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Carátula

 

SEÑOR PRESIDENTE.- Habiendo número, está abierta la sesión.

(Son las 16:13).

               –Dese cuenta de los asuntos entrados. 

(Se da de los siguientes).

«La Junta Departamental de Soriano remite versión taquigráfica de las palabras  pronunciadas por la señora edil Alba Bonino referidas a la lucha contra la violencia a la mujer. Oportunamente fue remitida por correo electrónico.

La Cámara de Representantes remite exposición escrita de la representante nacional Susana Andrade relacionada con la emisión de un producto televisivo que presenta un matrimonio forzado de una adolescente de 13 años. Oportunamente fue remitida por correo electrónico.

Carpeta Nº 709/2016. Fray Bentos. Capital Nacional del Cooperativismo. Se declara a la capital del Departamento de Río Negro para el año 2017. (Distribuido n.º 1044/2016)».

–La presidencia propone considerar el último asunto entrado, es decir, la designación de Fray Bentos como capital nacional  del cooperativismo para el año que viene. Cabe aclarar que esta condición habitualmente rota y el año que viene le tocaría a ese departamento.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

–5 en 5. Afirmativa. UNANIMIDAD.

SEÑORA PAYSSÉ.- Propongo al señor senador Otheguy como miembro informante.

(Apoyados).

SEÑOR PRESIDENTE.- De acuerdo, señora senadora.

               Corresponde ingresar al orden del día y continuar con la consideración del proyecto de ley de violencia hacia las mujeres basada en género. Continuamos con el tratamiento del literal c. del artículo 7.º que pasaría a ser el q. del 6.º.

               Léase por secretaría.

(Se lee).

               «Violencia Institucional: Es toda acción u omisión de cualquier autoridad, funcionario o personal del ámbito público o de instituciones privadas como centros de salud, residenciales, educativos, sindicatos, cooperativas, asociaciones gremiales, deportivas o de la sociedad civil, que discrimine a las mujeres o tenga como fin menoscabar, obstaculizar o impedir el goce y disfrute de los derechos y libertades fundamentales de las mismas, así como la que pretenda obstaculizar u obstaculice el acceso de las mujeres a las políticas y servicios destinados a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar las manifestaciones, tipos y modalidades de violencia contras las mujeres previstas en la presente ley».

               –En consideración.

SEÑORA XAVIER.- Sugiero eliminar la casuística porque es algo complicado y siempre puede omitirse alguna cita. Por lo tanto, proponemos que de «público o instituciones privadas» se pase a «que discrimine a las mujeres o tenga como fin menoscabar». El texto continúa diciendo: «obstaculizar o impedir el goce y disfrute de los derechos fundamentales de las mismas». Nosotros planteamos que diga: «el goce y ejercicio de los derechos fundamentales de las mismas» porque entendemos que la expresión ejercicio es más aceptable desde el punto de vista jurídico.

SEÑOR PRESIDENTE.- Pido a la señora senadora Xavier que lea el texto del artículo con la modificación que propone.

SEÑORA XAVIER.- Dice así: «Violencia institucional: es toda acción y omisión de cualquier autoridad, funcionario o personal del ámbito público o de instituciones privadas, que discrimine a las mujeres o tenga como fin menoscabar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos y libertades fundamentales de las mismas, así como la que obstaculice el acceso de las mujeres a los servicios destinados a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar las manifestaciones, tipos y modalidades de violencia contra las mujeres previstas en la presente ley».

SEÑORA PAYSSÉ.- En el texto que estuvimos analizando dice: «es toda acción y omisión» pero el original dice: «es toda acción u omisión». Creo que lo que corresponde es el «u» y no el «y» porque no tienen que estar juntas sino que pueden ser una u otra. Por lo tanto, solicito que se deje como está en el texto original.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar el artículo con la versión de la señora senadora Xavier, cambiando además el «y» por el «u».

(Se vota).

               –5 en 5. Afirmativa. UNANIMIDAD.

               En consideración el artículo 8, relativo a los derechos de las mujeres víctimas de violencia.

               Léase por literales.

(Se lee).

               «Derecho de las mujeres víctimas de violencia.

Además de los derechos reconocidos a todas las personas en los Tratados y Convenios internacionales ratificados por el país y en la Constitución y las leyes nacionales, toda mujer víctima de alguna de las formas de violencia basada en género, tiene derecho:

a.      Al respeto de su dignidad, intimidad y autonomía y a no ser sometida a forma alguna de discriminación».

–En consideración la introducción y el literal a.

SEÑORA XAVIER.- Sugerimos una modificación en la introducción. El texto sugerido es el siguiente: «Además de los derechos reconocidos a todas las personas en la legislación vigente nacional e internacional aplicable, toda mujer víctima de alguna de las formas de violencia basada en género, tiene derecho:». Es decir, reordenamos la referencia a lo internacional, a la Constitución y a las leyes. De esa manera creemos que queda mejor redactado.

               Sobre el literal a, eliminamos la letra «y», como también la expresión «y a», quedando la redacción de la siguiente manera: «Al respeto de su dignidad, intimidad, autonomía, así como a no ser sometida a forma alguna de discriminación».

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar la redacción dada por la senadora Xavier.

(Se vota).

               –5 en 5. Afirmativa. UNANIMIDAD.

               Léase el literal b.

(Se lee).

               «b. A ser respetada en su orientación sexual e identidad de género».

               –En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el literal b.

(Se vota).

               –5 en 5. Afirmativa. UNANIMIDAD.

               Léase el literal c.

(Se lee).

               «c. A recibir información clara, accesible, completa, veraz, oportuna, adecuada a la edad y contexto socio cultural, en relación a sus derechos y a los mecanismos y procedimientos contemplados en la presente ley y demás normas concordantes».

               –En consideración.

SEÑORA XAVIER.- Pondríamos en el texto la expresión «normas aplicables» en lugar de «normas concordantes».

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el literal c con la modificación planteada por la senadora Xavier.

(Se vota).

               –5 en 5. Afirmativa. UNANIMIDAD.

               Léase el literal d.

(Se lee).

               «d. A contar con intérprete, adaptación del lenguaje y comunicación aumentativa así como otros apoyos necesarios y ajustes razonables que permitan garantizar sus derechos, cuando se encuentren en situación de discapacidad».

               –En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el literal d.

(Se vota).

               –5 en 5. Afirmativa. UNANIMIDAD.

SEÑORA PAYSSÉ.- Creo que no tenemos alternativa a la utilización del término «comunicación aumentativa». Quizás sería bueno estudiar mejor esa expresión y buscar su significado, de manera de ver si se puede ajustar la redacción. De repente hablar de comunicación aumentativa es sumamente científico, pero no lo tengo claro y me olvidé de hacer las consultas correspondientes.

SEÑOR PRESIDENTE.- El literal queda votado y luego, eventualmente, más adelante lo podemos reconsiderar.

               Léase el literal e.

(Se lee).

               «e. A que se garantice la confidencialidad y la privacidad de sus datos personales, los de sus descendientes o los de cualquiera otra persona que esté bajo su tenencia o cuidado.»

               –En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el literal e.

(Se vota).

               –5 en 5. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Léase el literal f.

(Se lee).

               «f. A recibir protección y atención integral a través de servicios adecuados y eficaces, para ella y sus hijos e hijas u otras personas a su cargo, con cobertura suficiente, accesible y de calidad».

               –En consideración.

SEÑORA XAVIER.- Propongo que la redacción sea: «A recibir protección y atención integral oportuna para ella, sus hijos e hijas u otras personas a su cargo, a través de servicios adecuados y eficaces». O sea que ponemos «oportuna» después de «integral».

               (Dialogados).

SEÑOR PRESIDENTE.- Según la propuesta de la senadora Xavier, el literal f. agrega, después de «integral», «oportuna».

SEÑORA PAYSSÉ.- El original decía: «[…] y sus hijos e hijas u otras personas a su cargo, con cobertura suficiente, accesible y de calidad». Y la alternativa que estuvimos trabajando dice lo siguiente: «A recibir protección y atención integral oportuna para ella, sus hijos e hijas u otras personas a su cargo, a través de servicios adecuados y eficaces». Esa es la alternativa. No es solo poner la palabra «oportuna» después de «integral» sino, además, modificar la redacción final.

(Dialogados).

SEÑOR PRESIDENTE.- Le pido a la senadora Payssé que repita la redacción que propone.

SEÑORA PAYSSÉ.- «A recibir protección y atención integral oportuna para ella, sus hijos e hijas u otras personas a su cargo, a través de servicios adecuados y eficaces.»

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el    literal f.

(Se vota).

               –5 en 5. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Léase el literal g.

(Se lee).

               «g. A recibir orientación, asesoramiento y patrocinio jurídico gratuito, inmediato, especializado e integral, debiendo comprender las diversas materias y procesos que requiera su situación».

               –En consideración.

SEÑORA PAYSSÉ.- Tenemos una redacción alternativa que paso a leer: «A recibir orientación, asesoramiento y patrocinio jurídico gratuito, dependiendo de la condición socioeconómica de la mujer. Dicha asistencia deberá ser inmediata, especializada e integral, debiendo comprender las diversas materias y procesos que requiere su situación».

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración el literal g tal como lo leyó la senadora Payssé.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

               –5 en 5. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Léase el literal h.

(Se lee).

               «h. A recibir asistencia médica, psicológica y psiquiátrica especializada e integral para ella y sus hijos e hijas».

–En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

               –5 en 5. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Léase el literal i.

(Se lee).

               «Al respeto y protección de sus derechos sexuales y reproductivos, incluso a ejercer todos los derechos reconocidos por las leyes de Salud Sexual y Reproductiva (Ley N°.18.426 del 1º de diciembre de 2008) y de Interrupción Voluntaria del Embarazo (Ley N°.18.987 del 22 de octubre de 2012), cualquiera sea su nacionalidad y aunque no haya alcanzado el año de residencia en el país, siempre que los hechos de violencia hayan ocurrido en el territorio nacional».

               –En consideración.

SEÑORA PAYSSÉ.- Queremos presentar un texto alternativo, más sencillo,  a este literal porque no nos convence que se ponga a texto expreso el número de las leyes. La paso a leer: «Al respeto y protección de sus derechos sexuales y reproductivos, cualquiera sea su nacionalidad, siempre que los hechos de violencia hayan ocurrido en el territorio nacional».

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el    literal i en la redacción dada por la señora senadora Payssé.

(Se vota).

               –5 en 5. Afirmativa. UNANIMIDAD.

               Léase el acápite y el literal a. del artículo 9º.

(Se lee).

               «Artículo 9.º.- Derechos de las mujeres víctimas de violencia en los procesos administrativos o judiciales.

En todo procedimiento administrativo o judicial deben garantizarse, además de los referidos en el artículo anterior, los siguientes derechos:

a.      A contar con mecanismos eficientes y accesibles para denunciar».

–En consideración.

SEÑORA PAYSSÉ.- Nosotros proponemos una redacción diferente para el acápite que es la siguiente: «En los procedimientos administrativos o judiciales deberán garantizarse los siguientes derechos:» y luego se enumeran esos derechos.

               No tengo ninguna anotación con respecto al literal a por lo que seguramente quedaría como fue leído por la secretaría. De todos modos solicito que se reitere su lectura.

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase nuevamente el literal a.

(Se lee).

«a. A contar con mecanismos eficientes y accesibles para denunciar».

               Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el acápite, en la redacción dada por la senadora Payssé,  y el literal a. tal cual fue leído por secretaría.

(Se vota).

               –5 en 5. Afirmativa. UNANIMIDAD.

SEÑORA PAYSSÉ.-  Antes de continuar queremos hacer la siguiente propuesta.

A sugerencia del doctor Cavalli redactamos un literal que iría como literal b. por lo que cambiaría la nominación del resto de los literales. Dicho literal b diría así: «A comunicarse libre y privadamente con su abogado patrocinante antes, durante o después de los actos del proceso judicial o administrativo».

SEÑOR PRESIDENTE.- Lo que está proponiendo la señora senadora Payssé es agregar un literal que quedaría como b. en esta nueva redacción.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

               –5 en 5. Afirmativa. UNANIMIDAD.

               Continuamos con los literales que incluía el proyecto de ley original.        

               Léase el literal c.

(Se lee).

               –«c. A ser escuchada y obtener una respuesta oportuna y efectiva. En todos los casos tiene derecho a ser oída personalmente por el juez o por la autoridad administrativa a cargo del proceso y a que su opinión sea tenida en cuenta al momento de arribar a una decisión que le afecte. A tales efectos, se deberá considerar especialmente el contexto de violencia e intimidación en que pueda encontrarse».

               –En consideración.

SEÑORA XAVIER.- Sugerimos un cambio de redacción, que quedaría de la siguiente manera: «A ser escuchada por el juez o la autoridad administrativa, según corresponda, y obtener una respuesta oportuna y efectiva. Su opinión deberá ser contemplada en la decisión que le afecte, considerándose especialmente el contexto de violencia e intimidación en que pueda encontrarse».

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

               –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

(Ocupa la presidencia la señora senadora Alonso).

SEÑORA PRESIDENTA.- Léase el literal c.

(Se lee).

               –«c. A recibir protección judicial inmediata y preventiva, cuando se encuentren amenazados o vulnerados sus derechos».

               –En consideración.

–Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

               –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

               Léase el literal d.

               –«d. A la gratuidad de las actuaciones administrativas y judiciales».

               –En consideración.

SEÑORA XAVIER.- Propongo agregar al final: «según corresponda».

SEÑORA PRESIDENTA.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar con la sugerencia propuesta.

(Se vota).

               –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

               Léase el literal e.

(Se lee).

«e. A participar en todos los procedimientos referidos a la situación de violencia que le afecta, incluidos los procesos penales, en los que podrá acceder a la totalidad de las actuaciones, proponer pruebas, poner a su disposición las que tenga en su poder y participar de todas las diligencias».

               –En consideración.

SEÑORA XAVIER.- Teniendo en cuenta la referencia a las modificaciones del CPP, quedaría redactado de la siguiente manera: «A participar en los procedimientos referidos a la situación de violencia que le afecte, según corresponda». Y no hacemos toda la descripción, que es más compleja para la técnica legislativa.

SEÑORA PRESIDENTA.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar con la modificación propuesta.

(Se vota).

               –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

               Léase el literal f.

(Se lee).

«f. A concurrir con un acompañante emocional de su confianza a todas las instancias judiciales».

               –En consideración.

SEÑORA XAVIER.- Eliminaríamos la palabra «emocional» y dejaríamos todo lo demás como está.

SEÑOR OTHEGUY.- Habría que poner «según corresponda», como en el literal anterior.

(Dialogados).

SEÑORA PAYSSÉ.- Me parece que este es un derecho que la mujer podrá utilizar o no, de acuerdo con el derecho que también tiene a decidir sobre esto.

               Ahora bien, al hablar de concurrir «con un acompañante», si no se pone «según corresponda», podría pensarse que hay uno solo autorizado para todas las instancias. En cambio, si se agrega «según corresponda», la mujer puede decidir que en algunos casos la acompañe una persona y en otros otra. Me parece que es en ese sentido que habría que incluir esa expresión.

SEÑORA XAVIER.- Creo que el derecho de la mujer es a concurrir acompañada y me parece que es irrelevante si siempre va con la misma persona o no. Obviamente, habrá que reglamentarlo, porque no puede concurrir con una cantidad de personas que no esté acorde con el trámite que va a realizar. Por lo tanto, creo que habría que poner que puede concurrir acompañada de alguien de su confianza a las instancias judiciales.

SEÑORA PRESIDENTA.- Entonces, quedaría: «A concurrir acompañada de una persona de su confianza a todas las instancias judiciales». ¿Y agregaríamos «según corresponda»?

               (Se suspende la toma de la versión taquigráfica).

–Se va a votar el literal f.

(Se vota).

               –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

               Léase el literal g.

(Se lee).

               «g. A que su testimonio no sea desvalorizado en base a estereotipos de género sustentados en la inferioridad o sometimiento de las mujeres, o en otros factores de discriminación tales como la edad, la situación de discapacidad, la orientación o identidad de género, el origen étnico racial, la pertenencia territorial, las creencias o la identidad cultural».

               –En consideración.

               Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

               –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

               Léase el literal h.

(Se lee).

               «h. A recibir un trato humanizado, evitando la revictimización, teniendo en cuenta su edad, situación de discapacidad u otras condiciones o circunstancias que requieran especial atención. Son acciones revictimizantes aquellas que tienen como propósito o resultado causar sufrimiento a las víctimas directas o indirectas de los  hechos de violencia, tales como: reiteración de testimonios y pericias, demoras y comparecencias innecesarias durante las actuaciones, rechazo, indolencia, indiferencia, descalificación, minimización de hechos, retardo injustificado en los procesos, falta de credibilidad, culpabilización, desprotección, negación y falta injustificada de atención efectiva».

               –En consideración.

SEÑORA PAYSSÉ.- Quisiéramos plantear una alternativa que simplifica todo esto y, además, porque no existe el verbo «victimizar» en nuestra lengua. Por lo tanto, vamos a tratar de ajustarnos a un texto que no genere complicaciones.

               Diría así: «A recibir un trato humanizado teniendo en cuenta su edad, situación de discapacidad u otras condiciones o circunstancias que requieran especial atención. Prohíbanse aquellas acciones que tengan como propósito o resultado causar sufrimiento a las víctimas directas o indirectas de los hechos de violencia».

SEÑORA PRESIDENTA.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el literal h con la redacción propuesta por la señora senadora Payssé.

(Se vota).

               –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

               Léase el literal i.

(Se lee).

               «i. A no ser confrontada, ni ella ni su núcleo familiar, con el agresor, quedando prohibida toda forma de mediación o conciliación en los procesos de protección o penales».

               –En consideración.

SEÑORA PAYSSÉ.- Nosotros tenemos una redacción alternativa. De todas formas, cuando pasemos a la parte procesal, tal vez la tengamos que rever porque acabamos de aprobar los juicios abreviados, que implican una presencia conjunta de víctima y victimario. En este caso quizás tengamos que excepcionar, dadas las características propias de estos delitos. Entonces, vamos a proponer una redacción alternativa, pero, una vez que tengamos todo votado, probablemente haya que ajustarla al texto que aprobamos sobre los juicios abreviados hace poco tiempo.

               En concreto, la redacción sería la siguiente: «A la no confrontación, incluido su núcleo familiar, con el agresor; prohibiéndose cualquier forma de mediación o conciliación en los procesos de protección o penales».

               Reitero, señor presidenta, que esto genera una excepción al procedimiento previsto para los juicios abreviados, que son cuando no hay penitenciaría. Entonces, hay que ajustar esto y hacerlo de forma rigurosa. De manera que la propuesta es votar este texto y después adecuarlo.

SEÑORA PRESIDENTA.- Si no se hace uso de la palabra se va a votar el literal i con la redacción propuesta por la señora senadora Payssé, dejando constancia de que vamos a reverla, seguramente, cuando analicemos los temas penales de este proyecto.

(Se vota).

               –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

               Léase el literal j.

(Se lee).

               «j. A que se recabe su previo consentimiento informado para la realización de los exámenes físicos u otras acciones que afecten su privacidad o intimidad. En los casos de violencia sexual, tiene derecho a escoger el sexo del profesional o técnico para dichas prácticas, el que deberá ser especializado y formado con perspectiva de género».

               –En consideración.

SEÑORA PAYSSÉ.- El artículo comienza diciendo: «A que se recabe su previo consentimiento», pero después dice: «En los casos de violencia sexual, tiene derecho». Creo que habría que armonizar la redacción.

SEÑORA PRESIDENTA.-  Diría de pasar el verbo «tiene» al futuro «tendrá». Entonces quedaría: «tendrá derecho a escoger el sexo del  profesional o técnico para dichas prácticas, el que deberá ser especializado…»

SEÑOR CARÁMBULA.- El consentimiento informado que se pide al realizarse un examen siempre es previo por lo que no digo que esté mal, pero es redundante. Por eso, se podría decir que se recabe su consentimiento informado para la realización de los exámenes físicos, etcétera.

SEÑORA XAVIER.-  Entiendo lo que dice el senador Carámbula pero, de pronto, se podría ubicar la palabra «previo» en otro lugar. Por ejemplo, se podría decir: «A que se recabe su consentimiento informado previo a la realización  de los exámenes físicos» porque, en este caso, lo que abunda no daña.

SEÑORA PAYSSÉ.-  Me sigue molestando la expresión: «tener derecho». Creo que la frase debería estar redactada en presente y no en futuro. Me pregunto si no se podría decir: «En los casos de violencia sexual es su derecho escoger el sexo del profesional o técnico para dichas prácticas, el que debe ser especializado y formado con perspectiva de género» Insisto en que no me gusta hablar de «tener derecho» porque me parece que «es» un derecho.

SEÑORA PRESIDENTA.- No haría cuestión de eso.  

               Léase el literal j. tal como quedaría redactado con las propuestas de la senadora Payssé y del senador Carámbula.

(Se lee).

               «j. A que se recabe su consentimiento informado previo a la realización de los exámenes físicos u otras acciones que afecten su privacidad o intimidad. En los casos de violencia sexual es su derecho escoger el sexo del profesional o técnico para dichas prácticas, el que debe ser especializado y formado con perspectiva de género».

               –Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

               –5 en 5. Afirmativa. UNANIMIDAD.

               Léase el literal k.

(Se lee).

               «A la verdad, la justicia, la reparación y garantías de no repetición frente a los hechos constitutivos de violencia, a través de un recurso sencillo y rápido ante los Tribunales competentes».

               –En consideración.

SEÑORA PAYSSÉ.- Lo puedo votar como está. Creo que las garantías de no repetición se establecen en la Ley n.º 18026 donde se incorporan los crímenes, entonces, es para eso y no para los delitos. Para mí aquí se genera un problema. Estoy de acuerdo con que para los crímenes de lesa humanidad el Estado debe procurar las garantías de no repetición.        Ahora bien, me parece un poco osado integrar las garantías de no repetición, que tienen que ver con tratados internacionales vinculados a los crímenes de lesa humanidad y no a los delitos, en el caso de una ley que refiere a delitos y no a crímenes. Me parece, repite, osado.

               En principio, me gustaría reflexionar en ese sentido. No me convence mucho incorporar las garantías de no repetición acá. Como mencioné, deberíamos analizarlo y verlo.

SEÑORA PRESIDENTA.- Coincido con la señora senadora Payssé en que debemos dejarlo pendiente.

               Léase el artículo 10.º.

               «Art. 10. Derechos de las niñas, niños y adolescentes en los procesos administrativos y judiciales. Tratándose de niñas, niños y adolescentes, sean víctimas o testigos, deben garantizarse los derechos reconocidos en los artículos precedentes, con las siguientes especificidades:  a. Deben ser informados/as todos sus derechos y sobre el estado y alcance de las actuaciones, los plazos y las resoluciones en la causa, en forma accesible a su edad, teniendo en cuenta su madurez y grado de autonomía».

               –En consideración.

SEÑORA XAVIER.- Tenemos una propuesta para el acápite de este artículo.

               Proponemos lo siguiente: «Se reconoce a las niñas, niños y adolescentes, sean víctimas o testigos de actos de violencia, sin perjuicio de los derechos que establecen las normas aplicables, el derecho a: a. Ser informados por su defensa sobre sus derechos, estado en los procedimientos administrativos y procesos  judiciales».

SEÑORA PRESIDENTA.- Entonces el literal a. cambia totalmente.

               Si lo señores senadores están de acuerdo propongo votar ahora el acápite del artículo 10 y luego considerar el literal a.

(Apoyados).

               Si no se hace uso de la palabra se va a votar el acápite del artículo 10.º.

(Se vota).

               –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD

               Se pasa a considerar la propuesta de modificación  del literal a.

               Solicito a la señora senadora Xavier que lea la misma.

SEÑORA XAVIER.- Proponemos la siguiente redacción: «a. Ser informados por su defensa sobre sus derechos, estado en los procedimientos administrativos y procesos  judiciales».

SEÑORA PRESIDENTA.- ¿Por qué se propone esta modificación? 

Me parece clarísimo el literal a, al decir «hay que informar a los niños sobre sus derechos, sobre el estado y alcance de las actuaciones, los plazos y las resoluciones en la causa». Me suena más compleja la redacción leída por la señora senador senadora Xavier, que la propuesta original. 

SEÑORA PAYSSÉ.- Aquí lo que importa es que al poner «el derecho a» cambiamos el verbo en el comienzo. Además, se hablaba del derecho a ser informado pero no dice quién tiene que informar y por eso nosotros agregamos que lo debe hacer su defensa. La versión original dice: «sobre sus derechos, el estado y alcance de las actuaciones». Aquí dice: «el estado de los procedimientos administrativos y procesos judiciales».

               Primero que nada, nosotros queremos incorporar lo relativo a quién tiene que informar. Además, hay que especificar qué se informa; en el original habla del estado y alcance de las actuaciones y los plazos de las resoluciones. Tal vez haya que mejorar la redacción pero nosotros queremos que quede claro que hablamos de los procedimientos administrativos y también de los procesos judiciales porque puede haber actuaciones, plazos y resoluciones vinculadas a cuestiones judiciales y también administrativas. Ese es el concepto que queremos dejar reflejado acá.

SEÑOR CARÁMBULA.- Propongo la siguiente redacción: «a ser informados por su defensa sobre sus derechos, el estado y alcance de las actuaciones administrativas, los plazos y resoluciones judiciales en la causa, en forma accesible a su edad, teniendo en cuenta su madurez y grado de autonomía».

SEÑORA PRESIDENTA.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

               -6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

SEÑORA XAVIER.- Antes de comenzar con la consideración del literal b, quiero proponer que en la medida que modificamos el acápite y este culmina con «el derecho a:», creo lo lógico es que se eliminen los dos puntos y que este literal empiece con «que su relato».

SEÑORA PRESIDENTA.- Léase el literal b.

(Se lee).

               «Su relato sobre los hechos denunciados debe ser recabado por personal técnico especializado, en lugares adecuados a tal fin y evitando su reiteración».

               –En consideración.

               Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

               -6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

               Léase el literal c.

(Se lee).

«Se debe restringir al máximo posible la concurrencia de las niñas, niños o adolescentes a la sede judicial o policial así corno su interrogatorio directamente por el Tribunal o por personal policial».

               –En consideración.

SEÑORA XAVIER.- Sugerimos que la redacción quede de la siguiente manera: «A la restricción máxima posible de concurrencia a la sede judicial o policial, así como a ser interrogado directamente por el tribunal o por personal policial».

SEÑORA PAYSSÉ.- En el acápite tenemos un sujeto que está en plural, es decir, los niños, niñas y adolescentes. Y en este literal se dice «así como a ser interrogado». Cuando por secretaría se haga las correcciones en el texto, ahí se debe expresar «interrogados». Esto no lo planteo para que sea considerado en cada literal, sino para que la secretaría tenga en cuenta esta corrección.

SEÑORA PRESIDENTA.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar la redacción dada por la senadora Xavier.

(Se vota).

               –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

               Léase el literal d.

(Se lee).

               «Si el Tribunal entendiere imprescindible presenciar el testimonio, deberá cumplir todas las condiciones previstas en el literal b. En dicha audiencia no podrá estar presente la persona denunciada como agresora y su Defensa no podrá formular preguntas a la niña, niño o adolescente salvo previa autorización del Tribunal y solamente a través del personal técnico especializado».

               –En consideración.

SEÑORA XAVIER.- La redacción que proponemos para este literal es la siguiente: «En dicha audiencia no podrá estar presente la persona denunciada como agresora y la Defensa no podrá formular preguntas a la niña, niño o adolescente salvo previa autorización del Tribunal y solamente a través del personal técnico especializado».

SEÑORA PAYSSÉ.- En los literales anteriores hacíamos referencia a cuando los niños, niñas y adolescentes tendrían que comparecer a distintas instancias. Entonces, «en dicha audiencia» es como una específica, por lo que habría que poner «en dichas audiencias» porque pueden ser más de una y nos estamos refiriendo a ellas.

SEÑORA PRESIDENTA.- Léase el literal con las modificaciones propuestas.

(Se lee).

               «En las audiencias no podrá estar presente la persona denunciada como agresora y la Defensa no podrá formular preguntas a la niña, niño o adolescente salvo previa autorización del Tribunal y solamente a través del personal técnico especializado».

–Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el literal con las modificaciones propuestas en sala.

(Se vota).

               –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

               Léase el literal e.

(Se lee).

               «Deben adoptarse medidas especiales para la protección de la integridad física y emocional de las niñas, niños y adolescentes involucrados, así como la de su familia y testigos frente a posibles represalias y asegurar que los mismos no coincidan en lugares comunes con las personas denunciadas en los espacios judiciales policiales».

               –En consideración.

SEÑORA XAVIER.- El acápite ya contiene algunos de los elementos de este literal. Es por eso que sugeriríamos –recordemos que el acápite culminaba diciendo «el derecho a»– «ser protegidos en su integridad física y emocional, así como su familia y testigos frente a posibles represalias, asegurando que los mismos no coincidan en lugares comunes con las personas denunciadas en los espacios judiciales y policiales».

(Dialogados).

–No, porque hay toda una anticipación que está repetida. Hay que eliminar «Deben adoptarse medidas especiales…», porque se dice que tienen derecho a ser protegidos. Hay que leer el acápite.

(Dialogados).

SEÑORA PAYSSÉ.- Yo estaba haciendo referencia al literal anterior, al d. Me parece que los literales d y e tienen algunos puntos en común.

(Dialogados).

–Tal como está redactado el literal e, para mí también incluye a las audiencias. Entonces, no sé si no convendría cambiar, poner el primero, que es general, y después, en el caso específico de las audiencias se remarca. Porque si primero se pone lo particular y después lo general, resulta complicado.

SEÑORA PRESIDENTA.- Entonces, lo que propone la senadora es que el actual literal e pase a ser el d, y que el d, el e ¿Es así, senadora?

SEÑORA PAYSSÉ.- Sí.

SEÑORA PRESIDENTA.- Está bien, lo podemos hacer, porque va de lo general a lo particular; de lo general de la protección a lo particular de las audiencias. Estamos de acuerdo.

               Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el literal e con las modificaciones propuestas.

(Se vota).

               –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Léase el literal f.

(Se lee).

               «f. En todos los casos el Tribunal deberá asegurar el respeto de la privacidad de la víctima y familiares denunciantes respecto de terceros, manteniendo en reserva su identidad e imagen y adoptar todas las medidas necesarias para impedir su utilización por los medios masivos de comunicación».

               –En consideración.

SEÑORA XAVIER.- Nosotros sugerimos que la redacción quede –recordemos: «tiene derecho a»–: «El respeto de la privacidad de la víctima y familiares denunciantes respecto de terceros, manteniendo en reserva su identidad e imagen y la adopción de medidas necesarias para impedir su utilización por los medios masivos de comunicación».

               Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el literal f con las modificaciones propuestas.

(Se vota).

               –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

SEÑORA PAYSSÉ.- Voy a votar este literal, porque está bien, pero creo que el artículo 11 del CNA tiene una redacción vinculada a la protección de la imagen de niños, niñas y adolescentes. Y al ver que en este literal f dice al final «utilización por los medios masivos de comunicación», me parece que la redacción que hay en el CNA es más feliz. Lo voto, pero si en la próxima sesión hay que volver a tratar este literal para ajustar la redacción, pediría esa reconsideración.

               Esa es la constancia que quiero dejar.

SEÑORA PRESIDENTA.- Léase el literal g.

(Se lee).

               «g. A los efectos de recabar el consentimiento a que refiere el literal j del artículo anterior, deberán recibir información previa accesible a su edad y madurez. Para la realización de los exámenes u otras acciones que afecten su intimidad, podrán ser acompañados por la persona adulta de confianza que ellos mismos designen».

               –En consideración.

SEÑORA PAYSSÉ.- Independientemente de los ajustes de redacción que se van a realizar a este artículo, me parece que en lugar de decir «del artículo anterior» se debería poner el número correspondiente. La redacción alternativa también hace esa referencia y creo que debería modificarse.

Por otra parte tengo la siguiente duda. En nuestro caso manejamos un literal k. Me pregunto si se agregó un literal j y por eso tengo este literal k, o nosotros agregamos un literal y por eso ya trabajamos con un literal k.

SEÑORA PRESIDENTA.-  Se leyeron los literales j y k.

(Dialogados).

SEÑOR CARÁMBULA.-  Creo que el literal debería decir que: «A los efectos de recabar el consentimiento informado deberán recibir información previa accesible a su edad y madurez». Pienso que se debería sacar toda la referencia al literal porque tiene que ver con el consentimiento informado; no nos compliquemos.

SEÑORA PRESIDENTA.- Personalmente también eliminaría la expresión «a los efectos de recabar el consentimiento» y diría directamente: «Derecho a recibir información previa accesible a su edad y madurez, previo al consentimiento informado.

Para la realización de los exámenes…» y continuaría como figura actualmente. 

De esta forma, como sugirió el senador Carámbula, sacaríamos la referencia al  literal g que lo hace mucho más complejo.

SEÑORA PAYSSÉ.-  Quizás esté entreverada por los cambios que hemos realizado. El consentimiento informado, ¿estaba en el capítulo de derechos de los niños, niñas y adolescentes o en el capítulo de derechos de las mujeres?

SEÑOR CARÁMBULA.- En el capítulo del derecho de las mujeres.

SEÑORA PAYSSÉ.- Entonces, lo primero que deberíamos decidir  es si realmente hay que recabar el consentimiento informado de niñas, niños y adolescentes, y en caso afirmativo, referirnos a sus derechos. Hemos repetido derechos o situaciones de privacidad y demás en el capítulo de derechos de las mujeres y, luego, en el de los niños,  niñas y adolescentes. Del consentimiento informado hablamos en el capítulo del derecho de las mujeres, pero no  en el de los niños, niñas y adolescentes. Entonces, me parece que darlo por sentado, refiriéndonos a un artículo que pertenece a los derechos de las mujeres cuando estamos en el capítulo de niños, niñas y adolescentes,  no es de buena técnica legislativa. Además, si consideramos que los niños, niñas y adolescentes tienen derecho al consentimiento informado debemos ver quién consiente ese derecho –porque son niños, niñas y adolescentes– y acá se nos abre una interrogante.

(Dialogados).

Razonemos en voz alta. Si hay un capítulo de derecho de las mujeres víctimas de violencia donde figuran todos sus derechos, y hay otro capítulo de derechos de niños, niñas y adolescentes, en este deben estar detallados sus derechos y no remitirlo a un artículo que habla de los derechos de las mujeres.

SEÑORA XAVIER.- La remisión ya está afuera.

SEÑORA PAYSSÉ.- Es cierto pero se debe tener en cuenta lo siguiente. El literal dice: «previo a recabar el consentimiento», es decir que aunque no remitamos, en ningún artículo que habla de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, se hace referencia al consentimiento informado.

SEÑORA XAVIER.- El acápite dice: «Tienen el derecho a recibir información accesible a su edad y madurez, previo al consentimiento informado para la realización de los exámenes u otras acciones que afecten su intimidad». Y ahí iría el punto. Y continúa: «Podrán ser acompañados por la persona adulta de confianza que ellos mismos designen».

SEÑOR OTHEGUY.- Como debemos asistir a otra reunión, propongo continuar con el tratamiento de este proyecto de ley en la próxima sesión de la comisión. Asimismo, dejamos constancia de que nos hemos estancado en este literal  y que seguiremos  su discusión en la próxima sesión.

SEÑORA PRESIDENTA.- Se levanta la sesión.

(Es la hora 17:27).

 

 

 

 

 

 

 

 

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.