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Carátula

SEÑORA PRESIDENTA.- Habiendo número, está abierta la sesión.

(Es la hora 15 y 11 minutos)

                 En primer término, corresponde realizar la elección de autoridades de esta Comisión, luego de lo cual se va a dar cuenta de algunos asuntos entrados y, posteriormente, vamos considerar un punto relativo al funcionamiento.

                Debido a que tendré que retirarme antes de que finalice la sesión, deseo dejar planteada cierta información a fin de que conste en la versión taquigráfica, y también participar de la ya mencionada elección de autoridades.

                La constancia que quiero dejar es la siguiente. Luego de leer la versión taquigráfica de la sesión pasada, en que la Comisión tomó la decisión de hacer un proyecto de ley completo, un cuerpo armado sustitutivo de la Ley Nº 16.095 -de sus disposiciones modificativas y del trabajo de esta Comisión en los últimos dos años- y de observar los textos comparativos en los que se trabajó, tanto por parte de la Secretaría como del señor Senador Long y del equipo de la señora Senadora Percovich, confieso sinceramente que surgió en mí cierta preocupación, y voy a explicar por qué.

Evidentemente, se trata de una ley muy antigua y por eso mismo, al igual que sucede con toda ley que data de mucho tiempo, existen enormes posibilidades de que se le introduzcan agregados y modificaciones, tanto en Rendiciones de Cuentas como en otras muchas leyes; en algunos casos, algunas disposiciones no sólo están referidas a la materia que estamos legislando, sino que muchas veces hay alusiones que incluyen, por ejemplo, a los discapacitados y también a otros sectores beneficiarios que no tienen discapacidad. En esos casos se plantean exigencias, por ejemplo, para que el Banco de Previsión Social cumpla.

Entonces, la pregunta que surgía era cómo podíamos encontrar la manera de que los beneficiarios quedaran contemplados en la ley y, a su vez, qué hacer con relación a esas situaciones en que la referencia implica a un universo mayor que aquel para el cual se legisla.

A raíz de todo esto, consulté nuevamente con la Secretaría del Senado, donde se me dijo que no se había entendido cuál había sido el planteo votado el año pasado en la Comisión, cuando se quiso ver si existía alguna dependencia del Palacio que pudiera ayudar a todos los equipos de trabajo de manera de poder tener otra mirada o hacer otro repaso de las situaciones que eventualmente pudieran generarse. 

Evidentemente, creo que no se comprendió lo que necesitábamos como Comisión. Se nos dijo que Estudios Legislativos podía dar una nueva mirada a los proyectos en los que se estaba trabajando en este ámbito. Entonces, la Secretaría de esta Comisión se puso en contacto con los responsables del equipo de Estudios Legislativos y ellos estuvieron haciendo las verificaciones del caso. En el día de hoy la Secretaría va a distribuir el material que ellos verificaron y sobre el que hicieron algunas sugerencias. Puedo decir que están de acuerdo con la decisión que la Comisión toma en cuanto a que es mejor generar un nuevo cuerpo legislativo, aunque advierten el riesgo de que, eventualmente, pudiera quedar alguna disposición sin ser debidamente rescatada.

En definitiva, puedo decir que este equipo tuvo dos días para trabajar y están muy contentos y reconfortados por el hecho de que esta Comisión pensara en ellos, puesto que muchas veces les pedimos que realicen estudios comparativos en la que pueden poner parte de su conocimiento, pero no la totalidad. Sin embargo, nos dicen que para hacer un nuevo análisis necesitarían dos días más, lo que en un proyecto de esta envergadura y ante la posibilidad de que no haya ningún hueco legislativo, es un tiempo razonable. Entiendo que todas las miradas que se han sumado contribuyen a lograr un mejor producto, al punto de que nos hacen algunas sugerencias -y, por ello, piden las excusas del caso- con relación al contenido.

                Mientras hablaba con el personal de Estudios Legislativos, le estaban acercando  a la Secretaría de esta Comisión este proyecto sustitutivo que se tuvo que imprimir en otra dependencia -porque no podían imprimirlo en diferentes colores- para mostrar lo que sugieren que se tenga en cuenta.

                Quería comentarles que se trata de una decisión que, en su momento, no se pudo instrumentar y que el trabajo se pudo realizar durante la semana pasada por el esfuerzo de este equipo. En lo que a mí respecta, me parece que sería bueno darles dos días más para que pudieran seguir revisando el material, a fin de que no haya ningún tipo de inconsistencia. Como se imaginarán, tampoco pude leer el material porque recién tomo contacto con este comparativo.

SEÑOR LONG.- En lo personal, me parece que se trata de un aporte muy valioso y el hecho de que haya una demora de dos días  -o el tiempo necesario que podría ser esta semana hasta la próxima reunión- no importaría, en función de la trascendencia del resultado. De todas maneras, si bien tenemos que ir avanzando, como hay una serie de temas pendientes, no habría ninguna dificultad en la marcha del asunto. Estoy de acuerdo con que el objetivo es lograr un texto consolidado que sea una simplificación para todo el mundo y que no queden cosas por el camino.

SEÑORA DALMAS.- Estoy de acuerdo con el señor Senador Long en cuanto a que deberíamos seguir avanzando porque tenemos temas pendientes. En lo que me es particular, voy a pedir la reconsideración de un artículo de las normas tributarias para considerar uno alternativo. Todo lo que hagamos hoy, incluida la dilucidación de los asuntos pendientes, debería ser incluido en un nuevo envío a la Oficina de Estudios Legislativos para que cuenten con toda la información, porque ahí podrían surgir nuevas observaciones.

                Considero que las cosas deben tener un término y, en tal sentido, propongo avanzar de forma tal de elaborar un texto mínimamente consolidado, de modo que todas las observaciones de la Oficina de Estudios Legislativos puedan ser incluidas.

SEÑORA PRESIDENTA.- La Secretaría me hace notar que ha sido tan vertiginoso todo el trabajo que aún no se cuenta con ejemplares suficientes como para repartir a cada miembro de la Comisión, aunque el texto fue remitido por correo electrónico. Por consiguiente, si no hay objeciones, mientras se realizan las copias necesarias, propongo que pasemos a elegir Presidente y Vicepresidente de la Comisión. Según tengo entendido, la Presidencia corresponde al Partido Nacional y la Vicepresidencia al Frente Amplio.

SEÑOR ANTIA.- Propongo al señor Senador Long como Presidente.

SEÑORA DALMAS.- Propongo a la señora Senadora Percovich como Vicepresidenta.

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar si se designa al señor Senador Long como Presidente de la Comisión.

(Se vota:)

                 6 en 7. Afirmativa.

                Se va a votar si se designa a la señora Senadora Percovich como Vicepresidenta de la Comisión.

(Se vota:)

                 6 en 7. Afirmativa.

                En consecuencia, quedan designados el señor Senador Long y la señora Senadora Percovich como Presidente y Vicepresidenta, respectivamente.

                Por consiguiente, invito al señor Senador Long a ocupar la Presidencia.

(Ocupa la Presidencia el señor Senador Long)

SEÑOR PRESIDENTE.- En primera instancia, quiero agradecer a los colegas por la confianza depositada. Asimismo, deseo dejar constancia en la versión taquigráfica de la satisfacción que nos produjo el desempeño de la señora Senadora Xavier como Presidenta de esta Comisión. Ciertamente, ha sido un gusto trabajar bajo su Presidencia y, de alguna forma, esperamos continuar en esa línea.

                Hay otro tema para considerar que, si bien no lo mencionó la señora Senadora Xavier, ya lo estuvimos conversando antes, relativo al cambio de horario en que esta Comisión sesiona, que ya se había propuesto. En realidad, no sé si este cambio de horario no tendría que quedar establecido en algún lado. La señora Senadora Xavier estuvo haciendo consultas y se había pensado que para el lunes después de Semana Santa -la Comisión de Transporte y Obras Públicas ha fijado sesiones extraordinarias- se mantendría el mismo horario de las 15 horas y, a partir del lunes siguiente, el horario de comienzo de esta Comisión sería a las 14 horas. Sé que esto fue consultado a varios integrantes de esta Comisión y, aparentemente, todos podían, salvo el señor Senador Lorier, que si bien tenía dificultades, aceptó el horario de las 14 horas. En consecuencia, el lunes posterior a Semana Santa el horario sería el mismo -o sea, a las 15- y, el siguiente cambiaría para las 14 horas.

SEÑORA PERCOVICH.- Hay una comunicación de la Organización Internacional para las Migraciones, que no sé si se dio lectura en los asuntos entrados.

SEÑOR PRESIDENTE.- En realidad, señora Senadora, ya fue repartida.

SEÑORA PERCOVICH.- Esta Organización Internacional solicita, si es que hay voluntad en esta Comisión, nuestra participación en tres grupos de trabajo. Este año se realizan dos reuniones sobre Migraciones que, si mal no recuerdo, serán en Venezuela y  en Bélgica. Como los señores Senadores recordarán, nosotros participamos en el encuentro iberoamericano que se realizó en el Uruguay cuando se creó la Organización Iberoamericana de Parlamentarios. Reitero que dicha Organización consulta a esta Comisión sobre la posibilidad de que nos integremos a los grupos de trabajo. Aclaro  que ellos están creando uno específico para el Uruguay denominado “Espacio de Convergencia sobre Temas Migratorios”.

Como venía diciendo, se conformarán tres grupos de trabajo, uno sobre Derechos Humanos, otro sobre Migración y Desarrollo y, el último, relativo a Migración laboral y desplazamientos internos. Me enviaron una invitación personal, ya que he venido trabajando mucho sobre este tema, y confirmé que me voy a integrar al grupo sobre Derechos Humanos, por todo el tema de las propuestas modificatorias que estamos haciendo con relación al tema de la tipificación penal de tráfico y trata, que se viene considerando en la Comisión de Constitución y Legislación. Sería bueno que algún otro Senador de esta Comisión se integrara para conformar estos grupos de trabajo.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si entendí bien lo que expresó la señora Senadora Percovich, esta Comisión debería designar, al menos, un representante para cada uno de estos tres grupos. Tal como manifestó la señora Senadora Percovich, ella participaría en el grupo relativo a los Derechos Humanos, pero faltarían integrar Migración y Desarrollo y Migración laboral y desplazamientos internos.

Parto de la base de que todos los Senadores están ocupados, ya que no es por falta de interés en este tema que no hay voluntarios, pero tendríamos que cubrir cada uno de estos dos grupos. La Secretaría me acota que la señora Senadora Mónica Xavier estaría interesada en integrar uno de estos grupos y, entonces, por el momento estaríamos cumplidos con esa designación.

Sin perjuicio de que la señora Senadora Dalmás planteó la reconsideración de un artículo, quiero recordar que nos falta, además del reordenamiento y de todo el trabajo de consolidación, tratar el tema relativo a los Talleres Protegidos de Producción. Al respecto se han presentado propuestas -tanto nuestros como de la Comisión- pero nunca se llegó a resolver nada.

                Realmente, como se trata de diez artículos, no sé qué criterio es conveniente adoptar  aunque, tal vez, lo mejor sea evacuar la inquietud de la señora Senadora.

SEÑORA DALMAS.- Mi planteamiento fue a efectos de que sea tenido en cuenta a la hora de cotejar la información con la Oficina de Estudios Legislativos, pero de ninguna manera estoy exigiendo un orden. Estoy dispuesta a tratar el tema de los Talleres Protegidos de Producción y, luego, reconsiderar esta norma; pero de cualquier manera me avengo a lo que decida el señor Presidente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Entonces,  tal vez corresponda que terminemos de tratar lo relativo a Talleres Protegidos de Producción y reconsideremos luego ese artículo y algún otro que se encuentre  en la misma situación.

                Se han hecho llegar dos propuestas que tienen puntos en común y otros muy disímiles.

SEÑORA DALMAS.-  Supongo que deberíamos tener en cuenta el último material que está muy ordenado. Me refiero al distribuido Nº 1525 que contiene los artículos aprobados y los pendientes de aprobación. En concreto, me refiero al artículo Nº 41/2, Sección I, que se encuentra en la página 18.

SEÑOR PRESIDENTE.- En la sesión pasada habíamos quedado en la eliminación de los artículos 12 y 13 y la reconsideración del artículo 53, que más que nada era por un problema de redacción y para tratar de uniformizar todo el articulado.

 En consideración el artículo 12.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

 0 en 6. Negativa.

Pasamos a tratar el artículo 13 del proyecto que habíamos presentado, que se encuentra en la página 12 del comparativo y que corresponde al actual 28/6. En consecuencia, está a consideración el artículo 28/6.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

 6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Finalmente, se va a reconsiderar el artículo 58/2 que anteriormente era el Nº 53.

El artículo 58/2 expresa: “La discapacidad que padezcan las personas que soliciten los beneficios previstos en el artículo anterior, deberá ser acreditada de acuerdo a lo establecido en el artículo 10” -creemos que ahora sería el Nº 13- “de la presente ley, sin cuyo cumplimiento no se autorizará su importación”.

Como del resultado del reacomodamiento final van a volver a cambiar los números, creo conveniente que en esta instancia el artículo se numere como “artículo xx”. Como habrá varios casos similares, la Secretaría va a tomar nota de estos cambios.

SEÑORA DALMAS.- Hay que verificar si es el texto del artículo 31 incluido en el comparativo.

SEÑOR PRESIDENTE.- En principio, estaríamos en la tesitura de ponerle “artículo xx”, porque la numeración del articulado va a volver a cambiar.

SEÑORA PERCOVICH.- Hay que ver si, por lo menos, corresponde a la descripción. ¿Por qué? Porque hay una descripción de discapacidad general en el artículo 2º del proyecto, donde se dice a quién se considera discapacitado.

SEÑOR PRESIDENTE.- El pedido de reconsideración surgió porque existía un criterio distinto. Se decía que dicha condición podía ser establecida por profesionales de distintos centros hospitalarios del país, pero luego vimos que ese criterio entraba en contradicción con lo que habíamos establecido en los otros casos, es decir, el Ministerio de Salud Pública en acuerdo con la Comisión Nacional Honoraria del Discapacitado.

                (Se suspende momentáneamente la toma de la versión taquigráfica)

                 En consideración el artículo 58/2 del proyecto sustitutivo, distribuido    Nº 1525, en el entendido de que cuando se menciona el artículo 10, se está haciendo referencia al actual artículo 28/4 del referido distribuido.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

 6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

De esta forma, hemos concluido la consideración de las situaciones que estaban pendientes, salvo el capítulo de Talleres de Producción Protegida.

SEÑORA DALMAS.- Quisiera pedir la reconsideración del artículo 58, referido a normas tributarias, que ya había sido votado.

                Recuerdo que en ocasión de la comparecencia de un delegado del Ministerio de Economía y Finanzas estuvimos analizando las exoneraciones de contribuciones a la Seguridad Social y las normas tributarias específicamente, como es el caso del artículo 58.

                En realidad, concuerdo con la observación realizada, en el sentido de que se subsanó aquella duda constitucional al facultarse al Poder Ejecutivo a realizar exoneraciones. O sea que ese aspecto estaría laudado. Sin embargo, en la actual redacción se está exonerando las importaciones. Se exonera a quien realiza la importación, es decir, al importador correspondiente. Nuestra preocupación apuntaba, en primer lugar, a que el beneficio de la exoneración de los derechos arancelarios llegue al discapacitado y, en segundo lugar, a que llegue al discapacitado que no cuenta con los recursos. Es sabido que por medio de una serie de normas que se han convertido en leyes por votación de este Parlamento en este Período, estamos tendiendo a la equidad. En este sentido, comentaba con la señora Senadora Percovich que tengo dos casos de mi conocimiento directo -uno es familiar- de discapacitados a quienes sus ingresos, por las rentas y propiedades que tienen, les habilitan a conseguir todos los útiles necesarios para una vida más normal y para todas sus necesidades personales. Entonces, creo que tenemos que ser coherentes en nuestras propuestas. Por eso, planteaba que hay que exonerar del pago de la totalidad de los derechos arancelarios al discapacitado o a la organización que lo atiende, porque tampoco vamos a pretender -como planteaba aquí el Ministerio de Economía y Finanzas en una hipótesis completamente opuesta- que el Estado proporcione al discapacitado los implementos necesarios, porque sabemos perfectamente que hoy por hoy -tal vez en el futuro la situación sea diferente- eso es completamente inviable. Naturalmente, no me imagino a un discapacitado o a varios gestionando ante el Ministerio de Salud Pública, el de Economía y Finanzas, etcétera, una importación. Entonces, la idea es beneficiar, sobre todo, a las organizaciones que los atienden, que además atienden a personas con recursos escasos y también con recursos suficientes.

                Entonces, mi propuesta es un punto medio. Para ello, traje una redacción alternativa que quizás pueda ser mejorada, pero me parece que expresa la idea.

El texto que sugiero, dice lo siguiente:

“Facúltase al Poder Ejecutivo, en las condiciones que establezca la reglamentación, a realizar la devolución a los discapacitados que no cuenten con los ingresos suficientes o a las instituciones encargadas de su atención, de la totalidad de los derechos arancelarios aplicables a la importación de aparatos médicos, de prótesis, de vehículos ortopédicos calificados para uso personal, de ayudas técnicas, así como de artículos, materiales y equipos de formación”.

Quiere decir que estoy incluyendo todos los ítems a los cuales se exoneraría de la totalidad de los derechos arancelarios, pero con un mecanismo que no otorga la exoneración al importador sino al discapacitado o a la organización que lo atienda -que puede ser una institución que atienda a discapacitados en general- que se presente a la devolución correspondiente.

Según se me ha informado, de acuerdo con la actual forma de gestión del Estado, esa es la única manera de no poner obstáculos a la adquisición de instrumentos necesarios para los discapacitados o las instituciones que los atienden, evitando a la vez que sea desviado a un uso indebido por parte de los que importan vehículos o instrumentos de distinto tipo.

Por tal razón estoy proponiendo el mecanismo de la devolución de la totalidad de los derechos arancelarios en estas condiciones.

SEÑOR PRESIDENTE.- Gracias, señora Senadora.

                Quisiera hacer alguna aclaración. A mi juicio, lo que ya hemos aprobado de las normas tributarias, tal como está prevista, resuelve el primero de los problemas que la señora Senadora planteaba, que refiere a que el beneficiario no sea el importador, sino la persona. Creo que es un punto que quedó claro. El artículo 58/1 dice: “Facúltase al Poder Ejecutivo, en las condiciones que éste reglamente, a otorgar a las personas con discapacidad” …

SEÑORA DALMAS.- Yo me refiero al artículo 58, no al 58/1. Estamos tratando el artículo, no reconsiderándolo, y esta es la última versión.

SEÑOR PRESIDENTE.- Voy a pedir a la Secretaría que aclare un poco la situación, porque aquí aparecen el 58, el 58/1, el 58/2, etcétera. ¿De dónde sale el artículo 58 que tenemos aquí?

SEÑORA SECRETARIA.- Aquí figuran los artículos que no fueron tratados, habiéndose incorporado en este comparativo los artículos de la ley original, cuya aprobación o eliminación debería ser votada. Ese artículo se corresponde con el artículo 50 del proyecto original del señor Senador Long, que fue votado negativamente en la sesión del 18 de diciembre, junto con el artículo 51, en el Acta Nº 42.

SEÑOR PRESIDENTE.- Parece que genera confusión. Creo que habría que sacarlo, pero si no es así, por lo menos habría que poner al lado “Negativo”, “Desechado” o algo por el estilo. Aunque, insisto, me parece que es mejor eliminarlo. Veo que está en un tipo de letra diferente, pero es la única diferencia.

SEÑORA SECRETARIA.- Aquí están incorporados todos los artículos de la ley original, la Nº 16.095, así como la nueva propuesta. Por lo tanto, si no se aprueban, deberán ser eliminados. 

SEÑOR PRESIDENTE.- Dado que este artículo ya había sido votado en forma negativa -aunque la Secretaría me acota que este texto corresponde al original artículo 58 de la Ley Nº 16.095- creo que podemos proceder nuevamente a su votación en la redacción que aquí se propone.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

 0 en 6. Negativa.

                Con esta votación resolvimos el problema que preocupaba a la señora Senadora Dalmás.

Según recuerdo, cuando consideramos este artículo, en algún momento hicimos expresa alusión al beneficiario, y en el artículo 58/2 que acabamos de tratar se establece cómo hacer para tener la condición de tal, siempre con relación a una persona. Incluso, la Comisión no había hecho lugar al tema de las instituciones, pensando que éstas, en todo caso, podían hacer la gestión a pedido de la persona, pero quedando siempre establecido que el beneficiario es la persona discapacitada. Indudablemente, esto parece asegurar que el beneficio llegue directamente al discapacitado.

SEÑORA DALMAS.- A pesar de que esto colma mi inquietud, debo advertir que cuando se habla de material pedagógico me surge la duda de que se importe un equipo de esa naturaleza únicamente para un beneficiario. En lo personal, no he cuestionado, tal como lo establece el artículo que acabamos de votar negativamente, la posibilidad de que las instituciones reciban este tipo de equipos. No hay que olvidar que esas instituciones, generalmente, son organizaciones privadas sin fines de lucro o paraestatales, que atienden a discapacitados independientemente de sus ingresos; por consiguiente, deberían tener permitido importar equipos pedagógicos. En caso de establecer esa alternativa, inevitablemente se verán beneficiados todos los discapacitados atendidos por la institución en cuestión y no sólo una persona. Por esa razón no cuestionaba el hecho de que el artículo hiciera referencia al discapacitado o a la institución que lo atiende.

SEÑOR PRESIDENTE.- En lo personal tampoco estoy en desacuerdo con que las instituciones puedan importar esa clase de equipos; simplemente estábamos tratando de dar mayores garantías al Estado o al país con respecto al uso de este instrumento. De todos modos, admito que quizás estamos elevando demasiado la exigencia, porque no hay que olvidar el caso de instituciones deportivas, por ejemplo, que necesitan importar sillas de ruedas para sus equipos de básquetbol de discapacitados. En estos casos, los artículos son utilizados por distintos deportistas a lo largo de los años, porque no es muy común que cada deportista cuente con su propia silla de ruedas.

En realidad, el artículo tal cual está puede resultar muy restrictivo, aunque repito que nuestro punto de vista se enfocó fundamentalmente a la seguridad, para evitar un mal uso de la ley. Me parece bueno recordar que las instituciones de esta índole que existen hoy en día, sin duda utilizarían el instrumento en la forma correcta, aunque quizás alguien podría idear la creación de una institución con la intención de realizar una importación con fines de lucro. Creo que podemos establecer la posibilidad de que las instituciones queden habilitadas para adquirir los equipos ya mencionados y que, posteriormente, sea el Poder Ejecutivo el que se ocupe de efectuar los controles necesarios para evitar desviaciones.

SEÑORA DALMAS.- El artículo anterior, que votamos negativamente, habla de los discapacitados que no cuenten con los ingresos suficientes, o de las instituciones encargadas de su atención, por lo que no es cualquier institución. Entonces, se podría aclarar eso, junto con el establecimiento de algún acotamiento de ingresos con los que cuente el discapacitado en cuestión. Eso no se fijaría en la ley, sino en la reglamentación. De todas formas, en el artículo 58/1 de este repartido, se deja librado a las condiciones que reglamente el Poder Ejecutivo lo relativo a los beneficios a las personas con discapacidad, y dentro de esa reglamentación se pueden establecer distinciones en cuanto a los ingresos. En ese sentido, me gustaría aclarar en la ley y decir “que no cuenten con los ingresos suficientes” y luego agregar “o a las instituciones encargadas de su atención”.

SEÑOR PRESIDENTE.- Una propuesta sería, entonces, que al artículo 58/1, donde dice “Facúltase al Poder Ejecutivo, en las condiciones que éste reglamente, a otorgar a las personas con discapacidad”, se le agregue, “o a las instituciones encargadas de su atención”, y luego continuaría tal como está redactado. Ahora bien; sobre el tema de la distinción en términos económicos, en principio no estoy de acuerdo por dos razones. En primer lugar, hay una razón de índole práctico, porque es muy difícil establecer, en términos teóricos, cuál es el límite. ¿Qué se tomaría en cuenta? ¿Los ingresos de la persona, del núcleo familiar o las rentas a las que aludía la señora Senadora? Entonces, es muy difícil establecer un criterio. En segundo término, es todavía muchísimo más difícil controlar ese criterio y ver si efectivamente se cumple. Si se trata de un sueldo, es fácil de verificarlo a través del recibo, pero si son rentas, se pueden percibir por vía indirecta. Digo esto porque puede suceder que la persona no reciba ninguna renta pero que sí se encuentre viviendo con una familia que tenga ingresos muy importantes. Entonces, la casuística es varia y compleja.

Además de ello, quiero ir a un argumento más de fondo y de tipo conceptual. En general, la mayor parte de las personas discapacitadas -según surge de la encuesta- tienen ingresos menores por un tema casi de discriminación. Generalmente, ya están pagando un cierto peaje en la sociedad; tienen ingresos menores que una persona convencional aunque realicen los mismos trabajos. Si bien este no es el único caso en que pasan estas cosas, se trata de un sector muy especial. Además, aunque ello no sucediera, las personas con discapacidad están pagando un “impuesto” mucho mayor que los demás, por la sola situación de vivir ese problema. Por ejemplo, la persona que en algún momento tiene un accidente y queda con una discapacidad física, tiene que comprar frecuentemente una silla de ruedas o una computadora especial, que no tiene necesidad de adquirir otra persona cualquiera. De modo que la persona discapacitada, de por sí, ya tiene un castigo económico porque, entre otras cosas, repito, tiene que comprar un elemento que una persona convencional no necesita adquirir. Entonces, aunque la persona tuviera algunos recursos, ¿para qué lo vamos a castigar adicionalmente poniéndole un impuesto?

Cualquier persona con  discapacidad ya tiene que pagar por un “handicap” desde el día en que le surge esa discapacidad, porque debe afrontar mayores gastos médicos, tiene que pagar asistentes, dispone de mucho menos tiempo útil porque demora más que otra persona en ejecutar las mismas cosas, etcétera. O sea, está pagando permanentemente determinados tributos. Entonces, no creo que sea correcto analizar si la persona tiene más o menos ingresos, pues está en una situación de inequidad. Estamos tratando de crear instrumentos para que esa inequidad disminuya, porque no creo que sea posible eliminarla.

Este es el tema de fondo, más allá de una serie de aspectos prácticos que mencioné al comienzo.

SEÑORA DALMAS.- Es evidente que estamos hablando de un tema de fondo. Considero que el individuo que tiene algún tipo de discapacidad sufre inequidad humana, como la persona que nace con menos inteligencia en comparación con el resto de la gente. Sé que la inequidad humana existe, pero no estoy hablando de este tema; concretamente me estoy refiriendo al uso de los dineros públicos, a la exoneración de derechos arancelarios a quienes no tienen recursos y además están en una situación de inequidad tal que seguramente los está haciendo sufrir, que no será reparada económicamente, pero sí podemos intentar mejorarla.

Repito que no estoy hablando de ese tema, sino que me estoy refiriendo a las exoneraciones. Ello significa una renuncia fiscal, es decir, que los dineros de los contribuyentes vayan hacia determinadas direcciones, y como los recursos no son infinitos, tratamos de conducirlos hacia quienes más los necesitan. Creo que un discapacitado necesita mucho amor, necesita que lo acepte la familia y la sociedad, que le den posibilidades y todo eso no depende de lo económico.

Pienso que los recursos públicos que provienen de los impuestos que cobramos a los contribuyentes, debemos dirigirlos a quienes más los necesitan, es decir, a quienes no pueden acceder a un silla de ruedas -a menos que se haga una colecta pública o que el Estado le dé una parte- o a cualquier otro instrumento que sea necesario para su vida cotidiana o su formación.

Reconozco que mi planteamiento es diferente o, por lo menos, tiene un matiz distinto a lo manifestado por el señor Presidente. He recibido información de personas que hace mucho tiempo están en el Ministerio de Economía y Finanzas viendo lo que son las exoneraciones para la importación de automóviles y puedo decir que, lamentablemente, hay gente que ha hecho mal uso del beneficio, y es por ello que estamos tratando de cuidar los dineros públicos. En este aspecto, y tal como dice el artículo 58/1, se ha hecho un avance importantísimo en el sentido de otorgar  exoneraciones a  personas con discapacidad. Ese es un gran avance con respecto a las personas y no a los importadores.  En mi opinión el tema se completaría si agregáramos “con ingresos insuficientes o que no cuenten con los ingresos suficientes en el núcleo familiar”.

Tuve dudas, sinceramente, en tomar en cuenta la expresión “núcleo familiar”, porque sé que hay casos donde la persona es sumamente discriminada dentro del núcleo familiar y a veces cuenta nada más que con sus ingresos, ya sea rentas por una propiedad o lo que fuera; entonces, traté de no incluir al núcleo familiar pensando en otras situaciones humanas, que también he conocido. Hay familias que cuentan con importantes  recursos en las que el propio discapacitado es discriminado.

Entonces, deseo incluir el tema de los recursos como un indicativo genérico que luego se instrumentará de acuerdo con la forma en que lo establezca la reglamentación. Además, dado que se acaba de aprobar la Ley de Reforma Tributaria, vamos a cobrar todos o la gran mayoría de los tributos a través de las declaraciones de ingresos, por lo que, en el futuro, no va a ser tan difícil de controlar. Por lo tanto, en ese sentido vamos a ir avanzando en esa dirección;  por lo menos, eso es lo que espero políticamente.

SEÑORA PERCOVICH.- Si bien comparto el planteamiento realizado por la señora Senadora Dalmás en cuanto a la igualdad de oportunidades y derechos para todos los discriminados, me gustaría agregar “o a las instituciones encargadas de su atención”, porque de ese modo también hay un filtro con relación a la gente que tiene menos posibilidades. Por ejemplo, la organización que determinó hacer sillas de ruedas, bastones, etcétera -no sé si no importan alguna de las partes- seguramente tendrá una lista de personas que más los necesitan o, incluso, demandas de hospitales y del Banco de Seguros, entre otros. Entonces, pensando en lo que señalaba el señor Presidente acerca de una computadora que es más cara porque tiene características especiales, también en lo que tiene que ver con la importación de estos elementos, me parece que una organización social estaría atenta a la capacitación de las personas para favorecer su ingreso en el Estado y sabría cuántas personas pueden hacerlo para tener mayores posibilidades, razón por la cual considero que el tema de las instituciones encargadas es un muy buen complemento.

Si fuéramos un país muy rico, estoy de acuerdo en que no deberíamos establecer discriminación entre quienes ya son discriminados, pero aun en el tema de la mujer ‑somos el 52% de la población y, en una cantidad de aspectos, reproducimos la pobreza por una discriminación cultural- me parece que justamente tenemos la obligación -y se lo pido al Gobierno- de poner especial atención, porque tienen menos posibilidades.

Creo que esas son las acciones afirmativas más importantes y urgentes.

SEÑOR PRESIDENTE.- No debemos demorar más el tratamiento del artículo ya que es importante su aprobación. En lo que a mí respecta, estoy de acuerdo con el agregado “o a las instituciones encargadas de su atención”, y no con el otro concepto porque, como ya dije, la inequidad no es sólo desde el punto de vista humano -aunque, por supuesto, tal como señalaba la señora Senadora Dalmás, hay un aspecto humano que es difícil de compensar- sino que también  es económica. El costo de vida diario de un  discapacitado es muy distinto, en una infinidad de aspectos que traté de reseñar, del que supone una vida convencional. Además de la humana, afectiva, etcétera, hay una carga económica.

Entonces, en el momento en que vamos a dar un beneficio que, por lo menos, estará restringido a cosas que debamos importar porque no se fabrican en el país, creo que habría que pensar en distinguir entre personas que ya están discriminadas y que ya están soportando un costo económico muy grande, -no estamos beneficiando a quienes realmente están en una situación cómoda, sino que son personas que ya vienen pagando, por decirlo de alguna manera- por la situación que viven. Obviamente, puede haber algunos casos, pero los veo casi como excepciones, pues llevo muchos años viendo esta realidad y, verdaderamente, me cuesta ubicarlos; alguno debe haber, pero pienso que se trata de una verdadera minoría, el mínimo minimorum. Entonces, me parece que lo que podamos lograr de ahorro público por ese lado será mínimo y, a su vez, estaríamos agregando -aun con la mejor intención, lo que entiendo perfectamente- una traba de tipo burocrático que dificultaría las cosas. Esta es, simplemente, mi posición y no creo que sea necesario extender mucho más la discusión.

                En definitiva, habría dos posiciones: una es la que sostiene quien habla, que consiste simplemente en agregar lo de las instituciones encargadas de su atención, y la otra es la propuesta por la señora Senadora Dalmás.

                Pido disculpas, pero debo aclarar que había otra modificación, donde no se habla de “exonerar”, sino que se dice lo siguiente: “Facúltase al Poder Ejecutivo, en las condiciones que éste reglamente-” -hasta aquí la redacción es igual- “a realizar la devolución a los discapacitados que no cuenten con los ingresos suficientes o a las instituciones encargadas de su atención, de la totalidad”, y luego sigue hasta el final.

Hay que tener cuidado con la redacción. El texto del artículo 58/1 es mucho más elaborado; recuerdo que en él trabajamos bastante y, en mi opinión, tendríamos que mantenerlo.

SEÑORA DALMAS.- Lo que sucede es que, en mi caso, tuve en cuenta el artículo 58.

SEÑOR PRESIDENTE.- Claro. Si la señora Senadora me permite, creo que su propuesta sería agregar al artículo 58/1, luego de la expresión “personas con discapacidad”, la siguiente frase: “que no cuenten con los ingresos suficientes o a las instituciones encargadas de su atención”, y el resto del artículo quedaría redactado tal como está. 

Por otro lado, quien habla propone agregar, luego de la expresión “personas con discapacidad”, solamente la frase: “o a las instituciones encargadas de su atención”.

SEÑORA PERCOVICH.- Por mi parte, estoy de acuerdo con la propuesta del señor Presidente de la Comisión; creo que debe quedar así redactado el borrador que nosotros pasemos a la Oficina de Estudios Legislativos, para su corrección. Debemos recordar que, si seguimos con la idea de elaborar una nueva ley, tendremos que derogar el artículo 10 de la Ley Nº 13.102, de 28 de octubre de 1962, en la redacción dada por las leyes que allí se especifican, etcétera. Entonces, quedaría con la exoneración, teniendo en cuenta la facultad más general que le estaba dando al Poder Ejecutivo la señora Senadora Dalmás en su propuesta.

En definitiva, habrá que buscar las redacciones de los artículos correspondientes pensando en la nueva redacción de la ley -si es que derogamos las anteriores- para tener un cuerpo legal armado o texto ordenado, por decirlo de alguna manera.

SEÑORA DALMAS.- Comparto lo que acaba de señalar la señora Senadora Percovich.

                Además, me ocupé de ver los artículos de referencia y pude percibir que se habla de exoneraciones de derechos arancelarios y no de devolución, por lo que, a mi entender, en lugar de “otorgar los beneficios” pertinentes previstos en los artículos enumerados en el texto, sería mejor establecer lo siguiente: “Facúltase al Poder Ejecutivo, en las condiciones que éste reglamente, a realizar la devolución a las personas con discapacidad que no cuenten con ingresos suficientes o a las instituciones encargadas de su atención, de la totalidad de los derechos arancelarios a la importación de las siguientes ayudas técnicas, siempre que no se produzcan en el país:”; luego de los dos puntos seguirían los distintos numerales que aparecen y que constituyen, efectivamente, una enumeración exhaustiva de cuáles son esas ayudas técnicas.

SEÑOR PRESIDENTE.- Quisiera preguntarle a la señora Senadora por qué habla de devolución y no de exoneración, ya que quizás sea lo más sencillo.

SEÑORA DALMAS.- Es más sencillo, pero más vulnerable. Justamente, en la metodología de trabajo del Estado y del Ministerio -tanto la actual, como la anterior- es más transparente devolver los derechos arancelarios, que exonerarlos.

SEÑOR ANTIA.- En ese caso, primero habría que pagar, y a veces eso puede complicar  el acceso.

SEÑORA DALMAS.- La importación se hará a través de un importador porque difícilmente lo pueda hacer una persona que no tiene experiencia. Entonces, tenemos interés en que esa oficina sí pague todos los derechos arancelarios, y la persona discapacitada o la institución que la atiende reciba la devolución de esos derechos.

SEÑOR PRESIDENTE.- De todas maneras, comparto lo que dice el señor Senador Antía. Se trata de dos mecanismos distintos y en cualquier caso alguien tiene que pagar primero, aunque el dinero luego se recupere. Lo que ocurre es que, a veces, hay plazos que pueden ser un obstáculo. Estamos refiriéndonos a la hipótesis de la señora Senadora que apuntaba a la gente más necesitada y, en ese caso, con más razón el procedimiento se puede volver más pesado.

SEÑOR ANTIA.- El importador nunca va a pagar; el que va a pagar siempre es el beneficiario. El importador le va a pedir el dinero para luego devolvérselo. Puede decirse que la exoneración viene a posteriori de que se deposite el dinero, pero no sé cuánto es la demora. Por tanto, sería una traba efectiva en algo que es necesario para mejorar la calidad de vida de una persona.

SEÑORA DALMAS.- Tiene razón, señor Senador. Pensándolo bien, esto se puede subsanar otorgándole el derecho de la exoneración a las personas y no a los elementos que se importan. Al dárselo a la persona o a la institución y no a la silla de ruedas, por ejemplo, estamos evitando que se importen objetos con otras intenciones y obteniendo el beneficio de la exoneración. Creo que esa fue la intención de esta nueva redacción.

Cuando estuve analizando el artículo alternativo, me refería al artículo 58, que expresa: “Facúltase al Poder Ejecutivo a exonerar el pago de la totalidad de los derechos arancelarios a las importaciones de aparatos médicos”, pero no se otorga la exoneración a las personas o a las instituciones. Por eso, creo que al otorgar a las personas o a las instituciones …

SEÑOR PRESIDENTE.- Se subsana o se disminuye el riesgo.

SEÑORA DALMAS.- Exactamente, al decir que se otorga a las personas o a las instituciones la exoneración del pago de los derechos arancelarios con relación a la importación de las siguientes ayudas técnicas, se subsana el tema. De esa forma, es titular de la exoneración el discapacitado o la institución.

SEÑOR PRESIDENTE.- Entonces, el artículo 58/1, con la modificación sugerida por la señora Senadora Dalmás, diría: “Facúltase al Poder Ejecutivo, en las condiciones que éste reglamente, a otorgar a las personas con discapacidad que no cuenten con los ingresos suficientes o a las instituciones encargadas de su atención los beneficios pertinentes previstos en el artículo 10”, y luego el artículo sigue tal cual figura en el repartido.

SEÑORA DALMAS.- Creo que habíamos decidido eliminar esas referencias legales e incorporar lo que establecía el artículo 58, es decir, la exoneración del pago de la totalidad de los derechos arancelarios.

SEÑOR PRESIDENTE.- En ese caso, deberíamos analizar qué señalaban esas normas.

SEÑORA DALMAS.- El artículo 10 de la Ley Nº 13. 102, expresa: “Los elementos a importar considerados por esta ley, gozarán para su introducción al país y circulación de todos los beneficios, franquicias y exenciones fiscales y aduaneras establecidas en la ley N° 12.183, de 11 de enero de 1955, incluyéndose en dichos beneficios los aranceles portuarios”. Por su parte, el artículo 764 de la Ley Nº 16.736 -a la cual también refiere el artículo 58/1- señala: “Artículo 764.- Sustitúyese el artículo 10 de la Ley Nº 13.102, de 18 de diciembre de 1962, por el siguiente:

      ‘ARTICULO 10.- Los vehículos de hasta 1500 cc de cilindrada y los elementos a importar o adquirirse en plaza, considerados, por la presente ley, estarán exonerados de todos los tributos nacionales, derechos, aranceles y demás gravámenes a la importación, venta o circulación vehicular, o aplicables en ocasión de las mismas".

            Por último, el artículo único de la Ley Nº 16.986, establece: “Artículo Único.- Agréganse al artículo 10 de la Ley Nº 13.102, de 18 de octubre de 1962, en la redacción dada por el artículo 764 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, los siguientes incisos:

                ‘Las reglamentaciones que establezca el Poder Ejecutivo podrá autorizar vehículos de mayor cilindrada,” -quiere decir que lo que se buscaba era aumentar la cilindrada- “estableciendo límites de valor y características de los mismos, en atención a las particularidades de la discapacidad.

                Las disposiciones de la presente ley también son aplicables a los vehículos automotores fabricados en el país".

                Como vemos, es una maraña de disposiciones que podrían resumirse -si es lo que queremos- a través de la expresión del artículo 58 que ya eliminamos, que decía: “exonerar el pago de la totalidad de los derechos arancelarios a las importaciones”.

SEÑOR PRESIDENTE.- Es claro que, a estos efectos, lo importante de esas normas no son los bienes a importar -ya que en este caso serían otros- sino los beneficios de que gozaban. En tal sentido, se habla de los tributos nacionales y los aranceles portuarios. Honestamente, no sé si la expresión “derechos arancelarios” refiere sólo a lo que se paga de recargo por la importación o si también incluye la tasa portuaria. De todos modos, estamos de acuerdo con el concepto.

SEÑORA DALMAS.- Pienso que podríamos decir: “aranceles y demás gravámenes a la importación”.

SEÑOR PRESIDENTE.- Estoy de acuerdo.

SEÑORA DALMAS.- Entonces, el artículo 58/1 quedaría redactado de la siguiente manera: “Facúltase al Poder Ejecutivo, en las condiciones que éste reglamente, a otorgar a las personas con discapacidad que no cuenten con los ingresos suficientes, o a las instituciones encargadas de su atención, a la exoneración del pago de la totalidad de los derechos arancelarios y demás gravámenes a las importaciones, de las siguientes ayudas técnicas, siempre que no se produzcan en el país:”, después seguirían los numerales.

SEÑOR PRESIDENTE.- Entonces, si estamos todos de acuerdo con esta redacción, se va a votar la propuesta de la señora Senadora Dalmás.

(Se vota:)

- 4 en 5. Afirmativa.

De esta forma, no tiene sentido proponer la otra alternativa, pero tal como acota la señora Senadora Dalmás, se puede incluir el informe correspondiente.

Entonces, en la próxima sesión tendríamos que considerar el tema de los Talleres Protegidos y sólo nos faltaría realizar la revisión cuidadosa de los órdenes, es decir, los “nomen juris” y todos los demás aspectos jurídicos.

                Se levanta la sesión.

(Así se hace. Es la hora 16 y 38 minutos)

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.