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COMISIÓN DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL

(Sesión celebrada el día 8 de mayo de 2018).

 

SEÑORA PRESIDENTA.- Habiendo número, está abierta la sesión.

(Son las 16:32).

                –Damos la bienvenida a una delegación del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente,  y de la Agencia Nacional de Vivienda para considerar el primer punto del orden del día. Nos dijeron que está al llegar el director de DINOT, pero podemos ir comenzando.

                En realidad, queremos saber la opinión de ustedes con respecto al proyecto de inmuebles urbanos, vacíos y degradados. En la sesión pasada ya fue votado por la comisión, pero quedó a espera de la opinión del ministerio y la agencia sobre el tema.

                Si ustedes entienden que el proyecto amerita alguna modificación, la tendríamos en cuenta para continuar con su consideración.

SEÑOR BELTRAME.- Para nosotros es un gusto estar hoy aquí compartiendo esta tarde de trabajo. Efectivamente, el proyecto presentado responde a un quehacer que es el que nos condujo hasta esta propuesta.

                Quizás valga la pena reforzar algún aspecto que hace a lo que fue la fundamentación e historiar, de alguna forma, cómo fue nuestro trabajo vinculado con este proyecto.      

                Obviamente, la existencia de un alto número de inmuebles situados en áreas urbanas consolidadas que cuentan con acceso a todas las redes de infraestructura y todos los servicios pero que están vacíos, sin uso y degradados es el primer punto que nos llevó a trabajar en esto.

                Tenemos antecedentes importantes en el período pasado vinculados, por ejemplo, a la creación del grupo fincas, que  contó con la participación del ministerio de vivienda, del Mides, de la Intendencia, del Ministerio de Salud Pública y de un montón de actores que fueron dando respuesta a problemas concretos en algunos puntos del territorio en los que existían conflictos por inmuebles degradados. Es así que se trabajó con distintos actores y en distintas circunstancias asociando a otros actores. Puedo citar el predio de la calle Maldonado y Bulevar Artigas, donde funcionaba lo que era la mutualista de la Asociación de Empleados Civiles de la Nación. A su vez, con el Ministerio del Interior trabajamos en lo que tenía que ver con el inmueble de la calle José Pedro Varela, detrás de donde estuvieron las oficinas de Presidencia de la República y ahora está ASSE. También trabajamos en Saedu, en la Ciudad Vieja y con el hotel Casino en la calle Gonzalo Ramírez y Pablo de María. Entonces, ese es un importante jalón, al igual que lo son los proyectos de inmuebles abandonados presentados por los diputados Asti o Guarinoni en su momento, así como un anteproyecto de ley de inmuebles abandonados realizado por el escribano Arturo Iglesias. También podemos mencionar algunos relevamientos importantes realizados por la Defensoría del Vecino en Montevideo, particularmente para los municipios B y C.

                ¿En qué consistió nuestro trabajo a partir de esto? Nosotros tomamos como base esa muestra de los 339 inmuebles señalados por la Defensoría del Vecino como abandonados en los municipios B y C de Montevideo y sobre esa muestra decidimos analizar algún tipo de información. Particularmente, nos enfocamos en lo que tiene que ver con el registro de propiedad de inmuebles, tipo de propietarios, si tenían embargos, hipotecas, fecha de adquisición, sucesiones, etcétera. Vimos en el Registro Nacional de Comercio sobre las sociedades propietarias de estos inmuebles. Consultamos con Diario Oficial, el IMPO, en lo que tiene que ver con sucesiones en curso. Con la Intendencia de Montevideo averiguamos lo relativo a deudas, gravámenes de edificación inapropiada. Consultamos a OSE y UTE los niveles de consumo para comprobar si había uso o no uso detrás de estos inmuebles. Verificamos la visión de protección patrimonial, ya sea nacional o departamental. Y también se visitaron 100 de estos inmuebles.

                Este trabajo se desarrolló, básicamente, en una coordinación entre la Agencia Nacional de Vivienda y el ministerio, en consulta con diferentes actores que vale la pena, quizás, repasar para ilustrar a la comisión: la exdirectora de la Dirección Nacional de Registros, la escribana Ana Olano –ya fallecida–; el doctor Diego Traversa –que es quien nos acompaña–, asesor jurídico de la Presidencia de la ANV; el sociólogo Santiago Rodríguez Alsina, que trabajó en este tema; así como los arquitectos Gerardo Calvar y Héctor Monne, que son de la parte de mercado inmobiliario de la Agencia Nacional de Vivienda, efectivamente en lo que tiene que ver con obras paralizadas, quienes aportaron al relevamiento de inmuebles y análisis de impacto de inmuebles vacíos y deteriorados y también cómo incidía esto en el precio de los inmuebles circundantes.

                También, a los efectos de profundizar, se hicieron consultas para la investigación previa con distintos actores. Estoy hablando de la arquitecta Silvana Pissano y Andrés Passadore, del Departamento de Acondicionamiento Urbano de la Intendencia de Montevideo, el doctor Daniel Avedian, de recursos financieros de la Intendencia de Montevideo, que participó también del grupo fincas, los diputados Asti y Guarinoni, autores de este proyecto anterior, el escribano Arturo Yglesias que era del otro proyecto de ley y los arquitectos Mariana Bures y Gonzalo Bustillo que trabajaron para los municipios B y C y después en el CH. A su vez, OSE y UTE nos permitieron trabajar.

                ¿Cuáles son las conclusiones de esta investigación llevada a cabo? Las realidades atrás de los inmuebles analizados eran muy variadas, ya sea en cuanto a la titularidad, a las relaciones jurídicas en que se encontraban inmersos por el tipo de propietario y por el tiempo de la última enajenación, por las sucesiones, por situaciones de embargo, de hipotecas, de deudas tributarias y de ocupación. Detectamos que en una gran cantidad de casos los propietarios, con mayor o menor éxito, gestionaban largas sucesiones, pagaban sus tributos, los inmuebles figuraban a la venta, estaban asociados a posibles proyectos arquitectónicos, habían sido enajenados dentro de los últimos cinco años previos, evitaban la intrusión de terceros, sin perjuicio de lo cual el inmueble seguía inmerso en un largo proceso de vacío y degradación. También nos topamos con algunas situaciones de inmuebles que parecían en estado de abandono, pero en realidad estaban habitados por sus dueños. Todo esto nos hizo correr el eje, que estaba centrado en los proyectos de ley que había hasta el momento, que ya mencionamos, cuya idea era la declaración judicial de abandono.

                ¿En qué consiste la propuesta? En lograr que los propietarios rehabiliten el inmueble y los pongan nuevamente en juego. Eso sería lo central. En definitiva, el proyecto lo que busca es promover y asegurar el cumplimiento de los deberes relativos a la propiedad del inmueble, de forma de evitar y revertir los procesos que conjugan el vacío y la degradación de inmuebles urbanos, en áreas urbanas consolidadas, según el artículo 2 del proyecto. Todo esto sería respetando la trama de relaciones jurídicas trabadas en torno al inmueble, es decir, el proyecto toma como fundamento, desarrolla y especifica lo que es el concepto de uso social de la propiedad, introducido en nuestra legislación a través de la Ley n.º 18308, de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible, en especial por su artículo 37, donde se establecen los deberes relativos a la propiedad inmueble. Entre ellos, podemos resaltar el deber de conservar y el de cuidar. El deber de conservar tiene relación con que todos los propietarios deben mantener en condiciones de  seguridad, salubridad y ornato público, realizando las obras de conservación oportunas y cumpliendo las disposiciones que a tal efecto dictamine el gobierno departamental competente. El deber de cuidar refiere a que deberán vigilar y protegerlos frente a la intrusión de terceros, haciéndose responsables en caso de negligencia de las acciones que estos puedan ejercer en contravención a lo dispuesto por los instrumentos de ordenamiento territorial o en menoscabo de los deberes territoriales.

                ¿Cuál es la metodología que desarrolla el proyecto? Es decir, ¿cómo trabajamos esta iniciativa? Nos propusimos tocar el mínimo posible el sistema normativo vigente, nutriéndonos de soluciones existentes, conocidas y operativas, e introduciendo algunas modificaciones o ajustes necesarios para lograr los objetivos planteados. Para ello, la elaboración del proyecto se realizó en coordinación con la ANV y el Mvotma, pero en consulta con diferentes actores relevantes de instituciones públicas de la academia. Quizás conviene mencionar rápidamente quiénes participaron de la redacción: el doctor Traversa –que nos acompaña–; el doctor Biurrun, profesor grado 5 de Técnica Forense y profesor grado 4 de Derecho Procesal de la Facultad de Derecho –asesoró honorariamente  y trabajó en la corredacción de aspectos procesales del proyecto–; el arquitecto Andrés Fernández que es el director del Servicio de Contralor de la Edificación de la Intendencia de Montevideo; el doctor Bico, de la División Jurídica de la ANV, doctorado en derechos humanos; el escribano Estévez de la División Notarial de la ANV que también ha trabajado fuerte con los inmuebles abandonados propiedad del Estado o en los cuales había interés del Estado; el doctor Bianchimano, asesor externo de la ANV que trabajó sobre las obras paralizadas y el encuadre general del proyecto; el doctor Uriarte, docente de Derechos Humanos de la UdelaR y director, hasta hace poco, de la División de Arquitectura del Ministerio de Transporte y Obras Públicas; la doctora Arévalo del grupo fincas del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y docente de Derecho Laboral de la UdelaR; el doctor Mantero, profesor grado 3 de Obligaciones y Contrato de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República; la arquitecta Rubini, autora de la tesis «Los determinantes de las viviendas desocupadas en Montevideo»; el ingeniero agrimensor Infantozzi, subdirector general de la Dirección Nacional de Catastro; el doctor Sarni, gerente del área jurídica de la ANV; el doctor veterinario Marín del equipo de salubridad de la Intendencia de Montevideo que trabajó sobre la afectación de la salubridad pública en los inmuebles deteriorados; el escribano Camaño del Registro de la Propiedad Inmueble de la Dirección General de Registros y otros colegas escribanos y abogados que tenían que ver con el tema.

                El proyecto se estructura con cuatro ejes, que trataremos de aclarar de manera sintética.

                El primer eje refiere a cuál es el alcance del objetivo: todos los inmuebles, cualquiera sea su destino, que conjugan simultáneamente una triple condición. La primera es que esté en suelo urbano consolidado en los términos previstos en el artículo 32 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible. La segunda, un inmueble degradado en esta categoría se subdivide en tres subtipos: ruina, deterioro y edificación paralizada. El proyecto aborda en forma específica una subespecie del problema que son las obras paralizadas. Las características especiales de este fenómeno requirieron la inclusión del artículo 26,  que lo explicaremos más adelante. La tercera es que el inmueble este vacío u ocupado irregularmente durante un plazo mínimo de 24 meses continuos.

                El segundo eje corresponde al objetivo del proyecto: apunta a que el propietario rehabilite el inmueble y si este no quiere, no puede o no es posible ubicarlo, que se venda en remate y que el nuevo lo rehabilite.

                El tercero tiene que ver con la no intromisión en la trama de relaciones jurídicas relativas al inmueble. Para el caso de que se llegue a la vente judicial, el producido del remate quedará depositado judicialmente y quien pretenda derecho sobre el inmueble lo hará en orden a sus preferencias respecto al producido del remate.

                El cuarto es la estructura procesal: en la medida que entran en juego limitaciones al goce del derecho de propiedad –que en algunos casos puede terminar con la venta del inmueble– se optó por establecer la tramitación de todo el proceso en sede judicial ante tribunales letrados en materia civil, de forma de dar las mayores garantías a los propietarios.

                Por lo tanto, el proyecto de ley cuenta con tres bloques bien diferenciados en cuanto a los procesos: el proceso previo, previsto en los artículos 9 y 11, el proceso ordinario, que se encuentra en los artículos 12 a 20 y, por último, el vinculado a la venta judicial del inmueble, en los artículos 21 a 31.

SEÑOR MICHELINI.- El objeto de este proyecto de ley está muy claro y está bien, pero me gustaría entender el fundamento y por eso voy a formular algunas preguntas.

                El artículo 9 habla de dos años hacia atrás, luego de la inspección. ¿Cuál sería la prueba que determinaría que una vivienda, además de degradada no está ocupada desde hace veinticuatro meses? Quizás ese dato se me perdió en una lectura rápida.

                Por otro lado, me dio la sensación de que se hablaba de viviendas que tuvieran todos los servicios pero parece que esto aplica a cualquier vivienda en suelo urbano consolidado. Se dice que cuando no se cumpla con el literal a) del artículo 32 de la Ley n.º 18308, quedarían exceptuados. Puede darse el caso de una vivienda categoría urbana consolidada que no tenga todos los servicios, pero que estos estén por llegar. Además, puede suceder que encontrándose en suelo urbano –no pensemos solo en Montevideo, donde el tema del saneamiento está muy extendido–, la vivienda tenga un gran deterioro desde hace más de dos o tres años. Se hace la inspección correspondiente pero hay un impedimento para aplicar la ley porque no cumple con las condiciones previstas en el literal a) del artículo 32 de la Ley n.º 18308. Puede ocurrir que no se aplique este literal a) porque no se cumplan con todas sino con algunas condiciones y que realmente esa vivienda represente un problema para el barrio.

                En síntesis, me gustaría saber cuál es la prueba de esos dos años hacia atrás luego de la inspección y en cuanto al literal a) del artículo 32, si puede haber casos en que, a pesar de que no estén las condiciones previstas, sea necesario aplicar la ley.

SEÑORA AVIAGA.- Agradezco la presentación que se ha hecho del proyecto de ley.

                En verdad, cuando la señora presidenta expresó hoy que se había aprobado este proyecto, quiero decir que nosotros no estábamos cuando se votó. El primer día que entra a tratamiento, se vota el proyecto. Así que lamento no haber tenido esta reunión antes de que mis compañeros hayan decidido aprobar esta iniciativa. Se nos generan muchas dudas, entre ellas, que este proyecto no esté contrapuesto con lo que establece el artículo 7.º de la Constitución en lo relativo al derecho de la propiedad.

                Sabíamos que el proyecto había entrado a la comisión y que todavía no estaba en el orden del día. Pedimos informes a nuestros técnicos, sobre todo, en lo que tiene que ver con el derecho de propiedad, para después poder seguir avanzando en el tratamiento del proyecto de ley. Lamentablemente se aprobó antes de que nos llegaran los informes correspondientes. Ahora vamos a hacer consultas con la cátedra de derecho civil en lo relativo al derecho de propiedad. También vamos a consultar a otros actores que tienen que ver con la cosa. Está bueno escuchar todas las campanas antes de tomar una decisión. Acá se puso la carreta delante de los bueyes. Después quizás podamos hablar con nuestros compañeros senadores para que las cosas sean más por consenso y no de esta manera.

                De todas formas, agradezco que ustedes hayan venido hoy a expresarnos el porqué del proyecto, lo que los motivó a desarrollarlo, y  también los actores que participaron en él.

SEÑORA PRESIDENTA.-  Quiero aclarar a la senadora Aviaga que el proyecto de ley entró a comisión el 13 de marzo y que estuvo en el orden del día en más de una sesión.

SEÑOR CARRERA.-  En realidad, en la misma línea de las palabras expresadas por la señora presidenta, quiero decir que compartimos el proyecto. Consideramos que busca solucionar un problema que tiene la ciudad y el ordenamiento territorial. Pienso que va a tener un fuerte impacto en la zona metropolitana, que es donde existen estas situaciones.

                Es un proyecto que respeta nuestro ordenamiento jurídico, el derecho de propiedad. También quiero expresar que está relacionado con la ley de ordenamiento territorial, que establece cuáles son las obligaciones que tiene un propietario, es decir, conservar la propiedad y realizarle un mantenimiento.

                Nosotros ya lo habíamos estudiado y lo compartimos. De todos modos, es importante hoy escucharlos así como a los alcaldes de los Municipios B, C y CH –que vamos a recibir más tarde–, que son quienes han trabajado  con ustedes y los que sufren en mayor medida esta problemática.

                Era la constancia que quería dejar.

SEÑOR TRAVERSA.-  En relación con la primera pregunta realizada por el senador Michelini, que consultaba respecto a la forma de probar la desocupación de los inmuebles en los dos años previos a la diligencia preparatoria, hay que leer esto en conjunción con el artículo 17, que prevé la presunción de vacío. Si bien en el marco del proceso se puede hacer uso de todos los medios probatorios para determinar que el inmueble estuvo vacío durante esos dos años –testigos, vecinos, expedientes administrativos y demás– el proyecto de ley establece en su artículo 17 –para facilitar la tarea del juez– una presunción de vacío sobre la base de los consumos de agua potable y energía eléctrica que haya tenido el inmueble durante ese lapso. Si durante dos años no hubo servicios activos o habiéndolos no hubo consumo, se presume que esos inmuebles estuvieron desocupados durante ese plazo. Esa es una presunción relativa, es decir que puede ser destruida por el caudal probatorio que pueda aportar el propietario durante el proceso. De esa forma, se construye la prueba.

SEÑOR FREITAS.- Respecto a la pregunta que hace el señor senador Michelini sobre el universo de los inmuebles que están comprendidos para el desarrollo de esta ley, cabe señalar que están vinculados al suelo urbano y, específicamente, al consolidado. El artículo 32 que se menciona da la definición de suelo urbano, que corresponde a las áreas de la ciudad que tienen infraestructura y servicios, están fraccionadas y  previstas para el uso urbano de la ciudad. A su vez, estas áreas se dividen en dos subcategorías: el suelo urbano consolidado y el no consolidado. El primero, según el literal a) que está mencionado, habla de que se trata de áreas urbanizadas dotadas al menos de redes de agua potable, drenaje de aguas pluviales, pavimento, evacuación de aguas servidas, energía eléctrica y alumbrado público. Quiere decir que están consolidados los servicios básicos de la ciudad. Es importante el vínculo entre esta definición y la idea de que este proyecto de ley trata de avanzar hacia la necesidad de resolver los problemas relacionados con el vacío, el abandono o el deterioro de inmuebles en los que la sociedad ha hecho una inversión social, ya que construyó ahí infraestructuras, generó procesos de inversión sucesivos a lo largo del tiempo, pero hoy ese inmueble no está cumpliendo con la función social que tiene la propiedad. En la exposición de motivos esa idea se hace expresa, por lo cual el universo que atiende esta ley es el de los inmuebles que, además de estar en esas condiciones, han recibido una importante inversión social por parte de la sociedad. Por lo tanto, es prioridad intervenir en esas situaciones para asegurar el uso urbano y los diferentes principios previstos en la ley de ordenamiento.      Ese es el motivo fundamental por el cual se ha restringido el universo, a los efectos de ser coherentes con la idea de la función social del suelo, vinculado a la inversión pública que hizo la sociedad para un uso adecuado y un buen aprovechamiento de esos inmuebles. Esa es la razón de que esté restringido en ese sentido.

SEÑOR BELTRAME.- Complementando lo que expresaba el director de ordenamiento, debemos tener en cuenta que estos suelos son hoy, efectivamente, objeto de las políticas de vivienda; no se trata de construir en cualquier lado, sino en suelo urbano consolidado. Ese es un cambio cultural muy importante que nos lleva a tener otras contradicciones pero, en definitiva, también es la forma que como sociedad tenemos de acumular para el conjunto social. El señor senador Michelini planteó que podía quedar algo afuera y, ciertamente, puede ser así. La cuestión es que no tenemos suficiente para comenzar a transitar, ya que sabemos que el problema existe y sobre esto hay que actuar. Podemos resolver el tema para todo tipo de suelo, pero el problema es que por tratar de abarcar demasiado puede ocurrir que realicemos muy poco.

Me permito agregar alguna cosa más, que es importante.

                Se han manejado muchísimos números con respecto a esto, y muy variados; sin embargo, la determinación exacta del número es algo muy difícil de lograr, a tal punto que, como dije al pasar, me interesa –en la medida en que van a profundizar en este análisis– tener presente algunas situaciones que se han dado. La realidad es muy dinámica. Sobre la base de los listados, que son del año 2014, si tomamos esos mismos predios que figuraban como abandonados o degradados, encontramos que el mapa cambió mucho por el impacto de distintos tipos de programas y, también, porque en ese análisis que hemos hecho hay viviendas que, por ejemplo, estaban en posesión de la familia desde antes del año 1947, y no se registran movimientos a nivel del registro. La familia nunca hizo sucesión, pero siguen viviendo los nietos de aquellos que en su momento eran los propietarios. Esto de la presunción a partir de la visualización es un problema y por eso es importante tener este tipo de garantías.

SEÑORA AVIAGA.- Quería hacer una pregunta. ¿Ustedes tienen estimada la cantidad de inmuebles que son propiedad del Estado y están en esa situación? Sabemos que era una preocupación del Presidente Vázquez, que en su momento había pedido un registro nacional.

SEÑOR SCHELOTTO.- Frente a la pregunta de la senadora podemos decir que nos consta que hay un trabajo que aún sigue en proceso, llevado adelante por Secretaría de Presidencia y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, que no tiene como único cometido registrar los inmuebles propiedad del Estado que no tienen uso sino también, en términos más generales, el conjunto de los inmuebles de propiedad pública. Es un trabajo bastante arduo que no está completo. Hemos accedido parcialmente a algunos avances. Debemos decir que, previo a que esa tarea fuera encomendada por el presidente Vázquez, ya desde hace mucho tiempo, en el marco del ministerio, existe la cartera de inmuebles para vivienda de interés social, creada por ley, que establece que los organismos del Estado que no le den un uso específico a sus inmuebles deben ofrecerlos al ministerio para que eventualmente los asigne a programas de vivienda. Ese trabajo es gradual y acumulativo; nunca podemos decir que está completo, pero sí existe un flujo constante de inmuebles desde distintos organismos hacia nuestro ministerio, tanto del Poder Ejecutivo como de organismos descentralizados, lo que ha dado lugar a que se puedan asignar muchos de esos predios o edificaciones a programas de vivienda.

SEÑORA PRESIDENTA.- Les agradecemos que hayan venido.

(Se retiran las autoridades del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente).

 

(Ingresan a sala los representantes de los municipios B y Ch).

                –Damos la bienvenida a los señores alcaldes y a quienes los acompañan. Esta comisión la semana pasada estuvo considerando y aprobando el articulado que refiere al proyecto de inmuebles urbanos vacíos y degradados. No quisimos pasarlo al plenario sin antes hacer una consulta previa a ustedes y a las autoridades que nos acompañaron hace unos instantes. Estamos abiertos a escuchar la opinión y las sugerencias que quieran hacer respecto al proyecto de ley.

                Quiero avisarles que a las 17 y 30 horas debo retirarme, por lo que asumirá la  presidencia la senadora Aviaga.

SEÑOR VARELA.- Buenas tardes. Soy alcalde del municipio B, y estoy acompañado de las concejalas municipales Cristina Olivera e Ivonne Quegles, en representación del Frente Amplio, y del concejal Eduardo Ulloa, en representación del Partido Nacional.  Disculpamos a la concejala Soledad Martínez que por cuestiones laborales no nos pudo acompañar en el día de hoy.

                Iniciamos esta intervención agradeciendo la invitación de esta comisión del Senado para poder dar nuestro punto de vista con referencia a un proyecto que consideramos muy importante. Desde los siete años de vida que tiene el municipio, el tema de las fincas abandonadas y ocupadas ha sido de preocupación y atención permanente, como también de acción e intervención en más de una oportunidad dado el deterioro que genera en la calidad de vida de los entramados barriales. Una finca abandonada genera un perjuicio de por sí, afectando la calidad de convivencia y la vida de un barrio. Ese vacío urbano genera un deterioro y si, además, sufre potencialmente una ocupación, la problemática aumenta sustantivamente por problemas de higiene, salubridad e inseguridad producto de que se puede transformar en una boca de pasta base o un lugar de achique.

                En estos siete años hemos optado por un trabajo interinstitucional que no ha dado buen resultado en cuanto a solucionar algunos graves problemas en el territorio. A modo de ejemplo, la ex Comaec en Bulevar Artigas y Maldonado. También tenemos el caso de fincas ocupadas como el ex Hotel Casino en el Parque Rodó –ubicado en Gonzalo Ramírez y Pablo de María–, o fincas que no estando ocupadas generaban deterioros importantes en el entramado de la ciudad como el edificio de 18 de Julio y Tacuarembó, un esqueleto inconcluso durante muchos años o, por qué no decirlo, décadas. Obviamente, esto generó diversas acciones en función de las distintas realidades que tenía cada uno de los inmuebles. Creemos que este  proyecto de ley está en sintonía con otros que había sobre la mesa, pero no tenían el consenso de este que viene con el apoyo del Poder Ejecutivo. Aclaro que estoy hablando a título personal, porque no hay un posicionamiento del gobierno sobre esta iniciativa, pero vemos que va en sintonía con la búsqueda de soluciones para un problema que está instalado en el territorio y, en ese sentido, hacemos nuestra la exposición de motivos del Poder Ejecutivo. Más allá de algunas valoraciones que podamos hacer, se pone el ojo en un tema central que es el de la problemática que genera este fenómeno de suelo vacante en zonas urbanas y su impacto negativo en la realidad territorial de nuestros municipios, pero también de la ciudad, porque hay suelo sin utilizar en zonas urbanas que tienen todos los servicios; mientras tanto, la ciudad se extiende hacia la periferia, con los costos que implica llevar todos los servicios públicos para hacer digna la vida de los ciudadanos. En términos de una buena política pública, no es aceptable tener tantos metros cuadrados sin uso en suelo urbano.

                Por todo esto, compartimos la identificación del problema, la función social de la propiedad y, fundamentalmente, el concepto de ciudad como un bien público colectivo a proteger, que es la filosofía que persigue el proyecto de ley. Además, nos parece que no es menor el sustento doctrinario que acompaña la iniciativa. En otros casos hubo mucha discusión referida a elementos jurídicos, pero en este hay un buen sustento doctrinario que fundamenta el planteo. En última instancia, compartimos el fin último de estos bienes inmuebles urbanos a favor de su ocupación y su uso potencialmente habitacional.

                Si tuviéramos que hacer alguna observación, en todo caso podríamos decir que en lo conceptual compartimos el espíritu garantista del proyecto de ley sobre la propiedad privada y la idea de trabajar con los titulares. En nuestro caso, hemos identificado que en este tipo de inmuebles los problemas se generan por falta de responsabilidad de los titulares o por falta de titularidad. Entonces, compartimos conceptualmente el espíritu garantista del proyecto de intentar trabajar con los titulares, más allá de que entendamos que en la mayoría de los casos son los generadores de los problemas.

                Nos interesa la perspectiva de que se apruebe este proyecto de ley –si es que tiene los consensos– porque necesitamos una  herramienta jurídica de forma rápida para poder ir solucionando estas problemáticas y, en todo caso, podemos seguir discutiendo la elaboración de un nuevo  proyecto de ley que abarque otros elementos que pueden ser más discutibles. Esto se asocia a la triple condición que se solicita para poder intervenir en los inmuebles: suelo urbano consolidado –que en caso del Municipio B está fuera de discusión, porque somos un territorio absolutamente consolidado en términos urbanos–, que estén vacíos y que estén degradados. Esta doble condición es las que nos hace reflexionar sobre la necesidad de pensar una mejora a futuro –si no se puede hoy–, porque hay un elemento primario que es el concepto de vacío. Si uno interpreta el artículo 4.º y el conjunto de la exposición de motivos, las fincas que tienen ocupación precaria no estarían incluidas en este proyecto de ley. Quizás aquí haya un tema de mala interpretación y podríamos incurrir en un error. Si no es así, en el proyecto de ley identificamos que el concepto de degradación está asociado a los temas edilicios y entendemos que no solo hay una degradación física de los bienes, sino una degradación del problema ocupacional hacia el entorno.

                Generalmente estas fincas están ocupadas producto de la falta de titularidad.  Entonces, al no estar vacías y no cumplir la doble condición, el proyecto de ley no nos habilitaría a trabajar, por ejemplo, con una herramienta que podría haber sido muy útil para poder ir más rápido en los casos mencionados de Comaec y del Hotel Casino. No tenemos legitimación activa para accionar, por tanto, buscar quién la tenga siempre generó mayor tiempo para después poder empezar a hacer un proceso de recuperación del bien. Hoy uno está encaminado y el otro estamos deseosos de que se encamine rápidamente.

                El otro elemento asociado al concepto de la degradación – desde el momento en que solo se está valorando el factor físico y no el otro factor más social– es determinar que con el solo hecho de refaccionar o corregir los elementos que genera la condición del bien degradado está salvada una de las condiciones. Por lo tanto, al no darse las dos condiciones el fin último del proyecto de ley que es rehabilitar esa vivienda para el uso y eliminar el elemento del vacío, no se estaría dando.

                Insisto: creo que en la situación actual este proyecto de ley es imprescindible, inminente y para nosotros es muy necesaria la aprobación de un marco normativo que nos permita avanzar en una situación muy heterogénea e importante. Estamos hablando de más de doscientas cincuenta fincas visiblemente abandonadas en el territorio del municipio B. Más allá de eso creemos necesario, oportuno e interesante, seguir trabajando en la construcción de consensos, en la legislación, a los efectos de buscar el concepto del abandono edilicio como forma de explotación. Es decir, buscar legislar ese abandono edilicio a los efectos de que la explotación para algún fin sea el determinante y no la sola corrección de los elementos edilicios y que el fin siga estando vacío en términos de lo que se persigue. O sea corregimos un elemento sustantivo que son los posibles daños físicos causados por un deterioro edilicio, pero necesariamente no corregimos o no encontramos el elemento necesario para corregir otros temas sociales producto de la ocupación y los problemas que ella trae.

                Creemos –esto dicho en términos personales– que si se aprueba esta herramienta nos va a permitir, por lo menos, en más del 20 % de situaciones, ir avanzando –más allá de lo que lo hemos hecho hasta el día de hoy– con políticas focalizadas en el caso concreto.

                Muchas gracias.

SEÑOR ABT.- Es un gusto y un placer estar aquí.

                Me parece fundamental que los distintos niveles de gobierno articulen diferentes políticas públicas en el territorio, por lo cual es importante que tomen en cuenta un poco la problemática que vemos desde los territorios.

                A partir de 2015 –cuando ocupamos el cargo– empezamos a trabajar en el tema de fincas abandonadas –me acompaña la escribana Rosana García que trabaja en el equipo de fincas abandonadas específicamente en esta temática–  y empezamos a actuar con otra gran cantidad de organismos para atender una demanda importante que tenía nuestro municipio. Así conocimos a una catedrática de la Facultad de Arquitectura que ya había hecho un trabajo en los municipios B y C sobre el estudio de fincas abandonadas. Continuamos con ese trabajo para llevarlo adelante en el municipio Ch y se constataron aproximadamente más de cien fincas abandonadas en nuestro territorio.

(Ingresa a sala el doctor Norberto Feldman).

                También nos acompaña el doctor Norberto Feldman que es otro asesor de nuestro municipio y que trabaja en esta temática.

Como les decía, a partir de ese momento empezamos a trabajar con el tema de las fincas abandonadas, aunque como vecinos ya conocíamos la problemática. Como muy bien dijo el alcalde Varela es una problemática que no solo impacta sobre el inmueble, sobre la propiedad o el comercio que está en estado de abandono, sino que impacta y se multiplica en la comunidad y en el barrio. Esto lo entendimos con una de nuestras primeras acciones, que fue con un predio abandonado en Benito Blanco y Vázquez Ledesma, donde desde hacía muchísimos años había una situación irregular con tres padrones que estaban abandonados. Anteriormente se había empezado con un proceso, pero no se había podido legitimar y llevar adelante una acción que cambiara el entorno. Fue así que se coordinó con el propietario de ese inmueble la posibilidad de demolerlo para que allí hubiera un espacio verde, que luego fue cedido al Municipio por un plazo para poder cambiar el entorno del barrio. Por lo tanto, lo que hacemos en los municipios es tener una permanente articulación entre los propietarios y los vecinos, por la gran cantidad de denuncias que tenemos de las distintas fincas que existen en nuestro municipio.

Lo que hace este proyecto de ley –que a priori nos parece interesante– es darnos herramientas para continuar con un proceso de recuperación de fincas que principalmente tienen la centralidad, y no podemos consolidar una ciudad que dé estos espacios vacíos en la parte urbana. Como he dicho, lo que hacemos actualmente, sin contar con una ley de estas características, es tener una articulación permanente. Al día de hoy existen cinco casos en el municipio con los que estamos en plena negociación con los privados para que entiendan la responsabilidad que tienen en cuanto al estado y al cuidado de cada una de las fincas. El rol que cumple el municipio es fundamental para hacerle entender al propietario la responsabilidad que tiene en el abandono, en los problemas que puede tener la finca y en el impacto que tiene en la calidad de vida de los vecinos que viven en su entorno.

                El derecho a la propiedad está protegido en el artículo 7.º de la Constitución, pero este artículo también hace referencia a los límites que puede tener por razones de interés general. Para nosotros en muchos de estos casos hay un interés general que tiene que ver con la vida cotidiana del entorno, que muchas veces se ve vulnerada por la situación de ocupación, de salubridad y de seguridad que permanentemente ocasionan las fincas abandonadas en nuestra zona. Nosotros entendemos que el interés general debe estar por encima del interés particular y para nosotros esto –como veníamos diciendo– es un interés general.

Por otra parte, este proyecto de ley ofrece garantías procesales de importancia que promueven el espíritu de la ley, para que el propietario cumpla con sus deberes en beneficio del bien común. Para nosotros esos son deberes que ya fueron establecidos en la Ley n.º 18308, de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible, y creemos que tiene que haber un compromiso de todos como sociedad en el cual el propietario de los inmuebles debe entender la responsabilidad que tiene en la recuperación de estas casas. Para nosotros tiene sentido que así sea y por eso el derecho a la propiedad, que tiene un impacto social, debe estar limitado en su ejercicio para que no produzca daños a la comunidad. Por supuesto que también compartimos la clasificación de las categorías –tal como ocurre en los Municipios B y C–; el suelo urbano consolidado es el 100 % de nuestro territorio. Además, nos parece importante que esté contemplado en esta clasificación que los inmuebles se encuentren vacíos y degradados.

                Con respecto al aspecto procesal, el proceso previo de los veinticuatro meses es el tiempo con el que se cuenta para encarar todo lo que tiene que ver con las primeras verificaciones del territorio y que comience el proceso. Comento que esto no fue abordado por el consejo en pleno, yo no vengo con la voz del consejo, sino con la voz que está trabajando en la mesa interinstitucional abocado al tema de fincas abandonadas. Creemos que ese plazo de veinticuatro meses es acorde, pues contempla la situación que hoy tenemos. Del relevamiento que se hizo surge que, en nuestro municipio, hay casas que están abandonadas desde hace más de treinta años. A mi juicio, habría que establecer un límite para comenzar a tratar estos temas y dar garantías. Por ejemplo, este proceso se podría ir cortando si el arquitecto presenta un proyecto, si se hacen mejoras o si se cubren las deudas que se tienen. Esto dará las debidas garantías para que el propietario pueda recuperar rápidamente la finca y no genere estos problemas a la comunidad. Este es el fin que persigue este proyecto de ley y nos parece adecuado.

                Con relación al articulado consideramos apropiado que el proceso sea iniciado por la Agencia Nacional de Vivienda y por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Como gobierno local me permito incorporar al municipio para que, por lo menos, pueda trabajar en conjunto con la intendencia y así se pueda elaborar el informe. La idea es que no se escapen detalles de la convivencia neta que, a veces, no son manejados por la centralidad por no estar inmersos en el territorio. Por lo tanto, me parece importante que el municipio tenga también un rol activo porque, como todos saben, el vecino que se ve afectado por una finca al primer lugar que acude es al municipio. Me parece que en este sentido debemos tener un rol activo para conocer la problemática y definir cuál es el problema mayor. Reitero que, más allá de que está la intendencia, sería importante que los municipios también integren la línea de verificación de las viviendas que están vacías.

                Como decíamos, la iniciativa da garantías al propietario para que pueda cumplir con sus obligaciones, basado en la idea de que no se lo demanda al inicio, sino que se buscan soluciones permanentemente. Me parece que una sociedad debe apuntar de manera continua a la articulación entre lo público y lo privado; esa es la manera de construir ciudad y lograr entendimientos y mejoras en la calidad de vida. Consideramos que ese contacto es importante, pues de él pueden surgir distintas soluciones reales a los problemas que tiene el abandono en la centralidad.

                Con respecto a la declaración de abandono estamos de acuerdo con la categorización de la zona consolidada, esto es, que pueda ser iniciado por la Agencia Nacional de Vivienda y por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Nos parece importante que se emplace al propietario doblemente, así como que la acción esté inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble, pues ello  brindará más seguridad a las personas.

                Con relación a los elementos que prueben el abandono de la finca nos parece bien que se analice el tema de las facturas, de la contribución y de los aportes al Banco de Previsión Social, como forma de dar comienzo al plazo de los veinticuatro meses.

                En nuestro territorio hay gran cantidad de edificaciones paralizadas, por lo que consideramos interesante que se trate todo como una unidad. Dado que siempre se ven distintas negociaciones entre privados, creemos que dará más garantías el hecho de que el inmueble se trate como una unidad. En este sentido, en nuestro municipio tenemos esqueletos de edificios que hace más de quince años que se encuentran en situación de abandono y pretendemos que rápidamente se puedan recuperar.

                Como señalamos, la sentencia da un plazo para la presentación de un proyecto, a lo que se suma otro de un año para que un arquitecto lo lleve adelante. Nos parece que estas medidas otorgan distintas garantías –aclaro que esta es una mirada a priori del proyecto de ley– y, a la vez, la posibilidad de seguir avanzando en un tema para el que no contamos con las herramientas suficientes para hacerlo. Esta es una temática cotidiana y común que ocurre en todos nuestros barrios, por lo que el hecho de contar con leyes específicas que articulen y brinden protección a temas comunes, es hacia donde debemos apuntar como sociedad.

También nos parecía interesante el capítulo sobre la venta judicial del inmueble. Pensamos que era apropiada, por supuesto, la expedición del certificado sobre el inmueble por parte del arquitecto. Consideramos también que si no hay interesados en adquirir ese bien, podría pasar a los organismos nacionales correspondientes. Sé que no va a ser fácil que tengan el presupuesto como para comprarlo; tampoco va a ser fácil instrumentarlo en la realidad. Lo bueno es que a los nuevos compradores que adquieran el bien, luego de haber agotado el plazo de los veinticuatro meses, el inmueble queda saneado. Además, cuando una persona lo compre, tiene que continuar con el plan de rehabilitación. Según el análisis del proyecto de ley que hicimos con mi equipo, este es un buen camino para continuar trabajando sobre este tema.

                Por el momento, terminaría mi intervención, señora presidenta. No sé si los concejales o los compañeros que estuvieron trabajando conmigo van a hacer uso de la palabra.

SEÑORA PRESIDENTA.- Antes de dar la palabra al señor Feldman, quisiera despedirme de ustedes. La sesión va a continuar. Continúa en la presidencia la señora senadora Aviaga.

                Quiero manifestar nuestro compromiso de atender la sugerencia que ustedes hacen, no solo en cuanto al deterioro edilicio, sino también ver la funcionalidad –o disfuncionalidad– que genera ese edificio o esa finca en el entorno de convivencia.

                Muchísimas gracias por estar aquí.

(Ocupa la presidencia la señora senadora Aviaga).

SEÑOR FELDMAN.- Quisiera referirme a un tema técnico que no es menor –hablamos de él con la escribana García–, y que repercute directamente en el abandono del bien; me refiero a que esta ley sanea el título. Parece algo muy técnico, pero les voy a contar su porqué: cuando el título no es perfecto, ya sea porque viene de una sucesión o por error de algún escribano, hace que ese inmueble no pueda estar circulando en el comercio de los hombres, lo que directamente lleva al abandono. Nadie pone dinero en un bien que no puede circular dentro de ese ámbito.

                Entonces, el hecho de que sanee el título, también va a permitir eso. Por lo tanto, no solo sanea la primera compra a través del remate, sino que ese inmueble luego va a continuar circulando en el comercio de los hombres, que antes no pudo estar por no tener un buen título, por sucesiones inconclusas en el medio, que hacen que la gente no lo proteja. Ese es un tema técnico, pero que repercute para que ese bien pueda volver a estar recuperado.

                Gracias.

SEÑORA GARCÍA.- Buenas tardes.

                Adhiero a las palabras del alcalde y del doctor Feldman. A su vez, quisiera agregar algunos aspectos más.

                Esta ley no surge hoy porque sí, sino que tiene toda una historia legislativa. Ya ha habido otros intentos de legislar sobre este tema. Creo que este proyecto de ley ha logrado desplazar todos aquellos obstáculos que se habían presentado anteriormente. No se introducen temas ideológicos, deja afuera a las fincas que estén ocupadas por sus propietarios y, además, propone una serie de procesos en los que, en todo momento, si el propietario quiere hacerse cargo, puede hacerlo. Si rehabilita la finca, todo este proceso se detiene. Por tanto, es garantista. 

                A su vez, los plazos que se manejan son prudenciales. Digo esto porque el plazo de veinticuatro meses tiene un sustento doctrinario, tanto en la doctrina internacional como en la nacional. El derecho de propiedad está garantizado, y en la exposición de motivos está doctrinariamente apoyado. Como decía el alcalde, este es un tema de interés general.

                El único aspecto que vería más vidrioso es el de las disposiciones transitorias. No quiero dejar de decirlo. Deseo que quede constancia de ello porque propone un plazo retroactivo, lo que no sería del todo correcto de establecer en una ley, pero también hay que evaluar que no podemos esperar dos años más. Hay fincas que hace décadas que están abandonadas con consecuencias gravísimas para el entorno, tanto de seguridad como de salubridad y convivencia. Este es un tema en el que debemos tener ya un accionar para tratar de destrabarlo. Este aspecto no estaría del todo bien pero habría que evaluarlo y buscar un equilibrio para ver, de repente, qué es lo necesario.

                Simplemente quería decir eso.

SEÑORA PRESIDENTA.- Creo que en lo que tiene que ver con los derechos, la Constitución y las leyes, lo que está bien está bien y lo que no está tan bien, no está tan bien. Así que en esto creo que para ser justos, para que realmente haya justicia, muchas veces hay que aceptar –nos guste o no nos guste– que los tiempos políticos no son los tiempos jurídicos. Hay que apegarse lo más posible –o totalmente– a lo que dice la Constitución y no interpretarla de acuerdo al caso o según si a uno le sirve más o menos.

                En lo personal, me genera dudas el tema del derecho a la propiedad. Antes de que se hubiese aprobado este proyecto de ley –que ya se votó en comisión– habría preferido poder escuchar a nuestros visitantes y también a la otra delegación que recibimos y, además, haber pedido informes a la cátedra de Derecho Civil de la UdelaR, que podría haber venido a darnos la tranquilidad de que lo que vamos a legislar no tiene ningún espacio vidrioso –o que, si lo tiene, fuera el menor posible– que, en algún momento, pueda generar conflictos. A veces uno, tratando de solucionar conflictos, por apresurarse puede, sin querer, generar otro tipo de problemas en el territorio.

                Este proyecto de ley, como dije, ya está aprobado pero me parece, por ejemplo, que los planteos del señor Varela son dignos de ser tenidos en cuenta, así como también las sugerencias e inquietudes que ha presentado la señora García y quisiera que antes de llevarlo a la consideración del Plenario de la Cámara de Senadores pudiéramos llegar a un consenso respecto a la mejor forma posible de solucionar este tema.

                En principio, entendemos el problema y estamos de acuerdo con que se busquen soluciones y en que se trata de una problemática angustiante, no solo en los barrios de Montevideo sino en muchas capitales y ciudades del interior.

SEÑOR CARRERA.- En realidad, creo que es importante la visita de los alcaldes, que son las autoridades públicas que viven esta problemática. Me parece que pusieron el foco donde tienen que ponerlo;  realmente allí hay un problema en cuanto a consolidar la ciudad, a la seguridad y a la convivencia.

Creo que también es importante su visión y la interpretación correcta del derecho, porque la ley de ordenamiento territorial pone responsabilidades a los propietarios.

Además, como decía correctamente el alcalde Andrés Abt, del Municipio CH, esta iniciativa es constitucional porque lo que está marcando el artículo 7.º –y también el 32– es que, por razones de interés general, se pueden limitar los derechos y no solamente el derecho de propiedad, porque esta disposición es mucho más amplia. Creemos que esta iniciativa está ajustada a nuestro ordenamiento jurídico y que es necesaria. Hace muchos años que se viene trabajando en ella y, entonces, por lo menos puedo decir que la bancada oficialista va a acompañarla y que tiene interés en que se apruebe. Estamos hablando de un primer instrumento que podrá ser mejorado luego, pero nuestra intención es votarlo la semana que viene. Vamos a tener una sesión de trabajo el próximo martes para «peinar» la iniciativa y si nuestros invitados tienen aportes sería importante que nos los hicieran llegar. A estos efectos pueden comunicarse con Secretaría pero, repito, me parece importante que hagan llegar sus aportes, que estaríamos analizándolos el próximo martes.

Por otra parte, realmente creo que son relevantes los comentarios que han hecho porque son la autoridad pública que está en el territorio y que conoce la problemática. 

                Quiero aprovechar la oportunidad para preguntarles acerca de los predios baldíos. Creo que los municipios de ustedes están muy consolidados y no sé si tienen predios de este tipo, pero de todas maneras quisiera saber su opinión.               

                Quizás sea esta la oportunidad de dejar claro esto. La interpretación de las autoridades que trabajaron en este proyecto de ley es que los baldíos estarían incorporados en el concepto de bien inmueble. De todas maneras, tal vez haya que aclararlo y  quisiera conocer la opinión de ustedes al respecto.

                Asimismo, me gustaría saber si tienen esta problemática de predios baldíos en sus municipios.

SEÑOR VARELA.-  En realidad, había pedido la palabra para hacer una valoración, así que aprovecho y también contesto la pregunta del senador Carrera.

                Creo que el derecho de propiedad es un derecho real, pero no se inscribe en los derechos iusnaturalistas que consagra la Constitución. Por tanto, como dice la propia Constitución, pueden ser limitados por ley.

                El primer antecedente es la ley de ordenamiento territorial, que genera un marco normativo. Entonces, esto viene a llenar vacíos que esa ley había dejado o a dar las herramientas que faltaban para darle profundidad a ese marco normativo que tenemos en el país y que en ningún momento ha sido declarado inconstitucional.

                La regulación de la propiedad está en la Ley n.º 18308 y no necesariamente en esta, que va a dar herramientas jurídicas para hacer lo que la otra obliga y no estamos pudiendo hacer.

                Entonces, en términos generales, me inclinaría por decir que guarda excesivo respeto a la propiedad privada, como intentaba decir en la primera intervención. Creo que es muy garantista para quien genera el daño a la comunidad, pero insisto en que la construcción de la ley es la consecuencia de acuerdos políticos y, si a ese es al que se llegó, bienvenido sea y sigamos avanzando.         

                En ese sentido, si los aportes que hacemos no tienen los consensos necesarios sigámoslo discutiéndolo más adelante y aprobemos esto por lo menos, porque es una herramienta jurídica que comienza a darle fundamento a algunas situaciones en las que hasta el momento no podíamos avanzar. En realidad, nos sentimos satisfechos con este cuerpo normativo, aunque siempre tenemos la vocación de perfeccionarlo.

                En cuanto a lo que plantea el senador Carrera, creo que un predio que es considerado baldío porque no tiene edificación en su suelo no deja de ser un bien inmueble en el comercio de los hombres. De todas maneras, ante la duda, si se quiere aclarar en el texto, me parece que lo que abunda no daña. Esto ayuda a solucionar el problema que tenemos con los predios baldíos por no tener normativas que obliguen a sus propietarios a darles funcionalidad.

                En esto de pensar a futuro, hoy hablaba del concepto del abandono. ¿Cómo defino un bien baldío si no tiene edificación? De forma permanente tiene un abandono y, por tanto, debería ser considerado de alguna manera.

SEÑOR CARRERA.- Lo que quisiera saber es cómo se toma al bien baldío respecto a la triple condición. No hay dudas respecto a suelo urbanizado, pero no sé qué sucede cuando se habla de vacíos y degradados. Habría que aclararlo, porque va a haber problemas cuando se vaya a aplicar en la práctica. Entonces, les agradecería si ustedes, que conocen el tema, nos pueden hacer aportes en ese sentido.

SEÑOR ABT.- Para nosotros también, el baldío es un inmueble y genera los mismos problemas de la finca abandonada, hasta a veces más, porque los problemas de salubridad se ven mucho más cercanos por la apertura del baldío. Por lo tanto, lo atacaría de la misma manera.

                Algo que no compete al Poder Legislativo pero ocurre, y los distintos privados lo han mencionado –yo lo he planteado en la intendencia en alguna reunión–, es que en Montevideo no se puede demoler si no se tiene un proyecto de edificación. Y muchos propietarios compran distintas fincas para hacer proyectos inmobiliarios que a veces se postergan por problemas de dinero, por falta de interés o porque todavía no es el momento en que ellos quieren llevar adelante su emprendimiento. En esos casos no se puede hacer una intervención, porque no se tiene el proyecto de edificación. Esto va generando también problemas de salubridad, de seguridad, de convivencia directamente en el territorio. Es algo que también estamos hablando con las autoridades departamentales para ver de qué manera se puede trabajar desde ahí.

                Quisiera realizar una puntualización más sobre este proyecto de ley. Nosotros estamos trabajando, como decíamos, con la Facultad de Arquitectura, con la cátedra de diseño y urbanismo, de la Universidad de la República. Ellos son quienes están trabajando con nosotros en el tema de fincas abandonadas. También les hicimos una consulta sobre este proyecto de ley y, en términos generales, les parecía bien, pero ellos manifiestan que no ataca el problema de que queden lugares vacíos en el territorio y en la capital. Por ejemplo, si la casa es recuperada y la fachada es arreglada, no interesa después si ese lugar cumple una nueva función o no, y se pueden dejar en la centralidad espacios vacíos. No van a tener un impacto social importante, pero se dejan en plena centralidad lugares vacíos, y es uno de los puntos que está trabajando este grupo de arquitectos con un proyecto que se llama «Rehabita MVD 2020».

SEÑORA OLIVERA.- En mi caso simplemente quería compartir una reflexión. Este proyecto, que de alguna manera atiende una serie de aspectos que podían ser debilidades en algún proyecto anterior, en realidad surge con un proceso que fue acompañado por el Grupo Interinstitucional de Fincas Abandonadas. Esto se inició en los años 2009 y 2010, los municipios nos integramos en 2010, y se trabajó con la academia, con profesionales, con el territorio, con referentes sociales y empresariales, durante mucho tiempo. Y se fue buscando dónde estaban los principales nudos. Yo trabajo en el Grupo Interinstitucional de Fincas Abandonadas desde 2010, representando al Municipio B, y cuanto más lo leía, más encontraba que los aspectos que habíamos estado trabajando durante esos años de alguna manera estaban reflejados.

                En lo conceptual, ¿cuáles son las debilidades que tiene? Están referidas al tema de las fincas en abandono pero además ocupadas. Se dio un proceso que apuntaba a trabajar con las visiblemente en abandono y avanzar en identificar un núcleo que, en definitiva, es el sustento que aparece aquí reflejado. Esa debilidad se muestra en que se atiende a los propietarios que son ocupantes de sus fincas deterioradas, pero también hay situaciones de ocupación que no van a ser consideradas en la aplicación de este proyecto. Y podemos seguir teniendo algunas dificultades en el entorno de la convivencia, que es lo que planteaba el señor senador. Ese, a mi juicio, es un aspecto que habría que mejorar.

SEÑORA PRESIDENTA.- Agradecemos a los representantes de los Municipios B y Ch por su presencia en la sesión de hoy. Nos queda algún insumo para trabajar aquí antes de llevar el proyecto al Plenario, pero seguramente va a tener un trámite rápido.

                Se levanta la sesión.

(Son las17:54).

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.