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Carátula

SEÑOR PRESIDENTE.-  Está abierto el acto.

(Son las 14:35).

               –De acuerdo con el artículo 151 del Reglamento de la Cámara de Senadores corresponde designar  vicepresidente de la comisión.

SEÑOR PAYSÉE.- Propongo postergar el primer punto del orden del día.

SEÑOR PRESIDENTE.- Entonces posponemos la designación.

               Dese cuenta de los asuntos entrados.

(Se da de los siguientes:)

«Código Aduanero. Se suspende la vigencia de los artículos 224, 225, 227 a 257 y 269 de la Ley n.º 19276, de 19 de setiembre de 2014. Mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo (Carpeta n.º 481/2016 – Distribuido n.º 600/2016).

               Nota del departamento de Derecho Comercial y Bancario de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica del Uruguay, en respuesta a la nota de esta Asesora n.º 44/15, relacionado con el proyecto de ley de contrato de seguros (Enviado por correo electrónico el 31 de marzo de 2016)».

–En el día de hoy vamos a recibir a dos delegaciones. A la hora 14:30 vendrán representantes del Ministerio del Interior para informar sobre el segundo punto del orden del día y a la hora 15:00 la comisión va a recibir a la señora senadora Passada y al diputado Iturralde quienes informarán sobre el proyecto de ley relativo al matrimonio civil.

SEÑOR BORDABERRY.- Quiero referirme a dos temas de trámite. La norma del Código Aduanero que se prorroga está vencida desde el 1º de marzo de 2016, con lo cual estamos ante la misma situación de hace un año y ese asunto debería ser tratado con cierta urgencia porque cuanto más tiempo pase, más complicado va a ser. El proyecto de ley distribuido es distinto al que acaba de ingresar, que es mucho más sencillo; tanto que lo podríamos tratar en la próxima sesión de la comisión, porque lo único que hace es prorrogar la ley que ya aprobamos y discutimos. Este tema es más importante de lo que nos imaginamos porque en estos momentos hay procesos aduaneros que tendrían que tramitarse por un mecanismo que no es el adecuado y podríamos ocasionar nuevamente problemas procedimentales. Sugiero que este punto figure en primer lugar del orden del día de la próxima sesión.

               Por otro lado, respecto a esta carpeta sobre actos de discriminación y femicidio, que modifica el artículo 312 del Código Penal, solicito que también se considere – o al menos que los señores senadores integrantes de la comisión lo tengan en cuenta– la Carpeta n.º 409/15, Distribuido n.º 502/15, que es un proyecto de ley presentado con exposición de motivos por la señora senadora Montaner, que si bien tiene más artículos –son cinco–, uno de ellos hace mención a los mismos artículos de la Carpeta n.º 540/2015.  Digo esto para considerarlos juntos y no perder el tiempo. Por más que haya algunas diferencias –el proyecto de ley presentado por la señora senadora Montaner modifica el artículo 311 del Código Penal y el proyecto de ley presentado por el Poder Ejecutivo agrega un agravante del artículo 312–, propongo analizar los dos puntos de vista. También agrega otras normas que quizá sería bueno que se consideren –para aceptarlas o para rechazarlas–, para no volver sobre el mismo tema más adelante.

SEÑOR MIERES.- Preocupado por lo mismo que planteaba el señor senador Bordaberry con respecto a la prórroga de la suspensión de la vigencia de algunos artículos del Código Aduanero Uruguayo señalo que, de acuerdo con lo que se acordó ayer en la coordinación, la semana que viene a las 14 horas va a sesionar la Asamblea General y el siguiente martes ya sería 19 de abril. Por lo tanto, pregunto si no es posible aprobar hoy el proyecto de ley y de esa manera acelerar el trámite. Digo esto porque tiene que ser remitido a la Cámara de Representantes y dado los elementos que planteaba el señor senador Bordaberry, deberíamos aprobarlo cuanto antes de manera tal de que podamos remitirlo a la Cámara de Representantes en el día de mañana para que, a su vez, pueda votarlo la semana que viene.

SEÑOR PRESIDENTE.- Los señores senadores Bordaberry y Mieres se refieren a un proyecto de ley con artículo único que no ha entrado a comisión porque recién hoy ingresó al Senado. Si tenemos consenso en tratarlo hoy, debemos pedir urgentemente a Secretaría que nos lo envíe. De lo contrario, pasará a ocupar el primer punto del orden del día de la próxima sesión, tal como propone el señor senador Bordaberry.

SEÑOR BORDABERRY.- Que no esté el proyecto de ley hoy aquí, no nos impide aprobar el articulado. Es decir, en vez de aprobar el articulado que tenemos hoy aquí, aprobemos el proyecto de ley que tiene Secretaría, que nos lo puede distribuir ahora para estudiarlo, no sea cosa que nos mandemos alguna macana.

SEÑOR PRESIDENTE.- Con respecto al otro punto planteado por el señor senador Bordaberry, si estamos de acuerdo, incorporamos las sugerencias planteadas por la señora senadora Montaner.

(Ingresan a sala representantes del Ministerio del Interior)

               –En nombre de la Comisión de Constitución y Legislación agradecemos la presencia de la licenciada July Zabaleta, Directora de la División Políticas de Género del Ministerio del Interior y del doctor  Eduardo Florio, asesor jurídico  de la misma cartera.

               A sugerencia de la señora senadora Moreira hemos decidido invitarlos a los efectos de escuchar la opinión del ministerio con respecto al proyecto de ley que estamos considerando.

SEÑOR FLORIO.- Lo primero que quiero hacer es excusar la ausencia del doctor Charles Carrera, porque por razones de fuerza mayor no pudo asistir a la comisión.

               Lo que nos motivó a trabajar en este proyecto de ley fue la gran preocupación manifestada por el presidente de la república con respecto al problema de los homicidios de mujeres y la falta de tipificación dentro de la normativa uruguaya  del femicidio que hoy, a nivel mundial, se está tomando en consideración. Este delito implica quitar la vida a una mujer por razones de odio o por motivos de género. Entendíamos que era importante que la perspectiva de género estuviera dentro de la materia penal porque, justamente, en la realidad  se está corroborando que en los casos que aparecen mujeres asesinadas está presente el tema del género. Además, los  números de homicidios por violencia doméstica son altísimos en Uruguay.  Intentando aggiornar la normativa jurídica hacia esa realidad es que trabajamos en este proyecto de ley a pedido del presidente de la república. No es casualidad que esté firmado por el Consejo de Ministros en su conjunto. El apoyo a esta iniciativa es unánime y consideramos que es de vital importancia que se apruebe y obviamente que aspiramos a que se pueda mejorar en el ámbito de la comisión.

               Si el señor presidente lo permite, cedería el uso de la palabra a la licenciada July Zabaleta  quien va a explicar los fundamentos fácticos que, desde el Poder Ejecutivo, nos llevaron  a impulsar esta norma.

SEÑORA ZABALETA.-  Queremos agradecer a la comisión por habernos convocado para dar nuestra opinión y poder mostrar el trabajo que venimos haciendo, no solamente en la articulación de los distintos espacios del Estado, sino también con respecto a la sociedad civil. Es importante resaltar que como en pocos temas, en este, especialmente, hay coincidencia en lo que tiene que ver tanto con los actores institucionales como  con los de la sociedad civil.  Estuvimos trabajando en el Consejo Nacional Consultivo de Lucha contra la Violencia Doméstica en un proyecto que fue presentado en su oportunidad, relativo al análisis del Código Penal con perspectiva de género. Dentro de ese producto, que fue hecho en el marco de un proyecto del Fondo Fiduciario de las Naciones Unidas,  una de las cosas que proponíamos era visibilizar lo que hace a los homicidios de las mujeres por razones de género. El Ministerio del Interior trabajó con Inmujeres, tomando como insumo dicho documento, para consensuar una propuesta  que será presentada a la brevedad. Entonces, a partir de esa discusión interinstitucional, se consensuó la postura de femicidio para que sea incorporada en el Código Penal como un agravante especial del homicidio con determinadas características específicas que se deben contemplar.  Este ministerio decidió hablar de femicidio en vez de femicidio –creemos que nuestro país no es omiso en lo que hace a las muertes de las mujeres sino que, simplemente, todavía no alcanzan los esfuerzos–  para diferenciarlo de otros países donde el Estado es casi cómplice de las muertes de mujeres por razones de género.

               El femicidio en su naturaleza jurídica es considerado un homicidio, pero que posee características específicas vinculadas a las relaciones de poder entre hombres y mujeres. Para nosotros es la máxima expresión de la violencia patriarcal en virtud de lo cual, además, de que la pena debería ser mayor, debería nombrarse en forma diferencial. La incorporación de la mirada de género en el discurso de la ley es un mensaje político claro y de tolerancia cero a la violencia machista, lo que además debería impactar favorablemente en el desarrollo de las acciones de prevención y eliminación de esta forma de violencia. Los femicidios son un grave problema social, son asesinatos motivados por la misoginia, son el desenlace de un conjunto continuo del ejercicio del terror contra las mujeres y, por lo tanto, el Estado debería tomar la iniciativa en su combate con acciones firmes y decididas, ya sea nombrando el femicidio como un agravante especial o como una figura penal independiente. 

Como todos sabemos a nivel nacional, según las estadísticas,  la violencia doméstica es el segundo motivo de denuncia después del hurto. Incluso con la mejora en la captación y en el registro de las denuncias es sabido que parte de los hechos de violencia doméstica todavía no son denunciados. Trajimos dos ejemplares de la encuesta nacional de prevalencia, que vamos a dejar a la comisión, que hablan y muestran que más del 70 % de las mujeres que han sufrido algún tipo de violencia basada en género no lo denunciaron y ni siquiera lo conversaron con otras personas.

               En virtud de las consideraciones previas podemos decir que los homicidios, hoy por hoy, en nuestro país han tomado una importancia muy relevante ya que se viene manteniendo, con relación a los homicidios totales de varones y mujeres, una proporción de más del 20%. Ese porcentaje genera alarma internacionalmente. Si analizamos los motivos por los que esa cantidad de mujeres fueron asesinadas en nuestro país, veremos que más del 50% lo fueron en contexto de violencia doméstica. A este 51% tenemos que agregar el porcentaje de mujeres que son asesinadas no en un ámbito doméstico, sino por ejemplo a partir de la violencia sexual o por identidad de género, tal como ocurrió el año pasado con el asesinato de mujeres trans.

               Los últimos datos que tenemos en nuestro país indican que cada 16 días una mujer muere en un homicidio doméstico. Si a esto le sumamos  las tentativas, vemos que esa cantidad de días disminuye. Las tentativas de homicidio, a pesar de que puedan no estar identificadas o tipificadas como tal sino como lesiones personales o lesiones personales agravadas, constituyen un número importante.

               En síntesis, las cifras muestran que más del 50% de esas mujeres fueron asesinadas a manos de varones conocidos de las víctimas, en el ámbito doméstico, y en primer lugar por parejas o exparejas. Asimismo, quienes asesinan a las mujeres suelen ser sus padres, sus hermanos, vecinos, amistades o familiares.

               Como decía anteriormente, no debemos descartar otros asesinatos por razones de género, pero debemos seguir trabajando para tener un número más cercano a la realidad.

               Como representantes del Ministerio del Interior, en noviembre de 2015 nos comprometimos a optimizar el análisis de los datos para seguir mejorando las políticas y la respuesta del Estado en lo que hace a la problemática.

               La discriminación contra las mujeres prevalece en nuestro país y mucho tiene que ver la desvalorización hacia ellas. Cuando un fenómeno se vuelve algo natural, lo escuchamos pero realmente no oímos; me refiero, por ejemplo, a los chistes sexistas, al acoso callejero, etcétera. Son cuestiones a las que en su momento no les damos importancia, pero muchas veces son el inicio de una situación que termina en un asesinato.

               Como ya hemos dicho, este fenómeno no se aborda desde un solo lugar sino que es necesaria una mirada integral. Por eso, el Estado viene trabajando sostenida e interinstitucionalmente para poder avanzar en cuestiones como, por ejemplo, la elaboración de leyes integrales de género, así como en la ley integral de trata, en la que también estamos trabajando.

               Hemos tomado otras acciones porque creemos que no solamente la tipificación o no de un fenómeno hace a la solución del problema; por ello hemos dado cuenta de que el abordaje es realmente integral. En el Ministerio del Interior estamos trabajando fuertemente para la prevención y, sobre todo, para la capacitación y sensibilización del funcionariado. Las políticas de nuestra Cartera apuntan no solo hacia la respuesta de la ciudadanía; también hemos asumido un compromiso serio para erradicar el problema hacia la interna del Ministerio del Interior y en ese esfuerzo seguiremos trabajando.

               La conceptualización jurídica del fenómeno social, a partir de la tipificación penal de los femicidios, es un escalón que no podemos ni queremos obviar. Como decía nuestro Director General de Secretaría, crear la figura del femicidio es dar, como sociedad, una señal contundente de que no admitimos el homicidio de las mujeres por razones de género. Para visualizar el problema es necesario tener un postura política que deje de ignorar la violencia que existe detrás de los asesinatos de las mujeres. Desde nuestro rol de operadores del Estado tenemos la obligación de tomar o impulsar acciones para combatir este flagelo, y llamar a las cosas por su nombre es una de ellas. Debemos dar señales claras de que es algo inadmisible y reconocer la realidad. Hemos  avanzado muchísimo en lo que tiene que ver con la igualdad de derechos y de oportunidades, pero sigue existiendo una desigualdad real. El femicidio tiene características especiales y el bien jurídico tutelado no protege solamente la vida sino que además  protege la integridad física; es la culminación de un proceso estructural de violencia hacia la mujer, con una serie de actos de agresión física y psicológica que culmina con este hecho atroz que es quitarle la vida.

SEÑOR FLORIO.- A fin de complementar la idea me gustaría decir que, si bien sabemos que se está en proceso de discusión de un nuevo Código Penal, en el proyecto de ley que se remite se establece una modificación parcial al código vigente. Sin perjuicio de ello y de aprobarse este proyecto de ley, consideramos que sería oportuno incorporarla eventualmente al nuevo código.

               En cuanto a la técnica jurídica que aplica el proyecto de ley, cabe destacar que consiste básicamente en la inclusión de dos numerales en el artículo 312 del Código Penal. En definitiva, se habla de agregar los numerales 7 y 8; el primero de ellos incluye, como agravante especial, el homicidio «Como acto de discriminación por la orientación sexual, identidad de género, raza u origen étnico, religión, discapacidad u otra característica o condición de la víctima».

El numeral 8 define el femicidio como variable del homicidio agravado y dice: «Si se causare la muerte a una mujer, mediando motivos de odio o menosprecio. Sin perjuicio de otras manifestaciones, se considera que existe odio o menosprecio a la condición de mujer cuando ocurra cualquiera de las siguientes circunstancias». Se establecen algunas a título de ejemplo desde el punto de vista taxativo para orientar al juez y definir claramente el  motivo de odio o menosprecio: « a) Que a la muerte le haya precedido algún incidente de violencia física, psicológica, sexual, económica o de otro tipo, cometido por el autor contra la mujer, independientemente que el hecho haya sido denunciado o no por la víctima. b) Que el autor se hubiere aprovechado de cualquier condición de riesgo o vulnerabilidad física o psíquica en que se encontraba la mujer víctima. c) Por haberse negado la víctima a establecer o reanudar con el autor una relación de pareja, enamoramiento, afectividad o intimidad. d) Que previo a la muerte de la mujer el autor hubiere cometido contra ella cualquier conducta que atente contra la libertad sexual. e) Cuando el homicidio se cometiere en presencia de las hijas o hijos menores de edad de la víctima o del autor».

               Esta sería la propuesta del Poder Ejecutivo que está a consideración del Parlamento y puede tener las mejoras que se estimen pertinentes.

               Muchas gracias.

SEÑOR BORDABERRY.- Cómo es la relación del numeral 8 con el numeral 1º del artículo 311, que establece el caso de que haya un agravante si es una mujer, concubina o concubina more uxorio, cónyuge, etcétera. Por el trabajo que tenemos que hacer mi miedo es que  estemos poniendo agravantes distintos para casos similares y que, en ese caso,  quien cometa la conducta más grave vaya a zafar pidiendo que se le apliquen las menos graves. Quizás debemos trabajar el artículo 311.

               En segundo lugar, no sé si tienen noticia de un proyecto de ley presentado por la senadora Montaner en diciembre de 2015 en el que se proponen una serie de modificaciones a la Ley n.º 17514 estableciendo una cantidad de medidas que no están previstas en la ley como, por ejemplo, la inmediata notificación al servicio de atención psicosocial del Mides, los antecedentes policiales y judiciales que estén disponibles, y que no se pueda retirar la denuncia, porque a veces sucede que después tienen presiones y la retiran. Si lo consideraron, si no lo haremos nosotros.

SEÑOR FLORIO.- El artículo 311 tipifica las circunstancias agravantes especiales, no las muy especiales que es lo que el proyecto pretende incluir. Dice: «Cuando se cometiera en la persona del ascendiente o del descendiente legítimo o natural, del cónyuge, del concubino o concubina "more uxorio", del hermano legítimo o natural, del padre o del hijo adoptivo». Ahí refiere concretamente a determinados vínculos  de parentesco. En este caso el numeral 7 refiere a algo mucho más concreto: «Como acto de discriminación por la orientación sexual, identidad de género, raza u origen étnico, religión, discapacidad u otra característica o condición de la víctima». Sin perjuicio de ello, todo se puede mejorar y estamos abiertos a lo que ustedes decidan a fin de evitar que exista una contraposición entre ambos artículos. A mi juicio, en principio, referirían a situaciones diferentes que podrían coincidir en cuanto a los vínculos de parentesco. En este caso está apuntando a ciertas características específicas.

               Para referirse al proyecto, cedo la palabra, con autorización del señor presidente, a la licenciada Zabaleta.

SEÑORA ZABALETA.- Con respecto a lo que mencioné recién sobre el anteproyecto de ley Integral de Violencia de Género, quiero aclarar que hemos tomado como antecedentes todos los proyectos que existen y la experiencia recogida en los distintos espacios del Estado, así como en la sociedad civil.

               En lo que refiere al retiro de la denuncia, hay que decir que con la legislación vigente hoy no es tal para nosotros en el accionar policial. Lo que hacemos es recepcionar la intención de la víctima de retirar la denuncia, pero siempre se da cuenta a la Justicia y esta tiene la posibilidad de resolver al respecto. O sea que solamente con la manifestación de la voluntad del retiro de la denuncia, en violencia doméstica, por tratarse de una cuestión de orden público, no sería de recibo en esos términos.

               En cuanto a la atención inmediata del Mides, también se incorpora en este anteproyecto que estamos trabajando. Hemos tenido ya algunos ensayos que hemos venido haciendo, en función de contar con tobilleras electrónicas para los casos de violencia doméstica. Antes de implementarlas, habíamos visto si el marco legal era suficiente o si era preciso legislar y lo hemos encuadrado en lo que hace a las medidas de supervisión de las medidas cautelares –es decir, no como una medida cautelar en sí, sino como una medida de supervisión– y, en el ámbito penal, en la Ley n.º 17726.

Tomando como ejemplo las tobilleras, vemos que en realidad nos ha servido para articular con el Mides la apertura de nuevos servicios en los distintos lugares del territorio.

SEÑORA AYALA.- Pregunto a la licenciada Zabaleta cómo se coordinó el trabajo del ministerio con el Instituto Nacional de las Mujeres, que también está trabajando en el marco general de la ley de violencia de género.

SEÑORA ZABALETA.- En realidad, el trabajo que ha hecho el ministerio siempre ha sido en coordinación con las demás instituciones que están trabajando, sobre todo con el Inmujeres por ser el organismo rector en materia de género. Por eso justamente al inicio planteé que es uno de los pocos temas en los que el Estado y la sociedad civil están de acuerdo en un todo.

SEÑORA PAYSSÉ.- Quiero aclarar que ayer, en la Comisión de Población, Desarrollo e Inclusión, estuvimos analizando la sugerencia de todos los integrantes de que, una vez que llegue el anteproyecto o el proyecto de ley Integral de Violencia de Género –porque va a venir con la firma del Poder Ejecutivo–, se considere en su seno pues tiene menos trabajo por delante. Si ese proyecto trajera nuevos reproches penales, sería del caso que lo trabajaran de manera conjunta las Comisiones de Constitución y Legislación y la de Población, Desarrollo e Inclusión a los efectos de darle un tratamiento más ágil.

               Quería plantearlo porque justamente fue uno de los temas que, reitero, estuvimos analizando ayer en la Comisión de Población, Desarrollo e Inclusión. Aprovecho que hay representantes del Poder Ejecutivo para trasmitirles cuál es nuestra mirada, siempre y cuando se resuelva en la dirección que estamos planteando.

SEÑOR MICHELINI.- Compartimos el objetivo pero quiero precisar lo siguiente.

               Cuando ocurren estas cosas, muchas veces hay una relación sentimental. Entonces, la palabra «menosprecio» está clara –puede haber un sentimiento y a la vez un menosprecio–, pero la palabra «odio» no sé si conjuga en esta circunstancia porque muchas veces los actos de violencia ocurren en función de la relación afectiva. Entonces, cuando se habla de motivos de odio o menosprecio, se configuran todas las posibles causales.

               La idea es que no se dé el hecho de que votemos esta disposición y después no se configuren las causales, por ejemplo, porque la persona diga que no odia a quien acaba de matar.

               Hay un elemento que no corresponde al tema de los incisos que estamos considerando, pero podría ocurrir que la persona agrede a la mujer y a sus hijos –a veces hijastros– y esta no muere, pero si alguno de sus hijos. Me refiero a que podría ocurrir que al no configurarse la muerte de un ser femenino, sino de uno masculino, habiéndose cometido la misma barbarie, tenga una pena menor.

               Insisto en que no pretendemos complicar el análisis, sino que lleguemos a una norma adecuada. Es claro que no vamos a poder abarcar toda la casuística. Incluso, quienes proponen este proyecto deben haberse encontrado con aspectos de la casuística que no lograron configurar.

               La intención es dejar planteadas las preguntas de modo tal de ver si podemos encontrar las respuestas en el debate parlamentario.

SEÑORA MOREIRA.- Pienso que es un proyecto de ley muy oportuno; el número de mujeres asesinadas en el Uruguay nos ubica con una de las tasas más altas de América Latina y entiendo que está muy bien que se incorporen los artículos relativos a la discriminación por orientación sexual, sobre todo habida cuenta de los problemas que hemos tenido de odio racial y asesinatos de mujeres trans, fenómeno relativamente invisibilizado pero también importante.

               En fin, considero que el proyecto se orienta a la definición que emana de la OEA. Por tanto, luego podríamos conversar sobre si los literales que se proponen en el numeral 8, relativo a la precedencia del acto y la vulnerabilidad de la víctima, son lo suficientemente específicos o es necesario abundar más. Del mismo modo, deberíamos tomar en cuenta el artículo 311 del Código Penal que –ya que el señor senador Bordaberry lo mencionó lo estuve analizando– tiene que ver con la relación de la víctima con el agresor.

               Simplemente saludamos la iniciativa que acaba de llegar a la comisión y desde ya que la estudiaremos con el mayor cuidado, pues todos estamos preocupados por esta situación que, por cierto, amerita que lo tratemos sin esperar a que la discusión sobre el Código Penal llegue a su fin. Como todos sabemos, va a demorar y va de suyo que estos temas deberían ser incluidos; en verdad se está discutiendo la inclusión del femicidio en el Código Penal, por lo que nosotros nos adelantaríamos un poco.

SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Este proyecto relativo al femicidio habla de si se causare la muerte, pero tengo entendido que en el Código Penal está contemplada la figura de lesiones y lesiones gravísimas.

               Dado que esta también es una definición, ¿se podría incluir este otro aspecto? 

SEÑOR FLORIO.- Con respecto a la primera pregunta voy a responder desde un punto de vista técnico. Después, la señora Zabaleta va a desarrollar un poco mejor los conceptos de odio y de menosprecio. Según la técnica legislativa y de acuerdo con lo que yo interpreto, el motivo de odio o menosprecio no es acumulativo; puede ser un motivo de odio o de menosprecio porque un concepto no quita el otro. Con relación al punto de vista sustancial es bastante claro que los motivos de odio en los homicidios de mujeres son una realidad.

SEÑORA ZABALETA.- En realidad, quiero hacer referencia a que tenemos muy claro que esta iniciativa también tiene que incluir la formación de los actores del sistema de  justicia y de todos los que estamos trabajando en la temática. Cuando hablamos de odio nos referimos más que nada a aquellas características que tienen determinados homicidios y que como operadores policiales, por ejemplo, nos obliga a que la investigación sea diferencial. En el caso de las mujeres el protocolo sugiere que se actué investigado crímenes de odio. En ese sentido, lo más seguro es que el Ministerio del Interior este año traiga algunos expertos internacionales para trabajar la escena de este tipo de crímenes. En la escena del hecho los crímenes de odio muestran características diferenciales a un homicidio común; hay aspectos que reflejan el sentimiento del homicida frente a la víctima, deja su huella y deja de manifiesto el desprecio y el odio hacia la víctima.

               Si los señores senadores están interesados podemos hacerles llegar el Protocolo de Naciones Unidas a ese respecto.

SEÑOR FLORIO.- Me quiero referir a la muerte del hijo. En Derecho Penal siempre se opta por determinada conducta y establecer una pena. El artículo 311 en su numeral 1 establece que el vínculo de parentesco es un agravante especial. En definitiva, depende de la voluntad legislativa decidir si ese homicidio puede ser considerado un agravante muy especial en lugar de un agravante especial.  Concretamente, este proyecto apuntaba al feminicidio pero eso no quita que en el marco de la discusión que se pueda dar el Poder Legislativo se incluya esa situación. Esa es una opción legislativa.

SEÑORA PAYSÉE.-  Después de leer los literales me surgió una consulta. En los literales a) y d) se plantea que la muerte le haya precedido por un incidente y en otro dice que previo a la muerte, pero eso quiere decir lo mismo. ¿Hay alguna evaluación de la temporalidad? En cuanto al tiempo, ¿qué significa que le haya precedido o que haya sido previo a la muerte?

SEÑORA ZABALETA.- Sí, quizá no quedó muy claro. En el literal A) nos referíamos más que nada a las situaciones que se dan sobre todo en los contextos de violencia doméstica.

               Con respecto al literal d), se hace referencia a quien atenta específicamente contra la libertad sexual de la mujer, pero no necesariamente a quien haya tenido un vínculo familiar o doméstico, sobre todo en aquellos casos en los que, tras una violación, se asesina a la mujer.

SEÑORA PAYSSÉ.- Reitero la pregunta porque si bien entiendo el planteo, no me termina de cerrar y quiero aprovechar la oportunidad de intercambio con nuestros invitados porque vamos a seguir trabajando en este proyecto de ley.

               Cuando dice: «Que a la muerte le haya precedido algún incidente de violencia física», nosotros sabemos que en general esto sucede. El tema es qué temporalidad le damos a la palabra «precedido».

               En el caso del literal d) sería casi lo mismo. El literal a) dice «precedido» y el literal d) dice: «Que previo a la muerte de la mujer el autor hubiere cometido». La palabra «previo» quiere decir que fue antes, pero no marca una temporalidad. ¿Cómo vinculamos una cosa con la otra?

SEÑOR FLORIO.- Son situaciones diferentes. Los incidentes de violencia física, psicológica, sexual y económica establecidos en el literal a), refieren a una constante en la relación. En el caso del literal d) es una situación mucho más concreta, ya que hubo un atentado contra la libertad sexual de la mujer e inmediatamente, a raíz de esa situación, se produce el homicidio. Esa es la diferencia.

               Por supuesto que la redacción se puede mejorar, pero refiere concretamente a esa situación.

SEÑOR HEBER.- El literal d), dice: «Que previo a la muerte de la mujer el autor hubiere cometido», pero no se establece un plazo. En definitiva, la palabra «previo» puede indicar el momento previo en el que la mujer fuera asesinada como un año antes. Es previo a la muerte. El tema es cómo lo probamos.

SEÑORA AYALA.- Creo que nos quedó claro cuál es el sentido de la redacción de los literales a) y d). Quizá luego, en la discusión, mejoremos la redacción sin quitarle el sentido que quieren expresar.

SEÑOR FLORIO.- Con respecto a las lesiones personales, reitero que es un aspecto que perfectamente puede abrirse a la discusión y estudiarse la normativa penal desde una impronta de género. En este caso el proyecto de ley refiere exclusivamente al femicidio como variable del homicidio, pero perfectamente el Parlamento puede discutirlo y analizarlo.

SEÑOR PRESIDENTE.- No habiendo más consideraciones, agradecemos la comparecencia a la delegación del Ministerio del Interior.

(Se retiran de sala la señora July Zabaleta, directora de la División Políticas de Genero, y el señor Eduardo Florio, asesor jurídico del Ministerio del Interior).

 (Ingresa a Sala el señor diputado Iturralde).

–En nombre de la Comisión de Constitución y Legislación agradecemos  al señor diputado Iturralde por su comparecencia. El motivo de la convocatoria tiene que ver con el tercer punto del orden del día que es un proyecto de ley relativo al matrimonio civil presentado por la senadora Passada y el senador Bordaberry. La señora senadora Passada nos comunicó que tenía una reunión y que no tiene ningún inconveniente en que se trate el tema en función de lo que expresa la exposición de motivos.

El señor diputado Iturralde había presentado una iniciativa similar en la Cámara de Representantes y, por esa razón, nos parecía que era importante su comparecencia.

SEÑOR ITURRALDE.- Lamentablemente por cuestiones de agenda –está convocada la bancada de diputados del partido para elegir presidente–  tengo que estar en cinco minutos en la otra punta del Palacio, por tal razón, en un minuto voy a tratar de explicar los motivos  por los cuales habíamos solicitado ser recibidos.

En el año 2011, cuando se dio el largo conflicto de oficiales del Registro del Estado Civil que dificultó la realización de casamientos –con todas las connotaciones que tuvo en su momento debido, incluso, a las normas del Código Civil y alguna penal  que tipifica un delito la celebración de matrimonios religiosos sin la previa celebración del matrimonio civil–, presentamos un proyecto de ley que tiene coincidencias importantes con la iniciativa que hoy presentan el señor senador Bordaberry y la señora senadora Passada. Es más, diría que son casi totales las coincidencias, sobre todo con respecto al fin. En su momento, también lo discutimos con la Asociación de Escribanos y con los oficiales del Registro del Estado Civil que he visto que han solicitado audiencia a la comisión. Cuando solicitamos el desarchivo de la carpeta para presentarlo nuevamente, tuvimos conocimiento de la existencia de este nuevo proyecto que parte de la base de algo parecido  a un proyecto que había presentado el diputado por San José,  Cersósimo, y nos pareció que era una buena propuesta plantear la unificación  de los proyectos. Así se lo hicimos saber al señor senador Bordaberry, uno de los redactores de la iniciativa. Si fuera posible, creo que sería una buena medida tratar de buscar alguna modificación que desde el punto de vista técnico pueda mejorarlo para  poder darle un tratamiento inmediato en ambas  Cámaras y así obtener su aprobación.

Si les parece, después pondríamos en conocimiento de la comisión la propuesta que presentaremos.

SEÑOR PRESIDENTE.- Damos por sentado que hay acuerdo en cuanto al planteamiento.

               Agradecemos al señor diputado por su comparecencia en la comisión.

(Se retira de sala el señor diputado Iturralde).

SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- En virtud de lo que acaba de expresar  el señor diputado Iturralde, quisiera preguntar si alguna autoridad  del Ministerio de Educación y Cultura ha sido consultada. Me gustaría saber cuáles son los pasos a seguir con este proyecto.

SEÑOR PRESIDENTE.- El 13 de octubre de 2015 fue enviada una nota al Ministerio de Educación y Cultura con destino al Registro Civil solicitando información y todavía no hay respuesta.

SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.-  ¿Se puede reiterar la solicitud?

SEÑOR PRESIDENTE.- Si la comisión está de acuerdo, así se procederá.

SEÑORA MOREIRA.- Pienso que es la única concurrencia que requeriríamos para este proyecto, que es sencillo; solicito que asista la Dirección General de Registros y luego podríamos tratar el tema porque no veo que tengamos que demorarlo más.

SEÑOR PRESIDENTE.- Entonces, los invitamos a concurrir.

               Quiero comunicar que se elaboró un repartido  –que ya está en poder de todos los senadores–, del nuevo proyecto de ley de un solo artículo relativo a la prórroga del Código Aduanero. Me refiero al proyecto de ley que hoy ingresó al Senado.

SEÑOR MIERES.- Estuvimos intercambiando opiniones con el señor senador Bordaberry y encontramos que, en realidad, el distribuido 600/16 es más apropiado que este último que ingresó, porque este obvia una serie de disposiciones que tuvimos que tener en cuenta el año pasado y que ahora tenemos que volver a considerar, porque en la medida en que la prórroga cesó en marzo, nuevamente tenemos el problema de los procesos aduaneros que se iniciaron desde el 1º de marzo hasta el momento en que se apruebe este proyecto de ley. Entonces, el párrafo tercero del artículo único del proyecto de ley que nos envió el Poder Ejecutivo bajo el distribuido 600/15 –que en realidad sería 600/16– tiene sentido porque refiere a qué norma le aplicamos a los procesos que se inician entre la cesación de la prórroga y la aprobación de la nueva prórroga. Entonces, el tema no se arregla con un párrafo solo tal como vino en la nueva versión que dice prorrógase lo dispuesto por la ley tal, porque esa ley hablaba de otras fechas con respecto a los procesos. Nosotros estaríamos en condiciones de aprobar la versión anterior, es decir, el distribuido 600/16 porque sí se hace cargo de los problemas de la nueva prórroga y de la ausencia de posición o de normativa legal vigente durante la cesación de la prórroga.

SEÑOR BORDABERRY.- Creo que lo que ha sucedido aquí, conociendo la mecánica del funcionamiento del Estado uruguayo, es que se trabajó en forma paralela. El Ministerio de Economía y Finanzas envió con fecha 14 de marzo el segundo proyecto y Presidencia de la República lo envió con fecha 10 de marzo. Creo que, en los hechos, es el mismo proyecto. En realidad, como bien decía el señor senador Mieres, el inciso tercero del artículo único es importante porque convalida los procesos aduaneros que ya hayan sucedido entre el 1º de marzo de 2016 y la fecha en que se apruebe esta ley, pero en este otro se prorroga la ley anterior que convalidaba los del año 2015, pero no los del 2016. Desde el punto de vista de jurídico, creo que –como bien dice el señor senador Mieres– habría que aprobar el proyecto de ley que ya estaba a estudio de la comisión y no el que se envió con posterioridad, con certeza debido a que ambos expedientes caminaron en paralelo. Me parece que el que proviene de Presidencia es el que deberíamos aprobar y aclaro que nosotros estamos en condiciones de hacerlo.

SEÑORA PAYSSÉ.- Creo entender el razonamiento, pero me queda una duda que tal vez se pueda aclarar. Obviamente, se hace referencia a dos leyes: la n.º 19322 y la n.º 19276 y luego de una rápida lectura me queda una duda. El repartido n.º 600/2015, que es de 2016, habla de determinados artículos, mientras que el proyecto de ley que nos acaban de repartir contiene un artículo único y refiere, en general, a lo dispuesto por la ley tal.

               Ya que estamos tratando de hacer las cosas bien, me falta una aclaración a los efectos de comprender la situación.

SEÑOR MIERES.- Los dos proyectos de ley que envió el Poder Ejecutivo con diferencia de cuatro días buscan lo mismo, que es prorrogar la suspensión de la aplicación de ciertos artículos que tienen que ver con el proceso aduanero. A primera vista, el segundo, que llegó hoy, pretende ser una solución más rápida y sensata, pero tiene el problema de que como la prórroga ya cesó hay que hacerse cargo de los procesos aduaneros que se iniciaron a partir del cese de la prórroga. Al respecto, la ley referida –que es la n.º 19322, que aprobamos nosotros el año pasado– no se hace cargo de ello porque no puede hacerlo; solo lo hace con respecto a los procesos iniciados en marzo de 2015, pero no a los de 2016. En cambio, esta norma es mucho más completa y asume toda la complejidad de la decisión.

Con respecto a los números de las leyes, la n.º 19276 es la que modifica el Código Aduanero, mientras que la n.º 19322 es la que estableció la prórroga.

Dada la premura para que este tema no pase al mes de mayo, deberíamos votar en comisión el proyecto de ley que vino del Poder Ejecutivo bajo el distribuido n.º 600 o la carpeta n.º 481/2016. Creo que esa sería la solución.

SEÑOR MICHELINI.- Ahora entiendo: a la vista está lo que se podría denominar como un desentendimiento; creo que hubo una descoordinación importante.

               De acuerdo con la exposición de motivos, me parece que hay un expediente que se inicia con antelación en la Aduana y otro que se inicia a pedido de la Suprema Corte de Justicia. Tengo la sensación de que uno de ellos fue pensado en función del artículo de la ley anterior, modificando la fecha para que no se diera lo que plantea el señor senador Mieres. Además, creo que en su momento fue una redacción que se dio en esta comisión; si mal no recuerdo, los señores senadores Bordaberry y Mieres trabajaron en ella. Lo otro me parece una llamada desesperada –disculpen el término– de la Suprema Corte de Justicia y supongo que el secretario de la Presidencia rápidamente dijo: «Prorrogamos».

               Votemos cuanto antes; si es posible, hagámoslo hoy porque quizás se podría tratar en el día de mañana en el Plenario. Me refiero al proyecto de ley con fecha 10 de marzo de 2016, porque la otra iniciativa es del 14 de marzo de 2016.

SEÑOR BORDABERRY.- Al final del repartido n.º 600/2016, en la página 29 está la norma que aprobamos, que es igual, con una única modificación: se cambia 2015 por 2016 en el inciso tercero. Se da la particularidad de que los dos proyectos llevan la firma del Ministerio de Economía y Finanzas: uno lleva la firma de todos los ministerios y el otro solo la del de Economía. O sea que claramente son dos expedientes que corrieron paralelamente.

Creo recordar que el miembro informante fue el senador Michelini, por lo que propongo que lo vuelva a ser.

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración el proyecto de ley que tiene como fecha de ingreso el 10 de marzo del presente año.

               Si no se hace uso de la palabra, se va  votar el artículo único.

(Se vota).

               –9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

 Se va a votar la propuesta de que el señor senador Michelini sea el miembro informante.

(Se vota).

               –8 en 9. Afirmativa.

SEÑOR MICHELINI.- Consulto si hay acuerdo en solicitar el tratamiento urgente de este proyecto en la sesión del Senado de mañana.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se lo puede elevar hoy a fin de que sea incorporado al orden del día de mañana.

(Se suspende momentáneamente la toma de la versión taquigráfica).

–En consideración el cuarto punto del orden del día: proyecto de ley presentado por el señor senador Mieres por el que se propone derogar la obligatoriedad del voto en elecciones de instituciones públicas no gubernamentales.

SEÑOR MIERES.-  Presentamos este proyecto el año pasado y en la última sesión de la comisión solicitamos que fuera incorporado en el orden del día porque adquirió nueva actualidad y supongo que ello se va a reiterar cuando se  produzcan las próximas elecciones universitarias, que tendrán lugar dentro de un par de meses.

El propósito del proyecto es tomar en consideración la diferencia en la naturaleza de los actos eleccionarios cuando se refieren a la elección de gobiernos –sean nacionales, departamentales o locales– y cuando atañen a entes u organismos públicos que no tienen la característica de convocar a las personas en tanto ciudadanos, sino en tanto cierta categoría de ellos, es decir: como trabajadores, jubilados y empresarios, o como estudiantes, graduados, docentes, etcétera. Creo que no está en discusión –y no pretendemos proponerlo– la obligatoriedad del voto para la elección de gobiernos porque esa característica está en la cultura política uruguaya y, de hecho, los uruguayos asumimos positivamente la obligatoriedad del voto para la elección de gobiernos. Pero resulta bastante evidente que estamos ante otros casos, en tres instancias electorales para las cuales la normativa vigente establece la obligatoriedad con sanción –se trata no solo de obligatoriedad en un sentido preceptivo, sino además de la aplicación de sanciones para el caso de que no se vote–: la que elige los representantes sociales en el Directorio del BPS; la que elige los representantes de los órdenes para el cogobierno de la Universidad de la República y la que elige los representantes docentes en la conducción de la ANEP y de los Consejos Desconcentrados. En los tres casos las leyes respectivas establecen obligatoriedad y sanción; en los tres casos los niveles de participación ciudadana y, más aún, de expresión de las maneras en que puede pronunciarse el electorado –es decir, por la vía del voto en blanco o del voto nulo– indican un alto grado de actitud refractaria con respecto a esa convocatoria. Por lo tanto, en la medida en que no se refiera a gobiernos, sino a instituciones y a convocatorias vinculadas a categorías de individuos en función de ciertas tareas, como ocurre en otras donde no hay obligatoriedad del voto, es razonable que haya gente que se sienta convocada y otra que no, como sucede cuando se eligen los representantes de los partidos políticos, de las organizaciones no gubernamentales, de los clubes de fútbol, etcétera.

Entonces, creo que realmente es como que desde el Estado se impone a ciertas categorías de ciudadanos una obligación bajo la amenaza de sanción que a esta altura debería ser revisada. Ese es el ánimo de este planteo que aspiramos pueda ser objeto de discusión en la comisión.

SEÑOR MICHELINI.- Me parece pertinente la discusión. Entiendo que deberíamos hacer consultas a algunas cátedras, a los ministerios correspondientes y a la propia Universidad de la República para conocer sus opiniones, así como al Banco de Previsión Social para escuchar todas las campanas. Creo que se puede dar un mes para recibir las opiniones por escrito porque acá también hay un componente altamente político con respecto a si el voto debe ser obligatorio o no, más allá de que no está en juego esa discusión en cuanto a las elecciones nacionales, que naturalmente tienen una naturaleza y una importancia muy superior.

               También podríamos aprovechar para ver qué sucede cuando hay una lista única en algún orden. Si se resolviera que ese acto no es obligatorio y se presentara una lista única, es más complicado aún porque como se sabe que el candidato va a ganar, convoca menos. Por lo menos debemos reflexionar si en esa circunstancia, aunque se espere el acto electoral y una vez que pasa el plazo de inscripción de las diferentes listas, cuando hay un único concurrente se debe actuar en consecuencia. Pienso que debemos tener también en cuenta esto para que no se vean desprestigiados los actos electorales y los propios organismos.

               Entonces, creo que podríamos pedir a los diferentes organismos que nos hagan llegar su opinión por escrito en un mes o mes y medio, así como a las cátedras que cada senador indique y, al cabo de ese tiempo, podremos estar en condiciones de tomar una decisión al respecto.

SEÑORA MOREIRA.- Recién tomo contacto con el proyecto presentado por el señor senador Mieres y, obviamente, para mí la tentación es decir: ¡no! Soy una defensora de la obligatoriedad del voto con sanciones. Por supuesto que se trata más de una discusión política que de una discusión académica, y el señor senador Mieres y yo nos conocemos desde hace mucho.          Ahora bien, en mi opinión, primero tendría que haber un posicionamiento político de los partidos. En realidad, para el Frente Amplio, la elección de los representantes sociales, ha sido un tema fundamental. Pienso que nos debemos una discusión y manejar esta información sobre la baja participación, pues así como es bueno instaurar los procedimientos también es bueno evaluarlos. Esta es una discusión política que las bancadas, y sobre todo la nuestra, tendrán que acometer.

               Por otro lado, quiero decir que el tema de la baja participación electoral, como argumento es complicado, porque en el caso de la elección de los municipios en algunas zonas de Montevideo ponen en cuestión la legitimidad de la elección.

               Ocurre lo siguiente: la obligatoriedad del voto defiende la categoría, ya que se establece algo así como que todos los de tal categoría están obligados a decidir por sus representantes.

               El tema de las sanciones, en cambio, es distinto. Pienso que en nuestro país las sanciones son terribles y, en mi opinión, tendría que haber un menor nivel de sanciones. La obligatoriedad en América Latina es un mecanismo frecuente, así como lo es la tradición presidencialista en nuestra cultura ibérica. Pero no todos los países aplican las sanciones que tenemos nosotros.

               Finalmente, me parece extremadamente complejo el tema de la Universidad de la República. Quiero dejar sentado que, respecto a este punto, la opinión de la Universidad de la República, me parece absolutamente preceptiva, pues se trata de una modificación a la ley de 1958.

               Por respeto al señor senador Mieres y considerando que el proyecto de ley puede ser muy interesante, pediría un poco más de tiempo para que el Frente Amplio pudiera discutir este tema.

SEÑOR BORDABERRY.- Necesito lo mismo.

SEÑOR HEBER.- Nos parece muy bien y damos la bienvenida a la discusión, porque el intercambio de información y de diferentes visiones nos ayuda a razonar. Naturalmente, podemos concluir que las elecciones del BPS no fueron bien realizadas y que se molestó  a los votantes, por ejemplo, porque muchos debieron concurrir a dos circuitos diferentes por integrar dos órdenes y por el hecho de que hubiera una lista única, cuando en verdad se podría haber facilitado la votación estableciendo una lista nacional y el voto electrónico, dando la posibilidad de que la gente no tuviera que trasladarse para votar.

               En fin, pienso que, a pesar de ser una consulta popular para elegir a los representantes de los distintos órdenes, fue una elección más criticada que valorada. Esto en cuanto al acto en sí mismo.

               Pasando a otro punto, pienso que cabe cuestionarse la obligatoriedad del voto.

               Además, se está hablando de ámbitos distintos, pues una situación es la del BPS para cuya elección se convoca a un millón de personas, o más, y otra la de la  Universidad de la República, en cuyo caso se trata de establecer el gobierno universitario. Me parece que en este último caso tiene que existir la obligatoriedad de elegir a sus representantes.

Sin embargo, en temas donde lo que se busca es la representatividad en los órganos de conducción y cuando la población universitaria está más que capacitada para utilizar métodos mucho más cómodos y tecnológicos como para poder opinar, no me cabe en la cabeza que ahora que se convoca a elegir a los integrantes de la asamblea del claustro universitario –que creo que se realiza en mayo– no se pueda instrumentar el voto electrónico aunque sea presencial, pero voto electrónico al fin. Realmente no lo entiendo. En definitiva se vota por listas, de forma fácil y con rápidos resultados, cosa que  lamentablemente no se ha podido implementar. La Corte Electoral aduce que no tiene recursos y tiene razón. Nos tenemos que hacer cargo porque esto implica una inversión, pero en estas instancias la inversión en tecnología ayuda a que estos organismos y la democracia funcionen mejor. Creo que esta inversión nos daría más democracia y más participación.

               En las últimas elecciones del BPS el hecho de que la Corte Electoral cumpliera como dice la ley con tener treinta hojas por urna en cada circuito me parece válido, pero no para esta instancia. Hay muchas críticas al respecto. Nuestro partido ha criticado este acto eleccionario. Quiero agregar que para la elección del BPS hubo un proyecto de ley del Poder Ejecutivo que fue analizado en la Comisión de Constitución y Legislación. Lamentablemente, ahora tenemos una polémica con el ministro Murro en ese sentido, pero más que echarnos la culpa creo que lo ideal sería tener el tiempo necesario como para hacer un buen proyecto y evitar actuar siempre a último momento. Nuestros cuestionamientos radicaban en las condiciones que ponía el Poder Ejecutivo para que se presentara una lista y no que no hubiera elección cuando hubiera una sola lista. Me parece lógico que no haya elección si se presenta una sola lista;  no es eso lo que cuestionamos del proyecto. Es cierto que hay una serie de condiciones que a nuestro juicio inviabilizaban la posibilidad de que hubiera una apertura para que se presentaran trabajadores y jubilados, y creemos que eso es fundamental si se va a tratar el tema del BPS en una ley.

Entiendo que el planteo del señor senador Mieres va más allá del tema del BPS y de esa experiencia, porque  ha habido otras. Por supuesto,  nuestro partido está dispuesto a analizar esta iniciativa porque  provoca. A veces ocurre que dentro de un partido hay más de una opinión y dentro del Partido Nacional yo ya he escuchado más de una sobre la obligatoriedad y sobre la votación electrónica. Aún no tenemos una posición fijada, pero nos tenemos que dar el tiempo suficiente como para procesar las discusiones internas y llegar a una opinión única, para que no haya visiones personales que no representen a todo el partido.

SEÑOR PRESIDENTE.- También adherimos que se estudie el proyecto del señor senador Mieres. La discusión del tema en comisión puede resultar interesante y seguramente haya matices diversos, pero es oportuna, en especial por lo que pasó en las elecciones de las autoridades del Banco de Previsión Social. En oportunidad de tratarse el tema en el plenario, nos referimos a que de alguna manera se había roto la debida tensión que según los juristas tiene que haber entre la norma y la realidad. Asistimos a una convocatoria en la que manifiestamente  gran parte de la sociedad no tuvo interés.

A partir de lo sucedido, vinculamos el voto electrónico o con boleta como una forma de garantizar el ejercicio libre, en tanto se pueda elegir cualquiera de las opciones, que fue una de las cosas que se cuestionó en algunos circuitos. En definitiva, creo que nadie puede afirmar que la propuesta presentada por el señor senador Mieres no tiene oportunidad, más allá de que, tal como señaló el señor senador Heber, coincidimos en que son cosas distintas. Tal vez la ley orgánica universitaria tenga una particularidad diferente al tiempo de considerarla con las otras dos situaciones que se generan en el marco de la ANEP y del BPS. También el concepto de obligatoriedad es distinto del de las sanciones.

Por tanto, nos parece que es una propuesta que vale la pena analizar, otorgando un tiempo prudencial a aquellos señores senadores que así lo requieran, porque es un tema fundamentalmente –y primero que nada– de tenor político.

SEÑOR MIERES.-  Para empezar, quiero agradecer la disposición de los integrantes de la comisión para el tratamiento de este tema, porque sé que es complejo y estrictamente político.

 Al respecto quiero decir tres cosas: la primera de ellas, que no fue presentado a raíz del episodio del BPS, sino que lo presentamos a mediados del año pasado, en virtud de una convicción que tenemos hace mucho tiempo con respecto a una sensación de constreñimiento de la voluntad de la gente, más allá de lo razonable en el caso de elecciones que no tienen que ver con el concepto de ciudadanía. Y este es el segundo punto.

               Nuestro objetivo no es discutir la obligatoriedad del voto para los Gobiernos, sino la obligatoriedad del voto para instituciones que no refieren a la gestión gubernamental. En ese sentido, parece más razonable que el ciudadano tenga la capacidad de decidir si va o no. Asimismo, reconozco que un camino intermedio puede ser el de la eliminación de la sanción, si es que eso violenta cierta concepción más general de la obligatoriedad del sufragio que, por otro lado, es contradictorio porque si la obligatoriedad del sufragio es de naturaleza filosófica, aun habiendo una única lista, debería ser obligatorio porque si cuando hay una sola lista se elimina el voto –ya no la obligatoriedad, sino el voto–, estamos asumiendo que ya no es un deber, y estamos implicando que nuestra concepción sobre la obligatoriedad del voto es relativa y no un absoluto.

O sea que vale discutir la obligatoriedad cuando hay competencia, más allá de que también comparto que efectivamente hay que discutir cuáles son los requisitos para la aceptación de listas porque por la vía de elevar mucho los requisitos, podemos generar una lógica que determine que exista una sola lista y eso no es bueno para la democracia.

               Por último, lo que hace el proyecto de ley es modificar las leyes que establecen la obligatoriedad con sanción del BPS, de la Universidad de la República y de la ANEP. Pero en la Universidad de la República se dio el mismo tipo de manifestación que en la elección del BPS. Quizá sea menos visible porque vota menos gente, pero la última vez que hubo elecciones universitarias, un tercio votó listas, un tercio votó en blanco o anulado y otro tercio se abstuvo, a pesar de que había sanción. A ese grado está expresándose el nivel de desafección que tienen dos tercios de los egresados de la Universidad de la República, con respecto a la elección de sus representantes en el CDC de la universidad. Entonces, creo que vale para los tres casos. Obviamente, este es un tema de consulta política.

Por otro lado, comparto la propuesta del señor senador Michelini en cuanto a convocar a los organismos correspondientes para que den su opinión.

SEÑORA PAYSSÉ.- Creo que estamos en la misma línea en cuanto a que es interesante analizar el tema. Nos comprende a todos y todas opinar sobre esto por las cosas que se han dicho.

              

Con respecto a lo que se ha planteado de la obligatoriedad del voto, es  un tema  muy uruguayo, muy republicano y habría que ver como lo podemos seguir procesando.

En cuanto a  las sanciones,  ellas conllevan determinadas  cuestiones y su eliminación podría aparejar algunas otras; es opinable. En el caso de que hubiera una sola candidatura, podemos interpretar que, en realidad, también se está eligiendo: podríamos no apoyarlo o adherir, con lo que se da exactamente la misma circunstancia, ¿verdad? Se trata de  una demostración del respaldo que puede tener esa candidatura única en el momento de la elección. Otra cosa que se me ocurre –que es un poco perversa– en el marco del razonamiento es que si se eliminara –no es algo que esté planteando ni nada que se le parezca– es que la eventualidad de la elección cuando hay una candidatura única, podría ser una incitación a generar acuerdos previos para evitar, precisamente, esa elección.  Podría tener su lado positivo…

SEÑORA MOREIRA.- Es perverso.

SEÑORA PAYSÉE.- Lo quiero introducir de esa forma y, razonando con esa lógica, alguien puede llegar a decir que se elimina el problema si en todos los órdenes se presenta una sola candidatura y de esa forma ni siquiera sabemos la representatividad o el grado de adhesión de quienes, de alguna manera, van a ser beneficiados o perjudicados en esa circunstancia.  

               Este es un debate muy interesante –que, obviamente, tiene aspectos políticos, pero también filosóficos  y que hacen a la participación de la gente en los ámbitos  que son de su incumbencia– que  estoy  dispuesta a dar en este ámbito.

SEÑORA MOREIRA.- Quiero hacer una propuesta de procedimiento.

               Creo que, en principio,  se podría comenzar por pedirles  informes  escritos a la Universidad de la República, al Banco de Previsión Social, a la Corte Electoral y a la ANEP. En el caso de la universidad sé que no va a dar rápidamente una opinión institucional, porque discute los temas en el Consejo Directivo Central, pero no conozco cómo proceden los demás organismos.  Insisto en que me parece  que podríamos ir solicitando a estos cuatro organismos su opinión por escrito.

               No obstante esto, quiero rescatar que quizás podríamos introducir el tema del voto electrónico y, en ese caso,  podríamos pedirle a la Corte Electoral una evaluación a la luz de todo lo que se habló en cuanto la poca participación en algunas elecciones. También podríamos recibirla en la comisión  para que dé sus explicaciones y, al mismo tiempo, preguntarle por el voto electrónico. Creo que de esta forma lograremos ir avanzando.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si estamos de acuerdo con lo planteado por la señora senadora Moreira, enviaríamos el proyecto al Directorio del Banco de Previsión Social, a ANEP –Codicén y órganos desconcentrados–, a la UdelaR y, en el caso de la Corte Electoral, la convocaríamos para que la consulta sea más amplia y también analizar las alternativas del sistema electoral.

(Apoyados).

               –Queda abierta la posibilidad de que los senadores  planteen consultas a cátedras de cualquier universidad.

               El último punto del orden del día es un proyecto de ley –de rápida consideración, si así lo entienden los señores senadores– que  de larga data que plantea establecer el 19 de setiembre de cada año como el Día Nacional de las Relaciones Públicas, fecha que para nosotros tiene connotaciones más importantes porque  se conmemora la Batalla de Carpintería.                 

SEÑORA PAYSSÉ.- Este proyecto de ley es de rápido trámite. Propongo que lo consultemos y en la próxima sesión lo podríamos estar aprobando.                                                

SEÑOR PRESIDENTE.- Quería solicitar a la comisión, de ser posible, la inclusión en el orden del día de la próxima sesión de un proyecto de ley que presentamos por el que se nomina Wilson Ferreira Aldunate al edificio de la Corporación Nacional para el Desarrollo, al cumplirse 30 años de sancionada la respectiva ley.

SEÑORA PAYSSÉ.- Tal como conversábamos con la señora senadora Moreira, en el día de mañana va a ingresar al Senado el proyecto de paridad política, que seguramente recogerá la firma de varias bancadas –esperemos que de todas–, a los efectos de poder darle formato legislativo para empezar a trabajar en el tema. En este momento es un anteproyecto; por lo tanto no podemos discutirlo ni trabajar  sobre él. Cuando lo tengamos como tal, seguramente discutiremos mucho. Es importante que esta comisión le dedique tiempo ahora, lejos de los actos electorales, para llegar con los acuerdos posibles. Asimismo, quiero recordar que hay un proyecto de ley de la querida Martha Montaner que también tendremos que adjuntar a los efectos del análisis correspondiente.

               Quiero aprovechar para preguntar en qué quedó el proyecto de seguros, al que nosotros le dimos trámite. Es uno de los proyectos que el Poder Ejecutivo había enviado para su consideración y también tuvimos invitados que hicieron un análisis muy importante. Es un texto denso, pero tenemos que ver qué hacemos con él.

SEÑORA MOREIRA.- Dado que esta comisión está integrada por los cuatro partidos que tienen representación en el Senado, tal vez podríamos acometer el tratamiento conjunto de este proyecto de ley –al cual le vamos a dar estado parlamentario en el día de mañana con la generosa firma de hombres y mujeres políticos de este país– junto con la iniciativa de Martha Montaner; en tal sentido, me gustaría saber si este último proyecto de ley todavía está en esta Comisión de Constitución y Legislación. Por otro lado, como el proyecto de paridad requiere un acuerdo político –debido a las mayorías especiales–, quizás podríamos nombrar una subcomisión en este mismo ámbito, con representantes de los cuatro partidos, para analizarlo. De esa manera podríamos ir avanzando porque nuestra idea es que el proyecto de ley que triunfe y pueda ser aprobado en este año.

(Dialogados).

SEÑOR PRESIDENTE.-  Con respecto a lo que señalaba la señora senadora Payssé, me gustaría aclarar que hoy ingresó el informe de la cátedra de derecho comercial de la Ucudal y estamos a la espera de los restantes informes que refieren al tema de los seguros.

               Vamos a conformar el orden del día en base a los proyectos de ley que se han mencionado y sugerido ahora.

SEÑORA MOREIRA.- Entonces, si mañana damos estado parlamentario al proyecto de ley de paridad, proponemos que al orden del día se incorporen las dos iniciativas juntas: la carpeta presentada por Martha Montaner y el de paridad.

(Dialogados).

SEÑOR PRESIDENTE.-  Se levanta la sesión.

(Son las 16:16)

 

 

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.