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Carátula

 

SEÑORA SECRETARIA-  Está abierto el acto.

(Son las 14:43).

                –Dado que los señores Presidente y Vicepresidente de la Comisión no se encuentran presentes, corresponde designar un Presidente ad hoc.

SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Propongo a la señora Senadora Payssé.

SEÑORA SECRETARIA.- Se va a votar.

(Se vota).

–4 en 5. Afirmativa.

 

(Ocupa la presidencia la señora Senadora Payssé).

 

SEÑORA PRESIDENTA.- Habiendo número, está abierta la sesión.

 

(Son las 14:44).

                –Dese cuenta de los asuntos entrados. 

(Se da de los siguientes).

«Carpeta Nº 251/2015. Defensor Nacional del Medio Ambiente. Juzgado Letrado Nacional en lo Ambiental, Territorial y Patrimonial. Creación. Proyecto de ley con exposición de motivos presentado por el señor Senador Jorge Larrañaga. (Distribuido Nº 160/2015).

Carpeta Nº 254/2015. Obligación de presentar constancia de votación. Supresión. Proyecto de ley con exposición de motivos presentado por el señor Senador Pablo Mieres. (Distribuido Nº 161/2015).

Carpeta Nº 260/2015. Fiscalía General de la Nación. Creación como servicio descentralizado. Proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes. (Distribuido Nº 171/2015).

Oportunamente será repartido.

Nota de La Cámara de Representantes adjuntando copia de la exposición escrita presentada por la señora Representante Nacional Gloria Rodríguez, relacionada con la situación de las Colonias “Doctor Bernardo Etchepare” y “Doctor Santín Carlos Rossi”. (Enviado por correo electrónico el 4 de junio de 2015)».

 

(Ingresan a sala autoridades del Ministerio de Educación y Cultura y de la Junta de Transparencia y Ética Pública).

 

–Es un gusto recibirlos. En esta oportunidad nos acompañan el Subsecretario del Ministerio de Educación y Cultura, Fernando Filgueira; el Director de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales, Jorge Pablo Maqueira; el Presidente de la Junta de Transparencia y Ética Pública, José Pedro Montero Traibel; el Vicepresidente de la Junta de Transparencia y Ética Pública, Luis Yarzábal, y el vocal del mismo organismo, Carlos Soares de Lima.

                La Comisión tiene a consideración el proyecto de ley oportunamente enviado por el Poder Ejecutivo, por lo que nos parecía de recibo iniciar un intercambio con ustedes para conocer su opinión. Hemos finalizado el tratamiento del proyecto de ley que crea la Secretaría Nacional del Deporte y corresponde iniciar ahora el estudio del proyecto de ley que crea la Junta de Transparencia y Ética Pública como un servicio descentralizado, independientemente de que acabamos de recibir, con media sanción de la Cámara de Representantes, el proyecto de ley que crea, también como un servicio descentralizado, la Fiscalía General de la Nación.

SEÑOR FILGUEIRA.- Gracias por recibirnos.

                En este caso la idea es poder ofrecer elementos para el tratamiento del proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo para la creación de la Junta de Transparencia y Ética Pública como servicio descentralizado, dejando, por lo tanto, su condición de unidad ejecutora dentro del Ministerio de Educación y Cultura. Haré una breve introducción para luego cederles la palabra a quienes han sido los gestores y proponentes de esta iniciativa que son, en definitiva, quienes tienen mayor conocimiento de su contenido.

                Cuando en marzo de este año –en el período de transición previo a la asunción de las nuevas autoridades– asumimos, junto con la señora Ministra María Julia Muñoz, las responsabilidades concernientes al Ministerio de Educación y Cultura, se entendió   –y se sigue entendiendo– necesario iniciar un proceso que permitiera la racionalización, en lugares y formatos específicos, de un conjunto de funciones y atribuciones que en diferentes etapas históricas han sido depositadas en el Ministerio de Educación y Cultura. A su vez, se pretendió lograr la jerarquización de otras funciones que el Ministerio de Educación y Cultura formalmente poseía, pero que eran desarrolladas en menor magnitud.

                Por tal motivo en este momento se están revisando y discutiendo tres aspectos –algunos ya con formato de propuesta legislativa, mientras otros siguen en proceso de discusión–, que incluyen, obviamente, un cambio en materia de la Fiscalía General de la Nación –que ya ha sido considerado por la Cámara de Representantes–, la Junta de Transparencia y Ética Profesional, que se propone como órgano desconcentrado, y los aspectos relativos al locus institucional de las entidades registrales, en particular, las dos que se trabajan desde el Ministerio de Educación y Cultura. En definitiva, estos no son proyectos relativos a aspectos puntuales, sino que son parte de una estrategia donde la  racionalización y la jerarquización de funciones constituyen el eje que los estructura. Tampoco son, obviamente, iniciativas cerradas, sino que se ponen a consideración del Poder Legislativo para que las analice, discuta y plantee alternativas. De hecho, si entiendo bien, ya existen algunas modificaciones puntuales al proyecto de ley original que se van a plantear en esta reunión y la idea es, justamente, poder despejar dudas y que luego el Cuerpo legislativo pueda debatir y tomar las decisiones correspondientes.

SEÑOR MAQUEIRA.- Gracias por recibirnos. Soy el Director de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales del Ministerio de Educación y Cultura.

                Brevemente voy a explicar lo que se va a presentar en el día de hoy para que después, si la señora Presidenta lo autoriza, ceder el uso de la palabra a los integrantes de la Junta, que se van a explayar más técnicamente sobre determinados aspectos.

                Como bien lo expresó el señor Subsecretario, este proyecto se enmarca dentro del plan de reinstitucionalización de algunos cometidos que tiene el Ministerio de Educación y Cultura. En ese sentido, la idea nunca fue generar algo nuevo, por lo menos con respecto a la Junta de Transparencia, aunque quizás sí en lo que refiere a la Fiscalía General de la Nación como consecuencia de la inminencia de la  aplicación del nuevo código. Reitero, no era la idea modificar lo atinente a sus competencias, sino su reinstitucionalización. Por el propio control que realiza, el Poder Ejecutivo entendió que esta era la mejor forma jurídica que se le podía dar en la actualidad. Así, se envió el proyecto de ley que  la Comisión tiene a estudio, pero después, en conversaciones que mantuvimos con los integrantes de la junta, nos llamaron la atención sobre algunos aspectos. 

A lo largo de su vida, la junta ha tenido varios agregados, cometidos y reincorporación de personas obligadas al control por el organismo, que han quedado plasmados en diferentes leyes, y entendimos que en este momento era mejor que se unificara todo eso en el texto. En el proyecto original que se envió no figuran las adecuaciones que vamos a presentar en el día de hoy.  Básicamente son esas las modificaciones que se van a proponer al Parlamento para que se introduzcan o no en el proyecto de ley. Insisto que la idea no es innovar en nada, sino simplemente uniformizar en esta ley todas las competencias que actualmente tiene la junta. Sin perjuicio de ello, en el último artículo de la iniciativa figura una especie de salvaguarda en el sentido de que se siga manteniendo lo no previsto acá, pero que esté vigente.

                Si la señora Presidenta lo autoriza, cedería el uso de la palabra a los integrantes de la junta para que expliquen las modificaciones que estamos proponiendo.

(Ocupa la Presidencia el señor Senador Mieres).

SEÑOR MONTERO.- Agradecemos a la Comisión por habernos recibido.

La posibilidad de convertirnos en un  Ente distinto y que esté fuera de la órbita del Poder Ejecutivo –si bien no totalmente, pero por lo menos todo lo que se pueda– es una viejísima aspiración de la Junta de Transparencia. Si me permiten, quiero decir que en el primer acto público realizado el 9 de diciembre de 2011, donde se conmemoraba el Día Internacional contra la Corrupción, uno de los temas que se tocó fue el de la situación institucional de la junta y la necesidad de que estuviera fuera del ámbito de quienes debe controlar y no bajo su dependencia administrativa. Este es  un cambio muy importante para nosotros y, si se quiere, muy emotivo porque fue una lucha de muchos años incluso de  las dos juntas anteriores, que  también tuvieron esa aspiración.

                La Junta de Transparencia y Ética Pública está de acuerdo con los artículos de este proyecto de ley. Simplemente se hicieron pequeñísimas modificaciones y un agregado porque hubo una omisión respecto a algunos funcionarios. En el  artículo 2º «Cometidos principales» se agrega  al final del numeral 1): «y demás obligados» porque, como dijo el doctor Maqueira,  hubo leyes nuevas que incluyeron otras personas fuera de lo que figura en el artículo 1º de la Ley Nº 17.060, como por ejemplo, los miembros de la Institución Nacional de Derechos Humanos, los miembros de la Junta Nacional de Salud y los directores de sociedades anónimas propiedad de organismos públicos –que nuestro querido compañero doctor Soares de Lima llama «las hijas y las nietas de los organismos públicos»– que no tenían ningún control. Por una interpretación que hicimos por medio de una resolución de la junta se los incluyó como obligados y luego el Parlamento le dio carácter legal a través de la Ley Nº 19.208.

                Antes de continuar aclaro que las modificaciones aparecen en verde.

SEÑOR PRESIDENTE.- La copia repartida a los señores Senadores está en blanco y negro por lo que le solicito que sea preciso en la ubicación de las modificaciones.

SEÑOR MONTERO.- Así lo haré.

 La siguiente  modificación es la del numeral 3) del artículo 2º. El proyecto de ley original dice “Obtener y sistematizar todas las pruebas documentales que de existir fueran necesarias para el esclarecimiento de las denuncias hechas sobre comisión de delitos incluidos en el capítulo I.», pero en ese capítulo lo único que figura es la definición de corrupción; no hay ningún delito. Entonces, preferimos que diga «en el texto de la Ley» para comprender el capítulo 3) que es donde están las modificaciones que se hicieron al Código Penal y figuran todos los delitos contra la hacienda y la administración pública. Quiere decir que se cambió «capítulo I» por «texto».

SEÑOR PRESIDENTE.- Entonces, para los integrantes de la Comisión que manejamos la versión sin colores la propuesta es que en el numeral 3) del artículo 2º se sustituya  «capítulo I» por «texto».

SEÑOR MONTERO.- En ese mismo artículo, una de las funciones principales y, casi diría, motivo de la creación de la Ley Nº 17.060 fue la recepción de las declaraciones juradas de los funcionarios públicos. En la ley original esto figura como un cometido accesorio pero nosotros consideramos que no lo es, es un cometido principal. Les adelanto que a raíz de la ley sobre las declaraciones juradas electrónicas votada aceleradamente en ambas Cámaras –creo que en una semana y media–  estas van a estar prontas a más tardar en noviembre de este año. Entonces, nos pareció que el literal B) del artículo 3º: «Recibir las declaraciones juradas de que tratan los artículos 10 y siguientes de la Ley       Nº 17.060» era mejor que figurara en la parte de los cometidos principales y se lo  introdujo como  numeral 6) del artículo 2º;  realmente consideramos que las declaraciones juradas son lo principal. Asimismo se agrega un numeral 7) en el que se reconoce lo establecido en la Ley Nº 17.296 del año 2001, por la cual se crea la unidad ejecutora 022 –que es la nuestra– de conformidad con el numeral 9 del artículo 3º de la Convención Interamericana contra la Corrupción. Además, nos dan la categoría de órgano de control superior de la corrupción. Esa es la referencia que dio el doctor Maqueira sobre leyes que fueron posteriores a la Ley Nº 17.060. En ese sentido, el numeral 7) dice: «Ejercer la función de Órgano de Control Superior de conformidad con el Artículo III Numeral 9 de la Convención Interamericana contra la Corrupción con el fin de prevenir, detectar, sancionar y erradicar las prácticas corruptas». Para que los señores Senadores puedan entender las modificaciones que hacemos hay una nota al pie de página que explica las razones.

                Lo mismo sucede con el numeral 8) que dice: «Relacionarse con los organismos internacionales y extranjeros con referencia a la materia de su competencia». Aquí nos olvidamos –a lo mejor fui yo– de borrar cuando dice: «Art. 100 Ley Nº 18.046 de 24 de octubre de 2006». Esta frase hay que eliminarla porque fue un error de tipeo y figura en el pie de página.

                Con respecto al literal B) del artículo 3º que refiere a recibir las declaraciones juradas –figura en verde– se elimina y el que originalmente figuraba como C) pasaría a ser el B), iría en segundo lugar.

SEÑOR PRESIDENTE.- El literal B) se elimina.

SEÑOR MONTERO.- Exacto, por eso el literal B) es el que dice: «Determinar, a requerimiento del interesado […]».

                Los artículos 4º y 5º nos vinculan directamente con la Fiscalía de Corte. A raíz del artículo 100 de la Ley Nº 18.046 y el artículo 302 de la Ley Nº 18.362 tenemos facultades para relacionarnos directamente con cualquier organismo público nacional o internacional. Por lo tanto, proponemos eliminar los artículos 4º y 5º de la ley. Este es un tema que ha sido conversado con el doctor Maqueira y con el Ministerio, y se ha acordado eliminar esos dos artículos.

                El artículo 8º tiene una modificación, y me parece que tiene que ver con un olvido de todos. Me refiero al literal A) propuesto que dice: «Representar a la Junta de Transparencia y Ética Pública».  Se supone que el Presidente del directorio es el representante, pero sería conveniente incluirlo. Por lo tanto, sugerimos que diga: «A) Representar a la Junta de Transparencia y Ética Pública», entre los cometidos del Presidente o del Vicepresidente en su caso.

SEÑOR PRESIDENTE.- Es decir que se está agregando un literal A) en el artículo 8º.

SEÑOR MONTERO.- Exacto, y se corren los siguientes.

                Por último queremos señalar lo siguiente. La Junta de Transparencia y Ética Pública tiene solamente cuatros funcionarios presupuestados desde el año 2001. Todos los demás funcionarios están en pase en comisión o comisión de servicios, y vienen del propio Ministerio.

                El artículo 15 habla de la situación de los funcionarios, pero no dice nada de aquellos que están con pase en comisión o comisión de servicios. Esto nos genera el miedo de que tales funcionarios, es decir los que están trabajando actualmente en comisión o en comisión de servicio, queden fuera; de esa manera nos quedaríamos solamente con cuatro funcionarios. Entonces, en dos incisos damos la opción a los que están de decidirse, en un plazo de 60 días, si se quedan o no en la junta, y a los que están fuera –tenemos el caso de una contadora que es presupuestada de la junta pero que está en comisión de servicio en la fiscalía de corte– si quieren volver o no.

SEÑOR PRESIDENTE.- Resumiendo, se trataría de dos incisos adicionales que equivalen al tercer y cuarto inciso del artículo 15.

SEÑOR MONTERO.- Exactamente. Además, después del inciso cuarto se hace una explicación en cuanto al motivo de este pedido, es decir que se tenga en cuenta a los pases en comisión porque, de lo contrario, quedaríamos solamente con los cuatro funcionarios presupuestados.

                Por otro lado, se nos autoriza a hacer tres pases más en comisión, en un futuro.

                En definitiva, concordamos completamente con el texto del proyecto y simplemente hacemos estas pequeñas aclaraciones.

SEÑOR HEBER.- Antes que nada, pido disculpas porque me sumé a la reunión cuando ya había comenzado.

                Sobre el último punto que se menciona, quisiera saber cuántos funcionarios tiene en total la junta; sabemos que hay cuatro presupuestados pero también quisiéramos conocer cuántos son los que están en comisión, que supongo que vendrán de organismos que tienen que ver con la materia de la junta.

                Por otra parte, observo que en el Capítulo III se habla de patrimonio y recursos. Si estoy en lo cierto, la junta estaba funcionando en el edificio de la Torre Ejecutiva. Quisiera saber entonces si ya cuentan con un lugar físico, pues no he tenido la oportunidad de ir a visitarlos y quería saber cómo están organizados.

SEÑOR MONTERO.- Con respecto al último planteo, debo decir que nosotros ocupamos el octavo piso del edificio de la Corporación Nacional para el Desarrollo, que es propiedad de la Junta de Transparencia y Ética Pública, al igual que tres garajes que están en el edificio de enfrente. Eso se compró con préstamos internacionales en el período anterior. En caso de que esto se aprobara, ahora habría que hacer la inscripción en el registro, con una constancia, para pasar estas propiedades a nombre del servicio descentralizado en caso de que esta iniciativa se aprobara. En ese sentido, hay que aclarar que tenemos lugar físico. 

SEÑOR YARZÁBAL.- Con respecto a los funcionarios, en este momento la junta tiene dieciséis funcionarios: cuatro presupuestados y doce en comisión. Además, hay que agregar los tres integrantes del directorio. Ese sería el número completo de funcionarios.

SEÑOR MAQUEIRA.- Quisiera realizar una aclaración debido a una implicancia que puede tener este artículo. Presupuestados son todos los funcionarios; los que son originarios de la junta son cuatro. Esto puede implicar que haya que hacer alguna adecuación de los créditos presupuestales en el caso de los funcionarios que están en comisión de servicio, que también son presupuestados aunque no son originarios de la unidad ejecutora. Eventualmente habría que hacer algún ajuste del crédito presupuestario.

SEÑOR BORDABERRY.- Les agradecemos que nos acompañen en el día de hoy y también la información brindada.

                Entrando en la sintonía fina del proyecto de ley, nos gustaría hacer algunas preguntas o aclaraciones desde el punto de vista jurídico para después poder redactarlo mejor.

                En el artículo 1º, que es el de creación, se establece que tendrá independencia técnica en el ejercicio de sus funciones, lo cual creo que es bueno. Nada se dice de la independencia administrativa, pero creo que siendo un servicio descentralizado, quizás vaya de suyo que la tiene. Quiero saber si esa es la inteligencia que se está planteando; supongo que es eso, pero como a veces lo que abunda no daña, sería bueno que quedara, al menos en la versión taquigráfica, por si el día de mañana alguien lo objeta. De esa manera sabremos si lo estamos aprobando en ese entendido.

                Lo segundo refiere al literal E) del artículo 3º. Entre los cometidos nos expresan que está el de elaborar un informe anual que será elevado a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. El artículo 191 de la Constitución establece lo siguiente para los Entes autónomos y servicios descentralizados: «cualquiera sea su naturaleza jurídica, publicarán periódicamente estados que reflejen claramente su vida financiera». O sea que en realidad esto ya lo deben hacer, es decir, publicar periódicamente estados que reflejen claramente su vida financiera. Pero se dice además: «La ley fijará la norma y número anual de los mismos y todos deberán llevar la visación del Tribunal de Cuentas». Es decir que podríamos necesitar una norma que establezca el número anual de las publicaciones periódicas de los estados. Por eso creo que no alcanza con lo previsto en el literal E) del artículo 3º. Disculpen que esté dando tantas vueltas pero como aquí se dice que hay que elaborar un informe y no se habla de publicarlo, en realidad habría que aclarar que se tiene que publicar, quizás una vez al año –que supongo debe ser lo común–, como establece el artículo 191. De esa forma va a quedar cumplimentado lo que establece el artículo 191 de la Constitución. Si están de acuerdo con ello, este sería un pequeño agregado que quería plantear.

                Por otra parte, escuché atentamente que se sugiere la eliminación de los artículos 4º y 5º porque leyes posteriores a la Nº 17.060 le otorgaron la posibilidad de dirigirse directamente a cualquier órgano u organismo de los mencionados en el artículo 1º de la referida ley. No tengo aquí presente la Ley Nº 18.046 ni la Nº 18.362, pero una cosa es la posibilidad de dirigirse a otros organismos, que obviamente la tienen, y otra distinta es la facultad de contar con el asesoramiento jurídico permanente del fiscal de corte –para mí es mucho más que dirigirse– y la obligación de informarle mensualmente. En realidad, todos sabemos que los integrantes de la junta se pueden dirigir al fiscal de corte, pero creo que dirigirse es distinto a contar con asesoramiento e informar. Por este camino quizás también se busca darle una cierta independencia a la propia Fiscalía General de la Nación y, si esa es la intención, hay que valorarla.

Son tres preguntas concretas.

SEÑOR PRESIDENTE.- Vamos a fijar el procedimiento a seguir: escuchamos una primera ronda de intervenciones de los señores Senadores y luego damos el uso de la palabra a los miembros de la delegación.

SEÑORA PAYSSÉ.- Quería hacer una pregunta vinculada al artículo 6º, relativo a la organización y al funcionamiento, que dice que los integrantes del directorio «serán designados por el Presidente de la República, actuando con el Consejo de Ministros, con venia de la Cámara de Senadores otorgada siempre por tres quintos de votos del total de componentes […]». Ese «siempre» tiene una alternativa en la Constitución; cuando no se alcanzan los tres quintos, hay otra alternativa. Si se incluye ese «siempre» ahí complica lo que dice el texto constitucional. No sé si eso está previsto. ¿Me explico?

                Lo mismo planteo con respecto a la destitución.

SEÑOR PRESIDENTE.- Como no tengo ningún otro señor Senador anotado para hacer preguntas, pasamos a las respuestas de los integrantes de la delegación, de acuerdo con el procedimiento que acordamos anteriormente.

SEÑOR MAQUEIRA.- Sin perjuicio de que después respondan los integrantes de la Junta de Transparencia y Ética Pública, quiero aludir al planteo del señor Senador Bordaberry respecto de la creación.

                Al tener la naturaleza jurídica de servicio descentralizado, queríamos consagrar expresamente que va a tener independencia técnica, que es la esencia de la función de la junta. Además, va a tener la descentralización administrativa correspondiente a un servicio descentralizado. Si bien va de suyo por la regulación que tienen los servicios descentralizados, en ese sentido creo que no habría mayor inconveniente en aclarar un poco más.

                El segundo planteo refiere al informe anual previsto en el artículo 191 de la Constitución. Creo que al tener la regulación constitucional prevista para los servicios descentralizados en ciertos aspectos, ya está previsto ahí, independientemente de que se pueda aclarar o incluir algo más en el texto. Entendemos que al hablar de informe anual ya estamos estableciendo que es uno, aunque en el sentido de aclarar no hay inconvenientes en precisarlo.

SEÑOR BORDABERRY.- La apreciación se hizo porque el artículo 191 de la Constitución expresamente ordena a la ley fijar la norma y su número anual. Entonces, como la Constitución nos da ese mandato y estamos en la ley, deberíamos incluirlo para cumplir con eso porque si no va a quedar un vacío. Reitero: es lo que dice el artículo 191 de la Constitución. Es un detalle. Suponemos que no vamos a pedirles que lo publiquen todos los meses             –pueden quedarse tranquilos–, pero lo planteamos atendiendo esa disposición.

SEÑOR MAQUEIRA.- Está bien; creo que queda pendiente lo de la publicación. Acá se habla de la elaboración de un informe anual, aunque creo que tampoco hay mayores inconvenientes con eso.

                Con respecto a la eliminación de los artículos 4º y 5º, cabe aclarar que esto estaba en la ley original y responde –quizás puedan corregirme los integrantes de la Junta de Transparencia y Ética Pública, pues tienen más conocimiento de este tema– a la ligazón que existía con la Fiscalía de Corte en su origen. Incluso, la propia Fiscalía de Corte está yendo a una nueva institucionalización, también como servicio descentralizado, y lo mismo estamos proponiendo para la junta. Entendemos que no resultaría necesaria esta relación entre la Fiscalía de Corte y la junta. Por tal motivo se propone esta eliminación; en realidad, estos artículos tenían su razón de ser en la génesis de la creación de la Junta de Transparencia y Ética Pública.

                En cuanto a la consulta de la señora Senadora Payssé respecto de la mayoría requerida para la designación vale recordar que, como señalé al principio, cuando se elaboró este proyecto de ley se pretendió innovar lo menos posible en lo que hace al andamiaje actual de la junta. Evidentemente, al cambiar su naturaleza jurídica e ir hacia un servicio descentralizado se requieren algunos ajustes. Probablemente este sea un punto que haya que analizar más en detalle.

SEÑOR PRESIDENTE.- A mi entender esto responde a una lógica que tiene que ver con las características del instituto y no es casual que  se exija una mayoría especial en todo caso. Justamente, se procura que la legitimidad de los integrantes de la Junta de Transparencia y Ética Pública emane de un acuerdo amplio del Parlamento.

SEÑOR HEBER.- ¡Apoyado!

SEÑOR BORDABERRY.- Para nosotros este es un punto fundamental y entendemos la preocupación de la señora Senadora Payssé. Desde ya adelantamos nuestro voto favorable para cumplir con lo que exige el inciso tercero del artículo 187 de la Constitución. El inciso primero establece el requisito de los tres quintos; el segundo dispone que de no reunirse dicha mayoría, pasados sesenta días, alcanza con mayoría simple; pero el tercero agrega: «La ley por tres quintos de votos del total de componentes de cada Cámara podrá establecer otro sistema de designación». En este caso estaríamos modificando la forma de designación para que siempre se requieran los tres quintos de votos y, al respecto, estoy seguro –mirando a los Senadores Mieres y Heber– de que esa mayoría se alcanzará como forma de dar tranquilidad en el sentido de que la Junta de Transparencia y Ética Pública tendrá el respaldo de todo el sistema político.

SEÑOR HEBER.- No queremos hacer de esto un debate, pero consideramos pertinente dar nuestra opinión. A nuestro juicio está perfecto que siempre se requieran los tres quintos. El régimen que prevé el artículo 187 de la Constitución –al que recién aludió el señor Senador Bordaberry– fue discutido en su momento. Frente a la falta de entendimiento en el sistema político se buscó una salida para dar la facultad al Poder Ejecutivo de que designara a los integrantes de los directorios de las empresas públicas, entes autónomos y servicios descentralizados. Se trató de evitar que el Presidente de la República fuera rehén de esa mayoría especial. Fue así que se estableció un plazo para alcanzar los tres quintos, vencido el cual es suficiente con mayoría simple.

                Acá no estamos hablando de una empresa del Estado sino de la Junta de Transparencia y Ética Pública, que a nuestro juicio tiene una relevancia que obliga a que todo el sistema político se ponga de acuerdo con relación a los tres nombres que van a manejar temas muy delicados del propio sistema político. Sería muy peligroso que se fuera a un régimen similar al de una empresa estatal porque nada tiene que ver el hecho de que el Poder Ejecutivo quede de rehén de una mayoría que no logra. Además, no olvidemos que lo que se busca es que el Poder Ejecutivo conforme una junta que, incluso, lo investigará. Creo que esto tiene una importancia y, a nuestro juicio, está bien incluir el término «siempre»; quiero dejar constancia de nuestra opinión favorable a ello.

SEÑORA PAYSSÉ.- Mi pregunta –porque eso fue lo que formulé– iba en el sentido de saber si se iba a seguir el texto constitucional o si ya la iniciativa, de alguna manera, estaba indicando la forma. O sea que no es que haya emitido un juicio al respecto sino que lo que hice fue una pregunta –la versión taquigráfica así lo indicará– porque, de alguna forma, esto innova con respecto al texto constitucional. Esto es algo que, en efecto, se puede hacer, pero lo que quiero saber es si lo que se intentaba era ya fijar el procedimiento expresamente en la ley o si había sido un «siempre» que se había colado al no tener en cuenta las alternativas que el propio artículo 187 indica.

SEÑOR MAQUEIRA.- Quizás no me haya expresado bien al principio. Lo que decimos es que cuando remitimos este texto intentamos innovar lo menos posible en el andamiaje actual de la junta. Eso implica que, actualmente y por su ley, siempre se requieren los tres quintos. Cuando digo que habrá que adecuar eso a la naturaleza jurídica de servicio descentralizado que se está proponiendo, me refiero a que se deberá prever los mecanismos correspondientes y, evidentemente, eso implicará modificar la forma de designación. Esta fue la idea.

                También tuvimos –no llamo a esto inconveniente porque no lo fue– esa precisión, como verán los señores Senadores, en el proyecto de ley de la Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación porque pasaba lo mismo con el Fiscal de Corte; hubo que hacer modificaciones no solamente por ese aspecto sino porque se lo va a nombrar como Director General del servicio, pero también se tuvo en cuenta esto. La idea, el camino es ese, es decir, que se tenga la mayoría necesaria para designar.

SEÑOR MONTERO.- Respecto a lo que planteaba la señora Senadora, quiero decir que esto viene siempre del origen, de la Ley Nº 17.060, como decía muy bien el doctor Maqueira. O sea que lo que se dice se copió del artículo en cuestión y se lo incluyó, pero ya venía de antes y había funcionado sin inconvenientes.

                En lo que tiene que ver con lo que planteaba el señor Senador Bordaberry respecto del informe anual, quiero decir que es un informe que realiza la junta todos los años porque así lo exige la ley, y se le envía a los tres poderes: aquí se lo hacemos llegar al señor Vicepresidente y también se lo remitimos al Presidente de la Suprema Corte de Justicia y al Presidente de la República. Deberían ya haberlo recibido aquí porque ayer vi los sobres, ya están todas las copias ensobradas. Todos los años los remitimos; ese informe vendría a ser la memoria de la junta y eso luego se publica en nuestra página web.

                Ahora bien; pienso que habría que ver la forma de adaptar esta norma al texto constitucional, sobre todo, porque cambiamos de naturaleza, ya que éramos una unidad ejecutora y ahora seremos –así lo esperamos– un servicio descentralizado. Entonces, se requeriría una adecuación a esto.

SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Simplemente y para tranquilidad de toda la Comisión, quiero decir que el proyecto original que proviene del Poder Ejecutivo dice: «con venia de la Cámara de Senadores otorgada siempre por tres quintos de votos». Es decir que se mantiene la forma de manera inapelable;  esto lo digo, reitero, para que quede constancia para tranquilidad de todos los señores Senadores.

SEÑOR PRESIDENTE.- Y no quieren tocarlo.

SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Exactamente, nadie quiere tocarlo, no tenemos intención ninguna en ese sentido.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si ningún otro Senador quiere hacer uso de la palabra, estaríamos agradeciendo mucho a la delegación del Ministerio de Educación y Cultura y a los integrantes de la Junta de Transparencia y Ética Pública, su presencia y la información suministrada.

SEÑOR FILGUEIRA.- Simplemente quiero decir que con gusto participamos en la instancia y quedamos a las órdenes para cualquier otra consulta que se quiera realizar, desde esta Comisión o desde otro ámbito, para poder avanzar hacia la aprobación de este proyecto de ley.

SEÑOR MONTERO.- Agradecemos el recibimiento y esperamos que nos permitan elaborar el presupuesto antes del 31 de agosto.

(Hilaridad).

(Se retiran de sala autoridades del Ministerio de Educación y Cultura y de la Junta de Transparencia y Ética Pública).

SEÑOR PRESIDENTE.- No hay más temas a tratar en el Orden del Día. Simplemente solicitamos a Secretaría que nos preparen un comparativo de las dos versiones para tener bien claro las modificaciones.

                En principio, la Comisión se estaría reuniendo la próxima semana.

SEÑORA PAYSSÉ.- Quisiera ver en qué lugar del Orden del Día iría el proyecto de ley que crea la Fiscalía General de la Nación que viene de la Cámara de Representantes. Si bien la Comisión ha iniciado el tratamiento del proyecto de ley que crea la Junta de Transparencia y Ética Pública, cabe señalar que el proyecto de ley antes mencionado viene con media sanción de la Cámara de Representantes. De repente convendría agregarlo al Orden del Día y comenzar a trabajar en él.

SEÑOR PRESIDENTE.- Quizá sea conveniente poner en el Orden del Día los dos proyectos de ley. En el primer punto el que estamos tratando y en el siguiente el que crea la Fiscalía General de la Nación y durante el proceso de tratamiento vamos viendo.

                No habiendo más asuntos, se levanta la sesión.

(Son las 15:32).

 

 

 

Linea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.