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Carátula

SEÑOR PRESIDENTE.- Habiendo número, está abierta la sesión.

(Es la hora 10 y 19 minutos)

- Damos comienzo a la sesión de la Comisión de Presupuesto integrada con la de Hacienda de la Cámara de Senadores a fin de continuar con la consideración de la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, Ejercicio 2004.

De acuerdo con lo que habíamos resuelto en sesiones anteriores, convocamos y recibimos a los invitados que fueron sugeridos en esta Comisión, y como no hay propuestas para recibir a otros invitados, creo que corresponde abocarnos al tratamiento del proyecto de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal.

Consulto a los señores y señoras Senadoras en cuanto al criterio a seguir. Creo no equivocarme si afirmo que hay varios artículos de este proyecto en los que no hay diferencias y cuentan con consenso, mientras que en otros sí las hay entre los representantes del Gobierno y los de la oposición. Por ello, propongo aprobar en general el proyecto, pasando inmediatamente a considerar el articulado. Aprobaríamos todos los artículos en los que estamos de acuerdo y los Senadores de la oposición nos plantearían el desglose de aquellos sobre los que quieren debatir. De esa manera, hoy podríamos avanzar significativamente si dejamos resueltos todos los artículos en los que hay consenso y, eventualmente, hoy mismo podríamos avanzar en el tratamiento de los artículos en los que hay diferencias, a fin de poder sancionar este proyecto de Rendición de Cuentas lo más rápido posible.

Si hay acuerdo con este criterio, propongo a los señores Senadores presentes del Partido Nacional y del Partido Colorado que nos indiquen cuáles son los artículos que solicitan que sean desglosados, a efectos de su tratamiento en forma individual.

SEÑOR ALFIE.- ¿El Presidente dice que aprobemos el proyecto en general y luego los artículos de a uno?

SEÑOR PRESIDENTE.- Sí, señor Senador; los artículos en los que no tenemos diferencias.

SEÑOR ALFIE.- Me parece mejor votar primero el proyecto en general y luego poner a consideración el artículo 1º, si no hay diferencias se votará y así sucesivamente. Aquellos artículos en los que no hay acuerdo, se desglosarían.

SEÑOR PRESIDENTE.- Compartimos el criterio del señor Senador.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en general el proyecto.

(Se vota:)

En discusión particular.

Léase el artículo 1º.

VARIOS SEÑORES SENADORES.- Que se suprima la lectura de todos los artículos, señor Presidente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Varios señores Senadores solicitan que se suprima la lectura de todos los artículos.

Se va a votar la moción formulada.

(Se vota:)

En consideración el artículo 1º.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

En consideración el artículo 2º.

SEÑOR ALFIE.- Solicito que se desglosen los artículos que van desde el 2º al 7º. Formulo esta moción en conjunto porque desde mi punto de vista son un bloque.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar el desglose de los artículos 2º a 7º, inclusive.

(Se vota:)

En consideración el artículo 8º.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

En consideración el artículo 9º.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

En consideración el artículo 10.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

En consideración el artículo 11.

SEÑOR PENADES.- Solicito que se desglose el artículo 11.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar el desglose del artículo 11.

(Se vota:)

- 10 en 10. Afirmativa. UNANIMIDAD.

- En consideración el artículo 12.

SEÑOR COURIEL.-Solicito su desglose.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar el desglose del artículo 12.

(Se vota:)

-10 en 10. Afirmativa. UNANIMIDAD.

-En consideración el artículo 13.

SEÑOR DA ROSA.- Solicito su desglose.

SEÑOR KORZENIAK.- Propongo que no se voten los desgloses ya que todos estamos de acuerdo y se establezca que se aprueban por unanimidad.

(Apoyados)

SEÑOR PRESIDENTE.- Entonces, se aprueba por unanimidad el desglose del artículo 13.

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración el artículo 14.

SEÑOR ALFIE.- Solicito el desglose de los artículos 14 a 17.

SEÑOR PRESIDENTE.- Por consiguiente, de acuerdo con lo sugerido, se desglosan los artículos 14 a 17.

-En consideración el artículo 18.

SEÑOR COURIEL.- Solicito el desglose del artículo 18.

SEÑOR PRESIDENTE.- De acuerdo con lo sugerido, se desglosa el artículo 18.

-En consideración el artículo 19.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-10 en 10. Afirmativa. UNANIMIDAD.

-En consideración el artículo 20.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-10 en 10. Afirmativa. UNANIMIDAD.

-En consideración el artículo 21.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-10 en 10. Afirmativa. UNANIMIDAD.

-En consideración el artículo 22.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-10 en 10. Afirmativa. UNANIMIDAD.

-En consideración el artículo 23.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-8 en 10. Afirmativa.

-En consideración el artículo 24.

SEÑOR ALFIE.- Solicito su desglose.

SEÑOR PRESIDENTE.- De acuerdo con lo sugerido, se desglosa el artículo 18.

-En consideración el artículo 25.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-9 en 10. Afirmativa.

Léase por Secretaría la lista de artículos desglosados.

SEÑOR SECRETARIO.- Han sido desglosados los artículos 2º al 7º, 11 al 18 y 24.

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración el artículo 2º.

SEÑOR DA ROSA.- Señor Presidente: nosotros planteamos nuestra discrepancia con este artículo dado que propone dejar sin efecto la aplicación de criterios establecidos a través de leyes, en lo que tiene que ver con la creación de premios al desempeño, oportunamente fijados por vía legal. Esta disposición dice muy claramente: "Déjase sin efecto la asignación de los ‘premios al desempeño’ creados por el artículo 27 de la Ley Nº 16.736".

Esto, además, hay que entenderlo relacionado con lo que se establece en el artículo 4º, a su vez, prevé la posibilidad de que las Unidades Ejecutoras de los distintos Incisos puedan distribuir entre sus funcionarios las economías generadas por la aplicación de los artículos 2º y 3º. Con ello, se deja abierta la posibilidad de disponer de dichas economías por vía reglamentaria -a nuestro juicio, en un criterio excesivamente discrecional- sustituyendo disposiciones o partidas que están establecidas por ley y autorizadas por el Parlamento. Nos parece que eso es inconveniente y es la razón por la cual nosotros no votamos los artículos 2º, 3º y 4º, a los que consideramos formando parte de la misma mecánica.

SEÑOR ALFIE.- Más allá de lo expresado por el señor Senador Da Rosa, voy a considerar el bloque de artículos que va del 2º al 5º.

El artículo 2º, como tal, elimina los premios al desempeño. Realmente, creo que las explicaciones dadas por el economista Viera en oportunidad de comparecer en la Comisión, no fueron satisfactorias, ya que eliminar la calificación porque los que disfrutaban del premio eran siempre los mismos, no me parece un argumento de fondo.

Ahora bien, más allá de eso, quiero decir lo siguiente. El artículo 5º tiene dos incisos, y el primero de ellos repite exactamente lo que decía el artículo 87 de la Ley Nº 17.556 que es, concretamente, la Ley de Rendición de Cuentas del año 2001, votada el 18 de setiembre de 2002. Lo cierto es que se encomendaba al Poder Ejecutivo diseñar un nuevo mecanismo de premios, y luego se repetía la encomienda, que no fue cumplida. Sin embargo, el siguiente inciso deroga el anterior que, en realidad, ya estaba derogado por el artículo 2º al establecer que se deja sin efecto la asignación de los premios al desempeño. En una palabra, se derogan todos los artículos que establecían los premios. Entonces, estamos en un mundo peor, porque se dice que hay que hacerlo de nuevo, pero ahora se deroga el inciso anterior y se deja sin nada a nadie o a los que, más o menos, se quiere premiar, a los mandos medios o jerarcas de carrera. Eso fue, por otra parte, lo que quedó claro en la comparecencia del señor Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

Esto es importante, en general, para aquellas personas que son las mejores que tiene el sector público y que cada vez son menos, justamente porque no hay diferencia en los sueldos. Al no haber diferencia en los sueldos entre los buenos y los malos, todo el mundo quiere ser malo o, por lo menos, no demostrar que es muy bueno. ¿Para qué va a asumir responsabilidades, se va a quedar todo el día y va a perder sus otras actividades u horas de estar con su familia, cuando no recibe por ello ninguna retribución?

Por esa razón me parece inconveniente la derogación, más aún si la consideramos junto con lo que establece el inciso primero del artículo 4º, en el sentido de que ese dinero se va a repartir -no lo dice, pero es así- prácticamente, para todo el mundo igual.

Al respecto, quiero informar a la Comisión cuál es la magnitud de lo que dispone el artículo 2º: hablamos de $ 37,5 por mes. Esta es la suma que resulta de eliminar el 10% para los excelentes y el 3% del sueldo anual; el 10% es un poco más que un aguinaldo y el 3% representa algo menos que medio sueldo. En realidad, es una cantidad reducida de funcionarios, porque su número está acotado por la propia ley. Además, advierto que no es igual para todos los Incisos, según pude concluir de un estudio que hice de los distintos Anexos. Casualmente, quienes van a recibir más son los funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas, donde hablamos de más de $ 100 mensuales.

En consecuencia, considero absolutamente inconveniente esta medida, sin establecer un instrumento sustitutivo. Puede ser válido lo que señala el economista Viera en cuanto a que hay que hacerlo por grupos y no por personas, etcétera. Confieso que no lo sé; pero reitero que eliminar los incentivos para pasar a dar $ 37,5 a cada persona, constituye una injusticia con muchos funcionarios.

SEÑOR KORZENIAK.- Señor Presidente: me voy a referir exclusivamente a la objeción jurídica y no a los elementos económicos que se han manejado. Se ha observado que hasta el presente los premios al desempeño que este artículo 2º deja sin efecto, estaban regulados por ley, mientras que la situación jurídica creada -sobre todo por el artículo 3º- llevaría a que en el futuro esa definición quedara en manos del Poder Ejecutivo, lo cual generaría una discrecionalidad que se considera jurídicamente inconveniente.

Quiero decir que este es uno de los pocos artículos que estudié detenidamente antes de que el proyecto de ley llegara al Parlamento. A su vez, me manejé con la información de grupos de funcionarios -que invocaban representaciones de gremios y de COFE, aunque confieso que no lo certifiqué- de nueve Ministerios, quienes se quejaban de que la distribución de estos premios era discrecional. Incluso, en algunos casos hablaban hasta de arbitrariedad. Todos sabemos que en Derecho lo discrecional no puede ser arbitrario.

En definitiva, el razonamiento jurídico que hago es el siguiente. El premio al desempeño es fruto de un juicio sobre personas. En la realidad -de acuerdo con denuncias recibidas, las cuales no puedo dar por ciertas pero tampoco por falsas- el grado de discrecionalidad es mucho mayor -por tratarse de actos jurídicos particulares- que el que puede surgir de un decreto del Poder Ejecutivo. Es obvio que al reglamentar el uso de las economías, el Poder Ejecutivo debe dictar un decreto, que será publicado, conocido y, se supone, elaborado con criterio racional.

Por lo tanto, no estoy de acuerdo con el argumento de que esto aumentará la discrecionalidad del Poder Ejecutivo. Además, considero que el mecanismo de aplicación de la ley que establece estos premios tiene mayor grado de discrecionalidad -la cual puede ser buena si se cumple bien con el artículo- que un decreto, que es una norma general; se trata de un reglamento de esta ley, que anunciará cuáles son los criterios a aplicar para distribuir las economías derivadas de la eliminación de esta disposición. Así que, desde el punto de vista jurídico, creo que la solución es correcta. Reconozco que para mí influyó, en la conclusión que estoy explicando ahora, que en nueve Ministerios había quejas que, obviamente, no pude verificar.

SEÑOR ABREU.- Este es un tema que, más allá del articulado o de la discusión puntual -e, incluso, los aspectos jurídicos, que podemos compartir, y hasta financieros, por lo que significan- está vinculado a la filosofía de cómo se maneja la función pública. Existen dos modelos de funcionamiento de la función pública: el de funcionamiento sobre la base del estímulo, la competencia y el modelo masificado, mediante el cual los funcionarios públicos tienen su aumento en forma total y sin ningún tipo de distinción o diferencia. Este último es un retroceso en cuanto al funcionamiento en el ámbito de la función pública a nivel nacional y en el Derecho comparado internacional. El nuevo sistema de funcionamiento del funcionario público, si queremos salvar la función pública, es tratar de apostar a la superación y no a la mediocridad. Esto supone que si a todos le vamos a dar lo mismo, ninguno va a tener el incentivo de trabajar mejor porque va a cobrar lo mismo quien no hace nada que el que hace el esfuerzo. Esto figura en las leyes básicas del sistema de servicio civil, no sólo del Uruguay sino de lo que es la función pública mirada con una expresión moderna, no para suprimirla sino para enaltecerla. No se trata de un tema a favor del Estado o contra él, sino a favor del funcionario público que debe enaltecer la función del Estado, para después tratar de contrarrestar aquellas visiones unilaterales -a veces extremadamente dogmáticas- de los que piensan que el Estado y la función pública deben desaparecer, dando un rendimiento o una concesión permanente a las leyes del mercado. Considero que con esto estamos alimentando, a mediano plazo, a los que mantienen la idea de que el Estado es ineficiente y debe desaparecer.

SEÑOR RUBIO.- Aquí existe la idea de modificar el sistema de gestión; a mi juicio, no se trata ni del primer ni del segundo modelo, tal como expresa el señor Senador Abreu, sino de un tercer modelo. Debo decir que desde 1996 he seguido este tema y creo que lo que se ha hecho en materia de estímulos ha sido un reverendo fracaso, debido a lo que ha significado el "antiestímulo" e, incluso, la rotación de los premios en algunos Ministerios.

Existe una idea distinta de la gestión que se quiere implementar e incluso se va a presentar un proyecto de reforma más ambiciosa. Ahora bien, yo pediría que en las próximas reuniones de esta Comisión -tal como ha sucedido otras veces- se cite a los asesores correspondientes, para poder hacer las consultas pertinentes tanto al Ministerio de Economía y Finanzas, como a la Contaduría o a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Digo esto porque podemos tener dudas cuantitativas -el señor Senador Alfie nos ha ilustrado al respecto- pero, en realidad, no hay a quién consultarle.

SEÑOR MICHELINI.- Creo que podemos votar o no afirmativamente estos artículos, pero lo que no puede trasmitirse es que no tienen razón de ser o que no poseen fundamentos ya que estos existen, más allá de que se compartan o no. Ha habido una filosofía de ciertos estímulos. La información que tenemos es que varios Ministerios sienten que este tipo de estímulos ha fracasado y genera una reacción en cadena al resto del personal que, incluso, complica la gestión. Me refiero a lo que se le daba a los que tenían premio por desempeño excelente y muy bueno. Ahora bien, no existe una razón fiscal para hacer esto, es decir, no se hace porque al eliminar esto el Estado se queda con el dinero y está en el Rubro cero, sino que trasladamos eso a los funcionarios. No estamos diciendo que eliminamos esto para ajustar el Presupuesto o hacer Rendición de Cuentas en este sentido, sino que lo que hacemos es que esto que tiene un Rubro cero asignado al personal por premio de desempeño excelente y muy bueno, pase al personal.

Varios de los Ministros han planteado que este tipo de estímulo genera -tal vez no para el que le corresponda un estímulo importante, pero sí para el resto- reacciones de todo tipo, por lo que le trae más complicaciones tenerlos que no tenerlos. Entonces, el Ministerio de Economía y Finanzas dice que es preferible que se lo lleve el personal en su conjunto. Esta eliminación no es nuestra política del recurso humano futuro.

El tema del estímulo del recurso humano lo hemos planteado y va a venir en la Rendición de Cuentas del año que viene. El Presupuesto que viene va a ser tal y en la Rendición de Cuentas vamos a establecer todo el tema de estímulos del recurso humano. Queremos estimular a aquellos que tengan un buen desempeño, que sean buenos funcionarios, pero decimos que este mecanismo no nos convence, nos está generando problemas. No es que a este mecanismo tenemos que anteponerle otro porque este es bueno; no nos está dando resultados, sino que nos está generando complicaciones de todo tipo.

Esto no les gustará a los Senadores Alfie y Abreu, pero es la experiencia que estamos viviendo nosotros y por eso lo estamos planteando. Se podrá decir que estamos equivocados y que vamos a cometer un error, y quizás lo estemos haciendo; pero lo que no se puede decir es que debimos traer otro, porque si esto es malo, es mejor esto que la nada. No; esto nos está trayendo complicaciones en muchos Ministerios y por eso lo vamos a derogar. Queremos tener toda una política de recursos humanos; la vamos a tener y va a estar planteada en la próxima Rendición de Cuentas. Queremos que haya mecanismos para que los funcionarios que se pongan más "la camiseta del Estado" -más nosotros que nadie- tengan una retribución adicional.

Con todas las complicaciones que ha habido, hemos tenido una experiencia inicial con la Dirección General Impositiva, ya que la persona que se pone a trabajar "full time" lleva partidas bien importantes. Se estará de acuerdo o no, pero nosotros queremos vincular aspectos de dinero a aquellos que tengan puesta "la camiseta del Estado". No creemos que estos mecanismos sean los adecuados, pero este tema es opinable.

SEÑOR ALFIE.- Antes que nada quiero hacer alguna anotación; ni siquiera es una contradicción sobre lo que decía el señor Senador Korzeniak. Estoy convencido de que los funcionarios de esos nueve Ministerios son los mismos de siempre, que no hacen nada y para lo único que están es para decir uno gana y el otro no. Me estoy refiriendo a la experiencia que tuve en el Ministerio en que trabajaba. Cuando era Director de una Asesoría, calificaba a los pocos funcionarios que tenía a mi cargo, que creo que eran siete contando a las secretarias. En general había algunos que se repetían, aunque a veces eso no sucedía y a menudo eso funcionaba como estímulo para que se dedicaran más. Pero, además, eso no lo definía ese jerarca, porque después dicha calificación pasaba a un comité que era de los funcionarios, que era el que terminaba definiendo, dando los "excelentes" y los "muy buenos". Este comité era de los funcionarios, no políticos. Es más; puedo asegurar que los conozco a todos y eran todos frenteamplistas; no había ninguno que no lo fuera. Cuando fui Ministro calificaba sólo a las secretarias; algún cargo político califica a alguien, pero, en realidad, son los técnicos. Los comités de evaluación son comités independientes elegidos, en general, entre los funcionarios.

Esto se conecta con lo que decía el señor Senador Michelini, en cuanto a que esto les está dando problemas. Es verdad que hay gente que protesta, pero no se puede decir que eso sea un problema, porque de ese modo viviríamos en un problema eterno. Ese es un dato de la realidad.

SEÑOR MICHELINI.- Digo de buena fe que creemos que estamos en un momento en el que podemos dar un estímulo colectivo muy importante a los funcionarios públicos. Este tipo de estímulos nos genera controversias de todo tipo. Es decir, hemos logrado, en este caso, con COFE, un nivel de entendimiento importante y creemos que estos estímulos pueden -y enfatizo el término "pueden"- ser interpretados como favoritismos, en algunos casos y con excepciones, por lo que nos generan líos de todo tipo. Entonces, estamos transitando el camino hacia acuerdos macro, acuerdos con COFE y estímulos colectivos; se trata de un camino distinto, que va a culminar en la Rendición de Cuentas del año próximo.

Reitero que esto nos genera complicaciones de todo tipo. Quizás el instrumento no sea tan malo y el problema sea la génesis, pero es así.

SEÑOR ALFIE.- El señor Senador prácticamente adelantó la última parte de lo que iba a decir. Si lo que se quiere es que los buenos funcionarios públicos tengan mejor remuneración -que es lo que corresponde- es decir, que reciba algún premio el que realmente trabaja y rinde, el que genera y no el que destruye valor -y todos sabemos a qué nos estamos refiriendo- entonces este es un instrumento que, aunque no guste, puede ser transitorio mientras se implementa otro. Si se dice que estaba mal aplicado, pues se lo puede aplicar bien, porque se tiene todo el poder para ello. No hay por qué sacarlo.

En definitiva, pienso que se está cometiendo un error. Se trata de un error colectivista, por decirlo de alguna manera, que podría sintetizarse en la frase "Todo el mundo igual". En realidad, todo el mundo no es igual porque todo el mundo no rinde lo mismo. Sabemos que los incentivos colectivos han fracasado a nivel internacional, pero bueno, si el Gobierno los quiere implementar nuevamente, que lo haga, pero fracasará, como ha ocurrido en los demás países, porque el ser humano es como es, y así será eternamente.

SEÑOR DA ROSA.- El tema del premio al desempeño es discrecional; es decir, tiene siempre un carácter subjetivo porque hay que partir de la base de que hay alguien que juzga si el funcionario tiene un mejor desempeño o un mal desempeño. La cuestión, más allá del mecanismo que se utilice -legal, reglamentario o del tipo que fuere- será siempre subjetiva. Creo que, en este aspecto, no pueden caber dudas.

Ahora bien, en la experiencia concreta, uno advierte la existencia de una resistencia, de parte del funcionario público en general, a este tipo de mecanismo, y cada vez que se lo aplica, por la vía que fuere, por lo general se percibe inmediatamente o al poco tiempo de su aplicación, una queja de parte de aquellos que no percibieron el beneficio. Ojalá el nuevo sistema, u otro, permita que esto se pueda aplicar con mayor objetividad, si es que ello es posible.

A mi juicio, no es conveniente extraer esto del plano de la ley, pues se trata de algo que está establecido por vía legal. Además, creo que aunque se implemente un nuevo sistema con la mejor intención y el mejor de los espíritus, habrá sectores que plantearán la disconformidad y la queja con respecto al nuevo criterio, porque hay una tendencia general a no aceptar que haya un funcionario mejor remunerado o premiado por su desempeño. Asimismo, siempre se aducirán razones de discrecionalidad, de subjetividad política, etcétera, para criticar este tipo de mecanismos.

Simplemente, quiero dejar esta constancia porque es una experiencia concreta. Pienso que no era necesario sacar esto de la ley -en este sentido, coincido con lo planteado por el señor Senador Alfie- sino que se podía aplicar perfectamente con los poderes y facultades naturales que tiene el Poder Ejecutivo. En fin, ojalá exista un sistema que pueda ser aplicado y que tenga mayor eficacia en este aspecto. De todas maneras, desde ya advierto que este mecanismo, aun aplicado con la mejor intención, seguramente ocasionará en seguida la resistencia de aquellos que resulten no premiados por su desempeño.

SEÑOR ABREU.- En respaldo de lo que venía expresando el señor Senador Da Rosa, debo decir que aquí hay una ley que se trata de mantener -la Nº 17.556, de 2002- que establece el criterio general de los cometidos de la Oficina Nacional del Servicio Civil y del Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado, derogándose un artículo de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. Sin embargo, es el artículo 23 el que establece los criterios subjetivos -por decirlo en el mejor sentido de la palabra- del jerarca para poder calificar. Dicho artículo dice que los factores de calificación que resulten de la evaluación del desempeño serán el rendimiento y calidad, las condiciones personales, el comportamiento del funcionario y las aptitudes en cargos de supervisión y responsabilidad. ¿Qué significa esto? Es el reconocimiento de que la función pública la desarrollan personas, hombres y mujeres con distintas capacidades para contribuir a la mejor eficiencia de la administración. Si vamos a derogar esto a la espera de un nuevo sistema, sería bueno saber cuál es el criterio que se está manejando para una futura política de recursos humanos en la función pública.

Quienes tenemos experiencia en esto -en lo personal puedo volcar experiencias de toda naturaleza, ya no referidos a la Cancillería, que tiene una reglamentación especial para su manejo, sino al Ministerio de Industria, Energía y Minería o a los demás Ministerios- sabemos que por el viejo sistema el funcionario que no trabaja quiere que le paguen lo mismo que el que trabaja bien; para eso utiliza al sindicato, el que pide que se le pague a todos por igual, ya que es la mejor manera de tener fuerza y respaldo a la hora de presionar en el Ministerio. A través de la masificación en el tratamiento de los funcionarios, se debilita el resultado y la eficiencia del sector público, lo que el sindicato utiliza, a su vez, como elemento de presión y de capacidad de representación de los que quieren tener una fuerza de negociación en el ámbito de la Administración Pública.

Por supuesto que tienen todo el derecho de mantenerlo como parte de la defensa de los derechos sindicales, pero si el resultado es comprometer la imagen de la función pública en pos de la masificación de la mediocridad, evidentemente no estamos ante un tema jurídico y ni siquiera instrumental, sino filosófico, con respecto al cual el Gobierno debería decidir cuál es la manera en que va a orientar su criterio de manejo de los recursos humanos en el ámbito de la función pública.

SEÑORA TOPOLANSKY.- Como hemos entrado en la disquisición filosófica, creo que la pregunta es quién tiene la culpa, si el chancho o quien le rasca el lomo. Aquí se ha hablado solamente de los funcionarios y destaco que, como en cualquier empresa y en cualquier lugar donde se trabaja, los hay de todo tipo. Siempre habrá funcionarios buenos, malos y regulares; aquellos que "se ponen la camiseta" del emprendimiento y los que no lo hacen. Hasta ahora no conozco un mecanismo óptimo, infalible, para los incentivos, pero es algo que tenemos que tratar de mejorar, como conjunto, para lograr el resultado de la función.

Hablando a título personal, debo decir que he percibido -y aclaro que voy a abordar el tema desde el ángulo de los calificadores- una serie de problemas para la calificación de los funcionarios, que a veces generan reacciones como las mencionadas por el señor Senador Abreu, es decir, de abroquelamiento de los trabajadores en una posición igualitaria. Como algunos de los funcionarios que trabajan conmigo lo hacen bajo el régimen de pase en comisión, en la Legislatura pasada tuve que calificarlos porque así me lo solicitó la Oficina Nacional del Servicio Civil. Ante esto, me tomé el trabajo de preguntar a dicha Oficina cuáles eran los criterios que se utilizaban, porque esos funcionarios ahora estaban cumpliendo una función que nada tenía que ver con la tarea que desarrollaban en su organismo de origen. No obstante, no pude obtener en su momento ninguna pauta clara -y no voy a mencionar a la persona con la que hablé porque no viene al caso- por lo que tuve que recurrir a criterios absolutamente personales, definidos por mí misma como jerarca. Sin embargo, siempre lo he hecho con la inseguridad de que los otros 99 Diputados tuvieran otros 99 criterios. Entonces, dentro del marco establecido se puede opinar en una gama amplísima.

Nosotros estamos intentando reorganizar la plantilla del Estado y eso tiene que ver, entre otras cosas, con los incentivos al desempeño. Queremos inaugurar un camino que, como explicaba el Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a veces podrá tratarse de un premio a un grupo de funcionarios que está cumpliendo una tarea, y otras veces a la persona; esto se verá en la reforma que vamos a presentar. Lo que sí hemos constatado es que como está, tampoco funciona.

SEÑOR KORZENIAK.- En primer lugar, creo que todos los aquí presentes hemos tenido experiencia en la Administración Pública. Personalmente, estuve treinta años en ella, de los cuales doce fui jerarca de los Departamentos de Jurídica del Banco República o del Banco Central, con poderes de calificación, por lo que conozco bastante cómo se hace en todos lados.

En segundo término, quiero mantenerme en la explicación jurídica que di, porque me parece correcta, aunque no sea compartida. Tengo la impresión de que jurídicamente no nos vamos a poner de acuerdo en si se aumenta la discrecionalidad, o si con un buen reglamento de esta disposición se disminuye.

Por otra parte, deseo hacer algunas consideraciones de tipo político. Con mucha cordialidad y franqueza quiero decir que a esta altura creo que no nos vamos a convencer. Por un lado, estas normas fueron presentadas como una especie de ejemplo -sin usar ese término- de dogmatismo neoliberal, como estímulo a aquellos que dicen que todo lo estatal es malo -fue planteado por el señor Senador Abreu- y, por otro lado, se dijo que es un residuo de dogmatismo colectivista. Se trata de dos imputaciones distintas a estas normas, por lo que en lo político no estamos en condiciones de convencernos respecto a esto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si nadie desea hacer uso de la palabra, me permito pedir autorización para dar una opinión desde la Presidencia.

Me importa dejar en claro que la fuerza política que está en el Gobierno no tiene una visión colectivista, y comparte la opinión de incentivar a los funcionarios según sus calificaciones y el cumplimiento de sus responsabilidades. Creo que en el Uruguay hay experiencia acerca de esto, no sólo en la Administración Pública, sino también en el ámbito privado -sobre todo en las empresas medianas y grandes- donde lo he experimentado personalmente.

Entiendo que es un error pensar que una política de incentivos es aquella que se basa en establecer salarios diferenciales para quienes cumplen la misma función; esa es sólo una visión de la forma de incentivar, pero hay otras que en el mundo han dado resultados mucho más positivos, como la de promover y asegurar la carrera funcional, de forma que el premio para los mejores funcionarios no sea recibir un salario distinto por la misma tarea, sino la posibilidad de ascender a cargos y responsabilidades superiores. De esta forma, el incentivo significa un premio que va acompañado, además, de un aumento en la responsabilidad.

Eso es la carrera funcional, que a lo largo de las últimas décadas ha sido brutalmente deteriorada en la Administración Pública, no sólo por las diferentes Administraciones, sino también por criterios y decisiones políticas que tienen que ver con haber contenido la movilidad, ya que por un lado no se permite el ingreso de funcionarios y, por otro, se desincentiva la jubilación de los más viejos, dejando absolutamente trancado el desarrollo de la pirámide administrativa.

Digo esto porque creo que sería una visión equivocada pensar que ser partidario de los incentivos sólo implica dar algunos pesos más al funcionario cuando se porta bien y sacárselos cuando se porta mal. Creo que es la carrera administrativa, en su desarrollo y funcionamiento, lo que permite realmente que los trabajadores se sientan incentivados y verdaderamente reconocidos.

Además, deseo señalar que quienes hemos participado de la Administración Pública hemos visto la mala utilización -como costumbre- de esta política de incentivos, y no sólo de ella sino también de otros incentivos que no están declarados ni previstos en esta ley como, por ejemplo, el otorgamiento de horas extras a los funcionarios, que se utiliza en forma discrecional. Justamente, en la Administración Pública -y no en la Administración Central sino en un Ente- me llevé una gran sorpresa cuando me encontré con que había toda una Gerencia que cubría horas extras para ejecutar una función que hacía cinco años que no existía. Me refiero a la Gerencia de Guardahilos -de la Administración de Ferrocarriles del Estado- para conservar los hilos del telégrafo, cuando ya no existían ni los hilos ni el telégrafo. Reitero: había una Gerencia que no sólo mantenía a sus funcionarios sino que además todos ellos cobraban horas extras en un grado de distribución diferente en función de a quién le correspondía.

Tal vez me puedan decir que nada tienen que ver las horas extras con los incentivos, pero entiendo que sí porque es una forma que utilizaba la Administración -esa Gerencia, por ejemplo- para incentivar a los funcionarios en forma absolutamente discrecional.

Creo que todos compartimos la necesidad de incentivar a los funcionarios y lo que estamos constatando es que los mecanismos que existieron no fueron los apropiados. Como Administración nueva tenemos derecho a poder experimentar y llevar adelante propuestas alternativas. No estamos haciendo un planteo colectivista y no vamos a distribuir $ 38, 50 o $ 48,50 a todos los funcionarios dividiendo los ahorros por igual entre todos. Esto está claro en el artículo 4º que establece, entre otras cosas, que el Poder Ejecutivo dictará, dentro de los 15 días de su promulgación y de conformidad con la reglamentación, los mecanismos y las normas en función de los cuales se desarrollará esto.

Me parecía importante señalarlo, porque más allá de que sé que todas las exposiciones que se han hecho son sinceras, creo que subjetivamente se puede estar atribuyendo al Poder Ejecutivo intenciones que no tiene.

SEÑOR MICHELINI.- Quisiera saber si los artículos los vamos a votar uno a uno o en bloque.

SEÑOR ALFIE.- Si se considera antes el 3º, después podríamos votar los demás en bloque.

En lo que tiene que ver con lo que se venía considerando, a tal punto creo que es prácticamente igual para todo el mundo, que quiero recordar, con respecto al artículo 4º -al que se le agrega que "el decreto reglamentario respetará los derechos de los funcionarios que perciban las retribuciones citadas en el artículo 3º de la presente ley", artículo que vamos a analizar ahora- que el costo efectivo de eso, el año pasado, fue de U$S 110:000.000. Este dato se obtiene de la Rendición de Cuentas.

Ahora bien; el Poder Ejecutivo emitió un decreto por el que prácticamente reparte $ 240, con algunos límites, con un costo anual de $ 10:000.000. Claramente esto responde al acuerdo que tenía el Poder Ejecutivo con el sindicato que, ahora, dado este cambio en el inciso final del artículo 4º, en general fue para atrás. Entonces, por más que no se tenga intención, los hechos dicen otra cosa.

No tiene sentido seguir discutiendo, pero digo que si bien concuerdo con mucho de lo que aquí se ha dicho, al no haber recursos de alguna manera se tiene que diferenciar.

SEÑOR HEBER.- ¿Me permite, señor Presidente?

Tengo entendido que ya se votó el artículo 1º. Al respecto, los señores Senadores Larrañaga, Gallinal y quien habla queremos dejar constancia de nuestro voto contrario.

SEÑOR ABREU.- Dejo la misma constancia, señor Presidente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Así constará.

En consideración el artículo 2º.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

- 8 en 14. Afirmativa.

En consideración el artículo 3º.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

En consideración el artículo 4º.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

En consideración el artículo 5º.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

En consideración el artículo 6º.

SEÑOR ALFIE.- Si no le entendí mal al señor Subsecretario, economista Mario Bergara, este artículo 6º iba a ser modificado.

En primer lugar, sinceramente sigo sin entender cuáles son las modificaciones con respecto a la redacción anterior dada por el artículo 169 de la Ley Nº 16.170, más allá de que ahora se habla de "Recursos con Afectación Especial" y no de fondos de libre disponibilidad. Pero además no quedó nada claro cuánto dinero involucra ese 5%, por lo que me parece difícil votar este artículo en estas condiciones. Creo que deberíamos postergar su consideración hasta averiguar ese dato.

Además, en el inciso segundo se establece que el fondo será destinado a aumentar los ingresos respecto a los promedios por grado, y antes se establecía "por escalafón y grado". Todos sabemos que los distintos grados tienen diferente especialización y, por lo tanto, diferentes salarios en el mercado, y el sector público compite en el mercado en general por los salarios. Creo que de esta forma otra vez vamos a achatar toda la pirámide.

También se preguntó si estos sueldos promedio incluían a los funcionarios de la Dirección General Impositiva, porque en ese caso habría una suba enorme: la DGI tiene 1.300 funcionarios, y el Ministerio, 4.500. Ahora ese tercio puede pesar más de la mitad del total; entonces, el promedio queda altísimo.

SEÑOR RUBIO.- Me parece pertinente lo planteado por el Senador Alfie. Entiendo que se debe citar a representantes del Ministerio de Economía y Finanzas y al Subsecretario, a los efectos de que informen sobre estos aspectos en la próxima sesión.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si están de acuerdo, la Presidencia se encargará de realizar la convocatoria.

SEÑOR ALFIE.- En cuanto al artículo 7º, se había quedado en establecer un número para poner un porcentaje para topearlo.

SEÑOR PRESIDENTE.- Entonces, dejaríamos pendiente el tratamiento de los artículos 6º y 7º y para la próxima sesión, que se realizaría el miércoles a las 10 horas, se solicitaría la presencia de asesores del equipo económico.

En consideración el artículo 11.

SEÑOR COURIEL.- Solicito el desglose de este artículo y también del artículo 12.

SEÑOR PRESIDENTE.- Hay una propuesta para dejar pendientes los artículos 6º, 7º y 11, en lo que hay consenso y ahora se hace mención también al artículo 12. ¿Se insiste en el artículo 12, o lo consideramos ahora?

SEÑOR MICHELINI.- Con respecto al artículo 11 ¿se van a realizar consultas o sólo queda en suspenso?

SEÑOR PRESIDENTE.- Se van a realizar consultas, señor Senador.

SEÑOR MICHELINI.- ¿Al Ministerio de Economía y Finanzas?

SEÑOR PRESIDENTE.- Respecto del artículo 11, ayer en presencia del Ministerio de Educación y Cultura se hicieron una serie de planteamientos sobre los que el Ministro dijo que eran de recibo y para tener en cuenta. Por lo tanto, creo que es conveniente dejarlo en suspenso.

SEÑOR MICHELINI.- Según como se resuelva el artículo 11, habría que cambiar el 12. Vamos a poner una hipótesis. Si el artículo 11 queda igual, no habría problema con el 12 porque iría en la misma dirección; en cambio, si el artículo 11 se modifica o se elimina, habría que corregir el 12 pues, de lo contrario, podría ocurrir que se llenara la Junta Asesora en Materia Económico Financiera del Estado y empezaran a cobrar una retribución, pero cuando se aprobara la Rendición de Cuentas, cobrarían otra. Me parece que un artículo está atado al otro, según lo que se decidiera respecto del artículo 11.

SEÑOR KORZENIAK.- Tengo entendido que en la historia del artículo 12 no ha habido discrepancias en cuanto a que la retribución sea un porcentaje menor de lo que gana un Subsecretario. Si en eso hay acuerdo, no veo que la modificación del artículo 11 vaya a generar algún problema.

SEÑOR HEBER.- Lamentablemente nos encerramos en la discusión del artículo 11 que, como es natural, tiene mayor envergadura. ¿Cuál es la razón para rebajarle el sueldo a los miembros de la Junta? Esto está en función de un planillado adjunto del artículo 335 y parecería que se topea. Sin embargo, el artículo dice que no tendría tope. ¿Queremos tener personas que se dediquen en serio a esta labor recibiendo buenos sueldos? Creo que cumplen una misión muy importante. Me gustaría escuchar alguna reflexión por parte del oficialismo.

SEÑOR PRESIDENTE.- Estamos tratando de resolver si el tratamiento del artículo 12 lo postergamos o lo consideramos ahora. El señor Senador Michelini ha realizado el fundamento para postergarlo junto con el artículo 11.

Con toda franqueza, creo que alcanza con que un señor Senador solicite la postergación de un artículo para que ésta se lleve a cabo.

SEÑOR HEBER.- Es un buen criterio; estamos de acuerdo.

SEÑOR PRESIDENTE.- Entonces, quedan postergados los artículos 6º, 7º, 11 y 12.

En consideración el artículo 13.

SEÑOR DA ROSA.- Con respecto al artículo 13, pretendemos tener una mayor información. En dicho artículo se expresa una finalidad, que es atender erogaciones necesarias para la implementación del Registro Patronímico. Pensamos que esto tiene que ver, si no estamos equivocados, con el anuncio de la eventual implementación del Impuesto a la Renta a las Personas Físicas. Todavía no tenemos los elementos de juicio y no conocemos las características del tributo a crearse, pero pensamos que, en realidad, esto debería ser analizado en forma conjunta con la implementación o con la discusión del proyecto de ley que modificará el régimen tributario. Por ello es que tenemos nuestras reservas sobre este punto.

Simplemente quería dejar esta constancia.

SEÑORA TOPOLANSKY.- Hace mucho tiempo que bregamos por la implementación del Registro Patronímico, porque el hecho de que no exista es un obstáculo. Es verdad que tiene relación con la futura reforma tributaria y la aplicación del Impuesto a la Renta. Esto lleva un tiempo de implementación porque dicho Registro no se organiza en media hora, y nosotros debemos tener todo pronto para el momento que en que ingrese la reforma tributaria, que será en diciembre y que se tratará en las primeras sesiones de 2006.

Para nosotros la reorganización de los Registros es crucial; de lo contrario, es imposible enviar el proyecto de reforma tributaria. Se podrá estar de acuerdo o no con el concepto y la nueva reorganización de los impuestos, pero esa es otra discusión. Además, la implementación de este Registro ha sido reclamada desde hace mucho tiempo por las Intendencias.

SEÑOR RUBIO.- Este es un tema absolutamente sustancial, porque si no se tiene la base de datos no se puede organizar el Impuesto a la Renta. Hace cuatro décadas que está aprobada una ley por la cual tenía que existir el Registro Patronímico, pero no hubo voluntad política. Personalmente, formulé dos pedidos de informe y se me contestó, en su momento, que no había base tecnológica para hacerlo, cuando en Suecia se hace desde la década del veinte a lápiz. Entonces, acá se cumple con la legislación vigente y, demás, tiene un objetivo vinculado al Impuesto a la Renta. Después, se puede discutir -como lo ha dicho la señora Senadora Topolansky- los alcances de la reforma, pero la base de datos es impensable.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 13.

(Se vota:)

-8 en 14. Afirmativa.

SEÑORA TOPOLANSKY.- Solicito que se rectifique la votación.

SEÑOR PRESIDENTE.- La señora Senadora Topolansky ha solicitado que se rectifique la votación.

Se va votar nuevamente el artículo 13.

(Se vota:)

-9 en 14. Afirmativa.

-En consideración los artículos 14 a 17, cuyo desglose fue solicitado por el señor Senador Alfie.

SEÑOR ALFIE.- Señor Presidente: voy a repetir lo que dije ayer. La redacción de los artículos 14 a 16 es correcta, pero no así la del artículo 17. Se dice que las sociedades dispondrán del plazo de un año para hacer las actualizaciones. Lo único que no se conoce por parte de la Dirección General Impositiva y del Banco de Previsión Social, es un convenio de sindicación de acciones; todo lo demás está a disposición de esos organismos. Si por ley autorizamos a hacer la transferencia de los datos de las sociedades, les estaríamos ahorrando dinero.

La Directora ayer se equivocó, y quedó claro, cuando dijo que era sólo para las sociedades anónimas, como si éstas fueran todas millonarias y pudieran pagar una cantidad de dinero extraordinario. Un cambio de domicilio de una sociedad de responsabilidad limitada también cuesta lo mismo. Además, esto va a requerir también certificados y timbres notariales, además del tiempo que ello implica.

Me parece que todo esto se podría evitar poniendo en la ley que lo único que hay que inscribir en el plazo de un año es un convenio de sindicación de acciones; a lo mejor podemos poner un plazo menor a un año, porque esto afecta a muy pocas empresas que tienen convenio de sindicación de acciones. Para el resto, propongo que el Banco de Previsión Social, la Dirección General Impositiva o ambos, pasen al Registro los datos de los actuales directores, socios -en caso de las sociedades de responsabilidad limitada- y los domicilios de las sedes sociales. Me parece que esto es más fácil, además de que ahorra costos y trámites a las empresas. Hay que tomar en cuenta que cada trámite cuesta $ 200 o $ 300, y a fin de mes todo suma.

SEÑOR KORZENIAK.- Quiero recordar a los señores Senadores que en las dos Legislaturas anteriores presentamos un proyecto que dice prácticamente lo mismo que establece este artículo 17, y en las oportunidades consultamos al entonces Director del Registro Nacional de Comercio. En los dos casos dijo que estaba totalmente de acuerdo con el proyecto y nunca pudimos conseguir voluntad política para que esto se lograra. Es más; en una oportunidad, para levantar el argumento de que esto costaba una cantidad determinada de dinero, se estableció en el proyecto que bastaba que la sociedad llevara una carta con copia y le pusieran un sello en ella, para que la inscripción quedara pronta. Le preguntamos al Director del Registro si estaba correcta esta redacción y nos dijo que sí en su comparecencia a la Comisión.

Quiero decir además que la enumeración de los nombres de personas que deben estar inscriptos se repite con respecto a los proyectos en los cuales trabajamos infructuosamente en dos Legislaturas que mencioné. Entonces, se repite lo relativo a la inscripción de los actuales directores, representantes y administradores. Aclaro que no todos estos datos están en la Dirección General Impositiva. En aquella oportunidad, hicimos esa búsqueda, y no los encontramos. Esto fue a raíz de una cantidad de problemas que surgieron, como juicios laborales contra personas que eran las que figuraban en la Dirección General Impositiva como los gestores de las empresas, y al final resultaba que los juicios estaban mal dirigidos, porque los gestores eran otros. En ese sentido, conocemos algunos casos muy espectaculares.

Entonces, me parece que este es un artículo clave y, en ese sentido, me parece importante que exista un plazo de un año para poner al día lo elemental, es decir, la inscripción en este registro especializado de quiénes son los que administran, los que dirigen, los que la representan y los liquidadores, si es que los hay. Reitero que eso es muy importante. El Registro no lo tiene y ello genera una gran cantidad de problemas cuando hay litigios.

SEÑOR RUBIO.- Solicito, señor Presidente, que se voten los artículos 14, 15 y 16, y luego pasemos a la votación del artículo 24, que no sé si presenta dificultades, ya que se trata de una observación del Tribunal de Cuentas.

Asimismo, sugiero que se realicen las consultas correspondientes con relación a los aspectos del artículo 17 que el señor Senador Alfie planteó y se espere la propuesta que anunció el señor Senador Couriel sobre el fondo a que se hace referencia en el artículo 18.

SEÑOR PRESIDENTE.- Hay una propuesta de votar los artículos 14, 15 y 16 y de que se postergue el tratamiento del artículo 17. A los demás nos referiremos después, porque vienen a renglón seguido.

La Mesa consulta al señor Senador Alfie si está de acuerdo.

SEÑOR ALFIE.- Sí, señor Presidente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 14.

(Se vota:)

Ha quedado aprobado el artículo.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 15.

(Se vota:)

Ha quedado aprobado el artículo.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 16.

(Se vota:)

Ha quedado aprobado el artículo.

El artículo 17 queda incluido en el conjunto de aquellos cuyo tratamiento ha sido postergado, y existe una propuesta similar con respecto al artículo 18.

Estando de acuerdo, procedemos en ese sentido.

Se pasa a considerar el artículo 24.

SEÑOR ALFIE.- Señor Presidente: me parece que el artículo 23 otorga la misma facultad que el artículo 24, es decir, hacer un contrato de función pública previsto en la ley de 18 de setiembre de 2002, pero a funcionarios que hayan ingresado a partir de un llamado público.

El artículo 24, por su parte, hace lo mismo para suplentes. En realidad, lo que se está haciendo es contratar personal; se está aumentando la dotación y asignando personal permanente cuando es personal suplente o esporádico. Debo decir que, como práctica, me parece que se presta para cualquier cosa.

SEÑOR ABREU.- Tengo la misma preocupación porque, incluso, el sistema de suplencias en el área de la salud es, diría, casi la norma de carácter general. Me gustaría saber de qué número y de qué costo estamos hablando, así como también cuáles son las estimaciones del Poder Ejecutivo con respecto a la repercusión financiera y en materia de recursos humanos que tendrá esta norma.

Confieso que no sé si esto ha sido explicado debidamente por los integrantes del Poder Ejecutivo. Una cosa es que las suplencias sean quince o veinte, y otra muy distinta es que hablemos de dos mil, tres mil o cuatro mil. No olvidemos que en el área de Salud Pública todo es macro; no se habla de cosas chicas. Entonces, sabiendo cómo funciona el régimen de suplencias, habría que estar atentos para que esto no se constituya en un sistema de incorporación de carácter permanente.

SEÑOR RUBIO.- Coincido en cuanto a que no hemos sido suficientemente informados sobre el alcance de este artículo y, en tal sentido, propongo que se desglose y se trate en la próxima sesión. A su vez, solicito a la Presidencia que dé cuenta de todos los artículos que restan aprobar.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no hay objeciones, se posterga el tratamiento del artículo 24 para la próxima sesión, a la cual también convocaríamos a los asesores correspondientes del Poder Ejecutivo.

Los artículos que restan aprobar son los siguientes: 6º, 7º, 11, 12, 17, 18 y 24.

La próxima reunión queda convocada para el miércoles 7 a la hora 10, con el fin de poder resolver los mencionados artículos.

SEÑOR MICHELINI.- Dejo constancia de que en ese horario también sesiona la Comisión de Industria y Energía la cual, últimamente, ha quedado postergada.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se levanta la sesión.

(Así se hace. Es la hora 11 y 37 minutos)

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.