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Carátula

SEÑOR PRESIDENTE.- Habiendo número, está abierta la sesión.

(Es la hora 16 y 14 minutos)

Ha sido citada la Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social integrada con Hacienda para la consideración del proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes por el que se disponen normas relativas a la protección y promoción de la libertad sindical.

SEÑORA DALMAS.- Como es de conocimiento de los señores Senadores, el proyecto de ley relativo a la libertad sindical enviado por la Cámara de Representantes ingresó a la Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social del Senado pero luego, a propuesta del señor Senador Alfie, su tratamiento se radicó en la Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social integrada con Hacienda, por lo cual hemos sido convocados el día de hoy.

Dada la necesidad, desde el punto de vista de la Bancada de Gobierno, del tratamiento rápido de este tema y teniendo en cuenta su transcurso dentro y fuera del Parlamento por decisión de los Legisladores de dicha Bancada, entendimos conveniente su tratamiento en el día de la fecha.

Evidentemente, el proyecto de ley enviado por la Cámara de Representantes mereció, por parte de algunos Senadores de la Bancada de Gobierno y del propio Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, algunas dudas y objeciones primarias.

Todo ello generó la necesidad de la instalación de un ámbito cuatripartito a nivel de Gobierno, del que participaron Legisladores de todos los partidos que quisieron hacerlo. En ese sentido, la idea del Gobierno fue la de elegir, para los temas fundamentales de asuntos laborales, el ámbito tripartito, por lo menos -incluso, en algunos casos, el ámbito elegido sería el cuatripartito-, como forma de trabajo estable y deseable para todos los asuntos posibles a nivel de esta temática.

Fue así que los Senadores de la Bancada de Gobierno decidimos efectivamente habilitar con nuestro voto -o más bien con nuestra no votación de este proyecto en primera instancia- la instalación de ese ámbito cuatripartito. Lamentablemente -y lo digo de corazón, porque es un sistema que a nuestro juicio da muy buenos resultados a nivel de cualquier país del mundo, y en especial del Uruguay-, en ese ámbito no se logró un acuerdo. Sin embargo, en el transcurso de las discusiones hubo concesiones de ambas partes que, desafortunadamente, no finalizaron en un acuerdo establecido como tal.

Ciertamente, se produjo un retiro de ambas partes del ámbito de negociación, pero el Ministerio entendió conveniente, así como los Legisladores de nuestra Bancada, tomar del transcurso de la discusión en ese ámbito, algunos elementos de recibo para nosotros. A nuestro juicio, eso representó un avance en el trabajo, a pesar de que sus resultados no fueron los que deseábamos en la etapa de iniciación. Nos estamos refiriendo al proyecto de ley enviado por la Cámara de Representantes y, según tenemos entendido, el señor Presidente ha hecho llegar a los Legisladores de las demás Bancadas -por una cuestión elemental, aunque con poco tiempo- las modificaciones que vamos a proponer. Esos cambios al texto original reflejan, justamente, aquellas voluntades comunes emanadas en un principio, al considerarse el tema en el ámbito cuatripartito del Poder Ejecutivo.

Esta ha sido una negociación muy complicada e intrincada, entre otras cosas porque, según hemos constatado durante su transcurso, a la hora de expedirse sobre diversos temas, el nivel de representatividad de las autoridades del movimiento sindical no se refleja de la misma manera en el ámbito empresarial. ¿Qué quiero decir con esto? Que en esta experiencia vivida no hemos tenido un consenso de las opiniones, que haya estado adecuadamente representado en las delegaturas que el ámbito empresarial envía. Si bien hemos recibido en los pasillos o corrillos algunas manifestaciones de apoyo para encarar este nuevo proyecto, luego ese apoyo no se refleja en lo que se opina a nivel de los ámbitos tripartitos. Esta es una dificultad que, sinceramente, esperamos sea superada, porque se trata de algo que hace a cualquier trabajo que queramos concretar con relación a estos temas.

No sé si será conveniente ingresar en las modificaciones concretas al proyecto original que vamos a promover -y que ya, de alguna manera, hemos adelantado- o si se preferiría primero empezar por una consideración en general.

SEÑOR PRESIDENTE.- Sin perjuicio de que hay algunos Senadores anotados para hacer uso de la palabra, la Mesa considera -si no se piensa lo contrario- que sería bueno poner a consideración las modificaciones planteadas al proyecto de ley, para comenzar luego la discusión.

SEÑOR LARRAÑAGA.- Por nuestra parte quisiéramos, ante todo, destacar en este ámbito la actitud del señor Presidente, que tres horas atrás nos hizo llegar a los Senadores las modificaciones propuestas al proyecto de ley relativo a la protección y promoción de la libertad sindical.

Me gustaría preguntar, concretamente, si lo que expresó el señor Presidente hace tres horas, cuando me comunicó que nos iba a enviar el proyecto -es decir, que se va a agotar el tratamiento de este proyecto de ley en el día de hoy- sigue siendo la decisión de la Bancada de Gobierno.

SEÑOR PRESIDENTE.- Es decisión de la fuerza de Gobierno agotar la discusión del proyecto de ley en el día de hoy, con los cambios presentados por la señora Senadora Dalmás, y luego votarlo.

SEÑOR LARRAÑAGA.- Señor Presidente: creo que estamos en una situación realmente muy compleja, siendo sumamente generosos en la calificación.

Esta iniciativa se sustanció vertiginosamente en la Cámara de Diputados, después se abrió un espacio cuatripartito para su discusión, y resulta que en el día de hoy, cuando la Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social integrada con Hacienda se reúne por primera vez para el tratamiento de este tema -a pesar de que me consta que el señor Senador Gallinal hizo gestiones para estimular su funcionamiento-, se aterriza con este proyecto con la pretensión de aprobarlo en el día de hoy.

Nos parece un hecho verdaderamente grave, porque se sustituyen los ámbitos de discusión del Senado de la República por otros ámbitos de discusión, legítimos pero de carácter partidario.

Nosotros queremos plantear una especial protesta ante la aplicación de este mecanismo, por medio del cual se pretende aprobar un proyecto sin escuchar a nadie, sin recibir informes, sin pedir la presencia de especialistas sobre este tema, sin poder tener una discusión acabada sobre un tema de esta significación, que ha generado un enorme proceso de discusión pública.

Nos parece una barbaridad, señor Presidente. Nos parece una actitud realmente muy especial, y cuando termine la etapa procedimental de discusión formal, sobre la cual seguramente se van a pronunciar otros señores Senadores -según estoy advirtiendo en la lista de oradores-, vamos a pedir un muy pequeño cuarto intermedio, en nombre del Partido Nacional, para analizar cuál va a ser nuestra actitud con respecto a esta iniciativa que nos parece insólita.

SEÑOR MICHELINI.- Como es público y notorio, en nuestra fuerza política tenemos un compromiso para aprobar este tema en ambas Cámaras. Por otra parte, no se puede ocultar que fue trabajoso llegar a un acuerdo, pero estamos orgullosos del articulado que hemos ido elaborando, no sin dificultades.

Nosotros aspiramos a que el martes, o a más tardar el miércoles, esto sea aprobado en el Senado. Si hay un compromiso de parte de la oposición de que el martes o el miércoles se pueda tratar en el Senado, no tenemos problema de reunirnos nuevamente en Comisión. Incluso, llegado el caso, podríamos agregar este tema al orden del día y citar las Comisiones necesarias para el estudio correspondiente.

Quiero trasmitir al señor Senador Larrañaga que estamos acotados, debido a los límites políticos que nosotros mismos nos hemos impuesto, para que el tema de la libertad sindical sea plasmado en ley este año.

SEÑOR LARRAÑAGA.- Los derechos que tiene cada colectividad política con respecto al acortamiento de los plazos se puede comprender exclusivamente a la luz de la fuerza política de Gobierno, y no del procedimiento normal y correcto de estudio y discusión de un proyecto de ley de estas características, repercusión e importancia.

Entonces, con toda franqueza -más allá de la disposición que muestra el señor Senador Michelini-, para nosotros no valen los plazos si siempre tenemos la conminación de que deba ser tratado el martes que viene. Nos parece que este es un hecho grave y bastante inédito en la historia de discusión parlamentaria. Francamente, no se puede convocar a la Comisión para tratar por primera vez un tema de esta naturaleza, que fue repartido -destaco nuevamente la gentileza del señor Presidente- con tres horas de anticipación, y pretender que tengamos una respuesta. Además, sabemos que hay mayorías automáticas, acuerdos y aceptaciones que se conocen por la prensa, lo que es verdaderamente limitante del trabajo parlamentario y una cortapisa a los legítimos derechos de los Legisladores de tener un pronunciamiento sobre un tema de esta naturaleza.

Por tanto, más allá de que los dados estén echados -poco nos importa a nosotros- seguiremos con todas las instancias posibles para expresar este tipo de rechazo a estos procedimientos, que no son los más adecuados.

Luego de la discusión formal inicial, reitero que vamos a solicitar un pequeño cuarto intermedio en nombre del Partido Nacional.

Muchas gracias, señor Presidente.

SEÑOR GALLINAL.- Me pregunto cuál es el proyecto de ley que vamos a comenzar a estudiar.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se trata de la Carpeta 256/05.

SEÑOR GALLINAL.- En realidad, es una pregunta que hago a la Comisión en general y no a la Presidencia. Personalmente, considero que lo formal, al igual que el tema de fondo, siempre es importante. Entonces consulto a los miembros de la Comisión acerca de qué vamos a hablar en la Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social integrada con Hacienda. ¿Cuál es el tema que nos convoca?

Aclaro que no sé de quien es la responsabilidad, pero el orden del día está pésimamente redactado. Digo esto por dos razones. En primer lugar establece: "1) Asuntos entrados. 2) Carpeta Nº 256/2005". En realidad esta carpeta no ha ingresado, por lo que debería formar parte del primer punto del orden del día. El proyecto de ley de la Carpeta Nº 256/2005 fue aprobado en la Cámara de Representantes el 19 de julio, entró al Senado el 21 de julio de este año y todavía no ingresó a la Comisión. En realidad, no está en el orden del día de la Comisión de Asuntos Laborales integrada con Hacienda el proyecto de ley que ustedes pretenden discutir, porque aún no ha sido ingresado. Más aún, como dijo el señor Senador Larrañaga, hace dos meses y medio quien habla presentó una moción, primero en la Comisión de Asuntos Laborales -que, al igual que ésta, preside el señor Senador Ríos- y luego hice uso de la palabra en la hora previa del Senado pidiendo al Presidente del Senado y a los Presidentes de las Comisiones de Asuntos Laborales y de Hacienda que se pusieran de acuerdo para convocar a las Comisiones integradas de manera de comenzar a tratar el proyecto de ley. Por lo tanto el orden del día debería decir: "Asuntos Entrados", y dentro de ellos se debería dar entrada a la Carpeta Nº 256/2005 con el proyecto aprobado por la Cámara de Representantes, porque todavía no lo hemos hecho. Tan mal está hecha la convocatoria que ni siquiera figuran correctamente los integrantes de la Comisión de Hacienda, porque parecería que está compuesta por siete miembros cuando en realidad tiene nueve. Por ejemplo, el señor Senador Couriel, que está hoy presente, no figura en la integración de la Comisión.

Entonces, me parece que corresponde que el señor Presidente de la Comisión le dé entrada al proyecto de ley, así sabemos de qué va a tratar el orden del día de la sesión de hoy, porque la verdad que no lo tengo claro.

Por otra parte, me preocupa enormemente lo que señaló el Presidente en respuesta a lo que manifestó el señor Senador Larrañaga. Aparentemente, no sólo tienen la intención de aprobar entre martes y miércoles el proyecto de ley en el Senado, sino que además piensan aprobarlo entre miércoles y jueves de la otra semana en la Cámara de Representantes. Podría entender tal celeridad si en la Comisión cuatripartita -a la que hizo referencia la señora Senadora Dalmás- se hubiera producido un acuerdo entre las partes que allí participaron. Sin embargo, lo que se nos señaló es que no hubo acuerdo. Entonces, eso es una razón más para profundizar el estudio en la Cámara de Senadores, salvo que se me diga que el proyecto se va a aprobar tal como vino de la Cámara de Representantes. Eso lo haría más comprensible y facilitaría el trámite.

Si hay un compromiso -como se ha dicho por ahí- asumido por los integrantes del Senado del Frente Amplio de aprobar un proyecto tal como viene de la Cámara de Representes, igual me hubiera gustado que se abriera una discusión. Sin embargo, no se le dio entrada al proyecto que viene de la Cámara de Representantes y supuestamente se van a proponer modificaciones que vamos a tener que realizar en el correr de la tarde. Entonces, por mi parte, digo que también quiero, en la tarde de hoy, consultar a tres especialistas en Derecho Laboral.

Esto que nos han entregado es una falta de respeto, porque nosotros hemos presentado -al igual que otros partidos políticos- un proyecto de ley vinculado a esta temática, que no figura y no está repartido.

¿Qué es esto? ¿Un monopolio? ¿Sólo se discute lo que se le ocurre al Frente Amplio y en el plazo que quiere hacerlo? Es decir que podemos presentar proyectos de ley, pero ya ni siquiera se consideran en la Comisión y, además, no los incluyen en el repartido. Esta no es una forma de trabajar. Además, es una falta de respeto hacia la oposición y hacia sí misma que se hace la fuerza oficialista, porque creo que tenemos que respetar las formas de funcionamiento. Aquí no se está respetando absolutamente nada, razón de más para que, luego de discutida la parte formal, vayamos al cuarto intermedio que pidió el señor Senador Larrañaga.

SEÑOR MICHELINI.- En todas las Comisiones los proyectos se discuten, se estudian y se invita a especialistas; ese es el accionar normal del Senado. Asimismo, hay momentos en que los partidos políticos toman decisiones y convocan para resolver. Con todo derecho el Partido Nacional, en varias instancias, citó al Senado para resolver sobre algún asunto -por ejemplo, el Tratado de Inversiones-, sin que hubiera estado agotada la discusión en la Comisión; reitero: tiene derecho a hacerlo. Se pone un tema sobre la mesa y con cinco Senadores puede resolverse sobre tablas. No es la práctica que hemos tenido, ni es nuestra costumbre no discutir las cosas. Incluso, en el tema presupuestal, estuvimos cuatro días discutiendo, y algunas sugerencias planteadas por el Partido Nacional el último día y a una hora y media de terminar -como la del señor Senador Gallinal-, fueron escuchadas, hicimos un cuarto intermedio, realizamos consultas y se hicieron las modificaciones.

Con respecto a este tema, hay voluntad política para que salga aprobado este año en ambas Cámaras; traemos modificaciones y no tenemos problema alguno en que el tema se agote hoy: lo que sí queremos es que el próximo martes se resuelva en el Senado. Si hoy no hubiera quórum o si no se agotara la discusión, de todas formas algunos señores Senadores aspiramos a que el martes se convoque el Senado a esos efectos, como otros partidos convocan al Senado por otros proyectos. Entonces, no se trata de pasar por arriba, sino de que hay momentos y temas sobre los cuales las fuerzas políticas toman decisiones, y eso es el juego democrático.

SEÑOR GALLINAL.- Señor Presidente: solicito, en primer lugar, que se le dé entrada al proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes y se reparta, y en segundo término, que se dé entrada y se repartan los proyecto de ley sobre el tema presentados por los distintos partidos.

SEÑOR PRESIDENTE.- En el aspecto formal, puedo estar de acuerdo en lo que tiene que ver con la distribución del proyecto de ley que viene de la Cámara de Representantes; pero los otros proyectos fueron presentados en la Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social no integrada.

La Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social integrada con Hacienda fue convocada específicamente para este proyecto en concreto.

SEÑOR GALLINAL.- Si se presentara un proyecto vinculado a esta temática, es obvio que tendría que venir a la Comisión integrada, salvo que nos detengamos ahora y el martes, en la sesión del Senado, lo derivemos a la Comisión. Hemos llegado al colmo de que ni siquiera quieren que ingresen los proyectos a la Comisión.

SEÑOR PRESIDENTE.- Yo quiero que ingresen a la Comisión y salvar así un error si lo hubo, pero me parece que si el Plenario del Senado manifestó que era para un proyecto en concreto, tenemos que actuar en esa línea. Lo que el señor Senador Gallinal plantea no está de acuerdo con la resolución que tomó el Cuerpo.

SEÑOR MICHELINI.- En primer lugar, solicito que se le dé formalmente entrada al proyecto y, en segundo término, pido que como antecedentes, se repartan todos los proyectos que existan con respecto a esta temática, aunque no estén en la Comisión.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar lo solicitado por el señor Senador Michelini.

(Se vota:)

Aprobado.

SEÑOR GAMOU.- En primer lugar, quiero decir que he escuchado con mucha atención a los dignísimos Senadores del Partido Nacional hablar de actitudes inéditas, etcétera. Creo que algún día nos tendríamos que reunir todos y escribir "Anales del Parlamento"; allí podrían aparecer, de pronto, votaciones de 400 artículos en bloque, sin darles lectura, en un Presupuesto; podríamos analizar leyes de tan escasa importancia como la Ley de Caducidad, que se aprobó en un fin de semana, así como la relativa al Nuevo Banco Comercial, que fue votada en un fin de semana largo.

Entonces, si vamos a hablar de actitudes inéditas, creo que todos nosotros podemos citar cinco o seis casos que perfectamente podrían estar en esos "Anales del Parlamento".

Ahora bien; con respecto a que este tema se trató en forma rápida en la Cámara de Representantes, creo que hay una profunda equivocación. Este tema fue tratado y architratado en la Cámara de Representantes. Es más; fue uno de los proyectos de ley más analizados y trabajados en aquel ámbito. Por si fuera poco, nuestra gran sorpresa fue que habiendo sido bien considerado en la Cámara de Representantes, incluso con la firma del informe en mayoría de una diputada del Partido Nacional, luego, en Sala, ese Partido no lo votó.

Por lo tanto, descarto que este no es solamente un proyecto de ley que haya ocasionado matices en una de las fuerzas políticas; creo que ha causado matices en varias.

Además, este tema fue analizado en una Cuatripartita que, justamente, fue uno de los grandes reclamos que nos hicieron Diputados de la oposición, incluso un dignísimo colega que está hoy aquí presente, que solicitaba aquel ámbito. En definitiva, el proyecto se trató allí.

Por otro lado, siempre se tuvo presente que el Gobierno tenía el compromiso de aprobar este proyecto de ley antes de que terminara el año. ¿Por qué lo quiere aprobar antes de fin de año? ¿Por un capricho? ¿Por "hacer pinta"? No; queremos aprobarlo porque es un proyecto de ley necesario. No podemos olvidar que en este país ha habido despidos arbitrarios de trabajadores por el solo hecho de ejercer una actividad sindical. En consecuencia, podemos intentar "dormir" lo que se quiera este proyecto en el "banderín del corner", pero tiene que salir; es un compromiso del Gobierno y lo digo con todo el respeto que tenemos por la oposición. Si lo que se pretende es, desde el punto de vista formal, criticar la actitud del Gobierno porque se está en contra del contenido real del proyecto, me parece que es un mal camino.

Creo que debemos sincerar nuestras actitudes políticas y decir que no lo van a votar así lo discutamos 60 meses y hagamos un Congreso Nacional sobre Derecho Laboral.

SEÑORA DALMÁS.- En la misma línea de lo que venía diciendo el señor Senador contra lo que es a esta altura en el Uruguay un mito del sesgo ideológico que tiene favorecer la actividad sindical -digo "mito" porque en los países civilizados del mundo se ha desarrollado y legislado con mucha mayor profundidad que aquí-, reconozco el avance que ha tenido el Estado uruguayo a nivel público de habilitar y promover la actividad sindical. En la Administración Central y en los Entes del Estado, incluso, sus principales dirigentes, al comienzo, ciertamente no fueron miembros de los partidos de la izquierda sino del Partido de Gobierno, que en la mayoría de esos años fue el Partido Colorado, que ha actuado bien en ese aspecto. No obstante, estamos hablando de un sector muy amplio y grande donde, lamentablemente, esa misma promoción de la actividad sindical no se da sino que se reprime. Entonces, el avance de la modernización del país pasa por legislar en este tema. ¿Y por qué ahora? Porque seguimos empecinados en continuar trabajando en forma tripartita. Podría no ser así, pero es una política de nuestra fuerza y creemos que es acorde a la idiosincrasia del país.

Para que esto sea eficiente y produzca resultados, me parece que tenemos que colaborar para promover la actividad sindical porque ordena las relaciones laborales. En este sentido, hay ejemplos -que no he explicado porque no he podido entrar a la descripción de las modificaciones- donde, justamente, tomamos del movimiento sindical aquellas inquietudes dirigidas a ordenar las decisiones de los militantes sindicales en torno a decisiones democráticas, gremiales, tomadas formalmente y no por iniciativas individuales o de pequeños grupos.

En consecuencia, creo que todo esto que estamos produciendo desde el punto de vista legislativo, ayuda al ordenamiento de las relaciones laborales y saca como ingrediente de la mesa tripartita o cuatripartita del año 2006, temas que no deberían estar. Me refiero, por ejemplo, a que alguien sea designado delegado a un Consejo de Salarios y, por ese hecho, sea despedido. Es un tema anacrónico y absolutamente lejano a lo que, estoy segura, piensan los señores Legisladores aquí presentes.

En este aspecto, pretendemos dar un orden para que cuando se vaya al ámbito tripartito se discutan los temas de fondo y no que se debata sobre por qué despidieron a Fulano o Mengano y tengamos, además, conflictos innecesarios y atentatorios contra la actividad económica y social. La estabilidad también pasa por ahí, y la pacificación y ordenamiento de las relaciones laborales ayuda a la estabilidad de nuestro país, que es tan cara, para todos nosotros, en un momento como este.

En definitiva, esa es la razón. El año que viene comienza nuevamente la actividad tripartita a nivel del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y nosotros queremos avanzar con este proyecto que, tal vez, no sea perfecto y, sin ninguna duda, como todo texto, podrá tener algunas modificaciones o podrá ser perfeccionado. Sin embargo, a nuestro juicio tiene la gran virtud de contener en su seno el producto de las negociaciones que se han venido realizando en muchísimos ámbitos, pero también a nivel del ámbito cuatripartito del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y, sin ninguna duda, ampliamente en la Cámara de Representantes. Entonces, para ser meridianamente clara, puedo decir que es el mejor producto que los Senadores del Partido de Gobierno hemos logrado proponer a esta Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social integrada con Hacienda. Esperamos un razonable acompañamiento de esta actitud, más allá de que, sin duda, van a haber propuestas de modificación.

No sólo defendemos el ámbito tripartito y su funcionamiento efectivo en el año 2006. No olviden los señores Senadores que lo que presentamos es una porción muy pequeña de la libertad sindical; esto no cubre toda la legislación sobre la libertad sindical, en la que estará incluido lo vinculado a convenios colectivos. Tengamos presente que fue a instancias del Gobierno del Partido Nacional que logramos la instalación del convenio colectivo en una parte del Estado, que no es menor, como las empresas públicas. Evidentemente, ello no sólo ordenó la situación -ya que no tenemos un conflicto interminable en enero de cada año por los problemas sindicales de los Entes, porque se establecen convenios con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto-, sino que, además, vamos a tener otro tipo de legislación que ampliará toda la cuestión relacionada con la libertad sindical. Precisamente, los empresarios ya han adelantado que quieren poner este tema sobre la mesa, y nosotros también. De esta forma, se reglamenta una cantidad de temas a nivel de las relaciones laborales, de los convenios colectivos y de ese tipo de trabajo.

En consecuencia, me parece que estamos dando un buen cimiento a lo que será el futuro trabajo, al que seguimos apostando y, a mi juicio, constituye también un aporte a la democracia. Como los buenos procedimientos a nivel de Parlamento, también es un buen procedimiento abonar hacia un buen cimiento de trabajo tripartito o cuatripartito de muchos temas, pero, fundamentalmente, del laboral.

SEÑOR LARRAÑAGA.- En líneas generales, podemos compartir la exposición de la señora Senadora Dalmás. ¿Quién puede no estar de acuerdo con un ámbito cuatripartito de discusión, fundamentalmente en este tema? ¿Quién puede no estar de acuerdo con la defensa del fuero sindical, más allá de la norma constitucional respectiva, a pesar de la cual se han generado dificultades en lo que atañe a las relaciones laborales? Lo que estamos discutiendo es otra cosa: estamos discutiendo el procedimiento de la Bancada de Gobierno.

El señor Senador Gamou -y aprovecho para que me conteste, porque después de mi intervención, él continúa en uso de la palabra, por lo que no va a haber necesidad de prolongar el debate- arguye situaciones que se han dado sobre temas excepcionales. No puede anteponernos la famosa hoja de ruta del ex Senador Atchugarry, del Período anterior, la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado o la ley de bancos, como hechos excepcionales de desborde y de ímpetu legislativo de las Bancadas que en aquel momento oficiaban de mayoría. A fin de cuentas, está haciendo lo mismo que tanto criticó. Si estaba mal antes, también está mal ahora.

Creo, señor Presidente, que el tratamiento del tema no es el más adecuado. Es imposible pronunciarnos sobre un proyecto de estas características, que se repartió hace tres horas. Por lo tanto, cuando se agote la etapa de estas arengas reglamentarias antes del pase al fondo del asunto, vamos a pedir el cuarto intermedio.

SEÑOR GAMOU.- Voy a terminar mi exposición, porque no parece buena cosa que, de alguna manera, vía interrupciones, me transforme en moderador del debate. Simplemente, traigo a colación el ejemplo que daba el señor Senador Larrañaga: en el tema de la Ley de Caducidad, no nos opusimos a la formalidad, sino a la propia Ley de Caducidad. Si uno está en contra del contenido de un proyecto, es muy lícito que lo manifieste. Es más; es necesario que la oposición juegue de esa manera. No digamos y no metamos los argumentos de la formalidad cuando, en realidad, de lo que se está en contra es del contenido del proyecto.

A su vez, no sé si estoy de "mono ligador", pero la otra vez que me tocó ingresar al Senado, cuando se estaba tratando la Ley de Cárceles, escuché al mismo señor Senador Larrañaga decir que lo habían obligado a votar en Comisión, de parado, la Ley de Cárceles.

(Dialogados)

SEÑOR PRESIDENTE.- Está en uso de la palabra el señor Senador Gamou.

SEÑOR GAMOU.- Le agradezco al señor Presidente que me ampare en el uso de la palabra.

SEÑOR GALLINAL- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?

SEÑOR GAMOU.- Con mucho gusto.

SEÑOR GALLINAL.- El señor Senador Gamou nos está dando la razón cuando pedimos tiempo. Él puso el ejemplo de que votó en contra, por razones sustanciales y no formales, la Ley de Caducidad. Ahora está a favor; necesitó unos cuantos años para ello. Lo que pedimos son unos pocos días para poder estudiar el proyecto, que no conocemos, y de repente nosotros también cambiemos y terminemos colaborando para la concreción de este proyecto de ley.

SEÑOR GAMOU.- Termino mi exposición diciendo que en su momento estuve en contra de la Ley de Caducidad; hubiera sido bueno que en aquel momento los neoverdes que han aparecido ahora, hubieran hecho campaña en contra, con lo que quizás hubiéramos ganado el referéndum en el año 1989.

SEÑOR ALFIE.- Debo agradecer al señor Presidente que me haya llamado para decirme que me enviaba el proyecto de ley por correo electrónico. Ante esa realidad, básicamente, vine a escuchar a la señora Senadora Dalmás para que nos explique el proyecto de ley, pero no a intervenir. Estamos tristes y, a la vez, conscientes de que no hay ninguna forma de cambiar nada.

Hace más de cuatro meses y medio que el proyecto entró al Senado. En ese tiempo, no hubo ni siquiera paralelamente una sola reunión, aunque sea para recibir a las partes para entender un poco el tema. Algunos integrantes de la Comisión, en especial el señor Presidente, fueron a la Comisión cuatripartita y supieron más o menos de qué se trataba el tema; los demás Senadores nos enteramos por la prensa.

SEÑOR PRESIDENTE.- Quiero aclarar al señor Senador Alfie que estaba presente un representante del Partido Colorado, un Diputado, en la discusión de este tema.

SEÑOR ALFIE.- Entiendo perfectamente lo que dice el señor Presidente, pero él está hablando de la presencia de un Diputado y aquí estamos en el Senado. Repito que, a veces, lo que sale a luz no corresponde exactamente a lo que se dice, por lo que en muchas ocasiones se producen problemas de transmisión y también de comprensión. En temas tan complicados y delicados, no siempre lo que se trasmite es captado por el sector que siempre tiene menos información, porque quien debe conocer los temas no los trasmite adecuadamente.

La verdad es que, señor Presidente, nos habría gustado escuchar a las partes aquí para entender por qué unos están a favor y otros en contra; por supuesto, también nos habría gustado escuchar al señor Ministro Astori. Asimismo, nos hubiera gustado conocer cuáles son los cambios que quienes vienen aquí nos proponen.

Creo que hacer comparaciones con otras leyes, no es válido. No creo que sea válido comparar este proyecto de ley con una ley de Presupuesto, que tiene un plazo perentorio constitucional; tampoco pienso que sea válido comparar esta iniciativa con la Ley de Reprogramación de Depósitos de la Banca Pública -no se trataba de la ley de creación del Nuevo Banco Comercial- que, de todas maneras, fue tratada durante cinco días, se recibió en Comisión a un gran número de personas vinculadas al tema y, además, se le introdujo una cantidad de modificaciones en el tratamiento parlamentario. Por otra parte, no hay que olvidar que sin esa ley no se podía reanudar la actividad bancaria y, por lo tanto, tampoco se podía pagar los sueldos y las jubilaciones. Ese, precisamente, era el motivo de la urgencia en el tratamiento de aquella ley. Decididamente, hay comparaciones que no son válidas, porque en aquella ocasión estaba cerrada la actividad financiera desde hacía cinco días, concretamente desde el 31 de julio, y no se podían, repito, pagar sueldos ni jubilaciones. Entonces, no era lo mismo discutir en cinco días una ley de esas características. Se trataba de una situación que recuerdo bien, porque la viví muy intensamente, a pesar de que me encontraba fuera del país. Reitero que recuerdo bien las horas y horas de discusión parlamentaria, los tiempos que se empleaban y las cosas que se querían modificar, tanto porque se veía que estaba mal lo que se planteaba, como porque había que contemplar determinadas situaciones.

Debo decir que nuestra posición, en realidad, refleja tristeza, porque fue la Mesa Política del Frente Amplio la que decidió lo que debía resolver el Parlamento. Por lo tanto, vamos a escuchar a la señora Senadora Dalmás para, aunque más no sea, entender el proyecto de ley, pero nada más que eso. Con respecto a lo que haremos en el Plenario, informo a la Comisión que todavía no hemos adoptado una posición al respecto.

SEÑOR LARA.- Señor Presidente: entiendo que cada uno de nosotros tiene libertad de expresión y de adoptar la actitud que le parezca más conveniente. En lo personal, voy a explicar por qué voy a votar en contra, voy a dejar por escrito en la Comisión la fundamentación de mi voto negativo y no voy a escuchar a nadie, por la sencilla razón de que ya se anunció que igualmente se va a aprobar el proyecto. Entonces, ¿para qué voy a escuchar?

Realmente, nos preocupa enormemente -aclaro que respetamos la opinión de los compañeros que se han expresado en este asunto- la forma en que se ha manejado este tema. A las 12 y 30 horas se me informó que el proyecto se iba a votar a tapas cerradas, y en eso también destaco la actitud del señor Presidente de la Comisión que fue quien me comunicó esa decisión. Eso significa que no contamos con el mínimo margen para discutir el tema. Concretamente, se nos dijo que se había logrado un acuerdo político en el día de ayer. En consecuencia, personalmente entiendo que aquí estamos de más. Hay una realidad: el Partido de Gobierno tiene los votos suficientes para sacar el proyecto adelante y lo va a hacer. Lo que no me parece que sea válido es que se haga referencia a que lo que era malo antes, ahora es bueno. En realidad, se trata de lo mismo. Ahora se está haciendo lo que antes se criticaba. No digo que esté mal, porque por algo el 31 de octubre de 2004 una parte muy importante del pueblo uruguayo dio su apoyo a la fuerza política que hoy ejerce el Gobierno. Lo que queremos decir es que estamos totalmente en contra de no poder hablar sobre las posibles modificaciones que podíamos presentar porque, entonces, qué sentido tiene esta instancia. Hace tres meses que estamos esperando que este proyecto de ley sea tratado en Comisión; ahora, por determinadas razones -que respetamos-, no será discutido. Entonces, simplemente, digo que votaré en contra, pero no voy a estar presente cuando se proceda a la votación.

A su vez, voy a entregar a la Mesa un escrito donde figura mi posición acerca del tema y los posibles cambios que iba a intentar introducir y luego me retiraré de Sala. Como decía el señor Senador Alfie, nos quedamos con las ganas de conversar acerca de este tema. De cualquier manera, de más está decir que respeto la actitud de la mayoría aunque, obviamente, no la comparto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Independientemente de la forma de su instrumentación, este es un tema con respecto al cual todos los partidos políticos aquí representados tienen posiciones que son públicas. Es verdad que lo que ha presentado el Presidente del Directorio del Partido Nacional -que estamos distribuyendo- fue presentado también en conferencia de prensa, y es claro que uno toma conocimiento de la forma en que cada cual se expresa -como tiene derecho a hacerlo- en la actividad política.

Personalmente, soy un hombre que durante mucho tiempo ha estado vinculado al mundo laboral, trabajando en el tema de las libertades sindicales. Creo que aquí la importancia del tiempo es vital, con vistas a una futura ronda salarial y en aras de un justo equilibrio entre el derecho del trabajador y el derecho a ser protegido que tiene el empresario que cumple con sus obligaciones sindicales, teniendo claro que los que las incumplen no constituyen la mayoría.

Por nuestra parte, consideramos que este proyecto de ley tiene una gran premura y, como las posturas con respecto al eje central del tema -que es, en definitiva, la libertad sindical y la capacidad de reinstalación del trabajador cuando esa libertad es violada en un acto de discriminación- son ya conocidas, perfectamente se puede pasar a votar. Sinceramente, no siento que se esté pasando por arriba de nadie, pues conozco la posición de cada uno de los señores Senadores que se encuentran presentes. Me parece que todos debemos ser conscientes de que los proyectos jurídicos tienen, entre otros cometidos, el de dar la seguridad jurídica imprescindible que el país necesita, y estoy convencido de que esta iniciativa, efectivamente, da esa seguridad jurídica porque con normas y reglas claras es posible desarrollar la actividad sindical y también la actividad empresarial.

Hablo como ex Presidente de una gremial empresarial y, desde este punto de vista, esta seguridad es uno de los valores sustantivos que un Gobierno debe dar para que el mundo del trabajo pueda desarrollarse en todos sus aspectos. En este caso, reitero, estamos ante un elemento que brinda seguridad, desde el momento en que se legisla sobre un tabú que existía en el Uruguay en el mundo legislativo, no en el mundo político ni académico, y menos aún en el mundo internacional, puesto que nuestro país ha suscrito convenios internacionales en esta materia y nunca fueron incorporados al Derecho Positivo. En definitiva, considero que el tiempo es importante y que esta es la visión general.

A continuación, correspondería pasar a cuarto intermedio por quince minutos, tal como ha sido solicitado por el Partido Nacional.

(Así se hace. Es la hora 17 y 15)

SEÑOR PRESIDENTE.- Habiendo número, se reanuda la sesión.

(Es la hora 17 y 37 minutos)

SEÑOR LARRAÑAGA.- Señor Presidente: vamos a solicitar que se convoque nuevamente a esta Comisión integrada para el próximo martes, en el horario que se determine por la Mesa, a efectos de convocar al PIT-CNT, al COSUPEM, al señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social y a alguna representación del Ministerio de Economía y Finanzas, si no pudiera concurrir el señor Ministro.

Entendemos también importante, señor Presidente, que se disponga un comparativo en el que figure el proyecto aprobado por la Cámara de Representantes y el modificativo del que tomamos conocimiento recientemente y también de los otros proyectos que llegaron a la Comisión.

SEÑOR MICHELINI.- Nosotros no tenemos ningún inconveniente en que se cite a la Comisión para el martes a la hora 9 a fin de escuchar al PIT-CNT, al COSUPEM y a una delegación del Poder Ejecutivo encabezada por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social y, si es posible, por el Subsecretario Bergara; habrá que ver en su oportunidad los tiempos.

Tampoco tenemos inconveniente en que se haga un comparativo, en el entendido de que nosotros, como mayoría, vamos a aprobar el proyecto independientemente de si la oposición nos acompaña; que el proyecto en consulta sea el que estamos presentando ahora, que es el aprobado por la Cámara de Representantes con algunas modificaciones, y que esta Comisión resuelve incluir en el orden del día de la sesión del Senado del próximo martes el proyecto que estamos elevando.

SEÑOR LARRAÑAGA.- Habría que votar las mociones por separado.

SEÑORA DALMAS.- Creo que, para completar nuestra reunión del día de hoy, deberían tomarse unos minutos más para facilitarnos la posibilidad de explicar las modificaciones que estamos proponiendo al proyecto aprobado por la Cámara de Representantes, a fin de que los señores Senadores tengan todos los elementos a disposición.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar si se convoca una sesión extraordinaria de la Comisión para el próximo martes a la hora 9.

(Se vota:)

11 en 11. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Se va a votar si se invita al PIT-CNT, al COSUPEM y al Poder Ejecutivo.

(Se vota:)

11 en 11. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Finalmente, se va a votar si se incorpora este tema al orden del día.

(Se vota:)

8 en 11. Afirmativa.

SEÑORA DALMAS.- Vamos a especificar las modificaciones al proyecto de ley de la Cámara de Representantes.

El último inciso del artículo 1º del proyecto original dice "Las garantías prescriptas en la presente disposición, alcanzan a los trabajadores que efectúen actuaciones tendentes a la constitución de organizaciones o coaliciones de trabajadores, dentro o fuera de los lugares de trabajo", y la modificación consiste en establecer: "la constitución de organizaciones sindicales dentro o fuera de los lugares de trabajo".

La razón de la modificación es para prevenir que una coalición de trabajadores que no sea oficialmente una organización sindical, promueva medidas independientemente de la resolución mayoritaria y democrática de su gremio. De esta forma, con la supresión de esta figura, se evitan situaciones que puedan traer problemas en el futuro.

En el artículo 2º del proyecto original se dice: "Sin perjuicio de los procedimientos y de las sanciones administrativas, la pretensión de reinstalación o de reposición del trabajador despedido o discriminado, por los motivos indicados en el artículo precedente, se tramitará de acuerdo con los procedimientos y en los plazos establecidos para la acción de amparo (Ley Nº 16.011, de 19 de diciembre de 1988). Procederá, en todos los casos, con independencia de la existencia de otros medios jurídicos de protección.

La legitimación activa referida en los artículos 1º y 4º de dicha ley, también comprende a las organizaciones representativas de trabajadores.

Serán competentes los tribunales que, en su respectiva jurisdicción, entiendan en materia laboral.

La parte demandante estará exonerada del pago de tributos y costas".

Para este artículo 2º nuestra fuerza política propone el siguiente artículo modificativo: "Artículo 2º.- (Procedimiento) 2.1 (Proceso común)" -en realidad, desde el punto de vista legislativo no corresponde ese tipo de enumeración- "La pretensión de reinstalación o de reposición del trabajador despedido o discriminado tramitará por el proceso extraordinario (artículos 346 y 347 del Código General del Proceso)."

SEÑOR LARRAÑAGA.- Eso es lo común.

SEÑORA DALMÁS.- Continúo: "El tribunal dispondrá, si correspondiere, el cese inmediato de los actos discriminatorios cuando a juicio de dicho tribunal los hechos sean notorios.

2.2 (Proceso de tutela especial) La tutela especial procederá en caso de actos discriminatorios contra:

  1. los miembros (titulares y suplentes) de los órganos de dirección de una organización sindical de cualquier nivel;
  2. los delegados o representantes de los trabajadores en órganos bipartitos o tripartitos;
  3. los representantes de los trabajadores en la negociación colectiva;
  4. los trabajadores que hubieran realizado actividades conducentes a constituir un sindicato o la sección de un sindicato ya existente, hasta un año después de la constitución de la organización sindical;
  5. los trabajadores a los que se conceda tutela especial mediante negociación colectiva.

En estos casos, se aplicará el procedimiento y los plazos establecidos para la acción de amparo (artículos 4 a 10 de la Ley 16.011 de 19 de diciembre de 1988), con independencia de la existencia de otros medios jurídicos de protección.

El trabajador deberá fundamentar por qué sostiene que fue despedido o perjudicado por razones sindicales.

Corresponderá al empleador, debidamente notificado del contenido de la pretensión de amparo, probar la existencia de una causa razonable, relacionada con la capacidad o conducta del trabajador, o basada en las necesidades de la empresa, establecimiento o servicio, u otra de entidad suficiente para justificar la decisión adoptada".

En esta propuesta modificativa se consagran los dos procedimientos diferenciales para el trabajador afiliado al sindicato común, para los dirigentes sindicales y otros representantes detallados en los literales del numeral 2.2. Este fue uno de los temas importantes solicitado por diversos sectores; no sólo del empresarial, sino también del político.

Entendimos de recibo hacer procedimientos diferenciales en la tutela especial y en el procedimiento anterior, en el 2.1. Quizás aquí haya que hacer una corrección de título; en realidad es un proceso extraordinario pero que ya está previsto en el Código General del Proceso. Es decir que tiene distintos tiempos y un procedimiento diferente para sustanciar el juicio.

En el artículo 3º también tenemos una propuesta de modificación y contiene disposiciones comunes a ambos procedimientos. Se sustituye por el siguiente texto: "Artículo 3º. (Disposiciones comunes a ambos procedimientos):

  1. En todo caso que la sentencia a recaer constate la violación a cualquiera de las garantías prescriptas en el artículo 1º de la presente ley, se dispondrá la efectiva reinstalación o reposición del trabajador despedido o discriminado, generándose en consecuencia a favor de éste el derecho a percibir la totalidad de los jornales que le hubiere correspondido cobrar durante el período que insuma el proceso de reinstalación y hasta que ésta se efectivice.
  2. En los procedimientos a que refiere el artículo 2º de la presente ley, la legitimación activa corresponderá al trabajador actuando conjuntamente con su organización sindical.
  3. El proceso se ajustará a los principios de celeridad, gratuidad, inmediación, concentración, publicidad, buena fe y efectividad de la tutela de los derechos sustanciales".

SEÑOR PRESIDENTE.- Si les parece bien a los demás miembros de la Comisión, creo que la señora Senadora Dalmás podría incorporar todas las modificaciones y luego responder las preguntas.

SEÑORA DALMAS.- Los literales que contienen alguna novedad son el a) y el b) que acabo de leer. En el literal a) se incorpora la reinstalación o reposición efectiva del trabajador despedido porque, a nuestro entender, esa figura es la única garantía real para que se respete su derecho, y en el caso de que sea vulnerado, se vuelve a la situación inicial. Hemos aprendido con la experiencia, que la indemnización en dinero, no ha logrado un ordenamiento de la situación de acuerdo a Derecho, sino que lo único que ha acarreado son situaciones de desviación, por decirlo de alguna manera. Además es un problema de principios, cuando hay un derecho vulnerado, no se puede restañar con dinero, y menos en un caso como éste.

El literal b): "En los procedimientos a que refiere el artículo 2º de la presente ley, la legitimación activa corresponderá al trabajador actuando conjuntamente con su organización sindical", refiere a la organización sindical a la que pertenece el trabajador; en el caso de que sea un solo sindicato, será éste, pero si hay dos o tres sindicatos en el mismo lugar de trabajo, será al que el trabajador pertenece.

SEÑOR GALLINAL.- Se refiere a que no puede comparecer solo.

SEÑORA DALMAS.- Es verdad, "actuando conjuntamente con su organización sindical" entendemos que constituye una garantía, no sólo para el trabajador, sino también para el empleador. Esto significa que un trabajador aislado, que ha cometido una falta por la cual se le ha despedido, no puede iniciar un juicio alegando un despido o una discriminación antisindical cuando, en efecto, su organización sindical no lo respalda.

Quiero decir que en este país hay una larga historia sindical, desde el origen de los sindicatos hasta hoy, en la que se ha procurado, por la vía de convenio o por la de legislación, que las situaciones de desviación respecto al verdadero reclamo de violación de derechos sindicales no se ejerzan de manera corrupta. Para ello, se ha legislado o se ha reglamentado internamente en los sindicatos, de forma tal que el trabajador no pueda especular cuando ha cometido una falta de otra naturaleza. Entonces, consideramos que esto es una garantía para ambas partes.

Los demás literales de este artículo recogen redacciones textuales de la Cámara de Representantes.

Por otro lado, el artículo 4º incorpora un texto alternativo que se refiere a otro tema, que es la licencia sindical. "Se reconoce el derecho a gozar de tiempo libre remunerado para el ejercicio de la actividad sindical. El ejercicio de este derecho será reglamentado por el Consejo de Salarios respectivo o, en su caso, mediante convenio colectivo".

Vuelvo a algunas consideraciones anteriores. La licencia sindical para actividades sindicales en tiempo libre remunerado, es un derecho fundamental de la actividad sindical. Precisamente, aquí se consagra ese derecho. ¿Por qué no se reglamenta? La experiencia ha demostrado que cuando esto se hace en los ámbitos más idóneos -como puede ser un Consejo de Salarios o un convenio colectivo-, se reglamenta de una forma más adecuada para el empleador y para el trabajador. Entonces, necesariamente debe ser reglamentado.

Las empresas públicas -y este es un caso que he vivido de una forma muy directa-, hicieron convenios con su patrón, -es decir, el Estado- a partir del año 1993, en los que se establecen puntos de reglamentación de la licencia sindical; en algunos casos, incluso, se dejaron liberados a cada empresa, porque cada Directorio hizo convenios con los sindicatos según el funcionamiento real de ésta, de acuerdo con las posibilidades que cada uno tenía y en la forma más conveniente para brindar ese tiempo libre sindical. Es tiempo libre que, para ser efectivo, generalmente, tiene que darse en horario de trabajo, porque fuera de él es muy difícil funcionar en asambleas, y cuantas más asambleas se hagan, incluso hasta por sector de trabajo, más democráticas serán las resoluciones.

SEÑOR PRESIDENTE.- Aquí hay otro elemento a tener en cuenta, que tiene que ver con la reciente ronda salarial que acaba de culminar, en la cual en más del 90% de los casos las partes llegaron a acuerdos sin intervención del Poder Ejecutivo. En los que casos que hubo que votar, el Poder Ejecutivo lo hizo conjuntamente con la patronal del taxímetro y de la pesca, por entender que era el laudo más conveniente.

SEÑORA DALMAS.- Por último quiero decir que la licencia sindical, como no escapará a la inteligencia de los señores Senadores, no se refiere a los casos de sindicatos que tienen tradición y fuerza -es decir, sindicatos grandes y confederaciones-, ni tampoco al sector público, que hace muchísimos años tiene este derecho consagrado, sino al resto del sector privado, que no lo tiene. Por lo tanto, consideramos conveniente establecer ese derecho para todos.

Para ahorrar tiempo, quiero decir a los señores Legisladores que el resto de los artículos, con diferente orden, recogen redacciones originales del proyecto proveniente de la Cámara; obviamente, tienen distintos números.

SEÑOR GALLINAL.- ¿Y eso es bueno o malo?

SEÑORA DALMAS.- Eso lo evaluará el señor Senador cuando lo lea.

SEÑOR LARRAÑAGA.- Quiero hacer una consulta a la señora Senadora Dalmás.

Dentro de las disposiciones comunes a ambos procedimientos del artículo 3º, el literal b) hace referencia a que: "En los procedimientos a que refiere el artículo 2º de la presente ley, la legitimación activa corresponderá al trabajador actuando conjuntamente con su organización sindical". La pregunta es por qué ese contenido complejo de la legitimación activa. ¿Cuáles son las razones para ello, cuando también es un derecho inherente al propio trabajador, al que puede no llegar a tiempo el respaldo de la organización sindical para deducir su accionamiento?

SEÑORA DALMAS.- Para nosotros -y repito la explicación que di cuando leí el artículo- tuvo prioridad el hecho de garantizar que no se desvirtúe este derecho y que el trabajador deba plantear su situación al sindicato al que está afiliado -ya que, supuestamente, por una acción sindical ha sido vulnerado su derecho- y éste tenga que concurrir con él para que nadie, individualmente, pueda alegar y cuestionar en forma ilegítima a un empresario o patrón cuando, en realidad, fue despedido por razones comunes. El sindicato, seriamente, debe avalar que se ha vulnerado el derecho del trabajador. Es más; consideramos una garantía para ambas partes el hecho de que el trabajador se presente con su sindicato. De hecho, esto fue lo que motivó esta legitimación activa. En el Uruguay de hoy, con la realidad y la práctica sindical que tenemos, esa fue, reitero, la razón fundamental.

SEÑOR MICHELINI.- Creo que es muy bueno que en el artículo 2º se establezca, en lugar de proceso común, proceso extraordinario, porque cualquier trabajador, fuera de esta ley, tiene todo el derecho de hacer los reclamos que crea convenientes en la Justicia laboral. Ahora bien; los beneficios de esta ley son tratados bajo dos mecanismos y, en ambos, la legitimación activa corresponde al trabajador acompañado por el sindicato. Entonces, nos parece que no debería desvirtuarse ese objeto. Si un trabajador tiene un reclamo, lo puede hacer; ahora, para beneficio de esta ley, lo que decimos es que si existe persecución o discriminación sindical, notoriamente, quien primero tiene que estar enterado es el propio sindicato. A estos efectos, hay un procedimiento extraordinario, rápido y breve, y existe uno de tutela especial para aquellos que ejercen la parte activa sindical de mayor protección.

SEÑOR PRESIDENTE.- Personalmente tengo una experiencia de 20 años asesorando Cámaras empresariales y empresas, y me parece que es muy bueno que por el sindicato pase un reclamo que puede ser abusivo respecto de algún caso individualmente considerado, dado que la historia sindical y la experiencia nos demuestran que, por lo menos desde 1985 a la fecha, salvo muy pequeñas excepciones, la central sindical y los sindicatos de ramas, en especial, han tenido particular cuidado en el uso del instrumento de la defensa del dirigente sindical.

Entonces, a la luz de la experiencia, redactamos esto con otros compañeros, en la medida en que da garantías para tratar de eliminar posibles abusos, que podrían existir, hacia trabajadores individualmente considerados.

SEÑOR BRECCIA.- Quizás sobreabundando en la respuesta que acaban de dar el señor Presidente y el señor Senador Michelini, pero con el propósito de responder a la inquietud del señor Senador Larrañaga, entiendo que lo que debe manifestarse a este respecto es que aun frente a un caso de actividad antisindical o discriminación antisindical en perjuicio de un trabajador, si este no es acompañado por su organización sindical, no le queda vedado el acceso al reclamo y, obviamente, al proceso ante la Justicia. En ese caso, el trabajador debería utilizar, obviamente, el procedimiento ordinario; pero eso estaría justificado, precisamente, porque al no ser avalado por la organización sindical, hay una especie de requisito de procedibilidad que no se cumple. Si su organización sindical no lo avala, es porque ya, de base, el reclamo presenta serias dudas sobre la procedencia.

SEÑORA DALMAS.- Como ex Presidenta de un sindicato y miembro del Secretariado del PIT-CNT, quiero decir que desde el año 1985 en adelante, muchas veces nos tocó negar la defensa de un trabajador o de un grupo de trabajadores que alegaban persecución sindical, porque se trataba de faltas comunes. Como dirigente sindical hacer eso no es sencillo; sin embargo, en general se trata de cuidar el prestigio de la herramienta fundamental que tiene el trabajador.

Creo, entonces, que más que una falta de garantías, esto es un seguro.

SEÑOR LARRAÑAGA.- Señora Senadora Dalmás: comprendo la explicación, pero simplemente estoy preguntando, no cuestionando. Entiendo que el trabajador que no concurra a defender sus derechos a través de los procedimientos establecidos por esta ley puede, por supuesto, recurrir al mecanismo del régimen general; no se precisa esta ley para reconocérselo. Lo que me preocupa es que un trabajador que, por ejemplo, se sienta perjudicado, tenga un mal relacionamiento con su sindicato y no reciba de su parte el respaldo que necesita, no perfeccione la legitimación activa y, por lo tanto, no pueda acudir a los procedimientos monitorios excepcionales que este proyecto de ley prevé. Pongo el ejemplo de un caso que terminaría en perjuicio del interés que se pretende tutelar, cuando se podría hacer referencia al trabajador por sí o complementado con la presencia del sindicato.

Simplemente planteo la pregunta ante la situación de un trabajador que podría quedar expuesto si mantuviera diferencias con el sindicato y, de esa forma, no se viera acompañado en la complementación de la legitimación activa.

SEÑOR PINTADO.- He escuchado con suma atención el desarrollo de la sesión y aclaro que a uno le cuesta adaptarse al mecanismo de trabajo.

Es cierto que el riesgo existe, pero es mínimo porque es muy difícil que a alguien lo despidan por actividad sindical y no esté en el sindicato. Por lo general lo que ocurre es que quien está desarrollando una actividad sindical, lo hace en el marco de su organización, y de esto puedo hablar por mi propia experiencia. No ocurre otra cosa diferente. Se quiere evitar que el trabajador tenga una eventual discriminación por parte de su sindicato. ¿Pero está desprotegido en su derecho? No, porque tiene el camino para recurrir. Lo que queremos evitar es que cualquier indisciplina o falta en el trabajo que no tenga que ver con la actividad sindical, sino con las violaciones propias del estatuto del trabajador -lo tenga o no- o de los reglamentos internos, se pueda disfrazar como un ataque a la organización sindical. De lo contrario, estaríamos habilitando un mecanismo que en cada aspecto de la actividad de una empresa, en la que a mí se me perjudicó por mi bajo rendimiento, como casualmente soy un delegado, pueda esgrimir por mí y ante mí esa condición. ¿Qué es lo que se requiere? Que mis pares, mis compañeros de la organización a la que pertenezco, evalúan si eso ha sido una actitud discriminatoria en la actividad sindical o realmente un bajo rendimiento del trabajador.

En mi vida sindical he descartado defender a una cantidad de trabajadores por materias de inconducta, pero sí les proporcionamos el asesoramiento legal correspondiente para que el sumario fuera hecho como correspondía, porque hay un límite que no se puede pasar, y creo que acá se le preserva el derecho.

A la preocupación del señor Senador Larrañaga quiero responder que eventualmente podría ocurrir, pero ese trabajador tiene asegurado un camino, y el resultado judicial de ese camino tiene las mismas consecuencias que el proceso extraordinario o rápido establecido aquí.

(Ocupa la presidencia el señor Senador Rubio)

SEÑOR MICHELINI.- ¿Qué es lo que tratamos de tutelar o de defender? Hoy cualquier trabajador, sin esta ley, se puede presentar y puede lograr probar su reclamo, quizás, en dos años; pero cuando hay discriminación y persecución, nosotros queremos tutelar al trabajador discriminado, echado o perseguido por su actividad sindical. Entonces lo que hacemos -lo dijo en otra oportunidad el señor Senador Vaillant- es una discriminación positiva; o sea, estamos tratando de diferente forma a los que son diferentes. A aquel que actúa o trabaja con el sindicato y hace actividad sindical, lo queremos proteger; es decir que queremos proteger esa libertad sindical. Hoy todo el mundo tiene derecho a presentarse. Ahora, si hay una discriminación y el sindicato la avala, tiene un procedimiento extraordinario. Si además es dirigente sindical, concurre a las tripartitas y a las bipartitas y, además, está en la negociación colectiva, hay una tutela especial. Si nosotros no hiciéramos esa diferencia e incluso, ese filtro del propio sindicato, y pusiéramos, para poner un ejemplo, la tutela especial para todos, lo que estaríamos haciendo sería, en cierta medida, desprotegiendo la ley.

Repito que no queremos que haya un incremento de demandas o, incluso, de abogados que estimulen demandas, porque nuestra real intención es la de defender al trabajador perseguido, discriminado o despedido por su actividad sindical. Entonces, en forma notoria, estamos ante tres procedimientos: uno es el actual, y también hay dos especiales, en caso de legitimación activa por parte del trabajador junto con su sindicato.

SEÑOR LARRAÑAGA.- Se me ocurre una pregunta con respecto al artículo 2º, en virtud del poco tiempo que hemos tenido para leer el proyecto. Me refiero al tema de los beneficiarios de la tutela especial en caso de actos discriminatorios. En ese artículo se encuentran los literales a), b), c), d) y e), pero en ninguno se especifica de cuántos trabajadores se habla, de cuáles se trata o si se hace referencia a todos. Se habla de los miembros titulares y suplentes de los órganos de dirección, ¿pero hasta qué número? Se menciona a los representantes de los trabajadores en los organismos bipartitos o tripartitos, ¿pero cuáles? El literal c) habla de los representantes de los trabajadores en la negociación colectiva, ¿pero cuántos son? El literal d) menciona a "los trabajadores que hubieran realizado actividades conducentes a constituir un sindicato", pero podrían ser todos los trabajadores los aspirantes a constituir un sindicato.

Recuerdo que en oportunidad de tratarse el Presupuesto quinquenal, cuando yo era Intendente Municipal de Paysandú, establecimos que la nuestra sería, no sé si la primera Intendencia -aunque estoy casi seguro de que sí- en consagrar el fuero sindical, la licencia sindical, las normas de protección para el trabajo sindical, junto con cartelera sindical y también el retiro de la cuota sindical a través de la propia Intendencia. Por todo esto, quería preguntar por qué no se establece en el texto una limitación y, en cambio, se menciona a los trabajadores como un universo sin un número definido.

SEÑORA DALMAS.- Entiendo la preocupación del señor Senador Larrañaga, pero debo decirle que no estaría bien que se estableciera un número específico, debido a la diversidad de situaciones y de los propios integrantes de las direcciones sindicales. Asimismo, hay algunos órganos en particular -no me refiero a las direcciones sindicales que tienen cierta estabilidad en el número, porque lo indican los estatutos, en forma distinta para cada gremio pero siempre manteniendo un número estable-, como los bipartitos o tripartitos, que son absolutamente específicos. Puede ocurrir, de pronto, que se trate de un órgano bipartito que tiene para tratar un tema específico por un período determinado. Incluso, hay órganos bipartitos que no están creados, y que pueden llegar a crearse o no, razón por la cual no sabemos el número de personas que van a intervenir. Además, estos órganos pueden ser fluctuantes, porque se crean para un tema concreto, como puede ser la negociación ante el Consejo de Salarios, finalizando sus funciones con la culminación de esa instancia.

Por lo tanto, entiendo que todo dependerá del convenio colectivo o del Consejo de Salarios. Creo que eso es materia de reglamentación y me refiero tanto a un convenio como a una normativa general que puede realizar el propio Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Sin embargo, no quisiera que esta reunión finalizara sin mencionar dos puntos que me parece son fundamentales. Uno de ellos es la supresión del texto anterior que creaba, en su artículo 5º, el Registro de Infractores a la Libertad Sindical y, junto a esto, hemos eliminado también las consecuencias de la infracción. A su vez, hemos suprimido la retroactividad de la vigencia de la ley; así, en la propuesta actual de nuestra Bancada, el presente proyecto de ley entrará en vigencia a partir de su promulgación. Se trata de un cambio que fue muy reclamado por parte de diversos sectores.

SEÑOR RUBIO.- Dado que se piensa enviar un comparativo junto con la versión taquigráfica de lo expresado en esta reunión a las distintas organizaciones e instituciones convocadas para el día martes próximo, se me ocurre que sería bueno que se hicieran todas las aclaraciones que se consideren necesarias sobre la naturaleza de la propuesta.

SEÑOR ABREU.- Quisiera plantear una cuestión específica, que me genera cierta preocupación.

Tengo mis dudas acerca del ejercicio de la titularidad de los derechos compartidos. Me refiero al derecho individual del trabajador de ampararse en un procedimiento de carácter especial que estaría limitado por una primera barrera, una primera decisión que se toma a nivel del sindicato, frente al propio ejercicio de su derecho, aunque no esté limitado en otros ámbitos. Estamos haciendo, en todo caso, una cierta discriminación a favor de quien se supone debe tener el respaldo de la organización sindical.

Ahora bien; en el literal d) del artículo 2º, se hace referencia a "los trabajadores que hubieran realizado actividades conducentes a constituir un sindicato o la sección de un sindicato ya existente, hasta un año después de la constitución de la organización sindical". Quiere decir que puede ser titular de un derecho el que no haya fructificado su esfuerzo en la constitución de un sindicato. Entonces, mi pregunta es la siguiente: desde el punto de vista jurídico o legal, ¿a partir de qué momento se reconoce como constituida una organización sindical? ¿A partir del otorgamiento de la personería jurídica, o a partir de que se diga simplemente: "Nos reunimos en tal asamblea y hemos constituido el sindicato"?

Planteo esto porque, a mi juicio, junto al esfuerzo que hay que realizar en el ámbito sindical, se debe también incentivar la sindicalización formal. Si no tenemos este tipo de referencia en cuanto al punto en que la sindicalización adquiere una legalidad definitiva, podemos estar creando distintas situaciones informales y, de esta manera, cualquier sindicato, aun precario y sin tener personería jurídica, podría actuar como juez de los derechos de alguien que se considere discriminado.

SEÑOR PRESIDENTE.- Trataré de responder a la pregunta del señor Senador que, verdaderamente, es muy interesante.

Este proyecto de ley trata sobre las libertades sindicales, y creemos que debemos seguir construyendo sobre muchas cosas que no están solucionadas -por decirlo así- en el Derecho uruguayo, por la ausencia de normas y por la costumbre. A nuestro juicio, la mayor violación que se produce al fuero sindical tiene lugar en los sindicatos en formación, porque es allí donde muchos empresarios optan por atacar o decapitar, digamos, la incipiente organización sindical.

Nosotros creemos que la historia del Derecho sindical y del tripartismo uruguayo siempre ha hecho que el sindicato no exista exclusivamente como una persona jurídica, sino simplemente por su constitución, su notificación al empleador y su incorporación a la central sindical o por el inicio de su actividad sindical. Esto es, tal vez, un debe que tiene el Derecho colectivo laboral uruguayo. Sin embargo, no olvidemos que somos el único país del mundo que tiene un Derecho colectivo sin marco normativo específico. Entonces, es verdad que tenemos que avanzar sobre él, pero también que dentro de esta ausencia de normas jurídicas habría que avanzar en otros campos, y creo que hoy basta, para que se reconozca la organización sindical, con su existencia y la notificación, sin más formalidades, según la teoría más recibida de los laboralistas uruguayos.

SEÑOR PINTADO.- Creo que aquí hay un marco general y después la reglamentación tendrá que regular estas cuestiones. Recién hablábamos con el señor Senador Michelini sobre todos los caminos, diferentes y alternativos, que puede haber para un reconocimiento formal de una organización, cualquiera esta sea. Sin embargo, me parece que está bien que se plantee la pregunta y se dé el debate, pero son cuestiones propias de la reglamentación.

Le comentaba al señor Senador Abreu que en el sindicato al que pertenecí, la FUS, cuando se discutió el Consejo de Salarios, en una actividad tan compleja como la de la salud, sin contar el sector médico -es decir, sólo en la parte de los funcionarios-, hubo 250 delegados. Incluso, hubo que habilitar edificios, que el Ministerio no tenía, porque había delegados de oficios, construcción, lavadero, mantenimiento, enfermería con sus distintos grados, etcétera. Esos delegados estuvieron protegidos durante el proceso de negociación; luego, volvieron a ser funcionarios comunes y corrientes.

También ocurre que, según el tema, las empresas tienen comisiones de relacionamiento, que no sólo tienen que ver con cuestiones de conflictos, sino también de cooperación, reestructura, nuevas tecnologías, etcétera. Para todo eso se le pide un aval al sindicato.

A veces un diferendo grande puede originar una sanción, porque no va el empresario, sino un representante de él, que por lo general tiene un cargo jerárquico. Con frecuencia hay pequeñas "revanchitas", porque estos jerarcas se sienten amenazados por el dirigente sindical que está proponiendo mejoras al empresario, cuando son ellos los que deben proponerlas. Todo esto tiene un período de actuación; después, se cesa y se vuelve a la normalidad. Este es el sentido de la norma, porque no hay una certificación; no se obtiene el título de delegado al Consejo de Salarios "in eternum". Es más; probablemente actúe uno y luego, otro.

SEÑORA DALMAS.- Más allá de que seguramente no lo vamos a poder resolver en este proyecto de ley, estoy de acuerdo con que se tienda a la formalidad también en este tema. Sin embargo, es muy difícil que se pueda establecer como iniciación formal la personería jurídica, porque los trámites para obtenerla son realmente complicados, por lo que de esta forma estaríamos discriminando o impidiendo la actividad sindical. De todas maneras, pienso que puede haber un registro en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que sería de utilidad para el trabajador que está empezando -que todavía no va a ser dirigente porque aún no hay gremio, sino que solamente estará promoviendo una asamblea constitutiva-, porque significa una garantía. Creo que, de alguna manera, esto se está aplicando actualmente, en virtud que ha habido intentos de formación de sindicatos con despidos masivos en este período, de marzo hasta ahora.

Me interesa la idea de formalidad porque hace bien a todos, pero hay que buscar el instrumento adecuado.

SEÑOR PRESIDENTE.- Cuando uno estudiaba estos temas en los libros de Ferrari, veía que para los hombres del Derecho es poco entendible que una rama tan importante, como es la del Derecho colectivo uruguayo, tenga legislaciones aisladas. Tal vez deberíamos caminar hacia el Código de Trabajo, ya que son las materias pendientes que tiene la sociedad uruguaya. Sin embargo, también es verdad que, como en pocos países del mundo, la negociación colectiva funcionó, cuando hubo voluntad política de los Gobiernos de instaurarla, con el apoyo de las agremiaciones empresariales, algunas de las cuales tampoco tienen personería jurídica pero han contado con el respeto del Ministerio y de los sindicatos. Lo mismo sucede con los sindicatos, porque no todas las agremiaciones sindicales tienen personería jurídica.

Comparto que hay que buscar caminos para solucionar este tema, pero no hay que olvidar que hace muchos años que venimos arrastrando este ausentismo, por lo que la globalidad tendría que pasar por varios aspectos del Derecho colectivo uruguayo. Reitero que, de todas maneras, ese no ha sido un impedimento para tener convenios colectivos, Consejos de Salarios durante muchos años y ámbitos de negociación luego de la reapertura democrática, y ahora. Por tanto, si bien a medida que aparecen este tipo de leyes hay que ir ayudando a que tengan mayores garantías, estamos empezando.

Por otro lado, quiero comunicar que voy a hacer llegar el proyecto con las modificaciones propuestas y el comparativo a las personas e instituciones que estamos invitando, para que todos tengamos la información sobre el documento final, aunque no sea el oficial.

SEÑOR ABREU.- Quiero aclarar que he estado ausente de la reunión porque acompañé al señor Vicepresidente en una instancia protocolar.

Por esta razón, no sé a quienes han citado.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se ha citado para el martes a las 9 de la mañana al Poder Ejecutivo -que van a venir representantes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y del Ministerio de Economía y Finanzas-, al COSUPEM y al PIT-CNT. A su vez, acordamos que se incluya este tema en el orden del día del Plenario de la Cámara de Senadores del día martes.

Se levanta la sesión.

(Así se hace. Es la hora 18 y 33 minutos)

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.