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Carátula

SEÑOR RIESGO.- La semana pasada, en la Cámara de Representantes se aprobó un proyecto de ley sobre farmacias, en el que creo que el señor Presidente tuvo participación, o al menos había presentado uno similar. Quisiera solicitar a los compañeros que lean dicha iniciativa y, si están de acuerdo con ella, permitan incluirla en el orden del día de la sesión de la semana que viene, siendo miembro informante el señor Presidente de la Comisión, porque si lo ingresamos al análisis de la Comisión, su aprobación se verá demorada y es un tema sobre el que el Senado y la Cámara de Representantes habían acordado darle un trámite rápido. En definitiva, si los compañeros están de acuerdo, solicitaríamos a los coordinadores de bancada que incluyeran el tema en el orden del día del Senado la próxima semana.

SEÑOR PRESIDENTE.- Creo que ese proyecto de ley todavía no entró al Senado.

SEÑOR RIESGO.- En ese caso, debe ingresar en el día de hoy. Confieso que no lo sé con certeza porque no estuve la semana pasada. Sí sé que se aprobó en la Cámara de Representantes.

SEÑOR PRESIDENTE.- Personalmente, estoy de acuerdo con el procedimiento propuesto.

SEÑOR RIESGO.- Entonces, no lo trataríamos en Comisión y pediríamos a los coordinadores que lo incluyeran en la sesión del Senado de la próxima semana.

(Dialogados)

SEÑOR PRESIDENTE.- Se trata de una iniciativa que vuelve a establecer distancias entre las farmacias, porque ese aspecto había quedado totalmente desregulado durante la administración del doctor Varela y ello había habilitado la competencia contra las farmacias de los barrios.

(Dialogados)

SEÑOR CORREA FREITAS.- El próximo martes es la última sesión ordinaria del Senado de este mes.

SEÑOR PRESIDENTE.- En ese caso, sugiero que se lo incorpore en la sesión de ese día.

SEÑORA POU.- Quisiera saber si en la Cámara de Representantes el proyecto de ley fue aprobado por unanimidad.

SEÑOR RIESGO.- Tengo entendido que sí. Por lo menos, según lo que sé, el Partido Colorado y el Frente Amplio, sí. Diría que el Partido Nacional también. Es más, en un 95% estoy seguro que sí.

SEÑORA POU.- ¿Fue aprobado por la Cámara de Representantes?

SEÑOR RIESGO.- Sí, señora Senadora.

SEÑORA POU.- Pregunto porque si es un tema que pasa por la bancada parlamentaria, es más fácil.

SEÑOR PRESIDENTE.- En la Comisión lo votaron todos.

SEÑOR RIESGO.- Por otra parte, quiero decir que nunca fuimos tan estrictos con nadie. En consecuencia, propongo que en lugar de dar 20 minutos, les proporcionemos 30 minutos para que hagan su exposición porque, de lo contrario, los obligamos a hablar como máquinas. Reitero, digo esto porque nunca fuimos tan estrictos con nadie.

(Ingresa a Sala la delegación de la ONG "ESALCU")

SEÑOR PRESIDENTE.- Damos la bienvenida a la Organización No Gubernamental "ESALCU" que quiere dar su opinión sobre el tema de la salud reproductiva. Por razones de agenda y en función de que contamos con muchos grupos que desean ser recibidos para dar su opinión, hemos establecido 30 minutos para cada delegación. Por lo tanto, les solicitamos, en lo posible, ajustarse a ese plazo.

SEÑORA MARTORELL.- Señor Presidente: soy la doctora Martorell y, a su vez, Directora de la ONG "ESALCU".

Antes de comenzar la disertación, quiero aclarar que les hemos traído una carpeta con cierta información, a los efectos de que comprendan cómo entendemos esta problemática.

La Asociación "ESALCU" es una Organización No Gubernamental, con personería jurídica y declarada también institución cultural. Ha sido creada con la finalidad de propender a la ayuda del niño, de la niña, del joven –tanto hombre como mujer- y de la mujer y del hombre adulto que están en situación de desamparo y de vulnerabilidad social. Lo hacemos a través del apoyo moral, social y económico. Además está el trabajo específico con las mujeres. Hace bastante tiempo realizamos trabajo de campo, en el que las ayudamos, las orientamos, les damos trabajo y, muchas veces, morada. Tenemos autoridad para decir que entendemos que el aborto, practicado o no, jamás será una solución para la mujer uruguaya; lejos de ser una solución –como lo pretende este proyecto de ley- sabemos que la problemática de la mujer va mucho más allá de estar embarazada o no y que se la está empujando a tomar soluciones baladíes a través de decisiones equivocadas al decirle: "Interrumpí el embarazo. Abortá."

Como abogada me tomé el trabajo de hacer algunas puntualizaciones al proyecto de ley. Sin lugar a dudas, creo que lo más novedoso de este proyecto es que pretende justificar su bondad a través del título que se le da: "Defensa de la Salud Reproductiva." Es la visión integralista que los defensores de este proyecto pretenden darle, desarrollando en él una política social y educativa, diría que con una política ampulosa, con nombres extravagantes como promoción y defensa de la salud reproductiva, defensa y promoción de los derechos sexuales, desplegando una serie de competencias sin igual a un Ministerio.

Creo que la actividad que le van a dar al Ministerio es casi faraónica, porque ahora va a tener que empezar a entrar no solo en el presupuesto, sino también en la planificación y ejecución de políticas en materia de educación, de planificación familiar y de capacitación de las personas que van a estar trabajando en esta materia.

Cuando sigo leyendo el proyecto y entro en el artículo 4º, parece como que se me hubieran caído las hojas, las hubiera recogido y advirtiera entonces que me equivoqué de proyecto o de hoja, porque del 3º al 4º salimos con cuestiones que no tienen nada que ver. Es como si el Legislador me pusiera del otro lado de la mesa y me introdujera en un tema que lisa y calladamente se llama aborto, con el subtítulo de "interrupción voluntaria del embarazo".

Creo que hay un vacío y un corte evidentes; un vacío porque en los tres primeros artículos del proyecto damos al Estado y al Ministerio normas programáticas. En este sentido sabemos muy bien que, como toda norma programática, van a quedar en la estantería del recuerdo para que un día sean ejecutables. También sabemos bien que toda norma programática debe tener una norma reglamentaria y conocemos las realidades con las cuales trabajamos. Recordemos toda la problemática que hubo este año en Salud Pública; el Ministerio prácticamente colapsó y nosotros estamos pretendiendo que su presupuesto tenga nuevas partidas para tratar una materia que le es foránea, como la educación. Creo que no es necesario ser abogado o tener un título jurídico para darnos cuenta de que estamos metiendo en un Ministerio políticas que son de otro.

Vale la pena recordar –y hay un tema del que voy a hablar mucho, que está tratado en este libro, esto es, la iniciativa sanitaria contra el aborto provocado en condiciones de riesgo- que dentro de esta ley de 1938 se implementan políticas sanitarias para la mejor calidad de las mujeres. La semana pasada escuché decir a la señora Senadora Xavier que este libro –que tuvo una muy buena promoción- es del año 2001 y está esperando para ser autorizado y aplicado. ¡Qué será entonces con este proyecto!

En consecuencia, situados en lo que es realmente la temática de la ley, el aborto, antes que nada tenemos que empezar a hablar de lo que vendría a ser la temática a nivel de estructuración jurídica. Nosotros no nos tenemos que olvidar -como bien lo decía el famoso constitucionalista Manuel Gonçalves Filho- que antes del afecto o del desafecto que podamos tener hacia un proyecto o una ley, está la prelegalidad, es decir si tiene encuadre constitucional y también desde el punto de vista internacional. Como muy bien decía el doctor Gros Espiell, siempre entramos a hablar del tema del aborto mal enfocado; comenzamos con conceptos filosóficos, de política criminal, social, y nos olvidamos que lo primero que debemos tratar es si realmente este proyecto tiene un encuadre jurídico a nivel constitucional e internacional, porque estamos en un estado de Derecho que tenemos que respetar. Tenemos Senadores y Diputados y no se trata de que le guste a algunos; como dije, estamos en un estado de Derecho que tenemos que respetar.

En el artículo 7º de la Constitución se dice que todas las personas tienen derecho a ser protegidas en el goce de su vida. Si observamos este artículo y analizamos los anteriores, veremos que en el año 1830 el constitucionalista no hablaba de personas, sino de habitantes, dándole un concepto físico y político a la persona. Cuando ese concepto cambia sabemos que el concepto de persona tiene que ser mucho más amplio y no sólo tener en cuenta a las personas sólo desde el punto de vista de nacido. Como dije, se trata de un concepto mucho más amplio que incluye no sólo a la persona nacida, sino a la que está por nacer; es decir que va desde la concepción hasta el propio nacimiento.

Es evidente que aprobar un proyecto de ley como éste va en contra de los principios constitucionales. Si no alcanza con eso, el artículo 72 también es fundamental porque incorpora e inaugura toda una concepción jusnaturalista de lo que es la Constitución a nivel de la defensa de los derechos inherentes a la persona humana, que son derechos que sabemos que toda persona debe tener. Estos derechos fueron discutidos y debatidos el año pasado por la Cámara de Senadores cuando estaba siendo considerado el proyecto sobre reproducción asistida. Al embrión se le dio la capacidad de persona como protección jurídica; entonces, debemos tener la misma manera de actuar y no usar una manera para una ley y otra para otra ley, según los intereses. Creo que tenemos una Constitución y una estructura jurídica que debemos respetar.

Con relación al derecho internacional, sabemos muy bien que una ley que ha sido ratificada en nuestro país, porque es un tratado internacional, tiene jerarquía de tal pero no puede ser derogada por otra ley. Sabemos que una ley posterior que sea opuesta no puede derogar esa ley interna que fue ratificada como tratado o convención, y sabemos que esa ley sólo va a poder ser derogada por un sistema especial de cartilla que está perfectamente establecido en los tratados de Derecho. Esto es importante porque con este tema está muy en boga el Pacto de San José de Costa Rica que en su artículo 4º expresa que toda persona tiene derecho a que se le respete su vida. Ese derecho está protegido, en general, a partir del momento de la concepción. Entendemos que el principio es la vida y el término "en general" es la excepción a ese principio. Quiere decir que toda interrupción contra la vida -podemos agregar los artículos 7 º y 72 de la Constitución que hablan de que la persona es aquella que va desde la concepción hasta la muerte- es un atentado contra ésta. Como dije, el término "en general" marca excepciones.

Se critica esta ley de 1938, pero su posición es ecléctica y en ella se establecen cinco excepciones al principio general. Esta ley que nosotros tenemos la llaman represiva porque defiende el bien jurídico: la vida del niño. Las personas cuando atacan la ley dicen que es represiva. ¿Por qué? Porque defienden la vida del niño.

Como bien jurídico la vida del niño hay que protegerla, pero también es cierto que está la problemática social, económica y cultural; ante esto igualmente tenemos la vida del niño que estamos protegiendo. No puedo entender cómo hay profesores, juristas, que tratan de justificar el término "en general" para que se puedan aprobar, sin reservas, leyes abortivas dentro de nuestro país. Es como que de la excepción hacemos la regla.

Entonces, si usamos esos parámetros, lógicamente no estaremos respetando los mínimos principios de valoración -ya no digo ética, social ni moral- e interpretación de las leyes. Me remito a eso.

Entiendo que también desde el punto de vista internacional, no podemos seguir así; si queremos imponer esta ley, entonces saquemos la Constitución, el Pacto de San José de Costa Rica, etcétera, porque tendremos que borrar con el codo todo lo que escribimos con la mano.

Asimismo falta mencionar la Convención Internacional de los Derechos del Niño, tema pendiente que contiene todos los problemas que hoy no podemos resolver por cuestiones políticas, dado que no se quiere aceptar o promulgar el Código de la Infancia y la Adolescencia. Son asuntos que desde el punto de vista civil se aceptan pero no desde el punto de vista penal, porque se discute si la edad debe ser 14 ó 12, en fin, se gira en torno a toda esta temática. Resulta que las adopciones y la tutela jurídica del niño son del año 1934, y sucede que por un lado queremos ir para adelante, pero por otro vamos para atrás; siempre estamos atados y nunca nos ponemos de acuerdo en nada. Habría que destacar que la Convención Internacional de los Derechos del Niño, en su prólogo señala que el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidados especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después de su nacimiento.

Hablando de convenciones y tratados, me gustaría hacer una precisión porque muchas personas, máxime aquellas que son defensoras del derecho que tiene la mujer a poder abortar, invocan precisamente este derecho como elemento de presión a nivel legislativo y de opinión pública. Esta es la diferencia que hay entre una convención o tratado y una declaración o simple proclamación. Valga la aclaración, porque se ha dicho que esta ley que se pretende promulgar es para evitar las muertes de las mujeres que se exponen a abortos en situación de riesgo. Parecería que estas mujeres que defienden su derecho de decidir sobre su cuerpo y abortar, no tuvieran nada que ver con la fundamentación de este proyecto de ley; sin embargo, son las más acaloradas defensoras de esta iniciativa. Entonces, acá hay muchas cosas que se van confundiendo. Estas señoras defienden ese derecho –miren ustedes- basándose en Conferencias como las de Teherán, Estambul, Bucarest, Beijing y El Cairo, pero nosotros sabemos que estas Conferencias no tienen incidencia ninguna en el ámbito uruguayo ya que no tienen fuerza de ley en nuestro país. Sin embargo hacen fuerza a pesar de no tener expresión de ley; es decir que no pueden ser utilizadas en nuestro país para promover ninguna presión a nivel legal para que sean reconocidos esos derechos como tales. Reitero que no tienen categoría de tratado ni de legislación interna.

De todos modos, sí hay una -que fue el caballito de batalla- que yo llamo de las defensoras de estos derechos, que es la de la Convención sobre Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer, del año 1981. Yo soy mujer y estoy a favor de esas leyes sobre la planificación familiar, pero esta convención, este tratado que también es ley en nuestro país, si bien habla sobre los derechos de la mujer, no habla del derecho sexual y reproductivo como algo que se traduzca en aborto. Esto lo vamos a encontrar en las Conferencias de Beijing y El Cairo, donde hubo una frontal guerra que las organizaciones pro vida le hicieron a la ONU, porque utilizaba políticas familiares para el control de la natalidad a través del aborto, lo que significaba decir: política familiar igual a aborto. Esas organizaciones pro vida, como bien dijeron, se empezaron a mover tarde y la ONU se vio un poco acuciada, por lo que cambia un poco la temática y empieza a colocar al aborto en una categoría nueva de derechos humanos, fomentando así una nueva categoría de derechos individuales en materia sexual. Es así que el aborto sube a la categoría de derecho humano, haciéndolo a través de programas sobre derechos reproductivos de las mujeres, canalizando la admisión del aborto como expresión de esos derechos. Aclaro que, como mujer, no necesito que se me otorguen derechos sexuales porque los tengo como parte de mi naturaleza y no necesito un escalafón aparte. Tampoco sería necesario establecer, por ejemplo, el derecho individual a proteger mis ojos porque es parte de mi esencia. La mujer tiene una esencia y creo que el enfatizar más una parte que la otra la desnaturaliza. Yo no soy sexo, soy mujer, y dentro de mi estructura tengo el sexo, pero no pienso con él sino con la cabeza. Eso es fundamental, somos seres racionales, tanto hombres como mujeres.

Luego de realizar este análisis, me gustaría comenzar a discutir no el proyecto de ley en sí, sino sus fundamentos. Cuando se hace referencia a estas leyes de despenalización o de legalización, más allá de que se trate de normas que pretenden evitar las muertes de las mujeres, las clínicas clandestinas o las muertes anunciadas de los niños pobres uruguayos que nacerán para sufrir y morir de hambre, me parece que más que leyes progresistas, innovadoras o con aires revolucionarios, son normas que enmascaran una cruel realidad que encontramos en los baldes de basura y en los pozos y cloacas de nuestro país, donde les damos sepultura a nuestros hijos. A través de estos proyectos de ley legalizamos esa situación.

Me detengo en esto porque los defensores de estas iniciativas desde hace mucho tiempo vienen afirmando que los niños, aun sin legislación alguna, igual mueren porque el aborto es permanentemente utilizado por las mujeres uruguayas. Por lo tanto, aunque no exista una ley a favor del aborto, los niños uruguayos seguirán muriendo. Entonces, se presentan cifras disparatadas. Empezando con el proyecto de ley de Lamas – Vaillant de 1985, en el que se mencionaban 150.000 abortos por año, practicados en mujeres uruguayas. Imaginen que si nuestra tasa de natalidad es de 50.000 nacimientos, por cada nacimiento corresponderían tres abortos. Esta sería una sociedad en vías de extinción.

Luego, se presentan otras cifras que mencionan unos 30.000 abortos, pero son cifras que se emiten y, de pronto, se dice que en un año hay 100.000 y en otro 30.000, por lo que nada queda claro. Pero la justificación es que se trata de cifras no oficiales porque no hay un registro, aunque con estos números van presionando.

Me detengo en la última cifra de 30.000 abortos por año, que fue dada hace menos de un mes por el señor ex Diputado Sanseviero, representante de la Universidad de La Paz ante la ONU. Destaco que este señor es un empleado de la ONU al que se le paga para que se implanten políticas poblacionales en los países subdesarrollados lo antes posible. Entonces, por más que esos datos sean actuales y se encuentren en la televisión o en los diarios, no me resultan útiles porque su fuente es parcial y, por lo tanto, está totalmente descalificado. Me pregunto por qué quienes están a favor del aborto no utilizan las cifras del Instituto Nacional de Estadística, que habla de 10.000 abortos por año. Claro, esa cifra no les sirve porque no pueden atacar y promover algo que amerite cambiar la legislación actual.

Otra de las cifras que se maneja, y mucho, es la que brinda este libro llamado "Iniciativas sanitarias para abortos provocados en condiciones de riesgo". En este libro se emiten declaraciones que si lo toman a uno un poco descuidado puede llegar a pensar –y es lo que piensa el pueblo- que quienes realmente están en contra de la legalización del aborto son insensibles y desalmados. ¿Por qué ocurre esto? Porque se dice, por ejemplo: "Tenemos la mayor mortalidad materna por aborto inseguro en el mundo, según cifras de la academia". También se afirma: "Mientras en el mundo el porcentaje de muertes por aborto inseguro es de 12%, en el Pereira Rossell el porcentaje de muerte por aborto inseguro es de 47%". Asimismo se señala: "De cada dos mujeres que fallecen en el Pereira Rossell una fallece debido a un aborto realizado en forma insegura". "Mientras no surja una normativa que permita enfrentar con realismo determinados problemas, la dificultad se perpetúa y en los hospitales públicos vemos morir mujeres a diario". Esta última frase es de uno de los autores del proyecto de ley, cuando vino el año pasado a hablar a la Comisión de Salud Pública de la Cámara de Representantes.

En la hoja 5 de mi disertación aparecen unas cifras, que me gustaría que las observaran. Aquí se habla de la mortalidad materna en el Uruguay. Se dice que en nuestro país, en el quinquenio 1995 – 1999, las muertes por aborto significaban un 27%. Más abajo dice que en el Centro Hospitalario Pereira Rossell, las muertes por aborto significaban el 47%. Entonces, el 27% representa 17 muertes, por lo que el 47% serían 50, 60 o vaya a saber cuántas muertes. Sin embargo, son solamente siete muertes. Por lo tanto, podemos concluir que los porcentajes que se dan en este libro son valores relativos y no absolutos, pero se juega para que uno los tome como valores absolutos y no relativos. No somos el país que tenemos las mayores muertes por aborto en el mundo, pues los porcentajes que se dan son en valores relativos, tanto en el mundo como en el Uruguay. Hablar del 47% de muertes de mujeres en el Hospital Pereira Rossell, según las estadísticas de este libro, es decir que en seis años muere 1,1 mujer por año.

Decir que dos mujeres mueren en dicho Hospital, significa que en seis años, el 100% son 15 muertes, y de esas, el 47% son siete muertes.

Por lo tanto, son siete muertes en seis años. Esto es lamentable, porque cuando muere una mujer, en realidad, hay una pérdida del 200% y no de un 100%, porque mueren la madre y el hijo. Cuando no muere la madre, la muerte es del 100%, pero cuando mueren los dos, es el 200% que estamos perdiendo en potencial de vida humano.

Con relación a los números, puedo decir que yo también puedo jugar con ellos, pero estos son reales. En los Estados Unidos, donde el aborto es legal y seguro, constituye la quinta causa de muerte en valores absolutos. Esta información es obtenida del libro "Causas de Mortalidad Materna en los Estados Unidos. Obstétricas y Ginecológicas", del doctor Kaunitz.

En Italia, donde la ley de aborto tiene unos cuantos años, se hicieron unos estudios, sobre los que comenta el doctor Giambattista Massi: "Lo notable es que de las encuestas practicadas entre mujeres que solicitan aborto, sólo el 2,5% invocó razones de salud. Los otros 97,5% fueron diversos y frecuentemente banales. En abono del sentido pedagógico positivo o negativo que tienen las leyes, es importante destacar que más de la mitad de las mujeres manifiestan que no habrían abortado si no se hubiera sancionado la ley". ¡Qué importante reflexión: más de la mitad de mujeres no hubiera abortado!

Me reservé diez minutos para que veamos el video que, de alguna manera, explica por qué defendemos el "bien jurídico vida". Me gustaría que lo vieran y que después de estas imágenes ustedes mismos sacaran sus propias conclusiones.

Lo único que nos resta es educar a nuestras niñas, a nuestras adolescentes y a nuestras mujeres, para no morir y que sepan usar sus vidas con inteligencia e integridad.

(Exhibición del video)

(Se retiran de Sala los representantes de la ONG ESALCU)

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.