Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay

División Estudios Legislativos

Cámara de Senadores

República Oriental del Uruguay

CODIGO CIVIL


LIBRO TERCERO

De los modos de adquirir el dominio

TITULO IV

De la Sucesión testamentaria

CAPITULO IV

De las asignaciones forzosas

870. Asignaciones forzosas son las que el testador es obligado a hacer y que se suplen cuando no las ha hecho, aún en perjuicio de sus disposiciones testamentarias expresas.

Estas asignaciones son:

1º. Los alimentos que se deben por la ley a ciertas personas.
2º. La porción conyugal.
3º. Las legítimas.
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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.