SEÑORA PRESIDENTA.- Habiendo número, está
abierta la sesión.
(Es la hora 16 y 18 minutos)
La señora Presidenta da cuenta de los siguientes asuntos entrados
SEÑORA PERCOVICH.- La especialista chilena en
salud, Marisa Matamala, que es una consultora de la OPS - OMS sobre temas de salud y
género, va a llevar a cabo la capacitación de los directores departamentales en salud en
lo que tiene que ver con los equipos de cada uno de los hospitales de Salud Pública. Este
evento se desarrollará el viernes 9 de junio y se nos adelantó que serán invitadas
ambas Comisiones de Población, Desarrollo e Inclusión, como así también la de Salud
Pública para una especie de intercambio, luego del cual se celebrará un cóctel o
brindis.
Por otro lado, recuerdo que el 11 de julio es el Día Mundial de Población y
Desarrollo. El Fondo de las Naciones Unidas para Población y Desarrollo, el Ministerio de
Salud Pública y la Intendencia Municipal de Montevideo van a presentar la segunda etapa
de la encuesta de género y generaciones, con datos bastante adelantados. Seguramente ese
acto se realizará el mismo martes 11 de julio, presumiblemente en la mañana. Según
tengo entendido, estaban realizando los trámites para poder hacer la presentación en el
Edificio Libertad. Se formarán cuatro mesas de trabajo que tienen que ver con los temas
de población y desarrollo, como una forma de involucrarnos más en las políticas
correspondientes.
Hay
una serie de datos bastante interesantes, en lo que tiene que ver con una característica
de nuestro país. Recordarán los señores Senadores que la primera entrega de la encuesta
mostró que la mayoría de las mujeres no están conformes con la cantidad de hijos que
tienen: los sectores más vulnerables porque tienen más de los que quisieran, y los
niveles medios porque tienen menos de los que desean.
Reitero
que, en función de este material, se formarán mesas de trabajo a fin de analizar los
temas y, lógicamente, deberemos incorporarnos a alguna de ellas. Destaco que una tiene
que ver con envejecimiento, otra con la fecundidad del país y cómo se encara este
desbalance, etcétera. Las
otras dos no recuerdo sobre qué tratan, pero sé que tiene que ver con la plataforma de
acción y desarrollo.
Esto es cuanto quería anunciar, ya que oportunamente llegarán las invitaciones y
los programas.
SEÑORA
PRESIDENTA.- Nadie
manifestó objeciones en cuanto a comenzar el tratamiento del proyecto y ponerlo a
votación. Por lo menos esto es lo que nos había parecido en la última sesión donde,
dada la urgencia del tema, quedamos en que en esta reunión
íbamos a dar cumplimiento a la votación.
Observo que aunque la Comisión tiene quórum no están presentes los Senadores de
los partidos tradicionales, por lo que sería conveniente darles unos minutos para que
puedan llegar.
SEÑORA DALMAS.- Mientras
esperamos, quería recordar y manifestar mi inquietud acerca de un tema que viene del año
2005 y con respecto al cual, según creo, esta Comisión ya había comenzado a trabajar.
Concretamente, se trata de la evaluación o relevamiento de las organizaciones sociales
que figuran en la lista de la planilla de subsidios y subvenciones de Presupuesto
Nacional. Como estamos ya próximos a la instancia de la Rendición de Cuentas, y dado que
se había asignado un cometido a esta Comisión y que hemos llegado a elaborar un
formulario al respecto, consulto a la Presidencia acerca de qué gestiones se podrían
realizar a los efectos de lograr avanzar en el tema.
SEÑORA PRESIDENTA.- Efectivamente, el formulario
ya ha sido elaborado. Cabe señalar, simplemente, que hemos estado haciendo algunas
correcciones y que nos costó encontrar el texto donde se habría adoptado, aun cuando
sólo haya sido por consenso de la Comisión, la decisión de encomendarnos esta tarea
porque, al parecer, nos fue trasmitido todo oralmente.
SEÑORA DALMAS.- Creo que, en realidad, ello no
debe constar en una moción de resolución; confieso que, si bien no tengo la certeza, me
parece que fue manejado en las sesiones del Plenario del Senado durante el tratamiento del
Presupuesto Nacional y, en particular, al considerarse el artículo relacionado con esa
planilla de subsidios y subvenciones.
SEÑOR SECRETARIO.- Elaboramos una planilla con
todos los datos que se pueden extraer, para conocimiento de la Comisión y se pide que se
conteste el formulario en cuestión en un plazo adecuado, de manera de poder evaluar la
actividad de la institución. Luego de hecha la planilla, el señor Senador Vaillant le
hizo algunas correcciones durante la primera reunión de este año, cuando la señora
Senadora Dalmás aludió al tema. Entonces, allí quedó la planilla pronta, simplemente a
la espera de su puesta en práctica.
SEÑORA DALMAS.- Entonces, ¿qué paso tendríamos
que dar a partir de ahora?
SEÑORA PERCOVICH.- Por nuestra parte, si no
recuerdo mal, habíamos visto que la mayoría de la lista, de alguna forma, tenía alguna
adscripción a determinados Ministerios; me refiero a que, por lo menos, las funciones que
se cumplían tenían que ver con educación, con salud pública o con promoción de
algunos servicios. Personalmente, creo que está bien mandarlo así, directamente, a cada
una de las organizaciones. Sin embargo, considero que también sería bueno poder contar
con los informes correspondientes, por ejemplo, de la Comisión Honoraria para el
Discapacitado, en el caso de todos aquellos que cumplen tareas de promoción o apoyo a los
discapacitados Es sabido que ese Programa funciona en la órbita del Ministerio de Salud
Pública y que está trabajando muy activamente. Pero también hay otros casos, como
aquellos que tienen que ver con el apoyo al sistema educativo. Allí, por ejemplo, el Programa de Proyectos
Especiales hizo toda una evaluación de los convenios que se habían hecho en este
período para comprobar cuáles instituciones habían cumplido y cuáles no. Esto dio
motivo a varias discusiones. En cuanto a los programas de protección a la infancia,
habría que consultar al INAU y al propio MIDES en el área de familia, que tiene
convenios con las organizaciones, para saber cómo están cumpliendo. Es decir que, más
allá de que se llene el formulario por parte de los interesados, me parece que sería
importante tener una evaluación externa de cómo están funcionando.
SEÑORA PRESIDENTA.- ¿Se refiere al organismo con
el cual se vinculan?
SEÑORA PERCOVICH.- Exacto, porque estamos
hablando de dinero que sale directamente de las arcas del Estado. Además, ahora se están
instalando los gabinetes sociales en todos los departamentos y está habiendo una
evaluación en cada departamento de las organizaciones sociales. Me parece que tampoco
podemos saltearnos la información que al respecto se está recabando en el propio MIDES.
SEÑORA DALMAS.- Propongo que la Secretaría
ordene la lista de organizaciones por Ministerio y que deje en esa clasificación,
eventualmente y si la hubiera, una lista de las que no están incluidas en ningún
Ministerio.
Por
otro lado, a los efectos de la Comisión, se me ocurre que podríamos hacer un pedido de
informes, de la manera más formal posible, para obtener los datos a través del
Ministerio correspondiente y la evaluación de cada caso. Incluso podríamos adjuntar el
formulario, como una ayuda para sistematizar los datos.
SEÑORA PRESIDENTA.- Si entiendo bien, la idea es
enviar una nota a los Ministerios que resulten vinculados a estas organizaciones, con el
formulario adjunto, especificando las organizaciones a las que se lo hemos hecho llegar y
aclarando que queremos recibir la opinión de ellas pero también del Ministerio, con la
finalidad de acercar insumos para el debate en el momento del ajuste de la rendición
presupuestal. Incluso, se podría agregar que encaramos el pedido en las potestades que
nos da el artículo por el cual habitualmente solicitamos informes al Poder Ejecutivo.
SEÑORA DALMAS.- El planteo es básicamente el que
acaba de resumir la señora Presidenta, con una variante: creo que habría que formular la
solicitud como un pedido de informes -explicando de dónde proviene, es decir, de qué
necesidades o cometidos de la Comisión- al Ministerio de Desarrollo Social, salvo que
verificáramos que los datos por organización no nos llegaran, en cuyo caso apelaríamos
a otros mecanismos. No creo que sea correcto formalmente dirigirse al Ministerio y
simultánea o anteriormente a las organizaciones en forma particular.
Entiendo
que ese sería el procedimiento adecuado si la intención es atender a la visión desde el
Ministerio, aunque tenga él mismo que recabar información por medio de este formulario.
SEÑORA PRESIDENTA.- Más allá de que el borrador
lo podemos consultar entre reunión y reunión, quiero aclarar que no estuve en la
Comisión cuando se decidió esto y, tal vez, en el Plenario no haya sido a lo que más
atención le presté. Entonces, no sé bien si la finalidad es ejercer un contralor para
la asignación de estos recursos en forma directa sobre las organizaciones -cosa que me
llamó la atención y por eso formulé algunas modificaciones a la propuesta original del
cuestionario- o es contar de antemano, dadas las competencias que tiene esta Comisión,
con una visión del Ministerio respectivo para trabajar el tema antes de la venida formal
de los representantes de la Cartera con motivo de la Rendición de Cuentas.
SEÑORA DALMAS.- Nunca se explicó o se detalló
qué mecanismo llevar adelante. En lo personal, el tiempo que ha transcurrido me ha hecho
reconsiderar las formas. Por lo tanto, creemos que es a través del Ministerio
correspondiente -si es que está incluida la organización- que debemos recabar la
información, intentando que éste, de alguna manera, haga posible la concreción de la
información de estos datos a través de un formulario, lo cual nos facilitará el
trabajo. Reitero, siempre teniendo como interlocutor al Ministerio, salvo que ello no
fuera posible o se verificaran demoras o fallas que, en definitiva, no nos permitieran
ejercer el control deseado. Por eso estoy de acuerdo con lo que plantea la señora
Presidenta.
SEÑORA PRESIDENTA.- Más o menos este es el
resumen que el 6 de abril de 2006 debatían el señor Senador Long y la señora Senadora
Topolansky en la Comisión de Presupuesto en donde, de alguna manera, el señor Senador
expresaba que por medio de la Comisión de Población, Desarrollo e Inclusión, veía una
mayor racionalidad para realizar un seguimiento a lo largo del tiempo y exigir compromisos
de gestión, rendiciones de cuentas, en fin, todos los elementos que nos permitan asignar
estos recursos lo más objetivamente posible, aunque siempre habrá un margen de
subjetividad. Además, expresaba que ello le parecía sumamente positivo y que acompañaba
una formulación que había hecho con anterioridad la señora Senadora Topolansky. A su
vez, el señor Senador Long manifiesta la
buena disposición de todos los Senadores que estaban en la Comisión.
Por
lo tanto, remitimos un pedido de informes como Comisión a los Ministerios que arroje como
resultado el agrupamiento de las organizaciones que recibieron subsidios y subvenciones,
salvo que alguna de las organizaciones no tuviera una vinculación con ninguno de los
Ministerios, por lo que lo haríamos en forma más directa.
SEÑORA PERCOVICH.- Estoy totalmente de acuerdo en
el sentido de rever estas organizaciones. En realidad, la mayoría, de alguna manera, están adscriptas a algún Ministerio, a alguna
Comisión nacional que, a su vez, depende de alguna Cartera. Así que me parece que el
trámite va a hacer mucho más rápido y correcto.
(Ingresan a Sala varios señores Senadores)
SEÑORA PRESIDENTA.- Está en consideración el
proyecto de ley: Cooperativas Sociales. Marco Normativo.
Tal como estaba dispuesto, ahora que la Comisión tiene el quórum necesario,
corresponde votar en general.
Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.
(Se vota:)
6
en 6. Afirmativa. Unanimidad
Léase
el artículo 1°.
(Se
lee:)
SEÑOR SECRETARIO.- Artículo 1°
(Definición y objeto).- Las cooperativas sociales son aquellas cooperativas de trabajo que
tienen por objeto proporcionar a sus miembros
un puesto de trabajo para el desarrollo de distintas actividades económicas,
agropecuarias, industriales, comerciales o de servicios, con el fin de lograr la
inserción social y laboral de los jefes y
jefas de hogares pertenecientes a sectores con necesidades básicas insatisfechas,
jóvenes, discapacitados, minorías étnicas y todo grupo en situación de extrema
vulnerabilidad social.
SEÑORA PRESIDENTA.- En consideración.
Si
no se hace uso de la palabra, se va a votar.
(Se
vota:)
5 en 6. Afirmativa.
Léase el artículo 2º.
(Se lee:)
SEÑOR SECRETARIO.- Artículo 2º.
(Legislación aplicable).- Las cooperativas sociales se regirán por las disposiciones de
la presente ley, y en lo previsto por las disposiciones de las Leyes Nº 10.761, de 15 de
agosto de 1946; Nº 17.794, de 22 de julio de 2004; Nº 16.156, de 29 de octubre de 1990,
y demás aplicables a las cooperativas de producción o trabajo asociado, y por los
principios cooperativos con reconocimiento universal que estén integrados al derecho
interno.
Ante cuestiones que no puedan resolverse por la legislación aplicable se deberá
recurrir a las soluciones consagradas por los artículos 17 a 20 del Código Civil.
SEÑORA PRESIDENTA.- En consideración.
Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.
(Se vota:)
6 en 7. Afirmativa.
Léase el artículo 3º.
(Se lee:)
SEÑOR SECRETARIO.- Artículo 3º.
(Requisitos).- Para ser calificada como cooperativa social se deberán cumplir los
siguientes requisitos:
A)
Constará
en el Estatuto que en los ejercicios económicos en que existan excedentes luego de
cancelados todos los gastos de la cooperativa y las restituciones que le correspondan a
los miembros de la cooperativa, aquellos deberán destinarse a crear reservas o a la
consolidación y mejora del servicio prestado y en ningún caso serán repartidos entre
los socios.
B)
También
constará en el Estatuto el carácter gratuito del desempeño de todos los cargos de
dirección, sin perjuicio de la restitución de gastos que puedan generarse por el
cumplimiento de tales funciones.
C)
Podrá
preverse la actualización del valor de las aportaciones de los socios al capital social
por cualquier índice objetivo, el que deberá establecerse en el Estatuto.
D)
Las
retribuciones de los socios trabajadores y de los trabajadores no socios no podrán
superar las retribuciones que, en función de la actividad y categoría profesional,
establezca el convenio colectivo aplicable del ramo o el que guarde mayor analogía.
El
incumplimiento de los requisitos establecidos en los literales A) y B), impedirá la
calificación de cooperativas sociales, y la inobservancia de los mismos, así como el
incumplimiento del requisito establecido en el literal D), determinará la pérdida del
tal calificación, debiendo acceder a otra modalidad a los efectos de mantener la
condición de cooperativa.
SEÑORA PRESIDENTA.- En consideración.
SEÑOR HEBER.- ¿Por qué son gratuitos todos los
cargos de dirección?
SEÑORA PRESIDENTA.- Por el carácter social del
emprendimiento y por el nivel de socios que definen su constitución.
SEÑOR HEBER.- ¿Se va a buscar trabajo para
quienes las integren?
SEÑORA DALMAS.- Ellos van a brindar en su
cooperativa algún tipo de servicio; pero la gratuidad es con respecto a las tareas de
dirección. A eso se refiere el trabajo no remunerado y no al servicio en sí mismo que
brindan, amén de que se les restituirán los gastos.
SEÑORA PERCOVICH.- Aquí estamos creando una
figura nueva. Precisamente, uno de los grandes vacíos que tenemos desde hace muchos años
tiene que ver con la relación del Estado y la sociedad civil, que es algo muy complejo de
establecer.
En este caso, se está tratando de crear una figura para un grupo determinado de personas a las cuales se les está buscando una
salida económica. Esta norma alcanza a todo grupo social en situación de extrema
vulnerabilidad social, aspecto este último cuyas características deberán estar
establecidas en la reglamentación; al respecto consultábamos el otro día a la señor
Ministra. Esto no implica la conceptualización general que tenemos respecto de las
cooperativas, que tienen un Directorio en el que algunos Directores cobran algo,
etcétera; en este caso, van a cumplir un servicio del Estado, de la Intendencia, y van a
repartir como cooperativa los bienes que resulten de esa tarea que se está llevando a
cabo.
SEÑOR ANTIA.- La señora Senadora habla de
servicios, pero también aquí se habla de producción. Me gustaría saber si está
previsto algún número máximo de integrantes de la cooperativa, porque de otro modo se
pueden generar figuras que permitan después algún desvío; si no acotamos esto a un
número máximo, corremos el riesgo que, de pronto, se haga una cooperativa social de 40
personas que termine desarmando una pequeña empresa que funciona. Entonces, ya no sólo
deja de tener una función social, sino que entra a competir con pequeñas empresas que
también poseen un rol social en la estructura de la economía del país.
Si bien comparto el concepto de que este proyecto es una puerta de acceso al
trabajo y a las oportunidades, no veo que se ponga un límite -ni siquiera en la
reglamentación- en las inscripciones para las cuales está llamando el Ministerio de
Desarrollo Social.
En
este aspecto, voy a dar un ejemplo de algo que está ocurriendo hoy en la ciudad de
Maldonado, que para mí es muy peligroso desde el punto de vista del accionar del
Gobierno. Creo que es un tema que tiene mucha relación con esto, y lo traigo a colación
porque puede ilustrar acerca de la advertencia que estoy planteando. Cuando ejercimos la Intendencia, teníamos un
sistema de trabajo en el área de la limpieza -concretamente, en el barrido- que era
realizado por alrededor de 15 pequeñas empresas en los distintos barrios. Estas empresas,
cada equis meses, participaban en pequeñas licitaciones abreviadas. Aclaro que ninguna de
ellas contaba con más de 12 personas y una
camioneta o un camioncito, lo que significaba una inversión baja. De a poco, se fue
desarticulando el convenio con dichas empresas, apareció la figura de un gremio y el
personal pasó a ser parte del mismo, que es el que hizo la operación. Una a una, fueron
dejando sin trabajo a las diferentes empresas, o sea, terminado el contrato, quedaron sin empleo. Por ejemplo, al funcionario
que barría las calles se le decía que a partir de tal fecha, la empresa no tenía más
contrato con el Municipio; entonces, se le preguntaba si estaba dispuesto a seguir
trabajando. Si la persona contestaba que sí, se le presentaba a la nueva empresa que
tendría relación con el Municipio. Entonces, la nueva empresa que entró a trabajar se
quedó con el personal de todas las ex
pequeñas empresas; así, una a una fueron cerrando todas las pequeñas empresas que
hacían el barrido y la limpieza. Esta es una situación tremendamente irregular; el
argumento que se esgrimió es que iban a armar una cooperativa social y, mientras tanto,
le dieron la responsabilidad de la gestión y de la administración a un gremio, que es el
que administra esa tarea.
SEÑORA
DALMAS.- ¿Cómo se llama ese gremio?
SEÑOR ANTIA.-
FUECI.
Esto es algo totalmente ilegal y observado por el Tribunal de Cuentas en más de
una oportunidad, con montos que superan ampliamente la posibilidad de contratación
directa. Entiendo que el peligro que existe es que, si no limitamos estas empresitas a un
monto y a un volumen adecuado, este instrumento puede terminar siendo un elemento
desintegrador de la pequeña y mediana empresa que contrata con el Estado.
Me
he referido a una experiencia de ahora, práctica; aclaro que no estoy inventando nada ni
estoy diciendo si esto se hizo bien o mal o si se puede hacer con FUECI o no. Pensamos que
se trata de un riesgo sobre el que tenemos que alertar en momentos de establecer una
normativa, una ley que permita promover -entiendo y comparto el concepto en este sentido-
el desarrollo de la pequeña y mediana empresa en etapas iniciales para que luego puedan
funcionar como tales, ya que aspiramos a que no queden como cooperativas sociales sino que
maduren -se supone que ese es el ideal- se formen y queden un paso más arriba para seguir
desarrollándose. Eso está sucediendo hoy. En algunos de los artículos aquí se plantea
el límite con relación al TOCAF en cuanto a la contratación de licitación abreviada,
que está bastante por encima -creo que oscila en los U$S 20.000- de lo que es la
posibilidad de contratación directa. Entonces, la contratación directa prevista en el
TOCAF, mediante un servicio mensual, tiene más que ver con una pequeña cooperativa de
tres o cuatro personas que son las que hacen las tareas de limpiar vidrios, entregar
delantales, etcétera.
Esto es, a grandes rasgos, lo que quería plantear a los miembros de la Comisión.
SEÑOR LORIER.- Quisiera retomar la inquietud
planteada por el señor Senador Heber. Creo que al proyecto hay que verlo como una
globalidad, como una nueva forma de cooperativa. Por eso es interesante también
relacionar el tema de la gratuidad con el hecho de que los beneficios deben de ser
reinvertidos y no distribuidos, lo cual vamos a ver en otro de los artículos de esta
iniciativa.
Pienso que, según lo expresado por la señora Ministra y los Directores que
estuvieron presentes en la sesión anterior de esta Comisión, la voluntad está
claramente establecida en cuanto a colaborar con todo el segmento, es decir, no sólo con
el que está en la indigencia -que es la población que abarca el Plan de Emergencia- sino
también con otro sector que se ubica en lo que se denomina la pobreza -quizás en el
último quintil de la pobreza, pero no en la indigencia- a los efectos de dar una
cobertura jurídica a cuestiones que ya se están realizando y que ellos explicaban que
tienen un componente numérico no muy elevado. Se trata de pequeños grupos de trabajo a
los que, debido a una cantidad de dificultades propias de quienes los integran, se
requiere dar esta apoyatura de tipo jurídico.
Nosotros
compartimos cualquier preocupación que tenga que ver con el hecho de no entrar en falsas
dicotomías y competencias con micro, pequeñas o medianas empresas, las que están
trabajando con mucho sacrificio. Además, el Ministerio ha trasmitido que se va a tener
especial cuidado en que no exista ese tipo de competencia que podría calificarse como
desleal, sobre todo teniendo en cuenta el momento especial que está viviendo nuestra
economía.
Por lo tanto, estamos frente a un instrumento clave para lo que se denomina
ruta de salida que permitirá, luego de que el Plan de Emergencia deje de
funcionar tal como lo conocemos hoy, que estos grupos tengan una continuidad y esta gente
pueda ganarse la vida trabajando.
Reitero que, al día de hoy, estamos convencidos -no sólo por la práctica, sino
también por las expresiones del equipo del Ministerio de Desarrollo Social que estuvo
presente- de que no va a haber una competencia desleal y de que no existe intencionalidad
en avanzar por el camino que señalaba el señor Senador Antía.
Por ahora, es cuanto tengo para decir.
SEÑORA PRESIDENTA.- Con respecto a la pregunta
que formulaba el señor Senador Antía, quiero decir que no veo la limitación por el lado
del orden numérico. Lo que sí queda claro es que el artículo 3º es el que limita la
posibilidad de pertenecer a este tipo de emprendimientos y enumera una serie de requisitos
que si no se cumplen, hacen perder la calificación.
Incluso, si esta no fuera la segunda
Cámara que considera este proyecto -por lo que, salvo que haya un gran error, se trata de
evitar las modificaciones- se jerarquizaría
más la pérdida de la calificación para entrar en un emprendimiento de este tipo. Me
parece que los requisitos tienen más que ver con eso que con el orden numérico, que
podría no implicar tanto como este tipo de literales en los que quedan muy especificadas
las formas en que se puede calificar para estos emprendimientos.
Por otro lado, en cuanto al temor que puede existir respecto a la posibilidad de
que luego pueda haber otro nivel, puedo decir que por lo menos no van a seguir teniendo el
carácter de cooperativas sociales, porque van a transformarse en otra opción laboral. De
todas maneras, como más o menos inducía el señor Senador, lo que se busca es una
superación de esta gente que, como define el artículo 1º, es la que tiene las
necesidades básicas más insatisfechas, así como otros elementos de vulnerabilidad
social.
Entonces, me parece que habría que leer nuevamente las características que define
el artículo 3º, lo que implica la pérdida de esos requisitos, y no hacer un planteo como el que hizo el señor Senador en un
comienzo.
SEÑOR ANTIA.- Personalmente, me refería al tema
de la limitación porque, además, este tipo de cooperativas sociales no van a pagar
ningún impuesto. De esa forma, van a competir con otras pequeñas empresas que hoy sí
los tienen que pagar, aunque sean pequeñas, y estas personas, entonces, si mañana no
tienen la oportunidad de trabajar en las cooperativas, van a formar parte del cinturón de
pobreza.
Estoy
de acuerdo en que exista una ley que apoye esta idea y que se otorguen exoneraciones para
empezar, porque es la manera de que comiencen a trabajar en una actividad formal. Sin
embargo, debemos tener cuidado de no generar una realidad que después cree un problema en
la actividad económica y muchas pequeñas empresas empiecen a pensar en cambiar su forma,
porque no van a poder competir con las que no pagan impuestos ni aportes patronales y
gozan de una serie de exoneraciones. Entonces, se van a preguntar cómo venden sus
servicios de limpiavidrios, de barrido, de jardinería o poda al Estado. Van a decir que
no pueden competir contra esto y van a cerrar.
Considero que el proyecto de ley no sólo tiende a referirse a un sector de la
población que está en el PANES, sino a todos aquéllos que tienen dificultades y que
están por debajo de la línea de pobreza. Por eso, creo que se debe tener cuidado de no
generar, por otro lado, una situación que vaya en contra de pequeñas empresas. Ello tal
vez se podría lograr si limitamos la cantidad de integrantes por cooperativa social a un
número de cuatro, cinco o seis, aunque no sé cuál es el número técnico adecuado. De
ese modo, sabríamos que queda ajustado a una pequeña empresa. Esta es una opinión
personal.
SEÑORA PERCOVICH.- En realidad, creo que hay tres
artículos que definen claramente el objetivo. Quizás se podría haber encontrado otra
redacción, aunque me parece que el texto viene bastante bien estudiado de la Cámara de
Representantes. En todo caso, podemos poner el acento en algunas cuestiones inherentes a
la reglamentación del proyecto.
El
primero define cuál es el objetivo, que -como decía el señor Senador Lorier- tiende a
la búsqueda de aquellas personas en extrema vulnerabilidad social, a las cuales se quiere
promover en el hábito del trabajo, haciéndolas cumplir una función que, además, le
sirva al Estado. Es decir que ese ya es un proceso de crecimiento en la autoestima de la
persona, especificado en el artículo 6º -hay una responsabilidad del Ministerio de
Desarrollo Social y de otros Organismos- que refiere a la formación para la gestión. El
mencionado artículo comienza diciendo que todos los miembros de la cooperativa social
recibirán la capacitación en los postulados y principios cooperativos y en los diversos
aspectos específicos del rubro en que se desarrolle la actividad productiva. Hace
referencia al aspecto de promoción que una pequeña empresa no tiene, aunque, como es
obvio y legítimo, persigue un objetivo de lucro, y, en todo caso, trata de facilitar
trabajo para cumplir con un servicio que contrata; pero esto es otra cosa. A través de
esta iniciativa, el Ministerio de Desarrollo Social debe brindar capacitación a aquellas
personas que ni siquiera disponen de los elementos para salir adelante por sí mismas.
Además, tiene que promover que estos pequeños grupos -que no los veo grandes- cumplan
algunos servicios. De modo que allí es muy difícil entrar en competencia con empresas
que, en su gestión, cuentan con experiencia en brindar servicios para las distintas
oficinas del Estado. Por tanto, me parece que el objetivo es otro.
Por
otra parte, creo que lo referente a la preocupación sobre la competencia o al hecho de
que, por algún lado, se cuelen otras formas asociativas que evadan impuestos, está
especificado en los artículos donde se detallan cuáles van a ser los controles, como
sucede -por ejemplo- con el artículo 5º, relativo a control y registro. Entiendo que
luego, en la reglamentación, debe estar bien especificado el seguimiento por parte del
Tribunal de Cuentas. No hay que olvidar que nada de esto puede funcionar sin los controles
habituales que reciben todas las actividades del Estado, en la medida en que se brinden,
precisamente, servicios al Estado, ya que, indudablemente, estas cooperativas también
pueden brindar servicios a privados. El rol educativo, es decir, lo relativo a la
educación en la promoción de las personas que van a cumplir estas funciones, obviamente,
corresponde al Ministerio de Desarrollo Social. En definitiva, se trata de buscar rutas de
salida para aquellos que de otra forma no son promovidos, porque si bien es verdad que la
pequeña empresa da trabajo a una cantidad de personas, no hace la labor de educación y
promoción, simplemente porque no le corresponde hacerlo, ya que ella es propia del
Estado. Por lo tanto, entiendo que se trata de dos situaciones completamente distintas.
SEÑOR HEBER.- Mientras sigo el razonamiento de la
señora Senadora Percovich, estoy leyendo el artículo 1º y lo vinculado con el 6º, y
entiendo que estamos hablando de cooperativas que buscan generar empleo, pero no para
brindar servicios necesariamente al Estado, sino también a privados. Simplemente quería
hacer la aclaración, porque no me pareció que ese aspecto se explicitara en el
artículo.
SEÑOR LORIER.- Con respecto a lo que señalaba el
señor Senador Antía, creo que la cuestión no radica tanto en el aspecto numérico,
porque entonces podríamos pensar en las cooperativas chicas. Si el espíritu es el de
entrar en falsas competencias o utilizar mecanismos espurios, eso se podría hacer con muy
poca gente; por lo tanto, no se trata de una cuestión numérica. Tal como señalaba al
comienzo de la sesión, lo que notamos hoy en día -y se puede comprobar- es que hay un
espíritu tendente a no ingresar en ese campo, por lo menos, a nivel de la estructura
central del Ministerio de Desarrollo Social. Creo que la reglamentación puede ser un
factor importante para afinar más estos aspectos que estamos discutiendo, que,
naturalmente, son muy sensibles y pueden ser objeto de discusión. Conviene dejar claro
que aquí estamos legislando para muchos períodos de gobierno, y, por consiguiente, es
preciso ser muy cuidadosos en estos temas. La reglamentación puede ser el instrumento que
nos permita mejorar algunos aspectos que pueden generar problemas.
SEÑORA DALMAS.- Me gustaría recordar de dónde
surge la necesidad de este instrumento. En el marco de una serie de programas del
Ministerio de Desarrollo Social para dar a los ciudadanos rutas de salida de la pobreza,
se ha verificado un conjunto de tareas, que, incluso, fueron ya realizadas, como por
ejemplo, las que se llevaron a cabo en Trabajo por Uruguay y en los programas de rutas de
salida. En esas instancias, se verificó que existe en el Estado -quizás por eso se
menciona en el proyecto como una posibilidad- una serie de tareas que no se estaban
cumpliendo hasta ese momento. Me refiero, por ejemplo, a tareas en la ANEP y en otros
lugares, que sin duda eran necesarias, y que esa gente llevó a cabo con dinero del Estado
destinado a esos programas que mencioné. Considerando esa experiencia, se pensó en las
cooperativas sociales, que pueden ser de servicios, comerciales, agropecuarias o de otras
actividades económicas. Ahora bien, una cosa es generar este instrumento para esta franja
de personas, y otra distinta es asegurarles el trabajo. Se le está dando un instrumento
para que formen una cooperativa; si son buenos y tienen buenos precios, lograrán un
contrato del Estado o de particulares, y si no lo son, no lo lograrán. Creo que no es
vinculante el hecho de generar este instrumento con la necesidad de que después sean
contratados por alguien; es una vía para que encaminen un emprendimiento de trabajo, pero
eso de ninguna forma les garantiza -si estoy equivocada me corrigen- ser contratados por
Estado ni por privados.
Entonces,
si bien entiendo el ejemplo que plantea el señor Senador Antía, quiero señalar que, de
alguna manera, esas son las reglas del juego. En
determinada oferta puede haber un número mayor de empresas, pero dudo que para ciertas
tareas de baja calificación haya empresas de otra franja de la sociedad. Sí insisto en
que puede haber distintos tipos de empresa. Lo que estaríamos brindando es la posibilidad
de que exista un mayor número de ofertas de servicio en el mercado, pero se me ocurre que
eso es todo. Otra cosa sería si alguien dijera que solamente se puede contratar a esas
empresas, pero creo que eso no lo establece ni esta ni ninguna otra ley.
SEÑOR ANTIA.- Quiero aclarar que el planteo que
hice no fue para ir en contra de esas empresas. Sí me parece que una cooperativa social
tiene que estar integrada por tres personas, para que por lo menos haya tres voluntades.
Se trata de que esta ley tenga vigencia en el tiempo y no sea un elemento de distorsión
en las reglas del juego laboral. Además, esto no está remitido sólo a los que están
identificados dentro del PANES, sino a todos aquellos que tienen necesidades laborales;
cuando el Ministerio de Población y Desarrollo hace el llamado, también lo hace para
aquellos que no están inscriptos en el PANES, y dado que van a tener ventajas tales como
tributos diferenciales o el no pago de impuestos -ya sea aportes patronales, IVA, o
DISSE,- se debería acotar en el tiempo. Por ejemplo, a una cooperativa social se le
podrían otorgar estas condiciones los primeros tres años, de manera de darle tiempo para
que pueda transformarse en lo que debe ser una pequeña empresa, que es el sustento de
trabajo en el mundo. Las cooperativas sociales no son el sustento de trabajo en el mundo;
en todos los países desarrollados, las pequeñas empresas son la base mayor de
ocupación. Entonces, podríamos limitarlas en el tiempo y, de pronto, también en el
número: un mínimo de tres integrantes y un máximo de ocho; si fueran 16 los
integrantes, tendrían que armar otra cooperativa social.
Es
muy difícil hablar de cooperativa en núcleos muy grandes, y trasmito estas observaciones
porque por mi condición de profesional he trabajado mucho en este tema. Pasé muchos
años fomentando el trabajo de grupos cooperativos de pequeños productores y sé que es
muy difícil aunar voluntades. Se forman las cooperativas, de pronto trabajan bien durante
un año y se pelean el siguiente medio año. Por más capacitación que se les dé, no es
un tema fácil. Entonces, en la medida en que no lo acotemos a un pequeño núcleo -lo que
es perfectamente posible- va a ser mucho más difícil que tenga consistencia en el
tiempo. No sé por qué no se puede establecer un número máximo para integrar esta
categoría. Tengamos en cuenta que no sólo vamos a legislar para este momento, sino
también para el futuro. Además, se otorgan ventajas impositivas. Entonces, me pregunto
por qué no acotar esas instancias, si de todas maneras vamos a abarcar a todos los que se
desea incluir.
Repito
que no entiendo por qué no podemos acotarlas, salvo que haya mucho interés en que este
proyecto de ley se apruebe rápidamente, evitando que vuelva a la Cámara de
Representantes. Si esa es la razón, me gustaría saberla. En definitiva, a mi juicio, esa
modificación es buena para el proyecto en sí y para la estabilidad futura de las
cooperativas, más allá de que estemos ante el impulso de la necesidad de tomar esas
definiciones en el día de hoy.
SEÑORA PERCOVICH.- Creo que, efectivamente, hay
urgencia en aprobar este proyecto de ley, y si le hacemos algún agregado -y aclaro que
con alguno estoy de acuerdo- debe volver a la Cámara de Representantes.
Nosotros
queremos dar cobertura legal a muchas de las iniciativas que ya se están promoviendo a
nivel del Ministerio de Desarrollo Social. No obstante ello, me parece que podemos dejar
sentado en esta Comisión algunos elementos que queremos que sean incluidos en la
reglamentación, tales como la definición de vulnerabilidad social -creo que debe ser un
parámetro claramente establecido, en coordinación con el Ministerio de Economía y
Finanzas y con quienes puedan dar una definición precisa- o el tema de los controles
necesarios, porque como no tenemos una legislación clara en este tipo de salidas que
incluyen la promoción educativa de gente que debe empezar a aprender hábitos de trabajo,
de organización, de producción, de gestión en servicios, etcétera, esta es una primera
experiencia legal. Por lo tanto, como Comisión que, en definitiva, fue creada para hacer
el seguimiento de las políticas sociales y de este nuevo Ministerio, deberíamos evaluar
la legislación dentro de un año, a fin de determinar cómo está funcionando y qué
elementos podríamos agregarle, uno de los cuales podría ser determinar un número de
integrantes. Confieso que ahora no me animo a establecer un límite, porque quisiera
conocer la experiencia de aplicación en esas cooperativas sociales. Lógicamente, haremos
un atento seguimiento para ver si en realidad van a dar salida a la gente. Me pregunto,
por ejemplo, por qué se habla de cooperativa social y no de organizaciones sociales. En
definitiva, veamos cómo funcionan en carácter de cooperativa social de trabajo o de
servicios.
Sé
que a nivel de la Cámara de Representantes se discutió mucho para encontrar una mayor
adecuación a nuestra legislación, al TOCAF y a todos los controles que debe llevar
adelante el Estado en su relación con estas posibles organizaciones sociales. Reitero
que, a mi juicio, debemos esperar para ver cómo se desarrollan y cómo se aplica la ley.
Creo que es un experimento social bien interesante, que debemos seguir de cerca para
determinar si sirve. Quizás en un futuro tengamos que modificar la ley.
SEÑORA
PRESIDENTA.- El
artículo 2º -que ya votamos- en lo que hace a la legislación aplicable refiere a la Ley
Nº 17.794, de 22 de julio de 2004, cuyo artículo 2º expresa: (Trabajadores socios
y no socios).- Las cooperativas de producción o trabajo asociado se integrarán con un
mínimo de seis trabajadores socios.
El
número de trabajadores no socios no podrá superar el 20% (veinte por ciento) de los
miembros de la cooperativa. En cualquier caso, el mínimo de empleados podrá ser de
dos. Estas limitaciones no rigen para los trabajadores contratados para cubrir
necesidades cíclicas extraordinarias derivadas de actividades de temporada, según
establezca la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo. Aquí hay una referencia
numérica expresa, junto a otras normativas.
SEÑOR
ANTIA.- De todas formas, observo que el llamado que hace el
Ministerio de Desarrollo Social refiere a tres integrantes y no a seis. Es decir, si la
referencia es la ley que establece que las cooperativas se integrarán con un mínimo de
seis trabajadores socios, no es correcto que en el primer llamado del Ministerio de
Desarrollo Social, con fecha de abril de 2006, se convoque a la presentación de tres
integrantes, porque no condice. Sin embargo
resalto esto porque me parece que tres es un buen número para integrar una cooperativa
social, por lo que coincido con el Ministerio.
Resumiendo, considero que debemos acotar a este sector social a un máximo ya que,
en definitiva -y pienso que está bien que así sea porque es para que tengan trabajo- se
le van a dar ventajas competitivas al no
pagar IVA, impuestos ni aportes patronales. No obstante, debemos tener en cuenta que
muchas personas van a dejar de trabajar en otras áreas porque no van a poder competir con
eso, lo que va dar lugar a la informalidad.
SEÑOR
LORIER.- En el intercambio de estas inquietudes no nos
podemos olvidar de algo que va a estar presente y que es el control social de este tipo de
iniciativa. No nos olvidemos que nos encaminamos hacia la figura de los llamados Consejos
Consultivos Sociales, programados en varios departamentos. Expresamente la señora
Mazzotti, cuando concurrió a esta Comisión, expresó que estos grupos asociativos deben
presentar sus proyectos y detallar qué incluyen, qué es lo que hacen y cuánto dinero
requieren. Siempre estamos hablando de pequeñas transferencias económicas que plantean
cuál va a ser su modalidad de pago. Esta primera propuesta debe venir con un garante
social, si son grupos que no tienen su personería jurídica previa y, además, deben
traer un aval institucional que complemente a dicho garante. En este caso como nosotros
estamos trabajando en la promoción de iniciativas que estén consideradas por la
comunidad como de valor local, el aval institucional
puede ser de organismos públicos si estos grupos están en redes promovidas o
apuntaladas por ellos. Las Juntas Locales o las Intendencias Municipales tienen un papel
muy importante en este sentido. Asimismo, señalaba que existe un conjunto de Intendencias
que han participado y avalado el control social. En mi opinión, como comentábamos al
comienzo, el control social es fundamental porque no se trata de una cuestión de números
sino de espíritu que ya podemos ver reflejado en lo que se está haciendo en este
momento.
Por
otro lado, desde el ángulo de la garantía y del control -lo hemos mencionado- la
reglamentación tiene que ayudarnos, pero si no encontramos estos Consejos Consultivos donde estemos todos los que participamos en la
vida social y política para mirar y controlar, es muy difícil que puedan eludirse los
controles primarios y fundamentales. Hecha la ley, hecha la trampa; aquí el control
social es muy importante, se va hacia los Consejos Consultivos, nadie va a estar ajeno a
menos que lo quiera estar y, entonces, podemos ver un conjunto de elementos, tanto desde
el punto de vista jurídico como del social, que nos van a ayudar a la reglamentación de
la ley, lo que cerraría la arquitectura que se le quiere dar a este tipo de estructura
social.
SEÑOR HEBER.- Luego de leer el proyecto y de
escuchar los comentarios realizados por los señores Senadores miembros de la Comisión,
confieso que me surgen algunas dudas. Por ejemplo, en el artículo 1º se dice: Las
cooperativas sociales son aquellas cooperativas de trabajo que tienen por objeto
proporcionar a sus miembros un puesto de trabajo para el desarrollo de distintas
actividades económicas, agropecuarias, industriales, comerciales o de servicios, -o
sea que esto abarca todas las posibles actividades que hay en el país- con el fin
de lograr la inserción social y laboral de los jefes y jefas de hogares pertenecientes a sectores con necesidades básicas
insatisfechas, jóvenes, discapacitados, minorías étnicas y todo grupo de situación de
extrema vulnerabilidad social.
Según
esta redacción, el fin es lograr la inserción social y laboral de los jefes y jefas de
hogares pertenecientes a sectores con necesidades básicas insatisfechas, y también se
incluye a los jóvenes, pero no necesariamente deben ser jóvenes con necesidades básicas
insatisfechas, debido a que antes hay una coma que marca una diferencia; luego viene otra
coma y dice discapacitados, lo que significaría que estarían incluidos todos
los discapacitados y no sólo aquellos que tienen necesidades básicas insatisfechas;
finalmente, se agrega, también precedido por una coma: minorías étnicas y todo
grupo en situación de extrema vulnerabilidad social.
Pienso
que en lo que respecta a los discapacitados y a las minorías étnicas, podría decirse
que son sectores de vulnerabilidad social; sin embargo, cuando se habla de los jóvenes en
términos generales, no se está aludiendo, necesariamente, a aquellos con necesidades
básicas insatisfechas, sino a todos los jóvenes. No sé si esto es compartido por los
demás señores Senadores pero, personalmente, ya voté este artículo y me gustaría
aprobar algo que tuviera una cierta unidad. Evidentemente, votaría una cooperativa social
a jóvenes con necesidades básicas insatisfechas, pero no sé si a través de esta
fórmula eso queda establecido con claridad o si, por el contrario, no se está incluyendo
a los jóvenes en genérico, es decir a todos, y no necesariamente a los que tengan
insatisfechas sus necesidades básicas; esta es mi gran duda. Tal vez alguien que tuviera,
quizás, una más completa formación jurídica, podría aclarármela y asegurarme que los
jóvenes comprendidos en esta redacción son estrictamente aquellos que poseen necesidades
básicas insatisfechas. Sé que, naturalmente, esto es lo que se pretende a través del
artículo, pero no sé si se lo logra realmente, porque al colocar a los discapacitados, a
las minorías étnicas y a los jóvenes después de la expresión pertenecientes a
sectores con necesidades básicas insatisfechas, no queda del todo claro que se
trate de grupos con necesidades básicas insatisfechas. En relación con las minorías
étnicas, estoy totalmente de acuerdo, pues estamos tratando de incluir a las minorías
étnicas excluidas pero, ¿qué pasa con los jóvenes?
SEÑORA PRESIDENTA.- Si leemos el final del
artículo, vemos que dice:
y todo grupo en situación de extrema
vulnerabilidad social. Entonces, cada una de esas situaciones que se abarcan:
minorías étnicas, discapacitados y jóvenes, tienen que estar incluidas en una franja de
vulnerabilidad social, por decirlo así.
SEÑORA DALMAS.- En realidad, estábamos pidiendo
una definición de vulnerabilidad social.
(Dialogados)
SEÑOR HEBER.- Estamos dando ventajas que son
positivas, porque se posibilitaría que estas personas puedan insertarse socialmente y
trabajen. Pero si mañana yo, Luis Alberto Heber, contrato una cooperativa social para que
me construya una casa, ¿no pago los impuestos? Planteo la pregunta porque, en realidad,
quien debe pagar los impuestos es la persona que contrata a la cooperativa. Entonces, me
parece bien que los jóvenes o los discapacitados no paguen impuestos, pero no me parece
bien que Luis Alberto Heber se ahorre los impuestos por contratar una cooperativa social.
SEÑOR ANTIA.- Me gustaría saber quién determina
si una empresa es una cooperativa social o no.
SEÑOR HEBER.- Supongamos que a una cooperativa
por el sólo hecho de estar conformada por cinco personas discapacitadas, se le considere
una cooperativa social; en ese caso, si contrato a esa cooperativa, ¿me ahorro los
aportes de DISSE y los aportes patronales?
SEÑORA PERCOVICH.- Me resulta muy interesante el
ejemplo que plantea el señor Senador Heber, porque me parece un típico tema de
reglamentación. Seguramente esa cooperativa no va a poder construir una casa, pero sí de
pronto una fuente de un jardín, que es una obra pequeña. De esa forma, la persona que
contrate a esa cooperativa va a estar colaborando con la educación de determinadas
personas, etcétera. Me parece que es un tema de proporciones y que los límites deben ser
establecidos por la misma Dirección General Impositiva, el Tribunal de Cuentas o el
Ministerio de Economía y Finanzas. Por eso insisto tanto en la definición de
vulnerabilidad social.
SEÑOR ANTIA.- Como bien decía la señora
Senadora, seguramente esta cooperativa no va a poder construir una casa, pero sí de
pronto va a poder impermeabilizarla o revocarla. Y quizás no sea necesario que la
cooperativa esté integrada por minusválidos; puede estar conformada por jefes de familia
que estén en una situación de vulnerabilidad. Entonces se va a generar, frente a otras
empresas del área de la construcción, una gran diferencia en materia de costos, que al
señor Senador Heber le va a significar pagar menos por ese revoque, sin duda, porque esta
cooperativa le va a cobrar mucho menos que otra pequeña empresa. Por lo tanto, se va a
originar un problema en la interna de la competencia, es decir, de las pequeñas y
medianas empresas.
SEÑOR LORIER.- Justamente, en la Comisión de
Asuntos Laborales y Seguridad Social estamos estudiando un proyecto de ley por el cual se
saca de la órbita de los aportes de la construcción a un conjunto de actividades, como
estas que se estaban mencionando. Entonces, creo que ninguna de estas actividades puede
vulnerar otra ley, como la que está vigente
hoy o como la que se está por aprobar en estos días. Pienso que basándonos en ese
espíritu y en los Consejos Consultivos, que es donde todo el mundo va a tener parte, y,
por otro lado, en estos elementos jurídicos por los que no pueden, digamos, invadirse
unos a otros, estaríamos generando las garantías para evitar este tipo de legítimas
inquietudes que uno también las tiene.
SEÑORA PRESIDENTA.- La Presidencia desea expresar
que hay varios señores Senadores que deben retirarse por compromisos asumidos con
anterioridad. Por lo tanto, si los señores Senadores están de acuerdo, votaríamos el
artículo 3º y continuaríamos el próximo lunes.
Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 3º.
(Se vota:)
6
en 7. Afirmativa.
Se
levanta la sesión.
(Así
se hace. Es la hora 17 y 41 minutos)
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |