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Carátula

(Ingresan a Sala representantes de la Sociedad de Arquitectos del Uruguay)

En nombre de la Comisión, damos la bienvenida a los representantes de la Sociedad de Arquitectos del Uruguay, arquitectos Margarita Etchegaray, Nelson Lorenzo y Aldo D’Agosto, a quienes convocamos para escuchar su opinión sobre el proyecto de ley de Ordenamiento Territorial que tenemos a estudio. Estamos en la etapa de recibir opiniones de quienes están vinculados con este proyecto de ley, por lo que en esta instancia previa nos interesa conocer qué piensa la Sociedad de Arquitectos del Uruguay sobre el particular.

SEÑOR LORENZO.- Sabemos que disponemos de poco tiempo, por lo que hemos traído un trabajo escrito analítico, que puede parecer crítico -lo es-, pero no dejamos de reconocer que la ley es necesaria y que tiene un buen inicio de planteo. Compartimos muchos de sus puntos, pero preferimos hablar de las críticas que nos merece el proyecto de ley. Entonces, para ahorrar tiempo, la compañera va a leer ese trabajo y si los señores Senadores entienden conveniente, pido que nos interrumpan para hacernos las preguntas que estimen del caso.

SEÑORA PRESIDENTA.- Debo aclarar que estamos dispuestos a recibir todas las visiones sin importar cuál sea su tenor, porque esa es la función de la Comisión.

SEÑORA ETCHEGARAY.- El trabajo dice así: “Por tercera vez se presenta ante el Parlamento un proyecto de ley de ordenamiento territorial. Es la oportunidad de aprobar de una vez por todas esa ley necesaria, de enorme trascendencia para la futura gestión del territorio nacional, pero que no será fácil modificar una vez vigente. Por lo tanto deben extremarse los cuidados para que el texto definitivo sea una base amplia sobre la cual desarrollar mecanismos de gestión adecuados a la realidad nacional”.

                Lo que voy a leer a continuación, fue presentado con fecha 5 de julio de 2006 por la Sociedad de Arquitectos del Uruguay ante la DINOT en las reuniones de la COTAOT, es decir, la Comisión Técnica Asesora de Ordenamiento Territorial. Dice así: “La Sociedad de Arquitectos del Uruguay, ante la importancia de la consideración y aprobación de la primera Ley de Ordenamiento Territorial en el país, entiende que:

1.                               El ordenamiento Territorial es un SISTEMA DE NORMAS Y ACCIONES que tienden a regular, para el bien común, un mejor proceso de las actividades que inciden sobre el territorio.

2.                               Como política de Estado, este sistema debe ser estructural, estratégico y actualizado en forma continua. Deberá inducir y utilizar los efectos de sinergia de sus actividades.

3.                               Esa política de Estado debe atender en forma prioritaria la cohesión e integración del territorio rural y urbano, conciliando los requerimientos sociales, económicos y culturales del colectivo con los reales recursos naturales disponibles.

4.                               Sus principios y normas deben definir y orientar una política transversal y suprasectorial, en un proceso sostenible y equilibrado del territorio, atendiendo los niveles supranacionales, nacionales, regionales, departamentales y locales.

5.                               Sus acciones implican necesariamente la disponibilidad de adecuados recursos financieros y humanos, técnicos y administrativos.

6.                               La participación ciudadana debe ser promovida por medio de métodos apropiados para legitimar sus aportes.

CONCLUSIONES

a)                              El documento que se analiza atiende en forma general estos principios básicos que se han enunciado.

b)                              Sin embargo su redacción se entiende farragosa por extensa y por tratar distintos temas que deberían ser objeto de reglamentaciones generales y particulares.

c)                               Se considera que la Ley de Ordenamiento Territorial debería ser una Ley Marco, sintética, comprensible y apuntando a una política de Estado, atendiendo prioritariamente temas territoriales. Debiera ser de fácil interpretación y aplicación para los Gobiernos Departamentales y asambleas ciudadanas, estableciendo claramente deberes, derechos y competencias”.

Reitero que esto fue presentado el 5 de julio de 2006.

SEÑORA PRESIDENTA.-  A partir del estudio que estoy haciendo sobre el proyecto de ley, quisiera decir que comparto algo de lo que ustedes están señalando en el informe, pues creo que hay algunas normas que, en realidad, corresponderían a una ley de centros poblados, ya que son de orden urbanístico. Por ello, he estado apartando los artículos para después proponer esto mismo a la Comisión, pero aclaro que nosotros todavía no hemos empezado a tratar el tema de fondo  ¿Es en ese sentido o a partir de aspectos que pueden ser reglamentados que ustedes quisieran que figurara sólo el enunciado?

SEÑORA ETCHEGARAY.-  Lo que acabo de leer  fue a modo de introducción para poner al tanto a los miembros de la Comisión de lo que se había presentado. Luego de esta declaración, la Sociedad de Arquitectos comenzó a reunirse para leer el articulado y, justamente, eso es lo que vamos a presentar a continuación.

SEÑOR D’AGOSTO.-  También se realizaron reuniones semanales durante varios meses; es así que algunos temas relativos a las críticas que hicimos en su oportunidad fueron aclarados y mejorados en la última propuesta.

SEÑORA ETCHEGARAY.-  Incluso, en medio de todo esto están todas las reuniones que se siguieron haciendo en la COTAOT, cuyo fruto fue plasmado en el proyecto de ley.

                Continúo la lectura. Dice: “Una vez conocido el texto definitivo de la ley enviado por el Poder Ejecutivo al Parlamento, una Comisión especial se encuentra analizando dicho documento.

                De los primeros estudios se llega a la conclusión de que el texto propuesto continúa siendo demasiado extenso y abunda en adjetivos  y reiteraciones que le quitan claridad y concisión, condiciones imprescindibles para una fácil interpretación por parte de los que deban aplicarla (los Gobiernos Departamentales) y los integrantes de la sociedad civil que deberán cumplir sus disposiciones y que no pueden ser expertos en esa materia. En el documento se usan muchos términos que requieren un glosario claro y comprensible para todos los que deban analizarlo. La ausencia de ese glosario dificulta muchas veces entender cuál es el verdadero sentido de lo que se quiere decir.” Al respecto, citamos algunos ejemplos como el término ‘urbanización` en el artículo 15 y ‘estándares` en el literal b) del artículo 16. No son términos que se contradicen, sino palabras que se repiten muchas veces.

                A continuación, señalamos: “I) El texto define el ordenamiento territorial como ‘el conjunto de acciones transversales del Estado que tienen por finalidad mantener y mejorar la calidad de vida de la población, la integración social en el territorio y el uso y aprovechamiento ambientalmente sustentable y democrático de los recursos naturales y culturales`. A esta definición puede objetarse que el ordenamiento del territorio no consiste solamente en acciones del Estado, sino que es un sistema transversal y proactivo en el cual participan mancomunadamente el gobierno y la sociedad civil. Los ´procesos de ocupación, transformación y uso del territorio’ son tareas colectivas y si bien deben ser reguladas por normas dictadas por el Estado, son mayormente desempeñadas por los ciudadanos a los cuales la propia ley reconoce un valor importante en otras partes del documento.” Justamente, la participación ciudadana que se procura figura en los artículos 5, 6 y 14 y se realizará, como dice aquí,  “por medio de la Comisión Asesora (Art.75) de imprecisa integración, no tiene asignada más que una función asesora sin que se le fijen competencias, como sí se hace con detalladas enumeraciones para otros órganos de gobierno.” Lo que queremos decir es que la Comisión Asesora no tiene asignadas claramente sus competencias.

                Continúa: “Por otra parte, en el Art. 26 se especifica que ´La audiencia pública será obligatoria para los Planes Locales y para todos los Instrumentos Especiales, siendo su realización facultativa para los restantes instrumentos’.

                Los Instrumentos Especiales son definidos en el artículo 20 como ‘complementarios o supletorios de los anteriores’, usando las palabras ‘podrán incluir …etc.’ dando así la posibilidad de excluir en la práctica de la audiencia pública casi la totalidad de los instrumentos de ordenamiento dispuestos en la ley. O sea que la participación ciudadana invocada en el inciso segundo del artículo 6º, realmente, se hace preceptiva solamente para los Planes Locales”. Esto quiere decir que la ciudadanía solamente podría actuar a nivel de planes locales y no más allá.

SEÑORA PRESIDENTA.- Hay algunas normas de carácter nacional que tienen que ver con el trazado de las carreteras, con el ferrocarril, con los puertos, sobre las cuales interpreto que la participación local se tornará muy difícil porque es necesario tener una  visión de conjunto, aunque sí podrán participar las Intendencias de los departamentos que cruza la carretera o el ferrocarril. Creo que la intención de separar  la forma de participación está referida, fundamentalmente, a lo que es una acción local, donde el ciudadano, porque vive o trabaja en el lugar, está directamente  implicado y es acotado a lo que puede ser un trazado carretero nacional, que cubre varias regiones.

SEÑORA ETCHEGARAY.- En una mesa redonda que se  realizó en la Facultad de Arquitectura hice hincapié en que hay dos organismos que se crean: la Comisión Asesora de Ordenamiento Territorial, que incorpora las distintas visiones que existan -me refiero al artículo 75-, y el Comité Nacional de Desarrollo Territorial. Pienso que, justamente, serían los órganos donde todos los organismos que tienen que ver con el ordenamiento del territorio         -transporte, puertos e, incluso, planeamiento urbano, fundación de centros, sectorización de algún tipo de producción-  tendrían que asentarse y tener una acción transversal para que no se superpongan, juntamente con el registro de los instrumentos, que es el Inventario Nacional de Ordenamiento Territorial. No sé cómo va a ser desde el punto de vista de la reglamentación, pero, a mi juicio, este es uno de los aspectos más rescatables de la ley.

SEÑOR LORENZO.- Pensamos que las audiencias tienen otra función que es la de interrelación entre los organismos que tienen por misión el desarrollo urbano o territorial y la gente. Digo esto porque de esta forma llegan directamente las posiciones técnicas y administrativas, y los técnicos y administrativos pueden tomar en cuenta la visión de la gente. A nuestro juicio, aunque no sean resolutivas sirven para un conocimiento generalizado de la situación que se está dando y para que no se conozca, por ejemplo, por la prensa. Se estaría hablando de una comunicación directa entre los usuarios y los administradores, y para nosotros es positiva.

SEÑOR D’AGOSTO.- Creemos que, indudablemente, la ciudadanía debe participar a nivel local. Es más, tenemos ejemplos de lo que está sucediendo actualmente en la Laguna de Rocha. Hay un proyecto que data de 1935  en la faja costera por el cual se proyecta hacer un puente y hay opiniones muy diversas. En este momento, los intereses particulares priman sobre el Estado, ya que tienen más poder las Intendencias al hacer un puente -a nuestro entender, perjudicando la zona- que dejando la Laguna Garzón en la situación actual. Ese es uno de los temas importantes que tenemos que analizar. Indudablemente, hay que ver si las prioridades son del Estado o de los locales.

SEÑORA PRESIDENTA.- Nuestro país recién empieza a tomar conciencia de las cuestiones medioambientales y de la preservación de recursos. Esto es algo relativamente nuevo en la historia del país y por eso se dan estas contradicciones.

SEÑOR D’AGOSTO.- Nosotros no vimos esas contradicciones al estudiar el proyecto regional del ex Senador Fau. Hay países que tienen todo planificado: cómo debe ser la producción en cada sitio e, inclusive, cuál es la rentabilidad del predio. Nosotros tendríamos que llegar a eso y, para ello, el Estado debe tener más injerencia sobre la tierra.

SEÑORA ETCHEGARAY.- Continúo leyendo: “II) Un tema de gran importancia en el ordenamiento territorial es la jerarquía y escalafón de los instrumentos a aplicar. En el artículo 8º se enumeran en ese orden: Directrices Nacionales, Programas Nacionales, Estrategias Regionales, Directrices Departamentales, Ordenanzas Departamentales, Planes Locales. No está claro cuál es la jerarquía de unos sobre otros. Parecería que ese es el orden, pero sin embargo en el artículo 16 se define la Ordenanza Departamental de Ordenamiento...etc., y qué incluirá (con reiteraciones conceptuales en los literales a, b y c), pero en el artículo siguiente se definen las Directrices Departamentales, que obviamente deberían estar antes, ya que serán ellas las que fundamentarán las citadas Ordenanzas”. Es un cambio de orden; en lugar de figurar primero las Directrices, aparecen las Ordenanzas.

SEÑOR LORENZO.- El tercer punto, que se refiere a zonas territoriales y de competencias, para nosotros es central.

SEÑORA ETCHEGARAY.- Asimismo, “III) Repetidamente se expresa la competencia exclusiva de los Gobiernos Departamentales para los instrumentos de ordenamiento territorial en su jurisdicción, pero las jurisdicciones departamentales en el Uruguay fueron creadas por razones históricas y políticas, sin tener en cuenta las condicionantes que imponen las regiones geográficas, productivas y de interrelaciones socio-económicas, culturales, nacionales y transnacionales, base primera de un ordenamiento del territorio. Desde hace muchos años se viene insistiendo en la necesidad de integrar un enfoque general para todo el territorio nacional, que a pesar de ser pequeño, está dividido en 19 unidades de gobierno independiente consagradas por la Constitución. El proyecto de ley intenta solucionar ese problema en los artículos 10 a 14 (Directrices, Programas y Estrategias Nacionales), pero tal como está redactada no lo resuelve adecuadamente. La posibilidad de que los Gobiernos Departamentales formulen planes conjuntos está contemplada en el artículo 19, pero sólo en el caso de microrregiones compartidas y faculta pero no obliga a las Intendencias. Así el artículo 19, tan importante para una redefinición de la tradicional política territorial de las Intendencias Municipales, se desdibuja en el texto de la ley. El concepto de definir regiones para facilitar el manejo del territorio no tiene aún la madurez suficiente en el Uruguay, pero si se desea generar un eficaz ordenamiento del territorio para desarrollar su verdadero potencial, su aceptación es inevitable en el futuro. Lejos de violar las autonomías departamentales dicho concepto significa potenciarlas, al impulsarlas a trabajar en cooperación para actuar conjuntamente en regiones compartidas”.

En el punto 4 tendríamos que comentar que las regiones no terminan en una línea imaginaria tal que, más allá de la frontera, no existe nada más. No terminan de acuerdo con la división  política.

SEÑORA PRESIDENTA.- Como todos sabemos, la división política del Uruguay es independiente de la región.   

                En el Parlamento, concretamente en la Sala 7, asistimos a la exposición de un Alcalde español, quien habló de la transformación de la división política de España, la que de aproximadamente 152 provincias pasó a 19 regiones. Las provincias fueron agrupadas de acuerdo con la producción, con las cuencas hídricas y con una serie de parámetros, conformando así una nueva cultura. No conozco al detalle la Constitución española, no sé cómo compatibilizaron este cambio pero, evidentemente, se presentaron problemas.

                Como se puede observar, en la parte final del proyecto de ley figuran una cantidad de leyes citadas. Es más, acá recibimos al Departamento de Arquitectura Legal de la Facultad de Arquitectura, porque no nos olvidamos del problema que se presenta al intentar compatibilizar esta ley con las autonomías departamentales, más allá de que en el futuro, de pronto, ése sea un problema constitucional que deba encararse de otra manera.

                Lo cierto es, entonces, que para la elaboración de esta ley tenemos que ser muy cuidadosos y no llevarnos la Constitución por delante. En otras palabras, lo que quiero decir es que visualizamos el problema, pero también los obstáculos que se presentan para su resolución.

SEÑOR D’AGOSTO.- Por supuesto, todo lo que tenga que ver con modificar las leyes y la Constitución, lo dejamos a cargo de los señores Senadoreses.

SEÑORA ETCHEGARAY.- Sigo con la lectura del documento: “IV) También respecto a este tema, debe destacarse que la ley impone obligaciones importantes y onerosas a los integrantes de la sociedad civil (por ejemplo, los artículos 39 y 54) y sanciones en caso de incumplimiento, pero en sus disposiciones no obliga a los organismos del Estado. Por ejemplo, el artículo 15 expresa: ‘Los Gobiernos Departamentales tendrán la competencia para categorizar el suelo, así como para establecer y aplicar regulaciones territoriales sobre usos,…’etcétera, en lugar de decir ‘Los Gobiernos Departamentales tendrán la competencia y deberán categorizar el suelo, así como establecer y aplicar regulaciones territoriales sobre usos,…’, etcétera. Y este es sólo un ejemplo de varios. Los derechos de los ciudadanos sobre el tema están expresados en el artículo 6, pero está claro que si el Estado no cumple con los deberes que la propia ley explicita, pero no le exige, el reclamo queda a cargo de los propios ciudadanos, con las negativas y onerosas consecuencias que eso les significa. De mantenerse la actual redacción de este artículo podrían producirse demandas judiciales de incierta dilucidación para los intereses del Estado”.

SEÑORA PRESIDENTA.-  Estos aspectos fueron señalados por los agrimensores que concurrieron a la Comisión.

SEÑORA ETCHEGARAY.- “V) En el análisis y definición de las acciones y organismos actuantes en el global del territorio nacional que se desarrolla en el Título VII (coordinación de las actividades departamentales, regionales y nacionales), no se plantea el posicionamiento estratégico del país frente a los condicionamientos territoriales físicos, económicos, sociales y de relacionamiento en el ámbito americano. Como consecuencia, entendemos que esa falta de visión integradora de los propios procesos territoriales, con los que se producen tendencialmente en lo supranacional, es una carencia del proyecto de ley. Esta falta no se salva con el sólo enunciado del cometido de formular directrices nacionales sin especificarlas, ni los estudios para la complementación e integración con los países limítrofes y sudamericanos, como se expresa en el artículo 78, numerales 1 y 6. Ameritaría definiciones de instrumentos y contenidos más concretos” con relación a este ordenamiento supranacional.

                “En conclusión consideramos que, además de otros ajustes en el texto de este proyecto de ley, los expuestos deberían analizarse de forma tal que este instrumento que ha merecido esfuerzo, dedicación y aporte de ideas durante tres sucesivos Gobiernos nacionales, en coincidencia con los criterios técnicos y administrativos, pueda aportar a solucionar la necesidad de contar para el país con una legislación específica. Esto es, una Ley y reglamentos concordantes que permitan al colectivo tener idea cabal hacia dónde se dirige el Estado en la aplicación de sus políticas de ordenamiento territorial.”

                De más está decir que no hicimos un estudio artículo por artículo porque no tenía sentido en  este momento, pero por cierto lo hemos manejado en la Comisión de la Sociedad de Arquitectos. 

                Por último, quiero resaltar algunas cosas que expresé al comienzo de mi exposición respecto a los instrumentos del Comité Nacional de Desarrollo Territorial y la coordinación de las obras públicas como comisiones nacionales asesoras. Considero que es un instrumento muy importante que introduce la ley para que todos los que tengan que ver con el ordenamiento se junten y discutan sobre las medidas a adoptar, como ser: por dónde va una carretera, en qué lugar se ubica un puente, etcétera. Creo que esos son aspectos que hasta ahora estaban faltando.

SEÑOR LORENZO.- Hemos realizado un análisis, artículo por artículo; en algunos de ellos hemos encontrado detalles de redacción y, en otros, no hemos entendido el significado del uso de algunas palabras, pero pensamos que ese no era el motivo de la reunión.

                Del texto que acabamos de leer queremos resaltar el tercer tema, que habla de las cuencas. No se trata de las cuencas geográficas y productivas que genéricamente se analizan, sino que estamos introduciendo un concepto de cuenca que refiere a las interrelaciones socioeconómicas, culturales, nacionales y transnacionales. Nuestro país, por su pequeñez y su vinculación con los países vecinos, tiene un muy importante condicionamiento. Justamente, en este momento estamos viendo -y los señores Senadores lo saben mejor que nosotros- todos los condicionamientos que nos produce cualquier problema que tengamos con nuestros vecinos; eso figura en el territorio y sufre por ese motivo. Es por ello que en el quinto punto mencionamos la carencia que tiene la ley en cuanto a la coordinación de las actividades departamentales, regionales y nacionales. Allí decimos que para tener un posicionamiento estratégico no debemos solamente mirarnos el ombligo; tenemos que levantar la vista y observar el panorama, la cancha donde estamos ubicados -por lo menos en el territorio latinoamericano- para saber proceder, territorialmente hablando, en consecuencia. 

                Este es un breve comentario que quería realizar porque es la visión que tenemos sobre este tema.

SEÑORA PRESIDENTA.- Queremos manifestar a nuestros invitados que la delegación anterior que recibimos estaba integrada por una Comisión de Vecinos de Nueva Palmira que estaba preocupada porque esa ciudad no funcionaba adecuadamente.  Justamente, entre las cosas que señalaron, era que se debía tener en cuenta lo que va a suceder con el río cuando venga el hierro desde Bolivia. Nueva Palmira está “descosida” no solo porque los camiones transitan por cualquier lado sino también porque las estaciones de servicio están ubicadas en la mitad del pueblo. En fin; una cantidad de problemas urbanísticos y de territorio, además de los relativos a  la costa y el puerto.

                Le manifestábamos a la anterior delegación que llegamos tarde con este proyecto de ley, porque lo vamos a aprobar a principios del año que viene y recién estamos recibiendo a las delegaciones para que nos brinden sus opiniones. Se trata de una ley compleja y queremos hacer las cosas bien, sin poner la carreta delante de los bueyes.

                El Instituto de Teoría y Urbanismo nos entregó un texto diferente y tenemos la intención de elaborar un comparativo para estudiar cuáles son los elementos que tienen en común ambas redacciones y qué ideas se pueden pasar de un lado al otro. Quiere decir que tenemos mucho trabajo por delante pero estamos tratando de que participen todos los que tienen que ver con el tema -la Asociación de Agrimensores, la Cámara del Bien Raíz, las Universidades pública y privadas, el Congreso de Intendentes, etcétera- para que vuelquen a la Comisión sus opiniones. Lo que pretendemos es que la ley funcione, le sirva al país y que no solamente sea un avance en el papel. Para ello, la gente la debe entender. También vamos a citar a la dirección del ferrocarril que recién ahora se está rediseñando y tiene mucho que ver con este asunto.

                Nos vamos a tomar ese tiempo que mencionamos. Hay algunas de las observaciones que ustedes hacen, que por lo menos en el estudio personal que estoy haciendo, las he ido anotando. Estas son parte de las transformaciones que después el Parlamento incorpora a las leyes.

                Más adelante, en la medida en que el texto se vaya transformando, vamos a hacerles llegar los cambios, porque siempre nos interesan las opiniones, a fin de que finalmente queden de la mejor manera posible.

SEÑORA ETCHEGARAY.- Desde el punto de vista de lo que es el proyecto de ley, la sensación que tuve al leerlo y analizarlo, fue que había aspectos que se repetían o que no estaban bien ordenados. Pienso que ello fue fruto, también, de cómo se fue gestando la iniciativa, porque a través de las reuniones de la Comisión Técnica Asesora de Ordenamiento Territorial (COTAOT) hubo muchas opiniones y, a veces, en forma desordenada, cada gremio, institución o persona iba dando sus puntos de vista. Creo que se hizo el mejor trabajo posible para ordenarla, pero a menudo, en la lectura parece algo complicado o que se repiten cosas.

SEÑORA PRESIDENTA.- Por ello, cuando abordemos el trabajo del texto, artículo por artículo, iremos analizándolo. Algunos, en particular, nos estamos adelantando para poder entender ciertas cosas y cómo juegan los planteos que nos han formulado. Consultamos a una serie de delegaciones, porque nos damos cuenta de la importancia del proyecto de la ley y entendemos que hay que dar mucha participación. Incluso, están implicados directamente los Ministerios de Transporte y Obras Públicas y de Ganadería, Agricultura y Pesca, a los que aún no hemos escuchado. Sabemos que desde este último van a enviar artículos referidos a las nacientes, a las cuencas hídricas y a la protección de algunos suelos, porque quieren que se incorporen estas disposiciones en el proyecto de ley.

                Probablemente estaremos recibiendo a la gente de la RENARE que nos ha pedido audiencia, porque ellos se ocupan de los recursos naturales; han estudiado el proyecto de ley y quieren que se incorporen algunos aspectos.

                Por lo tanto, a medida que evolucione el texto los vamos a molestar con nuestros “mails”.

SEÑORA ETCHEGARAY.- Incluso, el sector del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente que se ocupa del sistema nacional de áreas protegidas también, en algún sentido, ordena el territorio, porque marca usos o no usos dentro de determinadas áreas.

SEÑORA PRESIDENTA.- Esto viene a ser complementario de esa ley que se aprobó, pero estamos muy atrasados en el tema del medioambiente en nuestro país.

SEÑORA ETCHEGARAY.- He ido a la Comisión Nacional Asesora, presidida por la señora Alicia Torres, que es la que estudia el tema y tengo muy buena impresión de cómo funciona con todos los organismos involucrados, dando su opinión.

SEÑORA PRESIDENTA.- En el Uruguay, a nivel urbano, el ciudadano está mucho más acostumbrado a las normas referentes a retiros, alturas, etcétera, pero a nivel rural no ocurre nada de eso. Entonces, como vamos hacia una cultura nueva, debemos tener mucho cuidado en cómo la implementamos sobre el territorio. Incluso, la reglamentación de este proyecto de ley también va a tener otro capítulo importante cuando se apruebe la ley y la intención es que ésta esté funcionando en esta Legislatura. Tal como le dijimos a los vecinos de Nueva Palmira, si bien es un poco tarde, hay que empezar a transitar este camino.

SEÑOR D’AGOSTO.- ¿Y no se pueden tomar medidas cautelares? Parecería que mientras se estudia la ley, sería mejor dejar en suspenso los emprendimientos importantes.

SEÑORA PRESIDENTA.- Habría que estudiarlo. Voy a tomar nota de lo que se ha dicho porque me parece interesante.

SEÑOR LORENZO.- En el transcurso de su última intervención, la señora Presidenta utilizó una palabra que para nosotros es clave y dijo que esto es algo cultural. En nuestra opinión este tema, como muchos otros, es cultural y también lo es el medioambiental. Hay que tener en cuenta que el tema medioambiental está protegido por un artículo constitucional y, sin embargo, todavía estamos muy lejos de lograr que se respeten las áreas con valor ambiental.

                Si este proyecto de ley de ordenamiento territorial no se inserta en la gente y lo toma como propio, por más que sea una misión del Estado, será difícil lograr que se aplique a cabalidad. Reitero que para nosotros esto pasa por lo cultural, y por eso decimos que las asambleas son muy importantes porque desarrollan las visiones de la gente, en contacto con quienes estudian los temas. Esto permite que quien esté trabajando en el asunto tenga un retorno en cuanto a la opinión de la población. Entendemos que es algo sustantivo y por eso hemos participado en muchas tareas de ese tipo. A su vez, el generar una cultura en estos aspectos es un largo proceso y no se logra exclusivamente con la aprobación de una ley, por bien que esté redactada.

SEÑORA PRESIDENTA.- Quiero comentarles una anécdota de Tomás Berreta, en oportunidad de ocupar el cargo de Ministro de Obra Pública. En un determinado momento se hizo necesario construir un puente en la zona Oeste de Montevideo, donde hoy se ubica el barrio conocido como Los Bulevares,  que en esa época era una zona de chacras y que ahora está bastante urbanizada. Allí hay una cañada con un curso bastante caprichoso que causaba muchos problemas a los vecinos. Entonces, él buscó al vecino más viejo para saber si recordaba cuál fue el punto más alto alcanzado en las sucesivas inundaciones y a partir de esa información se calculó la altura del puente. En la actualidad, es el único puente que sirve sobre esa cañada, porque todos los demás quedan tapados.

Con esta anécdota quiero demostrar que, intuitivamente, recogió un elemento importantísimo de la realidad. Todavía hoy, la gente de más edad de la zona cuenta esta historia, y quedó en mi memoria porque todo el mundo tiene claro de que cumple su función por la forma en que se hizo.

                La Comisión de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente agradece la presencia de nuestros invitados en el día de hoy.

                Se levanta la sesión.

(Así se hace. Es  la hora 14 y 53 minutos)

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.