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COMISIÓN DE HACIENDA

(Sesión celebrada el día 8 de marzo de 2018).

 

SEÑORA SECRETARIA- Está abierto el acto.

(Son las 10:10).

                –De acuerdo con el artículo 151 del Reglamento de la Cámara de Senadores, corresponde designar presidente y vicepresidente de la comisión para el presente período legislativo.

SEÑOR HEBER.- Propongo al señor senador Michelini.

SEÑORA SECRETARIA.- Se va a votar la propuesta del señor senador.

(Se vota).

–5 en 6. Afirmativa.

 (Ocupa la presidencia el señor senador Michelini).

SEÑOR PRESIDENTE.- Habiendo número, está abierta la sesión.

(Son las 10:11).

–Corresponde ahora designar al vicepresidente.

SEÑOR DELGADO.- Queremos proponer como vicepresidente al señor senador Camy.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar la propuesta formulada.

(Se vota).

–5 en 6. Afirmativa.

Dese cuenta de los asuntos entrados.

(Se da de los siguientes).

                «1) Nota remitida por la Cámara Uruguaya de Cooperativas de Ahorro y Crédito de Capitalización (Cucacc), en relación con las modificaciones a la ley de inclusión financiera (Carpeta n.º 879/2017).

                2) Carpeta n.º 1012/2018. Devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a Productores Rurales en la Adquisición de Gasoil. Se modifican disposiciones de la Ley n.º 19595, de 16 de febrero de 2018. Proyecto de ley con exposición de motivos presentado por el señor senador Álvaro Delgado. Distribuido n.º 1724/2018.

                3) Carpeta n.º 1017/2018. Devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a Productores de Ganado Bovino y Ovino en la Adquisición de gasoil. Se faculta al Poder Ejecutivo a otorgar el beneficio en los mismos términos dispuestos en la Ley n.º 19595, de 16 de febrero de 2018. Mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo. Distribuido n.º 1728/2018.

                4) Carpeta n.º 1018/2018. Contribución Inmobiliaria Rural. Se establece su reducción para los ejerccios 2018 y 2019 a propietarios de padrones rurales que reúnan determinadas condiciones. Mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo. Distribuido n.º 1729/2018.

                5) Listado de proyectos de ley a estudio de la comisión a remitir al archivo (artículo 163 del Reglamento del Senado)».

                –Empecemos nuestro trabajo con este último punto. En las cuatro hojas repartidas se detallan los proyectos de ley que serán remitidos al archivo. El presidente sugiere que no se remitan las tres primeras páginas y sí la última, que refiere a informes desfavorables del Poder Ejecutivo, salvo uno para el que se necesita su iniciativa aunque nos transmitió que no la daría.  Obviamente, basta que un senador lo solicite para que los proyectos se mantengan para su estudio en la comisión.

SEÑOR DELGADO.- Solicito que se mantengan en el orden del día, señor presidente, pues tenemos la esperanza de convencer al Poder Ejecutivo y que cambie su posición sobre algunas de estas iniciativas. Pienso que la realidad va a estar de nuestro lado.

SEÑOR PRESIDENTE.- Así se hará. Comunicaremos que los proyectos contenidos en estas cuatro páginas quedarán a estudio de la comisión.

                Ingresando al orden del día, hemos convocado a las autoridades del Ministerio de Economía y Finanzas para tratar tres proyectos de ley.  Una vez informados y realizadas las preguntas correspondientes por parte de los señores senadores, es propósito de esta presidencia votar hoy, en caso de tener los votos de las bancadas, los dos primeros proyectos, esto es, el relativo a la unidad previsional –si tenemos a Einstein, que nos explique el artículo 2.º– y el de la devolución del impuesto al valor agregado a productores de ganado ovino y bovino en la adquisición de gasoil. El tercero, obviamente, merece una mirada más especial. Si la oposición  no acompaña los dos proyectos de ley antes mencionados, es de interés del oficialismo aprobarlos la semana que viene, sí o sí.                               

                Contamos ya con la presencia del subsecretario de Economía y Finanzas, contador Pablo Ferreri, quien ha venido acompañado por el contador Fernando Serra, director de la Asesoría Tributaria; la doctora Natalia  Acosta y la economista Ana Inés Morató, en calidad de asesoras; el economista Herman Kamil, director de la Unidad de Gestión de Deuda; el economista Rodrigo Sarachaga; el doctor Gonzalo Muñiz y el ingeniero Adrián Tambler. 

Es un gusto recibirlos, más aún en este día tan categórico.

La metodología de trabajo será recibir el informe sobre cada proyecto de ley, por su orden. Una vez informado el primero, los señores senadores realizarán las preguntas que estimen convenientes, y así sucesivamente.

SEÑOR SUBSECRETARIO.- Buenos días. Es un placer estar aquí para poder comentar estos tres proyectos de ley.

Quisiéramos comenzar con el que crea una nueva unidad de cuenta, la Unidad Previsional. Para eso contamos con el equipo del Ministerio de Economía y Finanzas que se encarga  de la gestión de deuda pública del Uruguay, encabezado por el economista Herman Kamil.

                Básicamente, tenemos la necesidad de mitigar los desequilibrios de monedas y plazos en los balances de las empresas aseguradoras públicas y privadas, así como de las cajas paraestatales, tratando de reducir el riesgo de su operativa. Claramente, las pasividades que se pagan para adelante y las pensiones están atadas al índice medio de salarios  y hoy no existe una unidad de cuenta en la cual se pueda emitir deuda de mediano y largo plazo asociada a la evolución de este indicador.  Ese es el objetivo fundamental de la creación de esta unidad: lograr que no haya desequilibrio a largo plazo por estas instituciones.

                Ahora cedería el uso de la palabra al economista Kamil, para avanzar en los detalles. Si bien no es Einstein –a quien aludió el presidente–, va a poder explicar a cabalidad los artículos.

SEÑOR KAMIL.- Buenos días.

                Ante todo, voy a hablar brevemente sobre el contexto en el que se está proponiendo la creación de esta nueva unidad de cuenta.

El régimen mixto de seguridad social que implantó Uruguay desde 1996 establece que durante la vida activa la persona realiza aportes al BPS y a una AFAP y luego, una vez que entra en su edad de retiro, recibe un aporte de estos dos pilares. 

                En lo que respecta al pilar de capitalización individual, cuando una persona decide retirarse, la AFAP transfiere todo su ahorro acumulado más la rentabilidad neta que obtuvo durante su vida laboral a una aseguradora, que será la encargada de pagarle su jubilación en los años que le quedan, durante su retiro. Ese pago se llama, técnicamente, «renta vitalicia».  Esa renta vitalicia debe guardar proporción con la cantidad acumulada de dinero que hizo la persona y también incluye otros parámetros técnicos, entre ellos, el número de año que en expectativa le quedan por vivir y una tasa de interés.

                A su vez, cuando la empresa de seguros recibe ese dinero, lo administra a lo largo del tiempo. Precisamente, esa masa de dinero que recibe se llama «reservas».

                De acuerdo con lo que establece el artículo 67 de la Constitución, «Los ajustes de las asignaciones de jubilación y pensión no podrán ser inferiores a la variación del Índice medio de salarios». De hecho, siempre han sido iguales a la variación del índice medio de salarios.

                La Ley n.º 17649, que se votó en el año 2003, es más precisa y dice que ese ajuste de jubilaciones y pensiones tiene que ser equiparado al índice medio de salarios nominal, es decir, a lo que se considera el salario bruto que incluye cargas, impuestos, etcétera. Entonces, las pasividades se ajustan una vez al año, en enero, de acuerdo con la variación del índice medio de salarios nominal del año anterior, tal como lo hace el Banco de Previsión Social.

                Como voy a explicar a continuación, este tipo de ajuste de las pasividades en Uruguay –que no es típico de los países del resto del mundo–, junto al tipo de desarrollo del mercado financiero de nuestro país, ha tenido una incidencia financiera muy importante sobre las empresas aseguradoras y las cajas paraestatales de profesionales, que también tienen a su cargo el pago de jubilaciones y pensiones y que se ajustan de la manera que acabo de mencionar.

                En concreto, ¿cuál es la dificultad que enfrentan estas instituciones? En general, no pueden tener acceso a instrumentos financieros en donde invertir sus reservas que evolucionen como lo hacen sus pasivos. Quiere decir que no tienen acceso a instrumentos financieros cuyo retorno sea indexado al índice medio de salarios nominal y que sean de largo plazo, porque la lógica de inversión de una aseguradora es en el largo plazo. En la jerga financiera esto se llama «descalce de monedas en los balances». Se trata del desfasaje entre el ritmo al que evolucionan los pasivos y el ritmo al que evolucionan los activos financieros.

                Esto ha generado dos problemas para la aseguradora Banco de Seguros del Estado y también dificultades en el mercado asegurador previsional. Dado que afortunadamente el salario real en Uruguay ha crecido mucho en estos años, el índice medio de salarios nominal ha crecido más rápidamente que el IPC.

                La mayor parte de los activos en que tienen las aseguradoras sus reservas hoy en día es en unidades indexadas, que están evolucionando en el IPC. Por lo tanto, sus pasivos crecieron más rápidamente que sus activos, lo que les ha generado, entre otras cosas, una pérdida financiera importante. Esa es una de las razones por la que en los años anteriores el Banco de Seguros del Estado dio pérdidas. No es la única razón, pero sí tiene esta explicación financiera de descalce de balances. Y se ha creado un segundo problema. Dada la incertidumbre que existe en cuanto a la posibilidad de equilibrar el pasivo y el activo en sus monedas, las empresas aseguradoras privadas se han retirado del negocio. ¿Por qué? Porque el riesgo de su operativa ahora es mucho mayor, por no poder calzarse. En los hechos, esto ha provocado que el Banco de Seguros sea un monopolio. Un jubilado que hoy se retira por la AFAP tiene una sola opción y es la de recibir renta vitalicia por parte del Banco de Seguros del Estado. Y el banco lo está haciendo a pérdida, por las razones que acabo de mencionar.

                Es previsible que esta situación, de no corregirse, tienda a empeorar en el tiempo, porque nos encontramos aproximadamente a 22 años de la creación del sistema y en una fase de maduración, es decir, cuando más y más gente comienza a jubilarse. Por lo tanto, las AFAP empiezan a transferir a las aseguradoras una masa de recursos cada vez mayor. Para que los señores senadores tengan una idea, les digo que si hacemos una proyección pasiva –es decir, sin tener en cuenta el posible efecto de las desafiliaciones implícito en la ley de cincuentones recién votada; si nos abstraemos de eso–, se espera que el Banco de Seguros del Estado reciba en los próximos tres años USD 1.800:000.000 de masa de recursos que va a tener que administrar. Quiere decir que este fenómeno de descalce del que estamos hablando no hará más que agravarse. Esa es la situación y es por ello que hemos concurrido a este ámbito.

                Ahora bien, ¿cuál es nuestra propuesta?  

La propuesta parte de la base de que es primordial dar una solución a este descalce de monedas y plazos que tienen las empresas aseguradoras, las para-estatales y aquellas que se retiraron del negocio, para reducir el riesgo financiero de operar en ese mercado. Al mismo tiempo, pretendemos que en la medida en que generemos incentivos para que entren otras empresas, los jubilados puedan tener más de una opción para comprar renta vitalicia, se genere más competencia y accedan a mejores condiciones.

El tipo de ajuste dado es el del índice medio de salarios nominal y estamos proponiendo crear una nueva unidad de cuenta que llamamos Unidad Previsional, que varíe con el mencionado índice y tenga valuación diaria. Si el Parlamento está de acuerdo en crear esta moneda, el gobierno luego tiene pensado emitir en forma recurrente títulos que estén indexados a ella. Eso va a permitir a las empresas aseguradoras y a otras instituciones comprar esos activos financieros y calzar activo y pasivo.

                En la actualidad, en Uruguay existe una unidad de cuenta similar a la que estamos proponiendo: la Unidad Reajustable. Sin embargo, presenta dos diferencias. La primera de ellas es que la Unidad Reajustable varía con el índice medio de salarios líquido y aquí estamos diciendo que el calce que se necesita es para el nominal. La segunda, es que esta unidad es de variación mensual, pero si uno quiere desarrollar un mercado financiero cualquiera, tiene que obtener precios que varíen en forma diaria, por lo que estamos proponiendo que la unidad que se crea tenga valuación diaria. Esa es la fórmula que está establecida en el anexo de este proyecto de ley.

                Vayamos ahora a la fórmula metodológica. Lo primero que hay que decir es que esta fórmula, salvando ciertas diferencias metodológicas, es casi igual a la que hoy se utiliza en la UI, con la única diferencia que de que esta varía con el IPC y acá estamos proponiendo que la UP varíe con el índice medio de salarios nominal. ¿Cómo se construiría esta unidad? Tendría un valor de un peso el último día calendario del mes en que se vote la ley. Por ejemplo, si la ley se votase en marzo, el 31 de ese mes, la UP tendría el valor de $ 1. A partir de ahí, la variación de ese índice estaría de acuerdo a la variación del índice medio de salarios nominal del mes anterior y variará de tal forma que a fines de abril, el total acumulado de variación de la UP sea igual a la variación mensual del índice medio de salarios nominal del mes anterior. Por ejemplo, si el índice medio de salarios nominal anterior varió 1%, la UP va  a ir variando cada día de a pedacitos, hasta completar 1%. Eso es interpolar y permite tener un valor diario para la UP.

SEÑOR PRESIDENTE.- ¿Puede ocurrir que quede igual durante varios días y no varíe?

SEÑOR KAMIL.- No, porque la variación es multiplicativa y tiene que ir cambiando de tal forma de completar la variación del mes anterior. Lo que sí puede pasar –ha sucedido muy rara vez– es que por alguna razón el Instituto Nacional de Estadísticas se retrase uno, dos o tres días en la publicación del índice medio de salarios nominal, y en ese caso la ley prevé una forma metodológica, en consenso con este instituto, de cómo solucionarlo. 

                Por otro lado, hemos estado en contacto y en coordinación con el Instituto Nacional de Estadísticas en la construcción de esta nueva unidad en cuanto a su metodología, y el INE será el encargado de administrarla y de publicar todos los días el valor de la UP, tal como se hace ahora con la UI.

                Para terminar, quiero mencionar que la propuesta de creación de la UP está en consonancia y complementa los cambios que el Banco Central ha introducido al régimen previsional, que entraron en vigencia a principios de este año. Esos cambios son: tabla de mortalidad dinámica, máximo de ganancia bruta y tasa de interés técnica, que eventualmente será la tasa en UP. De ahí la importancia de desarrollar este mercado.

SEÑOR PRESIDENTE.- Damos por finalizado este tema y pasamos a las preguntas.

SEÑOR CAMY.- Saludamos la presencia del señor subsecretario y del equipo que lo acompaña.           

                Quiero hacer una pregunta puntual. Los instrumentos que se crean basados en la nueva unidad previsional, ¿podrán ser utilizados solo por las aseguradoras de fondos previsionales y las cajas paraestatales o por cualquier inversionista? Hago esta consulta porque en la exposición de motivos se habla solo de esas instituciones. Si fuera de acceso al mercado general, temo que terminaría desalentando la inversión en instrumentos, como la unidad indexada.

En el proyecto de ley no dice nada, por eso hago esta consulta.

SEÑOR KAMIL.- La pregunta es relevante.

                En la motivación de la creación de esta unidad previsional hay un problema de carácter macroeconómico del descalce en las empresas aseguradoras. Sin embargo, no hay nada previsto en el proyecto de ley que restrinja el acceso a este tipo de instrumentos por otros agentes de la economía. De hecho, en la exposición de motivos dice: «La existencia de esta nueva unidad posibilitará al Gobierno, y eventualmente a otros agentes de la economía, la emisión de instrumentos de mercado denominados en la nueva moneda». Por su contracara, también permitirá a otros inversionistas, que no sean las aseguradoras, comprar esos nuevos instrumentos. Entonces, hay libertad tanto del lado de la oferta como del lado de la demanda.

SEÑOR HEBER.- Creo que fue buena la explicación del economista en cuanto a la situación del Banco de Seguros del Estado y eventualmente de otras aseguradoras que ingresen en función de que se implemente esta unidad previsional.

                Para la colocación de USD 1.500:000.000 en los próximos tres años, básicamente se va a buscar esta UP y, además, se va a ir al mercado de papeles que, de alguna manera, el Estado va a emitir. Quisiera saber si todo esto termina en una emisión por parte del Estado de papel en UP y si tendrá un costo país que tendremos que pagar en base a un endeudamiento, producto del descalce de la moneda por el índice medio de salarios. ¿Entendí bien? El costo de ese interés que vamos a pagar en el papel que se va a emitir es para evitar el descalce de las aseguradoras y del Banco de Seguros del Estado y es un costo que va a tener la sociedad uruguaya.

SEÑOR KAMIL.- Voy a hacer una aclaración de base.

                Si el mercado en Uruguay ya hubiese desarrollado naturalmente la UP, el Gobierno no tendría necesidad de introducir una nueva unidad y, por lo tanto, un nuevo instrumento. Esto quiere decir que lo que estamos haciendo es, en cierta forma, acomodar la estrategia de endeudamiento del Gobierno –que siempre va a tener como objetivo principal autofinanciarse–, a otros problemas macroeconómicos que hay en la economía.

                En segundo lugar, la posible emisión de deuda en UP será parte de una estrategia o un calendario de emisiones que tiene Uruguay durante el año. Si tenemos cien para emitir y el día de mañana emitimos veinte en UP, vamos a dejar de emitir veinte en otros instrumentos. Esto forma parte de las herramientas que tenemos.           

                Respecto a la tasa de interés, todos los activos financieros que hay –la deuda y otros– arbitran con instrumentos en UI, en dólares y en pesos nominales. Entonces, como pasa siempre, la tasa de interés que pague el Gobierno dependerá de la tasa que esté dispuesto a cobrar el mercado y del volumen que queramos colocar.

                Para contestar brevemente, esto no significa un costo adicional a toda la deuda que ya teníamos que emitir, sino que va a permitir rebalancear los instrumentos que tenemos.

SEÑOR HEBER.- Todo esto se produce porque el índice medio de salarios tiene un crecimiento, lo que es bueno, ya que repercute en las jubilaciones del BPS y de las que están obligadas por la Constitución a dar las AFAP. Hasta ahora no existe otro tipo de inversiones, pero quizás podamos prever con cierto optimismo que en el futuro las aseguradoras hagan alguna otra inversión que les dé una rentabilidad mayor a la que pueda tener la UP. Eso lo determinará la vida misma del país, pero, si se da un mercado, puede darse la posibilidad de que no sea conveniente invertir en papeles de UP sino en algún tipo de inversión productiva. ¿Es factible eso?

SEÑOR KAMIL.- Es factible sí. De hecho, bajo ciertas restricciones, hoy las empresas aseguradoras y las AFAP tienen la capacidad de alocar su portafolio como les parezca más conveniente.

                Creo que aquí lo que hay que distinguir es el valor que efectivamente tenga la UP respecto al dólar en los próximos años con la decisión de hoy. Acá estamos hablando de riesgo. Las aseguradoras tienen negocios de veinte o treinta años; entonces, se vuelve muy importante poder manejar ese riesgo de descalce. Puede ser que el descalce me termine beneficiando o perjudicando, pero lo cierto es que si existe ese riesgo se desestimula a las aseguradoras. Eso es lo que ha pasado en los hechos; desde hace diez años las empresas aseguradoras se han retirado del mercado y no se ha generado ninguna unidad como la que estamos proponiendo para que se produzca ese recalce. Creemos que este es el momento de dar ese paso. 

SEÑOR DELGADO.- Señor presidente: quiero hacer una consulta en función de una afirmación que se hace en la exposición de motivos. Cuando se hace referencia al desarrollo del mercado asegurador de rentas vitalicias se dice que el único oferente hoy es el Banco de Seguros del Estado. Yo tenía entendido que había algún otro oferente, pero ustedes aseguran que, de hecho, el único es el Banco de Seguros del Estado. ¿Esto es así?

SEÑOR KAMIL.- Es así. Hoy por hoy, una persona que se jubila por el régimen de AFAP solo puede comprar una renta vitalicia a través del Banco de Seguros del Estado. Lo que sí hay todavía son empresas aseguradoras que estaban en el mercado hace diez años y que generaron contratos que aún están vigentes. En los hechos, el Banco de Seguros del Estado es quien ha apuntalado el mercado y es el único oferente; es el que asegura la segunda pata del régimen previsional, la de la jubilación. Por eso es tan importante que las finanzas del Banco de Seguros del Estado estén sólidas para seguir proveyendo ese servicio.

SEÑOR HEBER.- Voy a realizar una última pregunta para poder entender bien este tema porque después tendremos que explicarlo en la bancada.

                La renta vitalicia se calcula en función del ahorro de la vida laboral de una persona y se hace una proyección hacia adelante, ¿de cuántos años de vida estamos hablando? Se me dijo que el cálculo de renta vitalicia llegaba hasta los 103 años.

SEÑOR KAMIL.- Cuando una persona se jubila y tiene $ 100 en la cuenta, va al Banco de Seguros del Estado y dice: «Quiero comprar una renta vitalicia por equis años». En ese caso, el banco va a ver cuánta plata tiene ahorrada, cuántos años le quedan de vida –porque se va a tener que distribuir mes a mes para que dé justo los años esperados– y la tasa de interés que el banco le va a pagar por administrar su plata; estos serían los tres parámetros.

La tabla de mortalidad, que es la que determina cuántos años de esperanza de vida le quedan a la persona, fue recientemente actualizada por el Banco Central del Uruguay y se tiene pensado actualizar esa tabla con cierta frecuencia; por eso se dice que es una tabla de mortalidad dinámica. Desde que se publicó la última tabla de mortalidad, la esperanza de vida de las mujeres aumentó casi siete años al nacer; ese ha sido un cambio muy positivo que Uruguay ha tenido en términos de bono demográfico en los últimos 25 años. La actualización refleja las mejores condiciones de lo que se llama sobrevida, cuántos años me quedan por vivir desde que me jubilo. Hoy, según las tablas de mortalidad, la esperanza de vida no llega a 103 años; de hecho lo que se ha extendido es hasta qué año se espera que la persona viva, pero no llega a los 103 años. Otra cosa que ha pasado es que ahora no se discrimina por género. Puede ser que se haya publicado hasta 103 años simplemente porque va a quedar vigente durante años y la esperanza de vida se va a ir corriendo, pero las tablas de mortalidad en Uruguay no tienen implícita una esperanza de vida de 103 años.

SEÑOR PRESIDENTE.- De cualquier manera las tablas las marca el Banco Central del Uruguay a través de otra normativa. Este punto no corresponde a la unidad previsional, que refiere a que el Banco Central del Uruguay tenga sus finanzas sólidas y puedan entrar otros integrantes al mercado.

SEÑOR KAMIL.- Me acota la compañera que, en realidad, la esperanza de vida es un valor, pero luego el Banco Central del Uruguay publica la probabilidad de llegar a cada edad. Puede ser que la posibilidad de llegar a 103 años sea muy baja y, si uno tuviera que hacer una estimación, no diría 103 años.

SEÑOR MUJICA.- Por este concepto, ¿cuánto ha perdido el banco? ¿Qué perspectiva de pérdida habría en la próxima década si no se aprobara este proyecto? No pido una cifra exacta, sino una ponderación para tener idea de la magnitud del problema que tenemos.

SEÑOR KAMIL.-  La estimación de las pérdidas totales que tuvo el año pasado el Banco de  Seguros del Estado por el segmento de renta previsional, que es uno de los tantos que tiene, es aproximadamente de USD 65:000.000. No tenemos proyecciones de cuáles serían eventualmente las pérdidas hacia adelante; lo que sí está claro es que los ajustes que hizo el Banco Central del Uruguay van en la dirección de mejorar sus cuentas, porque ahora las tablas de mortalidad reflejan más claramente que la gente va a vivir más tiempo, pero las pérdidas han sido importantes.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no hay más preguntas, le cedemos el uso de la palabra al señor subsecretario, a fin de que haga referencia a la segunda carpeta en tratamiento, relativa a la devolución del Impuesto al Valor Agregado –IVA– a productores de ganado bovino y ovino en la adquisición de gasoil.

SEÑOR SUBSECRETARIO.-  En este caso, el Poder Ejecutivo envió un proyecto de ley para incorporar como beneficiarios de la devolución del IVA incluido en el gasoil a los productores ganaderos. Como los señores senadores recordarán, el proyecto de ley enviado en su momento –convertido en la Ley n.º 19595– habilitaba la devolución del IVA al gasoil a los productores arroceros, lecheros y hortofrutícolas que tributaran Imeba.

Claramente hay una preocupación del Poder Ejecutivo de beneficiar a los pequeños productores, que son aquellos que en general tienen menos posibilidades de afrontar situaciones adversas. Además, implica poner en un pie de igualdad a estos contribuyentes con los productores más grandes que tributan IRAE y pueden deducir el IVA incluido en el gasoil. En este caso, se quiere incorporar a los productores ganaderos porque se entiende que es necesario. Esto surge de las conversaciones que ha tenido el Poder Ejecutivo con los representantes de las gremiales agropecuarias y con los denominados autoconvocados, donde se solicitó expresamente incorporar a los productores ganaderos que tributen Imeba. Eso fue analizado por el Poder Ejecutivo y, fruto de ese análisis y ese diálogo, hoy estamos presentando este proyecto de ley.

                Para avanzar en la descripción del proyecto y sus implicancias, quisiera que haga uso de la palabra la economista Ana Inés Morató.

SEÑORA MORATÓ.- El proyecto es muy simple y consta de un artículo único. Básicamente, pretende replicar las mismas condiciones que se dieron a los productores lecheros, arroceros y hortofrutícolas. Se establece la devolución del IVA incluido en sus compras de gasoil. Eso se haría en las mismas condiciones, o sea al mes siguiente de la compra. El tope máximo se establece con el mismo criterio que tiene el IRAE para los productores ganaderos; el 0,4 % refleja de algún modo la estructura de costos del sector.

                Estimamos que este beneficio alcanzará a unos 14.300 productores, que representan más o menos el 90 % del total de productores del sector ganadero que contribuyen a la DGI. La cifra de recursos para esto sería aproximadamente de USD 4:000.000 anuales.

SEÑOR SUBSECRETARIO.- Básicamente, estamos hablando de una medida que beneficia a la enorme  mayoría de los productores ganaderos, al 90 % –unos 14.300, tal como mencionaba la economista Morató– y que suma un costo fiscal de USD 4:000.000. En conjunto con todas las medidas tomadas hasta el momento por el Poder Ejecutivo, esto implica una renuncia fiscal del orden de los USD 18:000.000. Estamos hablando de lo que fueron las rebajas en la energía eléctrica –algunas ya ocurridas el año pasado y otras en vigencia en este momento–, de la devolución del IVA al gasoil a los sectores ya mencionados y de la congelación de las rentas en el Instituto Nacional de Colonización. Todo ese paquete de medidas implica un costo fiscal de unos USD 18:000.000.

Como decía la economista Morató, se seguirá con el mismo régimen de devolución que, en el caso de los otros sectores, la Dirección General Impositiva junto con el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y las gremiales rurales han venido trabajando de manera muy intensa, a los efectos de bajar a tierra  todos los aspectos concretos de esa devolución. Además, ya está funcionando el mecanismo para los sectores a los cuales se les brindó este beneficio en la ley aprobada. Eso transcurre sin problemas; la primera devolución de dinero se estará haciendo a mediados de abril por el IVA en el gasoil que estos productores consuman en el mes de marzo. La idea es incorporar cuanto antes a los sectores ganaderos.

SEÑOR PRESIDENTE.-  Agradecemos la presentación del proyecto de ley.

SEÑOR DELGADO.-  Vamos a empezar haciendo referencia casi al mismo argumento que dimos cuando recibimos el proyecto de ley anterior, que acompañamos pero dejando algunas constancias. En lo personal –en aquel momento lo compartimos con los miembros de nuestro partido en la Comisión de Hacienda y también en el Senado–, preferimos medidas más generales vinculadas al precio del gasoil y no este tipo de medidas administrativas que, en definitiva, tienden a buscar soluciones parciales para algunos sectores donde creemos que el impacto verdaderamente tiene que ver con medidas generales.

El señor subsecretario tiene algunas propuestas que hicimos en la Comisión Permanente –en una instancia en la que solicitamos la comparecencia de las autoridades de los Ministerios de Economía y Finanzas y de Industria, Energía y Minería– sobre medidas sobre todo administrativas que tienden a poder bajar el precio del gasoil de manera general, lo que a mi juicio sí produce un impacto en todos los sectores, fundamentalmente en aquellos que dinamizan la economía. Más allá de la cantidad de productores afectados, esto también pasa –quizá no de manera tan importante como en el sector lácteo– en el sector ganadero, que generalmente reciben mayor impacto económico. Cuando se mueve la aguja de la economía vinculada a la actividad agropecuaria, observamos que no es la que está alcanzada por estas medidas, sino los productores, que justamente van por otra vía de tributación.

                Queremos dejar en claro que antes que nada preferimos medidas generales vinculadas al precio del gasoil. Hay posibilidades administrativas de bajar el precio y acercarlo bastante a la paridad de importación. Eso tendrá un carácter general, más efectivo y un impacto más real sobre el sector productivo en general, no solo sobre el agropecuario, sino también sobre el transporte, que incide cada vez más en la paramétrica y, obviamente, en cada uno de los elementos en los que está incluido el transporte en la conformación de su precio.

                Por otro lado, cuando tratamos el proyecto de ley anterior relativo a los productores lecheros, arroceros y hortifrutícolas –en el que se les devolvía el IVA  a quienes tributaban Imeba, por medio de un mecanismo que va a ser el mismo que este y que acompañamos en el Senado con las consideraciones que realicé previamente– propusimos extender el beneficio a más sectores. Nos parecía lógico hacerlo porque  no compartíamos la idea de elegir y darles el beneficio a un sector sí y a otro no; no solo es poco práctico, sino que además es una señal complicada.

                En ese momento, hablamos del sector ganadero y citamos otros ejemplos –como el sector apícola y los productores de caña de azúcar– que tienen deducciones diferentes y que acá no están incluidas. Por eso planteamos un proyecto de ley que quizás no es el que más nos gusta –porque va en contra de lo que dije al principio sobre medidas generales–, pero ante la realidad planteada por el Poder Ejecutivo, más allá de reclamar lo primero, vamos a insistir en mejorar lo segundo. En ese sentido, propusimos un proyecto de ley por el que facultamos al Poder Ejecutivo a ir incorporando sectores a este mecanismo que aprobamos la otra vez y que ahora se amplía con la inclusión del sector ganadero y ovejero. ¿Por qué? Porque teniendo en cuenta la situación actual, si bien los niveles de consumo tienen realidades, impactos e incidencias diferentes en la elaboración de los costos según el tipo de producción –eso podrá decirlo la Opypa–, el costo del gasoil cada vez impacta más. Además, la actividad va cambiando. En el año 2007 presentamos un proyecto de ley que sustituía el Imesi por el IVA en el gasoil y fue aprobado por unanimidad; luego el Poder Ejecutivo decretó topes de deducción de IVA por gasoil por nivel de actividad, en función de porcentajes según la facturación anual. Para la ganadería estableció un 0,4 %, que es el que estamos considerando, pero hoy el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y algunas otras instituciones vinculadas con el agro, seguramente en sectores productivos –sobre todo en los más intensivos o que tienden a serlo–, obviamente tienen mejores niveles de productividad y la incidencia del gasoil es mayor que esto, entonces el 0,4 % del total de la facturación termina siendo absolutamente testimonial. Hoy día en la ganadería también se usa gasoil, también hay encierros, destetes precoces y una cantidad de mecanismos que permiten y que obligan a utilizar mayor cantidad de gasoil en la producción agropecuaria; quizás hace diez años esa no era la realidad pero hoy sí la es. Por ende, en lo personal, creo que la señal debería ser –en caso de optarse por el camino de la devolución del IVA del gasoil a quienes tributen Imeba– facultar al Poder Ejecutivo para no quedar restringidos.

De lo contrario, ¿saben qué va a pasar? Dentro de quince días vamos a tener que aprobar otro proyecto de ley para que pueda incorporarse otro sector porque van a darse cuenta de que, por ejemplo, el sector de la caña de azúcar

–que está teniendo problemas reales, de supervivencia más que de competitividad– va a necesitar lo mismo, y está bien. Pero lo van a necesitar los apicultores, los agricultores más pequeños, no los agrícolas que tributan IRAE sino los que hacen quince, veinte o treinta hectáreas de chacra que hoy no están pudiendo sobrellevar la situación, como quienes tributan IRAE, que tienen la posibilidad de deducir de la agricultura de secano parte del IVA del gasoil del total de facturación. Pero quienes tributan Imeba no pueden hacerlo; eso nos parece absolutamente injusto.

                Entonces, sería totalmente lógico dejar abierta una facultad al Poder Ejecutivo para que pueda ir incorporando sectores en función de las necesidades; seguramente eso evitará que cada veinte días tengamos que aprobar un proyecto de ley.

                La otra observación que iba a hacer –me parece que ya la hice en aquel momento pero quiero reiterarla– es que me parece que es un error establecer por ley topes de devolución, o sea, porcentajes de devolución, porque uno queda atado a esos topes con poco margen de adaptación a la realidad y sin poder jugar con los niveles de deducción. En realidad, se podría decir que en el sector del arroz poder deducir el 4 % del IVA del gasoil a quienes tributan IRAE o de devolverle el IVA del gasoil a quienes tributan Imeba, sobre el total de facturación es casi la totalidad del IVA del gasoil que consumen. Los arroceros dicen que está bastante cerca de esa cifra; incluso que hasta está en términos bastante justos, pero seguramente habrá otros sectores que estén muy lejos de esta cifra: el 1,1 % en la lechería y el 0,4 % en la ganadería –que me parece que es la realidad agropecuaria de hace muchos años, no la actual. Entonces, establecerlo por ley deja al Poder Ejecutivo muy atado –no olvidemos que estos son espejos a las deducciones que tienen quienes tributan IRAE; son los mismos porcentajes de devolución del IVA al gasoil–, y tan atado queda que cuando se elaboró el proyecto de ley en el año 2007 se determinó que el Poder Ejecutivo lo reglamentara y lo que este hizo fue establecer los topes por decreto para poder tener margen para adaptarse a la realidad, a las innovaciones tecnológicas, a situaciones productivas y coyunturales. La verdad que establecer topes por ley me parece que es atarse de pies y manos innecesariamente.

Por eso voy a insistir con las dos cosas. No soy muy afecto a este tipo de leyes parciales, ni voy a volver sobre el tema general, pero creo que hay que hacer algo mucho más abierto. Inclusive, en esta lógica que el Poder Ejecutivo definió, poder hacerlo de un modo más amplio, más facultativo, a efectos de que se puedan ir incorporando algunos sectores. Nombré tres, pero puede haber otros más. Dentro de los pequeños agricultores, pueden incluirse los que tributan Imeba, los sectores apícolas, los productores de caña de azúcar y, además, que los topes se puedan dejar librados a la reglamentación para que por vía de decreto podamos establecer circunstancias diferentes en función de lo que manifesté anteriormente.

SEÑOR CAMY.- Voy a ser muy concreto.

                En febrero de este año estuvimos en el debate de lo que terminó siendo la Ley n.º 19595 sobre este tema en cuestión. En lo personal, creo que lo más conveniente sería que el Parlamento votara el proyecto de ley del senador Álvaro Delgado, ya que generaliza todas las ramas productivas y faculta al Poder Ejecutivo, sin necesidad de tramitar otro proyecto de ley ante eventuales crisis, así como en crisis que no son eventuales sino que existen en la actualidad en otros sectores de actividad. Además, faculta a la prórroga automática que se establece en la Ley n.º 19595 por el término de un año.

                Quiero hacer dos preguntas.

                En primer lugar, si bien me quedó clara la exposición expresada por la economista Morató, quiero reafirmarlo, porque se estima que el costo fiscal de esta medida para el 2018 es de USD 4:000.000. Me acotan que es correcto. Además, quiero saber, si está disponible, cuál fue el monto del IVA por compra de gasoil en el ejercicio 2017 para todos los productores que tributaron el IVA y que absorbieron dentro de los costos la compra de combustible.

                La otra pregunta que quiero hacer es por qué no se extiende el beneficio para las adquisiciones de los productores que tributan Imeba en las adquisiciones de otros insumos y servicios gravados. Según la información que nos pasó el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, en el ejercicio 2016, el IVA y el Imeba para los productores cargado a costos, fue de USD 23:000.000. Obviamente, que me van a decir: «Si todos pedimos, hay un tema de caja restringida». Yo me refiero a si no se toma como una medida que puede terminar de impulsar más seriamente la reactivación en este momento.

                Por otro lado, supongo que la instrumentación práctica tendrá el mismo beneficio.

SEÑOR SUBSECRETARIO.- Primero que nada, quiero agradecer la expresión de confianza, porque las dos modificaciones propuestas por el senador Delgado son facultades que se conceden al Poder Ejecutivo. Estas modificaciones las analizaremos y daremos nuestra opinión. Nosotros entendemos, luego de un análisis sectorial, que aquellos que presentaban mayores dificultades eran los incluidos en el primer proyecto de ley, es decir, en la Ley n.º 19595 y, luego, fruto de ese diálogo surgió la necesidad

–expresada por las gremiales agropecuarias y los otros movimientos que estaban sentados en la mesa de conversación y negociación– que era de recibo el planteo de los productores ganaderos. En ese sentido, estamos planteando este proyecto de ley.

                En cuanto al tope de deducibilidad, nosotros entendemos que se ajusta a las estructuras de costo aunque, por supuesto, en los promedios siempre puede haber casos particulares que no entren dentro de esos parámetros. Entendemos que, en líneas generales, estas estructuras de costos están reflejadas en los porcentajes propuestos por el Poder Ejecutivo.

                Nos parecía una cuestión de transparencia, de previsibilidad y de certeza que los porcentajes quedaran fijados por ley para que todos tuviéramos las reglas claras y pudiéramos atenernos a ellas. Si los porcentajes fueran una suerte de blanco móvil, la situación podría quedar sujeta a la capacidad de diálogo o de presión de los distintos sectores y nos parece que eso no sería lo más adecuado; no habría certezas a la hora de generar la política pública. Por estas razones, el Poder Ejecutivo optó por poner estos porcentajes en el proyecto de ley. Obviamente –como decía antes–, podrá haber algún caso que no se ajuste exactamente, pero en términos generales y de acuerdo con los estudios que ha hecho el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca junto con la DGI, parecería que estas estructuras son las adecuadas.

                Por otro lado, cabe acotar que el mecanismo es exactamente el mismo. De hecho, tal como está redactado el proyecto de ley –y se señala en su artículo 1.º–, se establece que los productores ganaderos se adhieran a lo establecido por la Ley n.º 19595. En consecuencia, tanto el mecanismo como el plazo son exactamente los mismos; de hecho, la DGI ya ha conversado con los productores ganaderos a los efectos de que vayan guardando sus comprobantes durante el mes de marzo, porque si la iniciativa es aprobada podrán hacer la deducción de este mes y contar con la primera devolución del IVA en abril. Sobre esto ya se ha estado trabajando.

                Con respecto a una pregunta que hacía el señor senador Camy, si el señor presidente lo permite, me gustaría ceder el uso de la palabra a la economista Morató.

SEÑORA MORATÓ.- Si entendí bien, el señor senador Camy quería saber cuál es la recaudación del IVA que no es deducible para los productores agropecuarios que no tributan IRAE.

SEÑOR CAMY.- Es el monto de IVA por la compra de gasoil durante el ejercicio 2017 de los productores que tributan Imeba.

SEÑORA MORATÓ.- De acuerdo con un trabajo que hicimos en conjunto con la DGI, estamos hablando aproximadamente de 27 millones de dólares. Como consecuencia, el costo de este proyecto de ley más el que ya fue aprobado es, más o menos, un tercio de la recaudación total. En otras palabras, se trata de la resignación de un tercio de la recaudación total por ese concepto.

SEÑOR HEBER.- El señor subsecretario defiende con calor las iniciativas, a veces con buenos argumentos y otras veces notamos que hace un gran esfuerzo.

                Me pregunto por qué poner el 0.4 % por el tema de la transparencia cuando los topes siempre los ha puesto la oposición, que es la que desconfía del Poder Ejecutivo. Justamente, la oposición pone topes porque no les quiere dar amplitud de decisión, pero acá se da una rara situación donde el Poder Ejecutivo se pone topes a sí mismo.

                Nosotros decimos que facultamos al Poder Ejecutivo –es un poco lo que han presentado los señores senadores Delgado y Camy– a fin de que tenga los brazos libres para atender las diversas situaciones. Si tienen temor de que esto se les pueda ir de las manos, les recuerdo que están acotados en función de que están excluyendo a los productores que aportan IRAE. Sin embargo, se dice: «El límite máximo del beneficio no podrá superar el 0,4 % de los ingresos originados en la venta de ganado bovino y ovino, correspondientes al último ejercicio fiscal cerrado, facultándose al Poder Ejecutivo a establecer montos fictos de ingresos para aquellos contribuyentes de los que no se disponga información». ¡Nos metemos en un laberinto! 

En este caso, frente a la situación que se está viviendo, se van a tomar medidas que, a nuestro juicio, podrían ser mayores –no es el momento de discutirlo acá–, ante lo cual me pregunto: ¿por qué acotarlo? ¿Cuál es el criterio? No se trata de un tema de transparencia, ya que vamos a estar permanentemente fiscalizando lo que está dando el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. La transparencia está en función de lo que se publique en las páginas web que tendremos que revisar continuamente para que no haya –en los decretos anteriores no ha existido– ningún tipo de cuestionamiento, ni de los actores ni de la oposición, de cómo el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca ha venido aplicando el 0,4 %.

                Solicitamos que el Poder Ejecutivo reflexione sobre este tema, porque los que mañana aspiramos a ser titulares de ese poder queremos tener las manos libres como para aplicar medidas que atiendan situaciones que puedan ser límites, o a sectores

–como mencionó el senador Delgado– que no tendrían acceso a ese beneficio.

Los productores que pagan Imeba son, esencialmente, chicos porque en su gran mayoría no tienen posibilidades de pagarle a un contador para que les realice la liquidación del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas. Por lo tanto, debemos facilitarles eso porque, en definitiva, se estaría dando una situación de injusticia entre quienes tienen un volumen suficiente como para pagarle a un contador  y aquellos que no tienen esa posibilidad y pagan el impuesto. Entonces, no les podemos pedir que también lleven las boletas que, muchas veces, las tienen en el bolsillo de una camisa.

Creo que existe una realidad que sería importante tener en cuenta y, mi juicio, el artículo es muy rígido. Si se quiere agregar el tema del IRAE, me parece que está mucho mejor propuesto por el senador Delgado.

Solicitamos, entonces, esa reflexión porque cuando la oposición propone –como en este caso– darle más facultades, el Poder Ejecutivo dice que no las quiere. Estamos ante una situación un poco rara.

SEÑOR DELGADO.- En mi intervención inicial omití decir –lo dijo el senador Camy y lo quiero reafirmar– que el proyecto de ley tiene una segunda parte muy relacionada a una discusión que se dio en la comisión y en la que tuvo mucho que ver el actual presidente.

                Casi plagiándolo, quisimos agregar la potestad de endosar confianza al Poder Ejecutivo –cosa que será difícil de explicar, por lo menos en el Senado, pero aquí se trata de hacer lo que es posible y no lo que uno quiere– para que pueda prorrogar, si es necesario, el régimen y no tener que dar nuevamente una discusión. De esa forma se tendría más margen. Un año, en términos agropecuarios, es muy poco tiempo y así, no solo ampliamos la facultad del Poder Ejecutivo para  incorporar más sectores –yo mencioné solo tres: el apícola, los agricultores pequeños y el sector de la caña de azúcar–, sino también para que pueda prorrogar el régimen.

                Esa es la afirmación que omití hacer en mi intervención original.

SEÑOR SUBSECRETARIO.- Esta es para mí una comparecencia un tanto diferente. Recuerdo que cuando venía como director general de rentas no me daban tantas facultades.

En primer lugar, vamos a reflexionar sobre los planteos que nos han hecho los señores senadores y los tendremos en cuenta. En segundo término, quiero dejar constancia de que el mecanismo –como decíamos– es el mismo que se utiliza para los otros sectores y no implica ninguna complejidad para los productores que tributan Imeba. Si bien el tope de la devolución está fijado como un porcentaje de las ventas, no significa que cada productor tenga que ir con los papelitos a declarar cuánto vendió. Como la DGI y el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca tienen información de toda la cadena agropecuaria, ese tope se puede calcular de manera automática y el dato se pone a disposición en la web. Quiere decir que el productor no tiene que hacer nada, y en el caso de que no se tenga la información exacta de un productor, la DGI establece un ficto. Por lo tanto, no hay complejidad administrativa. Se podrá estar o no de acuerdo con el tope o se podrá discutir si  hay que modificarlo, para lo cual hay que tener una potestad, pero esa es otra discusión. De cualquier manera, me parece pertinente   señalar que no hay un costo administrativo porque la información ya está a disposición de la DGI y del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Para aquellos productores muy pequeños y que bordean en algunos casos la informalidad, se tiene la posibilidad de fijar un ficto, que está a disposición en la web. Quien entienda que ese ficto –que se le permitirá deducir como tope– no es el correcto, tendrá la posibilidad de demostrar que amerita contar con un beneficio mayor. Por lo tanto, la inmensa mayoría de los productores –a no ser que alguien quiera controvertir el máximo que se le está dando como beneficio– no tendrá que hacer ningún trámite. Simplemente irá con su cédula o con su tarjeta de RUT y cobrará el dinero en una red de cobranzas o solicitará a su banco que le avise a la DGI que lo deposite en su cuenta. Quiere decir que ni siquiera tiene que hacer algún trámite en la DGI.

                Estas eran las dos constancias que deseaba realizar, más allá de que vamos a considerar las modificaciones propuestas que refieren a la extensión del plazo, a la libertad para la fijación de topes y a la posibilidad de incorporar a otros sectores.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no hay otras observaciones, pasamos a analizar el tercer proyecto de ley relativo a la contribución inmobiliaria rural.

SEÑOR SUBSECRETARIO.- Continuando con el análisis de los proyectos de ley, ahora vamos a exponer sobre la iniciativa que otorga rebajas en la contribución inmobiliaria rural a los productores agropecuarios. Vamos a comentar la casuística que está comprendida en dos artículos, el 1.º y el 2.º. Se trata de dos rebajas diferentes que abarcan a universos distintos.

                Antes de ello, queremos decir como contexto –esto está escrito en la exposición de motivos– que la contribución inmobiliaria rural pasó de ser la primera fuente de financiamiento de las intendencias –esto ocurrió a fines de los años ochenta y principios de los noventa– a ser la tercera. Tuvo un descenso importante, de más del 40 % en cuanto al peso relativo que tenía, y quedó bastante por debajo de lo que es la recaudación de las patentes, que hoy es la principal fuente de ingreso de las intendencias, seguida de la contribución inmobiliaria urbana y de la contribución inmobiliaria rural, que está en tercer lugar, como dije antes.  

                En este caso, el costo fiscal de estas medidas se ubica entre los USD 7:000.000 u USD 8:000.000. El tope máximo de costo puede llegar al entorno de los $ 260:000.000 o $ 280:000.000, pero pensamos que, a la hora de efectivizarse la medida, se va a situar más en el orden de los USD 8:000.000.

                Cabe recordar que la recaudación total de la contribución inmobiliaria rural del año 2016 se ubicó en unos $ 2.384:000.000 que, como decíamos, son la tercera fuente de financiamiento de las intendencias.

Hablábamos de un costo que estará en el entorno de los $ 250:000.000 y cabe destacar que la transferencia de Rentas Generales del Gobierno central a  las intendencias supera los $ 15.000:000.000 anuales; digo esto para tener la dimensión de los números de los que estamos hablando. Quiere decir que se trata de $ 250:000.000 y, si tomamos en cuenta lo que son los ingresos por esas tres vías –patentes, contribución inmobiliaria urbana y contribución inmobiliaria rural– y le sumamos las transferencias del Gobierno central, nos da que la resignación fiscal derivada de la rebaja de la contribución inmobiliaria rural implica una disminución del 0,8 % de los ingresos de los Gobiernos departamentales del interior, excluido el de Montevideo. Quiere decir que estamos hablando de una disminución de recaudación inferior al 1 %.

                Por otro lado, también se buscó guardar una cierta proporcionalidad en cuanto a los pesos relativos de los ingresos departamentales y nacionales a la hora de hablar de la carga tributaria que soporta el sector agropecuario. Según los datos de Opypa, la carga tributaria del sector se ubica en el entorno de los USD 280:000.000, de los cuales un tercio es recaudación que obtienen los Gobiernos departamentales y, dos tercios, el Gobierno nacional.

¿Por qué digo que se trató de guardar esa relación? Como decíamos hoy, el paquete de medidas impulsado tanto en la rebaja de la energía eléctrica como en la congelación de rentas del Instituto Nacional de Colonización y la devolución del IVA al gasoil para los sectores que hemos mencionado, implica una resignación fiscal del entorno de los USD 18:000.000. En este caso estamos hablando de una resignación fiscal que se ubica, como decíamos, en el entorno de USD 7:000.000 u USD 8:000.000 y, por lo tanto, mantiene esa relación de un tercio y dos tercios, igual a lo que es la recaudación y los ingresos que se obtienen por los tributos que paga este sector.

                El artículo 1.º del proyecto de ley refiere, de alguna manera, a restablecer una rebaja, una reducción del 18 % que ya estaba vigente y que fue derogada en la ley de presupuesto del período 2015 – 2020. En este caso, se está restableciendo esa reducción para aquellos propietarios que exploten, a cualquier título, padrones rurales que en su conjunto no excedan las mil hectáreas. Quiere decir que se excluye a aquellos propietarios que superen la tenencia de mil hectáreas. Recalcamos que el artículo alude a propietarios que exploten los padrones a cualquier título, es decir que aquí nos estamos refiriendo a aquellos que utilicen directamente los padrones o que los arrienden; no hay diferenciación.

 En este caso estamos hablando de una medida que llega aproximadamente al

 84 % u 85% de todos los productores agropecuarios.

                El artículo 2.º establece una reducción adicional del 10 % del monto a pagar, pero contiene algunas diferencias en relación con el artículo 1.º. En primer lugar, la disposición es para productores –o sea, en este caso, no se habla de propietarios que exploten padrones a cualquier título– que explotan directamente los padrones. En segundo término, refiere también a aquellos productores que exploten directamente los padrones y que sean contribuyentes directos del IRAE, es decir que los excluye. Esto indica que esta propuesta tiene un sesgo hacia los productores más pequeños y, en ambos casos, se habla de mil hectáreas índice Coneat 100.

                En síntesis, esta medida beneficia a una abrumadora mayoría de contribuyentes de este impuesto y, para los productores involucrados, la rebaja en la Contribución Inmobiliaria Rural supondrá aproximadamente la reducción de USD 1,3 por hectárea. Hoy, lo que se paga, en promedio, se ubica en el entorno de los USD 5 por hectárea. Estos son valores anuales, es decir, estamos hablando de una rebaja de más del 20 % en promedio, para quienes serán alcanzados por esta medida.             Como dijimos antes, alcanza a la enorme mayoría de los productores con universos algo diferentes en relación con el artículo 1.º y el 2.º.

SEÑOR CAMY.- Para mí, el enfoque de este tema es central. Incluso, estos conceptos me han llevado a tener diferencias con el señor presidente de la comisión, pero él sabe el respeto y el aprecio que le tenemos, de modo que lo planteamos en tono jocoso.

                Antes que nada, aclaro que voy a hablar a título personal y no en nombre de mi partido. Me interesa analizar esta situación y adelanto que voy a votar, no en función de la pelea sobre qué caja absorbe este costo –la Administración central o los gobiernos departamentales–, sino poniéndome al lado de los ciudadanos, que es lo que deberíamos hacer en todos los casos. Efectivamente, a mi juicio, hay un sector que debe ser beneficiado, porque, por las particularidades que tiene, se beneficiaría al sector históricamente más desprovisto de ayuda que ha tenido este país: el interior de la república.

                La última Ley de Presupuesto de 2015, derogó la rebaja del 18 % en el pago de la Contribución Inmobiliaria Rural, y ello tuvo un alto impacto en la recaudación de los gobiernos departamentales. En particular, estoy al tanto del departamento de San José

–que es donde vivo–, donde representó aproximadamente USD 1:000.000  más de ingresos en el ejercicio 2016. Este impacto se suma a las exigencias propias de los productores rurales familiares y a otras que se agregaron, como la de estar inscriptos en el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca para tener derecho a la exoneración que rige para las 50 hectáreas, que limitó a la baja el número de productores que pudieran acceder a este beneficio. Me hago cargo de esto, pero lo cierto es que estas medidas fueron acordadas o, por lo menos, eran conocidas, por el Congreso de Intendentes.

                En esta oportunidad, está en trámite un proyecto de ley que devuelve el beneficio, pero a un número acotado de productores, o sea, tal como señaló el señor subsecretario, a los propietarios que exploten a cualquier título padrones que en su conjunto no excedan las mil hectáreas índice Coneat 100 e incluso una reducción del

10 % adicional para aquellos productores que no tributen IRAE.

                Pensaba hacer dos preguntas concretas. Una de ellas ya se contestó, pues se presentó el número relativo al costo fiscal que estas medidas va a generar a las intendencias, que asciende aproximadamente a USD 8:000.000. Me gustaría –si es que se puede– que se nos enviara el impacto que esto significaría para cada intendencia.

                La segunda pregunta que quería plantear es la siguiente. Según el censo agropecuario de 2011 existirían 40.614 explotaciones agropecuarias con una extensión menor  a 1.000 hectáreas. El proyecto de ley  establece el beneficio para  propietarios que exploten padrones de hasta 1000 hectáreas Índice Coneat 100. Seguramente el número de explotaciones puede ser mayor que esa cifra que mencioné anteriormente dado que el valor Coneat de algunos lugares es más de 200. En este escenario, ¿el Gobierno tiene identificado a cuántos  propietarios rurales – aproximadamente– alcanza el beneficio de la rebaja del 18 %  en el pago de la contribución?               

                Si bien ahora no es momento de analizar  ciertos temas, quiero señalar algunas cosas.  Seguramente el Ministerio de Economía y Finanzas podrá pulir algunos datos estadísticos, pero según la información que nosotros manejamos –y si estoy equivocado, agradecería que se me lo hiciera saber– la recaudación del año 2016 por concepto de tributos en el interior alcanzó al 18,1 % del total del país, lo que sería aproximadamente USD 2.009:000.000. El Gobierno nacional asignó, en el ejercicio 2016, a las intendencias –en el marco de los artículos 214 y 298 de la Constitución–  partidas por un total de USD 463:000.000, lo que representa el 23 % de los recursos que generó el interior. Es obvio que el interior no solamente recibe beneficios a través de los Gobiernos departamentales; está claro. El campo pagó, en el ejercicio 2017, USD 280:000.000, es decir, un 10,1 % más que en el año 2016.   Por ejemplo, la recaudación del departamento fiscal de  San José generó ingresos tributarios –tengo los datos exactos– por USD 122:000.000 y las partidas del Gobierno nacional a la intendencia  devolvieron veinte, lo cual representó el 16,4 %.  En definitiva, si tienen los datos de las intendencias agradezco que los envíen pues, según los datos de que dispongo, hay tres departamentos, Florida, San José y Colonia, que van a tener un impacto mayor en la baja respecto al resto del país, por la tipología de producción que los distingue, el tamaño de los padrones y el fraccionamiento del suelo.                 

                Señalo esto porque no creo que las intendencias sean la única expresión del Estado en los territorios, pero sí creo que tal vez haya que discutir si es adecuado, eficiente o eficaz que el Estado central se multiplique –como me consta que lo está haciendo, para mal o para bien, como toda acción–, por ejemplo, en dependencias. No hay ministerio que no tenga dieciocho dependencias en nuestro departamento; es así. No hay oficina que no se multiplique. A mi entender, habría que  descentralizar la caja, que es lo que nadie quiere ni quiso hacer. Estoy hablando de todos los Gobiernos, inclusive los del pasado. Cuando hablo  de estos temas también incluyo a mi partido; no me duelen prendas. Me parece que hay que plantear las cosas como son. No voy a entrar     en la discusión acerca de si tienen que pagar las intendencias o debe hacerlo el Gobierno central, si se saluda con el sombrero ajeno o no, si es una política hábil o no. Voy a defender una devolución que va a ayudar a un sector que lo precisa y también doy cifras. Ahora bien; no se puede caer –digámoslo con claridad– en la discusión fácil en la que a veces caemos quienes vivimos en el interior en el sentido de que nos parece que somos permanentemente sacrificados, pero tampoco  se puede caer en los diagnósticos   y análisis que se hacen desde Montevideo sin conocer la realidad que se padece, que es distinta.  No en vano –como me dijo hace poco un calificado gobernante de Suiza– tenemos el triste récord de ser  el único país del mundo que tiene más de la mitad de su población en una sola ciudad.

Entonces, me parece que es hora de discutir en serio algunos temas, que son transversales, señor presidente, porque por algo Uruguay es el único país de América Latina que puede enorgullecerse de tener partidos fuertes, que están despareciendo en el resto. Creo que eso obedece a que todos los partidos son frente; o sea que estos temas atraviesan a todos.

Al menos quería dejar en claro que hay que estudiar a fondo y mirar bien todos los números; si estoy errado o desajustado en alguno de los que mencioné, agradeceré que el ministerio me alcance las cifras correctas. Pienso que esto va a afectar, a hacer crujir alguna caja de los Gobiernos departamentales. Por otro lado, también me parece que es una medida en serio que va a ayudar a muchos –por eso me gustaría saber exactamente a cuántos– de los productores afectados.

SEÑOR DELGADO.- Voy a formular dos preguntas.

                El artículo 1.º hace referencia a los propietarios de padrones rurales que exploten a cualquier título padrones que en su conjunto no excedan las 1000 hectáreas Índice Coneat 100. Quisiera saber cuál es el concepto detrás de la expresión «a cualquier título» porque, a diferencia de lo que ocurrió con el impuesto de primaria, en este caso estamos hablando de la contribución inmobiliaria, que pagan solamente los propietarios. Entonces, quiero saber si hay alguna razón para incluir la frase «a cualquier título», porque no olvidemos que las aparcerías, los arrendamientos y demás no pagan contribución inmobiliaria, que recae únicamente sobre el propietario del inmueble, del padrón. Reitero: me gustaría saber si hay algo más que pueda no estar comprendiendo en este sentido y por eso se agregó esta expresión.

                Por otra parte, se nos dijo que esto tiene un costo de USD 7:000.000 o USD 8:000.000 con respecto a la percepción de las intendencias –porque, de hecho, se trata de un impuesto nacional de percepción departamental– y el subsecretario estableció que representa el 0,8 % del total de la recaudación general de los Gobiernos departamentales. Si mal no recuerdo, habló de $ 250:000.000 de transferencias. ¿Es correcta esa cifra?

SEÑOR SUBSECRETARIO.- Los $ 250:000.000 serían el costo de la medida. La transferencia del gobierno central a las intendencias está en el entorno de los $ 15.000:000.000.

SEÑOR DELGADO.-  Como seguramente –es de orden– vamos a invitar al Congreso de Intendentes para hablar sobre este proyecto, me interesaría contar con información desagregada sobre las transferencias a los gobiernos departamentales, es decir, los rubros. Se habló de transferencias en general y sé que las vías de las transferencias son diferentes: hay algunas previstas en la Constitución y fondos de desarrollo. Entonces, si tienen las cifras aquí –de lo contrario, pueden enviarlas–, quisiera saber cómo se desagregan las transferencias.

SEÑOR SUBSECRETARIO.- Con gusto aportaremos las cifras; no tenemos aquí el discrimen de ese monto de $ 15.000:000.000, pero obviamente allí están incluidos los fondos de desarrollo del interior, los aportes a la caminería rural, lo que tiene que ver con los aportes para energía eléctrica e iluminación. Aparte está lo correspondiente a la electrificación rural, etcétera. Adelanto que con gusto aportaremos esa información, que reitero no tenemos aquí en este momento.

                Por otro lado, por ejemplo, en 2017 el Fondo de Desarrollo del Interior financió proyectos en todo el país por más de $ 1.300:000.000; el 74 % de ese monto se destinó a infraestructura. Otros ejemplos que puedo citar son: el fondo para el Programa de Caminería Rural, en 2017 fue de más de $ 1.000:000.000; el Programa de Electrificación Rural y Alumbrado Público ascendió a aproximadamente $ 500:000.000. Estos son algunos números que están englobados dentro de esa cifra que mencioné.

SEÑOR DELGADO.- Quiero agregar otro pedido de información para cuando envíen los datos –lo mismo vamos a pedir al Congreso de Intendentes–, respecto a la desagregación de las transferencias y cuánto está imputado a los artículos de la Constitución que las prevén como, por ejemplo, el 314.

SEÑOR SUBSECRETARIO.- Junto a esto hay que tener en cuenta otros apoyos a los sectores agropecuarios que, obviamente, se radican en el interior del país. El señor senador Camy comentaba una cifra de aproximadamente USD 2.000:000.000 de recaudación originada en el interior y sobre esto quiero hacer una puntualización. Es muy difícil establecer con precisión cuánto es del interior y cuánto de Montevideo, y esto tiene una explicación administrativa en el sentido de que muchas veces las empresas del interior tienen su domicilio fiscal en la capital y eso no permite obtener la cifra exacta. Además, las que tienen domicilio fiscal en Montevideo son las más grandes y que generan más recaudación, lo que crea más confusión. A su vez, cuando hacemos estas cuentas hay que considerar otras transferencias que ocurren de otra manera. Por ejemplo, en cuanto a los aspectos vinculados a la seguridad social en el medio rural, por cada peso que se recauda en el sector agropecuario, vuelven tres; la relación entre lo que se gasta y lo que se recauda en este sector es de tres a uno. Por lo tanto, ahí también hay una transferencia muy importante, porque el costo de la seguridad social en el sector agropecuario en 2017 fue de más de USD 350:000.000, mientras que solo se recaudó la tercera parte. Además, de esa tercera parte que se recaudó, aproximadamente el 70% proviene del aporte que hacen los trabajadores rurales sobre su salario.

                Si tomamos en cuenta las prestaciones del Sistema Nacional Integrado de Salud, vemos que por cada dos pesos que se gastan en el sector agropecuario, se recauda uno. Aquí también, aproximadamente el 70% de lo recaudado proviene del aporte de los trabajadores. Pongo esto como ejemplo porque creo que vale la pena que se haga esta cuenta cuando se toma en cuenta lo recaudado y las transferencias porque hay muchos aspectos a considerar. Creo que aquí hemos dado ejemplos muy claros, con números que son relevantes, más allá de la financiación de servicios que no brindan las intendencias sino que los provee el Estado en todo el territorio nacional, como la seguridad, la educación, la salud, etcétera.

                Luego de estos comentarios nos resta decir que remitiremos la información que se ha solicitado sobre el costo estimado de esta medida por departamento. Decíamos que, en promedio, el costo fiscal es de aproximadamente 0,8% de los ingresos de las intendencias y en ningún caso supera el 2%. Por lo tanto, en algunos casos es menos de 0,8% y en otros será más, porque estamos hablando de un promedio, pero en ninguno supera el 2%.

                Por otro lado, hace pocos días el director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto mencionaba que lo recaudado por patentes el año pasado superó en cientos de millones de pesos la previsión de las intendencias. Por lo tanto, allí también hubo una recaudación superior a la esperada, lo que compensa la cifra que estamos mencionando aquí.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no hay más preguntas por parte de los señores senadores, agradecemos la presencia de la delegación.

 

 (Se retira de sala la delegación del Ministerio de Economía y Finanzas).

               

–En relación con el tratamiento del proyecto de ley de Contribución Inmobiliaria Rural, el señor senador Delgado planteó convocar al Congreso de Intendentes el próximo jueves. Procederemos en ese sentido, pues.

                Por otro lado, consulto a los señores senadores si estamos en condiciones de votar el proyecto de ley relativo a la unidad previsional. ¿Estamos de acuerdo en hacerlo?

(Apoyados).

–Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                Corresponde designar miembro informante.

SEÑOR CAMY.- Propongo al señor presidente de la comisión.

(Apoyados).

SEÑOR PRESIDENTE.- En cuanto al proyecto sobre devolución del IVA, consulto a los señores senadores si podemos elevarlo al plenario para que se incluya en el orden del día del próximo martes. Propongo que elevemos el proyecto presentado por el Poder Ejecutivo y hagamos la negociación de aquí al martes. El problema es que tenemos que votar algo, porque de lo contrario no entrará en marzo.

(Se suspende momentáneamente la toma de la versión taquigráfica).

                –Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el proyecto de ley para que se incluya la carpeta en el orden del día del plenario.

(Se vota).

                –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

SEÑOR HEBER.- Nosotros votamos estos artículos a los solos efectos de que el proyecto de ley esté en el orden del día en la sesión del próximo martes y nos afiliamos a la posición del señor senador Delgado.

SEÑOR DELGADO.- Acabamos de coordinar con los miembros del Partido Nacional en la comisión que tenemos la voluntad de insistir con el proyecto, facultando al Poder Ejecutivo para alcanzar a más sectores de productores y que eventualmente haya más plazo. De todas maneras, entendemos que la resolución de este tema, en un sentido u otro, tiene que ser la semana que viene y para que eso ocurra debemos hacer consultas. Esperando la resolución del Poder Ejecutivo y las reuniones de nuestra bancada y de la del partido de Gobierno, vamos a acompañar la propuesta de elevar la carpeta al plenario con la salvedad de que nuestra propuesta es impulsar el proyecto que presentamos.

SEÑOR PRESIDENTE.- La bancada oficialista ha recibido la propuesta de la bancada del Partido Nacional. No hemos tenido reunión de bancada, pero queremos que el tema figure en el orden del día porque tenemos que atender esta situación y discutiremos si son necesarias modificaciones.

SEÑOR MUJICA.- Quiero dejar claro que tenemos voluntad política de impulsar que se apruebe el proyecto presentado por el Partido Nacional, aunque tenemos que decidirlo en la reunión de bancada. Reitero que sectorialmente tenemos la voluntad política de apoyarlo.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si todos están de acuerdo, seré el miembro informante.

(Apoyados).

                –No habiendo más asuntos, se levanta la sesión.

(Son las 11:57).                                                                                                                      

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.