Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
 

Comisión Especial para legislar, informar y asesorar en la gestión del patrimonio público bajo figuras asociativas de derecho privado
Carpeta Nº 1086 de 2016
  Versión Taquigráfica N° 1926 de 2018

JUNTA DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA PÚBLICA
(JUTEP)

Versión taquigráfica de la reunión realizada
el día 8 de noviembre de 2018


(Sin corregir)


 

PRESIDE:   Señor Representante Gonzalo Civila.
 
MIEMBROS: Señores Representantes Alfredo Asti, Lilián Galán, Nicolás Olivera, Iván Posada, Jorge Pozzi y Valentina Rapela.
 
INVITADOS: Por la Junta de Transparencia y Ética Pública (JUTEP), contador Ricardo Gil Iribarne, Presidente; doctor Daniel Borrelli, Vicepresidente y señora Matilde Rodríguez, Vocal.
 
SECRETARIA: Señora Marcela Castrillón.
 
PROSECRETARIA:   Señora Margarita Garcés.  

 

SEÑOR PRESIDENTE (Gonzalo Civila López).‑ Habiendo número, está abierta la reunión.

La Comisión da la bienvenida al señor presidente de la Junta de Transparencia y Ética Pública, contador Ricardo Gil Iribarne; al señor vicepresidente, Daniel Borrelli, y a la vocal, señora Matilde Rodríguez.

  Los cometidos de esta Comisión tienen relación con legislar, informar y asesorar en la gestión del patrimonio público bajo figuras asociativas de derecho privado. Hemos venido recibiendo distintas delegaciones de ámbitos estatales en general para asesorarnos sobre la normativa vigente, respecto a las restricciones que se entiende que existen por parte de los distintos actores para ejercer controles y regular el funcionamiento de estas figuras, y nos interesa especialmente contar con una visión de la Jutep sobre este tipo de organismos.

SEÑOR GIL IRIBARNE (Ricardo).‑ Agradezco la invitación y que podamos intercambiar sobre estos asuntos.

  Este es un tema con el que nos hemos topado alguna vez, pero debemos reconocer que no tenemos un diagnóstico a fondo al respecto, básicamente porque en un año y medio de trabajo con muchos asuntos y pocos recursos hemos tenido que optar. Parte de las opciones se han hecho con un criterio muy pragmático, de dar prioridad a los temas a estudio que sirvieran en lo inmediato, y no teníamos clara la perspectiva de este en particular. Entonces, lo hemos tocado, lo hemos encontrado en algunas zonas de trabajo, pero no tenemos un diagnóstico claro ni propuestas definidas.

  Además, pensamos que las propuestas tienen que surgir de un conjunto de visiones, donde la nuestra puede ser una, pero no la única. Es decir, nuestra mirada desde el combate a la corrupción y la transparencia nos parece importante, pero no pensamos que sea la que tiene que determinar las soluciones en una cuestión donde hay otro tipo de objetivos, uno de los cuales es cómo se para el Estado para desarrollar cierto tipo de acciones económicas, comerciales o industriales.

  ¿Cuál ha sido nuestra mirada? Nuestra mirada ha sido de preocupación en el sentido de que los fondos públicos, estén donde estén, tengan las garantías que nuestra relación con los ciudadanos hoy requiere. ¿Qué quiere decir esto? Quiere decir que nos preocupa cómo se usen, cómo se gasten. Nos preocupa que se puedan usar de mala manera por parte de funcionarios que no cumplan con sus funciones y sus responsabilidades adecuadamente, estén donde estén. Y sentimos ‑y lo hemos verificado‑ que la construcción progresiva de algunas herramientas societarias y comerciales no ha tenido siempre en cuenta esa mirada, y hay zonas donde hay desprotección de los fondos públicos. Entonces, tenemos que lograr una mirada homogénea. Es decir, hay zonas donde se han tomado algunas medidas ‑que parece que se pensó en proteger el patrimonio‑ y otras donde, para la misma situación, no se tomaron. Y hemos tenido experiencias concretas ‑ustedes seguramente lo recordarán‑ donde hay homogeneidad para algunos actores en el plano de las normas de conducta y no en el del Código Penal.

  ¿Quién tiene que repensar todo eso? Nos parece que este es el buen ámbito y que nosotros podemos aportar algo, pero hay que juntarlo con otras cosas, porque nuestra mirada medio sesgada no siempre es la mejor.

  Concretamente, en la parte que hemos reivindicado como de acción de la Junta, que es lo no penal, hemos encontrado lagunas. Por ejemplo, a nivel de la Constitución, tenemos normas que contemplan la situación de los directores de las empresas que operan en el ámbito privado y las igualan a las de los directores de servicios descentralizados, pero eso no se da para el resto de los funcionarios. Ese es un problema. ¿Cómo hacemos que el conjunto de quienes actúan en estos ámbitos tengan la misma responsabilidad? Eso parte de una situación que es más clara todavía en el plano penal ‑no soy abogado, soy contador, pero a veces me meto a opinar de otras cosas‑ y es qué es lo que estamos protegiendo.

  En el ámbito penal es clarísimo que quienes no son funcionarios públicos no están incluidos dentro de los delitos que genéricamente llamamos de corrupción. Hay que ser funcionario público para que me puedan imputar cohecho. Eso tiene que ver con una mirada donde el bien jurídico tutelado era la administración pública.

  Nos parece que desde hace tiempo ya en el mundo, y en Uruguay también ‑la Ley Nº 17.060 es un ejemplo‑, estamos cambiando el centro a otro tema que es la relación del funcionario público con el ciudadano. Entonces, el problema no es solo cómo protejo los fondos públicos, sino cómo le trasmito al ciudadano que somos servidores públicos y que cumplimos con las normas que nos rigen.

  Lo planteo así porque, en definitiva, si lo vemos solo desde la óptica de la administración pública capaz que alguien me dice que el director de una sociedad que opera en el ámbito privado aunque los fondos sean del Estado no es funcionario público y, por lo tanto, no le podemos aplicar los delitos de corrupción. Nosotros pensamos que hay que cambiar eso.

  En definitiva, nuestra mirada es que tanto las normas de conducta como los delitos deben abarcar a todos aquellos que, en nombre del Estado, con el cargo o función que sea, manejan los fondos públicos y, por actuar en el Estado, son para la ciudadanía quienes de alguna manera ratifican o no la confianza en los servidores públicos.

  Creemos que hay que analizar en conjunto la situación, con todos los actores, y que hay que tomar en cuenta aspectos que existen en todo esto, como la flexibilidad, la respuesta rápida, la necesidad de mayor efectividad en las empresas que tienen competencia. Eso está bien, pero también es imprescindible que ahí juegue el factor ética pública, que existe, que no es una palabra colgada en una ley y que para ser protegida debe tener normas y castigos efectivos.

  En el plano penal, pensamos que aquel que mal usa los fondos públicos con intención de beneficiarse sea castigado, trabaje en la zona que sea, porque está afectando de la misma manera el bien jurídico que queremos tutelar, que es la confianza de la ciudadanía en los servidores públicos.

  Esto se traduciría en que estamos dispuestos a trabajar en el ámbito que sea, con el compromiso de un trabajo fuerte y con resultados, para analizar la cuestión penal y estamos más comprometidos, porque es más la zona nuestra, a revisar aquellas cuestiones que tienen que ver con normas de conducta que hoy no están adecuadamente contempladas.

  Yo mencionaba que había lagunas y desigualdades. Hoy, la mayoría de las situaciones, por ejemplo, están contempladas en el artículo 11 de la Ley Nº 17.060, donde se establece que los funcionarios tienen que hacer declaración jurada de bienes e ingresos. Eso es bastante amplio e inclusive abarca a las empresas radicadas en el exterior.

  En cambio, desde el punto de vista de la aplicación de otras partes de la ley mencionada y de los distintos artículos que nos importan del Decreto Nº 30 del año 2003, podríamos decir, en principio, que solo los directores de esas empresas están comprometidos por el artículo 188 de la Constitución de la República.

  Entonces, para nosotros, poder discutir eso y profundizarlo en este año y pico no nos pareció una prioridad, y no porque no nos importara, sino porque no es un tema solo de la Jutep, y no veíamos un ámbito donde eso se estuviera discutiendo con miras a tener resultados pronto. Pero si la Comisión está trabajando en esa zona y quiere nuestra colaboración, encantados comprometemos los pocos recursos que podamos para incorporar nuestra visión a una solución armónica que contemple todos los intereses que reconocemos tienen que ser contemplados. Esa sería nuestra postura y quedamos a disposición si desean alguna ampliación.

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).‑ Damos la bienvenida a los integrantes de la Junta de Transparencia y Ética Pública y les agradecemos la claridad y síntesis de su exposición. Creo que esta ha sido muy contundente con algunos pronunciamientos que me agradan, porque van más allá de lo que pueda decir una norma a su frío tenor literal. La Jutep se ha adentrado en temas en los que quizás otros organismos han declinado competencia, porque no están estrictamente contemplados en la norma. Sin embargo, la Jutep se ha metido, por ejemplo, en el tema de la ética de algunos directores en general; ha tratado temas vinculados al manejo de dineros públicos en manos de directores de sociedades anónimas y vaya si ese ha sido un tema polémico. Ahí se vio claramente la dicotomía entre lo que va por el camino de la ética y lo que va por el camino penal ‑por un vacío en la norma‑, es decir, el debido reproche que pueda tener alguna conducta que quizá se aparte de la ética. Habiendo existido una previsión legal a tiempo, quizá podría haber configurado elementos del tipo penal.

  Muchas de las interrogantes que pensaba realizar ya fueron respondidas por el contador Gil Iribarne. De todos modos, voy a formular algunas consultas.

  En cuanto a los estudios que han realizado vinculados al manejo de recursos o fondos públicos en manos de estas figuras asociativas de derecho privado, quisiera saber con qué problemas se han encontrado para desentrañar la verdad material.

  El contador Gil Iribarne nos hablaba de una adecuación penal, con la que estamos de acuerdo. ¿Entienden que esa adecuación tiene que ir equiparando lisa y llanamente el funcionario público a estas personas que tienen determinado grado de responsabilidad, inclusive al personal de estas figuras asociativas que trabajan en derecho privado? ¿O piensan en otro esquema, en otro tipo penal distinto, en otra forma de tipificar un delito?

  ¿Se está cumpliendo regularmente con las previsiones del artículo 11 de la Ley N° 17.060, en lo que tiene que ver con la presentación de las declaraciones juradas?

  ¿Se han metido en algo vinculado a la contratación pública? ¿Qué debilidades han visto en ese sentido?

  ¿Tienen conocimiento de la legislación internacional en materia de derecho comparado? ¿Nos pueden hacer alguna sugerencia?

  ¿Se han metido con el tema de los fideicomisos integrados con dineros públicos?

  Agradecemos la disposición. Va a ser de gran ayuda lo que pueda aportar la Jutep. Quizá no hoy, pero toda sugerencia que puedan hacer ‑hablo por mí, pero puede ser de interés de toda la Comisión‑ va a ser bienvenida y estudiada; y es necesaria, sobre todo viniendo de un órgano especializado en lo que tiene que ver con el control de la ética y la transparencia.

SEÑOR ASTI (Alfredo).‑ El contador Gil Iribarne recién se refería a lo que establece el artículo 11 de la Ley N° 17.060 con respecto a la obligación de presentar declaraciones juradas por parte de integrantes de estas formas asociativas de derecho privado con capital público. Esa disposición fue producto de una modificación a la Ley N° 17.060 que se hizo creo que en la legislatura anterior o en la de 2005‑ 2010, y nos tocó participar en el proyecto que incluyó a estos funcionarios en la nómina de los obligados que debe controlar la Jutep.

  Al principio del trabajo de la Comisión, se le solicitó a varios organismos vinculados al tema que nos enviaran su registro de las empresas que estaban dentro de la órbita de control, de acuerdo con las normas vigentes, como la Ley N° 17.060. Surgió una diferencia sustancial entre la nómina que presentó la Jutep y la que hemos obtenido a través de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Eso nos lleva a preguntar si en los últimos tiempos, teniendo en cuenta la posibilidad de acceso a la página web de la OPP, se ha ampliado la nómina de funcionarios a los que se les exige dicha presentación, habida cuenta la relación que tienen con la empresa pública de origen.

SEÑOR GIL IRIBARNE (Ricardo).‑ Intentaremos responder brevemente; son unas cuantas preguntas y todas interesantes.

  Nuestro contacto con el trabajo específico que hemos desarrollado en este año y medio, básicamente, se produjo en un análisis más detallado del caso de ALUR. ¿Cuál es la conclusión del caso de ALUR? Los problemas fueron comunes a muchos casos: tenemos potestades, pero no está claro de qué forma las podemos ejercer. Por ejemplo, pedir información es todo un trámite; hay que justificar por qué los jerarcas hoy deberían dar información a la Jutep, como a cualquier ciudadano que la pida razonablemente, en el marco de acceso a la información previsto en la ley. No es fácil y no siempre obtenemos respuestas rápidas.

  Además, en el caso de ALUR, durante todo el proceso quedó claro el desconocimiento del artículo 188, en cuanto a que sus directores tenían las mismas obligaciones que los directores de los servicios descentralizados, que es el centro de nuestra actuación.

  Por otro lado, considero que el caso de ALUR tuvo un resultado muy interesante y positivo. La Junta dijo que se violaron las normas de conducta de los funcionarios públicos y la Justicia dijo que no hubo delito. Yo estoy convencido de que las dos cosas son ciertas. No soy abogado; sobre el tema delito tengo opinión como ciudadano. El argumento del fiscal, en cuanto a que no son funcionarios públicos, me convence. ¿Eso qué implica? Que una cosa es el Código Penal y otra las normas que no abarcan delitos. Nosotros trabajos con estas últimas. Nosotros dijimos que se violaron todas estas normas, que eran unas cuantas; y el fiscal dijo: "Eso es cierto, pero no hay delito".

  En ese sentido, fue positivo, porque ratificó que no se pueden mezclar las dos cosas. Por un lado, está el Código Penal y la Justicia y, por otro, nosotros, que solo actuamos si la Justicia lo pide y nos basamos en las normas de conducta, como la Ley N° 17.060 o el Decreto Nº 30. Eso fue lo principal.

  En ese caso, la Junta señaló que se violaron las normas y no hubo ninguna consecuencia. No estoy hablando desde el punto de vista político partidario, tema con el que jamás nos metemos, sino en cuanto a las faltas que cometen los funcionarios públicos previstas en la ley y a las sanciones o no que se aplican. Tampoco es un tema de ALUR; es un tema más general.

  No hemos discutido si la solución es que sean funcionarios públicos. Posiblemente, a nivel personal, puedo opinar que sí; nos parece que hay que discutirlo, pero no entre nosotros tres, sino en un ámbito más amplio. ¿Cómo hacemos para que ciertas obligaciones y derechos se extiendan, por lo menos, a los rangos jerárquicos de esas empresas? Tal vez se podría extender a todos; o tal vez no. Pero ahí surge un tema permanente, que el diputado Asti lo conoce, porque se lo hemos comentado en su momento, que es el análisis de riesgo. Nosotros podemos pretender que el ciento por ciento de determinada categoría esté obligada a algo, pero si no somos capaces de controlarlo y solucionarlo, no sirve de mucho. Entonces, concentrémonos en los problemas mayores. Ahí sí, si ponemos una obligación, se tiene que cumplir. Si no se cumple, alguien lo tiene que decir. Y si alguien lo dice, alguien tiene que ser sancionado.

  De manera que ampliar mucho y que después no tenga efecto no es la forma en la que queremos trabajar.

  No hemos tenido mayor profundización en este tema. Posiblemente, nuestro contacto directo tuvo que ver con las declaraciones juradas, sistema que también estamos intentando cambiar para que sirva. Con respecto a este punto, recibimos una comunicación de una empresa pública que nos planteaba que los asesores jurídicos le decían que en el caso de una sociedad en el exterior del país los funcionarios jerárquicos no tenían la obligación de presentar la declaración jurada, precisamente, porque estaban en el exterior. Los asesores sostenían que había que manejarse con los pedidos de información a través de la DGI, etcétera, etcétera. Nuestra respuesta fue que la ley uruguaya establece que los funcionarios de una empresa, cuyo capital principal es ciento por ciento uruguayo, tienen la obligación de hacerlo. No advertimos que esto tenga nada que ver ni con el secreto tributario ni con el secreto bancario ni con que vayamos a cobrar impuestos a alguien, sino que es una cuestión de transparencia. Por lo tanto, nos parece que es su obligación suministrar esa información. Hasta ahí llegamos. Esto muestra el problema que el cumplimiento del actual artículo 11 plantea a la empresa. Nos plantearon que no habían conseguido respuesta de sus jerarcas a partir de un asesoramiento judicial. Podemos discutir cómo se puede hacer o por qué se contrata gente que después no cumple con las normas, pero nos parece que eso no es lo que el señor diputado preguntaba. Lo que quiero señalar es que se nos presentó ese problema.

  Por lo mismo que decía anteriormente, no hemos tomado este tema. Nos parecía que tomarlo, simplemente, para aprender, como hemos hecho en otros casos, distraía, sin efectos inmediatos, los pocos recursos que tenemos. En otro contexto y con una visión de trabajo, estaríamos encantados de hacerlo.

  Como decía, no tenemos una visión del derecho comparado, pero recientemente, he hablado sobre estos temas con gente de la región. En principio, podemos decir que es una preocupación que se repite; hay agujeros que se repiten. En todos lados se incursionó en nombre de la efectividad y de la competencia comercial o industrial y ahora, cuando la corrupción ha pasado a ser un tema fuerte en todos los países, se reconoce que por esa vía se escapan cosas. Hay normas que no se cumplen porque no fueron planteadas legalmente y, en su momento, nadie se preocupó por eso. Este es un tema que se está discutiendo. Me parece que hay una tendencia a buscar solucionarlo.

  Con respecto a la pregunta del diputado Asti, tengo clarísimo en qué página de la OPP puedo buscar las empresas de este tipo o cualquier otra. No es lo que la ley dice que tenemos que hacer. Eso es un problema. La ley dice que los organismos nos tienen que comunicar. Cuando ustedes me preguntan cuáles son los obligados, a juicio de a Jutep, la respuesta es que son los que nos comunicaron. Entonces, informamos a ustedes qué organismos comunicaron. Me consta que algunos no comunicaron, así como me consta que algunos no cumplen con las declaraciones juradas y que algunos no retienen cuando deben hacerlo. Esa es la realidad. ¿Es lo mejor? No. En este momento, en el marco de una norma que está metida en la Ley Nº 17.060, estamos gestionando con la Oficina Nacional del Servicio Civil ‑que tiene una base de datos‑ la posibilidad de que nos brinde la información.

  Cuando digo que hay organismos que no comunican, es cierto que eso es responsabilidad del organismo, pero el sistema en sí mismo no es bueno. Si depende de cada organismo comunicar no solo quiénes son sus sociedades de este tipo, sino también quiénes son sus jerarcas de determinado grado, quiénes ingresaron, quién se fue y quién llegó, la tarea es pesada y la posibilidad de fallas es grande.

  Entonces, hay gente que no presenta declaración jurada porque, en realidad, no sabemos que tiene que hacerlo. No los declaramos omisos porque no sabemos que están obligados.

  Tal vez, haya que pensar en modificar esto, de manera que el Estado, en un mundo que está mucho más digitalizado que cuando se promulgó la Ley Nº 17.060, aporte la información que tenga. Capaz que no es toda, porque hay alguna cosa que es discutible, por ejemplo, cuando alguien tiene responsabilidad de contratar o de ser gerente de compras y ello no se ve reflejado en el grado. Pero dejemos lo artesanal para lo chico; para lo grande, a nuestro juicio, la solución estaría dada en que la Oficina Nacional del Servicio Civil nos aportara una base de datos, lo cual, además, permitiría resolver otro tema que alguno de ustedes puede haber vivido. Me refiero a la famosa lista PEP que está en el Banco Central del Uruguay, que presenta fallas por acumulación de errores: nosotros recibimos mal la información, tenemos que cambiarla por un programa que no es bueno para pasarla al Banco Central, este la procesa y en el medio falta y sobra gente. Creo que tenemos que pensar de qué manera sustituir el aviso de cada organismo por un sistema más razonable, más automatizado. Me parece que hoy el Estado uruguayo está en condiciones de hacerlo sin mayor costo; no hay que hacer un gran programa para eso.

  De manera que, más allá de que yo conozca las empresas que pueda tener cada organismo público ‑me consta que hay muchos que las tienen; la mayoría‑, no puedo decir a mi personal que busque en las páginas web qué funcionario cambió, cuál renunció o cuál ingresó porque tenemos que actualizar la lista. Creo que esa no es la mejor forma de trabajar y tampoco lo es que cada organismo tenga que informarnos al respecto. Nos ha pasado que un ministro no estuviera en la lista. ¿Por qué? Porque el organismo no lo comunicó. Yo sabía quién era el ministro y podíamos solucionarlo, pero no es la forma de hacerlo. Ahí tenemos un problema más grande; tal vez, si no hay otra solución inmediata, tengamos que incorporarlo en el proyecto en discusión en esta Cámara de Diputados para mejorar el sistema de declaraciones juradas.

  No sé si me falta dar alguna respuesta.

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).‑ No.

SEÑOR ASTI (Alfredo).‑ Tuve la picardía de hacer la pregunta, precisamente, porque no comentamos este tema en particular en la Comisión Especial con fines legislativos de Transparencia, Lucha contra el Lavado de Activos y Crimen Organizado y esperamos aprobar el proyecto de ley sobre declaraciones juradas antes de fin de año. Notamos la diferencia y recurrimos a la fuente para conocer por qué se daba; preferí que fueran ustedes quienes lo explicaran. Esto nos demuestra que con respecto a este tipo de empresas asociativas de derecho privado tendremos que incorporar en el proyecto la norma que hace dos años se incluyó en una Rendición de Cuentas, por la que se solicitaba a la Oficina Nacional de Servicio Civil que de la misma manera que informa sobre los funcionarios públicos, también informe sobre estos funcionarios, que no son públicos. De manera que asumimos el compromiso de incluir esto en el proyecto sobre declaraciones juradas.

SEÑOR GIL IRIBARNE (Ricardo).‑ No sé si yo me expresé mal. Hoy, la Oficina Nacional del Servicio Civil no nos provee ninguna información, ni siquiera sobre los funcionarios públicos. Es cada organismo el que nos debe informar. Ese es el problema. A nuestro juicio, lo lógico sería que la Oficina Nacional del Servicio Civil nos informara sobre los funcionarios públicos y sobre los funcionarios de esas empresas y que nos quedara un 10% o un 12% de la tarea para realizar de forma artesanal. Hoy, todo el trabajo se realiza en forma artesanal.

SEÑOR ASTI (Alfredo).‑ Lo entendí perfectamente.

  Lo que decía es que en esa Rendición de Cuentas se incluyó la obligación de que la Oficina Nacional del Servicio Civil informe al Parlamento, en cada instancia de rendición de cuentas, la cantidad y distribución de funcionarios de estas empresas. Entonces, basándonos en ese mandato que tiene la Oficina Nacional del Servicio Civil, lo que tenemos que hacer es incluir la comunicación a la Jutep, a fin de determinar quiénes son los obligados por el artículo 11 de la Ley Nº 17.060. A eso me refería.

SEÑOR BORRELLI (Daniel).‑ Hace menos de un mes estuve en Lima, en la reunión de la Red de Integridad Pública de América Latina y el Caribe, de la que forman parte la OCDE y el BID, y que integra la Jutep; yo fui designado para representarla. En esa reunión se discute la parte de gobiernos abiertos y transparentes. Pero en la reunión de ministros, a la que fui invitado a quedarme, se dijo que uno de los temas que se viene ‑porque todos los Estados, la OCDE y el BID vienen empujando hacia eso‑ es el control de las empresas privadas que contratan con el Estado. Ellos ven que ahí hay una pérdida muy grande, y están buscando las formas de poder controlar también a aquellas privadas que contratan con el Estado y, con más razón, aquellas semiprivadas, es decir, que funcionan con capitales públicos pero bajo el régimen privado. Eso es algo que se viene y creo que Uruguay debe estar preparado para eso, porque le dan una gran importancia, así como al conflicto de intereses.

  Esta comisión se formó después de los escándalos de los países vecinos, y ven que en América Latina ese problema fue el detonante de la gran corrupción que tuvieron los países hermanos.

SEÑOR PRESIDENTE.‑ Quisiéramos agradecer a la delegación por haber concurrido. Obviamente, tendremos en cuenta los aportes vertidos y, seguramente, volvamos a comunicarnos con ustedes en el curso del trabajo de la Comisión en los próximos meses.

(Se retiran de sala las autoridades de la Jutep)

SEÑOR ASTI (Alfredo).‑ Voy a solicitar que la versión taquigráfica de la sesión del día de hoy sea enviada a la Comisión Especial.

SEÑOR PRESIDENTE.‑ Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

  (Se vota)

——Seis por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad.

  Ahora tendríamos que definir la agenda para las próximas sesiones de la Comisión. No sé si hay alguna propuesta.

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).‑ Nosotros nos habíamos propuesto convocar a la mayor cantidad de actores pero, como prevención, sería bueno tener arriba de la mesa una hoja de ruta muy tentativa, que puede servir para comenzar a transitar el camino o, quizás no, y sea otra la hoja de ruta.

  Como ya hemos anunciado, tenemos prácticamente definida una propuesta para plantear a la Comisión. Seguramente, la haremos llegar antes de la próxima sesión y, en función de eso, volcarnos al trabajo para sumar, descartar o continuar recabando opiniones de distintos organismos. Quiero asumir el compromiso de que antes de la próxima sesión ‑creo que será la penúltima o la última del año‑ voy a dejar esbozada una propuesta y, adelanto que es con carácter preliminar, a cuenta de alguna cosa que pueda surgir. Voy a ser franco; a partir del debate que se dio en el día de ayer en la Cámara, hay elementos nuevos que han surgido, por eso también queremos incorporarlos. Me gustó mucho la participación de las autoridades de la Jutep, me parece enriquecedora aportando elementos que se pueden incorporar.

  La idea es tener un borrador para la próxima sesión y, a partir de allí, cada partido empezará a evaluar qué hacer.

SEÑOR PRESIDENTE.‑ Entonces, en función del planteo que hace el señor diputado Olivera, estaríamos recibiendo un borrador con el que podamos empezar a trabajar.

  No sé si hay interés de convocar a alguno de los otros organismos que, en su momento, había propuesto el diputado Olivera. De la lista original, en lo que respecta a organismos públicos ‑sin ser entes autónomos, que están referidos‑, faltaría citar a la Auditoría Interna de la Nación, del Ministerio de Economía y Finanzas.

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).‑ Así es. ¿No habíamos propuesto que también concurriera la Oficina Nacional del Servicio Civil?

SEÑOR PRESIDENTE.‑ No, pero podemos agregarla a la lista.

  Si hay acuerdo y para seguir avanzando, una vez que recibamos ese borrador, para la próxima sesión vamos a convocar a la Auditoría Interna de la Nación.

  (Apoyados)

——No habiendo más asuntos que considerar, se levanta la reunión.

Línea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.