Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
 

Comisión Especial de Innovación,
Ciencia y Tecnología

Carpetas Nos. 2522 y 2635 de 2017
  Versión Taquigráfica N° 1742 de 2018

PROMOCIÓN DE EMPRENDIMIENTOS

Normas
Doctor Pedro Bellocq
Maestro Julio Russi
Asociación de Jóvenes Empresarios del Uruguay (AJE)

Versión taquigráfica de la reunión realizada
el día 6 de agosto de 2018


(Sin corregir)


 

PRESIDE:   Señor Representante Adrián Peña.
 
MIEMBROS: Señores Representantes Julio Battistoni, Walter De León, Rodrigo Goñi Reyes, José Carlos Mahía y Daniel Peña Fernández.
 
INVITADOS: Doctor Pedro Bellocq; maestro Julio Russi y por la Asociación de Jóvenes Empresarios del Uruguay (AJE): señor Justin Graside y doctora María Belén Hernández.
 
SECRETARIO: Señor Gonzalo Legnani.
 
PROSECRETARIO:   Señor Daniel Conde Montes de Oca.

 

SEÑOR PRESIDENTE (Adrián Peña).‑ Habiendo número, está abierta la reunión.

  La Comisión tiene el agrado de recibir al doctor Pedro Bellocq, abogado, asesor de emprendimientos.

  Como usted sabe, estamos trabajando en dos proyectos de ley que apuntan a la promoción de emprendimientos.

SEÑOR BELLOCQ (Pedro).‑ Agradezco a todos por la invitación.

  Para ponernos en contexto les cuento que el año pasado la Fundación de Cultura Universitaria publicó un libro titulado Formas Jurídicas para Emprender, que escribimos con el contador Alejandro Grilli, director de la DGI, quien abarcó el régimen tributario. Se trata de un manual para elegir la forma jurídica adecuada.

  Básicamente, es un comparativo de todas las opciones que hay; es un análisis de los aspectos que inciden en la elección por una forma u otra.

  El razonamiento que hicimos cuando terminamos el libro fue el siguiente: "Bárbaro, este es el mapa de lo que hay, el menú de opciones, pero la pregunta que quizás tendríamos que hacer y tal vez la que debería quitarnos el sueño es si tenemos las formas jurídicas óptimas para el mundo de hoy".

  En ese sentido, en la presentación del libro planteamos la posibilidad de que Uruguay recorra el camino que han tomado otros países, sancionando una ley de emprendimiento que regula la sociedad por acciones simplificada. También en la presentación coincidió que nos enteráramos de que algunas semanas antes el señor diputado Goñi había presentado un proyecto y que ese mismo día se estaba presentando otra iniciativa.

  Cuando me enteré de eso pensé que podíamos dar un aporte. Sé que ambos proyectos tienen la misma lógica o estructura que el proyecto de Argentina y, en tal sentido, en el mes de enero me contacté con el secretario de producción, doctor Mariano Mayer, con quien me entrevisté. Al final de ese encuentro, con gran generosidad, se puso a disposición y me dijo que si quería me ponía en contacto con todo su equipo y que compartiría todo el know how, pues la idea es que esta figura se difunda en Latinoamérica.

  Me puse en contacto con su equipo y, en mayo, viajé a Buenos Aires para reunirme con académicos y referentes del foro; como ustedes saben, ellos aprobaron su ley el año pasado y mi intención fue escuchar de primera mano las experiencias de los aciertos y de las situaciones que generan dificultades, pues me pareció algo bien interesante.

  Reitero que ese camino lo hice en mayo y que en el mes de junio viajé a Bogotá, Colombia, donde se realizaron jornadas conmemorativas por la ley SAS; allí hice lo mismo que había hecho en Buenos Aires, es decir, coordinar de antemano reuniones con académicos y referentes del foro y con todos tuve oportunidad de conversar e intercambiar experiencias sobre la aplicación de la ley en esos países.

  Como dije al comienzo, he seguido el trámite legislativo de las distintas versiones del proyecto y me parece que la evolución es bien positiva. El aporte que hicieron los profesores Miller y Olivera es bien destacado. Básicamente, ellos se recostaron sobre la ley modelo de la OEA, que es idéntica a la ley colombiana.

  De hecho, el autor de la ley modelo de la OEA es el mismo que el de la ley colombiana, es decir, el doctor Francisco Reyes Villamizar, con quien me reuní en Bogotá.

  Como ustedes saben, en el 2011 se aprobó dicha ley modelo y en el 2017 la Asamblea General elaboró una resolución a través de la cual solicita al Comité Jurídico Interamericano a dar la más amplia difusión entre los Estados miembro.

  En cuanto a este proyecto, quiero proponer una serie de ajustes.

  El primer aporte que quiero hacer es que hay que tener presente que, hasta ahora, el proyecto no regula el régimen tributario de lo que serían las sociedades por acciones simplificadas. Es fundamental regular el régimen tributario.

  Teniendo en cuenta que las SAS sirvan, principalmente, como un instrumento para las pequeñas y medianas empresas, nos pareció más adecuado que el tratamiento tributario que ellas reciban sea exactamente el mismo que hoy tienen las sociedades por responsabilidad limitada.

  De esto tuve oportunidad de conversar con el contador Grilli, quien es docente y especialista en la materia, y le pareció una solución razonable, con lo cual a los efectos prácticos, bastaría con agregar un artículo que diga que a todos los efectos tributarios las SAS tendrán el mismo tratamiento otorgado a las SRL.

  Básicamente, asignar el mismo tratamiento que tienen las SRL les permitirá a las SAS facturar por debajo de 4.000.000 UI ‑aproximadamente, US$ 500.000 por año‑, tener la opción de tributar IRAE por el régimen ficto, que es a tasas inferiores a las establecidas en el régimen de contabilidad suficiente.

  La distribución de utilidades de las SAS quedarían exoneradas de IRPF y de IRN en la medida en que no hayan tenido ingresos superiores a 4.000.000 de UI. El hecho de asimilar las SAS al régimen de las SRL les permitirá generar rentas agropecuarias y que puedan tributar por Imeba en sustitución del IRAE.

  La idea es que esta figura no se gane su lugar basados en beneficios tributarios, sino en la estructuración jurídica y sus logros. De lo que se trata no es de brindar exoneraciones ni beneficios, sino que tenga idéntico tratamiento a las SRL, que es el que acabo de comentar.

  Ese sería el primer ajuste que, tal vez, sea oportuno realizar.

  El segundo ajuste que proponemos refiere al proceso de constitución de las SAS. Uno de los objetivos claves de las SAS es simplificar los trámites de constitución.

  Como ustedes saben, el actual proceso de constitución de una sociedad anónima y de los otros tipos societarios es complejo, engorroso y costoso. Tanto es así que hay estudios que prestan servicios vendiendo sociedades. La práctica habitual indica que la gran cantidad de sociedades anónimas son sociedades previamente constituidas que los operadores adquieren pagando una suma elevada, aproximadamente US$ 4.000, y luego hacen los cambios de autoridades, adquieren el paquete accionario y comienzan a operar.

  No sé qué es lo que escuchan los señores diputados, pero lo que nosotros escuchamos a los gritos es que la gente pide un sistema más ágil y más barato. El monto de US$ 4.000 para un emprendedor que está comenzando, si quiere optar por utilizar la sociedad anónima, es ponerle una mochila muy pesada.

  En ocasión de elaborar el libro hicimos un estudio que analiza el número de formas que se constituyeron en los últimos años. Hay un dato bien interesante que indica que en el trienio 2014‑ 2016 se constituyeron más sociedades de hecho que sociedades anónimas. ¿Qué nos está diciendo esto? Que la gente, con tal de ahorrarse los costos por adquirir un paquete accionario de una sociedad, prefiere operar a través de una sociedad de hecho. ¿Por qué? Por que va a inscribirse al BPS y a la DGI y no le sale nada, por más que el régimen jurídico de la sociedad de hecho sea mucho más desfavorable.

  Creo que esto no solo se trata de bajar los costos de transacción, sino que es bien relevante tratar de bajar la barrera para la formalidad. Hay estudios académicos que muestran el vínculo entre la informalidad y las restricciones regulatorias.

  Ojalá que con esta forma jurídica logremos desterrar la idea de "empiezo a operar, y si me va bien me regularizo". Debemos tratar de que el emprendedor comience a operar en el mundo formal. Y en ese sentido creo que podría colaborar enormemente esta figura.

  Hace muchos años, la Unión Europea instó a los Estados miembro a adoptar normas para que se cumpliera con cuatro objetivos: que se pudiera constituir una empresa en un plazo máximo de tres días, que tuviera un costo inferior a €100, que todos los trámites se pudieran hacer a través de un único organismo administrativo y 100% on line, y que pudiera hacerse el registro de la empresa, inclusive, desde otro país miembro integrante de la Unión Europea.

  Hoy en Argentina se constituye una SAS en menos de veinticuatro horas, con un mecanismo 100% digital y un costo muy reducido.

  Por estos motivos, nos parece que la propuesta debería reducir al máximo el umbral de formalidades, manteniendo todas las garantías.

  En cuanto al proyecto de los profesores Miller y Olivera, proponemos los siguientes puntos. En primer lugar, asignar un plazo máximo de setenta y dos horas al registro para que califique el acto.

  La semana pasada me reuní con la directora del Registro de Personas Jurídicas por este tema y me comentó que calificar una constitución de una sociedad demora entre diez a quince días y en caso de las cooperativas la demora es de un mes y medio.

  Por lo tanto, la propuesta es pedir al Registro que haga la calificación un determinado plazo, para asegurar que en ese tiempo los estatutos estén calificados.

  La segunda propuesta es la eliminación de las publicaciones. Creemos que se puede eliminar esa exigencia sin perder las garantías; de esta forma se reducirían los costos de constitución.

  El tercer ajuste respecto al proceso de constitución refiere al capital que se les exigiría a las SAS. El proyecto de los profesores Miller y Olivera dice que al momento de constituir una SAS hay que integrar, efectivamente aportar, el 50% del capital. El tema es que hay que tener en cuenta la ley de inclusión financiera. El artículo 35 de esa norma dice que los pagos que superen 40.000 UI, aproximadamente, US$ 5.000, deben hacerse a través del sistema bancario.

  ¿Qué es lo que ocurre? Que si una sociedad tiene un capital de US$ 30.000, por ejemplo, y se le exige integrar el 50% del capital a través del sistema bancario, ¿dónde se deposita el capital? En este caso, debería abrirse una cuenta de una sociedad en formación y después hacerse la integración. Lo cierto es que eso demora mucho los trámites.

  Por lo tanto, lo que planteamos lo tomamos de la ley argentina, pues la solución nos pareció ingeniosa. Se trataría de no exigir que integre el 50% del capital, sino simplemente exigir que se integre una suma módica, que coincida con el monto de la tasa registral. Por ejemplo, que se exija la integración de 2 unidades reajustables.

  Los argentinos, mediante el mecanismo de constitución vía web, imputan el costo de la tasa registral a cuenta de la integración de capital. Entonces, con el pago que uno realiza por la tasa registral ya está haciendo la integración de capital.

  Nos parece que puede ser una solución que evite que la sociedad deba abrir una cuenta bancaria para constituirse.

  Lógicamente, en el mundo difícilmente hoy uno pueda operar si no tiene una cuenta bancaria, pero entendemos que no hay que establecerlo como requisito previo a la constitución. La idea es que se constituye con un monto mínimo de capital, que enseguida después abra una cuenta ‑ojalá que en tiempos razonables y ágiles‑ y, después, realice las integraciones que requiera para la actividad comercial.

  El último punto con respecto al proceso de constitución es el que el proyecto de ley dice que la reglamentación podrá implementar un procedimiento de constitución on line. En este sentido, proponemos que la ley dé un paso más y diga que efectivamente "implementará un proceso de constitución "on line". La idea es marcarle el próximo paso que tendría que dar la reglamentación, que es dictar las normas necesarias para que se pueda hacer la constitución ciento por ciento por medios digitales.

  Me comprometo a hacer llegar a esta Comisión los ajustes y pasar la versión del ajuste habiendo previamente consensuado el tema de la constitución con la directora de Registro de personas jurídicas, pues es un ente clave en este asunto. Después habrá que implementar y aplicar.

  El tercer ajuste, y vinculado con la digitalización, refiere al artículo 33 del proyecto de ley, que regula los registros contables. En este sentido, proponemos agregar un inciso, un párrafo, que diga que la reglamentación establecerá los mecanismos para que las sociedades por acciones simplificadas ‑SAS‑, así como el resto de las sociedades ‑abrir puertas para que pueda adoptarse esto en las otras formas‑ puedan llevar todos sus libros en soporte digital. Hoy por hoy en Buenos Aires, todas las SAS que se constituyen, usan libros completamente digitales y el registro de ellos es ciento por ciento digital. Me refiero a libros de asambleas, de asistencia, a libros de registros de títulos nominativos y todos los que tienen que llevar las sociedades.

  En cuanto al cuarto ajuste que creo que vale la pena hacer, refiere al artículo 10, que regula los supuestos en que se prohíbe adoptar las formas de las SAS. Ustedes recordarán que las SAS no pueden, por ejemplo, hacer oferta pública de sus acciones. Después el proyecto de ley agrega otra prohibición, que creo sería bueno remover. Esta refiere a que las sociedades por acciones simplificadas no tengan más de veinte accionistas. No vemos motivos de fondo para hacer esta limitación, para autolimitarse en este sentido. La ley modelo de la OEA no tiene esta prohibición y tampoco la colombiana ni la argentina. El tope que tienen de socios las SRL es de cincuenta. Entonces, limitar el número de socios a veinte en esta forma, que debería ser óptima para las micro, pequeñas y medianas empresas, también tendría que ser adecuada para emprendimientos grandes. De hecho, esta es la filosofía que está detrás de la forma jurídica.

  En Colombia esa es la realidad, como lo es en Francia, es decir, es un vehículo utilizado no solamente para pequeñas y medianas empresas, sino también para las grandes.

  El quinto ajuste que nos parece importante realizar es en el artículo 11, que refiere a la autonomía, la voluntad y al régimen de remisión, que tiene que ver con las normas que van a regular a las SAS, lo que es fundamental para dar certezas a los operadores que van a marcar las SAS. No debemos olvidar que esta es una norma societaria que tiene que insertarse adecuadamente en todo el ordenamiento societario que existe actualmente. Entonces, debe quedar muy clara la jerarquía de normas. Por eso, en primer lugar, las SAS estarán regidas por esta ley especial. En segundo término, y en lo no previsto por la ley, las SAS se regirán por las disposiciones de los estatutos, y en eso se otorga una libertad especial a los operadores. En tercer lugar, y en ausencia de ellas y en cuanto no resulte contradictorio, se regirán por las disposiciones, primero, de las sociedades anónimas y, después, por las disposiciones generales de la ley de sociedades.

  El tema es que para determinar el margen de acción que tienen los operadores para ver en los estatutos qué pueden modificar respecto al régimen de las anónimas y disposiciones generales, hay que ver cuáles de esas normas son de orden público. No se pueden modificar en los estatutos. En este sentido, proponemos que el proyecto de ley diga claramente que se consideran de orden público únicamente y a efectos de esta ley, cuando esta se pronuncie en algunas de las siguientes formas: que declare expresamente que no se admite en caso contrario; que se establezca la nulidad de las prohibiciones estatutarias en contrario y cuando se trate de normas que atribuyan responsabilidades. En estas tres hipótesis nos parece bien importante que los operadores no puedan pactar en los estatutos algo contrario a esto; es como un pequeño límite, un resguardo que se prevé para dar garantías.

  El otro aspecto fundamental de las SAS es que moderniza las reglas de funcionamiento orgánico de la sociedad, un aspecto que está regulado en los artículos 22 y siguientes.

  Bajo el régimen societario actual, la ley, por ejemplo, impone que las asambleas de una sociedad anónima tengan que celebrarse en la sede social o dentro de la localidad, y eso es algo que controla la Auditoría Interna de la Nación.

  En el proyecto de ley se permitiría tener reuniones de los órganos sociales fuera de la localidad y dar un paso más acorde a la actividad empresarial, y permitiría realizar reuniones no presenciales mediante mecanismos de comunicación simultáneos sucesivos: a través de skype, de llamadas telefónicas, vía conferencias o la tecnología que se venga. La idea es que quede el concepto para que entre la tecnología del futuro. También, el proyecto de ley prevé adoptar resoluciones por consentimiento escrito, es decir, sin necesidad de reunirse. Es un mecanismo que se circunscribe en la resolución y los integrantes del órgano se manifiestan si votan a favor o en contra, y por eso se puede prescindir de la reunión del órgano.

  Los ajustes que propondríamos en este sentido en el proyecto de ley, en primer lugar, es aclarar que las reuniones de cualquiera de los órganos puedan realizarse en forma presencial en la sede de la sociedad o en cualquier otro lugar que permita a los integrantes asistir o participar. Esa es la garantía que hay que dar, es decir, que no se utilice la posibilidad de reunirse en cualquier lado, como un mecanismo para impedir a un integrante que participe y delibere.

  El segundo aspecto es que, la verdad, las resoluciones por consentimiento escrito nos parecen fundamentales y, por eso, elaboramos un artículo específico que desarrolla un poquito más la idea y cómo sería el mecanismo para que opere.

  Después, terminando, el otro ajuste que proponemos es que el proyecto de ley, como todos saben, prevé la posibilidad de convertir empresas unipersonales en SAS. Ello está regulado en el artículo 44. La idea es bien interesante pero, en este punto, hay que tener presente que tienen un régimen de responsabilidad diferente. En el caso de las empresas unipersonales, el titular responde personalmente por las deudas contraídas en el marco de la actuación a través de la empresa unipersonal. Y en el caso de la sociedad de acciones simplificada la responsabilidad de los socios está limitada; los socios no van a responder por las deudas de la sociedad. El proyecto de ley dice que la nueva SAS sucederá a la unipersonal en sus derechos y obligaciones. Nos parece que para proteger a los acreedores que contrataron originalmente con la empresa unipersonal, teniendo en cuenta determinadas reglas de juego, lo lógico es que el titular de la unipersonal responderá por esas deudas con su patrimonio personal.

  Entonces, vía texto expreso, proponemos que por las deudas contraídas con anterioridad a la conversión respondan solidariamente tanto la sociedad por acciones simplificada como el titular de la empresa unipersonal. Las contrataciones que se hagan después, no, porque ahí los acreedores y los que contraten por la sociedad de acciones simplificadas van a conocer las reglas de juego y van a saber que los socios no responderán por las deudas de la sociedad. Sin embargo, en el caso de aquellos con deudas anteriores nos parece prudente dejar la mención a texto expreso.

  Por último, sugerimos eliminar un par de normas, porque entendemos que pueden llegar a generar algún inconveniente. La primera, refiere al artículo 19, que regula los aportes irrevocables. Se trata de una norma tomada de la ley argentina que creemos que no resultaría aplicable al régimen uruguayo. Luego, proponemos que se analice la eliminación del artículo 45, que refiere a la enajenación global de activos.

  Ustedes saben que cuando uno se propone vender una empresa, tiene dos mecanismos: uno es vender las participaciones de esa sociedad, como por ejemplo una compra venta de acciones donde se transfieren las acciones, y la otra, transfiriendo los activos de esa sociedad. El tema es que la transferencia de activos puede suponer lo que se llama una enajenación de un establecimiento comercial, que está expresamente regulado por la Ley N° 2.904 y por el Decreto Ley N° 14.433, que prevé todo un mecanismo: se llama a acreedores, celebración de una promesa de enajenación y entrega del establecimiento, obtención de certificados fiscales y la enajenación del establecimiento comercial. Esta figura que regula la ley de enajenación global de activos, sería como un régimen paralelo y nos parece que a los efectos prácticos podría llegar a generar algún inconveniente. De hecho, cuando estuvimos en Colombia nos comentaron que esta norma, en la práctica, por los mismos motivos que aquí, es decir, por la coexistencia de dos regímenes: el nuevo que preveía la ley de la SAS y el que ya existía sobre enajenación de establecimientos comerciales, algún inconveniente había tenido.

  Después identificamos algún ajuste muy menor que puede ser bueno modificar.

  Por buen orden y por deferencia, creemos que sería bueno que se les hiciera llegar estas propuestas a los profesores, si es que se consideran estos ajustes, para saber si coinciden o si tienen alguna objeción para hacer.

SEÑOR DE LEÓN (Walter).‑ Han hecho aportes muy importantes y claros.

  En lo personal, estoy de acuerdo con todas sus propuestas. Inclusive, habíamos propuesto este proyecto de ley y, luego, como los profesores estaban trabajando en el mismo, nos parecía más apropiado ‑no soy abogado‑ que lo analizaran. Ellos se habían orientado al tipo de norma de la ley marco. No hemos limitado el número de socios porque además, entendemos que se podían vender las acciones a mercados globales, lo que permitía acceder a capitales no tanto para el mercado doméstico.

  En cuanto a la integración del capital, me parece que por la ley de integración financiera, ello limitaría.

  Reitero que me parecen muy buenos los aportes efectuados.

  Propongo que esos ajustes sean enviados a los profesores, a Ande y a la Dinapyme.

SEÑOR BELLOCQ (Pedro).‑ Ya tengo preparada la versión del proyecto de ley con los ajustes, que puedo hacer llegar a la Comisión, pero me gustaría esperar hasta el día jueves porque es cuando me reuniré nuevamente con la directora del Registro. Creo que es importante contar con su opinión porque después ella tendrá que implementarlo. Por tanto, agradecería mucho que puedan acercarle estas modificaciones como para que tenga la posibilidad de aportar y darnos su punto de vista.

  Con todo gusto haré llegar el documento en breve.

SEÑOR DE LEÓN (Walter).‑ Se ha planteado que esta ley permitiría la evasión en cuanto al lavado de activos. Parece que tiene el mismo riesgo que cualquier otra sociedad. No sé cuál es su opinión.

SEÑOR BELLOCQ (Pedro).‑ Agradezco la pregunta. Creo que es bien relevante, pues es una inquietud que también tuvieron en Colombia cuando originalmente se sancionó la ley y fue una de las preguntas que cuando viajamos hicimos a los distintos actores y, también, cuando estuvimos en Argentina. Nos han dicho que esto es una estructura como una sociedad anónima y como una de responsabilidad limitada. Como toda estructura, uno la puede usar bien o mal. Si uno la usa mal, el derecho tiene sus mecanismos de defensa: no es que con las SAS uno puede hacer lo que quiere. De hecho, se prevé a texto expreso la posibilidad de que se inicie la acción de inoponibilidad de la personería jurídica que supondría correr el velo, ver lo que está detrás de la sociedad y aplicar a esa realidad las normas que correspondan. Por eso mismo, si se hace una forma jurídica, esta debe tener el mayor prestigio. Si después se usa mal, se desprestigia el vehículo. No creo que eso vaya a pasar con la Sociedad por Acciones Simplificada. Lo pensé bastante y no encuentro motivos por los cuales pueda ser más fácil realizar una actividad ilícita utilizando este vehículo.

SEÑOR PRESIDENTE.‑ Quedamos a la espera de esa información una vez que tenga la reunión con la directora del Registro.

  Agradecemos la presencia del invitado. Nos volveremos a comunicar luego de que tenga esa información.

(Se retira de sala el señor Pedro Bellocq)

(Ingresa a sala el señor Julio Russi)

——La Comisión recibe con mucho gusto al señor Julio Russi, de San José, en el marco del análisis del proyecto de ley para la promoción de emprendimientos. Sabemos que recibió la información sobre lo que hemos venido trabajando, y escuchamos lo que nos tenga que informar.

SEÑOR RUSSI (Julio).‑ Soy maestro de profesión; salí favorecido con la dictadura y tuve que rehacer mi vida. Hice un master de marketing en España durante un año; soy especialista en gestión de calidad; auditor en gestión ambiental a través de la UNIT y posgrado en comunicación. Mi pasión fue el emprendedurismo. Espero decir este término por última vez, y voy a explicar por qué, siendo esta una de las sugerencias y aportes que traigo para el proyecto, que voy a dejar a su consideración.

  Hace veinte años, como maestro, combinando la carrera de maestro con la de especialista en calidad, el marketing y las comunicaciones, abracé esto del desarrollo del espíritu emprendedor, pero con la originalidad de que iba a ser a partir de primaria, de sexto año escolar. Hice un proyecto, un programa experimental, que fue aplicado en la escuela de Rincón de la Bolsa, hoy Ciudad del Plata. Si el experimento se aplicaba en una escuela de contexto socialmente crítico, se evaluaba y daba buenos resultados ‑yo esperaba que fuera así, y así fue‑, podía ser aplicado a cualquier categoría de escuela. Llegué a trabajar en escuelas rurales, fui director de escuelas granjas y, por concurso, tuve efectividad en una escuela de práctica docente en el centro de San José, hasta que fui destituido.

  Cuando se aprobó la ley de reintegro de destituidos, teníamos la doble opción: nos reintegrábamos a trabajar o nos acogíamos a la jubilación especial. Yo ya estaba organizado de otra manera, pero la pasión por la docencia no me la iba a quitar nadie. Fundé un centro de capacitación empresarial a nivel comercial y empresarial y trabajé mucho con funcionarios de empresa, con Fomypes, y estuve durante quince años trabajando con aquellas instituciones de educación no formal, porque era contratado para ello. Estoy registrado como docente y como institución educativa en Conenfor. Hace dos días participé de un llamado por un cambio de legislación en el que se pedían consultores para Conenfor, y dentro de los quinientos cincuenta docentes inscriptos soy uno de los diez que comenzará a trabajar como consultor para tratar de afinar y ver cómo se canaliza la educación no formal. Originalmente, este libro vendría a ser un manual de uso del maestro, un instructivo. Está editado en mayo de 2009, o sea que ya tiene unos cuantos años.

  Este proyecto fue aprobado por la dirección técnica de Educación Primaria, por el Consejo de Educación Primaria. Aquí tengo la copia, es el acta Nº 321, Resolución Nº 9, Expediente Nº 180.398, en el que se resuelve la autorización de la aplicación del proyecto en las escuelas de contexto socialmente crítico, que deberá realizarse en coordinación con las inspecciones departamentales. Acompañado de esto ‑acá están todas las copias de resoluciones y aprobaciones‑ aparece el último ítem, que dice que el director del programa informará sobre la fuente de financiamiento. Ello después de haber capacitado a las maestras, porque esto no se hizo con las maestras de clase, los alumnos recibieron hasta el lápiz con el que escribir. Me imagino lo que deben ser las carpetas del presupuesto que están estudiando; yo tengo en mi casa algo parecido en volumen y es el trabajo de los chicos, las evaluaciones, el seguimiento y la medición de resultados.

  Por otro lado, considero que en el desarrollo del emprendedor hay algo fundamental que es conceptual. Yo no puedo pretender que un joven desarrolle determinada idea, se evalúe esa idea como viable, desarrolle un proyecto de actividad y emprendimiento y después no lo sepa manejar. Hay un punto, un clic que está no solamente en la evaluación de las ideas que puedan ser viables o no, sino en la continuidad y la validación del proyecto a ejecutarse. De lo contrario, díganme ustedes a qué se debe el porcentaje de fracaso en los emprendimientos. Todo tiene conceptualmente un vocabulario apropiado para cada actividad. El libro Permiso ¿Me buscaba? Para no perderte en el mundo de los negocios, de la A a la Z, fue editado en noviembre de 2002. Aquí hay otro: Emprendedores, cuándo y cómo empezar, dónde consultar, cómo seguir. Sobre la marcha fui generando materiales. Este es de 2007, y está agotado. Se trata de producciones mías. En mi auto yo llevaba a las maestras de San José hasta Rincón de la Bolsa.

  Además de eso, y paralelamente, trabajé treinta y cinco años como gerente de marketing de Cololó.

SEÑOR PRESIDENTE.‑ De lo bueno nadie se olvida.

SEÑOR RUSSI (Julio).‑ Ese eslogan es mío. En tres etapas volvió al mercado y fue presentado en un congreso internacional. La primera fue "Volvió Cololó"; la segunda etapa fue "Volvió Cololó para quedarse". Era una época en que volvían marcas y desaparecían; apareció el oportunismo comercial. Salían, estaban un par de años y morían. Entonces, había una especulación permanente. El tercer eslogan fue "De lo bueno nadie se olvida". Después apareció "La marca de los uruguayos", que no pasó por mis manos.

  Aquí tengo el libro Emprendiendo y dejando huellas. Les voy a dejar este ejemplar que habla de los noventa años del centro comercial e industrial de San José, con aportes escritos de historiadores de San José y el economista Aldo Lema, es decir, con enfoques desde el punto de vista económico, social y político.

  Además quiero decir que pedí la ampliación de esto. Tengo un trámite en la Asociación de Emprendedores Maragatos en el Ministerio de Educación y Cultura. Pasado mañana cumple un año la gestión. Recuerdo que se lo comenté a Walter el día que hice el lanzamiento en San José con un grupo de jóvenes. Porque, yo me retiro y ¿qué hago con todo lo que tengo? ¿Qué hago con una pared llena de material de información? Tengo dos hijos; uno agarró para una cosa y otro para otra. Esto no me lo puedo llevar en el cajón. Está clarito el tema.

  He viajado mucho al exterior. El otro día me invitaron a participar en un evento en Finlandia, porque resulta que allí se empieza con el espíritu emprendedor a nivel del primer año escolar y para mí todo esto fue el invento de la pólvora. En un congreso internacional realizado en la Facultad de Ciencias Económicas en Montevideo, en 2016 ‑el cuarto congreso de emprendimiento‑, junto con la Universidad de Salamanca de España, tenía a mi lado a una persona de Brasil y otra de Argentina, diciéndome que ellos recién estaban comenzando en el tema en los niveles secundarios con jóvenes y yo estaba trabajando a nivel escolar. ¿Por qué es eso? Para generar la creatividad. Hay estudios muy sólidos en cuanto a que la creatividad y la innovación comienzan en el ser humano de la misma forma que la lectura: se entrena. Los alemanes, ya en tercer año, toman los niños que trasmiten iniciativa y están los otros, que van a ser pasivos, que supuestamente van a estar a la orden de o a la orden para. El otro, el que tiene iniciativa, es el que va a ser el innovador.

  Antes de entrar en las consideraciones punto por punto, quiero comentar que con este proyecto he participado de eventos internacionales. Ahora estoy invitado para un congreso, que se llevará a cabo en Colombia, en octubre, donde voy a hacer lo de Finlandia.

  En el pasado congreso en México de la red Emprendesur, de la cual soy socio y que tiene su casa central en Chile, se vieron todas las facetas en las cuales trabajamos en el desarrollo emprendedor y por dónde focalizamos todas las áreas. Primero: desafío metodológico y método de investigación; segundo: generación de oportunidades y desarrollo temprano de negocios; tercero: emprendimiento minoritario; cuarto: género y copreneurship, o sea, las familias que trabajan en un mismo negocio, el negocio familiar; quinto: tecnología y emprendimiento basado en el conocimiento; sexto: negocio familiar, sucesión y transferencia de empresas; séptimo: enseñanza del espíritu empresarial, aprendizaje y difusión del conocimiento; octavo: cultura y comunidad; noveno: emprendimiento social; décimo: empresariado verde y sostenible; undécimo: financiación empresarial para empresas nuevas y en crecimiento; duodécimo: modelos de negocio, crecimiento, desempeño e internacionalización; décimo tercero: corporativo; décimo cuarto: capital humano, capital social y redes relacionadas; décimo quinto: industrias creativas y artesanales; décimo sexto: empresa rural, desarrollo regional y turismo; décimo séptimo: políticas, sistema de apoyo e infraestructura; décimo octavo: perspectivas críticas sobre el espíritu empresarial; décimo noveno: transferencia, tecnología y conocimiento; vigésimo: pertinencia en la investigación sobre el espíritu empresarial; veintiuno: docencia, metodología y experiencia docente; veintidós: dirección estratégica; veintitrés: ética y responsabilidad social; veinticuatro: finanzas; veinticinco: gestión de organizaciones sin ánimos de lucro; veintiséis: innovación y gestión de conocimientos.

  Tengo anotado acá algunas cosas. Les voy a dejar el resumen de los puntos. Con rojo está lo que yo sugiero relacionado con el proyecto, que ahora voy a explicar.

  Quiero aclarar que no soy economista. Por lo tanto, paso en la parte económico‑ financiera del contenido del proyecto; que lo hagan los que saben más que yo. Cada cosa en su lugar, a pesar de que los últimos premios Nobel de economía son psicólogos, o sea, bajar a tierra los números a través del factor emocional del sujeto, las necesidades insatisfechas y todo lo demás.

  En algunos de los capítulos del proyecto nosotros utilizamos el término "emprendedurismo". La Ley está titulada como proyecto de ley de Promoción de Emprendimientos. En mi opinión, deberíamos seguir de esa manera: promoción de emprendimientos o promoción de emprendedores. ¿Por qué digo de no utilizar el término "emprendedurismo", que aparece ya en el título "Fomento de emprendedurismo, sociedades por acciones simplificadas y plataforma de financiamiento colectivo"?

  El término "emprendedurismo" es una traducción errónea de emprendeship de los americanos, de entrepreneur de los franceses, de intrapreneur y entrepreneur, que es el emprendedor de una organización interna. Por ejemplo, yo trabajo en una empresa y resulta que me dan un proyecto para que me haga responsable y lo diseñe. Hice mucho de eso en Cololó. Ese es el intrapreneur. El entrepreneur es el emprendedor exterior.

  Emprendedurismo no está aceptado todavía por la vigésima tercera edición del Diccionario de la Lengua Española; utiliza emprendimiento como significado de acción y efecto de emprender o cualidad de emprendedor.

  En la página tres del proyecto que ustedes tienen sugiero revisar el término "emprendedurismo" toda vez que aparezca en el texto de la ley, porque más adelante se repite. ¿Por qué? Porque en el ámbito internacional este término empezó con mucha fuerza, pero ahora está desapareciendo. O sea que hay una tendencia a ir aceptando lo que sugirió la Real Academia Española, en cuanto a que no era del todo acertada.

  Por todo lo que les leí anteriormente, todos los aspectos que toma el tema del desarrollo de emprendimiento, comenzaría el artículo 1º, el objeto de la ley, así: "En el ecosistema emprendedor del país […]", y sigue: "La presente ley tiene por objeto promover el espíritu emprendedor […]", pero agrego ese aspecto que globaliza las posibles áreas en que podrá aplicarse la ley. El ecosistema emprendedor es el entorno sobre el cual se trabaja con el desarrollo emprendedor.

  En la página cuatro, artículo 2º, se define al emprendedor. Dice: "A los efectos de la presente Ley se entenderá por: A) Emprendedor: La persona física o jurídica que busca generar valor a través del desarrollo de una nueva unidad económica forma en el territorio nacional, asumiendo la responsabilidad y el riesgo que ello conlleva". Le agregaron el término "jurídica", que no estaba, y eliminaron algo de la ética.

  Yo sugiero que quede redactado de esta forma: "La persona física o jurídica que potenciando su destreza y habilidades y trabajo en equipo tiene la iniciativa de", y en lugar de poner "generar valor" continúe: "de crear, entregar y captar valor". Sustituyo la expresión "generar valor" por la de "crear, entregar y captar valor", porque en el emprendimiento hay un feedback, un ida y vuelta. En cualquier actividad que desarrolle tengo que crear valor, brindar valor, pero también recibir valor. La mejor manera de contemplarlo, y de esa forma se está haciendo, es que me proponga crear, entregar y captar valor. Una forma de captar valor es saber qué respuesta estoy teniendo por parte del destinatario del emprendimiento, por ejemplo, el valor de la información que me llega; el valor de las señales que recibo para mejorar el producto o el servicio que tengo entre manos, en la misma medida en que estoy desarrollando la actividad, y no sentarme a esperar, que es lo que pasa a veces con el quiebre: yo desarrollo un emprendimiento y a los tres meses tengo que cerrar, no tengo más el apoyo de la vieja, y los números no me dan. O sea que hubo varias variables controlables que no se tuvieron en cuenta.

  Sigo con la definición de emprendedor. "A través del desarrollo de una nueva unidad económica formal en el territorio nacional, integrada por la identificación de oportunidades, validación de ideas, del proyecto al negocio, asumiendo el compromiso, la responsabilidad y el riesgo que ello conlleva". La responsabilidad y el riesgo que ello conlleva están contemplados; lo tienen. ¿Qué le agrego yo? Del proyecto al negocio, porque una cosa es una empresa y otra un negocio. Hay empresas que son negocios y hay negocios que no son empresas. Entonces, el término "negocio" tiene que aparecer; de lo contrario, no puedo hablar de lucro. O sea que también traté de que el resto del contenido de la ley sea coherente con lo que expongo más adelante: debe tener un hilo conductor, una unidad y si la voy clarificando, mejor todavía. Además, acá estoy mandando mensajes con la ley a los que van a actuar después. Estoy especificando, estoy hablando de unidad económica formal en el territorio nacional, integrada por la identificación de oportunidades.

  Otra cosa muy importante es que el que arma una mesa con caballetes y se pone a vender artesanías no siempre es emprendedor. El que vende tortas fritas no siempre es emprendedor. El hijo del empresario que tiene otra empresa exitosa no siempre es emprendedor. Quiero aclararlo, porque con la chequera del banco cualquiera es emprendedor; se da el lujo de tirar plata por todos lados.

  ¿Cuál es uno de los principios fundamentales de los negocios? A mí no me digas cuánto ganaste el ejercicio pasado. A mí decime cuánto perdiste de ganar si hubieras hecho las cosas mejor. Estamos poniendo hincapié en cómo se resuelve el tema, y esas son variables controlables. En un sistema de gestión de calidad tengo variables controlables y variables incontrolables. En un mercado tengo oportunidades, pero también amenaza de la competencia, del cambio del entorno.

  Dice el literal B) de artículo 2º: "Emprendimiento: La actividad productiva con fines de lucro desarrollada por una persona física o jurídica en el país. Su resultado es la creación de valor que beneficia a la empresa, la economía y la sociedad". Lo del valor lo dejé igual porque está en términos genéricos. Lo aclaré antes, entonces, ya se sabe de qué valor estoy hablando. Pero el emprendimiento no es solo para actividades con fines de lucro. Tal es el caso de las ONG, las asociaciones civiles sin fines de lucro, que es la que estoy gestionando yo y no me la firman, lo que me ahorraría un montón de mangos cuando viaje, porque me devuelven los impuestos. ¿Se entiende lo que digo?

  Acá lo puse como una pregunta ‑no lo subrayé con rojo‑ y dejé el texto tal cual estaba y entre paréntesis aclaré: "con fines de lucro", y hago la pregunta.

  En el literal A) de la página seis, dice: "Precisar el alcance de los conceptos de emprendedor, empresario y empresa". Yo sugiero que diga: "Precisar el alcance de los conceptos de emprendedor, empresario, empresa y negocio".

  En el literal B) se habla del papel de la innovación, y la tiro para adelante. Yo lo redactaría de la siguiente manera: "El papel de la creatividad: disposición positiva para la innovación y para el cambio".

  Se mencionan juntas creatividad e innovación en el artículo 5°. Más adelante el proyecto habla de innovación y cambio. ¿Por qué no establecerlo aquí cuando se habla del papel de la innovación?

  El literal E), de la página siete, se refiere a módulos prácticos y teóricos de creación de empresas. Yo le agrego negocios y quedaría redactado: "Módulo prácticos y teóricos de creación de negocios y empresas". Tal vez no constituya la empresa, pero si sale con un negocio funcionando se salva. Y si sale con una empresa que se funde a los tres meses y le di la guita, ¿cumplí con el objetivo? Sí. ¿Tenía la plata? Sí, pero queremos que funcione.

  En el artículo 5° se expresa "Módulo teórico, práctico de creación y gestión de empresa". Desde mi punto de vista lo redactaría así: "Creación y gestión de emprendimientos", no de empresas, por las mismas salvedades que hice anteriormente.

  ¡Ni hablemos de la formación docente! ¡Hay un paquete atrás! Esto generará una revolución.

  Si la educación emprendedora se canaliza como debe hacerse, será mucho más importante y de más valor para el niño, los adolescentes y las personas mayores que enseñar inglés en las escuelas. ¡La educación transversal! Hoy bombardeamos a las maestras y a las escuelas con contenidos de todo tipo: salud, salud sexual. En San José armamos una escuela de tránsito y los resultados que obtenemos en el tránsito son nefastos. A largo plazo eso es para el día del golero.

  ¿Y con la gimnasia? Resulta que ahora los chicos en las escuelas están demasiado gordos y tienen obesidad. ¿Van a salir con un programa que mejore la alimentación? Sí, en el comedor escolar.

  Después tenemos carencias brutales en comprensión lectora. Ustedes deben haber visto los resultados del llamado a concurso para el Ministerio de Relaciones Exteriores. Una de las pruebas era con una página en la que debían escribir a mano, interpretar y hacer un resumen. Eso tenía el 70% de la puntuación, y creo que la superó el 10%. ¡Un resumen de una página para ingresar en el Ministerio de Relaciones Exteriores!

  ¿Y los ingresos a la universidad? ¿Cuántos problemas tenemos de comprensión lectora? ¿Dónde nace eso? Si yo tengo un chico en este lugar y un programa de trabajo para desarrollar que se basa en las ciencias y en conocimientos básicos de lectura, ¿qué tengo que hacer? No debo robarle tiempo, porque si no, no va a entender lo demás. ¿Qué médico o ingeniero voy a sacar de las facultades si no tienen comprensión lectora?

  El otro día lo hablamos con la gente del grupo de educación no formal, Conenfor. Por ejemplo, en la UTU o en otro lugar yo les enseño plomería, electricidad o lo que fuera, pero si no enseño cómo vivir de eso, ¿cómo hacen?

  La universidad le enseña a un arquitecto cómo gestionar su negocio. Ahora puede ser que sí, alguna introducción, pero al arquitecto le enseñan arquitectura, al abogado, abogacía, y punto.

  El espíritu emprendedor es clave para el desarrollo en todas las áreas.

  El papel de la innovación, el papel de la creatividad, la disposición positiva para el negocio y el cambio, es lo que comentamos y les dejo una copia.

  En cuanto a los artículos 5° y 6° quiero decir lo siguiente. ¿Solo en la educación terciaria se incluirá a las universidades privadas? ¿La educación terciaria para la universidad pública no?

  El artículo 6° establece: "Las universidades e instituciones de educación terciaria, públicas y privadas, actuando en coordinación con la Comisión Nacional del Emprendedurismo, y en pleno respeto de la normativa y autonomía vigentes, introducirán en sus planes de estudio materias vinculadas a la creación y gestión de emprendimientos, con la finalidad de desarrollar el perfil emprendedor de los estudiantes y dotarlos de herramientas para crear, gestionar y dirigir empresas.

  La Comisión Nacional del Emprendedurismo promoverá la creación de centros de emprendimiento o incubadoras de empresas en las propias instituciones, con el fin de coordinar los esfuerzos de promoción de la cultura emprendedora a nivel estudiantil y brindar asesoramiento a los estudiantes en la evaluación de ideas de negocio, en la planificación" ‑acá aparece la idea de negocio; ya lo tenían‑ "y puesta en marcha de emprendimientos, así como en las opciones de financiamiento para nuevas empresas".

  Les dejo la pregunta planteada.

  Hago entrega de todo este material y de estos libros como recuerdo.

SEÑOR PRESIDENTE.‑ Agradecemos la presencia del señor Julio Russi.

SEÑOR RUSSI (Julio).‑ El agradecido soy yo.

(Se retira de sala el señor Julio Russi)

(Ingresa a sala una delegación de la Asociación de Jóvenes Emprendedores del Uruguay)

SEÑOR PRESIDENTE.‑ La Comisión recibe a una delegación de la Asociación de Jóvenes Emprendedores del Uruguay, integrada por la doctora María Belén Hernández y el señor Justin Graside.

SEÑOR GRASIDE (Justin).‑ Muchas gracias por recibirnos y por el tiempo. Valoramos mucho que esta instancia se haya abierto a los distintos interlocutores para discutir el proyecto de ley de emprendedores.

  Hace un tiempo en la Asociación de Jóvenes Emprendedores del Uruguay comenzamos con esta discusión. Sabíamos que en forma paralela y por varías vías se estaba intentando analizar. En setiembre del año pasado hicimos una jornada en Sinergia, en el World Trade Centre, a la que invitamos a varios actores para recibir distintas ideas sobre lo que buscaba el sector de los emprendedores en esta futura ley.

  El objetivo de involucrarnos es tratar de aprobar una ley que sea representativa de los intereses del sector y que no solo sea lanzar una ley de emprendedores y no obtener el impacto deseado.

  En esa instancia obtuvimos muchas ideas y en su momento le alcanzamos al señor diputado Goñi el informe de las jornadas.

  Vimos la presentación que se hizo cuando comenzó el análisis del proyecto de ley, estando presentes el señor Andrés Irizola y el señor diputado De León.

  Compartimos el espíritu de la iniciativa. Entendemos que en la nueva versión del proyecto el espíritu está alineado, pero para la Asociación de Jóvenes Emprendedores no es suficiente por distintos motivos. Varias cosas se fueron perdiendo de la versión que vimos el año pasado. Entendemos que es importante el tema político y discutir algunas cosas sobre la marcha, y hoy vemos que son pasos en la dirección correcta, pero no son suficientes. Encontramos algunas diferencias que nos gustaría compartir, pues entendemos que son importantes.

SEÑORA HERNÁNDEZ (Belén).‑ Como decía Justin, valoramos el impulso que le están dando al proyecto, que es necesario para el Uruguay y la comunidad de emprendedores.

  Analizando el proyecto inicial, la versión que hoy se tiene y los cambios realizados, tememos que se desvirtúe el espíritu de la iniciativa y se pierda de vista el público al que está dirigida, es decir, los emprendedores.

  Haciendo un objetivo comparativo entre el proyecto inicial y la actual versión, hay varios aspectos que se eliminaron y algunos que se mantienen en esencia, pero con modificaciones.

  Por ejemplo, inicialmente se planteó como elemento clave la participación de los empleados en las acciones de las empresas, que no está; algunas exoneraciones fiscales, que tampoco están ‑esto puede generar algunas diferencias políticas‑, y los subsidios para los programas educativos sobre emprendedurismo, que no están.

  Con relación a la constitución del vehículo societario a través del cual se realizará el emprendimiento, inicialmente se basó en las necesidades o los problemas que se identificaban en el día a día en el momento de constituir la sociedad. Si bien ahora hay un mecanismo que supera muchas dificultades, todavía no es suficiente como para convertirse en una herramienta de fácil uso para el emprendedor común, dejando de lado la multinacional, que también puede venir a Uruguay.

  En definitiva, apoyamos lo que están haciendo, pero nos genera temor que se desvirtúe para otro público que no sea el emprendedor.

SEÑOR GOÑI REYES (Rodrigo).‑ Agradezco la presencia de los integrantes de AJE.

  Quiero dejar constancia de que a partir de las primeras reuniones que compartimos con la gente de AJE nos animamos a ofrecer e invitar a los demás señores diputados a elaborar un proyecto sobre emprendimientos.

  Tal vez haya sido una omisión de nuestra parte no haber especificado a la doctora que los dos proyectos siguen en paralelo.

  Simplemente que nos pareció bueno no entrar a la consideración final hasta no hacer toda la ronda de visitas. Esta Comisión tiene la mejor intención de llegar a los consensos posibles y me parece muy importante que nos dejen constancia de esos tres o cuatro aspectos que en el otro proyecto de ley no están pero en uno, sí, y no son excluyentes. Nos viene muy bien que nos destaquen esos aspectos, porque los vamos a tener en cuenta para incluirlos en una redacción final que tendremos que hacer, tratando de integrar.

  Creo interpretar un poco el sentir de la Comisión con estas precisiones. Nos viene muy bien que nos destaquen esos puntos como valiosos.

SEÑORA HERNÁNDEZ (María Belén).‑ En lo que refiere a la constitución de la sociedad en el modelo inicial, por ejemplo, el pago del Icosa, puede parecer un monto no relevante, pero para un emprendedor que recién está empezando sí lo es. Se había propuesto que se abonara en treinta cuotas, si mal no recuerdo. Esto se eliminó.

  Por otra parte, se había propuesto la sustitución de los libros sociales por medios digitales que sean de más fácil acceso para mantenerlos, y tampoco está. Se establecía la creación de la sociedad a través de un mecanismo ciento por ciento digital, en este caso hay una opción digital, pero no lo es totalmente. Por ejemplo, se habían establecido las publicaciones digitales de la sociedad una vez constituida, para que sean sin costo y a través de la plataforma del IMPO, lo que tampoco está. También se había planteado que el capital inicial, el integrado, pueda aportarse luego de estar hecha la constitución y una vez que la sociedad cuente con una cuenta bancaria. Este es uno de las barreras burocráticas más grandes que se presenta al momento de constituir una sociedad. Me estoy refiriendo a las cuentas bancarias. Esto también se modificó.

  En definitiva, lo que es nivel móvil societario, en el comparativo se estableció como una sociedad anónima mejorada, pero hay determinados puntos, que fueron los que planteé, que no han sido considerados. Como emprendedores, creemos que una vez que uno se pone a hacer el trabajo, esto es lo que más pesa al momento de gestionar el proceso.

  Después se trata de cuestiones que inicialmente se plantearon, como por ejemplo los beneficios fiscales para la transferencia de acciones entre sociedades cuyos beneficiarios finales o accionistas sean los mismos, o que la venta de las acciones que invirtieron en esa sociedad, cuando las vendan, la primera venta esté libre de tributos. Esos beneficios fueron eliminados de cierta forma. También se eliminó la posibilidad de que los empleados puedan participar de la sociedad y que la trasmisión de esas acciones sean libres de impuestos.

  Por otra parte, los subsidios para promover programas educativos fomentados por ONG también se dejaron de lado. Se había planteado un subsidio de US$ 10.000.000 y ya no está. Después hay detalles que no figuran: por ejemplo, el Día de la cultura emprendedora y la creación de un comisionado parlamentario. Pero eso, de todas formas, en el proyecto de ley modificado se mantiene de alguna manera en espíritu.

SEÑOR PRESIDENTE.‑ Nos gustaría que nos enviaran esas propuestas a la Comisión de forma digital, a fin de distribuirlas a todos los miembros.

SEÑOR GOÑI REYES (Rodrigo).‑ Me gustaría que tuvieran en cuenta ‑ya lo dije, pero lo reitero‑ que aquel primer proyecto de ley sigue en consideración y, también sobre ese, cualquier comentario o modificación, será muy bien recibido.

  Para nosotros es muy importante recibir esos destaques, porque sin duda desde una asociación de emprendedores y empresarios estos son los que saben y los que más necesitan. Reitero que nosotros tomamos en cuenta los insumos que AJE en su momento elaboró. Además, nadie mejor que los jóvenes emprendedores saben lo que el mundo que viene nos está reclamando y requiriendo.

  Quiero agradecerles especialmente todo el trabajo que están haciendo, que es muy valioso, de enorme utilidad para promocionar lo que nosotros queremos hacer con la ley. Ustedes en los hechos ya están haciendo todas estas cosas, asesorando, promoviendo, aprendiendo, compartiendo experiencias y teniendo espíritu colaborativo; todas esas cosas que en la ley queremos promover, AJE las viene practicando.

  Entonces, queremos reconocer lo que están haciendo, el trabajo que han efectuado concretamente para la elaboración de este proyecto de ley.

  Los felicitamos y los impulsamos para que sigan adelante.

SEÑOR DE LEÓN (Walter).‑ Muchas gracias por concurrir a esta Comisión.

  Es muy bueno el aporte que han hecho. Inclusive, un expositor previo a ustedes había hablado sobre todo en cuanto a la integración del capital, más que nada por la ley de intermediación financiera, que acarrearía costos y una barrera de ingreso.

  En cuanto a que los libros contables fueran todos ciento por ciento digitales, también ya fue propuesto. Asimismo, se planteó que las sociedades se constituyeran también por medios digitales, que sería lo más práctico. Cuando los profesores hicieron el borrador del proyecto de ley, incluyeron las dos chances tanto la digital como la otra, sobre todo para no crear conflicto. En lo personal, soy partidario de que sea digital tanto la conformación como la gestión de las asambleas y los libros. También debemos buscar evitar la menor resistencia.

  Otro problema es el de los beneficios tributarios. Lo de Icose no sería una renuncia fiscal; se podría considerar el pago en cuotas. Hay que tener en cuenta a los inversores ángeles, es decir, que la primera venta de acciones apoyen estos nuevos emprendimientos. No sé cómo lo haríamos. También podríamos restringirlo para las empresas que están instaladas en incubadoras o aprobadas por algún sistema colectivo, a fin de evitar los abusos porque, de lo contrario, después todos son inversores ángeles, y ya sabemos cómo es eso; que no se preste para la evasión.

  Lo que ustedes aportan es muy importante y lo vamos a considerar.

SEÑOR MAHÍA (José Carlos).‑ En primer lugar, quiero agradecer vuestra presencia.

  En la jornada de hoy, esta es la tercera delegación que se presenta en la Comisión, todas aportando ideas y comentarios positivos, oportunos y necesarios para que nosotros podamos trabajar. Sin duda que una vez que culmine todo el ciclo de visitas de distinto orden que tenemos previsto, pasaremos raya y veremos en qué condiciones y cómo podremos avanzar en esta materia teniendo en cuenta las leyes vigentes en otras áreas, como por ejemplo las relacionadas a inclusión financiera o las referidas a lavado de activos; estas son legislaciones vigentes que han tenido cierto grado de prioridad en el gobierno. En ese sentido, todo aquello que signifique una mejora y facilitación al desarrollo de emprendedores en el país, por supuesto que lo vamos a acompañar en el entendido de que vaya en el mismo sentido con las grandes líneas que se han fijado en algunas áreas estratégicas del Estado.

  Sería buena cosa que ustedes nos hagan llegar por escrito a la Comisión los aportes, los insumos y las propuestas, que analizaremos.

SEÑOR GRASIDE (Justin).‑ Sabemos que estamos yendo para el mismo lugar. Están las dos versiones que creemos tienen el espíritu; lo reconocemos; no venimos a decir que no. Estamos de acuerdo con que hay un gran desafío cuando hablamos de temas tributarios o de exoneraciones fiscales y que está el riesgo de gente que se aproveche y que no lo necesita.

  Antes de llegar acá, estaba releyendo el informe luego de la jornada de setiembre. Algunas cosas no se habían incluido en el primer proyecto de ley del año pasado. Por ejemplo, se decía que dentro de aquellos primeros emprendimientos se genera mucho aquello de contratar part time por agencias nuevas. Hay emprendimientos pequeños a los cuales les sirve tener a una persona cuatro horas. Si esa persona después tiene que ir a trabajar a otra empresa, son dos las que tienen que darle de alta cuando, tal vez, se pueda hacer algún trabajo de exoneración o los tributos se paguen compartidos. Hay cosas que se podrían flexibilizar que no necesitan ni siquiera hacer una exoneración desde el punto de vista fiscal.

  Creo que la clave es esa: buscar cómo flexibilizar para bajar la barrera de entrada a nuevos emprendedores.

  Hoy tenemos un desafío enorme de mercado de trabajo con todo lo que significa la robotización, la inteligencia artificial, trabajos que están en peligro. El año pasado se publicó un estudio del IEM que decía que el 54% de los puestos de trabajos en Uruguay están en riesgo de ser automatizados dentro de 10 años. Creo que una de las claves para luchar contra eso es fomentando que se generen nuevos trabajos, que nuevos emprendedores puedan arrancar a discutir hacia dónde va el mundo, a jugar a las nuevas tecnologías, a los autos eléctricos, las nuevas energías renovables. Acá la industria del software es increíble, pues tenemos muy buena capacidad en su producción. Pero siempre dependemos de los grandes jugadores y no permitimos que ingresen nuevos emprendedores en esta área, que son los que generan las condiciones del mercado. Creo que, en general, la primera solicitud es bajar los impuestos para entrar. Quiero dejar sentado que esto fue lo primero que nos dijeron todos los emprendedores para comenzar.

  Tuve un emprendimiento en el que durante un año no facturé, pero estuve pagando entre $ 8.000 y $ 10.000 al BPS y a la DGI porque tenía que estar en regla con todo para tener un subsidio de la ANII. Entonces, las cosas se me estaban yendo en pagar impuestos y no estaba produciendo. Casos como este, hay muchísimos. Entonces, creo que debemos tener consideraciones.

  Por ejemplo, Francia, tiene leyes muy interesantes, como por ejemplo que mientras no se empieza a facturar, tiene una carga impositiva muy reducida. El objetivo es tratar de alinear los incentivos para que, como decíamos, los aprovechen las personas que deben aprovecharlos; que no sean aprovechados por las multinacionales o por avivados o por inversores ángeles que ven fallas en el mercado y se aprovechan. De esta manera, ello nos preparará mejor para el mundo que se viene, que es desafiante, en cuanto al mundo del trabajo. Se debiera fomentar a más emprendedores y a jóvenes empresarios. Al fin y al cabo, que haya más emprendimientos es una de las soluciones para fortalecernos como país.

  Entonces, más allá de las medidas concretas que ya compartimos y vamos a acercar a la Comisión, creo que ese es el desafío: alinear los incentivos, flexibilizar para bajar esa barrera de entrada y que haya más empresas y emprendedores que generen más oportunidades.

SEÑOR PRESIDENTE.‑ Muchas gracias por vuestra visita y me sumo a las felicitaciones por el trabajo que hacen.

  Se levanta la reunión.

Línea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.