que merece el colectivo nacional es justicia y equidad en nuestra seguridad social. Hemos aprendido que no se trata de un tema de igualdad, sino de equidad. No solicitamos una contribución in eternum, sino algo razonable, porque el espíritu de solidaridad del notariado permanece. Necesitamos la aprobación de proyectos tan importantes como matrimonio y divorcio en sede notarial para contribuir de alguna forma con el país, con el Poder Judicial y con el notariado.

                Con respecto a las pasividades, si bien se reconoce la necesidad y la conveniencia de realizar una reforma, tanto a los efectos de asegurar la sustentabilidad futura como de adoptar la normativa a las realidades socioeconómicas del colectivo, se rechaza la creación de un nuevo impuesto sobre las pasividades establecido por el artículo 4.º, tanto por su diseño como por el contexto de las medidas que se establecen a las jubilaciones que ya están gravadas con el IASS, cuyo importe se vuelca netamente al Banco de Previsión Social. Esto significa una rebaja significativa a las prestaciones, lesionando derechos adquiridos. Se solicita reestudiar el sistema, a los efectos de racionalizarlo, creando un sistema escalonado que contemple la situación de menores y mayores ingresos, ya que el 2 % se va a aplicar a todas las pasividades. Es necesario racionalizarlo, pues no es lo mismo una pasividad de $ 200.000, que una de $ 7.000. Se requiere más tiempo, así como la existencia de una franja que no se encuentre gravada, atendiendo a las pasividades más sumergidas, lo que implica contemplar un mínimo no imponible. Eso se hace muy necesario, también por un tema de justicia social.

                El artículo 11, que nos afecta directamente como Asociación de Escribanos del Uruguay, dice: «Agrégase como inciso segundo del artículo 33 de la Ley N° 17.437 de 20 de diciembre de 2001, el siguiente: "A tales efectos, no regirá ninguna exoneración de aportes patronales que eventualmente hubiere estado vigente." Eso es lo que establece el proyecto. No estamos de acuerdo con este artículo 11, en virtud del artículo 69 de la Constitución de la República. La Asociación de Escribanos del Uruguay se encuentra exonerada del cobro de aportes patronales. Al amparo constitucional nos alcanza como institución cultural, gremial y de enseñanza, sin limitación ni restricción alguna. Ni el legislador ni ningún sujeto activo de la potestad tributaria puede tener la potestad para valerse de construcciones jurídicas artificiales y desvirtuar así el claro sentido de la norma constitucional. De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 134 de la  Ley n.º 12.802, que tuvo sucesivas modificaciones como la Ley n.º 13.586, el decreto ley n.º 14.057, la Ley n.º 16.226 y la Ley n.º 16.462, se declaró exonerado de todo impuesto nacional o departamental, así como de todo tributo, aportes y contribución, a todas las asociaciones con personería jurídica entre las que se encuentran instituciones culturales, de enseñanza, deportivas, partidos políticos permanentes, sindicatos obreros y entidades gremiales de empleadores. Estas normas incluyeron exoneraciones de tributos y contribuciones especiales de seguridad social. Nada más y nada menos que la Ley n.º 13.892 del año 1970, que no ha sido derogada, en el artículo 517 dispone: «Declárase que las asociaciones profesionales universitarias con personería jurídica están comprendidas en el artículo 69 de la Constitución y al amparo de lo dispuesto por el artículo 134 de la Ley n.º  12.802, de 30 de noviembre de 1960». De esta forma, nosotros tenemos nada más y nada menos que una ley interpretativa de la constitución, que vino a incluir en el artículo 69 de nuestra Carta Magna a todas las asociaciones con personería jurídica. El artículo 90 de la Ley n.º 18.093 derogó las exoneraciones de tributos, aportes y contribuciones de seguridad social, y lo hizo con excepción de las que están comprendidas en el artículo 5 y 69 de la Constitución de la república. En consecuencia, la Asociación de Escribanos del Uruguay se encuentra comprendida en el artículo 69 de la constitución y eximida de toda clase de tributos y aportes patronales.  Así también el Tribunal de lo Contencioso Administrativo en sentencia 412 del 6 de junio de 2017 declaró nula la resolución n.º 821 de 2013 de ese tribunal, dictada por la gerencia adscripta de la dirección de técnicas de ATIR, por considerar que la Asociación de Escribanos del Uruguay está exonerada de aportes patronales a la seguridad social, administrada por el Banco de Previsión Social. Hacer lugar a la redacción del artículo 11 propuesto es inconstitucional y atenta contra la seguridad jurídica. La inmunidad tributaria está establecida en el orden constitucional y existe un recorte a la potestad tributaria que tienen ustedes como legisladores. Constituciones de 1934, de 1942 y de 1952 establecían expresamente que estas instituciones serán exoneradas, mientras que la Constitución de 1967 dispone expresamente que estarán exoneradas. Hago énfasis en la utilización de los verbos para remarcar el concepto. Es el constituyente el que crea la inmunidad y el límite al Poder Legislativo. En este punto es bueno remarcar que Justino Jiménez de Aréchaga establecía que existe una razón fundamental para que el intérprete no repare del texto literal de la constitución, sino cuando resultare muy especialmente indicada, mencionando la autoridad de nuestras Cartas fundamentales; a partir de la Constitución de 1830, todas las constituciones posteriores no provienen de asambleas constituyentes sino que se encargaron de formular estas reformas nada más y nada menos que actos establecidos y ratificados por el pueblo a través de plebiscitos. Como decía nuestro prócer: «Mi autoridad emana de vosotros y ella cesa ante vuestra presencia soberana.»

                El fundamento del artículo 69 es la subvención por los servicios de todas las actividades que benefician a la sociedad. Para hacer valer también tenemos una propuesta para la jubilación por edad avanzada. Basado en el principio de equidad y de justicia social a los efectos de corregir la desigualdad existente entre los escribanos y el resto de los profesionales universitarios, es necesario modificar el artículo 56 de la Ley n.º 17.437, del 20 de diciembre de 2001, para que los escribanos que cuenten por lo menos con quince años de aportes puedan acceder a una jubilación por edad avanzada, que sea compatible con cualquier otra prestación previsional.

El artículo 56 debería quedar redactado de la siguiente forma: «La causal jubilatoria por edad avanzada se configura al cumplir 70 años siempre que no se encuentre con causal de jubilación común y se acrediten 15 años de servicios reconocidos, se encuentre o no en actividad a la fecha de configuración de tal causal». La modificación sería la siguiente: «La jubilación por edad avanzada es compatible con otras jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios transitorios, por la incapacidad parcial o cualquier otra prestación previsional y con la prestación que prevenga el régimen general de jubilación por ahorro individual».

                Existen antecedentes en otras cajas. El antecedente es el artículo 77 de la Ley n.º 17.738, por el que la jubilación por edad avanzada es compatible con el goce de otra jubilación o retiro.

Por último, lo que tenemos que agregar es que llegó la hora al notariado. Mientras tantas mujeres de este país, a través del Banco de Previsión Social, pudieron acceder al servicio de subsidio por maternidad, esta ley, por primera vez, nos contempla.

Queremos también hacer un reconocimiento al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por hacer extensivo ese subsidio por maternidad a todas las escribanas y empleadas activas que estén dentro de nuestra familia notarial; hoy las mujeres somos las que más desempeñamos la función y el ejercicio notarial.

Creemos que es necesario que el Senado de la república contemple todas estas exposiciones que venimos a hacer. Hemos sido solidarios con el país entero, pero esta vez la Caja Notarial necesita del IASS –o de parte del IASS, decimos que no lo pedimos todo– por un tema de equidad. Ustedes saben bien la importancia que tiene el seguro por desempleo; nosotros, trabajemos o no trabajemos, no tenemos acceso a muchos de los servicios de seguridad social y de prestaciones que presta el propio Banco de Previsión Social. Estamos en una situación de fragilidad y, aunque reconocemos todo el empeño de la caja y también el de los directores, hay situaciones políticas y ustedes tienen la posibilidad de contribuir, de alguna manera, con la Caja Notarial en esta instancia.

SEÑOR DRAPER.- Señor presidente: quiero dar la bienvenida a nuestros invitados. Es muy bueno tenerlos acá; nos conocemos y, si bien nos jubilamos no hace mucho –en diciembre del año pasado– siempre seremos colegas y, por supuesto, también socios de la asociación. Desde este sitial quiero decirles que, como manifestamos a los colegas que estuvieron antes, hoy es el punto de partida para lo que se viene a tratar, que es este proyecto de modificación. Estaremos siguiéndolo, con muchísimo interés y atención, muy de cerca.

La colega hablaba del IASS y recién veíamos que son como USD 9:500.000 al año. No quiero reiterar las palabras –pero se las haremos llegar– que dijimos en presencia de los representantes de la caja sobre lo que sentimos por esta profesión y por el difícil momento que está transitando. Eso no es ajeno a nadie y queremos dejarlo bien claro. Está de más decir a nuestros invitados que estamos absolutamente a las órdenes y que seguiremos muy de cerca todo esto. Creo que el notariado tiene que tener un buen andamiaje en nuestro país porque bien se decía lo importante que es tener ordenada la titulación de los bienes, que es una de las cosas que simplifican hasta desde el punto de vista de la seguridad; hoy se está dando toda esa temática.

                Así que de nuevo quiero comunicarles la alegría de haber podido compartir este momento con ustedes y reiterarles que estamos a las órdenes.

SEÑOR PRESIDENTE.- En nombre de todos los integrantes de la comisión agradecemos el aporte que nos han brindado. Conviene aclarar que hoy estamos iniciando el estudio y análisis del proyecto de ley que ingresó el mes pasado sobre la reforma de la caja notarial. Por cierto, estamos recibiendo contra reloj a todas las delegaciones a efectos de recibir su posición a favor o en contra. Pero, como decía el señor senador Draper, una vez que terminemos con las audiencias comenzaremos el debate, por lo que es muy posible que tengamos que contactarlos nuevamente.

                Muchas gracias.

(Se retira de sala la delegación representante de la Asociación de Escribanos del Uruguay).

(Ingresa a sala el ministro de Trabajo y Seguridad Social, señor Ernesto Murro, y el doctor Rodríguez Azcue, asesor en seguridad social).

                –La Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social da la bienvenida al señor ministro Murro y al doctor Rodríguez Azcue, asesor en materia de seguridad social, a los efectos de que nos dejen los argumentos y la explicación sobre el proyecto de ley de reforma de la caja notarial, en cuyo análisis hemos ingresado en la jornada de hoy.

SEÑOR MINISTRO.- Muchas gracias señor presidente y señores senadores.

                La opinión del Poder Ejecutivo y, en particular, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, es que estamos ante un proyecto de ley de reforma de la caja notarial que consideramos, en diversos aspectos, ejemplar. Catalogarla de esta manera surge de razones técnicas, de procedimientos y de contenido.

                Como todos los señores senadores saben, la caja notarial es un organismo autónomo en el que la representación del Poder Ejecutivo es minoría y está fundamentalmente dirigida por los representantes sociales, que tienen una clara mayoría.

                Queremos destacar que esta iniciativa del directorio honorario de la caja notarial tendiente a impulsar una reforma a este sistema fue inmediatamente acompañada por el Poder Ejecutivo y los ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Economía y Finanzas.

                Se trata de una reforma necesaria y elaborada con rigurosidad técnica. Aprovecho la oportunidad para destacar la participación del querido contador Luis Camacho, que fue durante décadas el gerente del área de investigación del Banco de Previsión Social, actualmente Asesoría General en Seguridad Social. En lo personal tuve el honor, como director por los trabajadores y presidente del organismo, de compartir los excelentes trabajos que hasta hoy se siguen produciendo en dicha asesoría y que fueron liderados durante décadas por el contador Camacho. Además, es una autoridad técnica a nivel internacional en lo que significa la Asociación Internacional de Actuarios de la Seguridad Social.

                Calificamos también de ejemplar a esta reforma por el proceso que se llevó adelante. Como señalaba, si bien es un proyecto de ley que remite el Poder Ejecutivo, esta no es una reforma inicialmente promovida por este, sino por los propios involucrados, por sus auténticos representantes sociales electos. Quiero subrayar este aspecto porque creo que no es un tema menor. Que el Poder Ejecutivo esté acompañando firmemente, como lo hacemos, una reforma originaria de una caja mayoritariamente dirigida por representantes sociales electos por las partes, creo que es un dato que prestigia nuestra democracia y nuestra institucionalidad.

                El Poder Ejecutivo solo realizó pequeñas modificaciones al proyecto y lo hizo dialogando con el directorio de la Caja Notarial.

                Este proyecto lo recibimos en el mes de julio, por lo que creo que también debemos valorar el  ejemplo que solo cuatro meses después esta  Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social del Senado ya lo esté considerando. Toda reforma de la seguridad social, toda reforma previsional, es compleja y es muy buena cosa que solo cuatro meses después de que recibiéramos el proyecto del directorio honorario de la Caja Notarial, lo consideráramos a nivel del Poder Ejecutivo y ustedes ya lo estén tratando hoy en esta comisión.

                Quiero destacar también que pusimos de parte del Poder Ejecutivo y, en particular, de los Ministerios de Economía y Finanzas y de Trabajo y Seguridad Social, un equipo técnico para trabajar con la Caja Notarial en el afinamiento del borrador que nos presentaron en este período de Gobierno. Creo que estos aspectos hacen, como decíamos, que esta reforma sea considerada ejemplar. Teniendo en cuenta lo que ha significado la evolución poblacional de esta caja, que es la más pequeña de todas las existentes en el BPS, ya sea paraestatales o estales, se destaca lo que significó el crecimiento muy importante de la cantidad de escribanos a partir de la década del 80 y el aumento de la expectativa de vida que impacta en toda la población, algo que es muy bueno, en nuestra opinión, para el país y, en particular, para los jubilados y pensionistas. Me refiero al crecimiento del poder de compra de las pasividades que se ha dado en estos trece años de gobierno, lo cual también involucra a los jubilados y pensionistas de la caja notarial. Crecer trece años seguidos por encima de los precios es un hecho histórico, aspecto que también se refleja en el análisis técnico para la elaboración de esta propuesta.

                En cuanto al contenido de la reforma, creemos que es bueno destacar que el objetivo central del directorio honorario y del Gobierno es asegurar la sostenibilidad de esta caja, la suficiencia de sus prestaciones y la universalidad de su cobertura, que son principios rectores y generales de la seguridad social y de lo que deben ser sus reformas.

                Entendemos, además, que esta reforma que se propone atiende a las nuevas realidades del mundo, del Uruguay y, en particular, de la seguridad social, teniendo en cuenta, en este caso, especialmente el régimen de jubilaciones y pensiones, además de lo que específicamente se establece en relación al subsidio por maternidad.

                Pensamos que esta reforma también es ejemplar para la necesaria continuidad de procesos en ese sentido. Nosotros –quizás ya nos hayan escuchado en alguna oportunidad los señores senadores– somos partidarios de las reformas periódicas de los sistemas de previsión social y creemos que eso también está contemplado en los parámetros de esta reforma que se propone para la caja notarial porque están previendo  que, según la manera en que evolucionen determinados parámetros, habrá determinadas variaciones. Esto da la idea de la forma en que se preparan para los cambios, teniendo previsiones de interrelación con las variaciones que se produzcan a futuro y con las modificaciones previstas en relación a esos cambios. Estimamos que también es importante en el sentido de que todas las partes incluidas en el colectivo de la caja notarial están comprometidas en el proceso de reforma, en sus beneficios y en su financiamiento.

                En cuanto a las características del sistema que se propone en la reforma, valoramos también esas flexibilidades que se establecen en la articulación entre años de edad y años de trabajo, la previsión de porcentajes en lo que se denomina tasa de remplazo, así como la relación entre los ingresos en actividad y el retiro. Lo mismo podemos decir respecto a lo que significa el hecho de valorar los años de trabajo para la generación de mejores prestaciones.

                También apreciamos lo que es la reforma en el régimen de pensiones y lo que significa el razonable período de transición que se establece, así como la gradualidad que se prevé para ese período de transición.

                Por último está lo que señalábamos en relación a esa mejora, que fue una de las pocas modificaciones que hicimos desde el Poder Ejecutivo y que fue bien recibida por el directorio honorario de la caja; creemos que va a ayudar en ese proceso de continuar universalizando prestaciones de seguridad social, como lo viene haciendo Uruguay históricamente, en particular en los últimos años. Esto hace que nuestro país sea hoy primero en América Latina en calidad y cantidad de su cobertura de seguridad social.

                Como dijimos, el financiamiento de esta reforma está a cargo de todas las partes involucradas –tanto personas en actividad como retiradas– y hay una previsibilidad en función de la evolución de las circunstancias, ya que se prevén determinadas modificaciones –autorizadas por esta ley una vez que se apruebe– para dar sostenibilidad al sistema.

                 Resumiendo, y para terminar, reitero que creemos que es una reforma ejemplar, por su contenido, por sus objetivos, por la rigurosidad técnica de su elaboración y por el diálogo social que implicó. Como destacaba al principio, estamos ante una institución de seguridad social que mayoritariamente está dirigida por los involucrados y minoritariamente por el Poder Ejecutivo. Creo que este es un muy buen ejemplo de cómo el Poder Ejecutivo acompaña iniciativas originarias de representaciones sociales que consideramos importantes para el futuro de la seguridad social en el país.

SEÑOR DRAPER.- Es un gusto recibirlos acá y en nuestro carácter de escribanos –que tuvimos la suerte de escucharlos a ustedes y a quienes los precedieron, todos vinculados con esta profesión–  agradecemos los conceptos vertidos.

                Por otra parte, creemos que sería muy importante hacerle llegar al señor ministro las inquietudes planteadas por los que estuvieron aquí presentes, porque entendemos que muchos de esos puntos eran muy razonables.

SEÑOR PRESIDENTE.- A los efectos de obtener una respuesta del señor  ministro y del doctor Rodríguez Azcue quiero informales que hubo un reconocimiento por parte de la asociación de escribanos al subsidio por maternidad, pero hicieron fuerte hincapié en la inconstitucionalidad del artículo 11 y lo afirmaron con mucha vehemencia.

Por su parte, el primer planteo que recibimos no fue de una organización claramente establecida, sino de una delegación de escribanos que trabajan en la DGI en régimen de exclusividad. Ellos nos dijeron que están siendo perjudicados por no poder jubilarse por edad avanzada y que si bien la reforma no trata el tema, entendían que era la oportunidad para poder incluirlo en la discusión.

                Entonces, hubo tres puntos importantes: una crítica, un aporte y la calificación de un artículo como inconstitucional. Independientemente de que ustedes recibirán la versión taquigráfica, creo que convenía decírselos en esta oportunidad.

SEÑOR PARDIÑAS.-  Simplemente es para señalar nuestra inquietud –que la podrán responder hoy o más adelante– por el artículo 11 sobre el que argumentaron fuertemente su inconstitucionalidad. Entonces, queremos saber cómo operaría eso en virtud de que en el artículo 33 de la ley original de esta caja ya existe una imposición sobre el aporte patronal. Quisiéramos saber cuál es su interpretación al respecto.

SEÑOR MINISTRO.- En primer lugar, quiero destacar que además de lo que hizo el directorio honorario de la caja –que en nuestra opinión estuvo muy bien porque recorrió todo el país–, nosotros también nos reunimos previamente con todas estas organizaciones. Con mucho gusto leeremos la versión taquigráfica, pero nosotros ya nos reunimos con todas las organizaciones que ustedes están recibiendo en el día de hoy y lo hicimos como parte del diálogo social que preconizamos porque entendemos que es un instrumento fundamental de política pública.

Los escuchamos y tuvimos en cuenta sus opiniones pero obviamente no compartimos lo relativo al artículo 11. Además, por las dudas quiero agregar que es un tema muy antiguo, que se origina con la reforma tributaria de 2007. Estamos hablando de once años atrás y de algo que comprende a todas las instituciones gremiales del país. Además, agrego que la aplicación que se viene haciendo no ha sido declarada inconstitucional y sería bueno tenerlo en cuenta.

                Por lo tanto, estamos a las órdenes de la comisión, pero reitero que nos reunimos con todas las instituciones que están recibiendo hoy y agrego que lo hicimos personalmente, además de hacerlo con nuestro equipo de asesores, antes de promover este proyecto de ley del Poder Ejecutivo.

                Por otro lado, y aprovechando la oportunidad que nos brinda la comisión, queremos decir que tenemos varios proyectos de ley relativos a la seguridad social. Debo decir que no fui lo suficientemente prolijo y no los tengo aquí, pero estas iniciativas nos interesan y  quisiéramos destacarlos.

                Uno de ellos tiene que ver con algo que es muy importante para la seguridad jurídica y para el Banco de Previsión Social como es la nominalización de aportes a la seguridad social. Quiero reiterar mi pedido de disculpas por no haber sido más prolijo respecto a esto, pero se trata de proyectos de ley que están en la órbita parlamentaria.

                El otro proyecto de ley tiene que ver con un convenio de seguridad social con Rumania.

SEÑOR PRESIDENTE.- Ya fue aprobado por el Senado señor Ministro.

SEÑOR MINISTRO.- Muchas gracias. Ese proyecto de seguridad social con Rumania es muy importante porque es el primer convenio que hace el Uruguay con un país de Europa del este. Uruguay es el país de América Latina que tiene más convenios de seguridad social con otros países del mundo; tenemos este tipo de acuerdos con toda América del Sur, el 1.º de noviembre entró en vigencia otro con Estados Unidos, ya teníamos con Canadá, hay varios con América Central y ya celebramos convenios con todos los países de la parte más vieja de Europa continental. Ahora comenzamos a entrar en otras regiones y este es el primero que firmamos con un país de Europa oriental. Además, a nivel de ambos poderes ejecutivos estamos listos para firmar un convenio con Corea –lo elaboramos muy rápidamente– y luego vendrá al Parlamento. A su vez, para el mes de abril tenemos prevista la primera ronda de negociaciones de un convenio con Rusia. Digo esto porque Rumania, Corea y Rusia nos están permitiendo entrar a otras zonas del mundo a las que hasta ahora nuestro país no había ingresado. Estos convenios de seguridad social tienen la importancia de que no solamente permiten la acumulación de años de trabajo en uno y otro país para la jubilación, sino que además permite algo que está resultando muy interesante en la actualidad dada la importancia de la actividad económica transnacional, que es el traslado temporario de personal especializado de un país a otro. Esto les interesa mucho a las empresas uruguayas que van a trabajar al exterior y  a las que vienen a trabajar  a Uruguay. Lo más conocido de estos convenios de seguridad social es la acumulación de años de trabajo en cada país para sumarlos y juntar una jubilación.

Otro proyecto de ley que también nos gustaría destacar es el que tiene que ver con las elecciones del BPS. Los señores senadores deben de estar aburridos de oírme hablar de este tema. Hasta ahora hemos tenido un exitoso fracaso histórico que se hace evidente cuando hay elecciones, porque no corregir la ley hace que cuando haya elecciones se vean los problemas que ella presenta y se echa la culpa a la Corte Electoral y al BPS.

SEÑOR PARDIÑAS.- Ya hay algunos artículos votados.

SEÑOR MINISTRO.- Hace 15 años que venimos bregando por una ley que reforme la vigente y no lo hemos logrado. Por las dudas, señores senadores, les comunico que en marzo de 2021 hay elecciones. Una de las razones por las cuales insistimos es porque después se nos dice: «Ahora no se puede reformar porque va haber elecciones y no se pueden cambiar las reglas en la mitad del camino». Por eso, repito, insistimos en que las cambiemos antes.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tomamos nota señor ministro. Como adelantó el senador Pardiñas ya comenzamos el debate de este proyecto de ley. Hace un par de sesiones aprobamos la mitad del articulado y el Partido Nacional pidió el desglose de varios artículos. Pensamos continuar tratándolo el jueves que viene si la agenda nos lo permite porque tenemos otros proyectos pendientes. Esperamos terminar este año con el proyecto aprobado.

(Se retiran de Sala el señor ministro de Trabajo y Seguridad Social y el doctor Rodríguez)

(Ingresan a sala los representantes de la Asociación de Jubilados de la Caja Notarial).

 

                –La Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social del Senado le da la bienvenida a la Asociación de Jubilados de la Caja Notarial representada por las escribanas Teresita Queirolo y Rocío Castro y al señor José Urraburu.

                Comenzamos hoy a tratar el proyecto de ley relativo a la reforma de la caja notarial en materia de seguridad social y estamos recibiendo a  distintas delegaciones para que puedan dar a conocer sus primeras impresiones y hacer aportes que nos ayudarán cuando lo analicemos.

SEÑORA CASTRO.- Agradecemos en nombre de la presidenta, escribana Teresita Queirolo –que se tuvo que retirar por razones familiares–, por habernos recibido para exponer nuestra posición sobre este proyecto de ley.

                Si el presidente lo permite, cederíamos el uso de la palabra al escribano Urraburu que expondrá sobre nuestras preocupaciones respecto a esta iniciativa.

SEÑOR URRABURU.- Vamos a tratar de ir directamente al punto y esperamos que lo que manifestemos sea un aporte como lo señaló el presidente de la comisión.

                El primer tema que nos preocupa es el motivo que nos trajo. Somos un gremio relativamente chico y sin embargo como verán a veces venimos por separado.

El actual directorio  inició su período, en febrero de 2017, con la convicción de que este proyecto estaba comprendido en el artículo 229 de la Constitución y, por lo tanto, si no se aprobaba antes de  octubre no se podía aprobar en los doce meses inmediatos al año eleccionario. Eso llevó a que no se terminaran de estudiar debidamente los últimos informes  actuariales que llegaron recién con los datos  de 2017 en el mes de junio y se presentó el proyecto en julio. El Poder Ejecutivo demoró un poco y hubo algunos cambios que no se consideraron. El propio gremio se enteró del proyecto en el momento de su presentación, sin perjuicio de que tenía informe sobre la base en que se estaba discutiendo. La  Asociación de Jubilados de la Caja Notarial en base a eso, y a un pedido de exposición de parte del directorio, convocó a una asamblea que se realizó los días 8 y 15 de agosto de este año a los efectos de tratar la iniciativa realizando tres observaciones que casi no fueron consideradas, justamente para evitar cambios que pudiesen impedir su aprobación.

Si la comisión lo está tratando, intuimos que es porque se puede aprobar durante el transcurso del año 2019. Por eso  entendemos que es pertinente que hagamos nuestro aporte y esperamos que los señores senadores como representantes de la ciudadanía entiendan que nuestro planteo es una mejora.

Me gustaría poder hablar de los tres puntos que se plantearon en la asamblea  de la Asociación de Jubilados de la Caja Notarial que  tienen que ver con el período de transición que se establece para la única medida que se toma en materia de la seguridad social,  una omisión en cuanto a lo que nosotros llamamos la no racionalización del régimen de pensiones –después voy a explicar un poco el régimen de nuestras pensiones que tiene algunas diferencias con el régimen de pensiones general del Banco de Previsión Social– y por último lo relativo al  nuevo impuesto para las jubilaciones y pensiones notariales.

                La Caja Notarial, por su ley orgánica, debe realizar estudios actuariales cada cinco años. Cuando se hizo el último estudio en 2014 surgió la evidencia de que los egresos venían siendo constantemente superiores a los ingresos y la proyección daba que si no se tomaban medidas y continuaba esa situación, el fondo podía llegar a desfinanciarse para 2042. Los asesores actuariales que trabajaron contratados por la caja –concretamente el contador Camacho– entendieron que la causa de ello fue el aumento de la cantidad de jubilados que se estaba produciendo y que se produciría en los próximos períodos, no tanto en cuanto al monto de sus jubilaciones –que, promediamente, eran inferiores y están decreciendo–, sino cuantitativamente, en base a que no se daban las sustituciones tal cual fueron proyectadas en la última reforma que se hizo de la Caja Notarial en 2002. Obviamente había escribanos que ya se sabía que se iban a jubilar porque habían ingresado su matrícula hacía treinta años, pero en la salida no estaba pasando lo mismo gracias a una muy buena noticia como fue la expectativa de vida que, por suerte, en el Uruguay se viene incrementando desde la década del setenta en términos muy importantes. Por lo tanto, ello hace que la duración de las prestaciones sea mayor.

                Frente a ese diagnóstico, a mi juicio, con una perspectiva bastante buena

–porque de 2014 a 2042, son 28 años–, por parte de aquel directorio se adoptó como medida un régimen que se llama «edad normal jubilatoria», que es novedoso para nuestro país pero está vigente en otros países del mundo. En resumen, consiste en un deslizamiento de las tasas de reemplazo que existen hoy en día, de los 60 o 65 años de edad. Mientras el Banco de Previsión Social y la aplicación de la ley de flexibilización de 2008 bajaron la tasa mínima de reemplazo al 45 %, nuestra caja se mantuvo en el 50 %. O sea que una persona con 60 años de edad y 30 años de actividad  obtiene el 50 % de tasa de reemplazo. Ese porcentaje se desliza a los 65 años, pero se le permite igual acogerse a la jubilación porque no hay un incremento de la edad mínima jubilatoria. En realidad, se permite igual pero con la penalización de que la tasa de reemplazo es menor.

                Lo planteado originalmente por el contador Camacho abarcaba desde el 37,5 % al 50 % para quienes no tuvieren 65 años de edad y 35 años de trabajo. Luego el directorio entendió que el 37,5 % era muy bajo y fijó la tasa mínima de reemplazo en 40 %. A su vez, la edad de 65 años como normal, era algo móvil, que no quedaba estático, sino que se incrementaba en la medida en que los números financieramente no dieran. En aquel momento, nosotros propusimos que se tomara en cuenta, no los números –porque era algo siempre relativo e, incluso, al asesor jurídico no le gustaba mucho condicionar un elemento tan importante como el acceso a la causal jubilatoria a un balance–, sino la expectativa de vida, tal como sucede en otros países del mundo, en el que existe este régimen de edad jubilatoria mínima. Claro está que ello es una proyección y no de un año para el otro. En la medida que un año suba la expectativa de vida se aumenta la edad normal jubilatoria de 65 a 66 años para los tres o cuatro años siguientes. Eso no fue tomado en cuenta y se estableció un período de transición de veinte años. Consideramos que ello es excesivo. ¿Por qué? Cuando se aprobó la Ley n.º 16713, de 1995, de reforma previsional, por la que se modificó el régimen general de pasividades vigente por el Acto Institucional n.º 9 que regía para todos los sistemas y subsistemas –Banco de Previsión Social y cajas paraestatales, no así para los militares y policiales que nunca fueron involucrados–, las tasas mínimas de reemplazo arrancaban del 60 % y 65 % y esta normativa  las bajó al 50 % y no estableció período de transición. Cuando la Ley n.º 18395 de 2008 de flexibilización –de la que hablábamos recién– bajó al 45 %, tampoco se estableció un período de transición, sino que lo único que se determinó fue que se iba a poner en vigencia a los seis meses de su promulgación.

 Cuando nuestra caja se adaptó al régimen general de pasividades –tal como expresa el artículo 1.º de la Ley n.º 16713– y bajó de 60 a 65 años a 50 se estableció un período de transición de cinco años. Por eso, en este momento, nos parece que la medida de veinte años de período de transición es mucho en base a lo que decíamos. No se trata de un castigo, de una penalización para los futuros jubilados –entendemos que ahí hay un tema de diagnóstico–, sino de una adaptación a las nuevas condiciones de vida que existen, que hace que a los sesenta años se llegue en mejores condiciones –que las que llegaron nuestros padres y abuelos– sin que nuestras fuerzas de trabajo decaigan a tal punto que nos tengamos que jubilar necesariamente para cubrir esa contingencia de falta de ingresos derivado de la imposibilidad de trabajar, así como por la expectativa de vida que supone que vamos a tener una duración mayor de la prestación jubilatoria.

                Creemos que tomar un período de transición tan extenso tiene para el instituto un costo muy importante y por eso es uno de los puntos que entendemos necesario revisar.

                No seríamos el único país que tomara este tipo de medidas ni el único subsistema, si se quiere en Uruguay el primero. Para que los señores senadores tengan una idea, relacionado con el mismo diagnóstico de la expectativa de vida, entre los años 1995 y 2017, setenta y seis países aumentaron sus aportes, cincuenta y cuatro países aumentaron la edad de retiro y sesenta y siete países ajustaron las condiciones de acceso a los beneficios. Este proceso se está dando en el mundo como algo natural a los efectos de que la prestación jubilatoria sigue cumpliendo la finalidad para la cual existe que es atender la contingencia de vejez que se da más tarde y dura más tiempo.

                Tomando como ejemplo el trabajo de la contadora Alicia Lazo de abril de 2013 –o sea que ya tiene cinco años– de la Asesoría Económica y Actuarial del Banco de Previsión Social, llamado La esperanza de vida en Uruguay a lo largo de los siglos XIX, XX y XXI y sus probables valores futuros, dice que para un hombre que ingresó al mercado laboral en 1996 con 25 años de edad, la expectativa de vida a los  60 años era de 17, 25 años más –o sea que viviría setenta y siete años y fracción–,  cumple con los requisitos de edad y años de servicio para configurar la causal en el año 2030, cuando la estimación de años de  sobrevida era de 21,47, o sea, 81,47 años, por lo cual va a vivir 4,22 años más. 

                La expectativa de vida en regímenes como el de la caja notarial de prestaciones definidas no se toma en cuenta en el momento de fijarse la prestación, sino que se establece en forma fija en la ley. No es como el sistema de ahorro individual obligatorio en el cual cuando vamos con el capital que le da la AFAP al Banco de Seguros del Estado en este momento o a la aseguradora en el futuro, toman en cuenta la expectativa de vida para calcular la renta vitalicia. Nosotros no lo hacemos, entonces, la prestación que damos fija por ley la vamos a tener que dar de cualquier manera, y eso genera claramente desequilibrios financieros en el sistema. Así lo dice la contadora Alicia Lazo en ese trabajo.

                Ahora me voy a referir a la no racionalización del régimen de pensiones. Como decíamos, la Ley n.º 16713  del año 1995 de reforma del régimen previsional general introdujo, entre otros aspectos novedosos en el régimen general de pasividades, la inclusión, por ejemplo, del viudo dentro de los beneficiarios de pensión. Ya no se decía más la viuda, sino la persona viuda, con lo cual se incluía a los hombres.

                La Ley de unión concubinaria de 2007, 2008 –si no me falla la memoria– estableció también como beneficiarios de pensión al concubino o concubina sobreviviente. Hay que preguntarse en qué condiciones se hizo. Fue condicionado a la dependencia económica del viudo a la causante y, en el caso de la viuda, se le agregó que no tuviera ingresos superiores a determinada cifra que se va actualizando año tras año de acuerdo con el Índice Medio de Salarios. Eso es lo que establece la Ley n.º 16713 de 1995.

                Cuando la caja notarial se adaptó al régimen general de pasividades, no puso esos condicionamientos y, por tanto, hoy en nuestra caja se paga pensión de sobrevivencia tanto al viudo como a la viuda, sin preguntar si se tenía dependencia económica.

                Nos gustaría –hablo en representación de la asociación de jubilados, pero en este caso tendría que hacerlo en forma personal– que en esto fuéramos todos iguales; no puede haber una diferencia entre un escribano, un bancario o un obrero de la construcción. Cuando una persona fallece y se requiere una pensión  de sobrevivencia, el concepto es el mismo. Sin embargo, en nuestro sistema tenemos algo que puede entenderse como una diferencia, para no hablar de privilegios. Lo que planteamos es bajar la tasa de reemplazos  –no hablamos de eliminarla, no condicionamos el beneficio– y, por ejemplo, en lugar de que sea el 66 % que pase a ser el 33 %, pero no tuvimos suerte con la mayoría del directorio.

A nivel mundial, el régimen de pensiones se está transformando y se tiende a la inexistencia de pensiones de sobrevivencia, a no ser que haya menores de edad. Actualmente, el hecho de que la pareja de la persona que fallece esté inserta en el mercado laboral es lo más natural. Ya casi no existen mujeres amas de casa u hombres amos de casa, dada la igualdad que estamos teniendo. Estamos ante una reminiscencia, nos remontamos a cuando el único proveedor era el trabajador, pero hoy en día hay más de un trabajador en el núcleo familiar. Por eso entendemos que esto debió ser  reformado.

                Por otra parte, está el nuevo impuesto a las pasividades. El artículo 4.º del proyecto de ley crea una prestación de carácter pecuniario a favor de la caja, a cargo de los jubilados y pensionistas. La tasa sería del 2 % para las jubilaciones vigentes y otra decreciente para las que se otorguen durante el período de transición quedando, por lo tanto, sin gravamen las que se otorguen a partir de la vigencia plena de lo que denominamos  «edad normal jubilatoria».

                Entendemos que este es un diseño totalmente equivocado y nos apuramos a decir que rechazamos la creación de este nuevo impuesto en base a su diseño y en base al contexto en el que viene propuesto.

No pensamos que las jubilaciones sean algo blindado y que se justifique no tener que cobrarles impuestos si demuestran la capacidad contributiva que el Estado entienda, al igual que cualquier otro ciudadano. Sin embargo, este impuesto, tal como viene, lo rechazamos. Lo rechazamos por el contexto –no hay mejor ejemplo de bien fungible que el dinero–, porque es una rebaja a las jubilaciones e iría a financiar este extensísimo período de transición que entendemos que no se justifica y también a financiar pensiones que se pueden justificar o no, dependiendo de las circunstancias. Olvidé decir que las pensiones son por dos años si el beneficiario tiene hasta 30 años de edad; por 5 años, a partir de los 35 años y a partir de ahí sería vitalicia. Eso requiere una modificación a los efectos de aumentar la edad. Si una mujer o un hombre  tienen la fatalidad de quedar viuda o viudo, o si fallece el concubino o la concubina  y quien queda tiene 36 o 37 años le pagaríamos una pensión vitalicia. Se me dirá que estas son excepciones, pero evidencian que estas situaciones deben ser adaptadas a las nuevas realidades. Eso también genera rechazo al diseño. A nosotros, los jubilados, nos gravan con un impuesto de por vida, pero eso no se corresponde con otras cosas.

                Con respecto al tema del tiempo, al que aludía al principio, les digo que hasta llegamos a proponer un nuevo diseño.  No solo podemos sino que lo queremos, porque el gremio ha sido solidario.  Pensamos en algo temporal, por dos o tres años, mientras se arreglan algunos temas financieros. También podría aplicarse sobre lo que se percibe en forma líquida. No hay que olvidarse de que las pasividades notariales ya están gravadas por un importante impuesto como el IASS o impuesto de asistencia a la seguridad social. Quiere decir que este sería un segundo impuesto que grava el mismo sujeto pasivo y el mismo hecho generador.  A nuestro criterio –los señores senadores me dirán que es opinable–, es un caso de doble imposición y, por lo tanto, inconstitucional; creo que ello está estipulado en el artículo 297 o 298 de la Constitución. Claro está, sin perjuicio de otras inconstitucionalidades. Donde vemos más clara esta situación y donde más nos repercute como profesionales del derecho es en el principio de seguridad jurídica. ¿Qué hacemos cuando estamos llegando a la edad jubilatoria? Pedimos un provisorio para saber cuánto vamos a cobrar. Ahí nos dicen, por ejemplo, que si nos jubilamos con 60 años vamos a cobrar $ 100 y si esperamos tres años más, cobraremos $ 13 más. En base a eso, al trabajo que tenemos, al estado de salud y a las expectativas económicas que podamos tener o a los ahorros, resolvemos; reitero: resolvemos en base a la tasa de reemplazo que elegimos y que estaba vigente cuando nos jubilamos. Ahora bien, resulta que como teóricamente van a bajar las tasas de reemplazo –que no bajan sino que se trata de un deslizamiento–, nos rebajan la jubilación con el impuesto, en forma retroactiva, de modo de equiparar. Ese razonamiento no resiste a nadie o por lo menos es el que más nos hace no aceptar este diseño del impuesto. Pagamos los actuales y no pagan los nuevos, cuando el régimen que implanta la norma jubilatoria perfectamente puede crear la hipótesis de que se cobre más en las mismas condiciones. Si consideramos la edad normal jubilatoria, en lugar de incrementarse en un 0,5 % más la tasa de reemplazo por cada año de servicio, aumenta 1,2 % más. Entonces, hasta los 65 años, sería inferior; de 65 a 70 años, se equipara y, si se jubila a los 70 años, cobra más que en el régimen actual. Hoy las tasas van del 50 % al 82,5 %; ahora van a ir desde el 40 % pero hasta el 86 %.  Quiere decir que alguien que se jubile después del período de transición perfectamente puede cobrar más que lo que percibe hoy una persona que está jubilada en las mismas condiciones; sin embargo, uno paga impuesto y el otro no. Y la base de eso se encuentra en «equiparar esfuerzos»; eso es lo que en su momento dijo el asesor. Se quiere que todos participen. Todos queremos participar, pero de una manera más razonable. 

                Obsérvenlo desde el punto de vista de la equidad, que es un principio que ha fundamentado, entre otras cosas, el régimen de ahorro individual en cuanto al sentido de la relación que existe entre el aporte y la prestación. Si se cumple lo que expresa la contadora Laso y lo que dicen las estadísticas en cuanto a que la expectativa de vida va en aumento, quienes se jubilen dentro de veinte años, promedialmente van a vivir más que nosotros.  Aunque teóricamente cobren algo menos de jubilación, la van a percibir por más tiempo.  Entonces, en última instancia, van a cobrar más que nosotros que, promedialmente y como marca la naturaleza, nos moriremos antes. 

                Podría continuar con esto pero quisiera utilizar unos minutos para hablar sobre qué sacó y qué incluyó el Poder Ejecutivo. 

Cuando la caja notarial elevó el anteproyecto de ley, preveía dentro de las fuentes de ingreso la reimplantación de un timbre a cargo de los usuarios de los servicios notariales que estuvo vigente desde la ley de creación de la caja en el año 1941 hasta 1975, cuando fue derogado. Todos conocerán ese timbre porque se paga un timbre profesional  para las recetas médicas y para los planos; incluso a veces también se abona aunque no haya actividad profesional; como escribanos, nosotros lo pagamos para las declaraciones juradas que presentamos ante la DGI en los estados de responsabilidad. En el caso de la caja profesional, el año pasado financió el 48 % del presupuesto de pasividades. En nuestro caso pretendíamos que se consiguiera el 10%, pero lo que se presentó no llegaba a esa cifra sino a menos del 7% que es una sobretasa registral. Se puede buscar otro diseño, gravar las primeras copias de las escrituras o fijar timbres de $ 80 o $ 100, el asunto es apoyar con un aporte que es necesario el fondo IVS. Cuando la ley de la caja se creó ya establecía lo que manifiesta la ley orgánica actual en cuanto a que el Estado no asume responsabilidad alguna pecuniaria a su respecto. Aquí no hay aporte patronal.

SEÑOR PRESIDENTE.- Perdón, no escuché bien. ¿Responsabilidad qué?

SEÑOR URRABURU.- Responsabilidad pecuniaria, señor senador. Es el término que emplean la ley y sus reformas desde el año 1941.

                El artículo 67 de la Constitución de la república, que todos los señores senadores recordarán, establece la financiación tripartita aceptada por la OIT como normal para la seguridad social, aporte patronal, aporte obrero y del Estado. Nuestra caja siempre se ha solventado exclusivamente, desde el año 1975, con el aporte personal de los escribanos activos que es un porcentaje del honorario devengado según el arancel, y desde 1941 hasta 1975 tuvo ese timbre que se derogó y no surgió más. Podría explicarles cómo sobrevivió nada más que con un 15,5% del honorario devengado con los sueldos básicos jubilatorios, pero prefiero centrarme en el tema en el que estaba. Entendemos que somos la única caja que no tiene ningún tipo de apoyo. La Caja de Profesionales Universitarios, desde el año 1992, pidió como un recurso tanto de los activos como de los pasivos lo que en aquel momento era el IRP –Impuesto a las Retribuciones Personales–, vigente antes del IRPF –Impuesto a la Renta de las Personas Físicas–, que se le otorgó. En el caso de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias, en el año 2002 sucedió exactamente lo mismo con el tema de la crisis bancaria. En un primer momento se generó con esos fondos un seguro de desempleo para bancarios que después quedó como definitivo para la propia caja. Es más; a los jubilados bancarios, cuando durante la crisis del 2002 hubo un aumento del IRP adicional y se estableció el impuesto a las jubilaciones bancarias, no se les detrajo nada de sus jubilaciones. Fue el mismo IRP que pasó a ser el impuesto a la caja bancaria que, reitero, no pasó a ser una detracción de sus jubilaciones, además de otros aportes que hace el Estado de rentas generales a la caja bancaria.

Con esto no queremos quejarnos de los colegas con los que hemos trabajado mucho y bien sobre todo cuando salió la adaptación a la ley del régimen general de pasividades, en que formamos intercajas y recorrimos el país a los efectos de ver cómo podíamos hacer y si correspondía adaptarnos a las AFAP que es otro tema que también podemos profundizar. Lo cierto es que en este momento no es así sino que contamos con un régimen de solidaridad intergeneracional financiado por los escribanos exclusivamente con el aporte de sus activos. Ese ingreso que se preveía de USD 4:5000.000, que no representaba ni el 7% del presupuesto de pasividades, fue quitado por el Poder Ejecutivo con lo cual hace peligrar en este momento este proyecto de ley.

                Si en este año 2018, con esta carga importantísima de nuevos ingresos que se le pone a la caja, hubiese regido este proyecto de ley, igual daba déficit.

Una vieja aspiración gremial de los escribanos fue el subsidio por maternidad, que es una prestación no contributiva que está a cargo del Banco de Previsión Social, pero que no se financia con los aportes sino a través de rentas generales o de impuestos. Ese subsidio por maternidad establece como beneficiarias a las trabajadoras dependientes de la actividad privada, por lo que no comprendía a las escribanas. Incluía a las empleadas de escribanías y a las de la Asociación de Escribanos del Uruguay, subsistema que todavía existe en nuestra caja. Tenemos como afiliados no solo a los escribanos en el libre ejercicio de la profesión sino también a los empleados de escribanía, de la Asociación de Escribanos del Uruguay y de la propia caja. Para solventar este nuevo beneficio para las escribanas –que eran de las pocas trabajadoras del país que no lo tenían–, se genera un sobreprecio al papel notarial del 30%, es decir, una nueva prestación coactiva a cargo de los escribanos activos. Con eso se generaba un fondo, que no era demasiado importante, pero que llegaba a más de USD 500.000, con lo que pensamos que se podía financiar. Además, si llegaba a haber un excedente de dos años o una reserva, se pasaba a financiar el fondo IVS, que era una necesidad que existía.

                El Poder Ejecutivo, al ver que íbamos a crear ese fondo, quiso pasarnos a las empleadas de escribanías y a las empleadas de la Asociación de Escribanos para que fueran solventadas con ese fondo. Entonces, en definitiva, ahora no vamos a tener excedentes y estamos aliviando al BPS, además de transferirle una cifra que el año pasado fue de USD 9:500.000 –el 13 % de las prestaciones que paga la caja– por el IASS de los jubilados y pensionistas de la caja. Así lo dice la ley y lo aceptamos; somos sujetos pasivos del impuesto. Simplemente, digo que con todos los nuevos ingresos que trae este proyecto –unos USD 13:000.000– igual tenemos déficit. No digo que necesitemos otra contribución, porque nos hemos acostumbrado a la autonomía –por lo menos el gremio no lo quiere e, incluso, se ha enojado con este nuevo impuesto a los años de servicio–, pero por lo menos pedimos que lo que nuestros jubilados y pensionistas pagan por este Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social quede en el propio instituto. Parecería lo más normal. Fíjense ustedes que el aumento de aportes no sería de la trascendencia que es. Según el proyecto de ley, los aportes suben algo más de un 19 % –pasa del 15,5 % al 18,5 %– y está previsto que llegue a un aumento del 26 %, ya que va a pasar al 19,5 %. Eso, como todo aumento de aportes –y ustedes lo saben mejor que yo–, se traslada a los precios. En última instancia, los precios de las contrataciones van a terminar encareciéndose en base a esto y no para que ese dinero quede en la caja, sino en el BPS.

                Estas son las dos cosas que propone el Poder Ejecutivo, a nuestro juicio, en forma incorrecta. Como decía, desde su creación, la caja se entendió como un sustituto del aporte patronal que no se tiene y que es importante.

                Hay algún aspecto más de la ley que puede dar lugar a algún comentario.

                Los gastos de administración de la caja también han sido una preocupación del gremio. Hay una disposición de la ley orgánica que establece que no pueden superar el 7 % de los ingresos brutos. En este proyecto de ley viene una modificación en la que se dice que no se tomarán como ingresos, a los efectos del cálculo del 7 %, los provenientes de las partidas que ahora salieron del usuario del servicio notarial o del aumento del papel notarial. Entendemos que también debería decir lo del aumento de los aportes.

                A su vez, allí hay algo que cuesta entender y es que no habla de los ingresos relacionados con los montepíos, sino que habla de los ingresos brutos, por lo que incluye los ingresos provenientes de las inversiones del fondo IVS que tiene la caja. Habla de los gastos de administración solo del fondo IVS, o sea que los gastos de administración de las inversiones no están limitados. Por tanto, tal vez convendría tener cuidado cuando se analice ese artículo, sin perjuicio de que tengo confianza en que se está administrando bien y no que se está tirando manteca al techo. Para el colectivo siempre es bueno el control y lo están reclamando.

                El subsistema de empleados está dando déficit. La relación en ese subsistema de la caja notarial es de 0,8 activos por cada pasivo. Los empleados de escribanía vienen descendiendo año a año y de ser el 20 % de los afiliados a la caja, hoy son menos del 10 %. Si no me equivoco, este año va a terminar con un 7 %. Los empleados de escribanía tienen un aporte patronal mayor que si estuviera en el BPS, porque es del 10 % y si estuviera en el BPS sería del 7,5 %, si no me falla la memoria. Se aporta por un ficto mínimo de determinada cantidad de horas, es decir que si tengo un empleado tres veces por semana de todas maneras tengo que pagar sobre un monto imponible mayor. Eso ha llevado a que muchos afilien a sus empleados falseando la ley. Ahora viene un incremento del aporte personal del 3 % también para los empleados de escribanía, que quizá sea el sector más desprotegido de la caja. No son salarios realmente buenos, y este aporte va a ser absorbido por los patronos de común acuerdo o serán desafiliados y quedará todo esto para atrás.

                Por último, sé que los visitó la asociación de escribanos y tendrán el tema de la exoneración de aportes patronales arriba de la mesa. No vamos a opinar sobre eso porque, obviamente, nos comprenden las generales de la ley. Somos socios de la asociación de escribanos y la queremos muchísimo; también estamos afiliados a la caja y también la queremos. Sería bueno que esto se solucionara. El artículo 69 de la Constitución, que ampara a las instituciones gremiales de profesionales universitarios con personería jurídica y es el fundamento por el cual la asociación entiende que está exonerada, establece esa exoneración de aportes que hace el Estado, como un subsidio a la actividad cultural o educativa de la institución. Acá no hay ningún subsidio. Pero la caja precisa el aporte patronal de ese trabajador de la asociación de escribanos para financiar parte de ese subsistema de empleados que el año pasado –como se decía– dio $ 92:000.000 de déficit. Este año quizá sea superior porque la asociación de escribanos ya no viene pagando el aporte patronal. Creo que se justificaría que hubiera una ayuda. No creo que se vaya a dar, pero hay un enfrentamiento en el gremio entre la caja y la asociación, y no creo que corresponda. La asociación puede tener sus derechos, pero la caja tiene sus necesidades y si no hay subsidios no corresponde la exoneración. Un subsidio sería de $ 9:000.000 al año. Me atrevo a plantearlo como un elemento que ayude a solucionar ese conflicto.

SEÑOR DRAPER.- Señor presidente: quiero expresar lo que venimos ya reiterando en toda esta reunión: el agrado y la felicidad, como colega, de tener a nuestros invitados hoy acá.

Sabemos de la problemática de este proyecto de ley que se ha presentado. Hoy iniciamos su estudio aquí, en esta comisión y también reitero lo que venimos diciendo: que estaremos enteramente a las órdenes a medida que vayamos analizando todo lo planteado en el día de hoy por los escribanos de la DGI, los colegas de la Asociación de Escribanos del Uruguay, los representantes de la caja y el ministro, por lo que nos parece muy oportuno la presencia de ustedes hoy acá.

Este es un tema que, como decía el escribano Urraburu, tal vez pueda derivar en un enfrentamiento entre dos partes; creo que debemos evitarlo desde todo  punto de vista, ver cómo zanjamos esto y vamos por el camino que lleve adelante a estas dos grandes instituciones, como lo son desde hace tantos años.

                Así que de mi parte –y sé que de mis compañeros también– reitero que estaremos tratando el tema a la brevedad. Como dijo el presidente, esta no será la única vez que tengamos que juntarnos y hablar porque, sin duda, esto dará mérito a más veces.

                Así que gracias por estar  hoy acá y ha sido gusto recibirlos.

SEÑOR URRABURU.- Voy a dejar, señor presidente, la resolución de la asamblea de la Asociación de Jubilados de la Caja Notarial; es en lo que basé, resumidamente, lo que he conversado.

SEÑOR PRESIDENTE.- Perfecto, así lo distribuimos a todos los colegas, incluso a los que se tuvieron que irse antes.

SEÑOR PARDIÑAS.- Simplemente quiero hacer una pregunta porque después, repasando alguna de las cosas que se plantearon, me surgió una duda. Tal vez debería  haberla preguntado cuando estuvo la Asociación de Escribanos del Uruguay o el directorio de la caja notarial, pero la formulo ahora porque nuestros invitados hicieron referencia al punto.

                ¿Cómo se diferenciarían estas cosas, la tasa notarial registral o esto de cobrar el papel notarial? Pregunto porque, si bien en su esencia están planteadas como diferentes, en definitiva, las dos saldrían de un acto que se trasladaría o no para algún lado. ¿Por qué pesa tanto esto? Esto se criticó por parte de la asociación de escribanos porque no están muy acordes con que se cobre el papel notarial tal como está planteado en el articulado; me refiero tanto los $ 3 de cada hoja como a los $ 20 de la solicitud. ¿Qué diferencia tiene eso en el peso de lo que daba la cuantía de la tasa registral notarial?

SEÑOR URRABURU.- En el caso del incremento del precio del papel notarial, se pone como sujeto pasivo al escribano activo. Entonces, no sé si lo puede trasladar desde el punto de vista tributario o si se lo pone a su cargo y después, cuando viene la cuenta del cliente, lo descarga además de las tasas registrales, el timbre y el papel notarial utilizado, porque es un tributo, es una prestación pecuniaria. Le pusieron el mismo nombre que surge del artículo 3.º del Código Tributario. En cambio, la sobretasa registral que se creaba, como el timbre de la ley del año 1941, tenía como sujeto pasivo al usuario del servicio, o sea que eso se podía trasladar perfectamente en base a la ley.

SEÑOR PARDIÑAS.- Gracias. 

SEÑOR PRESIDENTE.- Agradecemos la presencia de Asociación de Jubilados de la Caja Notarial.

                Se levanta la sesión.

(Son las 17:57).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.