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COMISIÓN DE POBLACIÓN, DESARROLLO E INCLUSIÓN

(Sesión celebrada el día 4 de diciembre de 2017).

SEÑOR PRESIDENTE.- Habiendo número, está abierta la sesión.

(Son las 15:39).

                –Dese cuenta de los asuntos entrados. 

(Se da de los siguientes).

–El movimiento de padres “Todos por los niños” de Paso de Los Toros solicita audiencia a fin de exponer su opinión respecto del proyecto por el que se establecen normas que regulan los derechos de las personas trans.

                Asimismo, tenemos una solicitud de audiencia pendiente –es bueno recordarlo– de la Comisión Nacional Honoraria de la Discapacidad, que la hizo en su momento, en el mes de julio, para poner en conocimiento de la comisión la labor que lleva adelante y las dificultades económico‑financieras que atraviesa.

–Se pasa a considerar el asunto que figura en primer término del orden del día: Carpeta n.º 956/2017. Promoción del voluntariado social.

Habíamos decidido por unanimidad hacer una consulta y fue respondida. Si les parece, le damos lectura por Secretaría.

(Apoyados).

SEÑORA SECRETARIA.- La División Estudios Legislativos ha remitido a la comisión el informe solicitado con las sugerencias articuladas. Esta mañana realicé un comparativo entre el proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes y el articulado remitido por esta División, para poder contar con todo el material y empezar con la consideración del proyecto de ley.

(Dialogados).

SEÑORA XAVIER.- Al leer los antecedentes provenientes de la Cámara de Representantes una llega a la conclusión de que el Ministerio de Desarrollo Social –que en el año 2005 nos remitió el proyecto de ley referido al voluntariado, que hoy es la Ley n.º 17885– no fue consultado. Por lo tanto, me parece que si bien no vale la pena solicitar la comparecencia de las autoridades, deberíamos remitirles el comparativo que se ha realizado en el día de hoy, así como el de la ley original con relación al proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes.  Digo esto para poder contar con su opinión y, a su vez, para que sepan que el Poder Legislativo está trabajando en una iniciativa para hacer más abarcativa la ley existente. Además, me parece que es un ministerio en el que las tareas de voluntariado tienen una importancia muy significativa, por lo que considero que habría que incorporar las sugerencias que nos hicieran –a fin de hacer una modificación más abarcativa–, en particular, porque no estamos con el plazo temporal que nos habían sugerido, que era el 5 de diciembre, como Día del Voluntariado. A su vez, si se comparte esta propuesta, podríamos tomar la sugerencia que hace la senadora Payssé para que fuera incorporada. Estaríamos hablando de no pasar a la aprobación del proyecto, sino a juntar todos los materiales y pedir al Ministerio de Desarrollo Social –podría enviarse el texto y hacer una llamada de apoyo– que nos respondieran por escrito, a la brevedad –creo que no hay necesidad de que se acerquen hasta acá–, si es que tienen alguna sugerencia que hacer.

SEÑORA PAYSSÉ.- En la misma línea que argumentaba la senadora Xavier, creo que aquella propuesta de análisis del proyecto que recibimos y que convinimos en mandar a la División Estudios Legislativos tenía su razón de ser. Tan así es que acá hay una propuesta que así lo está indicando. Creo que independientemente de agregar elementos a la Ley n.º 17885, lo que se hace es unificar la ley y el proyecto en uno solo y en el último artículo se deroga la ley citada. Lo que importa es no tener desperdigados por ahí artículos que se repiten en más de una ley; en realidad, se trata de una práctica que a veces nos cuestionamos pero que seguimos utilizando. Además, me resultó interesante leer la fundamentación de la propuesta de Estudios Legislativos, la que también nos va a ayudar a comprender algunas cosas que de repente nos costaba interpretar del proyecto que vino a la comisión. Y voy a poner un ejemplo. Cuando se unifican los artículos de la ley y del proyecto que tienen que ver con los seguros queda solucionado aquel planteo que había hecho que establecía solamente el tema de los seguros de la construcción, porque la ley ya incorporaba otro tipo de seguros, como Banco de Seguros del Estado, etcétera. Me parece entonces que este texto redondea una explicitación en función de nuestras inquietudes, que fueron oportunamente planteadas. Si nosotros logramos avanzar en la lectura podremos ver si las cosas que planteamos quedaron contempladas –las presentamos para consideración de todos y no para que fueran palabra santa– o si al juntar los dos textos queda claro que las dudas se subsanan por la forma en que está redactado. Si bien no analicé el articulado en detalle, vi al pasar que en algún momento se habla de «los voluntarios» y en otro de «personas voluntarias». Me parece que podríamos ver si puede surgir un criterio más unificado para que, ya que estamos emprolijando la propuesta legislativa, quede con la misma terminología. Esto se debe, obviamente, a que proviene de dos iniciativas diferentes.

Así que creo que está bien la propuesta de la senadora Xavier en cuanto a empezar a ver los artículos. Obviamente, en el comparativo vamos a ver que se nos pierden las comparaciones porque se intercalan artículos de unos y de otros, así que hay que ver cuál es de cada caso. De todas maneras, en el informe de la División Estudios Legislativos, en la consideración de cada artículo se indica la fuente, lo que ayuda muchísimo a la comprensión de los textos. Entonces, sugiero que si a alguien le falta el modelo de proyecto consolidado que manda la comisión, independientemente del comparativo donde no figura la fuente, tome como referencia todo el material para avanzar rápidamente.

(Dialogados).

SEÑOR PRESIDENTE.- Voy a resumir lo planteado, a efectos de ver si entendimos bien. Lo que vino votado de la Cámara de Representantes, en realidad, se agregaría como normas a lo que contenía la ley vigente. En definitiva, la propuesta es incluir lo que nos llegó como valores agregados en los temas de voluntariado privado, y algunos otros elementos más, de modo que terminaríamos en una cosa sola.

SEÑORA PAYSSÉ.- Ciertamente, terminamos en una cosa sola, pero la cosa sola es la fusión de los dos textos, lo que da origen a un nuevo proyecto de ley, porque en el último artículo se deroga la ley anterior, la n.º 17885. Se da lugar a un proyecto consolidado de ambas propuestas, una que ya es legislativa y otra que es un proyecto, pero va a tener un nuevo número, porque se deroga la ley anterior, quedando una nueva norma que comprende el voluntariado social en los ámbitos públicos y privados.

SEÑOR PRESIDENTE.- Estamos todos de acuerdo, por lo que se enviaría el texto del informe y el comparativo a la ministra de Desarrollo Social, para que nos dé su opinión por escrito. De todos modos, luego debería volver todo a la Cámara de Representantes.

(Dialogados).

SEÑORA PAYSSÉ.- Propongo que se repase el articulado.

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el artículo 1.º.

(Se lee).

                «Artículo 1º. (Objeto de la ley).- La presente ley tiene por objeto reconocer, definir, regular, promover y facilitar la participación solidaria de los particulares en actuaciones de voluntariado en instituciones públicas y en organizaciones privadas sin fines de lucro».

                –En consideración.

SEÑORA PAYSSÉ.- Del proyecto aprobado en la Cámara de Representantes me parece importante la declaración de interés general que no veo, aunque es posible que no esté con ese nomen iuris  en la propuesta consolidada, por decirlo de alguna manera. Entiendo que es importante no quitar esta parte que está en el acápite y dice lo siguiente: «Declárase de interés general la promoción del voluntariado con fines de bien común». Como dije, esto debería estar en el artículo consolidado.

SEÑOR PRESIDENTE.- Estamos de acuerdo.

SEÑORA PAYSSÉ.- En realidad, tendríamos que poner el artículo 1.º del proyecto consolidado con el acápite, porque como se está unificando se habla también de instituciones públicas y organizaciones privadas. Si leemos el artículo tal cual vino de la Cámara de Representantes, veremos que no se menciona lo de las instituciones públicas, porque eso está en la Ley n.º 17885. Por lo tanto, sugiero –a efectos de que se entienda lo que quiero plantear y ver si estamos todos de acuerdo– que la parte que está en negrita en el comparativo, hasta donde  dice «con fines de bien común» sea el acápite del artículo 1.º del proyecto consolidado, y luego continúe con la redacción ya dada. Me refiero al artículo que habla de instituciones públicas y organizaciones privadas.

SEÑOR PRESIDENTE.- Consulto si se desea votar artículo por artículo o si vamos haciendo propuestas para votarlas más adelante.

SEÑORA XAVIER.- Pienso que deberíamos votar los artículos sobre los que tenemos consenso y no existen dudas, para que podamos contar con una votación indicativa.

SEÑOR OTHEGUY.- Si no entendí mal, el nomen iuris de este artículo sería «Declaración de interés general» y no «Objeto de la ley».

SEÑORA XAVIER.- Creo que el nomen iuris podría ser «Declaración de interés general y objeto de la ley», porque el artículo contiene los dos conceptos y me parece  que son suficientemente importantes. Por otra parte, creo que no hay necesidad de plantear dos artículos porque ambos pueden manejarse en uno solo.

SEÑOR PRESIDENTE.- De acuerdo, señora senadora.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 1.º con la propuesta de la señora senadora Xavier.

(Se vota).

                –7 en 7. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                Léase el artículo 2.º.

(Se lee).

                «Artículo 2.º (Definición del término voluntario social).- Se considera voluntario social a la persona física que por su libre elección ofrece su tiempo, su trabajo y sus competencias, de forma ocasional o periódica, con fines de bien común, individualmente o dentro del marco de organizaciones no gubernamentales sin ánimo de lucro, oficialmente reconocidas o no, o de entidades públicas nacionales o internacionales, sin percibir remuneración alguna a cambio».

                –En consideración.

SEÑORA PAYSSÉ.- En el texto que vino de la Cámara de Representantes decía «sin percibir remuneración alguna u otra contraprestación, siendo ajena al ámbito de la relación laboral y la seguridad social» y esa expresión se cambió por «sin percibir remuneración alguna a cambio». No sé si la expresión original aparece más adelante, sí sé que en el artículo 4.º aparece la siguiente frase, que aclara que esta ley no comprende el voluntariado con fines político partidarios. Pero lo de la contraprestación –que no sé si no es importante que esté– no lo encuentro más adelante. De no estar, me gustaría plantear que se incluya, para que no quede solamente la parte de remuneración, aunque aclare que es remuneración «alguna a cambio». No sé si la definición que aparece en el texto aprobado por la Cámara de Representantes no es más clara –por decirlo de alguna manera–, ya que plantea «sin percibir remuneración alguna u otra contraprestación siendo ajena al ámbito de la relación laboral y la seguridad social». También propongo quitarle el término «siendo».

SEÑORA ALONSO.- Solamente voy a agregar algo a lo que dijo la señora senadora Payssé.

                El artículo 2.º aprobado por la Cámara de Representantes también dice algo que no es menor, que no está incluido en el proyecto que estamos analizando. Me refiero a la frase: «Los servicios de los voluntarios no podrán ser utilizados para sustituir empleos formales o evadir obligaciones con los trabajadores».

SEÑORA PAYSSÉ.- Eso figura en el artículo 4.º.

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el artículo 2.º, tal como quedaría, de acuerdo con las modificaciones que fueron planteadas.

(Se lee).

                «Artículo 2.º (Definición del término voluntario social).- Se considera voluntario social a la persona física que por su libre elección ofrece su tiempo, su trabajo y sus competencias, de forma ocasional o periódica, con fines de bien común, individualmente o dentro del marco de organizaciones no gubernamentales sin ánimo de lucro, oficialmente reconocidas o no, o de entidades públicas nacionales o internacionales, sin percibir remuneración u otra contraprestación ajena al ámbito de la relación laboral y la seguridad social».

SEÑORA PAYSSÉ.- Pido disculpas, pero al final del literal B) del artículo 4.º se contempla lo que se omite en el artículo 2.º del proyecto consolidado.

                Obsérvese que en la propuesta consolidada hay un penúltimo párrafo que alude al voluntariado con fines políticos partidarios y luego se establece que «Los servicios de los voluntarios no podrán ser utilizados para sustituir empleos formales o evadir obligaciones con los trabajadores». Ello figura en otro artículo; de ahí, pues, la confusión.

                Propongo que se vote el artículo tal como está, habida cuenta de que lo que se omitió se encuentra consagrado en el artículo 4.º.

SEÑORA XAVIER.- Propongo que se establezca «sin percibir remuneración alguna a cambio u otra contraprestación», independientemente de que abajo vaya el desarrollo de las dos cosas. Me parece que no es superabundante.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 2.º con el aporte realizado por la señora senadora Xavier.

(Se vota).

                –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                Léase el artículo 3.º.

(Se lee).

                «Artículo 3.º. (Definición del bien común).- Se entiende por actividades del bien común aquellas que, sin fin de lucro, están dirigidas a crear el conjunto de condiciones sociales que favorecen el desarrollo integral de la comunidad».

                –En consideración.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                Léase el artículo 4.º.

(Se lee).

                «Artículo 4.º. (Marco de actuación de los voluntarios).- Las actividades del voluntariado social comprendidas en la presente ley son las que:

A)    se desarrollan en el marco de los programas o proyectos concretos de las instituciones públicas;

B)    desempeñan las personas integradas en organizaciones privadas sin fines de lucro (asociaciones civiles sin fines de lucro, fundaciones o instituciones de educación formal y no formal, cualquiera sea su forma jurídica), que desarrollan acciones de voluntariado en beneficio de familias, comunidades y personas.

Los voluntarios o las organizaciones de voluntariado, no podrán realizar proselitismo político, religioso o de ninguna otra naturaleza durante el desarrollo de dichas actividades.

Los servicios de los voluntarios no podrán ser utilizados para sustituir empleos formales o evadir obligaciones con los trabajadores y su prestación es ajena al ámbito de la relación laboral y de la seguridad social».

                –En consideración.

SEÑORA PAYSSÉ.- En la sesión pasada dijimos que, al hablar de la sustitución del trabajo, además de poner lo de los empleos formales, habría que agregar –por lo menos, era una sugerencia que yo había planteado– «ni trabajadores en huelga o seguro de desempleo». Me parece que, de existir acuerdo a nivel de la comisión, deberíamos incluirlo.

SEÑOR PRESIDENTE.- Sucede que cuando hablamos de empleos formales están incluidos todos los regímenes posibles.

SEÑOR CARÁMBULA.­- Me parece que la expresión «evadir obligaciones con los trabajadores» abarca el derecho de huelga, esto es, las obligaciones que se tienen con los trabajadores. No obstante, se podría explicitar aún más y, en lo personal, no tendría inconveniente alguno en hacerlo.

SEÑOR PRESIDENTE.- Personalmente, considero que la expresión «empleos formales» abarca todo y es clara.

SEÑOR CARÁMBULA.-  Tal vez luego de «evadir obligaciones» se podría agregar «y derechos»  con los trabajadores.

SEÑOR PRESIDENTE.- En realidad, está claro que si alguien tiene gente en el seguro de paro no puede usar voluntarios.

(Se suspende momentáneamente la toma de la versión taquigráfica).

SEÑORA PAYSSÉ.- Voy a hacer una propuesta informal que nos ayude a pensar juntos. Entre  «para sustituir empleos formales»  y «o evadir obligaciones con los trabajadores» se podría agregar: «ni trabajadores en huelga o en seguro de desempleo».

                Me parece que no está mal hacer este agregado, pero si no hay acuerdo no es cuestión de patria o muerte.

SEÑOR PRESIDENTE.- Insisto en que me parece que está claro como vino redactado y no es necesario desarrollar el concepto, porque definitivamente abarca lo que se quiere agregar. No me imagino a una empresa con trabajadores en huelga tomando voluntarios. Por tanto, no considero que debamos especificar cada uno de los escenarios posibles. Igualmente, no voy a dejar de votar el artículo porque sea más o menos específico.

                Solicito que se lea la sugerencia de la senadora Payssé.

(Se lee).

«Los servicios de los voluntarios no podrán ser utilizados para sustituir empleos formales ni trabajadores en huelga o en seguro de desempleo, o evadir obligaciones con los trabajadores y su prestación es ajena al ámbito de la relación laboral y de la seguridad social».

SEÑORA PAYSSÉ.- Hay un agregado de la seguridad social que no lo tenía presente.

SEÑOR PRESIDENTE.- No tenemos por qué votarlo ahora;  podemos desglosarlo para buscar una mejor redacción o solicitar sugerencias y pasar al artículo 5.º

SEÑORA PAYSSÉ.- Observo que, en realidad, en el artículo 4.º está agregado lo de la relación laboral y la seguridad social. Por lo tanto, propongo votarlo así y luego lo modificamos si es necesario.

SEÑOR PRESIDENTE.-  Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                Léase el artículo 5.º.

(Se lee).

                «Artículo 5.º. (Organizaciones privadas sin fines de lucro. Exoneración).- Declárase que dichas instituciones se encuentran comprendidas en la exoneración impositiva establecida en el artículo 69 de la Constitución de la República, siempre que su actividad única o principal esté vinculada al voluntariado social. Las mismas deberán inscribirse en los registros que a estos efectos llevará el Ministerio de Educación y Cultura.

                No se consideran comprendidos en la exoneración los impuestos que gravan los servicios, negocios jurídicos o bienes que no estén directamente relacionados con las actividades de voluntariado social.

                Las solicitudes de exoneración para importar o adquirir bienes que por su naturaleza, puedan servir también para un destino distinto al de las tareas vinculadas al voluntariado social, serán autorizadas por el Poder Ejecutivo cuando dichos bienes fueren necesarios para el cumplimiento de los fines de la institución solicitante. Los bienes importados o adquiridos con exoneración de impuestos no podrán ser enajenados por el plazo que fije la reglamentación».

                –En consideración.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                Léase el artículo 6.º.

(Se lee).

                «Artículo 6.º. (Acuerdo entre las instituciones y organizaciones privadas con el voluntario).- La relación de los voluntarios con las instituciones públicas, las que realicen convenios con ellos o las organizaciones privadas, deberá formalizarse por escrito en un acuerdo o compromiso de colaboración que contemple el alcance de la acción a desempeñar y el nombre del sujeto voluntario.

                Tratándose de menores, deberá constar en el mismo el consentimiento expreso de los representantes legales de los niños, las niñas o los adolescentes quienes siempre deberán tener más de 13 (trece) años de edad.

                El referido acuerdo podrá ser dejado sin efecto por cualquiera de las partes en forma escrita».

                –En consideración.

SEÑORA PAYSSÉ.- Sinceramente, la palabra «menores» así nomás, suelta, digamos, no me gusta; me parece que sería mejor utilizar la expresión «personas menores de edad». Se trata de una sugerencia que no cambia la esencia del artículo. Concretamente, en lugar de establecer «Tratándose de menores, deberá constar», etcétera, tendríamos que decir «Para el caso de personas menores de edad, deberá constar», dejando el resto del artículo tal como está.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 6.º con la sugerencia de la señora senadora Payssé.

(Se vota).

                –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                Léase el artículo 7.º.

(Se lee).

                «Artículo 7.º. (Acuerdo. Contenido).- El acuerdo escrito, además de determinar el carácter altruista de la relación, tendrá como mínimo el contenido siguiente:

A) El conjunto de derechos y deberes que corresponden a ambas partes, que habrá de respetar lo dispuesto en la presente ley.

B) El contenido de las funciones, actividades y tiempo de dedicación que se compromete a realizar el voluntario.

C) El proceso de formación que se requiera para el cumplimiento de sus funciones.

D) La duración del compromiso y las causas y formas de desvinculación por ambas partes».

                –En consideración.

SEÑORA PAYSSÉ.- Perdonen que vuelva atrás, pero hay un párrafo que se saltea, que está en negrita en la página 3, que dice que cuando la naturaleza de las actividades a realizar lo demande, la organización podrá exigir un examen psicofísico que deberá contar con el consentimiento expreso y por escrito de la persona aspirante a ser voluntario.

SEÑOR PRESIDENTE.- Me parece que está bien porque esto es un acuerdo. Se trata de una situación distinta.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 7.º.

(Se vota).

                –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                Léase el artículo 8.º.

(Se lee).

                «Artículo 8.º (De la no generación de derechos para el ingreso a la función pública). Las actividades de voluntariado social realizadas en instituciones públicas no generarán derechos para el ingreso a la función pública».

                –En consideración.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                Léase el artículo 9.º.

(Se lee).

                «Artículo 9.º (Controles instituciones públicas.- las instituciones públicas deberán registrar en la Oficina Nacional del Servicio Civil, la nómina de voluntarios relacionados con ellas en forma directa o indirecta, así como las altas y bajas que se registren en dicha nómina».

                –En consideración.

SEÑORA PAYSSÉ.- Lo que sucede en el nomen iuris es que antes se controlaba a las instituciones públicas y con establecer «controles» alcanzaba. Ahora el artículo 8.º refiere a los controles a instituciones públicas y el 9.º a instituciones  privadas. Por tanto, solo habría que agregar en el nomen iuris la preposición «de», «a» o «en» luego de la palabra «Controles».

(Se suspende la toma de la versión taquigráfica).

SEÑOR PRESIDENTE.- Pues bien, el nomen juris será: «Controles de instituciones públicas». En el caso del artículo siguiente se incorporará la misma modificación.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                Léase el artículo 10.

(Se lee).

                «Artículo 10.- (Controles de organizaciones privadas).- Las organizaciones que desarrollen acciones de voluntariado previstas en el artículo 4º de la presente ley, deberán inscribir el acuerdo que celebren con las personas que realicen actividades de voluntariado en forma periódica, en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social».

                –En consideración.

SEÑORA PAYSSÉ.- Al analizar el texto que viene aprobado de la Cámara de Representantes surgió la posibilidad de corregirlo, de modo tal que, en lugar de «voluntariado en forma periódica», exprese, «voluntariado en forma permanente o esporádica», pues es un concepto diferente al de «en forma periódica».

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 10 con la modificación propuesta.

(Se vota).

                –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                Léase el artículo 11.

(Se lee).

                «Artículo 11. (Derechos del voluntario).- El voluntario tiene los siguientes derechos:

A) Recibir la información, la formación, la orientación, el apoyo y los recursos necesarios para el ejercicio de las funciones que se le asignen desde el momento de su ingreso a la tarea y durante el desarrollo de su actividad voluntaria.

B) Respeto a su libertad, dignidad, intimidad, creencias y al tratamiento sin discriminación alguna, así como a la confidencialidad de los datos del voluntario.

C) Participar en lo que correspondiere en la organización, elaboración, diseño, ejecución y evaluación de las actividades a desarrollar en la institución u organización en la que se inserte, de acuerdo con sus estatutos o normas de funcionamiento.

D) Disponer de una identificación que acredite su condición de voluntario emitida por la institución u organización respectiva en la que se desempeñe.

E) Realizar su actividad en las debidas condiciones de seguridad e higiene, en función de la naturaleza y características de la tarea.

F) Estar cubierto por un seguro de accidente de trabajo y enfermedades profesionales en el desarrollo de sus tareas a cargo de la institución u organización que lo recibe como voluntario, en el caso de tareas de construcción y afines alcanzadas por el Decreto-Ley n.º 14411, de 7 de agosto de 1975, tanto sean ocasionales o permanentes. El Banco de Seguros del Estado instrumentará una línea especial con carácter promocional, en virtud del interés social de la actividad que es objeto de la presente ley.

G) Ser reconocido por el valor social de su contribución.

H) Certificación de su actuación.

I) Realizar su actuación en el marco de los derechos que se deriven de la presente ley y del resto del ordenamiento jurídico.

J) Ser reembolsado por los gastos realizados en el desempeño de sus actividades y que estén debidamente justificados con los comprobantes respectivos, siempre que estos gastos hayan sido previamente acordados entre las partes.

K) La jornada diaria no podrá superar las seis horas en el caso de servicio voluntario realizado por los niños, las niñas y los adolescentes referidos en el inciso segundo del artículo 6.º de la presente ley».

                –En consideración.

                Con toda franqueza, creo que este artículo se parece más a un contrato de trabajo que a un voluntariado en algunos temas puntuales. Como todavía en algunos casos dependemos de la contestación de la señora ministra, solicito que se postergue la votación.

SEÑOR CARÁMBULA.- Sin perjuicio de su propuesta, señor presidente, que respetamos, me parece que en el inciso K) que dice: «La jornada diaria no podrá superar las seis horas en el caso de servicio voluntario realizado por los niños, las niñas y los adolescentes referidos en el inciso segundo del artículo 6.º de la presente ley», nosotros habíamos puesto «nunca menores de 13 años», ya que por más que sea voluntario estamos incorporando el concepto de trabajo infantil. Por lo tanto, creo que este artículo tiene que referirse a lo que ya dijimos en el sentido de que tienen que ser personas no menores de 13 años.

SEÑORA ALONSO.-  Comparto la inquietud del señor presidente en el sentido de que este artículo quede en stand by hasta que podamos analizar mejor algunos aspectos. Incluso, en el inciso F), que refiere a seguros de accidentes de trabajo, tampoco me queda muy claro la redacción que dice «en el caso de tareas de construcción».

SEÑOR PRESIDENTE.- Entonces, si todos estamos de acuerdo, dejamos pendiente este artículo hasta realizar las consultas pertinentes.

                Léase el artículo 12.

(Se lee).

                «Artículo 12. (Deberes del voluntario).- Son deberes del voluntario:

A)    Cumplir los compromisos adquiridos con la institución u organización con las que se relacione, respetando los fines y la normativa de las mismas.

B)    Rechazar cualquier contraprestación por parte del beneficiario o de otras personas relacionadas con su acción.

C)    Respetar los derechos, la libertad, la dignidad, la intimidad y las creencias de las personas o grupos a los que dirige su actividad.

D)    Dar el consentimiento expreso y por escrito para el examen psicofísico previo, cuando la naturaleza de las actividades a realizar lo demande.

E) Participar en las actividades formativas previstas por la institución u organización en la que actúe tales como la capacitación para cumplir las funciones cometidas, y las que se requieran con carácter permanente para mantener la calidad de los servicios que se presten.

F) Utilizar adecuadamente los recursos materiales que ponga a su disposición la institución u organización a la que se vincula, y efectuar la rendición de cuentas correspondiente al finalizar la tarea asignada.

G) Informar a la entidad, con la antelación que acordaren, su inasistencia a las actividades, o su decisión de renunciar a sus tareas, con el objeto de adoptar las medidas necesarias para evitar un perjuicio en la labor encomendada.

H) Cumplir las obligaciones que surjan del acuerdo de colaboración al que se refiere el artículo 5º de la presente ley y del resto del ordenamiento jurídico».

      –En consideración.

(Dialogados).

SEÑORA PAYSSÉ.- Entiendo lo que se dice, pero el texto de la ley que hoy está vigente incluye lo que hoy estamos cuestionando.

(Dialogados).

                –Se trata de derechos y deberes. Cuando se dice que la jornada diaria no podrá superar las seis horas en el caso de servicio voluntario realizado por los niños, las niñas y los adolescentes, entendemos que también  la Ley n.º 17885 hace las mismas referencias. No sé si está en nuestro espíritu modificar dicha ley o fusionarla con esta, pero es un debate que debemos dar. Si alguien está pidiendo el desglose de este artículo, desglosémoslo. Pero es la ley tal cual está.

SEÑOR PRESIDENTE.- A veces se generan dudas porque se vota en comisión y luego vamos al Plenario y con diferentes compañeros nos es difícil lograr el mismo criterio.

                Por tanto, solicito que queden pendientes los artículos 11 y 12 para un mayor análisis.

(Dialogados).

–Léase el artículo 13.

(Se lee).

                «Artículo 13. (De la práctica ocasional de actividades de voluntariado).- Las actividades que revisten características de voluntariado pero son realizadas en forma ocasional, no tienen obligación de registrarse ni corresponde la contratación de seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, salvo el caso establecido en el literal F) del artículo 11 de la presente ley. Se consideran voluntarios ocasionales a los que realizan actividad de voluntariado en forma esporádica y sin continuidad».

                –En consideración.

                Este artículo tendría que quedar pendiente ya que hace referencia al artículo 11, que también lo está.

(Dialogados).

                –Léase el artículo 14.

(Se lee).

 

                «Artículo 14. (De la promoción del voluntariado por el Estado).- El Estado promoverá el voluntariado mediante campañas o programas de información, educación, divulgación y reconocimiento de las actividades de voluntariado».

                –En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                Léase el artículo 15.

(Se lee).

                «Artículo 15. (De la promoción de los beneficios para la participación).- Las instituciones públicas que promuevan la participación voluntaria en actividades de interés general, procurarán obtener bonificaciones o reducciones en el costo de medios de transporte público u otros beneficios análogos que posibiliten el cumplimiento de las funciones asignadas a los voluntarios».

                –En consideración.

(Dialogados).

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                Léase el artículo 16.

(Se lee).

                «Artículo 16. (Conmemoraciones).- Se establece el último fin de semana del mes de abril de cada año como fecha de la Celebración Nacional del Voluntariado Juvenil y el día 5 de diciembre de cada año como el “Día Nacional del Voluntario”, en coincidencia con el “Día Internacional de los Voluntarios para el Desarrollo Económico y Social”, establecido por la Asamblea General de las Naciones Unidas».

                –En consideración.

(Se suspende momentáneamente la toma de la versión taquigráfica).

                –Entonces, si los señores senadores están de acuerdo, hacemos las consultas correspondientes y no votamos el artículo 16, por lo que queda pendiente.

SEÑORA PAYSSÉ.- No lo votamos, pero de alguna manera creo que el proyecto recoge las dos instancias. El día internacional del voluntariado existe y, obviamente, cuando es internacional aterriza en lo nacional. Por ejemplo, el 25 de noviembre es el día internacional de la lucha contra la violencia hacia las mujeres y, sin embargo, acá el 25 de noviembre lo celebramos con carácter nacional en adhesión a la fecha internacional. Acá creo que sucede lo mismo, sólo que, según me he informado de la página del INJU y del Mides, hay un día internacional del voluntariado juvenil que no tiene fecha fija, pues algunas veces fue el 6 de mayo y otras, otro día de mayo. Tal vez aquí lo que se quiere hacer es dejarlo a texto expreso en una fecha. Eso podríamos consultarlo al Mides, es decir, si realmente hay que poner una fecha preestablecida o todos los años se puede indicar cuándo se hace.

(Dialogados).

SEÑOR PRESIDENTE.- Las oficinas de juventud departamentales de casi todos los departamentos se basan en aportes de voluntarios. Por lo tanto, las propias oficinas departamentales, en coordinación con el INJU, por lo general en abril o mayo le hacen un reconocimiento a casi todos aquellos que trabajan en las oficinas de juventud de todas las intendencias, a fin de reconocerlos por la tarea que llevan a cabo. Por eso está previsto hacerlo pero no en una fecha fija, porque es un día importante pues casi todas las oficinas, como dije, tienen oficinas de la juventud. Por lo general se hace algo un fin de semana o se hace un evento de determinadas características para celebrar y agradecer.

                En definitiva, no votamos este artículo y queda postergado. Tomamos la información correspondiente a las fechas y lo evaluamos antes de votarlo.

                Léase el artículo 17.

(Se lee).

                «Artículo 17. Disposición transitoria. (Adaptación de las instituciones y organizaciones).- Las instituciones públicas y organizaciones privadas previstas en el artículo 4º de la presente ley que a la fecha de su promulgación se encuentren desarrollando actividades de voluntariado, dispondrán de un plazo de ciento ochenta días para ajustarse a lo previsto por la misma».

                –En consideración.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                Léase el artículo 18.

(Se lee).

                «Artículo 18. (Disposición derogatoria).- Derógase la Ley Nº 17.885, de 12 de agosto de 2005».

                –En consideración.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Se pasa a considerar la carpeta n.º 816/2017 sobre derechos de las personas trans.

SEÑORA ALONSO.- En nombre del Partido Nacional voy a solicitar que se postergue la votación de este proyecto por una semana, en virtud de que han surgido discrepancias al respecto. Se trata de un proyecto que por algunos de sus artículos ha generado debates en lo que tiene que ver con el resarcimiento económico, la hormonización en los menores de edad y el cambio sin el consentimiento de los adultos. Todo eso ha hecho surgir distintas posturas en el seno de mi partido, por lo que a fin de encontrar consensos, solicitamos la postergación de la votación de este proyecto de ley, aunque como dije, no su tratamiento.

                Por otro lado, quería consultar al señor presidente si recibimos, por intermedio de la secretaría, alguna respuesta con respecto al hecho de que algunas organizaciones sociales habían formulado una solicitud de audiencia en esta comisión. 

SEÑOR PRESIDENTE.- En virtud de algunas gestiones realizadas por la señora senadora Suárez con la organización Ovejas Negras pudimos saber que su intención no era la de ser recibidos por la comisión, sino por quien habla en su carácter de presidente. Por consiguiente, en los próximos días agendaré una entrevista para escuchar los planteos que realicen los representantes de esa organización sobre este proyecto de ley. Su idea es conocer nuestra hoja de ruta, así como la opinión que tenemos con respecto a esta iniciativa. Esa reunión está pendiente y la realizaremos en los próximos días.

                Asimismo, tenemos una solicitud de audiencia de la organización de padres Todo por los Niños de Paso de los Toros. Todos sabemos que el 27 de noviembre de 2017 esa organización publicó una carta refiriéndose a diferentes artículos del proyecto que tenemos a estudio.

(Dialogados).

–Desde la presidencia de esta comisión haremos llegar esa carta a la secretaría para que sea distribuida a los señores senadores que la integran. Luego de eso responderemos con respecto a la solicitud de audiencia realizada.

SEÑOR CARÁMBULA.- Creo que es importante generar el mayor consenso posible en cuanto a esta iniciativa.

                Con respecto a lo planteado por la señora senadora Alonso, no entendí bien si la postergación solicitada tenía que ver solo con la votación o también con el tratamiento del proyecto.

SEÑORA ALONSO.-  El lunes pasado –en ausencia del señor senador Carámbula– se había empezado a dar lectura al artículo 1.º para proceder a su votación, ante lo que pedimos que esta se postergara. Ahora estoy planteando exactamente lo mismo, aunque no en el caso del tratamiento; podemos ir analizando el tema conceptualmente pero, por lo menos de mi parte, no podemos empezar con la votación.

SEÑOR PRESIDENTE.- La señora senadora está proponiendo postergar el tratamiento del proyecto de ley para la semana próxima e incluirlo como primer punto del orden del día.

SEÑORA AVIAGA.- Estoy de acuerdo con tratar este proyecto de ley e ir analizándolo artículo por artículo, pero no sé si estaré en condiciones de comenzar con la votación el lunes próximo. Me parece que este tema amerita un análisis profundo y no quiero ponerme un plazo terminante para comenzar a votar; creo que no debemos hacerlo. 

SEÑORA PAYSSÉ.- En un gesto político, voté la propuesta de postergarlo por una semana debido a que hubo una solicitud con un plazo determinado.

                En esta comisión nos hemos acostumbrado a ciertos procedimientos, como ser, cuando hay una solicitud de desglose como consecuencia de alguna inquietud o duda, se vota el desglose y ese artículo queda para considerar cuando se disponga de la información pertinente. La señora senadora Aviaga recién se incorpora a la comisión, por eso le aclaro que acabamos de aprobar casi un proyecto in totum mediante ese procedimiento, ya que solamente hemos dejado cuatro artículos desglosados en consulta. Creo que nada impide que la semana próxima empecemos el abordaje del tema y en aquellos artículos en los que haya dificultades pedir el desglose y avanzar, tal como se hace en todas las comisiones. Con esa connotación fue que voté el aplazamiento por una semana.

                En otro orden de cosas, me gustaría ver si tenemos la respuesta del Mides a la consulta que vamos a hacer sobre el proyecto consolidado. Restan solo cuatro artículos, por lo que propongo que vengamos con esos cuatro artículos estudiados, a fin de que si tenemos la respuesta podamos terminar con el proyecto y aprobarlo antes del receso parlamentario, habida cuenta de que tiene que volver a la Cámara de Representantes, que seguramente celebrará alguna sesión extraordinaria para aprobar proyectos pendientes. Es más, creo que no estamos lejos de la aprobación de esos artículos.

SEÑORA AVIAGA.- Nosotros estamos estudiando este proyecto de ley con nuestros asesores y esperemos estar en condiciones de votarlo lo más prontamente posible, pero no quiero ponerme un plazo tan terminante como el lunes próximo cuando estamos tratando un tema demasiado importante como para tomarlo a la ligera y no estudiarlo en profundidad, tal como se merece desde mi punto de vista.

                Es por eso que adopto esta posición.

SEÑOR PRESIDENTE.- De tener la respuesta de la señora ministra Arismendi y del Mides, el primer punto del orden del día del lunes próximo es el proyecto de ley sobre voluntariado. Luego tendríamos que consultar a la señora senadora Alonso si mantiene la propuesta que planteó.

SEÑOR CARÁMBULA.- Estoy de acuerdo con lo planteado por la señora senadora Payssé –y de ahí nuestra pregunta a la señora senadora Alonso para aclarar–, en el sentido de que este proyecto de ley ya ha estado a estudio de la comisión, concurrieron los representantes del Ministerio de Desarrollo Social y se aclararon las distintas dudas. Diría que existe apoyo desde el punto de vista de la técnica legislativa. Por lo tanto, hago acuerdo con la propuesta original de la señora senadora Alonso que fue ratificada por la señora senadora Payssé. Aquí no se trata de analizar a la ligera; por el contrario, ha habido todo un trabajo acumulado en este sentido y se podrá estar o no en condiciones de comenzar a analizar la iniciativa y votarla, de acuerdo con lo que fue el planteamiento original.

                En lo personal –y respaldando a las señoras senadoras Alonso y Payssé–, entiendo que el lunes próximo deberíamos empezar a analizar el articulado y votarlo, siempre y cuando estén dadas las condiciones para hacerlo.

SEÑORA ALONSO.- Entiendo y comparto el sentido de lo expresado por la señora senadora Aviaga, con quien seguramente compartimos muchas de las preocupaciones que nos genera este proyecto de ley.

                Lo que queremos –estoy convencida de que hablo también en nombre de la señora senadora– es lograr que este proyecto de ley tenga el mayor consenso posible; incluso, que el Partido Nacional pueda encontrar puntos de acuerdo en este tema. Esa es la voluntad que tenemos quienes estamos aquí representando al partido.

                Por lo tanto, creo que el lunes próximo podríamos iniciar el tratamiento del tema, lo que no significa que tengamos que votar los artículos. Es más, quizá en alguno de ellos solicitemos información o comparecencia extra, como en lo que tiene que ver, por ejemplo, con el cambio de sexo sin consentimiento. Aclaro que menciono este punto porque, quizá o sin quizá, es uno de los de mayor controversia. Por lo tanto, quizá allí solicitemos alguna comparecencia de especialistas para abordar el tema.

SEÑOR PRESIDENTE.- El próximo lunes, siempre y cuando recibamos las respuestas de la señora ministra de Desarrollo Social, terminaríamos el análisis del proyecto de ley sobre promoción del voluntariado social y comenzaríamos a abordar el relativo a los derechos de las personas trans. De no estar las respuestas de la señora ministra comenzaríamos con el proyecto de ley sobre los derechos de las personas trans.

                Desde el Partido Colorado estamos prontos para votar varios artículos, pero vamos a necesitar mucha más información –o quizá intentar hacer algunos aportes– sobre los artículos 5.º, 7.º y 17 que intercambiaremos con los diferentes compañeros del partido, a efectos de mantener la sintonía que ha venido teniendo esta comisión en el abordaje de los diferentes temas. Es seguro que si los sometemos a votación, ante tanta duda y sin advertir la rigurosidad en algunos temas, sería para no votarlos. Entonces, creo que estaría bien ir analizando estas normas para definir si se requerirá más información o ampliación de la misma.

                No habiendo más asuntos, se levanta la sesión.

(Son las 16:58).

 

 

 

               

 

 

               

 

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.