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SEÑOR PRESIDENTE.- Corresponde pasar a considerar el segundo punto del orden del día referido a un artículo sustitutivo –presentado por el señor Senador Gallinal- relacionado con un proyecto de ley que declara de interés nacional la instalación de la estatua en homenaje al Papa Juan Pablo II.

SEÑOR GALLINAL.- La Comisión tiene a consideración el proyecto de ley que fue aprobado con el voto de sectores de todos los partidos en la Cámara de Representantes. En primer lugar, más allá del tema de fondo, si todos estuviéramos de acuerdo, seguramente estaríamos discrepantes con la redacción. Por lo menos en nuestra visión declarar de interés nacional tiene otro alcance. Básicamente, se interpreta en primera instancia como un alcance de carácter económico.

Por ese primer razonamiento, nosotros presentamos una redacción sustitutiva a los efectos de salvar ese problema.

En segundo término, teníamos otra objeción al proyecto de ley que hasta la propia Cámara de Representantes la tuvo presente al aprobarlo en su momento. La estatua ya fue trasladada antes de aprobar el proyecto de ley, por lo cual habría que buscar una redacción de carácter intemporal de manera de salvar esa segunda objeción.

En tercer lugar, cuando consideramos el proyecto de ley en Comisión por primera vez, el señor Senador Sanguinetti nos recordó el alcance del numeral 13) del artículo 85 de la Constitución de la República. El alcance de la norma nos pareció muy interesante y pensamos que debíamos tenerle un respeto especial, tratando de empezar a marcar una línea en ese sentido.

Obviamente, en el tema de fondo consideramos que puede ser una buena señal, un buen mensaje que para una ley con un contenido con las características del que estamos estudiando, traigamos a consideración de la Comisión una redacción sustitutiva del único artículo del proyecto, como lo hemos anunciado ya en varias oportunidades. El doctor Sanguinetti me ha hecho llegar otra redacción que me parece que está dentro de los términos de la que nosotros hemos propuesto, quizás mejor concebida y no tenemos ninguna objeción pero, tal como dice el señor Senador, será motivo de una segunda discusión, si llegamos a ella.

SEÑORA PERCOVICH.- Nosotros consideramos que la propuesta del señor Senador Gallinal mejora notoriamente la redacción remitida por la Cámara de Representantes. El hecho ya está consumado y ha sido refrendado por el Gobierno departamental. La misma implicancia del artículo 85 daría lugar quizás a una serie de consideraciones y constataciones en su conceptualidad que nos parece que no es oportuno hacer.

Por lo tanto, nuestra bancada decidió no acompañar este proyecto de ley.

SEÑOR SANGUINETTI.- ¿Estarían dispuestos a votar el proyecto de ley tal como viene de la Cámara de Representantes?

SEÑORA PERCOVICH.- No, no vamos a votar el proyecto de ley.

SEÑOR SANGUINETTI.- Creo que nunca es ocioso dejar sentadas las consideraciones. Pienso que el hecho de que se haya consumado la situación no obsta a que el Poder Legislativo como tal establezca cuál es la buena doctrina, que un honor público que, incluso en este caso se da a un Jefe de Estado extranjero, sea determinado por ley, tal como lo señala la Constitución de la República.

En segundo lugar, se trata también de un monumento que se instaura y se erige, adosado o añadido a otro que también fue declarado histórico por ley. De modo que no creemos ocioso que la ley establezca el carácter de "honor público" de ese monumento. La redacción que le dio el señor Senador Gallinal y una que yo había hecho exactamente con los mismos conceptos, pero un poco distinta formalmente, apuntaban a no referirnos simplemente a un hecho consumado, sino a darle un carácter legal y un valor público realmente representativo al monumento y a encuadrarlo dentro de lo que consideramos una disposición estrictamente ceñida a Derecho.

Ya hemos hablado sobre los alcances de la jurisdicción municipal y de la jurisdicción nacional. Creo que no hay debate en cuanto a que los honores públicos sólo los concede la Asamblea General –es lo que establece la Constitución- por más que, en la práctica, los gobiernos departamentales hayan ido más allá en su atribución de ordenamiento de la vía pública y hayan también utilizado ese mecanismo con atribución de honores. No lo estamos discutiendo en este momento y creo que, a esta altura de las circunstancias, ello sería un poco como debatir el sexo de los ángeles. Pero, en todo caso, sí me parecería muy importante que se dijera que éste es un monumento que, en primer lugar, tiene carácter legal que, en segundo término, se añade a otro monumento que nació con carácter también legal y que, en tercer lugar, tiene un honor público.

Por otra parte, existe un tema si se quiere de detalle, pero que no lo es en las relaciones de los Estados, ya que creo que las cosas deben hacerse con toda formalidad. El Papa no se llama "Papa", sino "Sumo Pontífice, Jefe de Estado de la Ciudad del Vaticano, Juan Pablo II". Ese es su nombre y nunca está de más llamar a los países por su verdadero nombre, como lo discutimos el otro día con relación al "Reino Unido", así como referirnos también a los Jefes de Estado por su verdadero nombre y no por los que la vulgaridad periodística o el uso común puedan atribuirles.

En definitiva, creo que esta era una buena oportunidad para aclarar una situación y para darle a ese monumento la jerarquía que corresponde. Considero que se disminuye el valor del homenaje que se ha querido rendir, retaceándole el carácter de ley y atribuyéndole solamente uno municipal, cuando las instituciones del Estado han querido sumarse a ello.

Por otra parte, y en otro terreno de consideraciones también quiero añadir que, más allá de lo que he señalado, el homenaje al principio de laicidad – que es sustantivo y prácticamente fundacional de nuestro Estado, aún cuando la Constitución de 1830 estableciera una religión oficial- nos ha impuesto, no sólo normas, sino también hábitos y costumbres que han tenido una gran relevancia en la vida nacional. Por lo mismo, nos parecía que esta atribución de carácter legal -aparte de las razones que di de orden jurídico y honorífico para darle al monumento realmente la calidad que se le quería imponer-, supone también una afirmación de esos principios de laicidad frente a una tramitación que se realizó de un modo, a mi juicio impropia.

Incluso, resultó tan impropia que la leyenda que se puso a su pie, sobre la que comentamos en otra oportunidad, dice: "A Juan Pablo II, el primer Papa que visitó el Uruguay. El pueblo oriental en el día de su Pascua lo incorpora agradecido a su memoria y recibe su perenne bendición".

Más allá de que no está reñido con nuestro principio de laicidad el rendir honores al Jefe de una religión -muy representativa en el mundo y en el país-, me parece que sí lo está el asumir los términos de esa religión. Me refiero a hablar de la Pascua, de la perenne bendición, etcétera, que le atribuyen un significado que -vuelvo a indicar-, no parece acorde con los principios que forman nuestro sistema y tampoco con nuestras tradiciones. Se trata de tradiciones felizmente incorporadas a los hábitos de convivencia y tolerancia que el país ha tenido, especialmente desde 1917, cuando el pacto constitucional de entonces habilitó la secularización definitiva de nuestro sistema.

Por todas estas razones, estimo que era saludable para las instituciones del país dictar alguna norma; reivindicar o reafirmar lo que la propia Constitución establece; darle al monumento el carácter de legalidad que merece y que todos quienes intervinieron en la iniciativa de dejarlo, le han querido atribuir; no reducirlo a un homenaje municipal, cuando bien puede ser un homenaje nacional y, de ese modo, poder sentar la doctrina sin incurrir, tampoco, en esa suerte de anacronismo que representaba el artículo tal cual nos venía, que declaraba algo sobre lo que ya existía. Acá lo que se estaba haciendo, era darle un carácter legal a algo que físicamente ya existía y al cual se le atribuía una condición superior. En todo caso, este es nuestro punto de vista y personalmente pienso que estas consideraciones merecerían, por lo menos, una reflexión.

SEÑORA PERCOVICH.- Gracias, señor Presidente.

Me parece que las consideraciones hechas por el señor Senador Sanguinetti son, en realidad, un poco contradictorias. Con respecto a darle el carácter de ley a esto que ha sido una iniciativa que terminó siendo refrendada por el Gobierno Departamental -compartimos las críticas que ha hecho el señor Senador con respecto al texto de la placa- y el artículo al cual se refiere el señor Senador Gallinal en su propuesta presupone una unanimidad de conceptos sobre la personalidad, que ni en la misma grey Católica Apostólica Romana existen, nos parece que de ninguna manera nosotros deberíamos agregar más elementos de contradicción ni de discusión sobre esa persona ni sobre los trámites que se han hecho. Por eso, entiendo que lo más sensato es dar el hecho por terminado. Con respecto a la estatua, en lo personal, debemos decir que ya en el momento de la instalación de la Cruz se realizó la discusión que todos conocemos pero, en todo caso, ella es representativa de una de las religiones o presencias más importantes, por lo menos así lo expresa la población uruguaya, aunque no la practique. Reitero que expresa a la totalidad. En cambio, una figura controvertida adosada a esa Cruz tiene otras connotaciones. Entonces, nos parece que el hecho ya fue considerado y, por lo tanto, allí debe terminar; la historia después verá.

SEÑOR MICHELINI.- ¿Cómo sería el trámite?

SEÑOR PRESIDENTE.- El trámite es el siguiente: ha venido un proyecto de ley de la Cámara de Representantes y esta Comisión –por lo que he visto- no ha propuesto aprobarlo sino que, por el contrario, está tratando un proyecto sustitutivo. Entonces, si no hay acuerdo, habría que votar si se aprueba o no este proyecto sustitutivo.

SEÑOR ABREU.- Estaba tentado de permanecer en silencio frente a la decisión de la mayoría del oficialismo y de la coalición de Gobierno, pero creo que es bueno hacer una breve reflexión sobre este tema.

Compartimos la opinión del señor Senador Sanguinetti en cuanto a que esto debe tener una expresión legal coherente con lo que dispone la Constitución de la República y, por tanto, criterios contradictorios en circunstancias similares parecerían no ser los mejores mensajes que se dan en la relación de un mismo Gobierno, tanto en el ámbito del Poder Ejecutivo como también del Gobierno Departamental. Esta decisión fue tomada por el Gobierno Departamental y, obviamente, lo normal hubiera sido que los honores públicos –tal como lo establece la Constitución de la República- pudieran tener como corolario una ley, que es lo que tratamos de rescatar como criterio de formalidad.

Como segundo punto, quiero destacar alguna discrepancia que puedo tener con el señor Senador Sanguinetti. Si bien es cierto que estamos hablando de un Jefe de Estado –y considero muy importante distinguir lo que es un Jefe de Estado de lo que significa un pastor o la principal cabeza de una religión-, se trata de un Jefe de Estado homenajeado por un pueblo debido, precisamente, a su doble condición. Esto no significa una violación al principio de laicidad, ya que no es una profesión de fe que se asume en representación del pueblo oriental, pero sí que se trasmite a lo que es la filosofía y la visión religiosa de este Jefe de Estado; al hablarse de su Pascua y de su bendición, nos estamos refiriendo a su real pensamiento e ideas en materia religiosa, lo que no significa que los del pueblo oriental tengamos que ser los solicitantes en forma unánime de una bendición o participar del concepto de la Pascua. Sí pienso –y quiero dejar constancia de ello- que si esto hubiera sido legalmente aprobado, no habría significado una violación al principio de laicidad, manteniéndose incluso una discrepancia porque es un Jefe de Estado y, al mismo tiempo, el pastor de una religión muy importante; esto también hace a la tolerancia del pueblo uruguayo que, sin perjuicio de sus discrepancias, reconoce en quienes practican una determinada religión la condición de poder ser, además, Jefes de Estado. Por otra parte, en este caso, la relación de Estado a Estado con el Uruguay ha tenido un importante desarrollo.

En definitiva, quería dejar constancia de que existen algunas discrepancias pero también coincidencias. Lamento que esto no pudiera ser el corolario natural de una actitud que tomó el partido de Gobierno, mediante sus mayorías en el Gobierno Departamental, pero parecería que no ha tenido las mismas mayorías en el ámbito legislativo para seguir la misma ruta con que el ex Intendente de Montevideo y actual Presidente de la República ha interpretado o interpreta la visión de esta figura, de este Jefe de Estado.

SEÑOR SANGUINETTI.- No he dicho que erigir el monumento fuera contrario al principio de laicidad. Si ustedes recuerdan, la propuesta originaria en torno a la cruz me permití llevarla a cabo en mi carácter de Presidente y luego tuvo status legislativo. De modo que no creo que eso sea violatorio del principio de laicidad, en la medida en que se encuadre dentro de las características de nuestro sistema, cual es, el de ser un monumento recordatorio de un hecho histórico, del mismo modo que son monumentos históricos del país la Catedral de Montevideo, el Templo Inglés -de la religión anglicana- o el escritorio del Padre Larrañaga. Se trata de monumentos históricos incorporados a la vida del país. De modo que no creo que esto fuera violatorio del principio de laicidad.

SEÑORA PERCOVICH.- Sobre eso, no se discute.

SEÑOR SANGUINETTI.- Razón de más, entonces, señora Senadora.

A lo que sí aludí fue a la leyenda y al trámite. No pensaba entrar en este terreno, pero ya que el señor Senador Abreu lo planteó, digo que esto tiene su origen en una reunión del señor Presidente de la República con el Arzobispo de Montevideo, oportunidad en la que se hace la propuesta, a raíz de lo cual se efectúa la solicitud en la Intendencia y, a partir de ahí, el Gobierno departamental tomó la decisión.

También digo de paso, ya que me señala una contradicción la señora Senadora Percovich, que más bien la contradicción está entre la iniciativa del Presidente y la opinión de la señora Senadora.

SEÑOR PRESIDENTE.- Quiero dejar dos constancias con respecto al relato; no voy a hacer una discusión política ni voy a hablar acerca del concepto de laicidad. Simplemente, quiero decir que la Constitución de 1830 –aunque lo aclaró el señor Senador Sanguinetti- no sólo no tenía laicidad, sino que el Estado tenía una religión oficial y que hubo dificultades para la aprobación de la Carta en Brasil. Como es notorio, la Constitución de 1830 debía ser aprobada por Brasil y Argentina, y si bien los brasileños la aprobaron, hicieron un acta lateral, escrita, en la cual criticaban al Uruguay –"país con una población ya avanzada", como decía el Protocolo Adicional de los brasileños- porque el Estado seguía aferrado a una religión oficial. Repito que esto fue lo que se dijo en Brasil. En el año 1918, luego de una erudita discusión que tuvo como principales representantes a Secco Illa y a Frugoni –aunque también hubo otros representantes-, nuestro país terminó en la separación del Estado de la Iglesia.

Por otro lado, en el numeral 13) del artículo 85 de la Constitución se dice, entre otras cosas, que el Poder Legislativo decreta los honores públicos a los grandes servicios; aclaro que aquí se utiliza el término "decreta", el cual es un tanto desprolijo. En ese sentido, estuve preguntando en el departamento jurídico municipal por qué ellos más de una vez establecían honores públicos, porque por más que los honores estén circunscriptos a un departamento, son públicos, en última instancia. Ellos tienen la vieja teoría de que los nombres que ponen a las plazas y a las calles tienen como fin honrar personas.

Por estas razones, me ha parecido que era bueno acompañar la posición que tenía nuestra bancada, en el sentido de que no daba para generar una nueva discusión sobre la laicidad, aunque podía plantearse. Algunos Senadores con los que hablé, y no sólo de nuestra bancada, hicieron referencia a la leyenda, estableciendo que no la compartían. Entonces, acompañé esa decisión por la cual no estábamos de acuerdo con el proyecto.

SEÑOR GALLINAL.- En primer lugar, voy a solicitar que se vote.

En segundo término, en virtud de que todos advertimos cuál va a ser el resultado de la votación, queremos señalar que la personalidad en cuestión se merecía un homenaje de estas características desde el Parlamento nacional; esta misma intención fue planteada en una iniciativa que se presentó en la Cámara de Representantes, con la que sólo discrepamos en cuanto a su redacción.

Dentro de la Iglesia Católica no conozco cuestionamientos a la figura del Papa Juan Pablo II; por el contrario, sé que existen reconocimientos muy importantes de otros referentes, de otras religiones y de otras áreas de la vida, con respecto a lo que fue su acción, y es en esa línea que llegábamos aquí con nuestro planteo.

En tercer término, voy a pedir que se incorpore –porque me parece que mejora, aun más, la redacción que nosotros le habíamos dado- la propuesta del señor Senador Sanguinetti.

Por último, queremos señalar que nos reservamos la instancia de llevar el tema al Senado de la República para su consideración.

SEÑOR MICHELINI.- Independientemente de lo que digamos aquí, y desde una perspectiva de fuera del país, lo concreto es que ante el fallecimiento de Juan Pablo II, por una inquietud del propio Presidente de la República –la compartamos o no-, Uruguay tributó un sentido homenaje a su figura y de alguna manera tomó la iniciativa para que un monumento de este Papa se instalara a los pies de la Cruz, tal como es público y notorio. Si el homenaje a esta personalidad tan trascendente –nadie puede negar lo importante que ha sido en la historia del mundo- lo miramos desde el punto de vista del país, se podrá concluir que Uruguay ha hecho mucho más de lo realizado por otra cantidad de países que profesan la religión en un nivel muy superior al nuestro y que gran parte de la obra de este Papa ha tenido consecuencias importantes. En ese sentido, algunos creemos que todas las cosas deben tener su justa medida. No sé si nos sobran los dedos de una mano para contar los países en los cuales se ha instalado, en un espacio público, un monumento a la figura de Juan Pablo II.

Aquí se plantean dos discusiones. Una, si eso correspondía al ámbito departamental –es una discusión que podríamos dar, pero esto ya está-; y, otra, si el Parlamento tiene que correr detrás. Me parece que la discusión de si correspondía al Parlamento tributar honores no es de recibo porque, nos guste o no, la estatua está ahí y sería una ofensa sin sentido llegar a la conclusión de que porque los honores los debe hacer aquél, esto es ilegal o inconstitucional. En fin, estaríamos en una situación muy delicada.

Por otra parte, no creo que sea bueno que el Parlamento vaya detrás. Entonces, si realmente a esta figura se le quiere hacer un homenaje adicional a los ya realizados por el país, lo mejor sería buscar, digamos, un momento de consenso –tal vez al año o a los dos años- en torno a una iniciativa acorde a la Constitución y a la ley para que el Parlamento pueda tributar homenaje a una persona que fue muy importante en el último cuarto del Siglo XX. Entiendo que ponernos a hacer ahora alguna cosa yendo detrás de la Junta Departamental o dejar la idea de que lo hacemos porque de lo contrario lo actuado es ilegal, no corresponde.

Por otro lado, si se cree que hoy no hay consenso o predisposición de parte de muchos legisladores para que en esta etapa de la vida del país se agreguen otros elementos a un homenaje que entendemos que se ha hecho con creces, quizás sería conveniente buscar otras instancias, dentro de uno o dos años, que permitan demostrar que en estos temas tenemos capacidad de interactuar e interrelacionarnos para que las cosas tengan su justa medida. Se han planteado correcciones de texto y cabe recordar que a nivel de la Cámara de Representantes, algunos legisladores, si bien discrepaban con la iniciativa, la acompañaron en el sentido más altruista de no generar ninguna situación que pudiera opacar el homenaje.

En definitiva, el tiempo pasó y, reitero, habría que buscar otras instancias en conjunto. Además de plegarme a la postura de que esta iniciativa está culminada, considero que de plantearse en el Senado, en vez de hacer un homenaje en conjunto a esta figura tan importante, parecerá que algunos le son incondicionales y que otros la aborrecemos y no rescatamos nada positivo en ella.

Por lo tanto, señor Presidente, creo que no debemos dar más discusiones al respecto porque, además, el monumento ya está emplazado. Tampoco es conveniente plantear iniciativas que sólo reciban el apoyo de una parte de Senado y no de su totalidad. En tal sentido, lo mejor será buscar instancias en conjunto para dentro de uno o dos años, que nos permitan estar todos juntos rescatando una personalidad destacada del último cuarto del siglo XX.

SEÑOR PRESIDENTE.- El señor Senador Gallinal había hecho una propuesta que tenía cierto carácter de orden en cuanto al procedimiento. Entonces, cabría pasar a votar el artículo sustitutivo presentado por el señor Senador Gallinal en lugar del remitido por la Cámara de Representantes.

SEÑOR GALLINAL.- Con la modificación de redacción sugerida por el señor Senador Sanguinetti.

SEÑOR PRESIDENTE.- Recuerdo que, en su comienzo, traía una interpretación del artículo 85, numeral 13.

SEÑOR GALLINAL.- Ya fue repartido, señor Presidente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Hice un relato muy resumido. Quiero decir que los integrantes de la Sección Jurídica de la Intendencia con quienes hablé, hace años que estudiaron ese artículo y tienen otra interpretación; sostienen que el numeral 13 habla de crear o suprimir empleos públicos y que, sin embargo, las Intendencias lo hacen porque la Constitución de la República las autoriza a crearlos en sus presupuestos. De todos modos, creo que no tiene sentido continuar esta discusión.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar, el proyecto sustitutivo presentado por el señor Senador Gallinal, con la modificación sugerida por el señor Senador Sanguinetti.

(Se vota:)

Correspondería pasar a considerar el siguiente punto del orden del día.

SEÑOR SANGUINETTI.- ¿No se votará el proyecto venido de la Cámara de Representantes?

SEÑOR PRESIDENTE.- Alcanza con que un miembro lo pida para que así se haga. En realidad, lo había obviado por un tema de economía procesal.

(Se vota:)

- 3 en 7. Negativa.

Linea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.