NOTA: | Los artículos 558 a 580 inclusive (que corresponden a esta SECCIÓN l del Cap. II del Título IV del Libro 2º) han sido DEROGADOS por Ley Nº 16.603, de 19/10/94, en atención a lo dispuesto por el Decreto-Ley Nº 14. 859 (Código de Aguas) de 15/12/78. |
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