1591. Las copias en debida forma, sacadas de la matriz, hacen plena fe de su contenido, en juicio y fuera de él.
1592. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, cuando resultare alguna variante entre la matriz y la copia, se estará a lo que contenga la matriz.
1593. Aunque no exista la matriz, hacen fe:
1º. | Las primeras copias, sacadas de
la matriz por el Escribano que las autorizó. |
2º. | Las copias ulteriores sacadas por
mandato judicial. |
3º. | DEROGADO por Ley Nº 16.603, de 19/10/94. |
4º. | Los testimonios por exhibición de escrituras públicas, sacados de su matriz por el escribano que las autorizó o por aquél a cuyo cargo se encuentre el Protocolo. |
A falta de las copias mencionadas, las copias de copias servirán de principio de prueba por escrito o únicamente de meros indicios, según las circunstancias, sin perjuicio de lo que establece la ley procesal.
NOTA: | El texto del numeral 2º esta dado por Ley Nº 16.603, de 19/10/94,en virtud del art. 2º de la Ley Nº 11.759 de 19/11/51. |
El texto del numeral 4º está dado por Ley Nº 16.603, de 19/10/94, en virtud del art. 1º de la Ley Nº 16.262, de 15/6/92. | |
La última parte del artículo está adaptada a la derogación realizada por el art. 72 Decreto-Ley Nº 1.421, de 31/12/1878. |
![]() |
![]() Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |