Retorno a página principal

Carátula

SEÑORA PRESIDENTA.- Habiendo número, está abierta la sesión.

(Son las 16:15).

                –Dese cuenta de los asuntos entrados.

(Se da de los siguientes).

                «La Junta Departamental de Rivera remite versión taquigráfica de las palabras de la señora Edil Laura Buzó, relacionadas con el tema: “Las deudas pendientes a diez años de la aprobación de la Ley Nº 18.033, de 13 de octubre de 2006 (CIUDADANOS QUE NO PUDIERON ACCEDER AL TRABAJO POR RAZONES POLÍTICAS O SINDICALES ENTRE EL 9 DE FEBRERO DE 1973 Y EL 28 DE FEBRERO DE 1985) desde una perspectiva integral”».

                Corresponde que continuemos con la consideración del proyecto de ley a estudio.

SEÑORA PAYSSÉ.- Habida cuenta del ritmo lento con el que estamos trabajando, nosotros como bancada estamos haciendo un análisis en un grupo de trabajo para tratar de agilizar algunas cosas que quedaron pendientes y otras que pueden ser reformuladas para que, próximamente, cuando arribemos a un trabajo más exhaustivo, lo colectivicemos a la comisión. Más allá de eso, creo que en el día de hoy que hay quórum podemos seguir avanzando en aquellos artículos que quedaron pendientes o que teníamos que empezar a procesar.

SEÑORA PRESIDENTA.- Coincido con la señora senadora. Creo que es importante que todos los partidos políticos, en la medida en que tengan algunas propuestas concretas, las traigan a la comisión, para no tener que discutir artículo por artículo o incluso palabra por palabra. Si hiciéramos eso colaboraríamos mucho en el avance del tema o seríamos mucho más expeditivos en el proceso de votación.

                Estaba pendiente de consideración el artículo 7.º, sobre el que había alguna sugerencia a estudiar, y el artículo 8.º. Tengo entendido que la señora senadora Payssé estaba tratando de amalgamar los artículos 6.º y  7.º y, por lo tanto, no hay una propuesta concreta.

SEÑORA PAYSSÉ.- En la última sesión en la que tuvimos quórum habíamos visto la definición de los distintos tipos de violencia. Posteriormente había un capítulo sobre la violencia doméstica, comunitaria e institucional. Nosotros habíamos pensado juntar esos dos artículos y generar una propuesta unificada. ¿La señora senadora Xavier está en condiciones de formular los textos acordados? En el borrador de trabajo sería el artículo 6.º, sobre formas de violencia, en el que incorporamos la violencia en el ámbito educativo –que ya estaba–, la violencia comunitaria, la doméstica y la institucional, por lo que el 7.º anterior pasaría a ser 6.º y el nuevo 7.º –si esta propuesta tiene andamiento–se referirá al derecho de las mujeres víctimas de violencia.

SEÑORA XAVIER.- Creo que no debemos complicarnos con el número de los artículos porque la numeración definitiva la hará secretaría.

SEÑORA PRESIDENTA.- Pregunto a la señora senadora Xavier si puede leer la propuesta.

SEÑORA XAVIER.- La propuesta es que el literal relativo a violencia física, que estaba votado, quede tal como está, es decir: «Toda acción, omisión o patrón de conducta que dañe la integridad corporal de una mujer».

                En cuanto a violencia psicológica o emocional, quedaría: «Toda acción, omisión o patrón de conducta dirigido a perturbar, degradar o controlar la conducta, el comportamiento, las creencias o las decisiones de una mujer, mediante la humillación, intimidación, aislamiento o cualquier otro medio que afecte la estabilidad psicológica o emocional».

SEÑORA PRESIDENTA.- Eso es lo votado.

SEÑORA XAVIER.- La violencia sexual sería: «Toda acción que implique la vulneración del derecho de una mujer a decidir voluntariamente sobre su vida sexual o reproductiva, así como la transmisión intencional de infecciones de transmisión sexual (ITS), prostitución forzada y trata sexual».

                En este párrafo no estoy de acuerdo en eliminar «la violación dentro del matrimonio», porque no está implícita en ninguna de las otras expresiones.

                Aclaro que la sugerencia que se trae elimina la inclusión de la violación dentro del matrimonio o de otras relaciones vinculares o de parentesco, pero yo no estoy de acuerdo con sacarlo porque la violencia dentro del matrimonio es una realidad. Por tanto, dejaría la redacción que tenemos.

SEÑORA PRESIDENTA.- Yo agrego que habría que dejar «la violación dentro del matrimonio o de otras relaciones vinculares o de parentesco», ya que se dan casos entre familiares, como padres con hijos.

SEÑOR CARÁMBULA.- Me parece que habría que poner «la violación dentro del matrimonio y de otras relaciones vinculares o de parentesco».

SEÑORA PRESIDENTA.- También mantendría «exista o no convivencia».

SEÑORA XAVIER.- Eso no se eliminaba en la sugerencia.

                En el literal sobre violencia por prejuicio hacia la orientación sexual, identidad de género o expresión de género, se propone suprimir «sancionar», ya que al incluir «castigar», queda redundante.

SEÑORA PRESIDENTA.- Es decir que dejaríamos solamente «reprimir y castigar».

SEÑORA SECRETARIA.- El texto que se había votado decía «reprimir y sancionar». Se había eliminado la palabra «castigar».

SEÑORA XAVIER.- De acuerdo.

Los tres literales siguientes, que refieren a la violencia económica, patrimonial y simbólica, quedarían igual.

El literal h, «Violencia obstétrica», diría lo siguiente: «Toda acción, omisión o patrón de conducta del personal de la salud en los procesos reproductivos de una mujer que afecta su autonomía para decidir libremente sobre su cuerpo y que se expresa en un trato deshumanizador». La frase «el abuso de medicalización y la patologización de los procesos naturales» se eliminaría porque incluye algunos neologismos, pero se podría incluir una redacción más comprensible. Quizás se podría decir «abuso de medicación».

SEÑOR CARÁMBULA.- Creo que habría que poner un punto en «deshumanizador», porque la expresión «abuso de medicación» también es cuestionable.

                Por otro lado, el primer párrafo debería decir «Toda acción, omisión y patrón de conducta».

SEÑORA PRESIDENTA.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el literal h con las modificaciones indicadas.

(Se vota).

                –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                Pasamos al literal i), violencia laboral. Se le había hecho una corrección.

SEÑORA XAVIER.- Aquí se establece que es la ejercida en el contexto laboral, por medio de actos que obstaculizan el acceso de una mujer al trabajo, el ascenso o la estabilidad en el mismo, tales como el acoso moral, el sexual, la exigencia de requisitos sobre el estado civil, edad, la apariencia física, la solicitud de resultados de exámenes de laboratorios clínicos o la disminución del salario correspondiente a la tarea ejercida por el hecho de ser mujer.

SEÑORA PAYSSÉ.- Quería hacer una observación sobre este literal. Lo correspondiente a la solicitud de resultados de exámenes de laboratorios clínicos forma parte del examen de salud para el ingreso al trabajo. Entonces, habría que aclarar de qué resultados de exámenes no estaríamos de acuerdo que se exija.

SEÑORA PRESIDENTA.- Me informa secretaría que ya fue votado este literal con algunas correcciones.

                Léase.

(Se lee).

                «Literal i. Violencia laboral. Es la ejercida en el contexto laboral, por medio de actos que obstaculizan el acceso de una mujer al trabajo, el ascenso o la estabilidad en el mismo, tales como el acoso moral, el sexual, la exigencia de requisitos sobre el estado civil, la edad, la apariencia física, la solicitud de resultados de exámenes de laboratorios clínicos fuera de lo establecido en los marcos legales aplicables o la disminución del salario correspondiente a la tarea ejercida por el hecho de ser mujer».

                –Pasamos al literal j, violencia en el ámbito educativo. Se había propuesto, en un principio, que pasara al artículo 7.º.

SEÑORA XAVIER.- Aquí se dice que es la violencia ejercida contra una mujer por su condición de tal en una relación educativa, consistente en un acto o una omisión con abuso de poder, incluyendo el acoso sexual, que daña su autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad y atente contra la igualdad. En el texto original figuraba la expresión «análoga» que se quitó.

SEÑORA PRESIDENTA.- Luego de la expresión: «en una relación educativa», se había propuesto que dijera «con abuso de poder».

SEÑORA XAVIER.- Y persiste una duda sobre qué pasa con las mujeres trans. 

(Dialogados).

SEÑORA PAYSSÉ.- ¿El tema es las mujeres trans o cómo lo redondeamos mejor? Dicho de otra manera, no entiendo por qué nos acordamos de este tema en este artículo, en todo caso, se podría abordar en términos generales en todo el proyecto. Capaz que solo fue una observación genérica que se expresó en comisión, pero no debemos olvidar que próximamente ingresará al Parlamento un anteproyecto sobre personas trans y, de pronto, en esa iniciativa se contempla este tema.

                De todos modos, no me da la impresión de que no se abarque a las mujeres trans en los términos genéricos descriptos. Si en esa descripción no se las abarca, no se abarca en ningún lugar de los que se menciona a la mujer y no solo en este específico que habla de la educación.

SEÑOR CARÁMBULA.- Recuerdo que habíamos planteado esto como un problema, no solo en este artículo, sino en todo el proyecto. Tal vez, habría que pensar en la introducción, en la propia exposición de motivos, en la posibilidad de redactar un concepto abarcador sobre qué entendemos por la condición de mujer de tal manera que quede solucionado para toda la norma. De lo contrario, habría que analizar cada circunstancia y, además, como expresó la señora senadora Payssé, próximamente ingresará un proyecto de ley relativo a las mujeres trans.

                Más allá de que ingrese al Parlamento un proyecto para analizar la condición de la mujer trans, aquí nosotros debemos hacer algo que explicite la condición de mujer en lo que se incluya a la mujer trans.

SEÑORA PRESIDENTA.- En este caso, dejaría el texto tal como está, no le haría ningún agregado. Coincido con el señor senador Carámbula, pero en el artículo 1.º, que habla del objeto y alcance de esta ley, se incluye a la mujer trans. Se supone que allí ya se contempla este tema.

                Si los señores senadores están de acuerdo se pasaría a votar este literal.

SEÑORA XAVIER.- ¿Sin análoga, va?

SEÑORA SECRETARIA.- Va sin análoga, con abuso de poder, incluyendo el acoso sexual, que dañe la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de la víctima y atenta contra la igualdad.

SEÑORA PRESIDENTA.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el literal j.

(Se vota).

                –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                En consideración el literal k, «Acoso sexual callejero».

SEÑORA SECRETARIA.- Este literal ya había sido votado. Se planteó una modificación con la que no tiene relación y se eliminaba.

SEÑORA XAVIER.- ¿Está votado? Me gustaría que se leyera para saber si coincide con lo que tenemos nosotros.

SEÑORA SECRETARIA.- Dice lo siguiente: «Acoso sexual callejero. Todo acto de naturaleza o connotación sexual ejercida en los espacios públicos, por una persona en contra de una mujer con la que no tiene una relación y sin su consentimiento, generando malestar, intimidación, hostilidad, degradación, humillación, o un ambiente ofensivo para la mujer acosada».

SEÑORA PRESIDENTA.- En realidad, ese es el texto original y nosotros votamos quitándole la expresión en contra de una mujer con la que no tiene una relación.

SEÑORA SECRETARIA.- Exacto, señora presidenta: contra una mujer sin su consentimiento, generando malestar, y luego como sigue.

SEÑORA PRESIDENTA.- Lo que nosotros comentamos anteriormente fue que no tenemos por qué aclarar «con la que no tiene una relación» y generarse un acto sexual callejero o no. Una cosa no es excluyente de la otra.

(Intervención de la señora senadora Xavier, que no se escucha).

                –La votamos sin esa parte, señora senadora.

SEÑORA XAVIER.- De acuerdo, señora presidenta.

SEÑORA PAYSSÉ.- Quisiera hacer una reflexión, ya que estamos repasando este artículo.

                Al final de este literal se establece: «hostilidad, degradación, humillación, o un ambiente ofensivo para la mujer acosada». No entiendo de qué manera queda la armonización de esta frase. ¿Esa «o» es con respecto a qué otra cosa? Planteo esto porque si hay una «o» es porque hay otra cosa que se contrapone, y no me doy cuenta cuál es. ¿Está vinculado a los espacios públicos? Si es así, creo que ya alcanza. Entonces, todo este final está de más.

(Se suspende momentáneamente la toma de la versión taquigráfica).

                –Estamos tratando de buscar la lógica a esto, pero depende cómo la interpretemos, la lógica es una u otra. Por tanto, debemos redactar el artículo de la mejor manera posible. Digo esto porque al leerlo me queda más que confuso. Nuestra interpretación no es muy convincente.

                Lo que estamos haciendo aquí es definir el acoso sexual callejero. Y lo estamos definiendo como «todo acto de naturaleza o connotación sexual ejercida en los espacios públicos» –porque es callejero, o sea que se produce en los espacios públicos– «por una persona en contra de una mujer y sin su consentimiento, generando malestar, intimidación, hostilidad, degradación, humillación». Y luego establece «o un ambiente ofensivo para la mujer acosada». ¿Qué quiere decir? ¿Que se genere un ambiente ofensivo para la mujer acosada? Esta última parte es tan subjetiva que yo la eliminaría, señora presidenta.

SEÑORA PRESIDENTA.- Coincido con la señora senadora Payssé. Creo que, además, si establece que se genera «malestar, intimidación, hostilidad, degradación, humillación», ya eso es un ambiente ofensivo, o sea que es hasta redundante en el concepto.

                Más allá de lo que decía la señora senadora Xavier, que puedo entenderlo, si es algo puntual o permanente, cualquiera de estos otros aspectos ya están contemplados en el artículo. Puntual o permanente, contempla el malestar que genera en cualquiera de los casos. Creo, entonces, que podríamos terminar el literal en «y humillación».

SEÑOR CARÁMBULA.- Disculpe, señora presidenta, la redacción quedaría «por una persona en contra de una mujer sin su consentimiento».

                No va la «y».

SEÑORA PRESIDENTA.- No, no va, señor senador.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el literal k, «Acoso Sexual Callejero».

(Se vota):

                –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                Continuamos con el literal l, «Violencia Política». Aquí hicimos una acotación. Lo modificamos, pero no recuerdo si lo votamos.

SEÑORA SECRETARIA.- No, no lo votamos, señora presidenta.

                Según mis anotaciones, están votados, sin modificaciones, los literales l, m y n.

SEÑORA PRESIDENTA.- El literal l)  se votó con el siguiente texto: «Violencia política. Todo acto de presión, persecución, hostigamiento, amenazas o cualquier tipo de agresión a una mujer candidata, electa o en ejercicio de la representación política o a su familia para impedir o restringir el libre ejercicio de su cargo o inducirla a tomar decisiones en contra de su voluntad.»

                Los literales m) y n) se votaron sin modificaciones.

                En consideración el artículo 7.º.

En cuanto a este artículo hay algunas dudas con respecto a la violencia según el ámbito. Concretamente, la duda está en si se debe incorporar o no.

                Estamos a la espera de la propuesta de la señora senadora Payssé.

SEÑORA PAYSSÉ.- En el marco de lo que habíamos visto de los artículos 6.º y 7.º del proyecto de ley original, la idea es suprimir el artículo 7.º e integrar sus tres numerales al artículo 6.º. En esa dirección, proponemos suprimir el artículo y continuar con la enumeración como si fueran literales del artículo 6.º. Es decir que luego del literal n. «Violencia Femicida», vendrían los literales o., p. y q. agregaríamos la definición de violencia doméstica, violencia comunitaria y violencia institucional, respectivamente.

                Por lo tanto, el artículo 6.º, que terminaba en el literal n. «Violencia Femicida», continúa con el literal o. «Violencia Doméstica», y allí tenemos algunas modificaciones para hacer.

SEÑORA PRESIDENTA.- La única duda que me surge en cuanto  a la propuesta es con respecto al literal que corresponde a la violencia institucional. En concreto la duda es si no es reiterativo con respecto al tema educativo.

SEÑORA PAYSSÉ.- Cuando lleguemos a las definiciones podremos ver si es reiterativo o no porque nosotros eliminamos lo educativo de la violencia institucional y le dejamos la precisión del ámbito específico vinculado a la educación.

SEÑORA XAVIER.- Hay veces en que la violencia educativa no necesariamente está dada en un ámbito institucional. Puede suceder que se contrate a una profesora particular para que concurra a nuestro hogar y exista violencia. Es por ello que hay que tener una redacción que comparta la superposición de formas de violencia en ámbitos diferentes.

Ello no es para nada fácil; quienes redactaron el articulado nos decían que dudaron mucho y llegaron a la conclusión de que lo que se había reflexionado en la comisión podía ser una forma más clara, no solo de expresarlo, sino también de que todo quedara contemplado.

SEÑORA PAYSSÉ.- Nosotros tenemos una modificación al texto original, en la definición de violencia doméstica y en la de violencia institucional. La de violencia comunitaria la dejaríamos tal como está.

                A continuación, paso a dar lectura del texto que presentamos y si no hay acuerdo, vemos el original, que lo tenemos todos.

                «Violencia doméstica. Constituye violencia doméstica toda acción u omisión, directa o indirecta que menoscabe –se suprime «que por cualquier medio»– limitando ilegítimamente el libre ejercicio o goce de los derechos         –quitamos «humanos»– de una mujer, ocasionada  –en vez de «causada»– por una persona con la cual tenga una relación de parentesco, haya tenido o tenga una relación afectiva concubinaria.

Constituye también violencia doméstica la exposición de niñas, niños y adolescentes –en lugar de o «adolescentes»– a la violencia contra sus madres u otras personas a cargo de su cuidado».

SEÑORA PRESIDENTA.- ¿Se hace mención a la relación de noviazgo?

SEÑORA PAYSSÉ.- En este caso no. No tengo inconvenientes en mantener ese concepto, pero este texto no lo hace.

SEÑORA PRESIDENTA.- A mi criterio, habría que mantenerlo.

SEÑORA PAYSSÉ.- Considero que estaría bueno dejarlo.

                La redacción lo contempla pero creo que en este momento en que se está haciendo tanto hincapié en la relación de noviazgo, podría incluirse, quedando «una relación de parentesco, de noviazgo, o haya tenido o tenga una relación afectiva concubinaria».

SEÑORA PRESIDENTA.- Estoy de acuerdo. Por lo demás, el texto no me merece ninguna objeción.

SEÑORA PAYSSÉ.- En ese caso cabrían todas las posibilidades: una, otra u otra, separadas por la conjunción disyuntiva «o». Confieso que no me gusta mucho el «tenga o haya tenido», no es una expresión muy legislativa.

                Lo que queremos dejar establecido es que no necesariamente tienen que estar cohabitando en el momento en que se produce el hecho de violencia; por eso quitamos la cohabitación y nos basamos en la relación. Quizás habría que redactar mejor la expresión «tenga o haya tenido»; generalmente, cuando tienen una relación, conviven o cohabitan, y cuando tuvieron, ya no la tienen más pero eso no significa que no podamos constatar que la mayoría de los hechos vinculados con la violencia de género se originen en relaciones que ya han concluido o que tienen un antecedente de haber cohabitado.

                Si se encuentra una mejor redacción para el «haya tenido o tenga» porque está como incrustado; se me ocurre que si estamos haciendo referencia a las relaciones porque ponemos una relación de parentesco, de noviazgo, relación afectiva concubinaria y demás, tal vez esa expresión tendría que colocarse al principio porque se refiere a las tres posibilidades.

En definitiva, quedaría así: «Constituye violencia doméstica toda acción u omisión, directa o indirecta, que menoscabe limitando ilegítimamente el libre ejercicio o goce de los derechos de una mujer, ocasionada por una persona con la cual tenga o haya tenido una relación de parentesco, de noviazgo o afectiva concubinaria».

SEÑORA PRESIDENTA.- De acuerdo, señora senadora.

                El segundo párrafo ¿quedaría exactamente igual?

SEÑORA PAYSSÉ.- Sí, salvo que se sustituye «niñas, niños o adolescentes» por «niñas, niños y adolescentes».

SEÑOR OTHEGUY.- Cuando se habla de violencia doméstica, se alude a la que ocurre dentro del domicilio porque etimológicamente «doméstico» refiere a casa.

Mi única duda es si lo relativo al noviazgo entra en esta categoría o en alguna otra. Lo menciono porque violencia doméstica circunscribe la relación dentro del domicilio, del hogar. Eso es violencia doméstica.

Ahora bien, acá hablamos de un conjunto de diversas formas de violencia y, como mencioné, quiero saber si el noviazgo entra en algunas de las formas que caracterizamos anteriormente.

 

(Se suspende momentáneamente la toma de la versión taquigráfica).

 

SEÑORA PAYSSÉ.- Me parece que se ajusta, señor senador.

SEÑORA PRESIDENTA.- Léase por secretaría.

(Se lee).

                «o. Violencia doméstica. Constituye violencia doméstica toda acción u omisión, directa o indirecta, que menoscabe, limitando ilegítimamente el libre ejercicio o goce de los derechos de una mujer, ocasionada por una persona con la cual tenga o haya tenido una relación de parentesco, de noviazgo o afectiva concubinaria. Constituye también violencia doméstica, la exposición de niñas, niños y adolescentes a la violencia contra sus madres y otras personas a cargo».

                –En consideración.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

SEÑOR CARÁMBULA.- Disculpen que vuelvo atrás en este tema, pero en su momento se me pasó hacer este comentario sobre el literal de violencia política.

                Al respecto había una propuesta que no la consideramos, pero me parece que queda más clara. En realidad, teníamos dudas en cuanto a cómo estaba formulado ese literal.

                Si me permiten, podría redactarse de la siguiente manera: «Todo acto de presión, persecución, hostigamiento o cualquier tipo de agresión a una mujer, por su condición de tal o a su familia, en su condición de candidata electa o en ejercicio de la representación política para impedir o restringir el libre ejercicio de su cargo de inducirla a tomar decisiones en contra de su voluntad».

                Proponemos entonces que la expresión «o a su familia» la adelantemos, y dejemos el texto de la siguiente manera: «a una mujer por  su condición de tal o a su familia» y hacemos todo un artículo. ¿Se entiende?

SEÑORA PRESIDENTA.- Sí, el señor senador propone que quede más integrado.

SEÑOR CARÁMBULA.- A nosotros nos generaba cierta duda la redacción que habíamos votado.

El texto dice: «cualquier tipo de agresión a una mujer candidata, electa o en ejercicio de la representación política, o a su familia», y proponemos agregar «o a su familia» inmediatamente de la expresión «a una mujer por su condición de tal».

SEÑORA PRESIDENTA.- El señor senador eliminaría también la palabra «amenazas»; el texto quedaría «presión, persecución, hostigamiento o cualquier tipo de agresión a una mujer candidata». O sea que la propuesta sería eliminar «amenazas».

SEÑOR CARÁMBULA.- Me parece que así se abarca todo. Eso no lo sacamos cuando lo votamos. El texto quedaría: «Todo acto de presión, persecución, hostigamiento o cualquier tipo de agresión a una mujer por su condición de tal o a su familia en su condición de candidata electa o en ejercicio de la representación política», etcétera.

SEÑORA PRESIDENTA.- Ponemos a votación la reconsideración de ese literal por la propuesta del señor senador Carámbula. En lo personal, no tengo problema al respecto.

                Se va a votar.

(Se vota).

                –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                Pediría al señor senador Carámbula que lea su propuesta.

SEÑOR CARÁMBULA.- El texto sería: «Todo acto de presión, persecución, hostigamiento o cualquier tipo de agresión a una mujer por su condición de tal o a su familia en su carácter de candidata electa o en ejercicio de la representación política para impedir o restringir el libre ejercicio de su cargo o inducirla a tomar decisiones en contra de su voluntad».

SEÑORA PAYSSÉ.- Ya que estamos corrigiendo, ¿no sería mejor hablar directamente de una agresión «a una mujer candidata», eliminando la expresión «su condición de tal», que es horrible?

                El texto podría decir: «Todo acto de presión, persecución, hostigamiento o cualquier tipo de agresión a una mujer candidata o a su familia», etcétera.

(Dialogados).

SEÑORA PRESIDENTA.- Creo que el espíritu del señor senador Carámbula es mencionar integradamente a la familia. Entiendo que ese es el sentido.

(Dialogados).

SEÑORA XAVIER.- El texto podría decir: «agresión a una mujer o a su familia en su carácter de candidata, electa o en ejercicio de la representación política para impedir o restringir el libre ejercicio de su cargo o inducirla a tomar decisiones» etcétera.

(Dialogados).

SEÑORA PRESIDENTA.- Si no se hace uso de la palabra, se va a reconsiderar el artículo 6.

(Se vota).

                –6 en 6. Afirmativa.

SEÑORA PAYSSÉ.- Leyendo nuevamente el texto sobre violencia doméstica quisiera saber si está incorporada la violencia que pueden ejercer las madres contra sus hijos e hijas, algo que acaba de pasar en Maldonado. Al final del literal a. dice: «Constituye también violencia doméstica la exposición de niñas, niños o adolescentes a la violencia contra sus madres u otras personas a cargo de su cuidado». No me queda claro si eso está incorporado en esta redacción.

SEÑORA PRESIDENTA.- No, precisamente está al revés. Aquí se contempla la violencia de los niños hacia sus madres y no viceversa.

SEÑORA PAYSSÉ.- No, señora presidenta, creo que aquí dice lo que yo pienso, pero como está tan mal redactado, induce a error.

SEÑORA PRESIDENTA.- Según mi interpretación acá se trata de la exposición de los niños a la violencia contra sus madres, no es lo que la señora senadora está sugiriendo.

SEÑORA PAYSSÉ.- Acá lo que se da a entender es que la violencia contra las madres repercute en los niños, niñas y adolescentes, pero de la manera como está redactado da la impresión de que los niños, niñas y adolescentes ejercen violencia contra sus madres. No creo que ese sea el espíritu, pero no es clara la interpretación de ese último párrafo. Pongo el ejemplo de lo que ocurrió en Maldonado y la violencia que se ejerce muchas veces hacia los niños para vengarse de sus madres, de alguna manera, creo que ese es el espíritu del artículo.  Entonces, como me induce a error a mí, no quiero que esto induzca a error después. 

 

(Se suspende momentáneamente la toma de la versión taquigráfica).

 

SEÑORA XAVIER.- Dado que tenemos reunión de bancada a las 17:30, propongo que se levante la sesión.

SEÑOR CARÁMBULA.- Pediría que antes se vote el literal p).

SEÑORA PRESIDENTA.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el literal p).

(Se vota).

                –6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                Se levanta la sesión.

(Son las 17:18).

 

 

 

 

Linea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.