Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
 

Comisión Especial para legislar, informar y asesorar en la gestión del patrimonio público bajo figuras asociativas de derecho privado
Carpeta Nº 1086 de 2016
  Versión Taquigráfica N° 1908 de 2018

AGENCIA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DEL ESTADO

Versión taquigráfica de la reunión realizada
el día 25 de octubre de 2018


(Sin corregir)


 

PRESIDE:   Señor Representante Gonzalo Civila.
 
MIEMBROS: Señores Representantes Alfredo Asti, Felipe Carballo, Nicolás Olivera, Roque F. Ramos Espíndola, Valentina Rapela y Diego Reyes.
 
INVITADOS: Por la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado (ACCE) doctor Diego Pastorín, Presidente; doctora Carina Pizzinat y economista Gonzalo Balseiro, miembros del Consejo Directivo Honorario; licenciado Daniel García Aspíroz, Coordinador General y economista Natalia Ferreira Coimbra, Gerenta de Regulación.
 
SECRETARIA: Señora Marcela Castrillón.
 
PROSECRETARIA:   Señora Margarita Garcés.  

 

SEÑOR PRESIDENTE (Gonzalo Civila López).‑ Habiendo número, está abierta la reunión.

  La Comisión Especial para Legislar, Informar y Asesorar en la Gestión del Patrimonio Público bajo Figuras Asociativas de Derecho Privado tiene el gusto de recibir a una delegación de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado, integrada por el presidente del Consejo Directivo Honorario, doctor Diego Pastorín; por la representante del Consejo Directivo Honorario, doctora Carina Pizzinat; por el representante del Consejo Directivo Honorario, economista Gonzalo Balseiro; por el coordinador general, licenciado Daniel García Azpiroz, y por la gerenta de Regulación, economista Natalia Ferreira Coimbra.

  A solicitud del señor diputado Nicolás Olivera, la Comisión entendió conveniente convocarlos, en el marco del análisis que está haciendo sobre la gestión del patrimonio público bajo figuras asociativas de derecho privado. Los cometidos de esta Comisión tienen que ver con legislar, informar y asesorar en esta materia.

  El señor diputado Nicolás Olivera solicitó la comparecencia de las autoridades de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado para analizar los aspectos que tienen que ver con compras y contrataciones, en lo referido al patrimonio público bajo figuras asociativas de derecho privado.

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).‑ Como bien acaba de decir el señor presidente, esta es una Comisión Especial que busca generar insumos para terminar con un producto que, en principio, será un proyecto de ley, que buscará regular una actividad que maneja fondos públicos y que hoy está por fuera de algunos controles. Esta actividad ya tiene algunos controles, pero varios legisladores entendemos que debería tener otros nuevos, a fin de evitar lo que en su momento se llamó por parte de los administrativistas "la huída del derecho administrativo", siempre bajo el principio de que el manejo de los recursos por parte de estas empresas ‑sociedades anónimas, en su gran mayoría, o fideicomisos, que han proliferado‑ no suponga una traba en la dinámica empresarial para lo que precisamente fueron adoptados estos sistemas. La idea no es trancar; si volviéramos al corsé administrativo, tendríamos otra vez el mismo problema que llevó a la creación de estos sistemas.

  Propusimos convocar a las autoridades de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado para acceder a algunos datos. Nosotros tenemos la información de que en el año 2007, según las estimaciones de Reig y Torres, las compras que realizó el Estado uruguayo representaron cerca del 10% del PBI. De ese 10% del PBI que representaron las compras, el 86% lo generaron empresas públicas.

  También somos sabedores de que tienen un observatorio que, en cierta forma, busca medir la eficiencia y la eficacia de las compras.

   La primera pregunta que queremos formular es si han medido el impacto de las compras o de los procesos de contratación que llevan adelante estas sociedades anónimas o fideicomisos. Si no es así, nos gustaría saber si tienen forma de conocerlo.

  También quisiéramos saber si, de acuerdo al artículo 37 del Tocaf, determinadas empresas públicas o el propio Estado, con previo asesoramiento de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado y con dictamen del Tribunal de Cuentas, pueden realizar procesos especiales de compras. Sabemos que algunas empresas públicas los han utilizado. Lo que se busca es, precisamente, salir de los procedimientos típicos previstos en el Tocaf y buscar otros que den más agilidad a la contratación o que se ajusten mejor a las necesidades del organismo.

  Por lo que tenemos entendido, Antel ha llevado adelante la validación de algunos procedimientos. Queremos saber cómo los evalúa la Agencia y si han sido positivos.

  Asimismo, nos gustaría saber cómo evalúan los nuevos sistemas, entre ellos, el pregón o subasta a la baja, y los convenios marco, porque también pueden ser buenas herramientas para la adquisición de bienes o servicios por parte de estas empresas.

  Por otra parte, quisiéramos conocer si en algún momento la Agencia se ha expedido sobre la situación de los procedimientos de compra de las sociedades anónimas, a la luz de si es necesario o no ajustarse a los principios de contratación del Tocaf, previstos en el artículo 149, o a algún otro procedimiento que entiendan pertinente.

 SEÑOR PASTORÍN (Diego).‑ Agradezco a la Comisión por habernos invitado.

  Voy a hacer una introducción para delimitar las competencias que tiene la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado y analizar el marco legal en el que actúa. Independientemente de esto, mi exposición podrá ser complementada por algunos integrantes de la delegación.

  El artículo 150 del Tocaf establece: "La Agencia de Compras tendrá como finalidad promover y proponer acciones tendientes a la mejora de la gestión y la transparencia de las compras y, en general, de las contrataciones del sector público". Es decir que este es un órgano esencialmente regulador, que también establece buenas prácticas en la materia.

  El artículo 151 del Tocaf ‑en su versión recientemente ajustada a través de la Ley N° 19.670‑ establece los cometidos específicos que tendrá la ACCE, que refieren al sistema de compra pública y a la actuación de las administraciones públicas estatales. Entre otros cometidos, establece: asesorar al Poder Ejecutivo en la elaboración y seguimiento de las políticas de compras; desarrollar y mantener el Registro Único de Proveedores del Estado; desarrollar y aplicar el catálogo común de bienes y servicios; realizar la más amplia difusión y preparación de materiales y capacitación en las normativas relativas a las contrataciones del Estado y a las mejores prácticas aplicables; desarrollar y mantener el sitio web de compras y contrataciones; dictar normas técnicas y recomendaciones; asesorar a las administraciones públicas estatales para mejorar su gestión de compras; asesorar a los proveedores; realizar una evaluación, seguimiento y monitoreo del sistema nacional; generar mecanismos que provean información al ciudadano sobre las contrataciones de las administraciones públicas y, asociado a ello, promover el uso de las tecnologías de la información y del conocimiento, siguiendo los lineamientos del gobierno digital, para simplificar los procedimientos y facilitar las compras y la labor de los proveedores.

  En este contexto, la Agencia se encuentra abocada a realizar manuales y guías de implementación de procedimientos de contratación, cursos de capacitación y protocolos que faciliten la gestión de procedimientos y diseño de cláusulas estándares en los pliegos. Cuando las administraciones tienen que planificar adquisiciones que no son cotidianas en su organismo, convocan a la Agencia a los efectos de que las asesore en la elaboración de los pliegos.

  Por otra parte, la Agencia se dedica a la promoción del uso de procedimientos competitivos, a la promoción del uso de las TIC, a la planificación de la demanda y al desarrollo de un conjunto exhaustivo de sistemas de información, que contribuyan a la adquisición eficiente de bienes y servicios por parte del Estado.

  En ese sentido, la ACCE ha desarrollado diversos sistemas de información que facilitan la tarea de las administraciones públicas estatales, promoviendo la eficacia y la eficiencia de su gestión y contribuyendo al monitoreo de desempeño del sistema de contratación pública.

  Entre otros sistemas, podemos mencionar al Registro Único de Proveedores del Estado, que es una herramienta muy valiosa. Actualmente, hay alrededor de treinta y tres mil proveedores inscriptos en el Registro, que ya están aptos para contratar con el Estado. En ese Registro también se pueden inscribir las sanciones e, inclusive, la exclusión de algún proveedor ante incumplimientos reiterados o graves.

  También tenemos el Sistema de Información de Compras Estatales, SICE, que incluye los módulos de ofertas en línea, la apertura electrónica, la interoperabilidad con otros sistemas de gestión, los catálogos de bienes y servicios y el sitio web de compras y contrataciones del Estado.

  Cabe destacar que la tienda virtual viabiliza la implementación del procedimiento que establece el convenio marco. Se trata de un procedimiento nuevo que se está implementando y que desde hace ya unos años tiene un marco legal. La Agencia está promoviendo su implementación como una compra centralizada, eficaz y eficiente. El procedimiento lo utiliza una administración y, luego, otros organismos del Estado pueden ir a la tienda virtual para realizar sus adquisiciones con un sistema competitivo ya realizado.

  Además, tenemos el sistema del pregón, que está en desarrollo, y el Observatorio de Compras Públicas, como una herramienta de inteligencia de negocios que permite sistematizar y mostrar la información del desempeño del sistema de compras.

  Este sistema tiene disponibilidad como datos abiertos, con información de los procesos de contratación de las administraciones públicas de microdato que, a su vez, cumple con el estándar internacional de open contracting.

  En función de lo que ya he expresado, la Agencia no tiene, dentro de su marco de competencias, el contralor de las sociedades anónimas que se rigen por el derecho privado. Como las figuras por las que nos convocó la Comisión no están en nuestro marco de competencia y no hacemos un seguimiento de los procedimientos que utilizan, no tenemos información al respecto. Damos por hecho que hacen uso del sistema que utiliza el sector privado, de acuerdo a su marco legal: ya sea a través de la norma que habilitó la creación de sociedades anónimas como de las normas que crearon las personas públicas no estatales y de la posibilidad de llevar adelante fideicomisos.

  Lo que sí podemos poner a consideración de la Comisión es el sistema de información con el que contamos; quizás eso contribuya a aportar información relativa a los fines que persigue esta asesora. En ese sentido, sería importante que estas sociedades, que tienen participación del Estado, utilizaran el RUPE como sistema de información. Sería bueno que una sociedad anónima de una empresa pública pudiera utilizar esta información, por ejemplo, a la hora de evaluar proveedores. De esta forma, las sociedades anónimas pueden evitar contratar proveedores excluidos del sistema por incumplimientos graves, reiteradas observaciones o sanciones por su comportamiento. Consideramos que esto podría ser tenido en cuenta, siempre y cuando no obstaculice el cumplimiento del objetivo por el que la entidad fue creada.

  Como dije, no contamos con información de las sociedades anónimas en cuanto a su procedimiento de compra; no sabemos cuánto compran ni cuál es el porcentaje de sus compras. Esa información no la tenemos, pero sí tenemos contacto con los procedimientos especiales que realizan algunos organismos.

  Por ejemplo, en este momento estamos trabajando con UTE en un procedimiento especial, como ya hicimos con OSE y ASSE. En realidad, esto se solicita cuando los organismos entienden que el marco normativo vigente es un obstáculo o les dificulta llevar adelante su actividad. Tenemos información sobre estos procedimientos porque se realiza un trabajo de intercambio permanente.

  Inclusive, en este momento estamos evaluando uno con UTE, a los efectos de contratar proveedores ante situaciones de emergencia. Sin duda, creo que este procedimiento cumple con los principios que establece el artículo 149 del Tocaf, tal como dijo el señor diputado Nicolás Olivera.

  Para complementar lo que acabo de decir con respecto a los procedimientos especiales voy a ceder la palabra a la economista Natalia Ferreira Coimbra, que es gerente de Regulación, a fin de que informe sobre cuándo es requerida la participación de la Agencia para la elaboración de los procedimientos especiales, lo que no ocurre en todas las contrataciones que realizan las empresas públicas, sino cuando llevan a cabo determinados contratos especiales para hacer su gestión más eficiente.

SEÑORA FERREIRA COIMBRA (Natalia).‑ Los procedimientos especiales tienen una naturaleza competitiva, y constituyen una alternativa cuando el marco general no brinda satisfacción a las necesidades del organismo público.

  Últimamente, los hemos implementado en cierto tipo de adquisiciones que requieren un registro de precalificados; esa ha sido la lógica utilizada en los últimos tiempos. Por ejemplo, en el caso de ASSE ‑el doctor Diego Pastorín lo mencionó‑, nosotros creamos la posibilidad de que los beneficiarios de asistencia integral pudieran adquirir servicios de óptica u odontológicos a través de un procedimiento especial y competitivo. Ese procedimiento aseguraba la concurrencia y la transparencia, ya que todos los proveedores interesados en participar se podían presentar a la convocatoria. Entonces, se inició un registro, y los beneficiarios, según la localidad en la que se encontraban, podían adquirir los servicios en forma directa.

  El procedimiento especial que se está realizando con UTE es para acontecimientos de emergencia, básicamente climáticos, que no se pueden anticipar y en los que hay que actuar muy rápido.

  En general, la naturaleza de estos acontecimientos se puede resolver de manera directa; sin embargo, los organismos públicos han decidido avanzar por el lado de un procedimiento competitivo, porque quieren tener adquisiciones eficientes, que aseguren la transparencia y validen su gestión.

  Esos fueron los últimos dos casos, pero también tenemos otros ejemplos, como los servicios de mantenimiento de vehículos del Ministerio del Interior, que también fueron muy bien recibidos.

  Cabe aclarar que en todos los casos trabajamos mano a mano con el Tribunal de Cuentas, ya que en los procedimientos especiales tiene que intervenir.

  Por lo tanto, lo que hicimos fue protocolizar la actuación: trabajamos con la entidad que manifiesta su necesidad y revisamos si en el marco legal hay un procedimiento que pueda satisfacerla. El procedimiento especial es residual, porque se realiza después de que identificamos que los procedimientos competitivos tradicionales no pueden satisfacer esa necesidad.

  Como dije, el diseño lo trabajamos en conjunto con el Tribunal de Cuentas, por lo que el procedimiento sale con todas las garantías.

SEÑOR PASTORÍN (Diego).‑ No sé si quedó clara la respuesta brindada con respecto a los porcentajes de compras. Quiero que quede entendido que nosotros no contamos con esa información.

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).‑ ¿Qué porcentaje del PBI representan las compras que sí pasan por la Agencia?

SEÑOR PASTORÍN (Diego). Ese dato no lo tenemos; quizás podamos tener algún aproximado.

SEÑOR GARCÍA AZPÍROZ (Daniel).‑ Estamos afinando esos números; acabamos de firmar un acuerdo con el Banco Central para cotejarlos con las cuentas nacionales, pero puede estar entre el 12%, el 14% o el 15%, dependiendo de qué se tome en algunos rubros.

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).‑ La economista Natalia Ferreira Coimbra decía que los procedimientos especiales son residuales. A la luz de lo que tendrá que analizar esta Comisión ‑aunque la idea no es generar un proceso especial para las sociedades anónimas en general, porque cada sociedad anónima del Estado, cada persona que regula su economía por el derecho privado tendrá su lógica especial, de acuerdo al modelo de negocios que tenga‑, me interesa el hecho de que sean residuales.

  En realidad, si esta actividad se desarrolla bajo el derecho privado es porque, evidentemente, el corsé de lo público genera más dilaciones e inconvenientes en materia de tiempo o, en regímenes de competencia, no posibilita una rápida adaptación al medio.

  Por lo tanto, quisiera saber cómo resultan estos nuevos procedimientos especiales de los que hablan ‑la puja a la baja o los convenios marco‑ en materia de agilidad de contratación. Lo que quiero saber es cuán ágil terminan siendo los procesos de adquisición de bienes y servicios con estos nuevos procedimientos. ¿Por qué lo consulto? Porque la idea es saber ‑a la luz de las pruebas que han dado estos nuevos procedimientos‑ si los podemos utilizar como modelo, para extrapolarlos al sector privado, o si tienen los mismos defectos del procedimiento público, hasta ahora existente.

SEÑORA FERREIRA (Natalia).‑ La palabra "residual" no quiere decir que sea marginal o que no sea relevante.

  En el Derecho Público ‑soy economista, pero acá tenemos una abogada que me corrige si me equivoco‑ están consagrados los procedimientos base. Es residual en el sentido de que el procedimiento especial va a atender una necesidad que tiene ciertas particularidades que lo sacan de la regla general.

  El pregón y el convenio marco no están dentro de este halo de procedimientos especiales, es decir, son procedimientos generales consagrados por la norma y son sumamente ágiles. Precisamente, los nuevos procedimientos ‑los procedimientos especiales también, porque se hacen ad hoc‑ tienen una característica de mucha agilidad. El convenio marco, en particular, baja muchísimo los costos transaccionales porque una unidad administradora, que en general es idónea, hace el procedimiento ‑o sea que asume todo el costo de transacción‑ y los usuarios son el resto de las administraciones públicas estatales, que compran como si fuera de manera directa, desde la tienda virtual ‑haciendo uso de todas las tecnologías de la información‑, seleccionan el producto en un carrito y lo compran con todas las garantías que brinda el hecho de que esa selección fue realizada por una unidad administradora que hizo la evaluación de las ofertas y conformó el pliego.

  Además, es un procedimiento que tiene todas las garantías porque cada pliego que sale para constituir un convenio marco pasa por una autorización de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado y del Tribunal de Cuentas.

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).‑ ¿Tienen medidos los tiempos que se ahorran con estas nuevas modalidades?

SEÑOR PASTORÍN (Diego).‑ La particularidad del convenio marco es que el proceso y la carga la tiene una unidad. El proceso es ágil después que está hecho, pero hemos evaluado que el convenio marco que hace la unidad administradora lleva unos seis meses porque hay que hacer un estudio previo del mercado del bien que se va a poner a consideración y hay que hacer un análisis de pliego. Como dice la gente de la Agesic, que tiene mayor experiencia en esto, es un pliego que tiene que tener una mirada especial porque no se está haciendo para la unidad que hace la adquisición, sino que hay que tener en cuenta que puede ser usado por el conjunto de las administraciones. Y también hay que considerar que luego está el procedimiento en el Tribunal de Cuentas y demás.

  Una vez que el convenio está en funcionamiento, las unidades que van a adquirir esos bienes o servicios, siguen un proceso muy ágil porque, si tienen disponibilidad de crédito, van a la tienda virtual y compran. En este caso la carga se traslada a la unidad administradora. Por eso, como Agencia de Compras y Contrataciones del Estado estamos promoviendo al resto de las unidades que hagan el ejercicio y adopten el convenio marco. Es un procedimiento nuevo y a veces las unidades tienden a continuar con los procedimientos que vienen realizando desde siempre. Como es una modalidad nueva, con algunas cosas novedosas, a veces hay cierta reticencia. En ese sentido, entre lunes y martes se desarrollaron comunicados para trasmitirles: "Anímense; es una herramienta muy buena. Todos vamos a poder utilizarlos y vamos a ser mucho más eficientes y eficaces en las compras".

  En definitiva, la unidad administradora que lo hace tiene sus procedimientos y sus tiempos, y una vez que se hizo, es muy ágil.

  El licenciado García Azpiroz me acota que el pregón insume unos dos meses.

SEÑOR ASTI (Alfredo).‑ No pensaba intervenir porque entiendo que el objeto de la Comisión no coincide con las autorizaciones legales de actuación que tiene la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado.

  Respecto de los procedimientos que en su momento votamos en algunas normas ‑no recuerdo en qué año‑, ustedes dijeron que están en vías de generalizarlos. ¿En qué medida se puede decir que se está usando el procedimiento del acuerdo marco?

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).‑ ¿Qué tiempo le insume al organismo validar un procedimiento especial?

SEÑORA FERREIRA (Natalia).‑ En el caso de los convenios marco, desde la Agencia de Compra y Contrataciones del Estado elaboramos un informe de desempeño cuando culmina cada convenio para verificar cuál fue el desempeño del procedimiento y, obviamente, lo comparamos con otros procedimientos alternativos. Como el convenio marco no es obligatorio, en el mismo período, por procedimientos tradicionales, distintas unidades pueden adquirir productos que están en la tienda virtual. Por ahora, tenemos realizado el informe desempeño de los convenios marco de Agesic de computadoras y lo que nos ha dado es que se ha comprado a precios unitarios más bajos, que todos los participantes han vendido productos y que las compras se concentran en aquellos productos que son más convenientes en términos de precios porque el pasaje a la tienda virtual implica cumplir con determinados requerimientos técnicos mínimos y, luego, cumplir con un margen de puntaje asociado al precio de cada producto no superior al 20%. Es decir que el convenio marco permite diversidad, pero pone un tope del pasaje a la tienda virtual en función de lo que es la conveniencia para la Administración.

  La verdad es que hasta ahora los convenios marco de computadora han sido muy satisfactorios. Hemos culminado recién un convenio marco de neumáticos que en cuanto al volumen de venta parece haber sido relativamente bueno. No hemos realizado el informe de desempeño como para tener esos resultados. Nosotros hacemos los informes y los colgamos en nuestra página web.

  Hemos observado que muchas unidades ejecutoras están adquiriendo estos productos. No tengo la cifra exacta, pero son diversos organismos los que los que utilizan la tienda virtual para abastecerse.

  Los convenios marco tienen una vigencia que originalmente es de doce meses. Eso tiene que ver con el estudio de mercado, que nos permite ver la demanda futura y estimar la duración del convenio marco. El tema es que los convenios marco también se agotan si llegan al tope del monto habilitado al ordenador del gasto de la unidad administradora. Estamos proponiendo un cambio para que esa no sea una razón por la cual caiga el convenio, pero la verdad es que se han agotado todos por monto. Es decir que se utiliza tanto que ni siquiera llegamos al tiempo previsto originalmente.

  En realidad, esta es la primera aproximación; no son demasiados los convenios marco que hemos realizado como para tener un abordaje más riguroso.

  Respecto de un procedimiento especial, no tenemos cuantificados los tiempos que nos han insumido porque dependen mucho de la problemática, pero quizás es un poco menos de lo que insume el convenio marco. Diría que insumen unos tres o cuatro meses, sobre todo porque hay que tener en cuenta los tiempos del Tribunal de Cuentas, que están asociados.

SEÑOR PASTORÍN (Diego).‑ Quería acotar que hay un convenio marco respecto a servicios que está por salir de la unidad administradora, que es Agesic: horas técnicas para ciberseguridad. Por ejemplo, ante un ataque a un sitio de un organismo, este puede recurrir a la tienda virtual para contratar empresas que ya cotizaron. Es mucho más ágil que licitar para solucionar esa situación. Es un elemento novedoso; en la tienda virtual va a haber empresas que cotizan por hora de servicio. Por lo tanto, ante un hecho, los organismos podrán entrar a la tienda virtual y saber cuántas horas tienen que contratar para cubrir su deficiencia y restablecer su situación anterior al ataque. Es un elemento nuevo, que permite conocer la ventaja que tiene este sistema de compra centralizado.

SEÑOR ASTI (Alfredo).‑ Creo que estoy invadiendo las potestades de esta Comisión con temas que corresponderían a la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, que fue la que aprobó este tipo de modalidad de compras.

  Recién decían que una de las dificultades es que se agotan los convenios marco por la disponibilidad del monto, ya que está adjudicado exclusivamente a la unidad que lanzó el convenio, cuando en realidad debería preverse que, si van a intervenir otras unidades ejecutoras, pudieran sumarse los créditos de estas. ¿Esa modificación tiene que ser legal o puede ser reglamentaria?

SEÑOR GARCÍA AZPÍROZ (Daniel).‑ Está en proceso de aprobación la modificación al decreto de convenio marco para introducir ese cambios y otras flexibilidades. Ya se ha elevado para la aprobación del Poder Ejecutivo.

  Quiero hacer una puntualización. Quiero precisar que un procedimiento especial se hace para una necesidad específica y no es un procedimiento abierto a cualquier objeto que uno quiera contratar. Ante una necesidad concreta, y para evitar una nueva cláusula de excepción u otro procedimiento de contratación directa, se utiliza ese procedimiento específico. Prácticamente, todos han sido lista de proveedores o aranceles ya prefijados. Lo que lleva más tiempo es el diseño, porque a veces son situaciones complejas. Luego se requiere la aprobación de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado y el estudio del Tribunal de Cuentas, que no son tiempos relevantes. El diseño lleva más tiempo por la complejidad de cada situación, y son para casos específicos.

SEÑOR PRESIDENTE.‑ Agradecemos la presencia de la delegación en la Comisión.

  (Se retira de sala la delegación de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado)

——La próxima sesión sería el jueves 8 de noviembre.

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).‑ Si hay interés, se podría seguir convocando a mucha gente que puede tener opinión al respecto, pero creo que tendríamos que entrar en una etapa de definición, con alguna propuesta concreta. Ya hay proyectos de ley a estudio, algunos en el Senado y otros en la Cámara de Diputados.

  Personalmente, tengo pensado hacer una propuesta. Espero poder traer la próxima sesión un borrador lo más definido posible. Habíamos propuesto la convocatoria de algunas personas de la Academia que han dado su opinión y han sido consultadas, como los doctores Delpiazzo y Cajarville, el contador Sayagués y el economista Munyo, que tiene un estudio sobre este tema de las sociedades anónimas.

  No sé si se considera prudente invitarlos antes o a la luz de una propuesta concreta para que puedan expresarse sobre ella. Lo dejo a criterio de la Comisión. Sería bueno que si los demás partidos tienen alguna propuesta, la presenten para ir haciendo una apuesta en común y avanzar en la finalidad de la Comisión, que es legislar.

SEÑOR PRESIDENTE.‑ Al inicio de la Comisión se planteó invitar a algunos otros organismos públicos. Entiendo el planteo del señor diputado Olivera, pero todavía no tenemos una propuesta concreta, aunque hay algunos proyectos que tienen conexión y que ya han sido distribuidos. Algunos están en la órbita de la Comisión de Hacienda y habría que mocionar en alguna sesión de noviembre para que pasaran a esta.

  Más allá de eso, creo que a efectos de avanzar se podría convocar a algunos de los organismos públicos y, luego, a referentes de la Academia o de ámbitos privados, como habíamos acordado. En la lista que tenemos figuran la Junta de Transparencia y Ética Pública y la Auditoría Interna de la Nación, que fueron propuestos por el señor diputado Olivera. En principio, podríamos proceder a convocar a la Jutep.

  Si en la próxima sesión llega alguna propuesta, podemos empezar a intercambiar sobre ella. A su vez, vamos a proponer que se pasen de la Comisión de Hacienda dos proyectos que tienen relación con este tema.

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).‑ ¿Cómo se viabiliza ese pasaje?

SEÑOR PRESIDENTE.‑ Algún legislador tiene que mocionar en Cámara para que los dos proyectos ‑uno del señor diputado Pablo Iturralde y otro del señor diputado Conrado Rodríguez‑ pase a esta Comisión.

  En definitiva, convocamos para el jueves 8 a la Junta de Transparencia y Ética Pública y, en caso de que alguien presente una propuesta concreta, empezaremos a conversar.

  (Se suspende la toma de la versión taquigráfica)

——Entonces, procederemos de la siguiente manera: convocaremos a las autoridades de la Junta de Transparencia y Ética Pública para la próxima sesión y si se presenta algún borrador o idea por parte de los integrantes de la Comisión, haremos circular el material para determinar cómo procederemos. Llegado el caso, podemos volver a convocar a organismos que ya comparecieron para expedirse sobre algún texto o idea concreta en que estemos trabajando.

  No habiendo más asuntos, se levanta la reunión.

Línea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.