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Carátula

SEÑORA PRESIDENTA.- Habiendo número, está abierta la sesión.

(Es la hora 16 y 42 minutos.)

-Dese cuenta de los asuntos entrados.

(Se da de los siguientes:)

                “La Junta Departamental de Montevideo remite versión taquigráfica de la exposición verbal realizada por el Edil Pablo González, en sesión de fecha 12 de mayo de 2011, relativa a viviendas desocupadas y emergencia habitacional. Oportunamente fueron remitidas a los correos electrónicos de los Senadores.

                La Comisión Administradora del Complejo Habitacional Euskal Erría 70 solicita audiencia a fin de plantear inquietudes sobre la Agencia Nacional de Viviendas.

                Carpeta Nº 607/2011.Conexión a las Redes Públicas de Saneamiento. Normas. Proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes. Distribuido Nº 872/2011”.

SEÑOR CHIRUCHI.- Tengo conocimiento de que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y MEVIR tienen viviendas terminadas que están desocupadas desde hace tiempo. En la localidad de Mal Abrigo, por ejemplo, existe un grupo habitacional -no sé de cuántas viviendas- que debe tener más de diez años de terminado y está totalmente vacío; nunca se ha llamado a que la gente lo ocupe.

En consecuencia, ¿no se podrá conseguir un relevamiento de la ocupación de las viviendas del Estado en diferentes lugares del país como manera de ayudar a trabajar en este tema? Si bien el objetivo es construir más viviendas, debemos tener en cuenta que hay cantidad que no están ocupadas y otras tantas que presentan ciertos problemas, como la ocupación por intrusos, el no pago de las cuotas de los préstamos y demás.

SEÑORA PRESIDENTA.- Conozco el caso de las viviendas de Mal Abrigo, e incluso cuando tomé conocimiento de la situación, hice la misma pregunta que ahora está realizando el señor Senador Chiruchi.

                En todo caso podemos remitir nota a la Agencia Nacional de Vivienda, al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a MEVIR y al Banco de Previsión Social para solicitar que nos proporcionen la nómina de viviendas  que están vacías y su estado de situación.

SEÑOR CHIRUCHI.- Probablemente todos los grupos habitacionales que están ubicados en diferentes lugares del país cuentan con varias viviendas desocupadas. En este sentido, conozco un grupo viviendas para pasivos, cerca del barrio El Molino, en San José, que hace muchos años está esperando por beneficiarios de esas viviendas desocupadas. Insisto, esta situación lleva ya varios años; tal vez no se adjudicaron desde un comienzo.

SEÑOR CARDOSO.- Creo que todos conocemos casos similares. Por ejemplo, en la Ruta 39, entre Maldonado y San Carlos hay un complejo entero sin ocupar hace 30 años que, incluso, está mantenido y cuenta con guardia policial. En ese caso creo que hay de por medio un conflicto jurídico.

SEÑORA PRESIDENTA.- Me parece que allí hay un problema con la empresa constructora.

SEÑOR CARDOSO.- Ese es otro caso en el que el problema ya se solucionó, e incluso la empresa, junto con la Agencia Nacional de Vivienda, ya está llamando a interesados y dispuso como plazo el 31 de julio. En realidad yo me refería a un complejo que  tiene unos 30 años y que está sobre la ruta.

SEÑORA PRESIDENTA.- Procederemos entonces a pedir esa nómina y solicitaremos a su vez que se nos indique si hay problemas judiciales de por medio o algo similar. Luego nos pondríamos a trabajar con el material que nos llegue.

SEÑOR CHIRUCHI.- Además, el Banco Hipotecario tiene viviendas deshabitadas en todo el país.

SEÑORA PRESIDENTA.- En realidad, el Banco Hipotecario trasladó las viviendas deshabitadas a la Agencia Nacional de Vivienda, motivo por el cual planteé pedir información a dicha Agencia.

SEÑOR CARDOSO.- Todos los problemas jurídicos tienen su particularidad, pero creo que no está mal tomar como referencia esta solución que se encontró en San Carlos entre la empresa, el Banco, la Agencia y la Intendencia, porque al menos allí hay un antecedente del trabajo realizado y del resultado obtenido.

SEÑORA PRESIDENTA.- Por lo tanto, enviemos esa nota a los organismos correspondientes, a efectos de obtener la información.

SEÑOR CHIRUCHI.- En otro orden de cosas, quisiera saber si se envió nota al Banco Hipotecario, a la Agencia Nacional de Vivienda o al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente en relación a las audiencias al Complejo Euskal Erría, grupos habitacionales de Tacuarembó, San José y otros.

SEÑORA PRESIDENTA.- Todavía no hemos enviado dicha nota, ya que quien habla debía mantener una reunión de trabajo con la secretaría de la Comisión, pero sinceramente no tuvo tiempo para ello, pues se deben leer las versiones taquigráficas para analizar qué preguntas formular a cada organismo, y eso va a insumir un buen rato de trabajo.  Por lo  tanto, está pendiente esa tarea, pero aclaro que antes de enviar la nota se la voy a mostrar a los demás integrantes de la Comisión. En realidad, debo decir que la secretaría me recordó dos o tres veces  que esta pendiente esta tarea, pero como dije, no he tenido tiempo para llevarla a cabo. Quizás lo que podemos hacer es pedir a la secretaría que elabore un borrador y luego nosotros lo chequeamos con la versión taquigráfica. Admito que esa es una omisión de mi parte.

                Comenzando el análisis del Orden del Día, tendríamos que retomar la consideración el proyecto de ley referente al Plan Nacional de Integración Socio-Habitacional “Juntos”. En un primer análisis del proyecto de ley habíamos avanzado tratando de identificar los problemas que iban apareciendo. Queremos señalar que junto al señor Senador Tajam estuvimos trabajando sobre algunos de los problemas que se habían manejado en la última reunión a los efectos de aportar alguna solución al tema del núcleo familiar. Precisamente, la definición de núcleo familiar es jurídicamente vaga, pero también se hicieron otras observaciones al proyecto de ley.

                En virtud de que no terminamos de “peinar” toda la iniciativa, propongo que en el día de hoy continuemos avanzando en su análisis y en la identificación de los problemas a fin de clarificar cuáles son sus nudos.

                Si no me equivoco, habíamos advertido una dificultad con respecto a la redacción del literal g) del artículo 10, relativo a las causales de egreso. Deberíamos dar una nueva redacción a esa norma de modo de que quede claro que quien genera la violencia es quien se debe retirar del lugar para no castigar a la familia que sufrió esos malos tratos.  En efecto, hemos trabajado en la confección de una redacción alternativa que luego podemos compartir con los miembros de la Comisión.

                Ahora bien, si los señores Senadores están de acuerdo, propongo continuar con el análisis del proyecto, artículo por artículo, poniendo de manifiesto las observaciones que vayan surgiendo de modo de abordar posteriormente todos los planteos que surjan.

SEÑOR CHIRUCHI.-  Tengo una duda con respecto al artículo 6º. Allí se habla de la integración de la Comisión Directiva del Plan Nacional de Integración Socio-Habitacional “Juntos”, pero quisiera saber si las personas que serán designadas a tales efectos serán funcionarios públicos, se crearán nuevos cargos o se tratará de cargos honorarios. Planteo esta consulta  porque la redacción del proyecto de ley no es clara en ese sentido.

SEÑORA PRESIDENTA.- En el artículo 6º se dice que la Comisión Directiva estará integrada por tres miembros: uno en representación de la Presidencia de la República, otro en representación del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y otro en representación del Ministerio de Desarrollo Social.

SEÑOR CHIRUCHI.-  Entonces, ¿son funcionarios públicos?

SEÑORA PRESIDENTA.-  En lo personal, no estoy en condiciones de responder esa pregunta.

SEÑOR CARDOSO.- Inclusive, en el segundo inciso del artículo 6º se dice que “La designación recaerá entre personas que por sus antecedentes personales y profesionales tengan idoneidad técnica en la materia.” Creo que habría que definir qué se entiende por “idoneidad técnica”, ya que se trata de un concepto un poco vago.

SEÑORA PRESIDENTA.-  En este punto se hace referencia a los contenidos del Plan.

                Reitero que no estoy en condiciones de responder la pregunta concreta que formula el señor Senador Chiruchi. 

SEÑOR TAJAM.-  En principio parecería que se trata de un funcionario de cada uno de los ámbitos que los designa, pero es cierto que eso no está claro al decir que “La Comisión Directiva estará integrada por tres miembros designados, uno por el Presidente de la República,  que la presidirá, uno por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y otro por el Ministerio de Desarrollo Social”. Inclusive, los representantes de los Ministerios podrían ser funcionarios de los respectivos Ministerios a los que se les asigna esta responsabilidad.  Ese punto no está definido concretamente; pienso que sería conveniente aclararlo.

SEÑORA PRESIDENTA.-  Tendríamos que formular dos preguntas con respecto al artículo 6º. Por un lado, queremos saber si los integrantes de la Comisión Directiva serán funcionarios públicos pertenecientes a los organismos que representan y, en ese caso, si son presupuestados o si tienen otro carácter.

SEÑOR CARDOSO.-  Como dice la señora Presidenta, sería bueno aclarar ese punto, máxime cuando se expresa -como yo recién comentaba- que “La designación recaerá entre personas que por sus antecedentes personales y profesionales tengan idoneidad técnica en la materia.”  En el caso de que se trate de funcionarios de cada Ministerio, habría que especificar particularmente su “profesionalidad” y no su “idoneidad técnica”.

SEÑORA PRESIDENTA.- La verdad es que no analizamos ese punto cuando comparecieron las autoridades competentes en el tema, pero tenemos la intención de volver a convocarlas. Por tanto, sería conveniente reunir todas las preguntas a efectos de plantearlas en esa oportunidad de modo que rinda el trabajo de esa sesión.

                Por secretaría se me hace llegar la observación de que en el inciso primero de este artículo 6º, donde se nombran los miembros de la  Comisión Directiva, el texto debería decir: “uno por Presidencia de la República” en lugar de “uno por el Presidente de la República”.

                Ahora bien, lo más importante es lo que planteó el señor Senador Chiruchi con respecto al carácter de estos funcionarios, y esta interrogante la formularemos a las autoridades pertinentes cuando concurran a esta Comisión.

                El artículo 7º tiene que ver con el equipo interdisciplinario que se crea para asesorar a los miembros de la Comisión Directiva.

SEÑOR CHIRUCHI.-  En relación a este artículo quiero plantear la misma inquietud que con respecto a la Comisión Directiva. En el proyecto de ley se habla del equipo interdisciplinario, pero no se menciona si sus integrantes serán honorarios o pagos, o funcionarios públicos, ni con qué fondos se financiarán sus salarios.

SEÑORA PRESIDENTA.- Existe un fondo, votado en la Ley de Presupuesto, para este proyecto de ley y que entró en vigencia en enero de este año.

                Con respecto al artículo 8º se habían observado dos aspectos. El primero de ellos tenía que ver con que los participantes del Plan deben presentar determinadas características, a las que se enumera como a, b, c y d. Algunos estuvimos trabajando a este respecto y llegamos a la conclusión de que sería mejor que el primer requisito,  que es “Se encuentren en situación de extrema pobreza”, estuviera en el acápite, ya que esa es la condición  sine qua non. Las otras tres suman requisitos, pero la condición de fondo es la mencionada, es decir, que las personas se encuentren en situación de extrema pobreza.

                En consecuencia, estaríamos proponiendo que el  literal a integre el acápite del artículo, quedando las otras tres condiciones como están.

SEÑOR TAJAM.- La redacción podría decir al inicio, en el primer inciso, lo siguiente: “El Plan Juntos atenderá aquella población que se encuentre en situación de extrema pobreza con precariedad socio-habitacional”. De esta forma asociaríamos la calidad de precariedad con la extrema pobreza, que es en esencia la definición del Plan Juntos, tal como surge de los primeros artículos.

SEÑORA PRESIDENTA.- En relación a este artículo, también se había discutido sobre la definición del concepto de núcleos familiares. Hemos estado recogiendo opiniones varias sobre el tema, ya que todos estos conceptos jurídicos son opinables.  Lo que se había objetado era si la expresión “núcleo familiar” respondía a una figura jurídica que estuviera en nuestro Código Civil. Como en todo lo relativo a estos temas, hay más de una biblioteca, y por eso es que pedimos una interpretación. En ella se nos dice que existen antecedentes legislativos que nos hacen pensar que la figura jurídica núcleo familiar, pasible de derechos y obligaciones, ya existía en nuestro ordenamiento jurídico, tal como lo prevén algunas leyes. La Ley Nº 13.728 -que es la Ley de Vivienda- en su artículo 7º, numeral 2, reconoce como núcleo familiar a un conjunto de personas viviendo bajo el mismo techo; y la Ley Nº 14.219, artículo 19, inciso 3, reconoce el núcleo habitacional. Es decir que hay menciones en otras leyes referidas al tema de la vivienda que hablan del núcleo familiar.

                Este es el antecedente, pero cuando se dio esa discusión no lo teníamos. Lo que se cuestionó fue que estos hogares, que están acogidos al Plan, a veces tienen en sus  vínculos formas no tradicionales y otras no están absolutamente organizados en lo formal. En realidad, el núcleo familiar era más abarcativo de las realidades con las que nos encontrábamos, que a veces son bastante complicadas.

SEÑOR TAJAM.- En la sesión anterior, el señor Senador Bordaberry cuestionó la definición de núcleo familiar como sujeto de derechos y obligaciones, diciendo que nuestro Derecho sólo admite personas físicas o jurídicas. Entonces, hicimos algunas preguntas a algunos abogados y obtuvimos una respuesta coincidente con lo que decía recién la señora Presidenta.

                Por un lado, los Abogados me decían que nuestro orden jurídico, por razones de seguridad, no puede concebir persona jurídica si no es por ley. Es decir que una ley puede definir persona jurídica, y eso está basado en el artículo 21 del Código Civil, que en su segundo inciso dice: “Se consideran personas jurídicas y por consiguiente capaces de derechos y obligaciones civiles, el Estado, el Fisco, el Municipio, la Iglesia y las corporaciones, establecimientos y asociaciones reconocidas por la autoridad pública”.

                También existe el antecedente que mencionaba la señora Presidenta, del artículo 7º del Plan Nacional de Vivienda, Ley Nº 13.728, que dice: “Entiéndese por familia exclusivamente a los fines de esta ley, el núcleo familiar que ha de convivir establemente bajo un mismo techo, esté o no vinculado por razones de parentesco”

                Es decir que estas definiciones se acercarían a la de núcleo familiar que realiza el artículo 8º  del proyecto de ley. A esto se puede agregar que el único requisito para concebir una persona jurídica de este tipo -núcleo familiar- es el reconocimiento, y para lograrlo será necesaria la inscripción en un registro creado a tal efecto, que precisamente está contenido en este proyecto de ley.

                Por otra parte, el núcleo familiar tiene todos los elementos que la ley exige para que sea considerado persona jurídica: conjuntos de personas que utilizan los mismos medios, un fin determinado y el acto de reconocimiento en el registro de participantes del Plan.

Esos serían los elementos constitutivos de la definición, pero el señor Senador Bordaberry avanzó un poco más. El artículo 10 implica un régimen sancionatorio y en este caso cabe preguntarse a quién se sancionaría: al grupo familiar o a sus integrantes. De todas maneras, el artículo 10 incluye una opción, porque en el acápite dice: “núcleo familiar participante o de alguno de sus integrantes”, por lo que no necesariamente habría que castigar al núcleo familiar cuando un solo integrante infrinja su obligación y configure una de las causales de egreso previstas en el Plan.

El otro punto que mencionó el señor Senador Bordaberry, ligado a este tema de la definición de núcleo familiar, es el régimen de bienes, es decir, cuando haya que adjudicar el bien o -una situación más complicada que podría darse- cuando uno de los integrantes reclame la venta del inmueble. En este caso, no queda claro cuál es el régimen aplicable a esa situación. Por lo tanto, deberíamos encontrar la solución a este problema. Quizás una alternativa podría ser utilizar el régimen previsto para el condominio. Otra opción que se nos ocurre -y que la señora Presidenta está buscando en este momento-  sería que uno de los integrantes del  núcleo familiar -la jefa o el jefe de hogar- sea el adjudicatario del bien.

SEÑORA PRESIDENTA.- Concretamente, la observación se refería al artículo 21, “Titularidad de las viviendas”. El artículo establece que  la Unidad Operativa Central  transferirá la propiedad de las viviendas construidas, reparadas o recicladas en inmuebles del Estado, en las condiciones que establezca la  reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo. La modificación que proponemos consiste en  agregar a continuación: “la que priorizará a las mujeres jefas de hogar”. Hacemos  este planteo porque hemos observado que al frente de muchos de esos núcleos familiares hay jefas de hogar. Entonces, para que esto no quede cerrado, porque pueden aparecer otras variantes, la reglamentación podrá amparar también esos casos; por ejemplo, si se trata de una familia constituida por los dos integrantes de la pareja, o integrada por una abuela con  los nietos, que también puedan ser titulares, tanto los cónyuges, como el integrante de la familia de que se trate. Tiene que quedar claro que debe haber un titular, o a lo sumo dos; no puede ser la totalidad del núcleo porque  se estarían generando problemas jurídicos graves posteriores al uso de la vivienda.

                Reitero que para el artículo 21 proponemos esa pequeña modificación, que establece un criterio que no es cerrado, porque de lo contrario quedan otras situaciones por fuera.

                Esta disposición está relacionada con los artículos 8º, 9º y 10, porque refieren al núcleo familiar que va a habitar. El señor Senador Bordaberry los trató en conjunto e hizo observaciones de recibo, porque  no era preciso lo que en ellos se establecía. Por lo tanto, hay que hacerles ajustes, pero a su vez nos tenemos que poner de acuerdo acerca de si la redacción que proponemos de “núcleo familiar” es correcta.

SEÑOR CARDOSO.-  Más allá de lo que pueda informarme, quiero señalar que el señor Senador Bordaberry tiene muchos más conocimientos jurídicos que yo. Entonces, en la medida de lo posible, me gustaría que él fijara la posición del Partido Colorado sobre este punto.

SEÑORA PRESIDENTA.- Recién estamos en el inicio del análisis del proyecto de ley; no hemos votado nada justamente porque lo que queríamos era intercambiar ideas.

SEÑOR CARDOSO.- Lo que planteo es la posibilidad de que el tema pueda ser revisto una vez que el señor Senador Bordaberry se reintegre a la Comisión.

SEÑORA PRESIDENTA.- Por supuesto. Además, el señor Senador Bordaberry ha sido el puntal jurídico de esta Comisión, de manera que nos importa su visión al respecto.

SEÑOR CHIRUCHI.- En el artículo 9º, donde se crea el Registro Único de Participantes del Plan en la órbita de la Unidad Operativa Central, se establece quiénes se podrán inscribir. En este sentido se mencionan, por ejemplo, los núcleos familiares cuyos integrantes acrediten el cumplimiento de las condiciones requeridas por el artículo anterior, los egresos de los núcleos familiares participantes del Plan Juntos y las adjudicaciones de viviendas en comodato o propiedad. Creo que habría que complementar la norma señalando las características del comodato, si es gratuito u oneroso, si tiene plazo y si al cumplimiento de determinadas condiciones o plazos se otorga la propiedad. Es un planteamiento que uno de mis asesores me hizo sobre este artículo.

SEÑORA PRESIDENTA.- Ante todo parto de la base de que es gratuito, porque estamos hablando de un quintil de población que no tiene posibilidad de pagar. En lo personal lo interpreto así, más allá de que igualmente podemos plantear la consulta.

Por otra parte, era importante establecer en manos de quién iba a quedar la propiedad al final del proceso, y aquí venían las precisiones sobre el núcleo familiar. A este respecto, lo concreto es que tiene que quedar en propiedad de la familia, porque de lo contrario no se termina el proceso y no se dan certezas. Ahora bien, en los últimos artículos se establece la condición de que durante un período de tiempo, que se establece en diez años, no se puede transar el bien, salvo que haya una autorización expresa de la Unidad Operativa, porque puede haber una familia que se traslade de departamento, por ejemplo. En este sentido, se ha constatado que en muchos asentamientos y barrios pobres se da todo un negocio inmobiliario. Entonces, es importante, por un lado, crear un registro para saber qué obtuvo cada uno y para que no haya alguien que repita un beneficio, y por otro, el establecimiento de ese plazo. Creo que esto no va a solucionar el problema, porque el uruguayo es muy ingenioso, pero estoy segura de que por lo menos lo va a atemperar.

Esto es algo que ya nos ha ocurrido en MEVIR y en otros casos. Justamente, la pregunta que formulaba el señor Senador Chiruchi al comienzo de la reunión está vinculada a este tema. Suele ocurrir que una vez que la familia entró a la vivienda, por equis circunstancias y por el costado de la normativa, toma determinadas decisiones que distorsionan el objetivo. Lo que se intenta aquí es atajar esto a tiempo. No me atrevo a afirmar cuánto se puede llegar a lograr, pero pienso que esa es la intención.

SEÑOR CHIRUCHI.- ¿Con qué clase de disposición se piensa evitar que se realice ese tipo de transacciones por las cuales se enajena, se alquila o se vende la posesión?

SEÑORA PRESIDENTA.-  El registro nos va a permitir hacer una identificación. Si una persona vendió y luego se radica en un asentamiento, se entiende que ya tuvo el beneficio. El mensaje del Estado sería que se le dio una oportunidad, y eso debe quedar  claro al momento en que ingresa al bien.  Si por alguna razón se tiene que ir, cuenta con el mecanismo de presentarse a la Unidad Operativa para plantear el problema; esa sería la manera de actuar de forma derecha. Obviamente, esto no nos brinda una seguridad total, porque tenemos constatado que en los grupos SIAV y MEVIR se alquilan las viviendas y se realizan otras transacciones de manera informal.

                Por otra parte, la propia Unidad Operativa debe llevar el control de la permanencia del titular, lo que supongo se hará cada determinado número de meses, en base al registro. Personalmente, no se me ocurre ningún otro camino. Sabemos que el problema existe; debemos reducirlo lo más posible, pero sinceramente no creo que podamos eliminarlo del todo.

SEÑOR CHIRUCHI.- Este es un tema muy complejo y difícil que se va a dar de forma importante en el Plan Juntos, tal como sucede en los programas del Ministerio e, inclusive, en MEVIR, donde el núcleo familiar realiza un sacrificio muy grande. Allí, durante dos años o dos años y medio, la gente debe disponer de una cantidad de horas diarias para dedicar a la ayuda mutua, y eso es más fácil de controlar porque se trata de una cantidad menor de viviendas, todo está más focalizado y se cuenta con asistentes sociales. Pero aun así, a MEVIR también la situación se le ha ido de las manos, y esto no es algo de ahora, sino de hace ya muchos años. Por lo tanto, se trata de un tema complicado.

                Creo que lo primero que hay que hacer para elaborar el registro es cruzar información con MEVIR, con la Agencia, con el SIAV e, incluso, con las propias Intendencias, que cuentan con programas puntuales.

SEÑORA PRESIDENTA.-  Además, esta cuestión tiene una derivación dramática. La persona que compra o alquila, lo hace para solucionar su problema, pero luego nosotros nos vemos frente al dilema de tener que pedir el desalojo. Sé que MEVIR se encontró con esa disyuntiva porque se manejan con una lista de espera, y de repente la familia que ocupa la vivienda no tiene ninguna otra opción por el mismo monto. Entonces, tanto la situación que se vive como la solución misma son bastante penosas.

En definitiva, el problema es muy complejo y no se arregla con un lanzamiento, porque aunque la persona sepa que el negocio no se debió hacer de esa manera, lo cierto es que también se ve perjudicada. La informática puede ayudarnos a cruzar información y atemperarlo. ¡Ojalá lo podamos eliminar! Es una aspiración.

SEÑOR CARDOSO.- Es una sana aspiración.

SEÑOR CHIRUCHI.- Máxime si el control es realizado por el Estado que, en ese sentido, no es eficiente.  Pero esto no es de ahora; en el período en el que estuve desempeñándome en el Ministerio, ya existía este gran problema. Por ejemplo, cuando trabajábamos en la regularización de los asentamientos, un día estábamos trabajando con un grupo de familias y, al poco tiempo, habían vendido o alquilado poniendo un papelito en el almacén. 

SEÑORA PRESIDENTA.- A este respecto hay varios problemas.

                A nivel de la Intendencia de Montevideo se ha constatado, por ejemplo, que en los asentamientos el propietario del predio promueve la ocupación, para que luego el Ministerio se lo compre. Es decir, hay muchos negocios. Una vez que se prueban las acciones, se puede proceder; de lo contrario, es muy difícil.

                Nuestra aspiración es lograr bajar el déficit habitacional y el costo de los alquileres -esta fue la intención de la otra iniciativa que fue votada- porque, de esa manera, el mercado se va a descomprimir. Sin duda, aquí también hay un problema de mercado; justamente, al inicio de la reunión se habló de las casas o unidades vacías que están para ser adjudicadas y permanecen en ese estado.

SEÑOR CHIRUCHI.- Hay miles en esa situación.

SEÑORA PRESIDENTA.- Sí, son bastantes. Si logramos ponerlas en el mercado, estaríamos acotando el problema.

SEÑOR CHIRUCHI.- Eso quitaría un poco de presión, descomprimiría la situación.

SEÑORA PRESIDENTA.- Cabe recordar que las viviendas del Plan Juntos también tendrán un  sistema de autoconstrucción. De esta manera queremos promover en las personas un sentido de pertenencia; se trata de algo que está enfocado fundamentalmente a lo social. Creemos que quien puso horas de trabajo en su vivienda, no va a estar tan suelto de cuerpo a la hora de venderla, porque tendrá un compromiso con ella. Ahora bien, ninguna de estas medidas es absoluta; pienso que la sumatoria de medidas, el trabajo del asistente social y el tiempo son fundamentales. Cuando digo tiempo no hablo de media hora antes y media hora después de construida la vivienda, sino de un proceso largo, que va a permitir el arraigo y la pertenencia de la familia a su vivienda. Se busca que la sientan como propia y como algo importante. Y si en algún momento la familia se tiene que mudar de barrio o de departamento -puesto que actualmente la vida no es tan estable- queremos que lo haga formalmente. Pero,  como bien ha dicho el señor Senador, todas estas son aspiraciones y buenas intenciones.

                Creemos que el registro es un paso. No creo que funcione como una amenaza, pero cuando se hace la advertencia de que habrá un registro del beneficio que se otorgó, podemos generar en las personas una conducta más cuidadosa.

SEÑOR CHIRUCHI.- Muchas veces, a través de los Juzgados se ha advertido sobre este tipo de cosas, pero algunos miran para otro lado.

SEÑORA PRESIDENTA.- Soy consciente de este problema.

                Hace unos días estuve trabajando con las viejas viviendas de los trabajadores de la estiba. Dentro de esos edificios hay de todo. La Agencia Nacional de Vivienda va a elaborar una normativa para tratar de destrabar la situación, que ha sufrido un proceso acumulativo. Ya no existe la estiba del changador y la mayoría de los estibadores ha muerto. En algunos casos todavía queda alguna viuda o un hijo, e incluso a veces, cuando hay más de un hijo se ha generado el problema de a quién beneficia. Así que esto no es tan sencillo como quisiéramos.

                Pasamos a considerar el Capitulo IV “Modalidades de Construcción. Prestadores de trabajo. Régimen de seguridad social”. El artículo 11, relativo a las modalidades de construcción, es general y  alude a dos conceptos fundamentales: la autoconstrucción y  la mano de obra benévola. La mano de obra benévola es una exoneración al Banco de Previsión Social, no solo para el que hace autoconstrucción, sino también para el voluntario que se suma y construye. Como la ley prevé la participación del  voluntariado, la mano de obra benévola también tiene que cubrir al beneficiario y al que colabora, lo cual tiene que ver con los costos de la construcción.

 En el artículo siguiente se habla del trabajo voluntario y de otras personas, como los encarcelados y demás, que puedan participar.

SEÑOR CHIRUCHI.- Advierto que de las seis situaciones contempladas en el artículo en cuanto a los prestadores de trabajo, tres de ellas refieren a personas sujetas al proceso penal, es decir,  aquellas que han sido procesadas y condenadas en el marco del régimen de redención de la pena, que cumplen medidas sustitutivas, o están inscritas en la bolsa laboral del Patronato de Encarcelados y Liberados.  Estoy totalmente de acuerdo con esto, pero también tenemos que premiar al que ha tenido buena conducta y que está en una situación de pobreza  extrema.

SEÑORA PRESIDENTA.- En realidad, no todas las viviendas son para los encarcelados, pero en ese quintil de la población muchas veces encontramos estas situaciones. En ese sentido, hay una experiencia llevada a cabo en la ciudad de Mercedes, departamento de Soriano. Precisamente, en el ingreso a la ciudad la Intendencia realizó un realojo junto con el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente  que, dicho sea de paso, quedó muy bien. En ese núcleo habitacional,  10 o 12  familias tenían preso al cabeza de familia, por lo cual se hizo un convenio con institutos penales y con el Patronato. De esa manera, esos presos salían a trabajar  en la construcción de la vivienda que les iba a corresponder a sus familias  -era difícil que se escaparan porque los conocía todo el mundo- ayudando a sus señoras que en muchos casos estaban solas con los chiquilines,  y luego retornaban a la cárcel.  Se les dio esa oportunidad porque, de otra manera, esa familia que tenía un integrante preso iba a quedar excluida del proyecto. Recordemos que esa gente estaba en la vía del ferrocarril en una situación bastante mala.

                Ese proyecto dio resultado y hay toda una evaluación del tema e, incluso, el arquitecto que lo condujo ahora está trabajando en el PIAI. A través de esta iniciativa se quiso dar la oportunidad de que los presos participaran, debido a que se encontró que había familias con un hijo o un padre en esa situación. No digo que este sea el caso de todo el quintil, porque hay familias que no tienen ese contexto ni mucho menos, pero existen unas cuantas. Por ello nos pareció importante que participaran en el proyecto.

SEÑOR CHIRUCHI.- Me parece una iniciativa muy adecuada. Es más; durante mucho tiempo trabajé con presos, pero en situaciones de poco riesgo. La poda de la ciudad, por ejemplo, la hacíamos la mayoría de las veces con ciudadanos encarcelados que tenían la autorización de la Jefatura y del propio Poder Judicial. Se podaba en una cuadra, por ejemplo, y teníamos la seguridad del control de ese preso.

                Incluso, el Estadio Castro Martínez Laguarda fue refaccionado en un cien por ciento por personal de la cárcel de San José. En algún momento contamos con un plan similar a “Juntos” -pero mucho más acotado- por el cual otorgábamos materiales a familias humildes de la ciudad y centros poblados.  Al respecto, muchas veces hicimos  convenios con el Penal de Libertad y con la Cárcel de San José, por ejemplo, para  la construcción de la chacra policial. De esa forma se hicieron ladrillos, bloques y  otros elementos que se necesitaban para la edificación, incluso con la posibilidad de un pago con un porcentaje para la Jefatura y otro para el propio ciudadano. Pero cuando se trataba de colaborar con su núcleo familiar, el ciudadano no cobraba nada y nos aportaba los materiales terminados.

                En definitiva, deseamos que esta iniciativa funcione ya que no es fácil lograr que una persona encarcelada adquiera la libertad -incluso con la anuencia del Poder Judicial- para ayudar a la construcción de una vivienda para su familia. Se trata de todo un desafío.

SEÑORA PRESIDENTA.- Creemos que este Plan es de mayor aplicación en las ciudades pequeñas que en las grandes por una elemental razón de vecindad y de que todo el mundo se conoce. Sabemos que se está rehabilitando la carpintería del COMCAR para la construcción de algunos elementos para las viviendas del Plan Juntos.

                Por otra parte, no debemos olvidar a la población del Patronato que ya está liberada. Hace unos días, justamente, se dio el caso de una persona que salió, consiguió trabajó y podía pagar, pero como tiene la causa abierta no era sujeto de Derecho para alquilar o sacar un préstamo para comprar algo. Estaba muy acorralada en ese sentido. Entonces,  buscamos algún tipo de solución con el Patronato para que esas personas que habían salido de la cárcel y estaban trabajando, no tuvieran este problema con la vivienda. El Patronato estaba muy interesado en participar en esto porque tiene población que está en esta situación. Además, esto puede estar muy vinculado a la  disminución de la reincidencia al darles la posibilidad de entrar en otro circuito de  vida. No será para todos los casos, pero nos parecía importante dejar abierta esa puertita. Obviamente que los Jueces van a ser quienes tengan la última palabra, pero es necesario que se establezca la facultad.

SEÑOR CHIRUCHI.- En cuanto al artículo 17, en la sesión anterior yo había hecho algún planteo. Creo que debemos ser ejecutivos y tener una acción lo más contundente posible en pro de la promoción de la solución habitacional para las familias más modestas, pero a la vez debemos ser celosos en lo que tiene que ver con las garantías para el ciudadano en cuanto a la transparencia de la gestión de quienes manejamos recursos públicos. En lo personal no estoy de acuerdo con la adquisición directa, pues no me genera ninguna confianza ni transparencia, que es justamente lo que debemos exigir al funcionario público y a lo que nos obliga la propia ciudadanía del país. Entiendo que se puede ser ejecutivo, rápido en la acción y cumplir con las normas que hacen a la contratación de los servicios y a la adquisición de los bienes que se necesitan para construir viviendas.

SEÑORA PRESIDENTA.- En el inciso segundo del artículo 17 se dice: “Incorpórase al Numeral 3º del artículo 33 del TOCAF el siguiente Literal: ‘Y) Para adquirir bienes o contratar servicios por parte de la Unidad Operativa Central del Plan de Integración Socio-Habitacional Juntos’.” Esto permite contratar directamente con la Fundación Juntos y adquirir bienes y servicios sin recurrir a licitación pública o abreviada. La justificación de esto es la emergencia y la velocidad, porque desgraciadamente los tiempos de la industria de la construcción son más largos de lo que uno quisiera.

SEÑOR CHIRUCHI.- Creo que emergencia  o urgencia no previsibles en el déficit habitacional no existe; en realidad, pienso que podemos definir una emergencia ante una catástrofe, para lo que contamos con potestades para actuar en ese sentido. Toda la Administración pública tiene la potestad, a través del TOCAF, de declarar situaciones de urgencia o emergencia. Pero con este criterio todo puede llegar a ser una emergencia y hasta podríamos declarar como tal  la construcción de una carretera. No corresponde una contratación directa.  

SEÑORA PRESIDENTA.- En este caso se trata de personas.

SEÑOR CHIRUCHI.- En todos los temas se trata de personas.

SEÑORA PRESIDENTA. Sí, pero aquí estamos hablando del lugar donde vive la persona. Además, creo que esta excepción que se plantea introducir tiene que ver con los tiempos de la construcción, porque en este caso la emergencia no se da debido a una catástrofe, sino por un deterioro económico que generó esa situación. Si bien han descendido los índices de pobreza e indigencia, todavía queda gente en esa situación, por lo que hay que abordar el tema de la manera más rápida posible. Yo parto del principio de que a todo el mundo le conviene que todos tengan vivienda. Lo que se pretende a los efectos de cumplir con el Plan, es agilidad; es decir, no se trata de una generalización. Como podemos apreciar, en el literal Y) que se agrega, se dice específicamente: “Para adquirir bienes o contratar servicios por parte de la Unidad Operativa Central del Plan de Integración Socio-Habitacional Juntos”. Es decir que esta medida es casi a término.

SEÑOR CHIRUCHI.- ¿De cuántos millones de dólares estamos hablando?

SEÑORA PRESIDENTA.- No sé contestar esa pregunta, pero lo que tengo claro es que todos aspiramos a que la emergencia vaya tendiendo a cero.

SEÑOR CHIRUCHI.- Estoy de acuerdo, señora Presidenta.

SEÑORA PRESIDENTA.- Eso es lo que justifica que se recurra a este tipo de mecanismos y por ello pedimos que se incorpore el literal Y) entre las excepciones dispuestas en el numeral 3º del artículo 33 del TOCAF. De esta forma estaríamos haciendo un agregado a esas excepciones focalizado en este Plan.

                Vamos a subrayar este punto como un problema, para luego  profundizar en su análisis.

SEÑOR CHIRUCHI.-  No queremos poner piedras en el camino, sino ayudar, pero creo que tenemos la obligación de generar la máxima transparencia porque estamos hablando de un volumen de recursos muy alto. Sabemos que la falta de vivienda constituye  una situación de emergencia, pues  estamos hablando de miles de viviendas. Recién hacía referencia a miles de viviendas que están vacías, que pertenecen al propio Estado y que hace diez años que no se adjudican, y creo que eso también amerita actuar con urgencia. 

SEÑOR TAJAM.-  Creo que debemos dar al Plan Nacional de Integración Socio-Habitacional “Juntos” la importancia que realmente tiene. No le estamos dando un lugar central en la solución de toda la problemática habitacional; se trata de una conjunción de esfuerzos que se va a llevar adelante junto con los propios beneficiarios del Plan -esta es una de sus principales características- para llegar en forma rápida y con el menor costo posible al lugar donde las personas lo necesitan.

                En síntesis, podría decirse que estamos ante un Plan que se basa en esas definiciones y, por lo tanto, no creo que tenga la dimensión de los miles de viviendas que necesita construir el país para solucionar todo el problema habitacional. Esta es una parte de la solución, pero no considero que sea la mayor.

                Sin perjuicio de que luego sigamos discutiendo el tema, entiendo que esta parte de la excepcionalidad es pertinente porque se ajusta a esas características del Plan, que además no va a ser integrado al presupuesto más grande en términos de vivienda que va a tener esta Administración.

SEÑOR CHIRUCHI.-  Si los señores Senadores me disculpan, me tengo que retirar porque tengo una reunión con un grupo de inversores chilenos que, precisamente, quieren construir viviendas de madera.

SEÑORA PRESIDENTA.- Si los miembros de la Comisión están de acuerdo, tal como habíamos acordado en la reunión anterior, podríamos invitar para la próxima sesión a los técnicos del Plan a fin de que trabajen junto con nosotros y podamos evacuar las preguntas que surgieron en la tarde de hoy y las que obviamente puedan aparecer a lo largo de la discusión. 

SEÑOR TAJAM.-  De esa forma podremos ir construyendo respuestas firmes sobre las dudas que tenemos respecto de este tema.

SEÑORA PRESIDENTA.- En ese caso, invitaremos a los representantes del Plan “Juntos” y también podremos consultar si los Ministerios tienen interés en participar de la reunión.

                Se levanta la sesión.

(Es la hora 17 y 49 minutos.)

               

 

 

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.