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Carátula

SEÑOR PRESIDENTE.- Habiendo número, está abierta la sesión.

                (Es la hora 14 y 46 minutos)

Antes de que lleguen los representantes del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca –que estarían aquí a las 15 horas-, podríamos hacer algunos comentarios sobre estos artículos del proyecto de ley. Inclusive, creo que ellos van a presentar modificaciones -que no alteran sustancialmente el proyecto- en algún párrafo, por lo que tendríamos que aprobar nuevamente algún artículo, si es que estamos de acuerdo con las propuestas del Ministerio. Además, con respecto al artículo 16, la señora Senadora Topolansky hacía la observación de que hay que cambiar las referencias a los artículos y sus numeraciones.

Tenemos aquí los artículos 11 y 12 y después los que iba a redactar el señor Senador Gallinal, que eran los artículos 10 y 15, que estaríamos en condiciones de aprobar, porque también estaban acordados.

SEÑOR LAPAZ.- En contactos que hemos mantenido con productores del interior del país, me hacían notar que, con respecto a los bovinos nacidos desde ahora a agosto, el hecho de realizar el trabajo en sus orejas les podría crear una bichera con moscas en pleno verano. No sería lo más aconsejable para la salud del animal el realizar ese trabajo en verano, sino que sería mejor hacerlo en invierno, por ejemplo, en junio, para que esto no traiga consecuencias desagradables para los animales y los productores.

                No sé si el Ministerio ha tenido en cuenta este aspecto.

SEÑOR PRESIDENTE.- A este respecto quiero hacer un comentario, porque también soy productor.

Creo que el mes de agosto no es bravo de moscas y, además, el caravaneo no es un sistema que provoque un sangrado importante; puedo decir que he caravaneado ganado durante todo el verano y eso no me ha abichado a ningún animal.

Además, si se tiene miedo de bicheras en los animales por el caravaneo, hoy en día hay productos fitosanitarios de primer nivel -que se ponen en la cabeza del animal-, que tienen un prolongado efecto residual –de más de 45 días- y con muy bajos costos de aplicación, porque en el momento en que se pone la caravana, se aplica una gota del producto en la cabeza y durante 45 días –plazo durante el cual, si existiese algún pequeño sangrado en el orificio de la oreja, este secaría- el problema está cubierto.

Me parece que no es conveniente modificar plazos y tiempos por un detalle que considero menor. Ahora bien, si se trata de un establecimiento que trabaja desprolijamente, las bicheras no sólo van a salir por las orejas, sino por los pinchazos, por entremedio de las tablas, de las púas de las picanas.

No obstante, tomo en cuenta el planteo y lo haremos llegar al Ministerio,  pero repito que, como productor, he trabajado permanentemente en verano, ya sea en el caravaneo, en relación a la aftosa, etcétera y nunca he tenido problemas. Me parece que es un problema de prolijidad en el trabajo.

SEÑOR LAPAZ.- Quiero aclarar que fue la Asociación Rural de Soriano, a través de su  Presidente, quien me trasmitió esta inquietud.

SEÑOR PRESIDENTE.- Entonces, se la comunicaremos al Ministerio como una inquietud de la Asociación Rural de Soriano. Quería volcar esa opinión, porque me parece que, por diferentes razones sanitarias, no es conveniente que  modifiquemos una fecha por un manejo que se puede corregir,  ya que estaríamos afectando todo un sistema de trazabilidad que se está implementando. Creo que deberíamos evaluar esto conjuntamente con el Ministerio.

                En definitiva, reitero, que trasladaremos dicha inquietud al Ministerio cuando se haga presente.

SEÑOR GALLINAL.- Creo que Secretaría debería armarnos un proyecto completo, porque tenemos distintas partes; por ejemplo, me estoy manejando con el proyecto viejo y con los nuevos artículos, pero no tengo la iniciativa completa. Entonces, me parece que podemos realizar esa tarea antes de que venga el Ministro.

SEÑOR PRESIDENTE.- Está el artículo que el señor Senador Gallinal presentó, el artículo 16 que hay que corregir y el artículo 17, en el que hay que hacer una referencia nueva a la ley. 

SEÑOR GALLINAL.- Con respecto a la redacción del artículo 16, creo que deberían señalarse dos cosas.

                En primer lugar, el primer inciso del artículo dice: “El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas dispondrá los mecanismos de financiación pertinentes, para atender los siguientes gastos”. Creo que sería conveniente cambiar la palabra “atender” por “asumir”, para que quede claro que es de cuenta del Poder Ejecutivo, porque en el texto no figura Rentas Generales ni el origen de los fondos aunque, probablemente, sea Rentas Generales. Digo esto, porque el inciso final de esta norma traslada al sector privado los demás gastos y, además, aclara cuáles son. De cualquier manera, creo que debemos estudiarlo un poco más pero, en principio, no visualizo mayores problemas; considero que alguna parte del costo tienen que asumir.

                En segundo término, me parece pertinente poner fecha a este artículo; por ejemplo, podría decir: a partir de la vigencia de la presente ley hasta el 1º de enero de 2010. Y, después, en función de la experiencia que se adquiera con la trazabilidad –que, obviamente, va a ser muy rica-, existirá otra ley que se encargará de definir lo que corresponda, ya que no creo que la financiación deba tener estas características para siempre. En algún momento, habrá que involucrar a otros sectores y asumir mayor parte de la financiación.

SEÑORA TOPOLANSKY.- Deberíamos vincularlo con el artículo que habla de la segunda etapa.

SEÑOR GALLINAL.- Por lo menos, creo que deberíamos ponerle vigencia.

SEÑORA TOPOLANSKY.- El artículo que habla de la segunda etapa menciona la fecha del 1º de abril de 2010. Por lo menos, creo que deberíamos vincularlo con eso.

SEÑOR GALLINAL.- Ya quedaría vinculado.

                Además, no necesariamente van a ser los productores los que se hagan cargo en forma exclusiva de los gastos referidos en el inciso final. Esto también tenemos que analizarlo después ya que, quizás, puedan entrar otros sectores, como por ejemplo, los frigoríficos. Por lo menos, señalo un sector que, a mi juicio, tendría que estar participando. Creo que la cadena cárnica debería imaginar un sistema de financiación.

                Entonces, estas son las dos ideas que quiero trasladar  a los demás Senadores. El inciso primero del artículo 16 quedaría redactado de la siguiente manera: “El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas dispondrá los mecanismos de financiación pertinentes, para asumir los siguientes gastos”, etcétera. Y después, en cuanto al tema de la fecha, podría decirse: “El presente sistema de financiación tendrá vigencia a partir de la promulgación de la presente ley hasta el 1º de enero del año 2010". En ese ínterin se definirá una nueva financiación que puede ir para cualquier lado: que después de esa fecha esto sea financiado por el Estado, por los particulares, etcétera. En realidad, esto lo va a decir la experiencia.

SEÑORA TOPOLANSKY.- Estaría de acuerdo con que se dijera “a partir del 1º de abril” para que coincidiera con la segunda etapa. La primera puede ir financiada de un modo y la segunda, de otra manera.

SEÑOR GALLINAL.- Está correcto

SEÑORA TOPOLANSKY.-  ¿Sería un inciso más?

SEÑOR GALLINAL.- Sería el inciso final: “La financiación que se dispone por el presente artículo tendrá vigencia a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente ley hasta el 1º de abril del año 2010”. En realidad, sería la fecha que se utilice en el otro artículo.

SEÑORA TOPOLANSKY.-  Creo que se utiliza el 1º de abril.

SEÑOR GALLINAL.- Lo que ocurre es que la fecha del 1º de abril de 2010, si no me equivoco, es la que utiliza la Comunidad para determinar la obligatoriedad.

SEÑORA TOPOLANSKY.- Por ese motivo me parece bueno que se dijera que la primera etapa estará financiada de una manera y la segunda, de otra.

SEÑOR GALLINAL.- Está correcto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Nos estaría faltando la redacción del artículo 16, porque los artículos 11 y 12 ya están aprobados. Esperaríamos la comparecencia de las autoridades del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca para saber si tienen algún planteo que realizar sobre otro artículo.

SEÑORA TOPOLANSKY.- ¿La redacción del artículo 11 está en estos papeles que se nos ha entregado?

SEÑOR GALLINAL.- No la tengo.

SEÑOR PRESIDENTE.- El proyecto de ley está hecho y ahora está lo que aprobamos.

SEÑORA SECRETARIA.- Estos papeles los acaba de entregar el señor Presidente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tienen que ver con los artículos 11, 12 y 16, que han llegado del Ministerio.

SEÑORA TOPOLANSKY.-  ¿Lo que plantea el señor Senador Gallinal está incluido?

SEÑORA SECRETARIA.- No, porque no estaba incorporado.

SEÑOR PRESIDENTE.- Podríamos avanzar en los artículos 10 y 15, sobre los que el señor Senador Gallinal ha propuesto una redacción y si estamos de acuerdo se incorporaría.

SEÑORA TOPOLANSKY.- ¿El artículo 10 está aprobado?

SEÑOR PRESIDENTE.- El artículo 10 estaba aprobado. Ahora el señor Senador Gallinal hace una corrección de la redacción que habría que incorporar al texto.

SEÑORA TOPOLANSKY.-  ¿Es el que empieza diciendo “El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”?

SEÑOR PRESIDENTE.- Así es y acá tenemos la copia de la nueva redacción propuesta por el señor Senador Gallinal.

                Léase.

                (Se lee:)

“El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a través de la autoridad competente, determinará todos los eventos, ya se trate de movimientos, ventas, transacciones con o sin cambio de propiedad, de animales identificados y registrados, que los administrados deberán obligatoriamente comunicar al Registro Animal, en la forma y condiciones que establezca la reglamentación respectiva.

                A partir de la entrada en vigencia del Sistema de Información y Registro Animal que se crea, queda prohibido todo movimiento, venta o transacción de cualquier naturaleza, con o sin cambio de propiedad, de los animales bovinos especificados en los artículos 4º y 5º de la presente ley, que no hayan sido debidamente identificados e ingresados al mismo.

                El incumplimiento de la obligación impuesta en el inciso precedente, determinará para el obligado la aplicación de las sanciones establecidas en el artículo 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. Asimismo, la autoridad competente podrá disponer el comiso definitivo y sacrificio inmediato de los animales en infracción, en frigoríficos no habilitados para la exportación, cuando la gravedad de la misma lo amerite”.

-                                  Léase el artículo 15.

-                                  (Se lee:)

                “Artículo 15.- El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca  podrá intervenir en la compra, venta y distribución de insumos y equipamientos necesarios para la operación del Sistema de Información y Registro Animal, de acuerdo a las normas de Contabilidad y Administración Financiera.

                Asimismo, procederá a la creación de un registro de interesados para la prestación de los servicios de operación, fabricación, distribución y venta de insumos y equipamientos que se requieran para la implementación del sistema que se crea por la presente ley, los que podrán desarrollar dicha actividad en caso de estar debidamente acreditados y cumplir con los requisitos y condiciones que se definan por la autoridad competente.

                El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca podrá disponer la suspensión preventiva o eliminación del Registro y la consecuente prohibición del ejercicio de las actividades definidas en el inciso anterior, de aquellos agentes que incumplan con los requisitos y condiciones exigidas en la reglamentación, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones establecidas en el artículo 285 de la ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996”.

                -En consideración.

                Debemos aclarar que, al juntar los artículos 11 y 12, esta disposición pasará a tener el número 14.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

                (Se vota:)

                5 en 5. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                Léase el artículo 11, con la nueva redacción venida del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

                (Se lee:)

                “Artículo 11.-  Los animales trazados no podrán egresar del Registro Animal, durante toda su vida.

                Es responsabilidad del propietario o tenedor, comunicar a la autoridad competente la pérdida, sustracción, mal funcionamiento o deterioro de los dispositivos de identificación individual en el tiempo y forma que establezca la reglamentación.

                La autoridad competente determinará técnicamente, los casos en que los animales explicitados precedentemente, puedan conservar la condición de trazados.

                El propietario o tenedor que incumpliera la obligación de comunicar de acuerdo a lo establecido en el presente artículo, será pasible de las sanciones correspondientes.

                En caso de pérdida de ambos identificadores oficiales, el animal perderá su condición de trazado.

                A estos efectos la autoridad competente autorizará los dispositivos de identificación individual, de acuerdo a las condiciones y requisitos que establecerá a tales efectos. Los mismos serán únicos, irrepetibles e inviolables y no podrán ser reutilizados en otro animal”.

                En consideración.

Prácticamente, aquí se mantiene la misma redacción, que fue unificada en un solo artículo.

SEÑOR GALLINAL.- De acuerdo con lo que expresa esta norma, se puede perder la calidad de trazado, pero no por eso se sale del Registro.

SEÑOR PRESIDENTE.- Así es, señor Senador.

                Es más, el artículo 8º también hace referencia a la condición del trazado y nos remite al carácter obligatorio que surge del artículo 4º del presente proyecto de ley. Por su parte, el artículo 9º refiere a los animales que están comprendidos en el sistema que actualmente se está efectuando en forma voluntaria. Concretamente, el artículo dice: “Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, los animales de todas las categorías que se encuentren por cualquier circunstancia, identificados y registrados en el sistema de trazabilidad de carácter voluntario llevado por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, no podrán egresar de dicho sistema.” Esto significa que, a pesar que los animales pierden la calidad de trazado por la falta de caravanas, no salen del Registro. Esa es la idea.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 11.

                (Se vota:)

                5 en 5. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                Léase el artículo 18, que ahora pasa a ser 17.

                (Se lee:)

                “Artículo 17.- En caso de infracciones a las disposiciones contenidas en la presente ley, no sancionadas especialmente, será de aplicación lo dispuesto por los artículos 262 y 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996”.

                En consideración.

SEÑOR LAPAZ.- Ahora se propone una variante para esta norma.

SEÑORA SECRETARIA.- Quería aclarar que aquí está mal hecha la cita, pues donde dice “262”, debería decirse “144 de la Ley Nº 13.835, en la redacción dada por el artículo 262 de la Ley Nº 16.736.”

SEÑOR LAPAZ.- Entonces, la redacción quedaría de la siguiente manera: “Artículo 17.- En caso de infracciones a las disposiciones contenidas en la presente ley, no sancionadas especialmente, será de aplicación lo dispuesto por el artículo 144 de la Ley Nº 13.835, de 7 de enero de 1970, en la redacción dada por los artículos 262 y 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996”.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no hay ningún inconveniente, se va a votar con esa redacción.

                (Se vota:)

5 en 5. Afirmativa. UNANIMIDAD.

SEÑOR GALLINAL.- El nuevo inciso final del artículo 16 diría: “El financiamiento del sistema que se dispone por este artículo regirá a partir de la vigencia de la presente ley, hasta el 1º de abril de 2010”.

                En el inciso primero, donde dice “para atender los siguientes gastos” debería decir “para asumir los siguientes gastos”.

                La única duda que me queda es la siguiente. Con respecto a los lectores de elementos informáticos dice que “serán de cargo de los usuarios (o particulares)”. No podemos poner “o”; tenemos que adjudicarle ese gasto a alguien. No sé si el término que corresponde es “usuarios”.

SEÑORA TOPOLANSKY.- Estoy interpretando, pero creo que el lector puede ser una empresa que se dedique a ese tema, el propio productor o un escritorio rural.

SEÑOR GALLINAL.- Quizás el propio Ministerio les presta el servicio. Estamos tratando de determinar quién se hace cargo. El término podría ser “usuarios”, “propietarios”, “particulares”, etc.

SEÑOR LAPAZ.- Actualmente, en el plan piloto los frigoríficos están concurriendo con lectores a costo de ellos mismos. Los propios frigoríficos se están haciendo cargo de los honorarios de los lectores en la mayoría de los casos.

SEÑOR DA ROSA.- Podría decirse “interesados”. El término es muy genérico, pero se supone que quien tendría que aportar es el que concretamente tiene un interés generado en el negocio.

SEÑOR GALLINAL.- No le estamos adjudicando el gasto a nadie en particular, pero no es del Estado. Tampoco lo limitamos diciendo que es de parte de los propietarios.

SEÑORA TOPOLANSKY.- Tenemos que dejar bien claro que no es del Estado.

SEÑOR GALLINAL.- Creo que “particulares” es el término adecuado.

SEÑOR PRESIDENTE.- Entonces, en vez de la palabra “usuarios” deberá figurar “a cargo de los particulares” y no del Estado.

SEÑOR LAPAZ.- Entonces quedaría “de los particulares”.

SEÑOR PRESIDENTE.-  Antes de recibir al señor Subsecretario quisiera hacer una acotación.

                En el artículo 13 que lo habíamos aprobado y que hoy figura como 12  dice: “La trazabilidad individual dispuesta por la presente ley, no obsta al cumplimiento de las normas relativas al sistema de marcas y señales y guías de propiedad y tránsito de animales, correspondientes al sistema de identificación de la propiedad vigente.”, quería señalar que hoy  la propiedad vigente no es trazabilidad, sino que es identificación grupal.  Entonces, habría que hacer una corrección y donde dice “trazabilidad” lo sustituiríamos por “identificación grupal vigente”.

                (Ingresan a Sala el señor Subsecretario de Ganadería, Agricultura y Pesca y sus asesores)

                La Comisión de  Ganadería, Agricultura y Pesca tiene el gusto de recibir al señor Subsecretario y a sus asesores para, si el tiempo así lo amerita, poder culminar nuestro trabajo. Quiero señalar que antes de recibir al señor Subsecretario estuvimos trabajando en el proyecto de ley a efectos de culminar su análisis con algunos intercambios realizados por algunos señores Senadores. Según tengo entendido, esa información llegó al Ministerio, así como también incluimos algunos cambios que la propia Cartera realizó.  En el día de hoy estuvimos corrigiendo y aprobando el artículo correspondiente al financiamiento.

                Creo que hemos avanzado bastante en el análisis de esta iniciativa y hoy sería una buena oportunidad para  culminar su estudio y trasladarlo al Plenario  la semana que viene.

                Es de nuestro conocimiento que el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca quería hacer  algunas  modificaciones –adelanto que de algunas ya tomamos notas e hicimos las correcciones del caso-, por lo tanto, le damos la palabra al señor Subsecretario para que haga las explicaciones del caso.

SEÑOR SUBSECRETARIO.- En primer lugar quiero dar las gracias por recibirnos.

                Quería señalar que nos satisface mucho la forma como hemos trabajado. Hemos tratado de hacer nuestro aporte al trabajo que los señores Senadores están realizando en esta etapa. En la última sesión a la que concurrimos, surgieron consideraciones, ideas, propuestas y hasta formas de expresar en la redacción que, incluso, nos llevó a redactar algún artículo nuevamente. En otros casos, como consecuencia de la discusión que mantuvimos en este ámbito y revisando el texto de la ley, llegamos a la conclusión de que era conveniente modificar en algo algún término. Tenemos claro que el proyecto de ley está en el Senado y si hacemos sugerencias son simplemente eso y las vamos a fundamentar para que los señores Senadores sepan por qué las presentamos.

                Derivado de lo que discutimos la sesión pasada, también vamos a proponer cambiar lo que figura como nombre de la ley, aunque éstas luego no tienen nombre, sino algo simbólico con lo que se las identifica. De todos modos, es importante que lo que  identifique la ley tenga que ver con sus contenidos.

                Hacemos esta pequeña introducción a los efectos de clarificar. Dos de los aspectos que traemos son más de fondo, de redacción y habíamos quedado en hacerlo. A su vez, hay algunas propuestas relativas a pequeños retoques que se producen por cambios que hicieron ustedes y que entendemos que son útiles.

                Si la Comisión está de acuerdo, nosotros podríamos ir exponiendo, artículo por artículo, lo que entendemos conveniente para la ley. Alguno de estos artículos fueron aprobados por la Comisión, por lo que es materia suya decidir qué hace con las sugerencias que nosotros realizamos.  Queremos recalcar que las sugerencias que hacemos se derivan de lo discutido en esta Comisión.

                Si ese fuera el método, le daríamos la palabra al doctor Guerrero.

SEÑOR PRESIDENTE.- Antes de comenzar, la Presidencia quería aclarar que el proyecto de ley fue aprobado en general y que la mayoría de su articulado está aprobado. De todas formas si los miembros de la Comisión entienden, tomando las sugerencias del Ministerio, que algún artículo se puede modificar, lo votaríamos nuevamente.

SEÑOR GUERRERO.- Trajimos dos proyectos que se los haremos llegar. Uno deriva de las conversaciones que mantuvimos con los señores Senadores. Sería el proyecto nuestro con alguna sugerencia de los señores Senadores. En el otro, si bien no se cambia la esencia del proyecto, se utiliza cierta terminología que sugirieron nuestros técnicos y que nos pareció conveniente. Vamos a hacerle entrega de una copia de cada proyecto para que ustedes los consideren. No sé cuál es el proyecto que ahora están manejando los señores Senadores.

                Como decía el ingeniero Agazzi, el nombre a proponer sería: “Proyecto de ley sobre identificación y registro para la trazabilidad de los alimentos de origen animal”.

SEÑOR SUBSECRETARIO.- Quisiera hacer, al comienzo, una precisión para no realizarla más. Se le llama trazabilidad al proceso de identificación pero, en realidad, la trazabilidad es del producto cárnico último, que se deriva de todo el proceso productivo. El proceso productivo tiene una serie de registros que conducen a la trazabilidad del producto y por eso este proyecto de ley regula  el registro, para la trazabilidad de los alimentos.  Queríamos hacer esa precisión, que es conceptual y  a ella se debe el cambio de nombre. De todos modos, debo decir que normalmente se habla de “trazabilidad” de los animales, pero estos no se trazan. En realidad, “trazability” es el nombre de un procedimiento para identificar toda la obtención del producto final.

SEÑOR GALLINAL.- Lo que veo es que de las disposiciones de la ley surge el registro de los animales, cuya trazabilidad puede implementarse también, pero no están destinados a la alimentación. Si se está creando un registro animal, se supone que ello va a hacerse abarcando todas las especies –con excepción de los que estamos aquí presentes que ya tenemos un registro propio, con la cédula de identidad y la credencial cívica- pero, por ejemplo, el  caballo, en algunos casos podrá tener un fin de consumo y en otros, no. Imagino que  existe alguna otra especie con la que suceda lo mismo. Me da la impresión de que el fin del registro no se agota  en lo que tiene que ver con la alimentación aunque, evidentemente, en este caso es el objetivo fundamental de la trazabilidad y, en función de ella es que se lleva adelante.

SEÑOR SUBSECRETARIO.-  Para tener la trazabilidad de los productos, hay que registrar los animales y todo el proceso animal, pero el registro sirve también para otras cosas. En definitiva, es condición suficiente para la trazabilidad, pero su utilidad no se agota allí; las políticas sanitarias también están implicadas y hasta tiene que ver con la información que se recaba en el país. En tal sentido, estamos implementando una base de datos para unirla con Catastro, de modo de contar con una fotografía instantánea de los movimientos de animales. Esa información es fundamental para definir las políticas sanitarias. En consecuencia, para tener una trazabilidad correcta hay que tener identificados a los animales, pero esta identificación, reitero, sirve para otros fines y, en la medida en que se desarrolle la tecnología, va a aportar cada vez más utilidades.

                En consecuencia, por ahora este proyecto de ley tiende al registro con el objetivo de la trazabilidad, pero el mismo no es exclusivo. Podrían plantearse  otros fines y, de hecho, ya los tenemos proyectados, pero ellos son objeto de políticas específicas que llevamos adelante en el Ministerio, que están reguladas por decretos y otras normas. En este momento nos pareció que lo importante era tener un producto final con toda la información que le dé calidad y valor agregado al producto.

SEÑOR GUERRERO.-  El artículo 1º expresa: “Declárase de interés nacional la trazabilidad individual” y, con el sentido que se ha expuesto anteriormente, propusimos un texto que diga: “Declárase de interés nacional el sistema de identificación y registro animal para construir la trazabilidad de los alimentos de origen animal en el territorio nacional”. Aclaramos de esa manera el concepto, expresando mejor qué es lo que se declara de interés nacional.

SEÑOR LAPAZ.- Sugiero que se reparta ahora el texto propuesto, así podemos ir analizándolo, artículo por artículo, entre todos.

SEÑOR PRESIDENTE.-  De esa manera ya  podríamos aprobarlo con el texto definitivo.

SEÑOR GUERRERO.-  También tenemos el texto del financiamiento.

SEÑOR PRESIDENTE.-  En ese aspecto hicimos algunas correcciones.

SEÑOR GUERRERO.-  En ese caso, podemos dejarlo para el final.

SEÑOR LAPAZ.- ¿Qué diferencia hay entre poner “alimentos de origen animal” o “productos de origen animal”. ¿No sería más amplio este último?

SEÑOR SUBSECRETARIO.-  No existe una diferencia conceptual importante. En realidad, todos estos procedimientos que exigen mayor información del producto derivan del concepto de inocuidad alimentaria. La presión no viene de la industria; una fábrica textil nunca exige un proceso de trazabilidad en la fibra aunque, quizás, algún día lo haga.

                En realidad, esto está muy ligado a lo alimentario porque, como es sabido, hoy nosotros tenemos en nuestro cuerpo 200 moléculas distintas que hace un siglo no poseíamos. Eso es porque ingerimos e incorporamos a nuestro organismo cosas que antes no existían. Entonces, hay mucha preocupación y sensibilidad por lo alimentario.  En general, no hay exigencias de trazabilidad con otros productos, pero esto es algo muy sensible en la sociedad de comienzos del Siglo XXI.

                Nosotros tuvimos la idea -precisamente, somos exportadores de alimentos- de incluir esto, que está muy vinculado a las exigencias de los mercados y a las inspecciones que nos hacen las autoridades comunitarias de los países del Primer Mundo. Quizás nos traicionó el hecho de referirlo a los “alimentos”, porque es lo que nos están demandando, pero al hacer referencia a “productos”, como se trata de un concepto más amplio, se incluyen todos los alimentos y los que no lo son. 

SEÑOR GUERRERO.-  En síntesis, sugerimos que en el artículo 1º se exprese: “Declárase de interés nacional, el sistema de identificación y registro animal, para construir la trazabilidad de los alimentos de origen animal en el territorio nacional.”

SEÑOR LAPAZ.-  Quizás no habría inconveniente en hacer referencia a “productos” en lugar de a “alimentos”. 

SEÑOR GUERRERO.-  Sí, podría hablarse de “productos” en lugar de “alimentos”.

                En lo que hace al segundo inciso, en el proyecto original se hablaba de “trazabilidad individual”, pero nosotros sugerimos que se incluya la expresión “del ganado bovino” a continuación.  Si bien esta ley es más genérica y alude a todas las especies animales, en realidad, de aquí en adelante la norma hace referencia al ganado bovino en forma individual, sin perjuicio de que luego otorga la facultad al Poder Ejecutivo de trazar otras especies animales.

                También hicimos otra observación con respecto a este artículo 1º.  Faltaba el artículo “el” antes de “ingreso de un animal”, por lo que la norma diría: “el proceso por el cual, mediante la aplicación de dispositivos de identificación individual con código nacional, el ingreso de un animal”, etcétera  Creemos que se trata de un error de imprenta, nada más. 

SEÑOR GALLINAL.-  Mediante las disposiciones del proyecto de ley se crea un registro animal, pero en ningún momento se establece, precisamente, su creación.  Quizás eso lo podríamos incluir aquí mismo, en el primer inciso.

SEÑOR GUERRERO.- El primer inciso dice: “Declárase de interés nacional, el sistema de identificación y registro animal, para construir la trazabilidad de los alimentos de origen animal en el territorio nacional.”

SEÑOR GALLINAL.-  A continuación de “territorio nacional”, agregaría una coma e incluiría la siguiente expresión: “registro que se crea por la presente ley y cuya administración se comete al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.” De esta forma, ya estaríamos creando el propio registro. 

SEÑOR SUBSECRETARIO.-  Según nuestros asesores jurídicos, no se precisa una ley para que el registro sea creado. El tema tiene tal jerarquía que mediante una resolución ministerial se lo puede crear y, sabiendo que contábamos con la opinión favorable de todos los Partidos políticos, lo empezamos a construir. 

SEÑOR GALLINAL.-  Quizás salvamos el tema si creamos el registro a través del artículo 1º. 

SEÑOR GUERRERO.-  Luego, en el artículo 3º se hace referencia a esto cuando señala que el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca “será la Autoridad Competente para la operación, ejecución, administración y control del Sistema de Información y Registro Animal”, etcétera.

SEÑOR SUBSECRETARIO.-  A fin de cerrar conceptualmente el tema, señalamos que no tenemos ningún inconveniente en que a través de la ley se cite o se decida crear el Registro. En realidad, nos da respaldo para crearlo.

SEÑOR PRESIDENTE.- Bien, ya queda ese artículo armado con la nueva redacción.

Pasamos al artículo 2º.

SEÑOR GUERRERO.- En este artículo, la única modificación que hacemos es la siguiente. En el segundo inciso, donde dice: “Facúltase al Poder Ejecutivo a propuesta del MGAP, a la implantación de la trazabilidad”, eliminamos el término “individual”. De esa manera,  facultamos al Poder Ejecutivo a la trazabilidad. Esto se relaciona con un problema técnico e, incluso, según tengo entendido, había una sugerencia del Senado al respecto. De cualquier modo, se me ocurre que tal vez algún técnico pueda explicar mejor la razón por la que eliminamos la referencia a la trazabilidad individual.

SEÑOR GARIN.- La razón principal es que la trazabilidad es de naturaleza individual al momento de hoy para el ganado bovino, pero como después hay un apartado que faculta a aplicarla a otras especies, en éstas la trazabilidad no necesariamente tendrá que ser individual del animal, por decirlo así. Por ejemplo, en el caso de una colmena, no vamos a tener identificación individual de cada abeja, sino de la colmena. Hay también otros rubros de producción de alimentos de origen animal con respecto a los cuales es más idóneo plantearse la trazabilidad por grupos.  Entonces, eliminamos la palabra “individual” para evitar la imposición de restricciones innecesarias.

SEÑOR PRESIDENTE.- Entonces, el segundo inciso del artículo 2º quedaría redactado de la siguiente manera: “Facúltase al Poder Ejecutivo a propuesta del MGAP, a la implantación de la trazabilidad de otras especies animales, cuando las condiciones sanitarias y comerciales lo requieran.”

SEÑOR GUERRERO.- Quisiera hacer una precisión relacionada con la utilización de la expresión “y/o”, con respecto a lo cual ya habíamos conversado días pasados. Se me ha comentado que en la práctica legislativa no se utiliza la expresión “y/o”; personalmente lo entiendo, pero pienso que debemos ponernos de acuerdo en cuanto a que, al final del inciso, donde dice “condiciones sanitarias y comerciales”, en realidad debería decirse “condiciones sanitarias o comerciales”.  “Y” implica concomitantemente, es decir, debe haber condiciones sanitarias y comerciales, pero si en lugar de “y”, colocamos “o”,  con cualquiera de las dos condiciones ya sería suficiente. En lo personal, creo que sería mejor decir “y/o”, pero no quiero que después los catedráticos se enojen conmigo y por eso sugerimos hablar de “condiciones sanitarias o comerciales”.

                Con respecto al artículo 3º, no tenemos nada que decir, pues consideramos que está bien.

                En el artículo 4º, al comienzo de su último inciso, también aparece la expresión “y/o”, por lo que sugerimos que se modifique y se diga “o”.

                Los señores Senadores recordarán que la última vez que vinimos, habíamos hablado de la fecha 1º de setiembre y en el proyecto se decía: “El Poder Ejecutivo, cuando las condiciones sanitarias o comerciales lo requieran, podrá modificar la fecha que establece el carácter obligatorio a partir del 1 de setiembre de 2006.” A su vez, ahora agregamos: “Asimismo podrá disminuir el período de seis meses de vida a que hace alusión la parte final del primer inciso del presente artículo”. Esto permite que el Poder Ejecutivo tenga la facultad de mover esa fecha teniendo en cuenta también lo que se dice en el mismo artículo: “desde su nacimiento y con anterioridad a los seis meses de vida”. Es decir, por razones comerciales o sanitarias, el Poder Ejecutivo también puede modificar esa fecha y la edad del ganado bovino.

SEÑOR BARAIBAR.- Simplemente quiero hacer una disquisición semántica. ¿Es necesario que se cumplan las dos condiciones?

SEÑOR GUERRERO.- No, señor Senador, sólo una de las dos, por eso decimos “o”, porque si dejáramos “y” tendrían que ser ambas condiciones.

SEÑOR SUBSECRETARIO.- También puede ser por las dos.

SEÑOR BARAIBAR.- Correcto, pero se debe cumplir una de las dos condiciones, necesariamente.

SEÑOR SUBSECRETARIO.- Por eso decía –es tan solitaria mi teoría que la sostengo sólo yo- que se podría utilizar “y/o”, pero después se enoja el señor Senador Korzeniak. En realidad debería decirse: “sanitarias, comerciales o ambas”. Pero poniendo “o” está bien.

SEÑOR LAPAZ.- Antes de que se hiciera presente la delegación del Ministerio -que nos honra con su visita-, trasmitíamos alguna inquietud que conocimos luego de consultas efectuadas en el interior del país. Por ejemplo, la Asociación Rural de Soriano, a través de su Presidente, nos hacía ver que pueden ser riesgosos los nacimientos que se produzcan a partir del 1º de agosto, debido al tema de la mosca que colocaría en peligro la salud de los animales si esta tarea se realiza en verano, por lo que, de acuerdo con la experiencia de ellos, sería mejor que se cumpliera en invierno. Esto surgió, reitero, a través de una conversación que mantuvimos con ellos y que trasladamos al seno de esta Comisión para que ustedes, los entendidos, puedan considerar.

SEÑOR PRESIDENTE.-  Es cierto que estuvimos comentando este tema y se refiere al caravaneado. He dejado constancia en la versión taquigráfica de que el caravaneado no produce grande sangrado ni bichera y que hay productos fitosanitarios de muy bajo costo, de los que se puede colocar una gota en la cabeza del animal, lo que permitiría realizar un trabajo muy prolijo. Por lo tanto, tal vez no sea necesario aplazar la fecha de un trabajo que apunta a algo más importante cuando se trata de una tarea de manejo muy sencillo en el establecimiento, como lo es el caravaneado, que en definitiva no afecta en gran medida. Es un tema que estuvimos conversando con el señor Senador Lapaz y por eso queríamos hacer referencia al mismo en esta instancia.

SEÑOR MUZZIO.- Creo que hay una cuestión excluyente en el planteo que hace la Asociación Rural de Soriano, comprendiendo que hay un cierto riesgo de que se produzca una miasis, pero que se puede prevenir teniendo los cuidados del caso y utilizando los productos preventivos. Lo que no puede variar es que la estación del año está acotada por el mismo ciclo biológico; los nacimientos se dan en una época determinada y la identificación del animal debe llevarse a cabo antes de su movilización. Quiere decir que no se puede tener otra fecha que nos pudiera dar la certeza de tener menos riesgo, porque se perdería la oportunidad de identificar antes de la movilización. Diría que esto tiene más que ver con la educación sanitaria y que, cuando se realicen las demostraciones, se debe insistir un poco más en los cuidados que hay que tener.

SEÑOR PRESIDENTE.-  Acordamos, entonces, que a la redacción se le incorporó el vocablo “o”.

                Podemos continuar con el articulado.

SEÑOR GUERRERO.- Muy bien, señor Presidente.

                En el artículo 5º no habría inconvenientes, así como tampoco en el artículo 6º.

                En cuanto al artículo 7º, debo decir que recibí una propuesta del Senado para que en la parte final del segundo inciso, donde dice: “Si se comprobare la identificación o ingreso al Registro Animal de animales no nacidos dentro del territorio, sin la documentación zoosanitaria de importación, la Autoridad Competente dispondrá el comiso y sacrificio inmediato de los mismos en plantas de faena no habilitadas para exportación y con control de la Inspección Veterinaria Oficial. En este caso, las pérdidas sufridas serán de cargo del propietario o tenedor de los animales, no generando derecho a indemnización por parte del Estado.”, se quitará la última frase que refiere a la indemnización por parte del Estado. Esto lo hablamos con otros colegas del Ministerio y consideramos que, aunque esté de más y sea redundante, igual hay que ponerlo. Nuestra Cartera ha tenido muy en cuenta la cantidad de juicios contra el Estado que se llevan adelante en este país y personalmente considero que, como principio general, no debe pagar esto. Creo que al poner esta frase, “in limine” el Juez rechazaría una posible demanda contra el Estado. Por eso insisto en que no está de más incluir esta frase. Si nosotros compaginamos las normas del Derecho Comercial y del Derecho Civil vemos que siempre se puede hacer un juicio contra el Estado.

Por todo esto, reitero, nosotros recomendamos agregar esta frase para quedar a salvaguarda de esos problemas. En cierto sentido, vamos a tener menos gastos en abogados.

SEÑOR GALLINAL.-   En lo que a mi respecta, creo que la redacción adecuada es la que le dimos en la Comisión, porque el  segundo párrafo le da la facultad al Ministerio, a la autoridad competente, para disponer el comiso y el sacrificio inmediato de los animales en plantas de faena no habilitadas para exportación y con control de la Inspección Veterinaria Oficial.  A eso le agregamos: “sin perjuicio de las sanciones administrativas y acciones penales que pudieren corresponder.”, porque, por ejemplo en el caso del contrabando, puede no ser suficiente sancionar con el comiso y el sacrificio, sino que además son necesarias este tipo de sanciones. Me parece que con esto es suficiente.

 Obviamente, el  Estado en ese caso no va a responder, pero si dispone el comiso y el sacrificio de los animales y no había incumplimiento o contrabando y se habían realizado los registros correspondientes, se tiene que hacer responsable. 

Entonces, creo que con la redacción que le dimos al artículo, estamos protegiendo al Estado en forma más que suficiente. 

Por otra parte, recuerdo que habíamos eliminado “por parte del Estado” –que en la iniciativa del Ministerio viene subrayado-  porque pensábamos que también podían haber responsabilidades de un particular.  Quizás un particular quiere demandar a otro particular que fue, por ejemplo, el que le vendió el ganado. 

Por todo ello, creo que la redacción que le brindó la Comisión está bien y el Estado no tiene por qué preocuparse, salvo que haga las cosas mal en cuyo caso sí va a ser responsable, sin importar lo que diga el  artículo.  Si el Estado manda sacrificar un animal cuando no correspondía hacerlo, porque estaba bien trazado y  no había sido contrabandeado, ahí debe ser responsable.  Con esto, de ninguna manera, estamos agrandando la responsabilidad del Estado.

SEÑOR GUERRERO.- Creo que el argumento que hizo el señor Senador es justamente el contrario al realizado por el Ministerio.  Nosotros habíamos entendido que los señores Senadores querían eliminar la referencia al Estado por entender que, por principios generales, éste nunca iba a pagar.  Personalmente considero que el Estado, si hace las cosas mal, como principio general, debe pagar. Lo que ocurre es que la redacción dice “Si se comprobare la identificación o ingreso al Registro Animal de animales  no nacidos…”. De hecho, me consta que en la actualidad  hay reclamos contra el Ministerio de ganado que ha ingresado de contrabando. Creo que eso es potestad del particular. Si este es sorprendido en su buena fe, tiene que ir contra quien le vendió el ganado y no contra el Estado. Obviamente, los señores Senadores van a tener la última palabra, pero nuestra sugerencia es la que ya manifestamos.  Nos basamos en la experiencia que hay. Cuando les comentamos esto a la sección jurídica de los servicios ganaderos, pusieron el grito en el cielo por los reclamos que se podían producir contra el Estado, pero, reitero, eso lo van a decidir ustedes.

                Los artículos 8º y 9º van a quedar como están, por lo que pasamos a considerar el artículo 10 del que recibimos una nueva redacción. No recuerdo si era  la redacción original o la que elaboró el señor Senador Gallinal,  la que en el último inciso comenzaba  con la expresión: “Asimismo, la autoridad competente…” Consulto al señor Senador Gallinal a ese respecto.

SEÑOR GALLINAL.- En realidad, la única corrección que hice a ese artículo fue eliminar el paréntesis y el término “etcétera”, ninguno de los cuales es de buena técnica legislativa. Si no me equivoco, en la redacción que nos habían enviado, el paréntesis y el “etcétera” figuraban en el inciso primero del artículo.

SEÑOR GUERRERO.- Estamos de acuerdo.

                Los señores Senadores habían sugerido fusionar los artículos 11 y 12 en uno solo. Entonces, lo que hicimos fue elaborar un artículo que lleva el número 11. Por lo tanto, la ley tendrá un artículo menos.

SEÑOR PRESIDENTE.- Ya lo habíamos leído con los señores Senadores y lo aprobamos con la redacción que nos traen; de modo que no hay ningún problema.

SEÑOR GUERRERO.- En cuanto al artículo 12, se había comentado que se autoriza a los funcionarios competentes a ingresar a los predios rurales.

                Con respecto al artículo 13, no habría problemas.

                En el artículo 14 se cambió el verbo “proceder” por “intervenir”.

SEÑOR LAPAZ.- Quería aclarar que en el artículo 13 se cambió la expresión “sistema de trazabilidad” por “sistema de identificación”, porque hoy día no tiene vigencia la trazabilidad.

SEÑOR GUERRERO.- El artículo 15 vendría a ser el del financiamiento. Nuestra sugerencia es poner el 16 de la segunda etapa como 15 y luego el del financiamiento. Nos parece que desde el punto de vista legislativo es más prolijo culminar todas las etapas y después ir al financiamiento, aunque esto no hace a la cosa.

                Entonces, dejo el artículo del financiamiento para comentarlo más adelante.

                En lo que respecta al artículo 17, tenía entendido que no se había aprobado, porque no se conocía bien el contenido de estas dos disposiciones de la Ley Nº 16.736.

SEÑOR PRESIDENTE.- Los estuvimos revisando; incluso efectuamos alguna corrección en el articulado, porque se hace referencia a otro artículo, al 144.

SEÑOR LAPAZ.- Se trata de la Ley Nº 13.835.

SEÑOR PRESIDENTE.- Efectivamente, y en la nueva redacción incluimos la referencia que corresponde.

SEÑOR GUERRERO.- Con respecto al artículo del financiamiento, el señor Garín va a realizar una exposición de motivos en forma verbal, porque hay algunas variables.

SEÑOR GARIN.- Esta exposición de motivos obedece a que, siguiendo el criterio general del espíritu de la ley,  identificamos dos etapas: una primera, de avance progresivo en la implementación y, una segunda, de funcionamiento pleno del sistema. Esta última etapa sería el momento en que, teóricamente, todos los animales estarían dentro del Registro de Información Animal. A su vez, dentro de esas dos etapas existen cuatro grandes componentes, algunos de los cuales cambian la naturaleza del financiamiento.

Queda entendido que, en primera instancia, aquel componente que hace referencia a la base de datos y a la gestión de la información contenida en ella, va a ser financiado por el sector público, desde siempre. Ya lo es desde el día de hoy con el emprendimiento piloto del Sistema Nacional de Información Ganadera, en el cual toda la infraestructura de almacenamiento de información y de gestión de esa información es pública; es propiedad del Ministerio y seguiría en esas condiciones.

El segundo componente que no cambia a lo largo del tiempo o sea que no hay variaciones en las bases, refiere a la adquisición de los equipos informáticos de lectura y a todo lo que es el arrendamiento de servicios de transmisión de información. La sugerencia, como producto de la consulta pública que llevamos adelante el año pasado, es que esto sea de gestión privada desde el inicio. Por lo tanto, los dispositivos de lectura –es decir, los lectores- y la contratación de los servicios de transmisión, estarían siendo una inversión del sector privado.

                Un tercer componente es el que refiere a la capacitación, entrenamiento y adiestramiento general para la puesta en funcionamiento del sistema y consideramos que la mayor parte de dicho componente se agota en el propio proceso de implementación. Digo esto, porque una vez que se adquiera suficiente destreza e idoneidad en la gestión del sistema, después sólo quedarían algunos mecanismos mínimos de capacitación y de sensibilización para llevar adelante los procedimientos correctos. Sin embargo, hay que hacer una inversión importante en capacitación, entrenamiento y adiestramiento en los primeros años para poner a funcionar el sistema.

                Este componente se agotaría como tal en la primera fase, que es la implementación. Consideramos que esto debe ser una inversión pública para contribuir a que no haya ninguna duda de que el sistema empiece a funcionar. Por eso es que se propone que sea financiado por el sector público, en la primera fase; en la segunda fase, el componente como tal desaparece, aunque no en un 100%, porque siempre queda algún basal, desde la gestión de la información, en reforzar procedimientos de calidad de gestión -en los procesos de captura y transmisión-, pero esto va a ser injerencia de alguno de los cometidos secundarios de la propia gestión de la información.

                Por último, tenemos el aspecto que refiere al tema de la adquisición de los identificadores, que quizás sea el más importante en términos económicos. A este respecto, la propuesta que nosotros manejamos es que los identificadores sean financiados, en la primera etapa por el sector público y, en la segunda, pasen a serlo por el sector privado. El principal fundamento de esto es que consideramos que hay una primera etapa, que podríamos llamar de inversión social, para que el sistema empiece a funcionar. A partir de la segunda etapa, al estar todos los animales ingresados y no sólo esto, sino también al empezar el comercio de la carne bovina a tener trazabilidad plena, esta inversión comenzará a tener su devolución de las utilidades que genera tener, precisamente, la trazabilidad funcionando.

Por tanto, después de poner a la cadena en su conjunto en un sitial de mejor competitividad, parece razonable que a partir de ese momento, en virtud de la propia mejora de la competitividad y de la rentabilidad de esa actividad, se empleen las utilidades reinvirtiendo en el financiamiento de los identificadores porque, repito,  ya la cadena como tal está en un sitial de competitividad más elevado.

Entonces, la sugerencia era considerar que en la segunda etapa el sector privado ya comience a financiar, incluso, los identificadores.

Todo esto estaría dando cuatro componentes en la primera etapa, tres de ellos financiados por el sector público, que son capacitación, identificadores y base de datos, y el cuarto -me refiero a la adquisición de los dispositivos de lectura y de transmisión- financiado por el sector privado.

 En una segunda etapa habría tres componentes: los identificadores y los lectores, a cargo de la inversión privada y la gestión de la base de datos, a cargo de la  inversión pública. 

SEÑOR GALLINAL.- Nosotros habíamos razonado en términos similares antes de que llegaran nuestros invitados y la única diferencia que hay entre lo que propone el Ministerio y lo que planteamos está en que nosotros incluiríamos un último inciso que determinaría que el financiamiento que se establece por este artículo regiría desde la aplicación de la ley hasta el 1º de abril de 2010. Entonces, dejaríamos ese lapso que va hasta el 1º de abril de 2010 para valorar la experiencia que se pudiera recoger de la aplicación del sistema y luego se aprobaría una nueva ley que estableciera una forma definitiva de financiación. Pensamos que, después, la experiencia va a ayudar muchísimo para seguir caminando. No le trasladaríamos al Ministerio ni al Estado la obligación permanente de financiar todo lo que financia en esta primera etapa, sino que, precisamente, la tomamos como una primera etapa, como una experiencia que va a llevar estos cuatro años. Y, en ese lapso, el Ministerio se encargaría de proponerle al Parlamento una nueva ley, en materia de financiación del sistema, a la luz de la experiencia, que entraría a regir a partir del 1º de abril de 2010, es decir, la fecha que ustedes decidieron como una segunda etapa. 

                También hicimos otros pequeños cambios. El inciso primero dice: “dispondrá los mecanismos de financiación pertinentes para atender los siguientes gastos” y, nosotros, propusimos cambiar la palabra “atender” por “asumir”, para que quede claro que los asume el Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a Rentas Generales o al rubro que dicha Cartera estime pertinente. El inciso tercero dice: “La inversión en infraestructura relativa a lectores y  equipamientos informáticos, tales como conexión a la red informática para lectura y transmisión de datos, serán de cargo de los usuarios (o particulares).” Nosotros proponemos que el final del inciso diga: serán de cargo de los particulares, sin mayor definición. No pondríamos que será de cargo de los propietarios de los animales, ni de los tenedores, como forma de que el propio sector privado se encargue de buscar –si lo cree conveniente- una financiación que será de cargo de los propietarios, de la industria o de las plantas frigoríficas. Considero que habría que eliminar el último renglón del artículo que es el que dice: “Asimismo, serán de cargo de éstos, los dispositivos de identificación, a partir del comienzo de la segunda etapa a que refiere el artículo 15 de la presente ley.” En su lugar, nosotros propondríamos incluir: “El financiamiento del sistema que se dispone por este artículo, regirá a partir de la vigencia de la presente ley hasta el 1º de abril de 2010.”

                Estas son, señor Presidente, las ideas que nosotros hemos manejado.

SEÑOR SUBSECRETARIO.- En términos generales, nosotros estamos de acuerdo con el hecho de que, comenzando con esto, abrimos una puerta a un proceso de aprendizaje. Además, creo que no es buena cosa especular mucho sobre el futuro; es más, preferimos ir aprendiendo. Sabemos de muchos países que empezaron el proceso de trazabilidad y después tuvieron que hacer cambios, porque son cosas muy complejas.

                Habíamos pensado en diferenciar lo que es la instalación del proceso a cómo vemos que funcione cuando está instalado. Nos parecía que esto era una señal adecuada para todo el mundo, para el Estado y para los privados.

                No tenemos ningún problema conceptual en aceptar un período de cuatro años de aprendizaje a partir del cual mediríamos cómo van las cosas y trazaríamos otras. Reitero que no tenemos ningún problema conceptual; en realidad, una ley se puede cambiar por otra, en cualquier momento. Esto nos obligaría a instalar el sistema y, después, a definir.

                Nosotros pretendíamos dejar, desde el inicio, la señal de que aquí va a haber beneficiarios de este sistema y que, como cualquier tecnología, una vez instalada y probada, esos beneficiarios se van a tener que hacer cargo de su funcionamiento. Por ejemplo, si una persona comprueba que fertilizar un cultivo le da más rendimiento y le resulta conveniente, después que está instalado, quien puso el fertilizante es el que lo paga, porque es el que va a obtener el plus.

Esto lo razonábamos de igual manera, tal como lo propone el señor Senador Gallinal  y, lo pusimos de esta forma, porque pretendíamos que quedara claro que ésta es una tecnología a incorporar. Pensamos que es buena cosa que se sepa que, cuando esté funcionando, van a ser los propios empresarios los que tomarán su decisión para que esto camine.

                Reitero, una vez más, que no nos cae mal ni nos parece inconveniente lo que propone el señor Senador Gallinal, ya que es la forma en que nosotros estábamos razonando esto.

SEÑOR GALLINAL.- Creo que la redacción que le hemos dado, desde el punto de vista conceptual está en un todo de acuerdo con lo que acaba de expresar el señor Subsecretario y con la idea que nos han trasmitido.

                Además, en lo personal creo que, cumplida esa primera etapa, el financiamiento por parte del Estado debe ser sustituido por el de los particulares. Me da la impresión que estos años, seguramente, nos van a permitir ver no sólo eso, sino también qué particulares, qué porcentaje y en base a qué procedimientos estarían comprendidos. Entonces, se envía la señal que ustedes quieren y se deja en claro que esto tiene vigencia, exclusivamente, hasta el 1º de abril de 2010. Obviamente, habrá que pensar en un financiamiento especial -que surgirá de la experiencia- y aprobarlo a través de una ley. En el último de los casos, ya no lo va a seguir costeando el Estado, con lo cual quienes están dentro de la cadena también van a tener que ingeniarse para buscar un financiamiento.

                Me parece que estamos en una línea de razonamiento similar.

SEÑOR MUZZIO.- Básicamente, no tenemos discrepancias con lo manifestado ni con la fórmula que se encontraría, pero sí queremos dejar meridianamente claro lo siguiente.

                En este caso, hay funciones que el Estado no puede dejar de asumir de ninguna manera –por lo que ese costo creo que está racionalmente presentado-: me refiero al manejo de la información, que sirve a todo el país y a la sociedad en general. Se trata de un costo que siempre podría asumir la sociedad en general, como tal, a través del Estado. Sí está incluido en este proyecto lo que sería, una vez que esté instalado todo el sistema, una condición diferencial –que, evidentemente, se va a dar a la ganadería, porque va a tener una mejor inserción una vez que logre completar el sistema de trazabilidad- que, entiendo, tiene que ver con la parte privada. Por esa razón se incluía lo de los identificadores, que sería de cargo y costo de la gestión privada.

                No sé si queda claro lo que quiero señalar. Me refiero a que el manejo de todo el sistema y de la base de datos debería ser, siempre, de cargo del Estado.

SEÑOR SUBSECRETARIO.- Desde el punto de vista conceptual, estamos de acuerdo con lo que plantea el señor Senador Gallinal.

                Sin embargo, queremos dejar bien claro que el Estado no va a comprar los identificadores por siempre. Es necesario que ello se diga de alguna forma porque, si no, es muy fácil aplicar tecnología si quien la paga es toda la sociedad. No es intención de ninguno de nosotros que ello se haga. Quizás, si el temperamento fuera tomar este artículo como lo ha expresado el señor Senador Gallinal, en la redacción debería determinarse expresamente que esto es válido en la etapa de implementación y que, con posterioridad, se revisará. Digo esto para que quede una señal clara. El sector que va a recibir los beneficios de esta nueva tecnología, también se va a tener que hacer cargo de los costos de su aplicación, porque no va a ser toda la sociedad la que lo pague. Pido a los señores Senadores que busquen la manera de que quede expresamente incluido, aunque en el año 2010 lo revisemos y procuremos encontrar la forma de llevarlo adelante. Se puede incluir de distintas maneras, pero no nos corresponde a nosotros introducirnos en una discusión de redacción, ya que fue a iniciativa de un señor Senador. Pido que busquen la manera de establecerlo en una redacción para que quede debidamente comprendido.

SEÑORA TOPOLANSKY.- Quiero saber si comprendí bien, porque me parece importante lo que voy a plantear.

                La base de datos permanece en propiedad del Estado, porque se entiende que no sólo se usa para la comercialización, sino también como estadística y otro tipo de tareas que realiza el Ministerio. Me parece que el control de calidad del sistema es parte de los controles generales, por lo que podría incluirse allí. Ahora bien, todo lo demás del nuevo sistema pasaría a ser de cargo de los particulares o quedar sujeto a la forma que se decida a partir de la fecha establecida. Conceptualmente, esto es lo que quería plantear.

SEÑOR LAPAZ.- Me gustaría saber si se tiene pensado crear en la órbita del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca algún comité técnico asesor para que realice un seguimiento al tema durante este período, pues resultaría muy conveniente.

SEÑOR MUZZIO.- Quizás adelantándonos a la normativa legal y en función de la expectativa existente a nivel del sector agropecuario –porque este es un tema que se viene conversando desde hace mucho tiempo-, nosotros, como integrantes de los servicios ganaderos que tenemos la responsabilidad de llevar a cabo la implantación del sistema, estuvimos trabajando en la elaboración de una  resolución que fue aprobada por el Ministerio con fecha 21 de abril. Allí se establece que dentro de la órbita de los Servicios Ganaderos se creará una Unidad Administrativa que contará, a su vez, con funcionarios de diferentes reparticiones del Ministerio. Lo importante de esto es que dicha Unidad actuará como soporte y responsable de toda la operativa y administración de esta primera etapa que comprende implantar, ejecutar y administrar el Sistema de Identificación y Registro Animal. A tal efecto, se creará una Dirección, una Coordinación y una Coordinación Adjunta, además de diferentes áreas como, por ejemplo, las de inspección y capacitación, de operación, registro y habilitación y la económico-financiera. Todo esto se hará con la finalidad de tener un soporte técnico y administrativo de logística adecuado.

                Insisto en el hecho de que en la resolución del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca quedó recogido que ello se podría llevar adelante siempre y cuando existiera una plena participación del sector privado. Además, en la resolución se establece que esto será coordinado con diferentes instituciones, estatales y paraestatales como ser INAC y el Plan Agropecuario, así como con las gremiales involucradas, ARU, Federación Rural, CAF, ADIFU, CIF -de forma tal que estén comprendidos representantes de la industria frigorífica y de los productores-, que tendrán delegados en esta Unidad Administrativa.

                En otro orden de cosas, aprovecho para comentar que hemos visto con satisfacción que en el sistema sanitario, las Comisiones Departamentales de Salud Animal –algunas de las cuales han sido recorridas en este tiempo- están plenamente imbuidas de participar en este proceso. En torno a este aspecto se maneja la idea de que en cada departamento exista coordinación con la Unidad Administrativa –y aprovecho a señalar que su coordinador será el doctor Vitale- para poder implementar un plan departamental donde la cobertura sea la mayor posible y los productores no tengan problema a la hora de recurrir a asesoramientos. Reitero que la idea es hacer un plan de capacitación -y para ello vamos a realizar los mayores esfuerzos de aquí al mes de setiembre- en el que se recoja, de manera sintética, en qué consiste el sistema, cuáles son las obligaciones y qué se espera de la participación del productor. Es por lo dicho que creemos que es muy importante que los propios productores intervengan, a través de sus delegados, en esta Unidad Administrativa. En fin, esto fue lo que se creó para darle soporte a esta etapa.

SEÑOR LAPAZ.- Pregunto si no sería interesante, teniendo en cuenta el tema de la industria, que alguien del Ministerio de Industria, Energía y Minería trabaje en esto y también del Ministerio del Interior, ya que en algunos casos la Policía va a tener participación dentro del sistema nacional.

SEÑOR MUZZIO.-  Esto no está cerrado. Aunque no esté expresamente indicado, si la Unidad Administrativa o nosotros como responsables del servicio ganadero tenemos la percepción de que eso es necesario, lo vamos a hacer. Además, hay otras entidades involucradas como la Universidad de la República y el LATU. Repito que es algo que no está cerrado; la idea es que sea abierto, porque es un desafío para todo el país. Debemos tener, pues,  la máxima participación.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si nadie hace uso de la palabra, agradecemos a nuestros invitados su concurrencia a la Comisión.

                (Se retiran de Sala el señor Subsecretario de Ganadería, Agricultura y Pesca y asesores)

Continúa la sesión.

Quisiera saber si el señor Senador Gallinal ya ha terminado de elaborar la redacción del artículo sobre financiamiento del sistema con el agregado que pretendía el Ministerio, para poder aprobarlo.

SEÑOR GALLINAL.- En el inciso primero habíamos propuesto sustituir “atender” por “asumir”;  incluso, para que sea más claro, podría decir “hacerse cargo de”.

                El artículo continúa diciendo: “a) gestión, operación  y administración de la base de datos; b) control de calidad del Sistema”. Aquí hay un paréntesis que podría quedar, eliminando la palabra “etcétera”, porque nos lo van a criticar y no corresponde. Surge claramente del literal que es una suerte de primera aproximación a lo que significa el control de calidad del sistema.

                Luego señala: “c) adquisición de dispositivos de identificación, capacitación y entrenamiento, que se requieran para la implantación (o puesta en funcionamiento)” –o directamente eliminamos el paréntesis- “del Sistema de Información y Registro Animal en su primera etapa”.

                En la redacción del inciso tercero habría un pequeño cambio para que quede claro. Se mencionan los equipamientos informáticos y hay una parte de ellos que, por lógica, son de cargo del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, que son los equipamientos informáticos propios; pero también hay una parte que es de cargo de los particulares, que son los propios de los particulares. Aquí está hablando de estos últimos. Por lo tanto, el artículo diría: “La inversión en infraestructura relativa a lectores y los equipamientos informáticos necesarios para los particulares con el propósito de conectarse a la red informática para lectura y transmisión de datos, serán de cargo de los mismos”.

Creo que hay que eliminar los dos renglones siguientes y sustituirlos por un nuevo inciso, que es el que habíamos aprobado. Con eso queda suficientemente claro que el mensaje que se está enviando –además, lo vamos a decir en Sala- es que este sistema de financiación rige hasta el 1º de abril de 2010. A partir del 1º de abril de 2010 comienza un nuevo sistema de financiación, que se aprobará por ley y que va a ser el que nos dicte la experiencia que se recoja en el transcurso de esta primera etapa. Después, durante la discusión, muchos podremos decir que creemos que es de toda lógica que lo pague la cadena cárnica en la forma en que se establezca en esa ley y a la luz de la experiencia vivida. Conceptualmente, creo que estamos en un todo de acuerdo, pero si desde ya comenzamos a decir que la ley deberá establecer que la financiación de la  gestión, operación y administración de la base de datos será del Estado y la de la compra de las caravana será de los particulares, pienso que nos introducimos en un terreno muy complicado; en cambio, de esta otra manera la señal será más que clara. Después, los próximos Senadores verán qué se hace.

SEÑORA TOPOLANSKY.-  Concuerdo con lo que señala el señor Senador con respecto al debate de la ley. Creo que con esa redacción en la próxima etapa vamos a  tener la libertad  total de darle la forma que se quiera. De todos modos, me parece que no se pierde nada al dejar una constancia con respecto a que la base de datos va a ser siempre propiedad del Ministerio. La base de datos no tiene que ver sólo con este tema, sino que después puede ser empleada para toda la operativa del Ministerio como, por ejemplo, en las estadísticas o asuntos de otra índole. Me parece que si lo dejamos con la redacción propuesta por el señor Senador Gallinal, aquellos a quienes corresponda redactar la próxima etapa podrán hacer todas las aclaraciones que correspondan y, además, ya estarán medidos parte de los beneficios. A mi juicio, la fundamentación que dio el doctor Garín también iba en ese sentido.

                Por estas razones, estoy de acuerdo en eliminar desde la palabra “asimismo” hasta el final e incluiría el nuevo inciso.

SEÑOR LAPAZ.-  Propongo que se le cambie la fecha y, en lugar de “1º de abril de 2010”, se establezca “31 de marzo de 2010”, porque a partir del 1º de abril comienza otra etapa; me parece que no deberían superponerse.

SEÑOR GALLINAL.- El  1º de abril comienza otra etapa

SEÑORA TOPOLANSKY.- Lo que señala el señor Senador Lapaz es correcto, porque se cierra una etapa y comienza otra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Entonces, correspondería votar el artículo 16 con la redacción acordada.

                (Se vota:)

6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Se había propuesto pasar el artículo que tiene que ver con el financiamiento para el final; entonces, en vez de ser el artículo 15, sería el 16. A su vez, el artículo 15 sería la segunda etapa. Con respecto a las demás disposiciones, se modificó el artículo 1º y lo aprobamos con esa redacción. Entonces, consulto a los señores Senadores si debemos aprobarlo nuevamente.

SEÑORA TOPOLANSKY.- Tendríamos que empezar por adecuar el título, que podría decir: “Identificación y registro para la trazabilidad de los productos  de origen animal”.

SEÑOR LA PAZ.- Es correcto; habría que modificar e incluir la palabra “productos” en el título, así como también en el primer inciso del artículo 1º. Allí se debería hablar de la “trazabilidad de los productos” –en lugar de “alimentos”- “de origen animal.”

                Hay algo importante que quedó para definir en el último inciso del artículo 7º. La penúltima frase dice: “En este caso, las pérdidas sufridas serán de cargo del propietario o tenedor de los animales, no generando derecho a indemnización por parte del Estado.” Recuerdo que en esa frase fue una sugerencia del Ministerio que se agregara  la expresión “no generando derecho a indemnización por parte del Estado”. Esto es lo que tenemos que resolver.

SEÑOR DA ROSA.- En esto me afilio al concepto del profesor Gamarra en la Facultad, en el sentido de que lo que abunda no daña.

SEÑOR GALLINAL.- Esa redacción establece de cargo de quién son las pérdidas, pero entiendo que ese es un problema que después se definirá; no necesariamente tienen que asumirlas el propietario o tenedor de los animales porque, a su vez, pueden entablar una acción para repetir contra quienes se les ocurra.

Por otro lado, estamos dando a la autoridad competente el derecho de disponer el comiso y sacrificio. Comiso tiene un significado; se trata de una sanción mediante la cual se quita la titularidad sin derecho a indemnización. Entonces, si confiere esa potestad, ¿qué necesidad hay de disponer que no hay responsabilidad del Estado? No la hay y el Estado no tiene que pagar, salvo que haga las cosas muy mal. Por ejemplo, el animal estaba trazado y, a pesar de ello, se lo quita y se lo sacrifica; evidentemente, ahí va a haber una responsabilidad.

SEÑORA TOPOLANSKY.- Quiero ver si salomónicamente podemos llegar a arreglar esta frase. Es cierto que las pérdidas podrán ser de cargo del propietario o de un tercero. Si a alguien de buena fe le vendieron un ganado contrabandeado, se irá a un litigio entre particulares. Pienso que, de pronto, la frase podría ser: “En este caso, las pérdidas sufridas no generarán derecho a indemnización por parte del Estado”. No sé si al señor Senador Gallinal le conforma esa redacción. La indemnización no será de cargo del Estado y, si es de cargo de un tercero, será un problema que se resolverá a nivel de la justicia.

SEÑOR GALLINAL.- Me parece más adecuado establecer: “En este caso, no generará derecho a indemnización por parte del Estado.” ¿En qué caso? En el de comiso y sacrificio

SEÑOR PRESIDENTE.- Si los señores Senadores están de acuerdo, quedaría así.

SEÑOR GALLINAL.-  En el artículo 1º la redacción debería quedar de la siguiente manera: “para construir la trazabilidad de los productos de origen animal en el territorio nacional, registro que se crea por la presente ley y cuya administración se comete al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.” De esa manera dejamos creado el Registro Animal.

SEÑORA TOPOLANSKY.-  Efectivamente, faltaba hacer ese agregado.

SEÑOR LAPAZ.-  Con respecto al artículo 16, ya habíamos hablado en la sesión anterior que, en el cuarto renglón del segundo inciso, se reiteraba la palabra “faena”, lo que se había corregido. Sin embargo, aquí vuelve a expresarse sin la corrección. Debería expresarse: “tendrán como único destino la faena inmediata en plantas no habilitadas”.

SEÑOR PRESIDENTE.-  Se toma nota entonces de la corrección, que vuelve a incluirse.

                Queda aprobado el proyecto de ley en la Comisión. La idea es que Secretaría lo pase en limpio con todas las modificaciones que se han realizado y lo distribuya entre los Senadores. Si surgiera alguna duda, se la podrían comunicar a la Secretaría y trataríamos de despejarla antes de su consideración por el Senado, pues la intención es tratarlo en la sesión del próximo martes.

SEÑOR LAPAZ.- Propongo como miembro informante al señor Senador Gallinal.

SEÑORA TOPOLANSKY.-  Me gustaría que el miembro informante fuera el Presidente de la Comisión. Habíamos resuelto que fuera el señor Senador Saravia, pero capaz que me equivoco.

SEÑOR GALLINAL.-  No tengo ninguna objeción.

SEÑOR PRESIDENTE.-  Entonces hago el informe y, ya que todos vamos a participar en el Plenario, habrá espacio para que los Senadores que lo deseen puedan aportar sus comentarios en el Senado, ya que trataríamos de incluir este punto en la próxima sesión del día martes.

                Se levanta la sesión.

                (Así se hace. Es la hora 16 y 30 minutos)

 

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.