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SEÑOR PRESIDENTE.- Habiendo número, está abierta la sesión.

(Es la hora 12 y 03 minutos)

En nombre de la Comisión de Salud Pública de la Cámara de Senadores, damos la bienvenida a los representantes de la Comisión de Bioética del Círculo Católico, doctor Gustavo Ordoqui e ingeniero Alvaro Fernández.

Queremos comunicarles que, por razones de agenda -en las últimas sesiones han solicitado entrevista muchas delegaciones, lo que ha ampliado nuestro trabajo- debemos limitar el tiempo de las exposiciones. Por tanto, les vamos a conceder veinte minutos con una posibilidad de extensión de diez minutos más por lo que, indefectiblemente, estaríamos hablando de treinta minutos, a fin de habilitar la comparecencia de otras delegaciones que ya están citadas.

SEÑOR ORDOQUI.- Ante todo, queremos agradecer por la convocatoria.

En primer lugar, les vamos a entregar un estudio realizado. En realidad, todo lo que tenemos para decir en 20 minutos se encuentra en esas mil páginas y, por ello, vamos a tratar de sintetizar.

Estamos aquí porque nos preocupa sobremanera lo que está pasando con el proyecto de ley del aborto. Si bien sabemos que para algunos es un tema de sentimiento, nosotros pensamos que tiene que ser un tema de razón y que si se está haciendo una ley, por lo menos, ésta tiene que resistir a una mínima consistencia jurídica. Entendemos que quienes están a favor de la ley del aborto han encarado el tema desde el punto de vista de la mujer, mientras que los que lo han polarizado desde el otro ángulo, están del lado de la protección del concebido no nacido siendo que, en realidad, son dos temas, ya que no se trata sólo del problema de la mujer ni sólo el problema del concebido.

Sabemos que hemos utilizado unos términos un poco duros, y en estos veinte minutos nos vamos a concretar a los aspectos fundamentales, a aquellos que consideramos básicos. Nos referimos a aquello en que no se ha dicho la verdad sobre la realidad a la que pretende responder este proyecto de ley. Cuando nosotros calificamos, como últimamente se hace en España, esta ley que se sustenta en la cultura de la muerte y, a su vez, la cultura de la muerte en la cultura de la mentira, entendemos que son términos muy duros y que tienen su fundamento en afirmaciones que se han manejado, algunas muy confusas y otras que, directamente, no son ciertas.

Desde el punto de vista instrumental, tenemos que saber que, como lo dice su exposición de motivos, este proyecto de ley está fundado en la biología del género. Nos preocupa muchísimo pensar que en el Uruguay, no sólo en este proyecto de ley sino en el Plan Nacional de Educación Sexual, se hable de la estructura de la ideología del género que va tomando espacio en nuestro país.

Este es un tema del que se ha hablado poco, pero está clarísimo para nosotros implica una destrucción de la individualidad de las personas sustituir el término "sexo" por "género", o sustentar que dentro de la libertad y de los derechos está la posibilidad de que cada uno haga y sea sexualmente lo que quiere. En cada uno de estos aspectos me remito a los documentos que vamos agregando; entonces no es casualidad que en la exposición de motivos se aluda a esto, tema que después se engancha con el artículo 1º, donde se preocupan especialmente de la educación sexual. Este es un tema que no tengo que tratar porque conforma el artículo 1º de este proyecto de ley. Para nosotros es un asunto particularmente grave, a la luz de la coordinación de lo que es este proyecto con el Plan Nacional de Educación Sexual, lo que no sé si se ha advertido.

Cuando hablamos de nuestra preocupación por las mentiras, empezamos por los eufemismos. ¿Por qué hablar de la defensa de la salud reproductiva cuando no es un proyecto que trate de la salud ni de la reproducción? De lo que sí se preocupa exclusivamente es de la situación de la mujer. Ahora bien; que una ley sobre abortos y destrucción de la vida humana se titule utilizando el término "salud", es algo que realmente nos preocupa.

Evidentemente encarar este enfoque en forma exclusiva desde la perspectiva de la madre es pretender que se la está protegiendo, cuando con el aborto también se destruye a la madre. Nos parece que esta es otra contradicción, y tampoco tengo por qué extenderme en todo lo que es el síndrome del post-aborto, o en las últimas estadísticas de cáncer de mama o de útero que provienen de los Estados Unidos, sobre todo en las situaciones de reincidencia de los casos de aborto, porque hablan por sí solas.

Ingresando rápidamente al artículo 1º del proyecto de ley que vamos a comentar, entendemos que afirmar que "El Estado velará por el derecho a la procreación consciente y responsable" en una ley de aborto es, en realidad, una contradicción. Asimismo, pretender como fundamento central la disminución de la morbimortalidad materna es algo totalmente falso. Las estadísticas que se han estado marcando -y a ello luego se referirá el ingeniero Fernández- no responden a la realidad. Nosotros disponemos de las estadísticas oficiales del Pereira Rossell, que ya los señores Senadores deben conocer. Simplemente estoy haciendo referencia a nuestras fuentes, que son las comunicaciones oficiales que ha publicado el propio Pereira Rossell. Inclusive, respecto a muertes maternas, tenemos cifras del Ministerio de Salud Pública, tema que vamos a evaluar ahora con su último informe, que establece que el Uruguay tiene una baja tasa de mortalidad materna en el parto. Quiere decir que toda esta realidad que se ha presentado son términos grises; se trata de un problema grave de salud, dramático, que padece el Uruguay.

Después se dice que constituye la primera causa de muertes maternas y que las cifras por este tipo de complicaciones ubican a nuestro país en los primeros lugares del mundo. Esto es totalmente falso y podemos resistir a cualquiera que diga lo contrario con cifras y datos fundados; no con opiniones ni intuiciones. Cuando se trata del fundamento de una ley tenemos que mostrarlo con un respaldo numérico claro, concreto y conciso, hecho por personas que han estado involucradas en estos temas.

Si yo dijera que en seis años murieron siete mujeres por aborto en condiciones de riesgo, sería un invento, y lo afirma el propio Pereira Rossell cuando establece que esto es un 1,3%. Ahora bien; otra cosa es si quiero entreverar las estadísticas de aborto en condiciones de riesgo con abortos provocados, para llegar a la cifra de 27% que aparece en la exposición de motivos de este bendito proyecto de ley. Fíjense que el proyecto establece que las complicaciones emergentes del aborto provocado en condiciones de riesgo representan, en el quinquenio 1995 - 1999, el 27% de las muertes maternas, cifra ésta que es totalmente falsa.

Vean los señores Senadores las cifras que surgen, por ejemplo, del aborto en condiciones de riesgo, según lo que se afirma en los datos provenientes del Pereira Rossell. En el período que va de 1996 a 2001, hubo siete muertes; en 2002 hubo dos muertes maternas y en 2003 no se llegó a dos muertes maternas. Aquí se habla de "muertes maternas", no identificadas como aborto en condiciones de riesgo. Entonces, si comenzamos a confundir los abortos sin condiciones de riesgo -aclaro que estoy utilizando los términos que se utilizaron en el fundamento de la exposición o de los informes en mayoría que se hicieron en el Parlamento- con los que sí las tienen, al cotejarlo con lo que dice la Revista Médica Uruguaya Nº 18, del año 2002, esta situación queda totalmente revertida.

El tema es más dramático si se advierte que vengo aquí a decirles que no hacía falta elaborar este proyecto, porque si realmente lo que nos preocupa son las mujeres embarazadas que están en condiciones de riesgo, aclaro que el artículo 328 del Código Penal ya legalizó el aborto en estas condiciones y una de las eximentes muy claras es que si la mujer llega a la situación por la cual está en riesgo su vida, puede abortar y no será penada.

Entonces, ¿vamos a legalizar dos veces sobre el mismo tema, o en realidad nos preocupan las mujeres que no están en condiciones de riesgo? Por favor, analicen el artículo 328 del Código Penal y advertirán que si lo que realmente importa es la mujer enferma o en situación de riesgo, no hay por qué regularlo porque ya está contemplada por dicha norma.

El artículo 2º -por supuesto, no voy a analizarlo en su totalidad- hace referencia al papel del Estado en la educación sexual, y al respecto debo decir que cuando pienso en esto y en obras como "Escucha, aprende y vive" y veo lo que ha pasado con esas formas de educación sexual de las que se preocupa el proyecto de ley, que solamente promueven la genitalidad y el derecho al placer, me encuentro con la causa de los eventuales abortos, que algunos dicen que alcanzan los 300.000, otros 150.000, otros 30.000 y nosotros decimos que son 15, basándonos en cifras provenientes de porcentajes que se han hecho en algunas estadísticas y censos.

Entonces, nos preguntamos cuál es la causa del aumento de los abortos y nosotros afirmamos que se debe a la mala educación sexual, incluyendo la que se está promoviendo por vías estatales. Si analizan la obra "Escucha, aprende y vive", observarán que se trata de una promoción del uso del preservativo como única forma de educación sexual.

Además, en este artículo 2º se comete un gravísimo error, porque se parte de la base de que la mujer tiene derecho al hijo, como si fuera algo disponible, y establece que se deberá permitir que la mujer ejerza el derecho a controlar su propia fecundidad y a adoptar decisiones relativas a la reproducción sin coerción, discriminación ni violencia. Evidentemente, el hijo no es un derecho y sobre él no se ejerce el derecho. La vida es un don y si parto de la base de que tengo un derecho, estoy en un camino equivocado.

En cuanto al artículo 3º, debo decir que es totalmente innecesario. Lamento que los profesores de Derecho Administrativo, que tienen mucho prestigio y que vinieron aquí, no les hayan dicho que no hace falta este artículo para afirmar que el Ministerio de Salud Pública, en cumplimiento de los objetivos encomendados en el artículo precedente, coordinará acciones con los organismos del Estado que considere pertinentes. Ese es un tema que está en la tapa del libro y no hace falta una norma o un artículo que diga semejante cosa, pero los administrativistas seguramente se podrían haber expresado con más criterio que yo.

En cuanto al artículo 4º, es el que más nos preocupa porque establece que toda mujer tiene derecho a decidir sobre la interrupción de su embarazo. Entonces, me pregunto por qué usamos este eufemismo de la interrupción del embarazo y no decimos que tiene derecho a destruir la vida si, en definitiva, cuando hablamos de una persona que está condenada a la pena de muerte, al referirnos a ella no decimos que está condenada a que se le interrumpa la respiración sino que directamente se dice que se la va a matar. Acá se va a destruir una vida humana. Además, se hace referencia a la mujer, y por eso nos preguntamos por qué el hombre que engendró junto a la mujer esa vida es desplazado, ya que no tiene ninguna participación en esta decisión.

También se habla de las doce semanas, y me gustaría saber cómo se van a computar. Con respecto a esto, en España nos acaban de decir que se trata de un lirismo absoluto y, además, en un Congreso de más de 800 personas, también se nos dijo que esta sería la peor ley del mundo. Por todo esto, nos preguntamos quién va a controlar si el embarazo está en la semana catorce, en la dieciséis o en la doce. Es algo totalmente inviable.

Por su parte, alguien ha dicho que hasta la semana doce no hay sufrimiento y aclaro que eso es totalmente falso. Ustedes saben, porque son médicos, que hay una enorme cantidad de citas en distintos libros de antropología que dicen claramente que lo que hay en el vientre materno es una vida humana, y que cuando se le destruye a las doce semanas, cuando se le tritura o quema para extraerlo en pedazos, sufre. Esto lo dicen los médicos y la bibliografía que hemos citado y que adjuntamos.

Entonces, no nos digan que hay dos tipos de vida, como ya hemos escuchado en varios programas de televisión, o sea, una hasta determinado momento y otra que empieza después. Hoy, una simple prueba de ADN prueba lo que estoy diciendo y ya nadie discute este concepto. De hecho y con buen criterio, el Senado ha eliminado la figura del pre-embrión. Reitero que hay vida humana desde el principio de la concepción y hasta la muerte natural del hombre.

Esto es algo que ya no resiste oposición, pero lo tengo que aclarar porque lo sigo escuchando en los programas de televisión, de parte de algún Diputado. Por suerte, esta Comisión de Salud Pública ha eliminado, entre otras cosas, el concepto de pre-embrión del proyecto de ley de inseminación artificial.

Entonces, pasando al artículo 4º, como abogados debemos hacer homenaje a la Constitución, que es la gran ausente en este proyecto. Destaco que en la exposición de motivos de este proyecto de ley no figura para nada la Constitución. ¡Por favor! No sólo nos olvidamos de que la Constitución consagra el derecho a la vida en su artículo 7º, sino que en su artículo 72 reconoce tanto los derechos expresamente constituidos en la Constitución como todos aquellos que surjan de la forma republicana de Gobierno. El Pacto de San José de Costa Rica protege la vida desde la concepción, aunque algunos me dirán que olvidé que antes del término concepción dice "en general". He tenido la posibilidad de informarme y he podido apreciar que mis antecesores han dicho cualquier cosa con respecto al tema; pero, simplemente con ver los antecedentes, nos preguntamos qué significa el término "en general". ¿Acaso quiere decir que se puede admitir el aborto? No. Lo que ocurrió es que el artículo 4º -y les pido por favor que lo lean- regula la pena de muerte, y cuando lo hace, en el inciso correspondiente, dice que se protege la vida desde la concepción. En el inciso cuarto establece que las madres que están concibiendo no pueden ser condenadas a muerte y los otros cinco incisos son sobre la pena de muerte. La única excepción, donde puede no protegerse la vida en ese momento, se da en aquellos países que tienen regulada la pena de muerte. No hay otra interpretación posible, y ello surge de los antecedentes.

Entonces, los pactos internacionales y la Constitución regulan la vida desde la concepción, lo cual es un argumento irrefutable: la vida como un derecho inherente al ser. Esta tampoco es una postura religiosa o filosófica, sino que lo establece la Constitución. ¿Qué significa un derecho inherente al ser? Significa que nadie da el derecho ni lo puede sacar, porque ni el Parlamento ni un referéndum pueden decir que a usted le vamos a sacar la vida. Es decir que ni la madre, ni las instituciones, ni este Parlamento, ni un referéndum pueden limitar la vida de un ser humano, en función de que se trata de un derecho inherente al ser. Lo dice la Constitución, no lo estoy diciendo yo.

Por otro lado, quiero referirme a algunos comentarios que nos preocupan muchísimo -algunos de los cuales comentábamos con la doctora- que piensan que las cosas se van a arreglar por decreto. En la página 4 tienen todas las citas de libros de embriología que dicen claramente qué hay hasta la semana número doce.

El artículo 5º dice: "Para ejercer el derecho acordado por el artículo anterior, bastará que la mujer alegue ante el médico, circunstancias derivadas de las condiciones en que ha sobrevenido la concepción, situaciones de penuria económica, sociales, familiares o etáreas, que a su criterio le impidan continuar con el embarazo en curso".

Nos parece que decir, simplemente, que según el criterio que tenga la mujer ésta puede abortar, es algo totalmente arbitrario, porque cualquier explicación que dé va a ser un justificativo para el aborto. Sepan ustedes que las últimas estadísticas marcan que no es el factor económico el más importante a la hora de abortar, sino el factor social, es decir, el qué dirán. Tampoco es cierto que las que abortan están ubicadas en su mayoría en el estrato social más bajo, sino que, desgraciadamente, las que abortan, en un mayor porcentaje, son las que están en situación social alta, y lo hacen por el qué dirán o por razones sociales.

Estas son estadísticas que están circulando y creo que algunos de los señores Senadores, por lo menos, deberían tenerlas en cuenta y considerarlas. En este artículo se dice que se le informará a la mujer sobre los programas disponibles de apoyo económico. Si hubiera programas disponibles de apoyo económico, que es donde tenemos que trabajar, seguramente estas mujeres no abortarían; realmente, no existen.

En nuestra propuesta decimos que hay que salvar a los dos, porque nos preocupa tanto la vida de la mujer como la del niño. Tenemos proyectos claros y, por lo tanto, deberíamos trabajar para aprobar soluciones paralelas. Si fuimos capaces de aprobar una ley para la aftosa y proteger a los productores lecheros, ¿no vamos a poder amparar a estas mujeres en un momento en que nuestro país no tiene vida? ¿O tengo que decirles que se nos están yendo los uruguayos? Venimos de España y lo único que tenemos ahora es una enormidad de empresas que giran dinero de aquel país para pagarle a las familias uruguayas que han quedado aquí, porque toda la gente joven se ha ido. Si además de ello, si sumamos la destrucción de vidas humanas, ¿qué nos va a quedar a los uruguayos?

Voy a proponer algunas reflexiones sobre el artículo 7º y voy a obviar otras porque el tiempo no resulta suficiente.

El inciso segundo del artículo 7º dice: "El médico dejará constancia por escrito en la historia clínica de las circunstancias precedentemente mencionadas. En todos los casos someterá tal decisión a consideración de la mujer, siempre que sea posible".

Entonces, ¿qué pasa cuando no es posible someter a la consideración de la mujer? Yo tomo la decisión por la mujer, siempre que sea posible. Por favor que alguien me interprete esto, porque inmediatamente voy a decir que está anestesiada o que tiene un problema y, por lo tanto, voy a tomar la decisión por ella. Este "siempre que sea posible", realmente, deja un camino abierto peligrosísimo.

En el artículo 8º aparecen figuras jurídicas realmente increíbles. Soy profesor de Derecho Civil y nunca vi que se estudiara o existiera el guardador de hecho. Quisiera que alguien me explicara lo que es, porque esto no lo vamos a poder institucionalizar, ya que en el Derecho Civil no existe la figura del guardador de hecho, sino del tutor, del curador o del padre. Entonces, quiero saber quién va a ser el guardador de hecho cuando se apruebe esta ley. Además, cuando se refiere, obviamente, a las mujeres menores de 18 años, allí dice que deben tener dos consentimientos, integrados por la voluntad de la menor y el asentimiento de al menos uno de los representantes legales.

Pero me pregunto qué pasa si falta alguno de estos consentimientos; por ejemplo, si la niña dice que sí y la madre dice que no, a lo que se puede agregar que entra en escena un guardador de hecho, que no sabemos quién es. ¿Esta es la ley que queremos aprobar?

Finalmente, llegamos a algo realmente insólito, que es lo que establece el artículo 9º, ya que si se lee cómo está, obliga a abortar. El artículo dice textualmente: "Cuando por cualquier causa se niegue o sea imposible obtener el asentimiento de quien debe prestarlo, habrá acción ante los Jueces Letrados competentes en materia de familia para que declaren irracional el disenso o brinden el asentimiento". Pido, por favor, que alguien me explique esto, porque quiere decir que si es una demente, declararán a la pobre enferma como irracional.

Me pregunto qué derecho tengo de imponerme sobre una incapaz y hacerla abortar. Y si no es demente, deben brindar el asentimiento, con lo que estamos obligándola a abortar. La lectura de este artículo 9º -del que sabemos su origen, porque venía enganchado con el artículo 8º y después, simplemente, por una razón de estilo lo cortaron en dos partes- es algo insólito. Yo he hecho leer este artículo por lo menos a diez personas y todas han tenido interpretaciones diferentes. ¿Qué es lo que se quiere decir con él?

En el artículo 11 se llega al punto de decir -yo le comentaba esto a la doctora Xavier en un programa de televisión- que el aborto es un acto médico y que es gratuito. Creo que acá llegamos al punto final, pues todos los profesionales médicos que han votado el Juramento Hipocrático se han obligado a no destruir vidas humanas. Se me puede decir -y esto lo ha expresado el doctor Tabaré Vázquez en alguna exposición- que en alguna oportunidad los médicos tienen que abortar cuando se debe priorizar la vida de la madre o la del hijo; pero en ese caso no se está abortando sino que, de alguna forma, se está tratando de salvar las dos vidas, pudiendo salvar una sola, y eso no quiere decir que se mató a la otra.

La única explicación que se me ha dado sobre esto -y yendo siempre a los extremos- tiene que ver con los abortos terapéuticos y, en realidad, lo que ocurre es que no se quiso matar. Entonces, el médico en ese caso no está matando al niño, porque no lo quiso matar. Muy diferente es el caso del aborto, donde el médico participa de la decisión y la intención de destruir una vida humana con conciencia y voluntad. Como se ha dicho últimamente en España, se trata del acto más grave de traición, porque si alguien tiene que controlar la vida humana es la madre y el médico y, justamente, aquellos dos que tienen que controlar, proteger y salvar la vida humana, son los que se confabulan para destruirla en este proyecto de ley, lo que lo hace particularmente grave.

Se dice, también, que esto se hace sin valor comercial. ¡Por favor! Por lo menos pónganle la sanción al que cobra. ¿O es que no sabemos lo que está pasando en los Estados Unidos? ¿Quieren que les bajemos los "e-mail" del negocio del aborto? Es el mejor negocio. ¿O acaso alguien va a creer que es sin valor comercial un proyecto de ley que ni siquiera sanciona al que lo haga? ¿En qué quedamos? ¿Lo ponemos simplemente para quedar bien con los pobres, si de los pobres no nos estamos acordando?

Al respecto, existen maravillosas palabras del doctor Tabaré Vázquez que pueden leer, pues no tengo tiempo para hacerlo aquí. Dice muy claro que esta no es una ley para las pobres, sino para las ricas, pues las pobres ni saben dónde están las instituciones. Tal como él expresa, van al Hospital de Clínicas y se asustan porque el Hospital es grande. ¿O piensan que le vamos a dar solución porque digamos que es gratis? Yo no creo de ninguna manera que esto va a ser gratis, y el día que encontremos a alguien cobrando y tengamos pruebas, no lo podremos sancionar porque la ley no lo prevé. ¡Señores, por favor! ¡Esto no puede caminar así!

Por otra parte, se expresa algo que es realmente monstruoso, pues se dice lo siguiente: "Todos los servicios de asistencia médica integral, tanto públicos como privados habilitados por el Ministerio de Salud Pública, tendrán la obligación de llevar a cabo este procedimiento", etcétera. Así que todas las instituciones médicas del país tienen la obligación, y que no se me diga que lo podemos arreglar por decreto, porque donde dice "obligación" no podemos cambiarlo por "facultativo". Es decir que la institución Círculo Católico, que yo aquí represento, que por su constitución respeta la vida por razones filosóficas y religiosas, tiene la obligación de abortar. ¡Pero por favor! Esto no tiene solución por vía de decreto. Desde ya les digo que la institución Círculo Católico no va a respetar esta obligación, porque no se la puede obligar a abortar, y no se puede porque representaría un atentado contra los propios valores de una institución, que tienen que ver con el respeto a la vida. Si se discrepa, se puede ir a otra institución, pero si el día de mañana viene una afiliada a decirme que ejerce el artículo 11 y quiere que la aborte, no lo puedo hacer y estoy transgrediendo la norma. Esto no puede ocurrir así de ninguna manera.

Me llama la atención -esto lo hemos conversado con algunos médicos que están realmente preocupados- cómo está regulada la objeción de conciencia. Se lesiona la objeción de conciencia, pues se da un plazo de 30 días después del cual no se podrá negar a efectuar las intervenciones. Esto quiere decir que, de aprobarse este proyecto, todos los médicos de las instituciones van a tener un período al término del cual si abortan no van a tener problema. Me pregunto qué ocurre si después de los 30 días el hombre ve por primera vez un aborto y dice que no quiere abortar más porque es un homicidio. En ese caso, el señor no puede negarse a efectuar las intervenciones y se lo echa con causal. ¿Cómo a un médico le van a decir, después de 30 días, que no se puede negar? ¿O es acaso que no podemos cambiar nuestras convicciones? Muchos médicos jóvenes con quienes trabajo en las instituciones, quizás nunca hayan visto un aborto, y otros que están indecisos pero que van a participar del aborto, yo estoy esperando que lo vean.

Al respecto, contamos ahora con algunos videos de última generación para que, al menos, sepamos de qué estamos hablando. Digo esto porque de lo único que hablamos es de las mujeres, y está bien hacerlo, pero también hablemos de esas criaturas que se están destruyendo por miles, que son uruguayos, que son desaparecidos. Quiero decir claramente que ahora viene la declaración de delito imprescriptible; les adelanto que en Europa en este momento el aborto es un delito de ese tipo y no va a tener ningún tipo de prescripción.

Así como nos hemos preocupado con justicia de los desaparecidos, estos son otros desaparecidos y va a llegar el momento -y Dios quiera que yo lo pueda ver si tengo que enfrentar esta ley- que todos los que han participado en el tema del aborto y lo han consentido, van a estar cometiendo un delito, más allá de que la ley ahora lo legalice, ya que también en la época del "Führer" se legalizaron homicidios monstruosos y después se terminó con todo eso y se revisó esa historia del país. Nosotros vamos a acompañar esta política de declarar a este delito imprescriptible, más allá del tiempo y de los hombres. Este es el tema que está en este momento avanzando.

Los minutos van pasando por lo que todos los comentarios políticos, éticos y sociales que teníamos para hacer están por escrito. Para simplificar, estamos a la orden y podemos agregar un disquete donde está todo lo que nosotros hemos entendido. Yo quiero darle la palabra al ingeniero Álvaro Fenández para que hable de cifras oficiales, de datos que los señores Senadores tienen que manejar, que tienen sustento en estadísticas oficiales y que marcan la realidad.

SEÑOR FERNANDEZ.- Me quiero referir a un tema bastante importante que se ha mencionado en varios ámbitos y que tiene que ver con lo que se ha dicho, que la muerte materna por abortos es un tema de salud pública. De acuerdo con las cifras comparativas que se manejan a nivel internacional, entendemos que esto no es así. En primer lugar, el indicador para comparar el problema de las muertes maternas a nivel internacional y a todos los niveles, es el número de muertes maternas por cada 100.000 nacidos vivos. Según datos de la Organización Panamericana de la Salud, nuestro índice de muertes maternas por cada 100.000 nacidos vivos, está entre 11 y 26. Estos datos los obtuvimos del estudio del Sindicato Médico que se hizo hace un par de años.

En ese estudio calculamos la cifra de muertes maternas, e incluso para el caso del Pereira Rossell para el período considerado, era de 26. Entendemos que no se puede considerar un año atípico, como fue 2001, para justificar un proyecto de ley de largo plazo, que no va a abarcar sólo un año, cuando los tres años anteriores habían sido de cero muerte materna y los otros dos años anteriores una muerte materna. Se dice que cinco muertes maternas justifican la legalización del aborto en un año que es atípico.

Además -si desean les podemos enviar las gráficas y los cuadros- según datos del Instituto Nacional de Estadística, el descenso en las muertes maternas es consistente, principalmente a partir de mediados de siglo cuando se descubre la penicilina. Entonces, estamos por debajo de 29 muertes maternas por cada 100.000 nacidos vivos, que es el límite superior de los países desarrollados. De ahí para arriba, hay otros países que tienen más muertes maternas de acuerdo con su nivel de desarrollo y cobertura sanitaria. Por tanto, cualquier porcentaje que se maneje debe tener en cuenta de qué base se parte, ya que está dentro de un indicador de muertes maternas que está al mismo nivel que los países desarrollados, que América del Norte y Europa.

Me voy a referir a otro punto sobre el tema de los porcentajes. El doctor Orestes Fiandra, hablando del tema cardiológico, dijo en una entrevista periodística que no era peyorativo para el Uruguay tener más del 30% de muertes por problemas del corazón, porque eso significa que logramos controlar otras enfermedades. Con el aborto pasa exactamente lo mismo. A veces un porcentaje puede dar alto porque se ha logrado controlar una enorme cantidad de problemas.

Entonces, no es un problema de salud pública. Las muertes maternas han venido descendiendo sistemáticamente desde 1900 hasta ahora. Además, el Instituto Nacional de Estadística maneja una sola cifra en el estudio más serio que se ha hecho, prácticamente, sobre el número de abortos en el Uruguay y habla de 20,6%, es decir, de 20,6 abortos cada 100 nacidos vivos. Teniendo en cuenta los 55.000 nacimientos al año que tenemos, estaríamos hablando de alrededor de 11.000 abortos. Si consideramos que posiblemente este estudio haya sido realizado en el año 1986, observamos que los índices de natalidad han descendido un poco en los últimos años, pero aunque quizás ahora puedan ubicarse entre un 11% y un 16%, no nos parece serio hablar de 33.000 abortos.

Además, hay datos brindados por las propias integrantes de movimientos feministas que hablan de 15.000 abortos. En fin, parece ser que a veces la cifra se baja y otras se sube, aunque no sé por qué.

Otro tema a tener presente es que si estamos hablando de cinco a siete mujeres muertas en seis años por abortos provocados en condiciones de riesgo -lo que es grave- no debemos olvidar que tratándose de 11.000 abortos estaríamos hablando de 5.500 niños y 5.500 niñas muertos en ese período; quiere decir que las mujeres serían 5.505 ó 5.507, o sea, 5.500 niñas y algunas madres, porque son más las niñas que las madres muertas.

Por último, vivimos en un país con demografía de nación desarrollada y con economía de nación subdesarrollada, ya que tenemos un índice de natalidad muy bajo y un altísimo número de pasivos, además de una emigración impresionante, pues se han ido del país entre 100.000 y 150.000 uruguayos. Entonces, la pregunta que surge es la siguiente: si seguimos apoyando este tipo de leyes que entendemos pueden llevar a incrementar el número de abortos -además de que toda ley de carácter anticonceptivo y de control poblacional lleva a disminuir la población- ¿quién va a pagar la seguridad social?

Muchas gracias.

SEÑOR ORDOQUI.- Por mi parte, simplemente quiero agregar este documento, titulado: "La salud de Uruguay en cifras", que ha sido elaborado por el Ministerio de Salud Pública. En él aparecen claramente las cifras correspondientes a la mortalidad materna: en 1998 fueron once las mujeres muertas; en 1999 fueron seis y en el año 2000, nueve. Esto no lo inventamos nosotros.

Debemos decir que tampoco respondemos a ninguna ideología política. En mi caso, soy profesor de Derecho Civil y aclaro que de ninguna manera estoy planteando este tema en términos religiosos, pues lo mismo que estoy diciendo acá lo digo en el Paraninfo de la Universidad y a quien sea. Entonces, que no se lleve esto al terreno de pensar que esta es una ideología que corresponde sólo a algunos.

Por mi parte, simplemente creo responder a los valores naturales. En nuestra Comisión existen médicos que no son católicos; en el país y en el mundo todo, existe gente que se guía por los valores naturales, y en la medida en que nosotros estemos legalizando la destrucción de vidas humanas, me parece que no vamos por buen camino.

Por nuestra parte, estamos haciendo estadísticas en cifras para llevar adelante un proyecto de ley en esta materia, y quiero recordar que en este Parlamento se aprobó una magnífica ley que contempla a las mujeres que tienen mellizos y trillizos cambiando el sistema de respaldo social, de seguridad social. Esa es una magnífica ley. Aznar, por su parte, impulsó una ley por la que las familias con dos y tres hijos disponen de un resguardo particular; y precisamente, con relación a los embarazos de adolescentes, en España se está creando todo un sistema de apoyo para que esas criaturas vengan al mundo, porque también hay datos que indican que la mujer pasa en crisis desde los 13 a los 16 años, y para todas aquellas mujeres que, bien guiadas, han tenido a su hijo a esa edad y finalmente lo pudieron encaminar, el hecho de poder estar acompañadas por el niño es el mejor regalo que les ha tocado en la vida.

Con relación a este tema, queremos expresar también que nos preocupa mucho la infiltración de ciertas personalidades que han venido al país a darnos cátedra sobre determinadas cosas. En realidad, han venido a enseñarnos a mentir -como se ha dicho claramente, y tenemos la versión en la Torre de los Profesionales- vertiendo frases tales como: "Señores, si tienen la posibilidad de ver una mujer que muere por condiciones de riesgo, por favor, sáquenlo en la prensa; por favor, díganlo". Les vamos a adelantar desde ya una primicia: es posible que logremos contar con una visita en nuestro país, y es bueno que los señores Legisladores lo vayan sabiendo.

Probablemente todos saben cómo se aprobó en los Estados Unidos la ley en esta materia. Cuando uso términos duros al hablar de esto, a veces la gente se siente herida, pero lo cierto es que en aquel país, Norma Mc Corvey, que fue la mujer famosa que llevó adelante el procedimiento, hizo la loa de la mentira. Ella dijo que había sido violada por una patota y logró llevar adelante una causa con abogadas adiestradas de tal manera que ganaron y revirtieron la decisión de la Corte de los Estados Unidos. Sin embargo, hoy, después de treinta años, esta mujer confiesa que todo eso fue una mentira que se armó con grupos y con dineros internacionales y así se logró crear toda una horda. Esa mujer creo que va a estar en nuestro país en los próximos días y todos podrán escuchar directamente su versión. Entonces, podrán entender por qué utilizamos términos fuertes, con mucho dolor.

Cuando hablamos de cultura de la muerte, alguien nos dijo que lo estábamos agrediendo, y no es así. El problema es que nos preocupa, como uruguayos, que en este Parlamento se legisle, al mismo tiempo, sobre inseminación artificial -con lo que se destruyen vidas humanas, porque tres embriones también son vidas que se van a perder- sobre el aborto y sobre la clonación, porque con ello también se destruyen vidas humanas. ¿De dónde se sacan las famosas células madres? Algunas, que son las que debiéramos utilizar, no las destruyen, pero otras sí. Es sobre estas cosas que debemos legislar, para que en nuestro país no prospere la cultura de la muerte.

Para finalizar, queremos agradecer la gentileza de habernos recibido y manifestarles que muchos de los documentos que hemos citado están en el material que les hemos entregado. Asimismo, les señalamos que estamos a la orden de los integrantes de la Comisión por cualquier información que necesiten.

(Se retiran de Sala los miembros de la Comisión de Bioética del Círculo Católico)

Linea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.