Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
 

Comisión Especial de
Asuntos Municipales

Carpetas Nos. 2667 de 2017 y 3204 de 2018
  Versión Taquigráfica N° 1833 de 2018

DISTRITO ELECTORAL DEL BALNEARIO LAGO MERÍN,
DEPARTAMENTO DE CERRO LARGO

Determinación

LEY DE FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS

Modificación de disposiciones de la Ley N° 19.272

Versión taquigráfica de la reunión realizada
el día 11 de setiembre de 2018


(Sin corregir)


 

PRESIDE:   Señor Representante Omar Lafluf.
 
MIEMBROS: Señores Representantes Alfredo Asti, Sebastián Andújar, Gabriela Barreiro, Daniel Caggiani, Oscar De los Santos, Washington Silvera, Stella Viel y Tabaré Viera Duarte.
 
CONCURREN:   Señores Representantes Alfredo Fratti y Nicolás Olivera.
 
INVITADO: Señor Christian Morel, Alcalde de la ciudad de Río Branco.
 
SECRETARIA: Señora Graciela Morales.
 
PROSECRETARIA:   Señora Adriana Cardeillac.
 
ASISTENTE TÉCNICO: Doctor Ernesto Abisab.

 

SEÑOR PRESIDENTE (Omar Lafluf Hebeich).‑ Habiendo número, está abierta la reunión.

  Antes de recibir al alcalde del Municipio de Río Branco, el doctor Abisab hará algunos comentarios acerca del informe que le encomendó la Comisión.

  (Se suspende la toma de la versión taquigráfica)

——En la próxima sesión, el doctor Abisab nos entregará un informe jurídico escrito sobre la situación vinculada con la exclusión del balneario Lago Merín del Municipio de Río Branco.

SEÑOR ASTI (Alfredo).‑ Con respecto a este tema, quiero decir que la creación del Municipio de Río Branco surgió directamente de la ley original, porque era una ciudad con más de cinco mil habitantes. La propia ley definía los distintos distritos electorales que estaban incluidos en dicho Municipio. O sea que no hubo voluntad expresa del intendente ni de la Junta, ya que fue creado por ley.

  Hoy hay un movimiento de un conjunto de habitantes de esa localidad que pretende constituir el balneario Lago Merín en una jurisdicción electoral distinta, separada de la del Municipio de Río Branco, seguramente, con el objetivo posterior de convertirlo en municipio.

  Simplemente, quería dejar constancia de que ese Municipio tiene un origen legal, porque la población superaba el límite de los cinco mil habitantes. Todas estas circunscripciones electorales se incluían dentro del Municipio de Río Branco, del que ahora el balneario Lago Merín se pretende separar.

  (Ingresa a sala el alcalde de Río Branco, señor Christian Morel)

SEÑOR PRESIDENTE.‑ La Comisión tiene el gusto de recibir al alcalde de Río Branco, señor Christian Morel.

  El motivo de esta convocatoria parte de un proyecto de ley que está a estudio de esta Comisión, por el que se plantea excluir al balneario Lago Merín del Municipio de Río Branco, con la posibilidad futura de crear otro municipio.

  Nos gustaría contar con la opinión de los vecinos del lugar y con la suya en especial.

SEÑOR MOREL (Christian).‑ Les agradezco la invitación.

  Si tengo que dar mi punto de vista, creo que todavía la Laguna no está preparada para tener un municipio ni para deslindarse, por la sencilla razón de que en un 80% o 90% necesita de Río Branco.

  Si hablamos de residuos, todo lo que genera la laguna depende ciento por ciento de Río Branco. No se puede trasladar la basura desde la laguna a Melo; hoy no existe un vertedero.

  En cuanto a mantenimiento, personal, iluminación, etcétera, también depende ciento por ciento de Río Branco. Es un balneario que durante el verano necesita el sostén del Municipio de Río Branco. Si la laguna tiene catorce empleados durante seis o siete meses es muchísimo, pero si tuviera catorce en enero sería un desastre. Hoy se recolectan los residuos tres veces por semana y quizás es mucho, pero si en enero, febrero y marzo se recolectara solo una vez por día, sería un desastre. Del 10 al 17 de enero se va tres veces por día a recolectar.

  Hoy la laguna depende en su totalidad de Río Branco.

  Por estos motivos, personalmente creo que no está preparada para separarse. La prueba está en que se le ha hecho asistencialismo desde el gobierno central; algunas cosas no han pasado por Río Branco, sino que fueron directamente al balneario. A veces tienen que llegar cosas directas para poder afrontar muchos asuntos.

SEÑOR ASTI (Alfredo).‑ Le agradecemos este intercambio, algo imprescindible para que nosotros podamos tomar una resolución con respecto a la propuesta de separar la jurisdicción electoral. Presumiblemente, eso podría provocar luego la solicitud de apertura de un nuevo municipio, de acuerdo con la legislación vigente con respecto a este tipo de poblaciones.

  ¿Usted tiene conocimiento de cuál es la cantidad de habitantes que tiene el balneario Lago Merín? Pregunto eso para tener en cuenta las normas que hoy están rigiendo y por algunos proyectos de modificación con respecto a la cantidad de habitantes.

  Además, me gustaría saber cuál es la distancia que hay entre Río Branco y el balneario Lago Merín, y la distancia con respecto a Melo.

  Por otro lado, usted dijo que la laguna depende de lo que le suministra el Municipio de Río Branco en cuestión de limpieza y de personal. Pero esto ocurre porque la laguna forma parte del Municipio de Río Branco. Esta es una reflexión; me gustaría que me confirmara si es así. Si fuera un municipio independiente, la Intendencia debería darle el apoyo necesario de personal y de infraestructura para recoger los residuos, acorde con las necesidades del balneario en temporada alta y baja.

SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).‑ Nosotros recibimos una nota con este planteo, que venía respaldada por varias firmas. Está la opinión de un grupo de vecinos y la de algún señor legislador. Queremos saber si tiene conocimiento de ello. Lo pregunto porque el Parlamento debe tener en cuenta la institucionalidad consolidada ‑la representa usted, como alcalde‑ y también conocer el fenómeno social en toda su amplitud. Sabemos que hay vecinos que plantean la necesidad de generar la capacidad de desarrollo de los gobiernos locales.

  Nosotros queríamos conocer la opinión del Municipio, la de la Intendencia y la de la junta. Además, había un grupo de vecinos que querían concurrir a la Comisión pero, evidentemente, la reunión de hoy es con el alcalde.

SEÑOR PRESIDENTE.‑ Hoy se había invitado al Municipio: al alcalde y a los concejales.

SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).‑ ¿La reunión que pidieron los vecinos no fue a través de una nota de ellos? Quizás debamos agendar la reunión con los vecinos.

SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).‑ Me sumo a lo que decía el señor diputado De los Santos. También quiero saber si el alcalde nos puede decir si este tema se trató en el Municipio y si hubo consenso de parte de todos sus integrantes.

SEÑOR PRESIDENTE.‑ Usted dijo que algunas veces la gente de la laguna Merín recibió asistencia del gobierno central. ¿Se trata del gobierno departamental o del nacional? Además, ¿qué autoridad hay en la laguna como para recibir esa asistencia directa? En caso de tratarse del gobierno departamental, lo entendería.

SEÑOR MOREL (Christian).‑ La población de Lago Merín es de aproximadamente setecientas cincuenta personas durante nueve meses. En el mes de enero, ronda las cinco mil personas; en febrero hay unos tres o cuatro mil habitantes.

  La distancia con Río Branco es de 19 kilómetros y la distancia de Melo, 118 kilómetros.

  En cuanto a los residuos, las podas y un sinfín de cosas ‑como en todos los municipios del país‑, hay ciertos inconvenientes por diferentes causas. Hay un montón de municipios que están pasando muy mal, primero, por ciertas cabezas que hay en el mundo de la política, y me hago responsable por lo que voy a decir. Muchas personas no saben manejar bien la descentralización, y no quiero que pase eso en mi balneario. Estoy convencido de que los municipios de Río Branco y de la laguna quieren más trabajar en conjunto que generar un municipio conjunto entre la laguna y Melo. Los problemas llegan cada cinco minutos y continuamente tiene que estar asistiendo el Municipio de Río Branco.

  No fue en vano que en 1963 se armó este Municipio ‑el más viejo‑ ; una de las patas de su formación era promover mejor el turismo. La idea era proyectar la laguna en base a Río Branco, por todo su capital a futuro. Hablamos de un minicentro poblado en la laguna. Todo lo que está puesto en la ley es la realidad hasta el día de hoy.

SEÑOR ASTI (Alfredo).‑ ¿Usted se refiere a la ley de creación de la Junta Autónoma de Río Branco?

SEÑOR MOREL (Christian).‑ Exactamente; del año 1963.

  Conozco el movimiento para la junta de firmas. Por eso me animo a decir que estoy convencido de que no estamos preparados. Por eso se generó mucha problemática entre los vecinos de la laguna. Sabemos que hay setecientos cincuenta vecinos y que solo firmaron cuarenta, cincuenta o sesenta. Hay una continua discusión sobre el tema. Hicimos más de una reunión, y yo estuve presente en la que se realizó junto con los señores diputados Alfredo Fratti y José Yurramendi; solo asistieron dieciséis personas. A la segunda reunión concurrieron veinte personas y a la primera, quince; son setecientos cincuenta habitantes.

  Hay gente que está a favor y gente que está en contra. Hoy percibo más gente en contra que a favor. Lo bueno es que la gente en contra no pertenece a determinado partido político; esto no se politizó. Esto es lo que me afirma más para decir que la laguna todavía no está preparada.

  En cuanto a si esto fue tratado en el Municipio, desde un principio buscamos la mejor solución para la laguna. Sabemos que el Concejo, en su mayoría, no está de acuerdo con la creación de un municipio.

  Queremos mejorar la laguna y nos basamos en el numeral 5) del artículo 12, Capítulo IV, de la Ley Nº 19.272, de descentralización, que dice: “Designar representantes del Municipio en actividades de coordinación y promoción del desarrollo local y regional”. Precisamente, hace quince días se votó por unanimidad la creación del representativo distrital de la laguna, que estará integrado por cinco representantes. Cada uno de los concejales elegirá a uno y el alcalde designará al presidente de ese representativo; serán honorarios. Además, se solicita al señor intendente la creación de la figura de un secretario rentado, y la asignación de maquinaria. Ese representativo deberá reunirse quincenalmente para pasarnos luego a nosotros todas las inquietudes y las ideas. Se busca que sea cien por ciento integrado por vecinos de la laguna y no de afuera. Como bien expresa ese numeral, dichos representantes deberán coordinar y promover el desarrollo local y regional. Es decir que el Concejo tiene esa idea y ha tratado el tema del Municipio, e insisto en que no están convencidos de esa creación.

  Cuando me referí al asistencialismo lo hice por ciertos planes chicos que han llegado directamente de parte del gobierno nacional. Por ejemplo, Uruguay Trabaja llegó directamente a la Laguna, y hace poco tiempo el Ministerio de Educación y Cultura hizo llegar un proyecto musical del que no puedo recordar el nombre. A la vez, la Secretaría Nacional del Deporte continuamente se ha reunido con vecinos de la Laguna y se han tomado decisiones de parte del gobierno nacional. Lo que llega del gobierno departamental siempre pasa por Río Branco ‑ya que pertenece a ese lugar‑, por lo que hay un contacto y es algo que va en el mismo sentido y en la misma línea.

SEÑOR PRESIDENTE.‑ Quisiera pedir una precisión a raíz de lo último que se expresó. ¿Con quién coordina el gobierno nacional para llevar esos proyectos?

SEÑOR MOREL (Christian).‑ No voy a contestar lo que siento, sino lo que debo responder: no lo sé.

SEÑOR CAGGIANI (Daniel).‑ Me sumo a la bienvenida al alcalde; sabemos que viene de un largo viaje, y creo que es importante que las figuras municipales también puedan tener una voz en esta Comisión, ya que parte de lo que trabajamos tiene que ver con dar mayores competencias y potestades al Concejo Municipal y no solo al alcalde, que es una de las figuras de este nuevo nivel de gobierno. Creo que también es bueno que estos sean actores políticos y puedan tener su voz en los temas nacionales y normativos.

  En realidad, a raíz de una iniciativa presentada por el diputado Fratti ‑que el diputado Yurramendi ha expresado que comparte‑, que surgió de una reunión de vecinos, aquí estamos discutiendo la posibilidad de deslindar desde el punto de vista del distrito electoral el funcionamiento de parte de la Laguna del Municipio de Río Branco. No estamos considerando la creación de un municipio porque, en realidad, ese es un resorte de la Junta Departamental, que tiene determinado nivel de autonomía, y serán los actores locales del departamento los que definirán, en función de la correlación de fuerzas, si podrá existir o no esa posibilidad. Es más: ustedes ya han tomado una serie de iniciativas para lograr que el gobierno se acerque a esa localidad que es muy importante, y que sin duda tiene un peso muy relevante en el turismo.

  La pregunta que yo haría sería al revés, es decir, ¿en qué dificultaría el trabajo que tiene hoy el Municipio de Río Branco que este distrito esté separado en su funcionamiento cotidiano? ¿Eso generaría un perjuicio para ustedes como Municipio? ¿Tendrían un perjuicio extra? Lo pregunto porque me parece que eso es lo que estamos intentando divisar. Después, cada uno podrá tener una opinión acerca de si operativamente eso sería mejor o no para la Laguna, lo que seguramente el alcalde debe conocer mucho mejor que nosotros porque está en el métier. Creo que el encare de la pregunta debería ser por ese otro lado porque, en realidad, nosotros por ahora estamos analizando ese tema, y esa es la competencia que tenemos.

SEÑOR MOREL (Christian).‑ En realidad, las preguntas vienen a mí y yo tengo que contestarlas y no evadirlas. Yo no le he encontrado nada positivo a esa iniciativa y no me han sabido explicar cuál es la idea de deslindar la Laguna, más allá de la creación de un Municipio; no hay otra explicación que no sea la intención de crear un Municipio, porque no tiene nada positivo y no han logrado explicarme ‑por suerte, porque si no yo acá hablaría con más certeza‑ el porqué del deslinde. Por eso digo que yo hoy no le veo nada positivo al hecho de deslindar a la Laguna y sí le veo cosas negativas. ¿Por qué? Porque hoy estamos nosotros, pero siempre hay que pensar más allá y yo siento que mientras la figura del Concejo de Río Branco tenga esta obligación con el balneario ‑porque es una obligación‑ siempre le va a prestar más atención y va a trabajar mejor que si existe un deslinde de la Laguna y queda como un barco a la deriva, perteneciendo en un cien por ciento a la Intendencia. Si mañana hubiera un Concejo al que se le antojara no ir a levantar la basura por líos políticos, porque no vamos a ser hipócritas y decir que no existen líos políticos ‑seríamos muy hipócritas si lo hiciéramos‑, eso va a depender en su totalidad de Río Branco, y así sucederá en todo. Quien tiene que hacer la asistencia más pronto es Río Branco. Si hay un accidente, quienes tienen que ir son los inspectores de tránsito de Río Branco; si hay que arreglar una luminaria que se cortó, tienen que ir desde Río Branco. Entonces, si nosotros generamos este deslinde, la Laguna quedaría más apartada y sería más difícil que le llegaran ciertos servicios. Eso es claro. A los pueblos del interior a veces nos cuesta un poco más llegar a la capital. Entonces, al balneario le va a costar muchísimo más llegar a la capital del departamento; al pertenecer a Melo, es decir a la capital, le va a costar muchísimo. Y esto lo estoy diciendo ahora, cuando ya van tres años y dos meses de gobierno y falta poco para que termine. Entonces, siempre pensando desde el punto de vista de los vecinos, quiero decir que está bien claro por qué fue creada esta ley y considero que si la Laguna sigue dependiendo va a tener mejor proyección turística, y un montón de aspectos mejores, que hoy le permiten ser un balneario como el que es, ya que sin tener municipalidad y un montón de cosas, Río Branco va invirtiendo allí, aunque esto no se hace solo con dinero, sino brindando asistencia día a día frente a los problemas que se generan. El compromiso que tiene el Concejo con la Laguna es muy grande y yo pienso que tendría que seguir.

SEÑOR ASTI (Alfredo).‑ Simplemente, quisiera hacer una consideración por algo que expresó el alcalde tanto en esta última respuesta como en una anterior. Cerro Largo tiene otros Municipios con menos de dos mil habitantes ‑que es lo que hoy la legislación prevé‑, como Arbolito, Tupambaé y Ramón Trigo. Es decir que como departamento tiene experiencia en armar una infraestructura de esa manera. Inclusive, muchos de esos Municipios fueron a solicitud del actual intendente de Cerro Largo. Por tanto, supongo que si existiese voluntad política, también la Laguna podría tener las condiciones como para armarse como Municipio y dejar de depender del de Río Branco, como en definitiva parece ser la voluntad de quienes se contactaron con esta Comisión, solicitando este procedimiento inicial que no tiene que ver con la creación de un Municipio, pero que seguramente podría llevar a ello, ya que lo único que hace es separar la jurisdicción electoral, que es una competencia estrictamente nacional y no departamental.

SEÑOR MOREL (Christian).‑ Quiero aclarar que Ramón Trigo, Plácido Rosas y Arbolito son como una plataforma porque tienen trescientos habitantes todo el año. La Laguna Merín tiene setecientos cincuenta habitantes, pero en una época sube a diez mil y luego baja a cinco mil y cuatro mil. Eso significa que en determinado momento los problemas del balneario son muy grandes y no es una plataforma como Arbolito, en la que se puede armar un presupuesto y no tiene problemas todos los días. Por ejemplo, Arbolito, en 2017, tuvo dos accidentes de tránsito, mientras que la Laguna tuvo veintidós en enero. Por lo tanto, desde mi punto de vista, no podemos comparar esos Municipios, que todo el año tienen igual cantidad de gente, con la Laguna. Plácido Rosas saca una tonelada de basura por mes; Ramón Trigo saca aproximadamente lo mismo y Arbolito un poquito más, es decir aproximadamente quince toneladas al año. La Laguna saca cuarenta toneladas de residuos por año. Es verdad que Cerro Largo está preparado, pero a mi juicio ‑lo digo estando en el territorio‑ no podemos comparar las necesidades y problemas que ha tenido el balneario, que el Municipio de Río Branco ha debido solucionar continuamente por esa pertenencia, lo que le ha permitido al vecino de la Laguna estar siempre apoyado, con una unión del Municipio.

  Como ejemplo, puedo mencionar que antes de venir aquí estuve en el Ministerio de Turismo, donde tuve una reunión importante ya que lo que el Ministerio necesita y quiere hacer en Río Branco depende cien por ciento del Municipio y sabe que lo puede hacer junto con el Municipio porque está preparado para afrontar ciertas cosas. Cuando se hacen actividades del MEC, dividimos tareas, pero es necesario saber que si el balneario tuviera que afrontar un montón de cosas en base a lo que hacen Arbolito y Ramón Trigo, de acuerdo con los funcionarios y las obligaciones que tiene, no se podría proyectar de la misma manera, porque repito que hay dos, tres, o cuatro meses fatales.

SEÑOR PRESIDENTE.‑ ¿Cuántos habitantes tiene Río Branco?

SEÑOR MOREL (Christian).‑ Veinte mil.

SEÑOR PRESIDENTE.‑ La formación de este nuevo grupo, ¿podría ser una vieja Junta Local designada por el intendente?

SEÑOR MOREL (Christian).‑ No; por el Municipio en base a la Ley Nº 19.272, ya que uno de los artículos establece que el intendente y el alcalde tendrán las mismas potestades dentro de la tercera sección.

SEÑOR PRESIDENTE.‑ ¿Y la elección de los representantes?

SEÑOR MOREL (Christian).‑ Tal como lo establece el numeral 5) de la ley, los Municipios tienen la atribución de: “Designar representantes del Municipio en actividades de coordinación y promoción del desarrollo local y regional”. Es decir que nosotros, como Concejo, vamos a nombrar cada uno a un vecino, y esto mismo lo podemos hacer en el Poblado Uruguay, y ese es otro lugar. Poblado Uruguay es más grande que Arbolito, ya que tiene cuarenta o cincuenta casas y tal vez Arbolito tenga algunas más, pero ahí no hay inquietud de generar un Municipio ni de deslindarse. En La Coronilla hay 170 kilómetros de caminería rural que pertenecen a Río Branco; La Coronilla tiene veintiocho casas, está a diez kilómetros, y tiene que ir Río Branco a juntar todo, etcétera. Entonces, en esos centros poblados chicos se puede generar esto que nos autoriza la ley, que son representantes del Municipio.

SEÑOR CAGGIANI (Daniel).‑ La idea no es polemizar con el alcalde porque, además, él es un conocedor de estos temas, pero la pregunta que hice refería a cuáles eran los inconvenientes para la Junta o para el Municipio de Río Branco y no para la Laguna. En lo relativo a la Laguna, podemos coincidir o no, pero queríamos saber cuál es la opinión negativa que tendría el Municipio, o en qué afectaría negativamente al Municipio de Río Branco esta separación. Es más: yo pensaría que hasta sería positiva, porque en realidad el Municipio se podría dedicar mucho más a las veinte mil personas que viven allí y quizás prestarle los mismos servicios. Entonces, concretamente, quisiera saber cuáles serían las afectaciones que podría tener esta separación no para la localidad que se separaría, sino para el Municipio en términos de sus competencias y resultados.

SEÑOR MOREL (Christian).‑ En realidad, no entendí bien la pregunta porque si no habría contestado sin dudar. Ese sería un alivio y una solución para Río Branco; habría cincuenta mil cosas a favor para Río Branco, pero yo estoy pensando desde el punto de vista de la Laguna y del vecino y morador de ese lugar. A nivel del Municipio, les puedo asegurar que sacaría muchísimos dolores de cabeza y si llego a ser alcalde de nuevo, en enero me iría de vacaciones y no me tendría que clavar todo el mes en la Laguna, que me genera cincuenta mil problemas; lo tengo reclaro y es real que le sacarían un peso gigantesco a Río Branco, ya que muchísimas obligaciones que tiene no las tendría más.

SEÑOR PRESIDENTE.‑ Considero que quedó claro el tema.

  Aprovecho a aclarar frente al alcalde que es cierto que en la sesión pasada se dijo que se iba a citar a los vecinos, a la Junta, al intendente y al alcalde. El tema es que hoy hay sesión extraordinaria a la hora 14 y se consideró que no podríamos recibir más de estas dos visitas. Por lo tanto, estaremos realizando esas citaciones para la próxima sesión.

SEÑOR MOREL (Christian).‑ A modo de anécdota, quiero decir que no tengo ni idea de quiénes son los vecinos que van a recibir, pero quiero contarles que la Laguna no solo genera muchos problemas, sino que debe ser muy particular en todo el país porque es el único centro poblado tan chico que tiene diez comisiones, ya que los vecinos no han logrado entenderse entre ellos. Nosotros tenemos cuatro comisiones en Río Branco y ellos tienen diez, y las puedo nombrar porque las conozco. Quiero que eso quede bien claro para no estar a merced de dos o tres vecinos que tal vez puedan tener la posibilidad de llegar, pero que no representan lo que verdaderamente piensan los vecinos de la Laguna. En un caso como este, tal vez sería más fácil que la Comisión fuera al territorio y no que recibieran a dos o tres vecinos que quizás lleguen con un planteo que no es representativo. Lo aclaro porque soy un peleador por la descentralización. Reitero: sería mejor que los diputados fueran al interior del país y no que reciban a tres o cuatro vecinos que vienen porque tienen la suerte de estar jubilados o de poder pagar el pasaje, pero no exponen el verdadero problema.

  Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.‑ Agradecemos la presencia del alcalde Christian Morel.

(Se retira de sala el alcalde del municipio de Río Branco, señor Christian Morel)

(Ingresa a sala el diputado Nicolás Olivera)

——Antes de pasar al segundo punto del orden del día, cabe señalar que me parece buena la apreciación del alcalde. No me refiero a su visión sobre el tema, sino al planteo que hizo en cuanto a la posibilidad de que la Comisión vaya al lugar en el que se presenta este problema y que no hagamos venir a los vecinos, a los representantes de la Junta Departamental y demás. Podríamos evaluarlo. Si no, tendríamos que citar para la semana próxima al grupo de vecinos; aclaro que se presentaron ciento diez firmas. También habría que citar a los representantes de la Junta Departamental y al intendente.

  De manera que pongo a consideración de la Comisión si no sería más conveniente coordinar alguna fecha para que nosotros vayamos hasta el lugar.

  (Apoyados)

SEÑOR CAGGIANI (Daniel).‑ Estoy de acuerdo con la propuesta.

  Quiero referirme a otro punto, porque llegué tarde.

  Por suerte, esta es una de las pocas Comisiones que cuenta con asesoramiento jurídico, lo cual es muy importante. Además, sabemos que el doctor Abisab trabaja con mucha responsabilidad y profesionalismo. La Comisión acaba de resolver pedirle un informe jurídico, lo cual entiendo no corresponde desde el punto de vista institucional. Entiendo que nosotros podríamos pedir un informe jurídico a cualquier cátedra de Derecho de cualquier universidad, pública o privada, pero me parece que desde el punto de vista del trabajo de esta Comisión no corresponde pedir que el doctor Abisab haga un informe jurídico con consideraciones políticas. Lo digo porque tengo respeto por el profesional. Más allá de las apreciaciones que ha hecho fuera de la versión taquigráfica ‑pueden ser compartibles o no‑, entiendo que no corresponde institucionalmente solicitar que haga un informe jurídico por escrito.

SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).‑ Entiendo que lo que plantea el diputado Caggiani es correcto. Tuvimos la misma actitud con respecto a la Mesa de Ediles; es decir, solicitamos un informe jurídico fuera del ámbito de la Comisión. Además, respaldaría, en el futuro, la opinión de nuestro asesor. Creo que hay que pedir el informe en otro ámbito.

SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).‑ Quizás, sea como lo plantean; lo desconozco; hay legisladores y legisladoras que tienen más experiencia. Entonces, ¿qué sentido tiene que contemos con un asesor jurídico en la Comisión si no puede hacer un informe? Puedo compartir que el informe académico sea importante y contundente; inclusive, lo podríamos pedir, en forma paralela, pero nosotros contamos con asesoramiento profesional en forma permanente. Me pregunto para qué tenemos un asesor legal al cual no se le puede pedir información en forma continua, salvo una opinión más, que puede ser desde el punto de vista jurídico. No estoy planteando revisar el trabajo de la Comisión, sino cuál es el objetivo de esta integración. Digo esto con todo respeto por el profesional, que ha hecho un gran trabajo en esta Comisión.

SEÑOR PRESIDENTE.‑ En principio, tal como resolvimos en una primera instancia, solicitamos el informe jurídico al doctor Abisab, si están de acuerdo.

SEÑOR CAGGIANI (Daniel).‑ No estoy de acuerdo. Pido que se vote, por lo menos para que quede constancia de mi voto en contra en la versión taquigráfica.

SEÑOR PRESIDENTE.‑ Entonces, vamos a considerar la moción de solicitar al doctor Abisab un informe jurídico, no político ‑después, cada uno de nosotros lo manejará desde el punto de vista político‑, sobre la exclusión del territorio de la Laguna Merín del municipio de Río Branco y la posibilidad de la posterior formación de un municipio. Precisamente, el doctor Abisab informó al respecto, señalando el problema que advertía en el tránsito de una situación a la otra.

  Se va a votar si se pide el informe jurídico al doctor Abisab.

  (Se vota)

——Dos en siete: NEGATIVA.

  Entonces, se va a votar si se pide el informe a la cátedra correspondiente.

  (Se vota)

——Cinco en siete: AFIRMATIVA.

  Corresponde considerar la posibilidad de viajar y hacer las reuniones en la zona de la Laguna Merín.

  (Apoyados)

——Por lo tanto, no citaremos a los vecinos.

SEÑOR VIERA (Tabaré).‑ He acompañado favorablemente la moción de pedir el informe al doctor Abisab no por desconocer que podemos pedirlo a la Cátedra o a especialistas ‑obviamente, sabemos que estarán muy bien fundados y serán bienvenidos‑, sino porque contamos con un asesor jurídico en la Comisión, lo cual es un privilegio, y entiendo que para algo contamos con él. Si nos vamos a empezar a manejar con informes jurídicos externos, no precisamos contar con un asesor en forma permanente. Me parecía que con el informe jurídico del doctor Abisab era suficiente.

  Gracias.

SEÑOR FRATTI (Alfredo).‑ La verdad es que llegamos tarde a esta reunión porque coincidió con la sesión de la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca, en la que también debíamos estar presentes.

  En realidad, hay un acuerdo entre los diputados del departamento ‑el diputado del Partido Nacional y el del Frente Amplio; no hay más diputados por ese departamento‑ y los vecinos, que juntaron el doble de las firmas necesarias que se requieren para la formación de un municipio en cualquier lado. Según me dijo el diputado Yurramendi, esas firmas fueron entregadas acá. También me dijo que hoy habló por teléfono con el señor presidente de la Comisión para manifestarle su posición a favor de deslindar el territorio de la Laguna Merín.

  Esta es una cuestión absolutamente política. Habría que revisar si está bien o no lo del distrito. El alcalde y el intendente de Cerro Largo tuvieron esa idea de inventar la nueva figura del distrito en Laguna Merín.

  Lo que los vecinos, el diputado Yurramendi y yo entendemos es que se está dando largas a este asunto; si esto no se vota en octubre, se verá postergada la posibilidad de elegir un alcalde, como es voluntad de los vecinos, en las próximas elecciones.

  Desde el comienzo, sabemos que el alcalde y el intendente no están de acuerdo con la creación del municipio. Si no fuera así, los vecinos hubieran recurrido a ellos; eso era mucho más fácil que hacernos el planteo a nosotros.

  Los únicos representantes políticos del departamento están de acuerdo en llevar adelante esta iniciativa. Por lo que veo, todo el tiempo que insumen estas consultas hará que no se pueda cumplir con los plazos. Después se dice que el Parlamento demora; estamos pidiendo asesoramiento. No hay ningún problema en deslindar esta zona. Además, las firmas fueron presentadas en tiempo y forma; de acuerdo con lo que me dijo el diputado Yurramendi, se presentaron en agosto; se las puede presentar inmediatamente en la Junta. Él me informó que los ediles del Partido Nacional que responden a su sector están dispuestos a votar. Y como los representantes del Frente Amplio también están dispuestos a votar, no hay tragedia.

  El alcalde de Río Branco ha dicho que van a quedar en el limbo, que al deslindar ese territorio no los va a atender nadie. Y el intendente ha dicho que si se deslinda, hay que tener cuidado porque capaz que suben las contribuciones. Yo digo que las contribuciones subirán tanto como en los otros municipios. Además, es vox populi que se presentará un requerimiento para la creación de cuatro o cinco municipios más en el departamento de Cerro Largo que no llegan ni a cien personas. ¿Cuál es la tragedia con la Laguna? Es un capricho; no hay otra explicación, porque esa zona tiene más cantidad de gente permanente que la mitad de los municipios que ya existen. Ni hablemos del verano, porque en la temporada allí hay más de 10.000 personas. Los vecinos están aburridos de que llegue noviembre o diciembre y el pasto esté a la altura de los alambrados. Y como han visto que las zonas en las que hay municipios la situación ha mejorado, es lógico que quieran tener un municipio. Hay un capricho político. Yo creo que si el diputado Viera pregunta sobre esto a su correligionario de Río Branco, que es un tipo de bien, le va a decir lo mismo que yo.

  Además, muchas veces, en los departamentos del interior, hay cierta rispidez entre las poblaciones, aunque estén cerca; el presidente de la Comisión, que fue intendente, lo sabe. La zona de la Laguna Merín nunca tuvo nada que ver con Río Branco: el pueblo es distinto, la gente vota de forma diferente, así como nos pasa con Melo; por eso allí había una junta autónoma, la más vieja del país, hasta que se transformó en municipio. En Laguna Merín pasa lo mismo; allí hay una población de aluvión, gente que va para esa zona para vivir de una forma más barata, que no tiene nada que ver con la población de Río Branco, que es de frontera, con sus particularidades.

  Lamento tener que volver allá a decir que por cuestiones burocráticas y de trámite el Parlamento aparece otra vez como inoperante y que esto no tendrá solución en este período. Los vecinos vienen haciendo este planteo desde la campaña electoral pasada. Hubo demoras porque es difícil hacer algo cuando todos los días los vecinos reciben la presión de que si hacen tal o cual movida van a quedar poco menos que huérfanos.

  Agradezco al presidente de la Comisión por permitirme hacer uso de la palabra. Esto tiene que quedar claro: si el deslinde de este territorio no se concreta es, claramente, por una cuestión política. Peor aún, es por una cuestión política partidaria menor, por luchas intestinas en el partido que gobierna en el departamento. Hay que decirlo claramente. Si los dos representantes que hay ‑porque no hay otros‑ están de acuerdo, ¿cuál es el móvil político? ¿O alguien piensa que vamos a venir acá, con el diputado Yurramendi, sin haber hablado con los vecinos? ¿Alguien piensa que nosotros nos pusimos a juntar las firmas? Se requieren cincuenta o sesenta firmas; sin embargo, juntaron como ciento cincuenta. Casi la mitad de la población firmó. No sé que más se precisa para conocer la expresión de la gente.

  Ahora quieren llamar a todos. Van a llamar al intendente. Yo les puedo adelantar lo que va a decir; yo he hablado con Sergio: no dirá ni que sí ni que no, pero claramente si se inventa un distrito en la Laguna es porque no están de acuerdo. Si no, no lo van a inventar. Qué casualidad que ahora que el tema se está tratando en la Comisión se crea un distrito en la Laguna. Además, fue casi dictatorial. Se dijo que fue por unanimidad. ¡Mentira! El delegado concejal del Frente Amplio no estaba. Así que hubo unanimidad de presentes, pero no de integrantes. Y se va a formar una junta solo con representantes del Partido Nacional, porque la actuación del señor alcalde en este caso es tan lamentable que el Frente Amplio ya decidió no participar de ese mamarracho.

  Estaría bien hacer la consulta desde el punto de vista jurídico, porque esto es inédito, es una innovación total, como otras cosas a las que nos venimos acostumbrando, a la manera de Cerro Largo.

  Gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.‑ Quiero decirle al diputado Fratti que nosotros tenemos la obligación de considerar todas las situaciones y convocar a quienes consideremos necesario para tomar una decisión.

  También quiero decir que en la sesión pasada el diputado Yurramendi planteó alguna duda respecto a la declaratoria de interés turístico de Río Branco, y pidió explicaciones. Por eso le pedimos una aclaración al doctor Abisab. Planteó una sana duda.

  Nosotros, como Comisión, tenemos el derecho de convocar a quien consideremos necesario para tomar una decisión.

  Honestamente, no me quedó clara la situación. En este caso, se está pidiendo la exclusión de un área; no se está pidiendo la formación de un municipio. Quizá, en el futuro, se conforme un municipio, pero ahora no se plantea crear un municipio.

  Por otra parte, como Comisión, no vamos a entrar en problemas políticos ni partidarios. Lo que tenemos que hacer es que tomar las decisiones como siempre: agotando las instancias necesarias.

SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).‑ En el mismo sentido que el presidente, quiero decir que estamos tratando un proyecto de ley sobre los límites jurisdiccionales y la modificación de una ley de 1960, no sobre la creación de un municipio. La creación de municipios está contemplada en la ley y requiere iniciativa del intendente, de la junta departamental o de los vecinos y, por ahora, no se ha solicitado, aunque sabemos que es el fin que se persigue.

  Quisiera hacer una consulta al asesor jurídico. Disculpen mi ignorancia, pero no me queda claro cuáles son los plazos para plantear la creación de un municipio. Se habla de octubre, pero creo que hay una mala interpretación sobre el plazo para que ese nuevo municipio pueda ponerse en funcionamiento.

  Reitero que no hay que mezclar los tantos; estamos tratando otro tema y actuando como corresponde.

SEÑOR ASTI (Alfredo).‑ Como la Comisión resolvió hacer una consulta jurídico‑ técnica sobre el tema, propongo incluir otra sobre la creación de este distrito que nos mencionó el alcalde de Río Branco.

SEÑOR CAGGIANI (Daniel).‑ Entiendo que el diputado Fratti tenga apuro, porque el proyecto se presentó hace mucho tiempo, estuvo en otra comisión y no fue tratado. Nosotros, como Comisión, planteamos la necesidad de que se considerara en este ámbito, donde hemos trabajado con tiempo y responsabilidad.

  Comparto que tenemos necesidad de recibir autoridades; inclusive, sería bueno que la Comisión fuera al lugar, junto con los diputados Fratti y Yurramendi, para hablar con los vecinos.

  Tenemos un punto a favor, que es el beneplácito del alcalde en cuanto a lo que sería positivo para el Municipio de Río Branco, el distrito y la consideración del tema. Eso es importante; es una de las dudas que planteó el presidente cuando comenzamos a considerar este tema. Es un elemento a tener en cuenta, porque se trata de un actor político importante.

  Me sumo a las consultas de los señores diputados Andújar y Asti en cuanto a los plazos necesarios. Entiendo que en los temas departamentales el plazo es un año antes de la elección, o sea que mayo sería la fecha límite. Pero hay que tener en cuenta que los municipios tienen ‑por suerte, desde hace mucho tiempo‑ recursos de origen nacional y que el presupuesto nacional no se puede afectar el último año. Entonces, hay un límite difuso que sería bueno que aclarara el asesor.

SEÑOR ABISAB (Ernesto).‑ Preferiría analizarlo en profundidad antes de dar una respuesta.

SEÑOR PRESIDENTE.‑ Corresponde considerar el asunto que figura en segundo término del orden del día, para el cual le damos la bienvenida al diputado Nicolás Olivera, quien va a fundamentar la presentación del proyecto de ley sobre fortalecimiento de los municipios.

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).‑ Agradezco la invitación de la Comisión.

  Voy a dejar un comparativo sobre el proyecto presentado y la ley vigente, para que sea distribuido.

  El proyecto de ley que hemos presentado responde a los ajustes necesarios que requiere un proceso que ha venido profundizándose y que creemos que es momento de continuar haciéndolo, a la luz de la experiencia. Hay algunas cuestiones que innovan, pero el leitmotiv es profundizar el proceso y generar una descentralización efectiva en cuanto a lo jurídico.

  También hacemos hincapié en la definición clara de la competencia local. Aportamos elementos para un nuevo régimen de control y coordinación por parte de los concejos municipales, e incorporamos algunas normas vinculadas con la administración directa de los recursos. Sé que desde hace un tiempo han recorrido distintos lugares, generando reuniones y manteniendo contacto permanente con los municipios y sus realidades. Los temas que les han planteado los municipios ‑también lo han hecho a las juntas departamentales, que son el órgano natural de contralor de la actividad municipal, y al Tribunal de Cuentas‑ han generado una masa crítica de elementos que hacen necesario aclarar la ley e innovar en algunas cuestiones importantes.

  Me gustaría explicar rápidamente a qué responde cada modificación que planteo.

  En cuanto al artículo 1º del proyecto, en lo que tiene que ver con la materia departamental, queremos incorporar una novedad. Establecimos: “Desarrollar políticas públicas destinadas al desarrollo económico y social del departamento, promoviendo acciones concretas para mejorar las condiciones de vida de la población del departamento, sin perjuicio de la competencia de las autoridades nacionales en la materia”. Sabemos que los gobiernos departamentales son recurrentemente observados por el Tribunal de Cuentas por algunas cuestiones, puesto que, de acuerdo con el criterio del Tribunal, no tienen norma habilitante. Por ejemplo, algo muy recurrente es el tema de la vivienda, en el que los gobiernos departamentales incursionan y el Tribunal de Cuentas los observa. Estamos abriendo un paraguas un poco más amplio para legitimar determinadas acciones de los gobiernos departamentales, que hoy terminan siendo observadas por el Tribunal de Cuentas.

  En el artículo 2º propuesto establecemos algunas modificaciones al artículo 7º de la Ley N° 19.272. Al final del numeral 2) incorporamos la expresión “dentro de los que se incluyen”, que figura en negrita, porque la materia municipal no es un numerus clausus; no es taxativa, sino enunciativa.

  En el segundo inciso del numeral 2) del artículo 2º, agregamos: “El control de fincas ruinosas, ocupación de espacios públicos, ferias y venta ambulante de alimentos”. Algunas de estas cuestiones no estaban previstas en la ley original de descentralización, sobre todo lo relativo a la ocupación de los espacios públicos y la venta ambulante de alimentos.

  En el siguiente inciso, cuando se hace referencia al servicio de necrópolis, agregamos “salvo la existencia de un decreto departamental […]”, porque antes se hablaba de una disposición.

  En el cuarto inciso, se establece: “El seguimiento, control y ordenamiento del tránsito en el marco de las disposiciones nacionales y departamentales vigentes”. Había una redacción un poco confusa, porque se hablaba de la señalización y no se hacía referencia al tránsito en sí.

  En el siguiente inciso, se incluye: “La recolección y disposición final de residuos, salvo la existencia de una norma departamental motivada en la racionalización del servicio se le asigne al Intendente, en cuyo caso mantendrán el seguimiento y control de la prestación efectiva del servicio”. En este caso, se define claramente que la recolección de residuos es materia municipal, salvo que el intendente entienda ‑esta es una novedad‑ que debe hacerlo para una racionalización del servicio; esa es la motivación que debe tener para hacerse cargo de esta actividad. Aun cuando este servicio no sea prestado por el municipio, se dejará a su cargo el seguimiento y control de su prestación efectiva.

  En el numeral 3) del artículo 7º que se pretende modificar agregamos la palabra “directa”, que es muy importante. Nos referimos a “La administración directa de los recursos financieros […]”.

  En el numeral 4), hablamos de “La administración de los recursos humanos que cumplen tareas en la jurisdicción del Municipio, […]”. Este es un tema muy importante, y lo profundizamos en el numeral 5) del artículo 12, en el numeral 21) del artículo 13 y en el numeral 7) del artículo 14. Sabemos que hay determinados municipios que no tienen control sobre los recursos humanos, lo que genera un serio problema. Lo que importa es cuál es la materia municipal. Hay distintos conceptos que es bueno manejar.

  Cuando hablamos de los recursos humanos, ha habido diferentes interpretaciones en los gobiernos departamentales sobre el alcance de su manejo; inclusive, se ha planteado que, en alguna instancia, los concejos o el alcalde no tienen la dirección de esos recursos humanos. Creemos que se debe tener claridad en cuanto a algunos conceptos, como los cometidos, las atribuciones, las competencias y qué es la materia municipal.

  Los cometidos son las tareas o actividades que va a desarrollar el municipio.

  Las atribuciones son los poderes jurídicos que se le otorgan para cumplir con esos cometidos.

  Creemos que en todo lo que tenga que ver con la materia municipal, el gobierno departamental debe suministrar recursos humanos y materiales, y el gobierno local o municipal debe utilizarlos. Entones, es importante que tenga el poder de dirección y de sanción ‑el poder disciplinario‑, que está reconocido en la ley.

  Cabe mencionar que todos los funcionarios que cumplen una actividad correspondiente a la materia municipal están sometidos a la administración del Concejo Municipal.

  En el numeral 7), incluimos la celebración de contratos dentro del área de su competencia, además de los convenios. Agregamos los contratos porque había dudas. Esto viene de la mano de lo que los gobiernos locales están solicitando en cuanto a contar o no con personería jurídica. Nosotros creemos que si tienen la potestad de celebrar convenios, también tienen la de celebrar contratos, sin necesidad de aclararlo, pero haciéndolo se zanja una discusión.

  En el numeral 8) de este artículo proyectado, hablamos de “El conocimiento de las obras públicas a implementarse en su jurisdicción, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 13 de la presente ley”. En este caso, establecemos que tiene que haber una mejor comunicación entre la intendencia y los municipios, algo que a veces no se da. Muchas veces, aparecen las intendencias generando obras sin que los municipios estén en conocimiento.

  El numeral 9), dice: “Los servicios y actividades que se acuerde asignar a los Municipios en el marco de lo previsto en el artículo 262, inciso 5º de la Constitución de la República”. Precisamente, en la Constitución se dispone: “Los Gobiernos Departamentales podrán acordar, entre sí y con el Poder Ejecutivo, así como con los Entes Autónomos y los Servicios Descentralizados, la organización y la prestación de servicios y actividades propias o comunes, tanto en sus respectivos territorios como en forma regional e interdepartamental”. La idea es incluir a los municipios en esas posibilidades de acuerdo.

  En el numeral 10), en los proyectos de cooperación internacional comprendidos en su circunscripción territorial, queremos que el municipio ejerza la representación, para que pueda atraer ese tipo de iniciativas.

  En el numeral 13), decimos que serán materia municipal los asuntos que la junta departamental asigne a los municipios a iniciativa del señor intendente departamental o del concejo municipal. Esta es una cuestión importante. Hasta ahora, en el proceso de descentralización, la única iniciativa que se reconoce a los municipios frente a las juntas departamentales es la de proponer los proyectos de reglamento en determinado plazo. Esa era la única iniciativa que se reconocía en forma directa a los municipios o concejos municipales frente a las juntas departamentales. En este caso, también dotamos al concejo municipal de esa iniciativa frente a la junta departamental, para asignarle competencia en otros asuntos.

  Agregamos un numeral 14), que establece: “Administrar las propiedades, edificaciones y bienes departamentales que se encuentren dentro de su jurisdicción afectadas al funcionamiento y el desarrollo de las competencias del Municipio”. Parece que esto debería ser así, pero es necesario aclararlo, porque se dado la situación de que, en algunos municipios, los intendentes no dejan entrar a los alcaldes a sus lugares de trabajo o, prácticamente, los toman, lo que genera conflictos serios. Por ello, creo que debe estar meridianamente claro que quien administra las propiedades y las edificaciones que están al servicio del cumplimiento de las competencias municipales debe ser el concejo municipal, sin que exista la posibilidad de que el intendente u otra autoridad se inmiscuyan.

  Además, en el numeral 15), agregamos lo relativo a la promoción de la actividad turística a nivel municipal. Esto no es algo antojadizo; ya está propuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 19.253, de Regulación de la actividad turística.

  Lo mismo hacemos en el numeral 16), que determina: “Propiciar el desarrollo cultural, económico y social dentro de su jurisdicción”.

  En el artículo 3º de nuestro proyecto, proponemos una mínima reforma del artículo 8º de la ley de descentralización. El artículo 8º, establece: “En aquellas zonas del territorio donde no exista Municipio, las competencias municipales serán ejercidas por el Intendente Departamental”. Antes, decía “Gobierno Departamental”; no es una cuestión menor, porque quien ejerce la autoridad administrativa en el departamento es el intendente. Como todos sabemos, el gobierno departamental es la yuxtaposición de dos órganos: la junta y la intendencia.

SEÑOR PRESIDENTE.‑ Quizás no nos dé el tiempo para analizar este proyecto punto por punto. Por ende, le sugiero que sintetice las modificaciones por temas.

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).‑ Lo haré, señor presidente.

  Por ejemplo, en el numeral 4) del artículo 4º introducimos algo similar a lo que prevé el artículo 220 de la Constitución en materia de los presupuestos de los municipios. Como saben, hoy los municipios preparan su presupuesto, lo envían al señor intendente y este eleva a la junta lo que considera pertinente. En el numeral 4) proponemos un sistema similar al del artículo 220, es decir, que los municipios confeccionen su presupuesto, lo sometan a la consideración del señor intendente y que él eleve lo que considere pertinente a la junta, pero incluyendo la propuesta de los municipios. De esa forma, los legisladores departamentales podrán evaluar no solo la propuesta del señor intendente, sino también la original de los municipios.

  Hacemos hincapié en lo que tiene que ver con la administración de los recursos humanos de manera directa, por parte de los municipios. Cuando hablamos de las potestades del alcalde, volvemos a decir que tiene la superintendencia no solo administrativa, sino también la dirección de los trabajos.

  Asimismo, introducimos una modificación en lo relativo al ordenador de gasto del concejo municipal. Hasta ahora, el Tribunal de Cuentas considera que los concejos municipales son ordenadores especiales de gasto; no son primarios ni secundarios, sino de otra calidad. Nosotros sugerimos que los concejos municipales puedan ordenar gasto hasta el límite de la asignación presupuestal de su respectivo programa. Parece una verdad de Perogrullo, pero lo reconocemos de forma expresa.

  Es más: ante un posible exceso por parte de los concejos municipales, prevemos un mecanismo para la suspensión de la calidad de ordenador de gasto. ¿Por qué? Por lo que se estipula en el numeral 6) propuesto, que dice: “[…] Dicha atribución podrá ser suspendida o limitada por decisión fundada de la Junta Departamental adoptada por tres quintos del total de sus componentes, previo dictamen del Tribunal de Cuentas, si se evalúa en forma negativa la gestión del Concejo Municipal en relación al manejo de los recursos públicos”. Esta es una novedad. Queremos dar autonomía a los gobiernos locales para que puedan realizar sus actividades, ordenando los gastos que corresponda, de acuerdo con el límite de su asignación presupuestal, pero, por si no cumplen o se exceden en dichas competencias, prevemos un mecanismo de control por el que esa atribución se pueda suspender. Esto tiene cierta similitud con algún mecanismo previsto en el Tocaf para otras actividades.

  Por otra parte, planteamos la posibilidad de delegar en el alcalde la atribución de ordenar gastos.

  También proponemos que puedan realizarse trasposiciones de rubros, lo que hasta ahora no estaba considerado. Sabemos que algunos presupuestos de los gobiernos departamentales limitan esa posibilidad a los municipios. Creo que habla de una buena administración que los municipios que no ejecutan en su totalidad ciertos rubros puedan hacer las trasposiciones necesarias para cumplir con sus cometidos.

  En el artículo 5º de nuestro proyecto ‑que modifica el artículo 13 de la Ley Nº 19.272‑ establecemos la posibilidad que los consejos municipales puedan “Coordinar con el Intendente Departamental o con quien este designe el plan de obras […]”. Se da que, según la relación que existe entre el intendente y los municipios, estos conocen o no las obras que se van a hacer en sus jurisdicciones. Muchas veces, aparece el intendente con su equipo anunciando o realizando determinadas obras de las que los concejos municipales no tienen el debido conocimiento. Por eso, hacemos hincapié en que respecto de las obras que no son materia municipal, sino departamental, el señor intendente debe poner en conocimiento a los municipios.

  En cuanto a las atribuciones, hablamos del aprovechamiento, la conservación y el mejoramiento de los bienes, así como de las zonas destinadas a las ferias y los mercados. También hacemos referencia a la información que debe proporcionar el intendente con respecto a las obras.

  En el numeral 20) del artículo 5º propuesto, se estipula: “Poner en conocimiento del Intendente y de la Junta Departamental los incumplimientos que pudieran constatarse respecto a la actuación de las diferentes dependencias departamentales en los temas de competencia municipal”. Esto también es una novedad. Me refiero al poder de control que se asigna a los municipios para denunciar los incumplimientos.

  Agregamos un numeral para reforzar lo que tiene que ver con el manejo de los recursos humanos en materia de licencias y de traslados de los funcionarios dentro del municipio.

  El artículo 6º refiere a la competencia de los alcaldes. Reforzamos su potestad en la superintendencia de la conducción de los recursos humanos. Parece un tema menor, pero es algo que ha generado mucho debate en los distintos municipios del país, según qué tanto les cierran o les abren los grifos los intendentes a los municipios.

  En este numeral también nos referimos a la representación y a la posibilidad de que los municipios firmen los compromisos o las órdenes de gasto, algo que aún no está previsto.

  En el artículo 7º, hablamos de un tema que fue cambiado por la ley de presupuesto y que resulta medular en lo que hace a la descentralización efectiva; me refiero al régimen recursivo. Una primera versión de la ley incluía la posibilidad de que el régimen recursivo tuviera una instancia ante el señor intendente por cuestiones de legitimidad o legalidad, en un recurso de anulación. Después, la Ley Nº 19.355, de presupuesto, eliminó esa potestad y ahora, en el régimen actual, no podemos decir que existe descentralización si no hay un proceso de desconcentración, y las decisiones de los concejos municipales pueden ser revocadas por cuestiones de mérito por los intendentes. Creemos que eso es entrometerse en la materia propia de los municipios. Por eso consideramos que ese tipo de régimen recursivo conspira contra una verdadera descentralización y que actualmente tenemos un régimen desconcentrado.

  Nosotros proponemos que los municipios tengan el mismo régimen recursivo que los gobiernos departamentales: recurso de reposición frente a los actos administrativos. Y si el alcalde decide la reposición y hay apelación ante el concejo municipal, una vez cumplida la vía administrativa en el municipio, quede la instancia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo. La idea es que no intervenga un órgano jerárquico ‑el intendente departamental‑, porque de esa forma anulamos las competencias de los gobiernos locales.

  En el artículo 9º, nos referimos a los recursos. Incorporamos ‑figura en negrita‑ lo siguiente: “Sin perjuicio de lo establecido en el inciso anterior, la Intendencia deberá destinar un porcentaje de las rentas que se produzcan dentro de la jurisdicción de los municipios que se encuentren fuera de la capital departamental, para atender los cometidos establecidos en el artículo 13 de la presente ley. […]”. Esta es una novedad importante; la idea es asignar parte de los recursos generados en las distintas jurisdicciones.

  Además, volvemos a incorporar algo que estuvo en la discusión presupuestal y que se sacó creo que por error; esto es algo que, en su momento, conversamos con el señor diputado Alfredo Asti. En el texto, se determina: “[…] La existencia de tales asignaciones y programas constituirá una meta dentro de los compromisos de gestión que los Gobiernos Departamentales deben cumplir, para acceder al correspondiente porcentaje de ingresos de origen nacional de la partida que el Presupuesto Nacional establece, según lo previsto en el literal C) del artículo 214 de la Constitución de la República”.

  Hoy no hay un mecanismo de control eficaz, que duela a los gobiernos departamentales y que permita cumplir con lo previsto en el presupuesto para los gobiernos locales. A veces, tenemos lindos presupuestos, que dicen lo que corresponde por determinados programas a los municipios, pero luego estos no tienen la posibilidad de ejecutarlos. ¿Por qué? Porque a veces los gobiernos departamentales no se lo permiten. Entonces, buscamos que el cumplimiento de esas asignaciones y de los programas constituya para los gobiernos departamentales una meta que tengan que cumplir para acceder a determinadas partidas del artículo 214, como estaba previsto en su momento en la ley de presupuesto y creemos que por error se sacó.

  Por otro lado, 1ueremos que los fondos que se deriven de los recursos previstos tengan que depositarse en una cuenta a la orden del municipio. Me refiero a los recursos de origen nacional que hoy están pasando por los gobiernos departamentales y algunos de los cuales no llegan a los gobiernos locales; por eso hablamos de que se puedan manejar de forma directa.

  También ponemos al gobierno departamental en la situación de deber, en cuanto a garantizar la provisión de recursos humanos y materiales para el eficaz cumplimiento de la competencia municipal.

  Como podrán ver, proponemos que el segundo inciso del artículo 12 exprese: “La Cámara de Representantes entenderá en todo lo atinente a las denuncias que se formulen en relación al incumplimiento de la presente ley por parte de las Juntas Departamentales,” ‑en el repartido falta ese “la”‑ “sin perjuicio de la intervención que le corresponda a las autoridades nacionales en la materia”. Creemos que tiene que haber un organismo, que puede ser esta Cámara de Representantes, que pueda ser una suerte de veedor y nexo ante determinadas denuncias que se generen por el incumplimiento de la ley de descentralización.

  Por último, cerramos con el artículo 13, que solamente fija un criterio interpretativo, como en su momento lo hizo la Ley Nº 9.515, estableciendo que: “Ninguna de las disposiciones de la presente ley podrá interpretarse en el sentido de limitar las competencias asignadas a los Concejos Municipales”.

  Disculpen que haya sido rápido, pero sé que no disponemos de mucho tiempo. A grandes pinceladas hemos explicado cuáles creemos que deberían ser las principales modificaciones que pretendemos incluir en este proyecto de ley, principalmente para generar más descentralización en el régimen recursivo, en la forma en que administran y en la capacidad operativa que tienen los gobiernos locales en lo que tiene que ver con manejo de personal, la ordenación de gastos ‑lo que para nosotros es clave‑, y también el control de la ley. Hoy no existen mecanismos eficaces y eficientes para controlar algunas arbitrariedades que se están dando en gobiernos departamentales de distintos partidos. Creemos que tiene que haber una suerte de control que duela, por lo que tal como lo establecemos se podrían constituir metas a cumplir por parte de los gobiernos departamentales para poder percibir la totalidad de las partidas previstas en el artículo 214 de la Constitución.

SEÑOR ASTI (Alfredo).‑ Agradezco al diputado Olivera por la rápida y exhaustiva descripción de su proyecto.

  Todos tenemos conocimiento de que quizás en el día de hoy, o mañana, estará entrando al Parlamento el largamente anunciado proyecto del Poder Ejecutivo relativo a las modificaciones a la Ley Nº 19.272, actualmente vigente. Entiendo que a esta discusión deberemos incorporar ese nuevo elemento, y si el proyecto fuera derivado a esta Comisión creo que sería importante prever citar al Poder Ejecutivo para iniciar la consideración del asunto y tener en cuenta ambas propuestas de modificaciones con respecto a la descentralización y al funcionamiento de los Municipios. Tal vez podríamos autorizar a la Mesa a invitar para la próxima sesión a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, que proyectó esta nueva actualización de la ley, en caso de que ese proyecto ingrese a la Asamblea General en el día de hoy, aunque aclaro que también existiría la posibilidad de que fuera destinado al Senado, pero parecería poco difícil porque allí no hay una Comisión especializada en este tema y además, obviamente, los temas departamentales y municipales son más propios de la Cámara de Diputados que de la de Senadores, por las distintas circunscripciones territoriales que tenemos.

SEÑOR PRESIDENTE.‑ No habiendo más asuntos, se levanta la reunión.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.