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Carátula

SEÑOR PRESIDENTE.- Habiendo número, está abierta la sesión.

(Son las 15:08).

               –Dese cuenta de los asuntos entrados.

(Se da de los siguientes).

·        Carpeta n.º 755/2017. Proyecto de ley y mensaje del Poder Ejecutivo por el que se declara de interés general la designación de centros o servicios de referencia en salud.

·        Carpeta n.º 766/2017. Proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes por el que se establecen normas para la expedición de certificados de defunción.

·        Listado de audiencias pendientes que mantienen el interés en concurrir a la comisión.

·        Dos exposiciones escritas de la representante nacional Susana Andrade; una relacionada con la violencia machista, femicidios y el rol que los medios de comunicación podrían cumplir en la lucha social contra las agresiones a mujeres y la otra referida a la violencia machista, los femicidios y el tratamiento que las autoridades competentes brindan a hijas e hijos menores de la fallecida, víctimas directas de ese flagelo sexista.

·        Versión taquigráfica de las palabras pronunciadas por el señor senador Pedro Bordaberry, en sesión de fecha 7 de marzo del año en curso, relacionada con el traslado de pacientes en el interior del país.

–Antes de pasar a considerar el proyecto de ley relativo a salas de lactancia materna, que figura en primer término del orden del día, comunico a los miembros de la comisión que existe un volumen importante de iniciativas para analizar. Una de ellas es la que refiere a salas de lactancia materna y la otra al rotulado de medicamentos en sistema Braille.  A ellas se agregan los proyectos de ley que acaban de ser ingresados; uno remitido por el Poder Ejecutivo y el otro por la Cámara de Representantes. A su vez, están pendientes diez solicitudes de entrevista.

               Dado que esta sería la última sesión ordinaria del mes propongo convocar a la comisión para el martes próximo para atender cuatro de las diez delegaciones que han solicitado audiencia y, de ser posible, volver a reunirnos el miércoles para atender otras cuatro.

La idea es empezar el mes de abril con la agenda libre porque hay audiencias muy atrasadas. Luego de analizados los proyectos de ley de Salas de Lactancia Materna y de Rotulado de Medicamentos en Sistema Braille, creo que sería bueno tratar el proyecto de ley que viene del Poder Ejecutivo o de la Cámara de Representantes.

SEÑORA PASSADA.- Con respecto a algunas de las solicitudes de audiencia, me pregunto si, por ejemplo, el doctor Ariel Montalbán –que solicita audiencia por el cambio de denominación del proyecto elaborado por la Comisión Honoraria de Patronato del Psicópata (CHPP)– mantiene la solicitud de entrevista porque él ya había hecho una propuesta refiriéndose al tema cuando estábamos tratando el proyecto de ley de salud mental. Quisiera saber si insiste sobre el tema porque, como los señores senadores recordarán, nosotros lo vimos en la discusión del propio proyecto de ley.

SEÑOR PARDIÑAS.- Quería saber si el listado de audiencias pendientes que mantienen el interés en concurrir a la comisión está ordenado por fecha en que fueron solicitadas.

SEÑORA SECRETARIA.- La que figura en el listado en primer lugar es la última que ha solicitado audiencia.

SEÑOR PRESIDENTE.- Propongo empezar por el pedido de audiencia más nuevo para no caer en lo mismo que con las otras solicitudes.

SEÑOR LORIER.- No aseguramos la presencia del senador titular porque no sabemos cómo va a ser su agenda la semana que viene, pero diríamos que un camino posible de seguir es el hecho de juntar audiencias y hacer esas dos actividades extra para salir de todo esto que está pendiente.

               Por otra parte, veo que en el listado de entrevistas pendientes diría que hay una  –relativa al proyecto institucional del nuevo Hospital de Clínicas– que me parece que, por su volumen e importancia y por los aspectos generales que abarca respecto a los otros temas –de los que no disminuyo, en absoluto, su relevancia pero los considero más particulares, más concentrados–, sería bueno que tuviera cierta prioridad porque, además, tengo entendido que el rector hará un viaje a China o a la India –o a ambos países– y, entonces, si no lo recibimos antes creo que el tema se retrasaría más y es algo que está muy en el tapete. Creo que valdría la pena que la comisión abordara este asunto; esto lo menciono con relación a los criterios de prioridad.

SEÑOR PRESIDENTE.- Perfecto.

               Entonces, el próximo martes 21 a las 15 horas –si parece bien a los señores senadores– podríamos hacer una sesión para recibir a algunas de estas delegaciones, teniendo en cuenta la anotación que hizo el señor senador Lorier.

               En lo personal, supongo que la entrevista por el tema del Hospital de Clínicas va a llevar tiempo; me imagino que van a traer PowerPoint y demás. Entonces, de repente, el martes próximo podríamos recibir a cuatro delegaciones, entre las que no esté la del Hospital de Clínicas y  a esta la podríamos convocar para la primera sesión de abril, el día 4.

SEÑOR LORIER.- Me parece que, por Secretaría, se podría averiguar la disponibilidad de tiempo en función de este tema de los viajes y decidir sobre esa base.

SEÑOR PRESIDENTE.-  Pienso que se va a optar por una hora como término estándar.

               Entonces, el martes que viene, si les parece bien a los señores senadores, empezaríamos a recibir delegaciones, comenzando por las últimas que pidieron audiencia: por el tema del Centro Médico de la ciudad de Salto, por el de la reproducción humana asistida, por la Fundación Centro Ecuestre «Sin límites» –que hace equinoterapia– y a los representantes de GASA, el Grupo de Apoyo al Síndrome de Aicardi. También podríamos incluir a quienes vengan por el tema del Laboratorio Dorrego, por lo que estaríamos hablando de cinco delegaciones. Se avisaría a los visitantes que vamos a hacer una sesión especial para recibirlos y que la idea es que dispongan de 15 minutos para exponer porque tenemos una serie de entrevistas pendientes y queremos darles curso. Para el martes 4 de abril dejaríamos la entrevista con el señor rector por el tema del Hospital de Clínicas.

               Por otra parte, tenemos que considerar dos proyectos de ley. Si les parece bien, podemos comenzar ahora con el relativo a salas de lactancia materna, y el día 4 de abril, si nos da el tiempo, empezaríamos a tratar el del rotulado de medicamentos en sistema braille; si no, lo dejaríamos para el martes siguiente. Voy a solicitarles que decidan cuál proyecto, de los que están agendados para el día 4 de abril, quieren pasar para la sesión siguiente. Por lo que escuché, sería el relativo a la expedición de los certificados de defunción.

               Entonces, luego de tratar la iniciativa sobre salas de lactancia materna, pasaríamos a considerar, por su orden, las normativas referidas al rotulado de medicamentos en sistema braille, a la expedición de los certificados de defunción, y a la designación de centros de referencia; creo que esta última va a insumir un poco más de tiempo.

SEÑORA PASSADA.- Quisiera saber si disponemos del informe que elaboró la comisión acerca del proyecto sobre el rotulado de medicamentos en sistema braille.

SEÑOR PRESIDENTE.- La comisión finalizó su labor hace cuatro meses, por tanto pedí a Secretaría que se comunicara con el ministerio y le informara que habiendo vencido el plazo –esto fue en noviembre– íbamos a comenzar a tratarlo. Lo que le respondieron fue que en este momento se encontraba en la secretaría del ministro, que había pedido asesoramiento.

SEÑORA PASSADA.- En la comisión de salud de la Cámara de Representantes –creo que también estaba el señor senador Bianchi– habíamos empezado a trabajar en un proyecto de ley sobre personas celíacas. Quedó archivado uno que tenía acuerdo –creo que fue iniciativa del Partido Colorado y después contó con el acuerdo de todos los partidos– porque no llegó a tener su tratamiento, y ahora se presentó uno nuevo en cuyo análisis no se ha avanzado mucho. Nosotros, que ya habíamos visto el tema, creemos que sería conveniente seguir avanzando y tratarlo también en esta Cámara para complementar el trabajo de los colegas de la Cámara de Representantes. Considerando que el 5 de mayo fue declarado como «Día del Celíaco», si no hay oposición de los señores senadores, me gustaría proponer que esta comisión conmemorara esa jornada y ver qué cosas se pueden plantear; por ejemplo, una mesa donde esté el presidente de la comisión, el ministerio y también la ANEP, ya que cuando avanzamos en el tema vimos que el ministerio venía trabajando con la ANEP en lo que respecta al tema de la alimentación en los comedores, entre otros.

               Entonces, si hay acuerdo, podríamos ir instrumentando una actividad para el día 4 de mayo, ya que el 5 es viernes y no da para que puedan participar también los representantes del interior que están de acuerdo con esta iniciativa. Pienso acercarle una propuesta de trabajo al presidente.

SEÑOR PRESIDENTE.- La gente de Acelu generalmente realiza algo para celebrar ese día; habría que preguntarles si estarían dispuestos a compartir sus actividades con nosotros.

SEÑORA PASSADA.- Esa es la idea. Entonces, si hay acuerdo y el presidente lo permite, querríamos organizar la actividad para que nadie quedara fuera del evento, porque también está el Instituto Nacional del Celíaco. Este es un colectivo que viene trabajando bastante, así que de alguna manera estamos un poco en deuda con ellos.

SEÑOR PRESIDENTE.- Vamos a pedir a Secretaría que se ponga en contacto con estas organizaciones, a quienes les acercaremos una propuesta de trabajo. Quiero aclarar que la declaración del Día Nacional del Celíaco fue iniciativa mía.

               Había quedado pendiente una jornada sobre bioética a realizarse el martes próximo, pero el doctor Ehrlich nos solicitó que se postergue porque el único que puede asistir es el doctor Roca. Entonces, aplicamos la ley del artillero: solo se dispara si hay pólvora.

Lo que ellos solicitan es postergar hasta nueva fecha. Por tanto, ante lo inevitable, esperamos.

               Se pasa a considerar el segundo punto del orden del día, que es la Carpeta n.º 685/2016, «Salas de lactancia materna». Este proyecto de ley tuvo iniciativa en la Cámara de Representantes y ya cuenta con media sanción.

 SEÑORA PASSADA.- Quiero señalar que hicimos algunas correcciones al proyecto de ley. Si los señores senadores están de acuerdo con ellas, lo ponemos en discusión. Además, quiero decir que hicimos algunas otras averiguaciones y, en términos generales, no habría inconveniente con este asunto. 

               Si les parece bien, cuando  demos lectura al articulado, si queda alguna cosa por resolver, lo discutimos en ese momento.

SEÑOR PRESIDENTE.- De acuerdo, señora senadora.

(Dialogados).

               –¿Comenzamos leyendo, entonces, el texto aprobado en la Cámara de Representantes?

SEÑORA PASSADA.- Así es, señor presidente. Y le damos lectura a las correcciones.

SEÑOR PRESIDENTE.- Bien. Vamos leyendo por artículo y por parte. El primer párrafo del artículo 1º del texto original dice: «Las instituciones del sector público y/o privado en las que trabajen y/o estudien 20 o más mujeres y/o tengan en planilla a 50 o más empleados sin importar el género, deben contar con Salas de Lactancia». Por otra parte, el artículo modificado establece: «Las instituciones del sector público y privado en las que trabajen o estudien 20 o más mujeres y tengan en planilla 50 o más empleados, sin importar el género, deben contar con Salas de Lactancia».

SEÑORA PASSADA.- En mi opinión, habría que eliminar «sin importar el género» y  simplemente decir: «aquellas instituciones que tengan más de 50 empleados deben contar con una Sala de Lactancia».

 

(Dialogados).

 

SEÑOR GARÍN.- ¿En este párrafo se dan dos condiciones superpuestas cuando se dice que aplica a las instituciones que tengan 20 o más mujeres y, además, 50 o más empleados en planilla?

 

SEÑOR PRESIDENTE.- Esta exigencia aplica para las instituciones con 20 o más mujeres y 50 o más empleados.

 

SEÑOR GARÍN.- Consulto si vamos a usar como genérico la denominación «Salas de Lactancia», porque entiendo que estamos disponiendo que las instituciones tengan una sala de este tipo. Si bien el artículo 1.º refiere a la implementación de las Salas de Lactancia, creo que al final del primer párrafo debería hablarse de una sola y no en plural. Adelanto que aplicaría el mismo concepto para la definición de salas de lactancia.

 

SEÑOR PRESIDENTE.- En consecuencia, el primer párrafo del artículo 1.º diría: «(Implementación de Salas de Lactancia).- Las instituciones del sector público y privado en las que trabajen o estudien 20 o más mujeres y tengan en planilla 50 o más empleados,  deben contar con una sala destinada a la lactancia».

 

               Si estamos todos de acuerdo, vamos a votar por párrafos.

 

               Se va a votar el párrafo primero.

 

(Se vota).

 

               –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

               A continuación voy a leer el párrafo segundo del texto corregido. Dice así: «Se entiende por Salas de Lactancia al área exclusiva y acondicionada a tales efectos, destinada a las mujeres en etapa de lactancia para amamantar a sus hijos, realizar la extracción de leche, almacenamiento y conservación adecuada de la misma». Aquí se define lo que es una sala de lactancia. Si los demás integrantes de la comisión están de acuerdo, sugiero que este segundo párrafo pase a ser el primero, puesto que, reitero, define lo que es una sala de lactancia. En consecuencia, el artículo 1.º diría: «Artículo 1º.- (Definición).- Se entiende por Sala de Lactancia al área exclusiva y acondicionada a tales efectos, destinada a las mujeres, con el fin de amamantar a sus hijos, realizar la extracción de leche, almacenamiento y conservación adecuada de la misma».

 

SEÑOR GARÍN.- Cuando se refiere el concepto «almacenamiento y conservación adecuada de la misma», ¿se da por sobreentendido o se debe explicitar que la sala tiene que disponer del equipamiento necesario?

SEÑOR PRESIDENTE.- Al expresar: «acondicionada a tales efectos», significa que debe haber una heladera.

SEÑOR GARÍN.- Queda contemplado, perfecto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Posteriormente, la reglamentación deberá establecer elementos y condiciones, como una heladera.

               En definitiva, el artículo 1º contiene la definición de «sala de lactancia» .

SEÑOR LORIER.- En la misma línea de razonamiento del señor senador Garín y puesto que esta norma refiere a la mujer en etapa de lactancia, que amamanta y necesita extraerse leche, consulto si no sería más adecuado que luego de: «amamantar a sus hijos, realizar la extracción de leche» se dijera: «y para el almacenamiento y conservación adecuada de la misma». De este modo se separa la idea y no queda como una sola cosa vinculada al elemento central, que son las mujeres. La sala tiene dos funciones: que las mujeres puedan estar allí, que amamanten o se extraigan la leche y, luego, que se almacene y se conserve, porque son dos situaciones complementarias.

SEÑORA PASSADA.- Pero esto lo dice el artículo 2º, que es el que habla de los requisitos. Es decir, las salas deben asegurar la posibilidad de amamantar, así como la extracción y conservación de la leche materna.

               De modo que en el artículo 2º ese elemento figura como un requisito. En mi opinión, esa condición quedaría cubierta.

SEÑOR LORIER.- Bien, por eso dije que era una consulta.

SEÑOR PRESIDENTE.- Entonces, el artículo 1º quedará desglosado en dos artículos: Artículo 1º (Definición de sala de lactancia) y el artículo 2º (Implementación de Salas de Lactancia), que es el actual párrafo primero del artículo 1º.

               Consulto a los señores senadores si están de acuerdo con esto.

(Apoyados).

               –Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

               –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Pasamos a considerar el artículo 3º, viejo 2º, que trata de requisitos.

Acá hay un problema de puntuación. Como hay solo una corrección de comas, voy a leer solamente el artículo modificado, que dice: «Las Salas de Lactancia deben garantizar la privacidad, seguridad, disponibilidad de uso, comodidad, higiene y fácil acceso de quienes las utilicen para asegurar el adecuado amamantamiento, así como la extracción y conservación de la leche materna». Reitero, en la nueva redacción desaparece la coma que estaba después de «fácil acceso», y también la que está después de «de quienes las utilicen».

               Léase por Secretaría como quedaría, entonces, la nueva redacción.

SEÑORA SECRETARIA.- «Las Salas de Lactancia deben garantizar la privacidad, seguridad, disponibilidad de uso, comodidad, higiene y fácil acceso de quienes las utilicen para asegurar el adecuado amamantamiento, así como la extracción y conservación de la leche materna.»

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no hay observaciones, se va a votar.

(Se vota).

               –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

               En consideración el artículo 3.º viejo, que ahora pasa a ser el 4º.

               El artículo modificado dice así: «Una vez acondicionado el espacio físico para lo establecido en el artículo 2° –que ahora pasará a ser el 3º– deberá comunicarse al Ministerio de Salud Pública».

               Al respecto sugiero que donde dice «una vez acondicionado el espacio físico para lo establecido en el artículo 2°», se exprese: «Una vez acondicionado el espacio físico de acuerdo a lo establecido en el artículo 2°», que, como dije, pasará a ser el 3º. A su vez, formulo una pregunta para ver si alguien puede ayudarme a obtener la respuesta: cuando dice «deberá comunicarse al Ministerio de Salud Pública», me pregunto, ¿a qué efectos?

SEÑORA PASSADA.- A los efectos de que, efectivamente, está la sala constituida, de que se está cumpliendo lo establecido en los artículos anteriores, de que hay un lugar adecuado para la extracción y para el almacenamiento.

SEÑOR PRESIDENTE.- ¿Pero el ministerio tiene un registro?

SEÑORA PASSADA.- No, pero a partir de la aprobación de esta iniciativa sí.

SEÑOR PRESIDENTE.- Entonces, hay que poner aquí que se creará un registro.

SEÑORA PASSADA.- Está bien.

(Dialogados).

SEÑOR PRESIDENTE.- Entonces, postergamos este artículo 3º para el viejo 6º. ¿Estamos de acuerdo?

(Apoyados).

               –Ahora pasamos a considerar el artículo 4º, que mantiene su numeración, y refiere a situaciones especiales.

               Voy a leer primero el artículo original y luego el modificado, para que quede claro, porque este artículo es largo. Primero voy a dar una lectura de todo el artículo y luego iremos considerando párrafo por párrafo.

               Dice así: «Artículo 4º. (Situaciones Especiales).- Aquellas instituciones del sector público o privado que consideren que por alguna razón no requieran una Sala de Lactancia deberán comunicarlo al Ministerio de Salud Pública quién resolverá al respecto.

En aquellos casos en que las instituciones públicas y/o privadas no registren el número de empleados y/o estudiantes, establecido en el artículo 1° de la presente ley, pero que cuenten con al menos una mujer y/o estudiante en período de lactancia,  deberán asegurar los mecanismos que garanticen el uso de un espacio destinado para amamantar, extraer y/o almacenar y conservar la leche materna».

               Ahora vayamos por párrafos. El primer párrafo del artículo 4º del viejo proyecto, el proyecto original, que trata de situaciones especiales, decía: «Aquellas instituciones del sector público o privado que consideren que por alguna razón no requieran una Sala de Lactancia deberán comunicarlo al Ministerio de Salud Pública quién resolverá al respecto». Y el nuevo párrafo que se propone, que viene corregido, dice: «Aquellas instituciones del sector público y privado que consideren que por alguna razón no requieran una Sala de Lactancia deberán comunicarlo al Ministerio de Salud Pública quién resolverá al respecto».

SEÑOR PARDIÑAS.- Creo que esto hace referencia a las instituciones que, teniendo 20 o más mujeres en una plantilla de más de 50 trabajadores, entiendan que no requieren sala de lactancia, porque las otras quedan incluidas en la excepción del segundo inciso. Me parece que acá se debe considerar a las que cumplen con el requisito pero entienden que no hay razón para tener la sala de lactancia. El segundo inciso de este artículo habla, justamente, de que «no registren el número de empleados» por lo que queda abierta la posibilidad de que puedan tener o no una sala de lactancia; no están obligados.

               Inclusive considero que tal vez tendríamos que incorporar en este artículo que aquellas empresas que decidan implementarlo sin estar alcanzados por la obligación, deben hacerlo bajo las condiciones que establecerá la reglamentación, porque hay que asegurar los mecanismos de garantía.

               En síntesis, creo que este párrafo regula las situaciones especiales. ¿Cuáles son? Aquellas instituciones que están obligadas, pero entienden que no necesitan una sala, y aquellas que no están obligadas pero deciden implementarla. Creo que debemos ser precisos en estas cuestiones.

SEÑOR PRESIDENTE.-  Creo que este artículo es absolutamente contradictorio con el primero. Lo digo porque el artículo que quedó como segundo, con la nueva redacción, establece una obligatoriedad con dos condiciones: cualquier institución pública o privada que tenga veinte mujeres o cincuenta empleados. Si se cumplen esas dos condiciones, tienen la obligación. Por su parte, este artículo 4º deja sin efecto el artículo 1º, porque pone la carga de la prueba en la voluntad de la institución.  Personalmente creo que hay que ponerse de acuerdo en si es una obligación o es voluntario. El artículo comienza diciendo: «Aquellas instituciones del sector público o privado que consideren» y eso pone la carga de la prueba del lado de la institución –sea cual fuera ésta– y a continuación dice: «que por alguna razón» y puede haber cualquier cantidad de razones.

Debe quedar claro que esta es una norma que busca imperativamente generar el ámbito por lo que no puede haber discrecionalidad. Personalmente interpreto que si se reúnen las dos condiciones –50 empleados y 20 mujeres– la ley es imperativa.

SEÑOR GARÍN.-  En la misma línea de lo expresado por el señor presidente, considero que el primer párrafo deja  sin efecto lo anterior y no debería ir. Sí creo que el segundo párrafo constituye una situación de excepcionalidad, porque si hay menos de 20 mujeres o de 50 empleados, no es alcanzado por la norma que establece más arriba la ley y amerita la situación especial.

               Lo último que quiero agregar es que, en el caso de que haya una institución que no cumple con el requisito de las 20 mujeres y 50 empleados, y toma la iniciativa de hacer la sala de lactancia, debería quedar alcanzada por lo que establece el segundo párrafo –que refiere a la situación especial de no llegar a la cifra– o quizás deberíamos pensar en incluir un párrafo que dijera que aquel que toma voluntariamente la decisión, después de que hace la sala está alcanzado por las normas complementarias que establecen que debe informar al Ministerio de Salud Público y demás.

SEÑORA PASSADA.-  Creo que las instituciones del sector público o privado que consideren que por alguna razón no requieren una sala de lactancia deberán comunicarlo. Y comparto lo que se ha dicho con respecto a que es contradictorio.

La única duda que me surge es si acaso no se trata, también, de una forma de contralor de por qué no hay sala de lactancia. Eso no me reafirma el hecho de que por qué no tengo una sala de lactancia y comunico por qué es que no la hay, y resguardo el derecho.

               Por otro lado, creo que el artículo hay que dividirlo. Luego dice que en aquellos casos en que las instituciones públicas y/o privadas no registren el número de empleados y/o estudiantes establecido en el artículo 1º de la presente ley, pero que cuenten con al menos una mujer y/o estudiante en período de lactancia, deberán asegurar los mecanismos. Esto, que es el enunciado de otra situación  que puede darse, no puede ir en el mismo artículo que lo señala como una situación especial a aquel que por cualquier motivo no quiere tener una sala de lactancia. No sé si logro explicarme. Creo que esta es la única forma de controlar por qué razón la  institución no tiene una sala de lactancia.

(Dialogados).

SEÑOR PRESIDENTE.- Si nosotros establecemos –en el artículo 2º– que hay dos condiciones que obligan: que sea una institución de cualquier tipo y que tenga 50 o más  personas y 20 mujeres, ya es una obligación, y no deja del lado de la institución la voluntad de establecerla o no. Si estamos de acuerdo en que la excepción sea la regla, entonces sacamos el artículo 1º y redactamos nuevamente la ley.

SEÑORA PASSADA.- No, debería no ir el artículo 5º, pues no es una situación especial esta, y sí lo es en aquellos casos en que las instituciones tengan una.

SEÑOR PRESIDENTE.- En lo personal, estoy hablando del primer párrafo.

(Dialogados).

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar la eliminación del párrafo primero del artículo 4º.

(Se vota).

               –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

               El inciso segundo del artículo 4º expresa: «En aquellos casos en que las instituciones públicas y/o privadas no registren el número de empleados y/o estudiantes, establecido en el artículo 1° de la presente ley, pero que cuenten con al menos una mujer y/o estudiante en período de lactancia, deberán asegurar los mecanismos que garanticen el uso de un espacio destinado para amamantar, extraer y/o almacenar y conservar la leche materna».

               En lo personal, no entiendo por qué se habla de una «mujer y/o estudiante»; ¿alguien me podría explicar el porqué de la diferencia entre mujer y estudiante? Se trata de una mujer.

SEÑOR GARÍN.- Aquí está planteada una situación especial: que cuenten con al menos una mujer y/o estudiante en período de lactancia. Esta es una situación especial. No importa el número de empleados que tenga, hay una mujer en situación de lactancia; se constituye una situación especial y hay que proveerle el espacio que necesita para la función a realizar.  

               Por otro lado, pregunto: ¿una empresa que tiene 5 mujeres y 65 empleados en plantilla, tiene que hacer sala de lactancia? Si nos atenemos a lo que expresa el artículo más arriba, no. No está obligada a hacerla, pero resulta que hace la siguiente valoración: las 5 mujeres no están en período de lactancia pero sí están en edad reproductiva; entonces la institución quiere hacer la sala de lactancia. Entonces, no está alcanzada por la ley, se configura una situación excepcional que hay que reconocer y, en caso de que haga la sala de lactancia, después tiene que cumplir con los requisitos adicionales, como el registro ante el Ministerio de Salud Pública. Ese, me parece, es un caso que constituye una situación especial que nosotros deberíamos intentar reflejar en la ley como tal.

SEÑOR PRESIDENTE.- Sugiero que primero analicemos lo que ya tenemos redactado. El texto dice que en aquellos casos en que las instituciones públicas y privadas no registren el número de empleados y estudiantes establecidos en el artículo 1º pero que cuenten con al menos una mujer –el texto dice mujer o estudiante, pero creo que con decir una mujer es suficiente– en período de lactancia, deberán asegurar los mecanismos que garanticen el uso de un espacio destinado para amamantar, extraer o almacenar y conservar la leche materna. Acá se diferencia entre sala y espacio. Si todos estamos de acuerdo, solicitaría al señor senador Garín que nos traiga una propuesta de redacción  sobre este artículo.

(Dialogados).

               –Léase el segundo párrafo del artículo 4º.

(Se lee).

               «Artículo 4.º(Situaciones Especiales).- En aquellos casos en que las instituciones públicas y/o privadas no registren el número de empleados y estudiantes, establecido en el artículo 2º de la presente ley, pero que cuenten con al menos una mujer en período de lactancia, deberán asegurar los mecanismos que garanticen el uso de un espacio destinado a amamantar, extraer o almacenar y conservar la leche materna.»

               Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

               –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

               Reitero la solicitud al señor senador Garín para que traiga una propuesta de redacción, a los efectos de no perder tiempo aquí.

               En consideración el artículo 5º del texto corregido.

               Voy a dar lectura a dicha disposición.

               «Artículo 5º. (Difusión).- Aquellas instituciones del sector público y privado incluidas en los artículos 2º y 4º de la presente ley deberán realizar campañas de sensibilización a los funcionarios sobre la importancia del apoyo a las mujeres trabajadoras y estudiantes que amamantan en los espacios laborales o de estudio y del uso de las Salas de Lactancia en estos ámbitos.»

               Quisiera formular una pregunta a modo de razonamiento colectivo. En primer lugar, la definición de instituciones, valga la redundancia, refiere a lo institucional. Acá estamos dirigiéndonos a organizaciones que pueden ser sindicales, empresariales, facultades, etcétera. Por lo tanto, habría que buscar algo que englobara a todo este tipo de organismos. Si ponemos el caso de una empresa o facultad, ¿es correcto agregar la condición de que entre sus funciones debe estar la de organizar actividades de difusión de esa actividad en forma obligatoria?

SEÑOR LORIER.- Dentro de esas campañas estaría incluido un conjunto de actividades como las que mencionó el señor presidente. De no ser así, podríamos entrar en una especie de enumeración que siempre nos va a quedar corta y que no conviene consagrarlo en la ley. Por eso reitero que las campañas de sensibilización pueden consistir en elementos como los señalados. En fin, esta expresión podría incluir los elementos particulares que se nos puedan ocurrir.

               Me parece que en lugar de establecer «deben realizar campañas de sensibilización a los funcionarios» debería expresarse «deben realizar campañas de sensibilización para los funcionarios». Al referirse a centros de estudio y a lugares de trabajo, ¿se trata solamente de los funcionarios o también del resto de los trabajadores y estudiantes de sexo masculino que allí se encuentren? Más allá de que no estuve presente en el proceso de elaboración del proyecto de ley, este punto no me queda claro.

SEÑOR PARDIÑAS.- Deberíamos quitar el término «funcionarios».

SEÑORA PASSADA.- Después de leer lo que dijeron las doctoras de Uruguay Crece Contigo en la Cámara de Representantes –ámbito en el que dieron una visión del tema en términos generales y se refirieron a la importancia de las campañas de difusión– considero que la campaña de difusión está enfocada a un derecho. Desde el momento en que esto se plasma en una ley se convierte en un derecho más que tiene, en este caso, la trabajadora de poder contar con una sala de lactancia. Ahora bien, ello también involucra a otros organismos, como la educación, porque abarca a los estudiantes. Las doctoras insistieron en la necesidad, no de campañas publicitarias, sino de promover el derecho que tendrán una vez que se apruebe la norma. Reitero: ellas no hablan de una campaña de publicidad que la empresa tenga que realizar porque la obliga una ley. Me parece que habría que encontrar una redacción más feliz que implique una promoción de derechos sobre todo lo que significa la lactancia, tema sobre el que el ministerio está haciendo su trabajo. Digo esto para no correr el riesgo al que se refirió el señor presidente y que comparto.

(Dialogados).

               –No sé qué opinan los demás señores senadores pero propongo que este punto quede en stand by hasta tanto se tenga una propuesta que contemple la promoción de este derecho y que no quede atado a campañas publicitarias que deben realizar actividades públicas o privadas.

SEÑOR PARDIÑAS.- Atento a los planteamientos de la señora senadora Passada y del señor senador Lorier, propongo que se establezca: «campañas de sensibilización y formación para los funcionarios y estudiantes sobre la importancia del apoyo a las mujeres trabajadoras y/o estudiantes que amamantan en los espacios laborales y/o de estudio». Creo que al establecer «sensibilizar y formar» estaríamos atendiendo la preocupación que planteaba la señora senadora Passada, en el sentido de que las campañas de sensibilización no se transformen en una campaña publicitaria, sino que también tengan un contenido formativo.

               Por otra parte, al agregar la palabra «estudiantes» se amplía el universo que incorpora el artículo que establece “mujeres trabajadoras y/o estudiantes”.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tengo aquí una redacción alternativa. Dice así: «El Ministerio de Salud Pública asistirá a las instituciones obligadas en la presente norma, a los efectos de que promuevan el uso de las salas de lactancia materna».

SEÑORA PASSADA.- Deberíamos incluir al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social porque las trabajadoras también están involucradas.

(Dialogados).

SEÑOR PRESIDENTE.- En definitiva, nos quedan por analizar los artículos 6º y 7º

               El artículo 6º establece: «(Plazo de implementación).- Las instituciones deberán implementar las Salas de Lactancia en un plazo no mayor a seis meses contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley». En este artículo había quedado pendiente incluir el tema del registro.

(Dialogados).

               Por un lado, vamos a postergar el tratamiento del artículo 6º y, por otro, solicitamos a la señora senadora Passada que traiga una redacción alternativa.              

               Ahora bien: el artículo 7º, establece: «El no cumplimiento de la presente ley generará sanciones por parte del Ministerio de Salud Pública».

(Dialogados).

–Entonces, quedará pendiente lo que está pendiente –esta es una gran definición, precisa–; el martes que viene, a las 3 de la tarde, recibiremos  cinco delegaciones y en la primera sesión de abril concurrirá el rector Markarian por el tema del Hospital de Clínicas.

¿Los señores senadores prefieren aprobar esto en la primera sesión de abril y citar al rector Markarian para la siguiente? El martes 21, como dijimos, vamos a recibir  cinco delegaciones.

(Dialogados).

–Como se ha sugerido, lo mejor sería consultar cuándo puede venir Markarian, esperar su respuesta y después ver qué hacemos el primer martes de abril.

               Se levanta la sesión.

(Son las 16:11).

 

 

 

 

Linea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.