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Carátula

SEÑOR PRESIDENTE.- Habiendo número, está abierta la sesión.

(Es la hora 16)

Antes que nada, deseo informar a los señores Senadores que solicitamos a la Presidencia del Senado postergar la hora de comienzo de la sesión del día de hoy. Por tal motivo, se acordó que el Plenario empezara a las 17 horas.

También deseo poner en conocimiento de los señores Senadores que se ha confeccionado un nuevo repartido del articulado en base al trabajo que se ha realizado en Comisión, que deberíamos pasar a votar. Tengo entendido que tanto el Partido Colorado como el Frente Amplio van a presentar artículos aditivos. A modo de sugerencia, creo que sería conveniente, primero, votar en bloque los artículos que ya han sido distribuidos, excepto aquellos en los que se deseara introducir alguna modificación. Luego, podríamos analizar los nuevos artículos que propongan los integrantes de la Comisión. Tal como se me ha informado, el Partido Colorado tiene algunas propuestas para plantear y sé -porque acabamos de aprobarlo en nuestra reunión de Bancada- que también las tiene el Frente Amplio. Por supuesto que la Comisión resolverá al respecto.

Si se acepta esta metodología de trabajo, voy a solicitar a los señores Senadores que indiquen qué artículos o incisos se desean retirar del bloque, para después pasar a considerar el resto, entre ellos, los aditivos.

SEÑOR RUBIO.- Como es de conocimiento público, hemos debatido largamente esta cuestión y hemos resuelto votar, en general, afirmativamente este proyecto de ley como organización política, es decir, como Encuentro Progresista - Frente Amplio.

Concretamente, nos preocupaban algunos problemas sobre los que ya se había conversado en Comisión y, por eso, plantearíamos desglosar algunos artículos relativos al Banco de Crédito. Incluso, se había dicho que ese asunto podía ser objeto de un proyecto paralelo. El señor Ministro estaba dispuesto a aceptar este punto de vista por razones que ya se han expuesto -y que son públicas- sobre la naturaleza del acuerdo que, por supuesto, no nos convence; ese es un asunto de otra índole.

También haríamos una propuesta concreta relativa al tema del seguro de desempleo, sobre el que el señor Senador Korzeniak dará su opinión.

SEÑOR PRESIDENTE.- Hay una propuesta para desglosar el artículo Nº 35, que refiere al Banco de Crédito.

SEÑOR KORZENIAK.- Solicitamos que se desglose, también, del artículo 52, el apartado c), pero no su último inciso, sino la primera parte de dicho apartado.

SEÑOR PRESIDENTE.- Es el inciso que comienza diciendo: "Un aporte mensual equivalente al cien por ciento".

SEÑOR KORZENIAK.- Exactamente.

SEÑOR BRAUSE.- En primer lugar, quiero informar que hace breves minutos se comunicó conmigo, telefónicamente, el señor Ministro de Economía y Finanzas para expresar, a través de quien habla, que está totalmente a las órdenes de la Comisión si considera de utilidad su presencia en su seno. En tal sentido, lo dejo formulado.

En segundo término, quiero indicar a la Comisión, a solicitud del señor Ministro de Economía y Finanzas, la aspiración de eliminar los incisos segundo y tercero del artículo 24, que transfiere al Estado los créditos, por cualquier concepto, del Banco Central del Uruguay contra aquellos Bancos cuyas actividades están suspendidas a la fecha de la presente ley.

SEÑOR MILLOR.- Propongo desglosar el artículo 29.

SEÑOR PRESIDENTE.- Voy a reiterar las propuestas de desglose: artículo 35; primera parte del inciso c) del artículo 52; segundo y tercer inciso del artículo 24; y artículo 29.

Se van a votar los desgloses solicitados.

(Se votan:)

-12 en 12. Afirmativa. UNANIMIDAD.

SEÑOR RUBIO.- A efectos de identificarlo correctamente, quisiera saber cómo comienza el artículo 24, porque la versión de que dispongo creo que tiene corrido un artículo.

SEÑOR PRESIDENTE.- Comienza diciendo: "Transfiérense al Estado", pero no se desglosa ese inciso, sino el segundo y el tercero.

A continuación, la Mesa pone a votación el resto del articulado.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-11 en 12. Afirmativa.

SEÑOR MICHELINI.- Pedí la palabra con anterioridad para referirme, precisamente, a la votación de estos artículos. Quería dejar constancia que en la votación a través de este mecanismo puede suceder que no quiera votar algún artículo; sin embargo, como sé que hay mayoría y como no quiero obstruir a la Comisión, dejo constancia de que votaré la totalidad de los artículos sin desmedro de que en el Plenario pueda votar alguno negativamente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar la rectificación del articulado en su conjunto.

(Se vota:)

-12 en 12. Afirmativa

Se pasa a considerar el artículo 24.

SEÑOR COURIEL.- El Encuentro Progresista, luego de esto, va a plantear una media docena de artículos, por lo que considero que sería bueno para la Comisión que estuviera presente el señor Ministro de Economía y Finanzas; de manera que, si se lo llama en este momento, podría estar presente cuando comencemos a considerar esos temas.

SEÑOR PRESIDENTE.- De acuerdo, señor Senador. La Presidencia solicita y agradece a los señores Senadores que se comuniquen con el señor Ministro a esos efectos.

Tiene la palabra el señor Senador Brause para fundamentar sobre la solicitud de eliminar los incisos segundo y tercero del artículo 24.

SEÑOR BRAUSE.- El artículo 24, en la versión que tenemos delante, establece la transferencia al Estado de los créditos que, por cualquier concepto, el Banco Central tenga en los Bancos suspendidos a la fecha de la presente ley, que sean liquidados.

El inciso segundo establece que el Estado asumirá un pasivo con el Banco Central que se documentará en la forma que determine la reglamentación y por el monto que en ella se indique. Por su parte, el inciso tercero dice que la amortización del pasivo que el Estado asume se efectuará en las condiciones que establezca oportunamente la ley.

En este sentido, el señor Ministro de Economía me ha manifestado que, por razones estrictamente contables, la puesta en práctica de este mecanismo le crea dificultades. Por tanto, teniendo en cuenta la premura en la promulgación y, luego, la puesta en práctica de esta ley, solicita la eliminación de estos dos incisos, entendiendo que el fundamento de la norma en sí, establecido en el inciso primero, naturalmente, queda vigente.

SEÑOR PRESIDENTE.- La Mesa quiere indicar que se trata de una modificación absolutamente formal porque la sustancia del artículo permanece, es decir: la transferencia al Estado de los créditos por cualquier concepto del Banco Central. Lo único que se estaría eliminando es el hecho que haya una documentación, a determinar en el futuro por la reglamentación, y la amortización del pasivo en las condiciones que establezca oportunamente la ley. Por tanto, la Presidencia reitera que es una eliminación absolutamente formal y que el artículo mantendría la sustancia oportunamente acordada.

Se va a votar el artículo 24 eliminando los incisos segundo y tercero.

(Se vota:)

-13 en 13. Afirmativa.

Siguiendo el orden de las propuestas, vamos ahora a fundamentar el desglose del artículo 29, según lo ha solicitado el señor Senador Millor.

SEÑOR MILLOR.- Señor Presidente: en este tema convoco a razonar en base a lo que son los principios generales del Derecho.

En lo primero que tenemos que ponernos de acuerdo es si en este tema, que es muy delicado, somos o no partidarios de una tesis restrictiva. Aclaro que la propuesta que realizamos en el día de ayer -que vamos a tratar de perfeccionar- parte de la base de que la nuestra pretende ser una propuesta amplia, en el sentido de amparar a la mayor cantidad posible de ahorristas que fueron sorprendidos en su buena fe o cuyo consentimiento no medió para el traslado de su dinero a otras instituciones bancarias. En cualquiera de las hipótesis, va a haber personas que sabían lo que hacían y que van a poder ampararse en esto; reitero: en cualquier hipótesis y cualquier sea la redacción que demos a este artículo.

Partiendo de este razonamiento, vuelvo a convocar para que sustituyamos la expresión "contra su voluntad" por una frase que con nuestros compañeros de Partido pensamos que es más adecuada -tampoco sería la que propusimos en primera instancia: "sin mediar su voluntad"- como es: "en contra de su consentimiento" o: "sin mediar su consentimiento". Fundamento esta sugerencia en el hecho de que el consentimiento es una figura jurídica legislada por el Código Civil, en el Libro Cuarto, "De Las Obligaciones", Sección II, "De los requisitos esenciales para la validez de los contratos", Punto 1º, "Del consentimiento".

Voy a leer rápidamente algunos artículos para que se entienda el sentido de nuestra propuesta. El artículo 1262 dice lo siguiente: "No habrá consentimiento obligatorio sin que la propuesta de una parte haya sido aceptada por la otra." Según este artículo, queda claro que para que medie el consentimiento -trasladado al caso de este Banco- debió haber habido una propuesta del Banco para que la persona sacara su dinero del país y que ésta la aceptara. Voy a omitir la lectura del resto de ese artículo. Por su parte, el artículo 1264 dice: "Si el contrato fuese solemne (artículo 1252)" -entendiendo la expresión "solemne" en un sentido laxo, o sea, si fuese un contrato escrito, no verbal- "sólo se considerará perfecto después de llenadas las formas especialmente requeridas por la ley." Hay toda una legislación que establece cuáles son las formalidades que hay que cumplir para que una persona efectúe un depósito y luego acepte que ese depósito tenga determinado destino. Eso entra en el ámbito del Derecho Bancario -que, reconozco, no domino- pero las formalidades existen. Aclaro que omito la lectura de una serie de artículos que legislan civilmente sobre la figura del consentimiento. Finalmente, el artículo 1269 expresa: "El consentimiento no es válido" -aquí se parte de la base de que medió el consentimiento- "cuando ha sido dado por error arrancado por violencia o sorprendido por dolo." Me parece que de estas tres hipótesis, la que cabe en esta situación de hecho es la tercera, es decir que hay personas que pueden haber sido sorprendidas por dolo. Pero, en este caso, estamos hablando del dolo civil, que es distinto al dolo penal. Por su parte, el artículo 1275, expresa: "Para que el dolo pueda ser un medio de nulidad, es preciso que haya dado causa al contrato."

Creo que esta somera lectura -reitero que omití una cantidad de artículos que legislan sobre el dolo y algunos de ellos los leí parcialmente, salvo aquel que se refiere a las causales por las cuales el dolo no es válido- demuestra que tenemos todo un andamiaje jurídico que nos permite, sin ningún tipo de violencia intelectual, pero con mucha seguridad jurídica, sostener que si sustituimos la expresión "en contra de su voluntad" por la expresión "sin mediar su consentimiento", que es distinta a "en contra de su consentimiento", estaríamos amparando a la mayor cantidad posible de ahorristas. Pero, lo que es más importante, estaríamos facilitando el tema de la prueba, porque con la redacción original que contenía la expresión "en contra de su voluntad", insisto en que la carga de la prueba recae sobre el ahorrista, que va a tener que probar que no medió su voluntad.

En cambio, si decimos "en contra de su consentimiento" o "sin mediar su consentimiento" -expresión que me gusta más- el que tendrá que probar que existió el consentimiento es quien no quiere resarcir a este ahorrista. De esta forma, culminamos con una convocatoria en el sentido de que queremos que esta ley ampare a la mayor cantidad posible de ahorristas engañados en cualquier hipótesis. Sea cual sea la redacción que le demos a este artículo -no me importa que esto conste en la versión taquigráfica- algún vivo se va a colar. El señor Senador Correa Freitas sintetizaba las posibles situaciones en esta triangulación de ahorristas del Banco Montevideo y Bancos del extranjero. Está la persona que conscientemente fue, firmó y depositó en el extranjero; a esa persona no estoy dispuesto a ampararla, y creo que nadie lo está, ya que sacó el dinero del país conscientemente. Hay una segunda situación, y es el caso de las personas que fueron al Banco Montevideo, donde aparecen dos subsituaciones: por un lado, están los que una vez dentro del Banco Montevideo consintieron en que se les transfiriesen sus dineros y, por otro, los que no lo hicieron. Entre los que consintieron, está el caso de los que lo hicieron por escrito -que creo que actuaron de buena fe, equivocadamente, y a quienes no podemos desamparar- y el de los que yo denomino "vivos que se nos van a colar", que son aquellas personas que por amistad o por lo que fuese podían hacer este tipo de transacciones por teléfono, como aquí se ha dicho. Allí no va a mediar ningún papel que permita al Estado no ampararlo cuando no merece serlo. Sabemos que esto va a pasar, pero también ocurría con la otra redacción. Mediante la expresión que estamos proponiendo, los mismos vivos se cuelan, pero a quienes realmente fueron engañados les estamos facilitando la prueba y los estamos amparando de una manera, a mi entender, muy superior a sus intereses.

Entonces, la propuesta consiste en cambiar la expresión "contra su voluntad" por "sin mediar su consentimiento".

SEÑOR KORZENIAK.- Señor Presidente: estamos apoyando el razonamiento que se hace e, inclusive, recordamos que en la agrupación parlamentaria, en el día de ayer se mencionó esta fórmula y se esbozó rápidamente la expresión "sin su consentimiento" en lugar de "contra su voluntad".

La fórmula "contra su voluntad", que a lo mejor tuvo el mismo espíritu que ésta, genera la necesidad de una prueba de las llamadas diabólicas en el ámbito del Derecho, y aquí la situación todavía es más difícil. No debemos olvidar que estamos incluyendo la carga de la prueba negativa de no haber consentido, lo que es muy fuerte en Derecho. Si a eso le agregamos tener que probar que hubo una voluntad contraria, este artículo va a ser puramente teórico.

Entonces, compartimos esa fórmula más abierta, aunque sabemos que se podrán colar algunos vivos, pero siempre existe un control en el Banco Central con una garantía administrativa interna de tener que pronunciarse a los sesenta días, lo que consideramos que está bien que se haga.

SEÑOR PRESIDENTE.- Por lo expuesto, estamos ante dos propuestas.

Una, es el propio texto que está incluido en el repartido que estamos considerando y otra, consiste en sustituir la expresión "contra su voluntad" por "sin mediar su consentimiento".

SEÑOR GALLINAL.- Señor Presidente: creo que la gran conquista fue haber introducido el tema del TCB en la iniciativa; de otra manera dejábamos a muchos ahorristas absolutamente desprotegidos. En ese sentido, todos estamos tranquilos de que dimos un paso muy importante.

También queremos señalar que aquí tenemos el ánimo -seguramente, al igual que los demás Partidos políticos- de proteger a ultranza los derechos de los ahorristas en su conjunto. La resolución de este tema va a traer aparejado un problema que evidentemente involucra a todos los demás ahorristas, porque en la medida en que se vaya aumentando la cantidad de acreedores sobre un fondo que se va a mantener invariable, disminuirán los porcentajes de cobro que tendrán cada uno de ellos.

Obviamente, ello no quiere decir que no se puedan incluir más, porque si tienen derechos, tienen que ser respetados. Como nosotros, desde el Partido Nacional tuvimos, desde el primer momento, una óptica muy favorable, en el sentido de defender a aquellos ahorristas del Banco Montevideo y La Caja Obrera cuyos depósitos se trasladaron al TCB y que fueron engañados, entonces bienvenido sea si a través de esta Comisión que se va a crear se puede hacer justicia e incorporar a todos los que efectivamente hayan sido engañados.

Por estas razones, no vamos a hacer ninguna cuestión en la redacción. Originalmente habíamos propuesto una fórmula de características similares y reconocemos que, obviamente, le estamos trasladando un problema importante a dicha Comisión. Ojalá que sus decisiones hagan justicia para con los derechos de esos ahorristas.

En consecuencia, estamos dispuestos a acompañar la redacción que propone el señor Senador Millor.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar el artículo 29 con la redacción propuesta por el señor Senador Millor.

(Se vota:)

13 en 13. Afirmativa. UNANIMIDAD.

El artículo ha quedado redactado con la expresión: "cuyos depósitos hayan sido transferidos a otras instituciones sin mediar su consentimiento".

Correspondería fundamentar la propuesta de exclusión del artículo 35 de este proyecto de ley.

SEÑOR RUBIO.- Esta disposición tiene relación con el Banco de Crédito.

Este artículo no nos convencía; nos parecía que se relacionaba con una situación de otras características. En realidad, se faculta, por un lado, a la Corporación Nacional para el Desarrollo a aplicar a la absorción del patrimonio negativo del Banco de Crédito, sin contrapartida, el 51% que tiene al día de hoy del paquete accionario y, por otro, a aplicar al mismo destino -es decir, a solucionar la situación económica del Banco de Crédito- los préstamos que realizó al Banco hasta la suma de U$S 33:500.000. En el segundo inciso se da la facultad al Banco Central de aceptar en pago de los créditos que ha concedido al Banco de Crédito valores públicos por su valor nominal o la cesión de créditos del Banco de Crédito contra terceros. Esta es una suma importante de créditos que se han mantenido impagos por mucho tiempo -por ejemplo, el tema del Casino y otras situaciones- que, de alguna manera, originan una absorción de carteras.

En síntesis, el acuerdo con el Banco de Crédito, tal como ha sido informado, no nos resulta convincente. Pensamos que dificulta la posibilidad de acordar en las cuestiones relevantes que tiene este proyecto de ley y por eso estamos solicitando que se desglose.

SEÑOR PRESIDENTE.- No sé si la propuesta no se complementa con el hecho de que esto forme parte del proyecto separado.

SEÑOR RUBIO.- Sí, señor Presidente, tal como se había hablado en algún momento en la Comisión, incluso con la presencia del señor Ministro de Economía y Finanzas.

SEÑOR PRESIDENTE.- El artículo es necesario para reabrir el Banco.

SEÑORA ARISMENDI.- Este u otro, señor Presidente.

SEÑOR SANABRIA.- Quiero interpretar correctamente el planteo del señor Senador Rubio. El desglose, ¿significa votarlo independientemente o separarlo de este proyecto de ley?

SEÑOR PRESIDENTE.- Significa separarlo como un proyecto de ley diferente a éste. Eso es lo que yo tengo entendido.

SEÑOR RUBIO.- En algún momento se habló sobre esto en la Comisión, en el sentido de que para facilitar los acuerdos políticos, en realidad fueran como dos proyectos paralelos: uno abarcaría lo relativo a todo el asunto que estamos analizando, mientras que el otro consistiría en un artículo que considere esta cuestión.

SEÑOR KORZENIAK.- Simplemente para recordar una conversación que hubo aquí en la Comisión -no sé si ayer- con el señor Ministro de Economía y Finanzas. Concretamente señalé que sabíamos que existía una negociación que se venía realizando desde hacía varios días, pero que iba a tener etapas más o menos decisivas en estos días. A grandes rasgos, fue eso lo que manifesté. Por lo tanto, hasta el contenido del artículo podría tener que ser distinto según el resultado del acuerdo a que se llegue porque, según lo que aquí han manifestado todos, es probable que se llegue a dicho acuerdo.

En consecuencia, me parece que estamos ante una razón lógica porque para separarlo de este proyecto de ley quizás sea necesario otro texto legal, que hasta puede tener un contenido variado, según el resultado de la negociación. Esto es lo que yo recuerdo en torno a este tema.

SEÑORA ARISMENDI.- También recordamos que tenemos en trámite un proyecto de ley que tuvo media sanción en el Senado, e incluso el señor Ministro señaló que necesariamente vamos a precisar un instrumento legal.

Precisamente, referido al tema de las reprogramaciones, tenemos un proyecto que está estacionado en la Cámara de Representantes, pero puede ser ese u otro, y puede volver o no, según lo que se haga.

SEÑOR PRESIDENTE.- Ese es otro tema.

SEÑORA ARISMENDI.- Disculpe, señor Presidente. Acá se necesita una herramienta, que puede ser ésta u otra. Por lo tanto, lo que nosotros estamos planteando es que no sea dentro de este proyecto de ley.

SEÑOR PRESIDENTE.- Cuando aludí a que era otro tema, me estaba refiriendo a la reprogramación de los depósitos.

SEÑOR GALLINAL.- Los artículos 34 y 35 -no es solamente el 35 el que se refiere al Banco de Crédito, porque el 34 tiene una parte que es prácticamente exclusiva para el Banco de Crédito- son instrumentos necesarios para la reapertura de esa Institución.

SEÑOR PRESIDENTE.- En apoyo a lo que dice el señor Senador, el artículo 34 es el que va en la línea del proyecto de ley que está detenido en la Cámara de Representantes, y es un tema diferente al del artículo 35.

SEÑOR GALLINAL.- Incluso, el proyecto de ley que está a consideración de la Cámara de Representantes, en buena parte de sus artículos ha perdido razón de ser. En primer lugar, porque está referido a las otras instituciones y, en segundo término, porque establece una norma completa referida al artículo de la compensación que es solucionado en este proyecto de ley.

Lo que quería señalar es que los dos artículos, el 34 y el 35, son instrumentos que se dan, por un lado al Banco de Crédito y, por otro, al Estado, para resolver la situación de aquél. No quiere decir que con la aprobación de estos artículos el Banco abra sus puertas; sí quiere decir que si no se aprueban, no puede abrir. Lo que aquí estamos dando al Gobierno, al Estado a través del Poder Ejecutivo, es la posibilidad de resolver condiciones previas que, sumadas a las otras que tendrá que llenar el Banco de Crédito, podrán o no permitir la reapertura del mismo. Es responsabilidad del Gobierno definir esta situación, y nosotros le venimos reclamando hace tiempo al Poder Ejecutivo y al Ministerio de Economía y Finanzas una definición en este tema, entre otras cosas porque nos hubiera gustado votar este proyecto de ley sabiendo si el Banco de Crédito iba a estar o no incluido en sus disposiciones, básicamente en lo refiere a la constitución del nuevo Banco.

Lamentablemente, todavía no hay una respuesta definitiva. No digo que sea responsabilidad exclusiva del Banco Central porque, evidentemente, están en una negociación que requiere que las partes llenen los requisitos que se necesitan para llegar a eso.

Pero nos parece que eso implicaría prácticamente imposibilitar la reapertura del Banco de Crédito, si en el mismo momento en que le estamos dando una solución a todas las instituciones suspendidas -que eventualmente podría aplicarse al mismo Banco de Crédito- no le otorgamos también al Gobierno los instrumentos adecuados para resolver definitivamente la situación de ese Banco.

En consecuencia, no nos sirve la salida de decir que se podrá aprobar en un proyecto de ley aparte, porque no tenemos las garantías de cuál va a ser el resultado del tratamiento de dicho proyecto de ley. Tampoco nos serviría si lo votáramos hoy junto con esta iniciativa, porque no sabemos qué puede llegar a pasar en la Cámara de Representantes. Esto nos parece fundamental, hasta por una cuestión de equidad, para defender los derechos de los propios trabajadores, porque si no se cuenta con este instrumento, habrá 670 personas más que se sumarán a la lista de 1.750 empleados de estos Bancos que están esperando una definición del Parlamento para tener certeza sobre su suerte en los próximos tiempos.

Pensamos, pues, que sería una señal muy negativa para los inversores de estas instituciones que hoy les dijéramos que estamos resolviendo la situación de todos los Bancos, menos la del suyo y que, en todo caso, su problema se podría solucionar por la vía de los otros Bancos, y no como una salida independiente, que es lo que todos queríamos. Digo esto porque, en definitiva, si se llegó a estas alturas y se demoró más de cuatro meses, fue porque en ese lapso se buscó la posibilidad de que los inversores capitalizaran a alguna de estas instituciones y no se los involucrara en este problema.

Para nosotros es muy importante la aprobación de ambos artículos, sobre todo porque no se establece allí la absorción del patrimonio negativo, sino que se faculta al Estado a hacer. El Estado lo hará o no en función de cómo cristalicen las negociaciones conducentes a la reapertura del Banco de Crédito.

SEÑOR PRESIDENTE.- La Mesa entiende que el mensaje del señor Senador Gallinal es que se trata de condiciones necesarias, pero no suficientes.

SEÑOR KORZENIAK.- Creo que ha quedado claro que la apuesta que se está haciendo apunta a que la negociación con el Banco de Crédito -con el grupo Moon- fructifique. Si bien es cierto que, a lo mejor, esa negociación se facilita con un artículo aprobado de una ley, también lo es que si dicha negociación no funciona, de pronto resulta que ese artículo aprobado no es bueno, no es suficiente o es directamente malo. Por ese motivo pienso que en la medida en que puede entenderse que todo el mundo está dispuesto a votar un artículo igual a éste, una vez que la negociación fructifique y a la luz de dicha negociación, no habrá dificultades para el acuerdo ni se generarán problemas.

Es la hipótesis inversa: esto está hecho en función de una negociación que presumimos va a resultar, pero si no funciona, a lo mejor este artículo no sirve para nada y hay que cambiarlo.

SEÑOR GALLINAL.- Con el ánimo de solucionar la cuestión y recoger la propuesta que nos formula el señor Senador Korzeniak, sugiero que sometamos el artículo a la condición de que el Banco de Crédito reabra sus puertas. Entonces sí se podrá aplicar el artículo; y si la negociación culmina negativamente, caerá su aplicación. De esta manera, le estaríamos dando al Poder Ejecutivo y al Banco Central el instrumento para solucionar este problema. Por lo tanto, todo lo que expresa el artículo 35 quedaría supeditado a la condición de la reapertura del Banco de Crédito. Si no la hubiera, comparto que ni el Poder Ejecutivo ni el Banco Central podrían usar esta facultad, ya que correspondería otro tipo de acción.

SEÑOR PRESIDENTE.- Hay, pues, una propuesta concreta que creo sintetiza adecuadamente ambas posturas expuestas en Sala. En consecuencia, pensamos que el artículo podría redactarse de la siguiente manera: "En caso de que el Banco de Crédito reanude sus actividades, facúltase al Estado a aplicar", etcétera.

SEÑOR GALLINAL.- Señor Presidente, le solicitaría que preste atención a la primera parte del artículo 34; me parece que, en este caso, podría ayudar una redacción similar.

SEÑOR RUBIO.- El problema es que estamos considerando que se realice un tratamiento distinto de este artículo, no de la facultad, sino del último bloque de facultades que refieren a algunos términos de lo que podría ser el acuerdo económico para la reapertura del Banco de Crédito. En realidad, sobre el resto del articulado, salvo algún punto cuya incorporación vamos a discutir, en algún momento estaríamos votando, pero no este artículo. Se puede optar por un camino u otro, no nos anima el deseo ni la voluntad de bloquear eventuales opciones, pero el tema es que no nos resulta convincente. Entonces, que se recojan los votos en el Senado; en ese caso, se verá cuál será el resultado.

SEÑOR PRESIDENTE.- No sé si interpretar que el hecho de que no resulte convincente también se refiere a la redacción que acaban de proponer los señores Senadores Korzeniak y Gallinal.

SEÑOR RUBIO.- A mi juicio, no cambia el fondo del problema, lo mejora, pero no cambia en cuanto a los términos del acuerdo económico que aquí se faculta.

SEÑOR PRESIDENTE.- Aparentemente, la discusión se ha desplazado hacia los términos del acuerdo económico y no hacia la inclusión de este artículo. Son dos discusiones diferentes. Nunca oí un cuestionamiento a los términos del acuerdo económico, pero por supuesto se puede plantear ahora.

SEÑOR RUBIO.- Efectivamente, son dos discusiones diferentes. Pero lo cierto es que algunos sectores han estudiado este tema y se han encontrado con que esto les generaba dificultades.

SEÑOR SANABRIA.- Que se vote, señor Presidente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Entonces, no queda otra posibilidad que poner este artículo a votación. Los integrantes de la Comisión resolverán.

La Mesa propone el siguiente método de trabajo. En primer lugar, que se vote el artículo 35; de resultar negativo, obviamente, lo quitamos del proyecto y si resulta afirmativo permanecerá, en cuyo caso se puede discutir con qué redacción, o sea, si con la actual o con la que propusieron los señores Senadores Korzeniak y Gallinal, que en caso de que el artículo permanezca, sinceramente, me parece la mejor.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 35 tal como fue incluido en el proyecto original.

(Se vota:)

7 en 12. Afirmativa.

O sea que permanece el artículo. Ahora bien, consulto si se adopta la redacción actual o la que propusieron los señores Senadores Korzeniak y Gallinal.

SEÑOR GALLINAL.- Si la nueva redacción sugerida ayuda a mejorar la votación del proyecto, bienvenida sea, porque además me parece que es una buena condición.

SEÑOR PRESIDENTE.- Por parte de los señores Senadores del Partido Colorado existe una posición favorable. Consulto a los integrantes del Encuentro Progresista - Frente Amplio qué redacción les parece más adecuada.

Les aclaro que están quedando 15 minutos para ir al Plenario. Por lo tanto, les pido la mayor agilidad posible.

SEÑOR GALLINAL.- Decía que con respecto a este artículo, queremos tener las garantías de su aprobación. Si no la tenemos, esto puede cambiar muchas cosas.

SEÑOR PRESIDENTE.- Creo entender que el señor Senador propone dejarlo tal como está.

SEÑOR GALLINAL.- Que se apruebe con la nueva redacción a los efectos de facilitar la incorporación de nuevas voluntades para su aprobación.

SEÑOR HERRERA.- Quisiera hacer notar que el artículo 35 faculta al Estado. Es decir que no está diciendo que deberá hacerse determinada cosa, sino que se faculta al Estado y no dice cuándo. Si bien la fórmula que proponen los señores Senadores Korzeniak y Gallinal podría ser atendible, no contempla la situación -sería bueno que dichos Senadores me escucharan- de que pueda ser necesaria esta facultad para la reapertura del Banco de Crédito y no producida ya esa reapertura. Entonces habría que cambiar también la redacción si se quiere incluir esta condición. A mi juicio, la redacción dada aquí es la correcta porque se faculta al Estado para que ejercite esta voluntad en el momento conveniente y éste surge de una negociación que se está realizando entre el Banco de Crédito y las autoridades de Gobierno. En todo caso, si se quiere introducir alguna modificación, hay que contemplar la hipótesis de que pueda ser necesario utilizar esa facultad para la reapertura y no producida ésta.

SEÑOR PRESIDENTE.- La Mesa insiste a los señores Senadores que queda poco tiempo para que comience el Senado.

SEÑOR MICHELINI.- Si hay acuerdo con la propuesta del señor Senador Gallinal, se asume, en cierta medida, como pérdida la cifra de U$S 33:000.000 y se agrega que los Bonos del Tesoro son para cancelar el resto de las deudas; se podría expresar que esos Bonos del Tesoro que se asumen para cancelar deuda, sean con un plazo de vencimiento corto. De manera que la pérdida del Estado no sea tan grande. Se podría agregar esto a la redacción y se lograría un mayor acuerdo.

SEÑOR PRESIDENTE.- Creo que nos estamos complicando mucho.

SEÑOR GALLINAL.- La redacción que sugiero para poder definir este tema es la siguiente: "Facúltase al Estado para las entidades de intermediación financiera cuyas actividades se encuentren suspendidas a la fecha de promulgación de esta ley, que se levante dicha suspensión por el Banco Central del Uruguay, a aplicar a la absorción del patrimonio negativo". De esta manera queda salvada la objeción planteada por el señor Senador Herrera ya que no hablamos de temas cronológicos. Obviamente vamos a culminar en una única resolución. El Banco Central del Uruguay algún día le va a decir al Banco de Crédito que puede abrir porque el plan de negocio se cumplió, así como las condiciones. O le dirá que no se llenó las condiciones y murió en el camino.

Esa sería la propuesta que haríamos para incluir como artículo 35.

SEÑOR PRESIDENTE.- Pero referida al Banco de Crédito.

SEÑOR GALLINAL.- Es posible, señor Presidente.

SEÑOR KORZENIAK.- Parto de la base -aunque no conozco a fondo el asunto porque no he participado en las negociaciones con el Banco de Crédito- de que cuando el Estado habla está diciendo: "Mire que pensamos que es algún artículo que diga esto". De lo contrario, no tiene mayor sentido que se apruebe. Por eso, el otro día, sugerí que lo dejáramos en suspenso un poco a ver qué pasaba con esa negociación. Como veo que el señor Ministro no ha hecho ningún gesto contundente para decir qué es lo que está pasando, digo que vengo de una agrupación de parlamentarios del Frente Amplio que resolvió dejar a un costado este artículo, pero no descarto que con el agregado inicial -no el segundo porque me parece muy complejo- que planteó el señor Senador Gallinal, durante el transcurso del Plenario, pudiendo consultar a todos los demás compañeros, quizás el voto sea afirmativo. Acá en la Comisión no tenemos más remedio que actuar de esta manera ya que fue lo se había planteado. Después haremos las consultas con los demás señores Senadores porque todavía no lo hemos hecho.

SEÑOR PRESIDENTE.- En primer lugar, hubo una votación de 7 en 12 por mantener el artículo con el texto que tiene; ahora tenemos que poner a votación la posibilidad de modificarlo según la propuesta del señor Senador Gallinal. Creo que la propuesta que él hace -si no interpreté mal y, en caso de que así sea, pido que se me corrija- es que en caso de que el Banco Central del Uruguay levante la suspensión sobre el Banco de Crédito, se faculta al Estado a aplicar a la absorción, etcétera. Quiero saber si esto está claro.

SEÑOR LARRAÑAGA.- Sí, señor Senador.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el nuevo texto propuesto por el señor Senador Gallinal.

(Se vota:)

-7 en 13. Afirmativa.

El texto ha quedado de la siguiente manera: "En caso de que el Banco Central del Uruguay levante la suspensión de actividades del Banco de Crédito, facúltase al Estado a aplicar a la absorción del patrimonio negativo de dicho Banco" -para no repetir- "su participación en el capital de esa Institución y los créditos resultantes"...

SEÑOR HEBER.- Quiero hacer una consulta al señor Ministro y a la Comisión porque hemos votado en forma general muchas normas y, una de ellas, el artículo 20 -que es de nuestra autoría aunque, mejor dicho, de la autoría del señor Senador Gallinal que el Partido Nacional ha hecho suya- y me parece que la referencia a la fecha del 5 de agosto de 2002 no es la correcta porque la primera suspensión fue el 30 de julio. Creo que debería decir a partir del 30 de julio, que es la fecha en la que se suspenden el Banco Montevideo y La Caja Obrera, el 2 de agosto CAYCU y, el 4 de agosto se suspenden los Bancos Comercial y de Crédito. Consulto al señor Ministro sobre la fecha por lo que no es necesario reconsiderar el artículo si se está de acuerdo en que la fecha es el 30 de julio.

SEÑOR PRESIDENTE.- Quiero aclarar que tengo el temor de que estemos confundiendo dos fechas: la del feriado bancario con la de la suspensión de actividades. Creo que esta última es correcta, fue el lunes 5 de agosto porque, según mi impresión, anteriormente, estaba el feriado bancario. Si estoy equivocado, solicito al señor Ministro que me corrija.

SEÑOR HEBER.- Mi información es la perteneciente al Banco Central y refiere a la fecha del 30 de julio.

SEÑOR MINISTRO.- En rigor y, si la memoria no me es infiel, la situación es un poco más compleja. En el caso del Banco Montevideo y La Caja Obrera la resolución de suspensión de actividades se tomó el 29 de julio por 60 días y, a su vez, respecto del Banco Comercial se tomó el 5 de agosto.

Creo que dejando constancia de que son los que se mantuvieron con actividad suspendida a partir del 5 de agosto -o tal vez, incluso incorporando esa expresión- sería claro que nos estamos refiriendo a estas instituciones.

SEÑOR KORZENIAK.- Entonces no pongamos la fecha sino, simplemente, que la actividad ha sido suspendida.

SEÑOR MINISTRO.- Si dijéramos: "cuya actividad ha sido suspendida a partir del 5 de agosto", sería bastante claro.

SEÑOR PRESIDENTE.- Entonces, suprimamos la fecha y dejemos la expresión: "se suspendió por el Banco Central del Uruguay...", para darle la formalidad de quién tomó la decisión.

En consideración el inciso c) del artículo 52, cuyo desglose había sido propuesto por el señor Senador Korzeniak.

SEÑOR KORZENIAK.- El planteo consiste en eliminar la primera parte -no el último inciso- del artículo 52, apartado c), que consta de tres párrafos. El primero y el segundo están interrelacionados, de tal manera que si se elimina el primero, también se suprime el segundo.

Al hacer esta propuesta, estamos recogiendo un diálogo que hemos mantenido con AEBU, en el cual les planteamos las ventajas e inconvenientes de esta disposición. Los funcionarios bancarios entienden perfectamente que en el Uruguay no existe una norma que prohiba los despidos, por lo que si un Banco privado desea hacerlo, puede despedir a todo el personal que quiera. Pero incluso ante el señalamiento que les hicimos de que a esa argumentación podría darle justicia la existencia del Seguro de Paro Bancario, ellos asumen que prefieren que no haya una norma estimulante de la posibilidad. Por lo tanto, reitero, asumen el riesgo de que les digan que 10, 20 ó 30 funcionarios se vayan, en cuyo caso lo discutirán como gremio. Prefieren eso a esta norma que puede generar una situación estimulante para pasar gente al Seguro de Paro.

En consecuencia les hicimos ver -porque pensamos que se les podía haber escapado, aunque es difícil que eso ocurra- el riesgo que estaban asumiendo, pero aún así, plantearon la situación y, tanto la Bancada de Senadores como la de Representantes, actuando conjuntamente, entendimos que era razonable sacar este inciso.

Este es el planteo que estamos haciendo y, entonces, al votar este artículo en el Plenario, diremos que lo apoyamos, pero solicitaríamos que se desglose el apartado c), párrafos uno y dos, los cuales no acompañaremos.

SEÑOR MINISTRO.- Conozco el punto de vista de AEBU con respecto al tema y creo que es un error, porque respecto a normas que tienen carácter permanente -y no transitorio- es nuestra obligación que cuando se hace un seguro de cobertura social -que siempre debieron tenerlo- sea universal.

Puedo suscribir las palabras del señor Senador Korzeniak y señalar que no sólo no prohibe el despido, sino que lo habilita claramente.

Por tanto, el que no haya despidos es un tema de negociación sindical; no se relaciona con la existencia de una ley. Si hubiera una norma que impidiera el despido, podría estar de acuerdo en que esto sería un demérito. Seguramente, los señores Senadores entienden este punto de vista más claramente que quien habla. Tan sólo quería señalar que me parece oportuno mantener la disposición.

SEÑOR PRESIDENTE.- La Mesa entiende que en este caso correspondería, en primer lugar, votar el texto del artículo 52 incluido el literal c) y en caso de que no se logre un resultado favorable, quedaría eliminado.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 52, incluyendo el literal c).

(Se vota:)

-8 en 14. Afirmativa.

SEÑOR RUBIO.- Quizás el método de votación luego induzca a un error de interpretación. En realidad, estamos de acuerdo con el artículo, pero no queríamos que se incluyera esta parte. No deseo que se piense que estamos en contra. Es un problema relacionado con la mecánica de trabajo. Probablemente, se debió haber desglosado para su votación.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si el señor Senador lo desea, la Mesa puede rectificar el procedimiento y votar el artículo desglosado.

SEÑOR COURIEL.- Pienso que no es necesario, señor Presidente. Eso se podría hacer en el Plenario.

SEÑOR PRESIDENTE.- De todas maneras, creo que vale la aclaración y consta en la versión taquigráfica.

Si no recuerdo mal, no hay ninguna otra propuesta referida al texto del articulado, pero se han presentado algunos aditivos.

Los señores Senadores sabrán disculpar la insistencia de la Mesa, pero quiero informarles que nos están llamando desde la Presidencia del Senado, y ya se ha cambiado tres veces la hora de convocatoria de la sesión. Por tanto, solicito la mayor brevedad posible, porque también debemos pensar en los otros colegas.

SEÑOR BRAUSE.- Simplemente, deseo hacer dos reflexiones en voz alta, ya que si existiera acuerdo en la Comisión estas modificaciones se podrían incorporar en el proyecto de ley.

En primer lugar, dadas las razones de urgencia de la puesta en práctica de la norma una vez que sea sancionada por el Poder Legislativo, creo que deberíamos incluir una norma en la que se establezca su vigencia a partir de su publicación.

SEÑOR PRESIDENTE.- ¿Sería un último artículo, señor Senador?

SEÑOR BRAUSE.- Naturalmente, señor Presidente.

En segundo término, teniendo en cuenta que uno de los cometidos que se le confiere al Estado por este proyecto de ley es la creación de una sociedad anónima y habida cuenta del interés del Poder Ejecutivo de disponer de ese instrumento lo antes posible, sería necesario incluir un artículo que permitiera la entrada en vigencia de esta iniciativa -que requiere trámites de inscripción y de publicación- a partir de la primera publicación. De lo contrario, estaría comprendida en el artículo 255 de la Ley de Sociedades Comerciales, Nº 16.060, que legisla en materia de sociedades anónimas. En este último caso, después de efectuada la inscripción, dentro de los sesenta días siguientes, habría que publicar un extracto que contuviera los detalles de la ley, lo cual provocaría una gran demora en su aplicación.

Por tal motivo, hacemos esta sugerencia.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar la entrada en vigencia de la ley a partir de su publicación.

(Se vota:)

-13 en 13. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En virtud de la forma en que se ha estructurado el proyecto de ley, vamos a tener que incluir al final una "Sección IV Vigencia" y un artículo que diga "La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación." Consulto a los señores Senadores al respecto.

SEÑOR HEBER.- Estoy de acuerdo, señor Presidente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Vamos a ir al otro punto que planteó el señor Senador Brause.

SEÑOR KORZENIAK.- Considero que el planteo es correcto. Todo el mundo está de acuerdo con que tanto la liquidación administrativa como la creación de la sociedad anónima se hace con la idea de que no sean cosas rutinarias como sucede cuando son judiciales.

De modo que estoy de acuerdo. Lo único que por razones prácticas y hasta de secretaría, debería quedar redactado y dispuesto en qué artículo -supongo que es en el de creación de la sociedad- se agregaría que se da por concluida la creación a partir de la primera publicación.

SEÑOR PRESIDENTE.- Vamos a solicitar dos cosas al señor Senador Brause. Primero, que lea un texto; y, segundo, que ubique el artículo en el que iría dicho texto.

Quisiéramos saber si podríamos escuchar ahora el texto.

SEÑOR BRAUSE.- No, señor Presidente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Entonces, habiendo acuerdo en la Comisión, lo propondremos en unos minutos y lo votamos.

A continuación, cedo el uso de la palabra a los señores Senadores del Encuentro Progresista - Frente Amplio para escuchar sus propuestas.

SEÑOR KORZENIAK.- Voy a referirme, con brevedad, a un artículo.

En la reunión de nuestra agrupación de gobierno de hoy se entendió que la supresión del antiguo artículo 2º -el que refiere a las tercerizaciones- tiene dos defectos. Primero, no nos gusta que ese contenido no esté en el proyecto; por el contrario, queremos que figure.

En segundo lugar, cabe indicar que en las recordaciones que intentamos no percibimos que hubiera habido una instancia en donde se hubiera planteado la eliminación y se hubiera discutido. Por lo menos en la Subcomisión de Desglose, que yo sepa, no se habló de ese tema, así como tampoco recuerdo que se haya hecho en el ámbito de esta Comisión.

Por esas dos razones, pues, el Encuentro Progresista-Frente Amplio pretende que se incluya como artículo 2º, tal como figuraba en el proyecto original que se había enviado.

(Ocupa la Presidencia el señor Senador Luis Alberto Heber.)

SEÑOR RUBIO.- En realidad la iniciativa que habíamos planteado recoge una inquietud muy fuerte de las cooperativas de intermediación financiera en el sentido de que se incluyera un artículo -en realidad venía en tres o cuatro artículos, pero se puede condensar en uno solo- según el cual, previa autorización del Banco Central, las cooperativas de intermediación financiera podrán emitir, si está previsto en sus estatutos, acciones con interés, las que formarán parte de su patrimonio esencial a los efectos del cumplimiento de la relación patrimonio-activos de riesgo fijada por las normas bancocentralistas. Las acciones con interés a que refiere el inciso anterior serán nominativas, no originarán a sus tenedores derechos sociales, voz y voto en asamblea general, el derecho a elegir y ser elegido como dirigente. No podrán emitirse por un importe mayor al 50% del capital social resultante al cierre del ejercicio anterior al de la emisión y podrán ser rescatadas en cualquier momento por la cooperativa emisora. La Asamblea General determinará las condiciones de cada emisión, el plazo de su suscripción y el tipo de interés de las acciones correspondientes a la misma. Las acciones deberán contener: 1) El nombre "acción con interés"; 2) Denominación y domicilio de la cooperativa y los datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio; 3) Capital social; 4) Valor nominal de la acción; 5) Fecha de creación; 6) Nombre del tenedor de la acción; 7) El lugar y fecha de pago de los intereses si no fuera el mismo que el domicilio; 8) El monto y la moneda de cada acción; 9) El interés y la forma de reajuste o actualización del capital si correspondiere; y 10) La firma del representante legal de la cooperativa.

En fin, todo esto es instrumental y habitual.

Lo nuevo es que se posibilita -y esto tiene importancia por las consideraciones relativas al patrimonio- la emisión de este tipo de acciones que es usual en el marco de los sistemas cooperativos a nivel internacional.

Aclaro que esta documentación ya fue distribuida en su oportunidad, pero no pudo ser considerada por la premura de todo este trabajo.

SEÑOR PRESIDENTE.- La Mesa entiende que aquí hay dos cuestiones planteadas: la incorporación del artículo 2º y el agregado de otras iniciativas sobre el tema cooperativo.

Tiene la palabra el señor Ministro.

SEÑOR MINISTRO.- Señor Presidente: quisiera tener todo el panorama para poderme ubicar en el contexto.

SEÑOR RUBIO.- En cuanto a las cooperativas, ya me referí a la iniciativa correspondiente, pero para considerar el resto las mismas hará uso de la palabra la señora Senadora Arismendi.

SEÑORA ARISMENDI.- Uno de los planteos que queremos realizar es muy sencillo y está vinculado al seguro de paro que ya se aprobó. Para que sea más clara mi exposición, en principio voy a leer el texto y luego, muy brevemente, daré las explicaciones correspondientes.

Dice lo siguiente: "El Consejo Honorario de la Caja de Jubilaciones Bancaria por mayoría absoluta de sus integrantes" -como siempre- "dictará las reglamentaciones necesarias para la aplicación de este régimen de subsidio por desempleo, pudiendo adecuar las disposiciones legales a las especificidades y particularidades del colectivo amparado. Asimismo, y por la misma mayoría, dispondrá el cese del aporte regulado por el literal b) del artículo 51 una vez finalizada la última de las prórrogas concedidas a los trabajadores comprendidas en el citado literal".

En realidad, aquí se trata de que el Consejo Honorario de la Caja de Jubilaciones Bancarias, que por su composición necesariamente tendrá que contar con el acuerdo correspondiente para poder votar con mayoría absoluta la reglamentación, pueda ir mirando un proceso nuevo para los trabajadores bancarios, para los cuales no hay una serie de prestaciones como sucede con otros empleados privados. Por lo tanto, como dicho Consejo tendrá que ir estableciendo normas, la idea es darle la potestad de reglamentar algunos temas.

En ese sentido quiero dar un ejemplo. Como los trabajadores no han tenido seguro de paro, no cuentan con cuota mutual, como tienen los trabajadores privados a través de DISSE. Entonces, como esa y otras circunstancias pueden ir apareciendo, hay que darle la potestad al Consejo Honorario de la Caja de Jubilaciones Bancarias para que pueda reglamentar en ese sentido.

El otro tema al que me voy a referir -que fue planteado cuando compareció AEBU a la Comisión- es el vinculado al registro de trabajadores desocupados. Este aspecto tuvo una larga fundamentación -incluso con cifras que indicaban los trabajadores que estaban en esta situación y los que lo estarán- en cuanto a que, por ejemplo, hay empleados jóvenes que después tendrían posibilidades de acceder a lugares de trabajo y otros que se estarían jubilando. Incluso, se planteó en la Comisión que algunos de los que se vayan jubilando ocupan actualmente cargos altos con sueldos elevados, que se podrían renovar con personal más joven que se encuentre en el registro de desocupados. En este sentido, hay un articulado propuesto -que se podría analizar y ajustar- que intenta establecer la posibilidad de reinsertar a nivel laboral a aquellos trabajadores que hoy pasan a seguro de paro.

A su vez, también existe la idea de renovar al personal de cierta edad pero con capacidad, que puede llegar a una cifra de más de mil, que se puede ir jubilando. Por otro lado, sin duda, esto tiene que ver con algo que se trató en esta Comisión, que es el destino de los trabajadores con determinado currículum -como hace unos días decía el señor Ministro- quienes, ya sea mediante concurso o sorteo, pueden ir accediendo a trabajar. Seguramente, aquellos que vienen de otros Bancos que tienen buena calificación podrían reinsertarse, perdiendo la condición del seguro de paro.

SEÑOR PRESIDENTE.- Ahora que tenemos un panorama general de todas las propuestas, vamos a escuchar la opinión del señor Ministro.

SEÑOR MINISTRO.- Aclaro que no vamos a coincidir con algunas de las propuestas, aunque sí con otras. Comenzando por la última, relativa al registro del trabajador, debo señalar que no estamos en condiciones de coincidir.

Con relación al artículo 2º, recuerdo que propusimos retirarlo porque fue objeto de una extensa discusión en Comisión; incluso fue desglosado antes de que existiera la Subcomisión de Desglose. En dicha oportunidad comenté que a mi juicio el Banco Central ya tiene esas facultades. Por lo tanto, no me pareció que tuviera sentido seguir discutiendo sobre eso.

Sí estoy de acuerdo con el artículo propuesto por la señora Senadora Arismendi referido a las facultades a otorgar al Consejo Honorario de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias. Tampoco tengo inconveniente -aunque es un poco "sui generis"- en acompañar el planteo relativo a las cooperativas. Seguramente, sonará un poco raro, pero creo que todos sabemos qué pretende resolver. Como tampoco daña, aunque sea "sui generis", está brindando una herramienta más de capitalización, en caso de que alguna entidad lo necesite. O sea, no tengo inconveniente respecto de esta propuesta, más allá de que desde el punto de vista técnico se van a escribir ríos de tinta a propósito del hecho de que una cooperativa tenga acciones. Sin embargo, creo que en los estatutos de CUTCSA se dice algo así como que es una cooperativa por acciones. Entonces, como dije, que sea "sui generis" no quiere decir que sea algo malo. Además, en este caso procura resolver un tema práctico.

De modo que coincidiríamos en estos dos últimos aspectos.

SEÑOR KORZENIAK.- Seguramente, el día que en la Comisión se dispuso este desglose no estaba presente o quizás no lo estuviera en ese momento. Lo que sí puedo asegurar es que el tema no fue tratado en la llamada Subcomisión de Desglose, ya que no se acordó ni la supresión ni su mantenimiento. En fin, pienso que se puede ahorrar aquí una discusión, plantear el aditivo en el Plenario y luego se verá lo que se resuelve.

De todas formas, en nuestra opinión, tiene un texto conveniente; es un texto genérico cuya intención original era la de perdurar. Si la Comisión no quiere sumirse en una discusión, lo plantearemos como un agregado en la sesión del Senado.

SEÑOR PRESIDENTE.- Vamos a ir resolviendo los temas por orden, ya que hemos asumido un compromiso con el señor Presidente del Senado para comenzar la sesión del Cuerpo en un lapso relativamente corto.

En primer lugar, vamos a votar la reincorporación del artículo 2º propuesta por la Bancada del Frente Amplio.

SEÑOR GALLINAL.- Señor Presidente: nosotros no tenemos problemas con respecto al artículo 2º, pero la única salvedad que hacemos -y mejoraríamos el texto en ese sentido- es que este tipo de empresas tercerizadas no pueden ser sancionadas por el Banco Central. Entonces, se hablaría de las potestades normativas y de control, pero no de las sancionatorias. El Banco Central tiene la posibilidad de sancionar a la empresa de intermediación financiera y, por esa vía, corregir la actuación de la otra, pero no puede tener potestades sancionatorias respecto a empresas que no están bajo su control. Lo demás, nos parece bien.

Por ello, en el primer inciso proponemos eliminar la palabra "sancionatorias" y, en el último, agregaríamos -porque se reitera- que el Banco Central del Uruguay no podrá ejercer sus facultades sancionatorias respecto de las empresas que no se encuentren bajo su control. Digo esto, porque en el inciso segundo se reitera la posibilidad.

SEÑOR PRESIDENTE.- La propuesta del señor Senador Gallinal consiste en eliminar las potestades sancionatorias en el primer inciso, por lo que terminaría hablando de "potestades normativas y de control del Banco Central".

En el segundo inciso, se diría que las empresas que presten tales servicios estarán sometidas, en cuanto a esas actividades, a las mismas normas que las rigen cuando son cumplidas por las entidades controladas por el Banco Central del Uruguay. Quedaría igual.

SEÑOR GALLINAL.- Con excepción de las facultades sancionatorias.

SEÑOR PRESIDENTE.- A mi juicio, señor Senador, eso no es necesario incluirlo, porque se supone -como usted mismo lo fundamentó- que si tenemos que eliminarlas del primer inciso, ya que no corresponde aplicarlas, en el segundo no corren. Según mi impresión, no es necesario decirlo.

SEÑOR KORZENIAK.- Insisto en que se trata de un artículo importante y estamos de acuerdo conque se supriman las facultades sancionatorias, porque a quien se va a sancionar, si hay algo mal hecho, es al Banco. Por ejemplo, el Banco Comercial llevaba su potestad cibernética, o sea todo el aparataje de computación, en una empresa paralela que había creado, y lo digo con total claridad. Conozco esa empresa, sé cómo trabajaba y qué sueldos se cobraban allí. Lo que este artículo no quiere es que, cuando se hace y si esa contabilidad está mal hecha y hay "chanchullos", se diga que no se puedan controlar y que se dicten normas. No; ¿van a llevar afuera la contabilidad?: las normas de contabilidad de los Bancos se aplican allí. Ahora bien, si está mal hecho, se sancionará al Banco.

SEÑOR PRESIDENTE.- Creo que la norma está clara así, señor Senador Gallinal.

SEÑOR KORZENIAK.- Es sabido que el artículo es importante.

SEÑOR GALLINAL.- En el inciso segundo se dice que las empresas que presten tales servicios estarán sometidas, en cuanto a esas actividades, a las mismas normas que las rigen cuando son cumplidas por las entidades controladas por el Banco Central del Uruguay, con excepción de las facultades sancionatorias. Allí la norma quedaría absolutamente clara, porque lo único que estamos haciendo en el primer inciso es eliminar las facultades sancionatorias. Me parece que esto termina de aclarar el concepto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si el señor Senador Gallinal insiste, para que el artículo quede claro pondríamos lo siguiente: "que las rigen cuando son cumplidas por las entidades controladas por el Banco Central del Uruguay, exceptuando las de carácter sancionatorio".

Con ese texto se va a votar la reincorporación del artículo 2º.

SEÑOR BRAUSE.- Luego de la negociación que se hizo en la Comisión, nosotros sostenemos que debe quedar el artículo tal cual fue considerado hasta el día de ayer.

Al respecto, puedo hacer un resumen y dar las explicaciones del caso.

A nuestro modo de ver este artículo fue debidamente considerado y, en su momento, se le dio una clara redacción. De esta manera, se le otorga al Banco Central del Uruguay la posibilidad de determinar qué situación se le plantea al grupo económico y, a partir de ahí, adoptar medidas respecto de la institución de intermediación financiera que está comprendida en dicho grupo.

En segundo lugar, luego de una explicación, muy fundada, que hizo en este ámbito el doctor Cajarville, en el inciso segundo se estableció la potestad, de parte del Banco Central, de solicitar información. ¿Estamos hablando de esa disposición?

SEÑOR PRESIDENTE.- Informo al señor Senador que estamos tratando el artículo 2º que refiere a la tercerización de actividades.

Correspondería poner a votación la reincorporación del artículo 2º con la redacción propuesta por el señor Senador Gallinal.

SEÑOR GALLINAL.- Me sorprende que el propio Gobierno no vote porque, en primer lugar, esta iniciativa fue original del Poder Ejecutivo. En segundo término -digo esto, por si acaso, debido a esta vorágine de normas que hemos considerado, lo olvidamos en esta circunstancia- las empresas de informática que han apoyado a los Bancos cumplen una actividad tan fundamental -por ejemplo, cuando una institución en situación de suspensión... o, mejor dejemos de lado la suspensión- por cuanto son las que manejan los traslados de los depósitos, por ejemplo, que se hacen por vía informática. Entonces, es necesario para el Banco Central tener potestades de control sobre las mismas.

A mi juicio, era buena la norma que nos envió el Poder Ejecutivo. Por eso me gustaría conocer alguna consideración de fondo para dejarla afuera. Digo esto, porque creo que no se llegó a discutir en Comisión lo suficiente.

SEÑOR SANABRIA.- Con respecto a la última intervención del señor Senador Gallinal creo que -si estamos todos de acuerdo- no tendríamos ningún inconveniente si el artículo está referido al corazón -digámoslo así- del problema, que son las empresas informáticas. Lo que no me parece conveniente es englobar a una serie de servicios secundarios, porque para mucha gente significaría la pérdida de su fuente laboral, en la medida de la complejidad que pueda tener la tercerización de los servicios. Insisto en que, si es apuntando exclusivamente a las empresas informáticas, no tenemos reparos en votar el artículo.

SEÑORA ARISMENDI.- Creo que hay una confusión, fruto de la premura que tenemos y de la cantidad de artículos que hemos analizado.

El artículo que estamos considerando -que es el que envió el Poder Ejecutivo- es muy claro. Dice lo siguiente: "...prestación en su favor por terceros de servicios de tal modo inherentes a su giro que cuando son cumplidos por dependencias..." Cuando se dice "de tal modo inherentes a su giro", no estamos hablando de las limpiadoras o de otros funcionarios.

SEÑOR PRESIDENTE.- Deseo manifestar a los señores Senadores que tenemos que tomar una decisión al respecto. Tenemos que poner a votación el artículo, tal como fue propuesto y discutido.

SEÑOR KORZENIAK.- Quiero dar un argumento fuerte, pero no lo hago como miembro de esta Comisión o abogado, sino como empleado, que fui, del Banco Central.

¿Qué es lo que no quiere este artículo? Concretamente, no quiere que una actividad que está sometida al control del Banco Central -porque es específicamente bancaria- sea tercerizada por un Banco, porque el Banco no puede ir a controlar una actividad a una empresa que no tiene nada que ver con un Banco. Para eso, el Presidente del Banco Central explicó que era indispensable contar con esta disposición. Personalmente, creo que es correcto.

SEÑOR PRESIDENTE.- En ese entendido, se pone a votación el artículo 2º con la redacción propuesta por el señor Senador Gallinal.

(Se vota:)

-14 en 14. Afirmativa. UNANIMIDAD.

La Mesa informa que habría que considerar un conjunto de disposiciones sobre cooperativas a las cuales el señor Ministro de Economía y Finanzas dio su asentimiento. Se trataría de un solo artículo.

SEÑOR LARRAÑAGA.- Disculpe, señor Presidente, con mucha franqueza quiero decir que no tengo aquí dicho artículo y mi humilde capacidad no me ha permitido entender el mecanismo que se plantea con respecto a las cooperativas. Por ese motivo, quisiera recibir un poco más de información.

SEÑOR PRESIDENTE.- No hemos podido distribuir ese artículo por razones logísticas. Si los señores Senadores están de acuerdo, se procederá a su lectura.

SEÑOR GARCIA COSTA.- Preferiríamos recibir una copia.

SEÑOR PRESIDENTE.- Entonces, si se desea tener el texto vamos a proceder a su distribución.

SEÑOR COURIEL.- Mientras tanto, podríamos pasar a considerar el artículo 59 de AEBU.

SEÑOR PRESIDENTE.- De acuerdo. Ese artículo está en la Mesa y establece lo siguiente: "El Consejo Honorario de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias, por mayoría absoluta de sus integrantes, dictará las reglamentaciones necesarias para la aplicación de este régimen de subsidio por desempleo, pudiendo adecuar las disposiciones legales a las especificidades y particularidades del convenio amparado. Asimismo y por la misma mayoría, dispondrá el cese del aporte regulado por el literal b) del artículo 51..." -hay que modificar las referencias- "una vez finalizada la última de las prórrogas concedidas a los trabajadores comprendidos en el citado literal". Tengo entendido que esta es una propuesta que el señor Ministro también compartió.

SEÑOR GARCIA COSTA.- También en este caso, solicitamos que se distribuya una copia.

SEÑOR PRESIDENTE.- La haremos llegar en la medida de lo posible.

A continuación, tendríamos que considerar una propuesta sobre registro de trabajadores, realizada por el Sindicato de los trabajadores bancarios

SEÑOR HEBER.- Mientras se reparten estos artículos, que son nuevos y debemos analizarlos, creo que sería bueno que se pidiera una nueva prórroga de la sesión.

SEÑOR PRESIDENTE.- Nos disponíamos a hacerlo.

SEÑOR HEBER.- Asimismo, quisiéramos plantear un tema que quizás merezca una redacción alternativa. Me refiero a la frase de un artículo que, a criterio de nuestro Partido, tendría que estar agregada, sobre todo, en el artículo 20. Dicho artículo es muy programático y solicitaríamos la colaboración del señor Senador Brause y del señor Ministro.

Pensamos que el artículo 20 es muy claro cuando, en su última frase, establece: "El Estado no realizará aporte de recursos adicionales en ninguna de estas situaciones". La frase que nos gustaría incluir en este artículo programático, que es el primero del Capítulo III, debería decir que el Banco Central del Uruguay asegurará o procurará que en ninguno de los casos la nueva institución bancaria, o el funcionamiento o gestión de la misma, pueda afectar los ahorros que puedan percibir los depositantes.

Sé que ha sido difícil, porque no hemos podido conseguir una frase que lograra resumir este concepto, pero sería importante la introducción de una norma programática en ese sentido, en el artículo 20. Necesitamos un inciso que indique que esto es algo que forma parte de la voluntad de todos -tal como hemos discutido- y constituirá una buena señal para los ahorristas. Son muchas las preguntas que ellos nos hacen, en cuanto a si el funcionamiento del nuevo Banco no se hará a costa de que ellos puedan cobrar menos o de que se reúnan con menos capital que el que tenían antes de que los Bancos fueran suspendidos. En este momento, entonces, estoy tratando de que se me ayude a encontrar una frase que pueda dar el mensaje correspondiente porque, en los hechos, es lo que se va a procurar. Ahora bien, expresarlo en un artículo programático de esta ley constituiría la señal indicada para cumplir con las dos condiciones que importan a nuestro partido, en el sentido de que el funcionamiento del nuevo Banco no implicará que los ahorristas lo financien.

En consecuencia, solicito al señor Ministro o al señor Senador Brause que consideren una redacción posible para este concepto, que resulta tan importante en el proyecto de ley.

SEÑOR MINISTRO .- Señor Presidente: recuerdo al señor Senador Heber haberle expresado que no hay frase que pueda contener ese concepto, ya que sería una fuente de litigios permanente. Eso forma parte de un modo de actuar: tratar de que las cosas se hagan de la mejor forma posible, lo que constituye también la esencia y las facultades propias del Banco Central, es decir, tratar de tener un sistema que funcione. No obstante, no creo que se pueda escribir otra cosa, aunque personalmente pueda compartir el punto de vista.

Por otra parte, ahora que la logística ha permitido considerar el artículo 59, me permitiría hacer una pequeña corrección gramatical, puesto que, seguramente, no se pretende que la Caja modifique las leyes. Sin duda, lo que se pretende decir aquí -al menos, así lo entendí- es: "pudiendo adecuarlas respetando las disposiciones legales" y el artículo continúa como está. Naturalmente, la Caja no va a cambiar las leyes, por lo que pienso que se quiere indicar que la reglamentación buscará adecuarlas a las prioridades de la Caja, pero siempre respetando las leyes. Entiendo que con cargo a esos fondos propios se va a intentar buscar compensaciones, o algo por el estilo, pero no alterar las leyes. En definitiva, el artículo habla de las reglamentaciones y seguidamente debería expresar: "pudiendo adecuarlas," -aquí una coma- "respetando las disposiciones legales" -aquí otra coma- y continuaría tal como está.

SEÑOR HERRERA.- A mi juicio, luego de que se indica que el Consejo Honorario de la Caja de Jubilaciones, por mayoría absoluta de sus integrantes, dictará las reglamentaciones necesarias para la aplicación de este régimen de subsidio por desempleo, debería colocarse un punto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Está bien, señor Senador, porque lo demás sobra. El señor Senador Herrera propone decir, simplemente, que el Consejo Honorario de la Caja de Jubilaciones Bancarias reglamentará el régimen de subsidio por desempleo, sin agregar todo lo demás, porque se supone que deberá hacerlo de acuerdo con las normas en vigencia.

SEÑORA ARISMENDI.- Comparto que la redacción sea hasta "régimen de subsidio por desempleo" y punto. Lo otro es disponer el cese del aporte regulado por el literal B) del artículo 51 una vez finalizada la última de las prórrogas concedidas a los trabajadores comprendidos en el citado literal.

SEÑOR PRESIDENTE.- Es otro tema; se estaba proponiendo suprimir hasta "amparado".

SEÑORA ARISMENDI.- Ya lo entendí, señor Presidente, pero estoy diciendo que no se suprime todo lo demás; se pone un punto en "desempleo" y se continúa en "Asimismo".

SEÑOR LARRAÑAGA.- Mis conocimientos jurídicos son muy limitados, pero en principio no me parece correcto que el Consejo Honorario de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias pueda dictar las reglamentaciones inherentes a un subsidio aprobado por ley. En todo caso, eso tendría que estar a cargo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Digo con franqueza que me surgen dudas en cuanto a que el Consejo Honorario de la Caja que, además, tiene el beneficio o las potestades que ya le fueron conferidas por el Estatuto que estamos aprobando, dicte las reglamentaciones inherentes al funcionamiento de este sistema.

SEÑOR KORZENIAK.- Es posible que haya un equívoco. Todas las leyes, aunque no se incluya ese artículo insípido que dice "El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley", son reglamentadas por el Poder Ejecutivo en virtud de una potestad genérica que tiene de acuerdo con el artículo 168, si no me equivoco, numeral tercero. Me parece que lo mejor es que el Poder Ejecutivo reglamente esta ley; lo debe hacer y, seguramente, lo hará.

Se pretende que un organismo que no es el Poder Ejecutivo, sino la Caja Bancaria -que ni siquiera es una persona pública estatal, sino no estatal- administre sus propios aportes, porque esto está referido al aumento del seguro de paro que solventan los propios bancarios, jubilados y activos. Entonces, se incluye una norma que establece, entre otras cosas, que tiene que resolverse por la mayoría absoluta del total de componentes. Por cierto, el Consejo Honorario de la Caja tiene una integración muy peculiar: hay un delegado del Poder Ejecutivo y también están representados los jubilados y los activos. Eso hace que sea necesario, o por lo menos saludable, que para que la Caja dicte la reglamentación -que obviamente no puede contrariar la ley ni el reglamento que dicte el Poder Ejecutivo- se necesitará la mayoría que se especifique en la ley. Me parece que no es mala la idea.

Siempre se ha discutido la potestad reglamentaria de los Entes Autónomos, cuanto más de una persona pública no estatal. Entonces, esa es la idea, pero no tengo dudas de que el Poder Ejecutivo va a dictar la reglamentación de esta ley.

SEÑOR LARRAÑAGA.- Pero esto lo debe habilitar la reglamentación del Poder Ejecutivo.

SEÑOR KORZENIAK.- Pero como la misma ley le está dando a la Caja la facultad de mejorar el seguro de paro con aportes, no estatales, sino de los propios bancarios, no me parece mal que se diga que va a reglamentar eso. Hay una frase que hablaba de adecuar esas reglamentaciones a las especificidades de la Caja; precisamente, el Poder Ejecutivo puede reglamentar, pero no se va a preocupar de problemas internos de ese organismo, porque es imposible abordarlos en un reglamento.

SEÑOR PRESIDENTE.- Al haberse suprimido la posibilidad de adecuar las disposiciones legales a las especificidades y particularidades del colectivo amparado, me parece que no está mal que -además de lo ya sabido en cuanto a la potestad del Poder Ejecutivo de reglamentar la ley, lo cual no hay que expresar porque se supone que es así- la Caja participe en la elaboración de una reglamentación más particular y referida a facultades que le da esta propia ley.

Entonces podríamos suprimir la frase "pudiendo adecuar", etcétera; me parece que no está mal. Sin embargo, creo que no hay acuerdo desde este punto de vista.

SEÑOR HERRERA.- Estoy confundido con este artículo. Escuché atentamente al señor Senador Korzeniak. Creo que si el propósito de esta normativa es asegurar que las decisiones que tome el Consejo Honorario de la Caja para la aplicación de este régimen de subsidio por desempleo sean por mayoría absoluta, no es lo que dice. Lo único que entiendo es que la ley debería establecer que el Consejo Honorario que debe adoptar, por mayoría absoluta, las decisiones que dicte en relación a la aplicación de este régimen. Esto sería distinto; no habría dudas de que no nos estamos refiriendo a la reglamentación de la ley, sino que el Consejo, como administrador de esos fondos, cuando tome decisiones, lo haga por mayoría absoluta.

SEÑOR KORZENIAK.- Es eso, más otra cosa.

SEÑOR HERRERA.- Entonces, no debería decir por mayoría absoluta. Honestamente estoy confundido.

SEÑOR PRESIDENTE.- Existe la concurrencia de dos aspectos. Por un lado está la mayoría absoluta y, por otro, la participación en la reglamentación.

Voy a poner a votación el artículo con la misma propuesta que había hecho el señor Senador Herrera, en el sentido de suprimir desde "pudiendo adecuar" hasta la expresión "colectivo amparado".

Se vota.

(Se vota:)

-6 en 13. Negativa.

Creo que ha sido distribuido el texto sobre cooperativas. Me dicen que todavía no. Entonces, lo vamos a repartir a la brevedad.

Consulto si se distribuyó el proyecto sobre la bolsa de trabajo. Si es así, está a consideración de la Comisión.

SEÑOR GARCIA COSTA.- La creación de una bolsa de trabajo vuelve a darse a la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias, a pesar de que el país tiene un Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Lo omitimos, cosa que "ab initio" me parece un grave error.

Además, pedimos un poco de consideración. No podemos establecer una bolsa de trabajo a través de 10 artículos, los cuales nos han llegado -por lo menos a todos los Legisladores Nacionalistas- recientemente. Creo que en esta materia tan compleja que estamos estudiando -no me refiero a esta en particular, sino a la bancaria- se presentarán otras normas de largo plazo. ¿Por qué tenemos que meter todo hoy y acá?

Pediría que esto se considere más adelante, ya que tiene implicaciones de largo alcance; todos lo sabemos. En principio, crear una bolsa de trabajo es correcto, aunque también el hecho de hacerlo por muchos años significa que un grupo específico de personas tiene derecho, por encima de todos los demás, a determinados cargos, y esto no parece lo adecuado. Queremos estudiar este asunto con tranquilidad en la Comisión que trata estas cosas. Creo que de nuestra parte no habrá problemas en estudiarlo correctamente, para luego poder impulsarlo, ya que tiene una base de justicia que nos parece razonable, pero no como lo han presentado.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no interpreto mal las palabras pronunciadas por el señor Senador García Costa, él propone que este tema pase a la Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social. ¿Esto es correcto, señor Senador?

SEÑOR GARCÍA COSTA.- Sí, señor Presidente.

SEÑORA ARISMENDI.- Aclaro que voy a dar los argumentos en el Senado y no acá. Tomando los datos que surgen de mi experiencia de 8 años en esta Casa, puedo decir que todas estas palabras después se las lleva el viento y, además, puedo argumentar sobre cómo en la Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social las bolsas de trabajo y los registros de desocupados, inclusive hasta cuando provienen de las propias filas del señor Senador García Costa, mueren en los cajones.

SEÑOR GALLINAL.- Pero se aprobó, señora Senadora.

SEÑORA ARISMENDI.- Como tantas otras cosas, mueren en los cajones y sólo se aprueban en la Comisión.

SEÑOR GALLINAL.- Se aprobó en la Comisión y en el Senado.

SEÑORA ARISMENDI.- Simplemente, quiero dejar sentado que esta discusión es más de fondo y la vamos a desarrollar en el Plenario. Creo que no es verdad o, mejor dicho, está en un error quien sostiene que recién toma contacto con este tema ya que fue planteado desde el comienzo por la Asociación de Empleados Bancarios del Uruguay cuando nos visitó, para lo cual alcanza con remitirse a las versiones taquigráficas.

SEÑOR PRESIDENTE.- Pasamos a votar la propuesta de texto sobre bolsa de trabajo y, en caso de que no resulte afirmativa, nos tendremos que pronunciar sobre la moción que acaba de proponer el señor Senador García Costa.

(Se vota:)

-6 en 14. Negativa.

Por lo tanto, correspondería someter a votación la otra propuesta, la del señor Senador García Costa, referente a que este punto pase a estudio de la Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social. En realidad, quiero aclarar que esta es una propuesta que corresponde formular en el Plenario y no en la Comisión.

SEÑOR CORREA FREITAS.- Tiene razón, señor Presidente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Cuando este tema se plantee en el Plenario, lo propondremos.

Queda por considerar un solo tema, que es el de las Cooperativas. Quiero advertir a los señores Legisladores que la propuesta es fundir este texto que se está repartiendo en un solo artículo y, en caso de resultar afirmativo, después veríamos en qué lugar se coloca en el proyecto.

SEÑOR LARRAÑAGA.- Me gustaría que se nos explicara en forma de un breve resumen qué significa este texto.

SEÑOR RUBIO.- Desde el punto de vista financiero, es meramente un instrumento que, previo a la autorización del Banco Central, se pide para que las Cooperativas -que a veces tienen problemas en materia de patrimonio- puedan tener mayor flexibilidad, siguiendo ejemplos de otros países como España y Canadá, aunque creo que también se aplica en Estados Unidos. La idea es la posibilidad de emitir acciones con interés sin derecho a voto, o sea, de capitalizarse por esta vía y mejorar desde este punto de vista su perfil y, en algún caso, habilitar por esta vía la posibilidad de cumplir con mayor amplitud las propias normas que establece el Banco Central. El resto es meramente instrumental: cómo se hace esto a los efectos del tipo de emisión, mayorías, etcétera. Esto se procuraría fundir en un solo artículo.

SEÑOR GARCÍA COSTA.- Comprendo que puede ser que alguien haya presentado este tema en algún momento y quien habla lo haya perdido en la Comisión, por lo cual pido disculpas. Aclaro que entre los señores Senadores que estamos conversando de manera informal sobre este tema, ninguno lo conocía .

En lo que me es personal, estuve vinculado en algún momento al sistema cooperativo y sé que tiene una gran precisión en esta materia, así como que la introducción que se hace acá del tema en cuanto a modificar el principio esencial y transformarlas en sociedades de aportación de capital, les causa mucho escozor. En ese sentido se han tratado de cambiar leyes y el estudio del tema ha sido muy complejo. Por eso pregunto si se ha consultado al movimiento cooperativo, y no sólo al financiero, ya que al final se habla de la cooperativa de seguros SURCO, que no conozco, pero que seguramente debe ser muy importante. Creo que no podemos legislar en base a un solo ejemplo, por más válido que sea.

Por lo tanto, me pregunto qué desesperada necesidad hay de introducir en este momento, en este texto legal -sobre cuya complejidad no quiero insistir porque la conocemos todos los integrantes de la Comisión- un elemento para el que por lo menos tendríamos que pedir algún tiempo, a efectos de consultar a la gente que sabe de cooperativismo para saber si este es un principio válido, si puede extenderse con eficacia a otras cooperativas o si, por el contrario, introducirlo acá es abrir un camino inconducente.

SEÑOR BRAUSE.- Debo confesar que en líneas generales comparto la argumentación que hace el señor Senador García Costa, máxime tratándose ya no sólo de los principios o normas generales que rigen las cooperativas, sino en forma particular, de aquellas de ahorro y crédito, que están comprendidas, naturalmente, dentro de la especificidad de la materia bancaria, de la captación de ahorro y de la colocación de depósitos dentro del colectivo cooperativo.

Dicho esto, también confieso que se trata de una actividad de intermediación financiera que está sujeta expresamente a la reglamentación del Banco Central del Uruguay por las normas que regulan la intermediación financiera -y particularmente el Decreto-Ley Nº 15.322 y sus modificativas- por lo que, en la medida en que estas normas queden sujetas a la previa autorización del Banco Central del Uruguay, en lo personal no tendría inconveniente en aceptarlas.

SEÑOR PRESIDENTE.- Antes de dar la palabra al señor Senador Rubio, quiero hacer la brevísima aclaración de que este texto fue distribuido hace por lo menos tres semanas y, además, se repartió con una citación. La Comisión no toma, entonces, conocimiento del mismo recién en este momento.

SEÑOR RUBIO.- Estamos legislando con soluciones que son "sui generis" para todo el sistema financiero, desde la invención de este nuevo Banco a través de la ingeniería jurídica y financiera más compleja que se ha hecho en la República Oriental del Uruguay, hasta la situación del Banco Central y las habilitaciones que se le dan. Comprendo la inquietud del señor Senador García Costa -porque en la gran cantidad de papeles que hemos recibido es posible que se haya traspapelado el texto- pero esta redacción fue propuesta por las cooperativas del sector financiero con el consentimiento del resto del movimiento cooperativo y viene a salvar situaciones concretas y a darles flexibilidad, si lo autoriza el Banco Central; después de las devaluaciones y de los cataclismos que sufrimos, se han creado situaciones a las que este mecanismo -que es ingenioso y que existe en otras partes del mundo- les daría flexibilidad. Creo que como está, además, subordinado a la autorización del Banco Central, es un camino que no tiene muchas complicaciones.

SEÑOR MICHELINI.- Independientemente de que tuve acceso a este documento hace unos cuantos días, debo decir que le estamos dando al Banco Central instrumentos para ir solucionando todos los tipos de problemas -no sea cosa que alguna de estas instituciones entre en problemas y no existan los elementos necesarios para solucionarlos- por lo que este artículo presentado por el señor Senador Rubio intenta, precisamente, salvar algunos aspectos patrimoniales de ciertas instituciones.

Lo peor sería que después de plantear todas estas soluciones que estamos votando, alguna institución presentara dificultades y no tuviéramos los instrumentos para sacarlas adelante.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el texto que ya fue repartido y que se encabeza con la expresión: "Previa autorización del Banco Central del Uruguay".

(Se vota:)

-11 en 12. Afirmativa.

Pedimos asesoramiento al doctor Cajarville para que incluya este artículo sobre Cooperativas en el lugar que se considere más adecuado.

SEÑOR MINISTRO.- En el artículo 18 que comienza diciendo "Declárase que la suspensión de actividades"..., consideramos que se debe eliminar la siguiente expresión: "en el marco de la potestad otorgada por el numeral 5) del artículo 20 de la precitada". Decimos esto porque la suspensión de actividades se hizo antes de la existencia de esta ley.

SEÑOR PRESIDENTE.- Pediría al señor Ministro de Economía y Finanzas si tiene a bien reiterar lo que propone.

SEÑOR MINISTRO.- El artículo 18 -que figura en la página 9 del repartido- se refiere a la declaración de la suspensión de actividades y demás. En una parte del texto se dice: "en el marco de la potestad otorgada por el numeral 5) del artículo 20 de la precitada norma". Concretamente, nuestra propuesta apunta a eliminar esta expresión.

SEÑOR PRESIDENTE.- Entonces, la redacción quedaría de la siguiente manera: "dispuesta por el Banco Central del Uruguay, tendrá por efecto la suspensión de la exigibilidad de todos los créditos contra la entidad suspendida por todo el plazo de duración de esta medida."

Corresponde reconsiderar y votar el artículo 18 -para lo cual la Mesa propone que se realice en un solo acto- con la eliminación de la expresión "en el marco de la potestad otorgada por el numeral 5) del artículo 20 de la precitada norma".

(Se vota:)

-11 en 11. Afirmativa. UNANIMIDAD.

SEÑOR MINISTRO.- Cuando en el inciso segundo del artículo 22 se dice "La resolución del Banco Central del Uruguay disponiendo la disolución y liquidación de una entidad de intermediación financiera"..., proponemos que se diga "de una entidad bancaria".

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a reconsiderar y votar el artículo 22 con la modificación que se sugiere, en el sentido de que en lugar de "de una entidad de intermediación financiera", se establezca "de una entidad bancaria".

(Se vota:)

-11 en 11. Afirmativa. UNANIMIDAD.

SEÑOR GALLINAL.- Quiero decir que tengo una propuesta.

SEÑOR PRESIDENTE.- Pregunto al señor Senador Gallinal si propone incorporar una norma al presente proyecto de ley. Hago la consulta porque la disposición tenía como encabezado "Proyecto de ley", no sabía que se trataba de un artículo para el proyecto.

SEÑOR GALLINAL.- Al sector "Correntada Wilsonista", al que represento, le parece que el Parlamento podría dar la buena señal, en el futuro contralor de la actividad bancaria, de que los principales Partidos estén representados en el Directorio del Banco Central del Uruguay.

Como no tenemos intención de quitar a quien sea gobierno -no al actual- la mayoría correspondiente en el Directorio del Banco Central, no vemos otra alternativa que ampliar a cinco su integración, de manera que el Gobierno esté representado por tres integrantes, y cada una de las dos principales fuerzas políticas que no ganaron la elección tenga el suyo. Si eso se hiciera en esta Administración, significaría que, de modificarse la integración, ingresaría un representante en nombre del Encuentro Progresista - Frente Amplio, nueva mayoría -respiro profundamente al decir esto- y uno más del Partido de Gobierno.

Ese es el propósito, nos parece muy bueno y por eso queremos incluirlo en este proyecto de ley. Por ese motivo, solicitamos que se vote.

SEÑOR PRESIDENTE.- No es una sigla adecuada para las insuficiencias respiratorias, señor Senador.

(Hilaridad)

Está a consideración la propuesta del señor Senador Gallinal.

SEÑOR SANABRIA.- Dentro de la aproximación al tema, que evidentemente es de voluntad política analizarlo, también el señor Legislador Bergstein, del Foro Batllista, ha planteado la posibilidad de modificación de los plazos de finalización del período de las autoridades del Banco Central en el sentido de que no coincidan con los tiempos electorales.

En ese ámbito y en virtud de tener que hacer consultas políticas sobre esta propuesta del señor Senador Gallinal, planteamos la posibilidad de pasarlo a la Comisión de Constitución y Legislación a los efectos de analizar el tema con el firme propósito de pronunciarnos al respecto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar la propuesta del señor Senador Gallinal, que es lo que tengo que poner a votación.

(Se vota:)

-2 en 11. Negativa.

SEÑOR GALLINAL.- Solicito que se rectifique la votación.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar nuevamente la propuesta del señor Senador Gallinal.

(Se vota:)

-5 en 11. Negativa.

A continuación, se va a proponer considerar la propuesta del señor Senador Sanabria, aunque la verdad es que es mejor hacerlo en el Plenario.

SEÑOR SANABRIA.- Estoy totalmente de acuerdo, señor Presidente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Quiero recordar que el proyecto de ley del señor Senador Gallinal ya está caratulado en la Comisión de Constitución y Legislación.

Debemos designar el miembro informante.

SEÑOR MILLOR.- Quiero felicitar al señor Senador Astori por la manera en que ha desempeñado la Presidencia de esta Comisión tan difícil.

SEÑOR PRESIDENTE.- Muchas gracias. Se aprecia.

SEÑOR SANABRIA.- Proponemos al señor Senador Brause para hacer el informe, previa constancia de que perfectamente un señor Senador por Partido también podría contribuir al informe de este importante proyecto de ley para el sistema financiero y para el país.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se designa, pues, al señor Senador Brause como miembro informante.

(Apoyado)

SEÑOR HEBER.- Sin perjuicio de nombrar al señor Senador Brause como miembro informante, creo que el trabajo de la Comisión puede generar que haya uno por lema.

SEÑOR CORREA FREITAS.- Ya lo planteó el señor Senador Sanabria.

SEÑOR PRESIDENTE.- Efectivamente, ya fue planteado.

SEÑOR HEBER.- ¿Y fue rechazado?

SEÑOR PRESIDENTE.- No, señor Senador.

SEÑOR HEBER.- Entonces se plantea por el lema Partido Colorado al señor Senador Brause.

SEÑOR PRESIDENTE.- ¿Usted quiere designarlos por toda la Comisión? Porque cada Partido designa el suyo.

SEÑOR HEBER.- Está correcto. Por nuestra parte proponemos al señor Senador Gallinal.

SEÑOR PRESIDENTE.- ¿A quién propone el Encuentro Progresista - Frente Amplio?

(Dialogados)

Tiene razón el señor Senador Rubio. Se designan miembros informantes a los señores Senadores Brause y Gallinal.

(Apoyado)

SEÑOR GARCIA COSTA.- El Reglamento dice que debe haber un solo miembro informante.

SEÑOR PRESIDENTE.- Fue mi sugerencia, señor Senador, pero no fue escuchada.

(Dialogados)

Se levanta la sesión.

(Así se hace. Es la hora 18 y 10 minutos)

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.